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Universidad Paulo Freire
Facultad de Derecho
TRABAJO DE DERECHO Mercantil II
Trabajo de Títulos Valor EL CHEQUE
Carrera Derecho comosegundacarrera.
Catedrática Mayela
Realizado MariaCeciliaGarcía
LuisEnrique Rodríguez.
• INTRODUCCION
• El cheque es un documento considerado título valor porque sirve de soporte a los pagos
en efectivos por las compras y también es para respaldar las deudas; también es
considerado un documento negociable mediante el cual el titular de una cuenta corriente
ordena al banco que pague determinada cantidad de dinero a una persona natural o
jurídica previa presentación, firma y entrega del cheque al mismo banco.
• los cheques tienen las siguientes características:
• Autonomía, Literalidad: , Incorporación
• Los instrumentos negociables más utilizados en el campo bancario son los cheques, las
letras de cambio y el pagaré. A continuación profundizaremos sobre los mismos.
•
RESEÑA HISTORICA DEL CHEQUE
• Se atribuye generalmente a los mercaderes judíos
• También el origen del cheque se encuentra en ciertos.
Textos de autores griegos romanos
• Otros sostienen que los comerciantes fenicios
• En su versión actual el cheque es un instrumento relativamente
moderno. El nombre de cheque proviene indudablemente de
Inglaterra (en Inglés check
• Su desarrollo como titulo valor es instrumento de pago se logra a partir
del gran movimiento comercial y bancario del siglo XVIII, producido
especialmente en Europa, donde pasa de ser un simple papel o recibo a
obtener su fisonomía propia y definitiva
• El cheque se origina por la costumbre de depositar, por razones de
seguridad, fondos o dineros en los bancos, prestando estos a los
solicitantes primeramente un servicio de custodia y mas tarde de caja,
cobrando créditos e intereses y pagando débitos a sus clientes o
usuarios
I .GENERALIDADES DEL CHEQUE
• DE ACUERDO A NUESTRA ORDENAMIENTO JURIDICO
• Concepto del cheque
• Arto.185 de acuerdo a la ley de títulos valores
• El cheque es una orden incondicional de pago girada contra un Banco y pagadera a la
vista.
• De acuerdo al código de comercio arto 680
• El cheque es una orden de pago dada sobre un banco en el cual tiene el librador fondos
depositados a su orden, cuenta corriente con saldo a su favor, o crédito en descubierto.
Importancia del Cheque
Para los comerciantes, que manejan importantes suma de dinero, el cheque reviste mayor
importancia ya que les permite simplificar su contabilidad, disminuyendo sus gastos de
envió de fondos mediante transferencias y aumentando su crédito, ya que el mismo Banco
que guarda sus depósitos le sirve de referencia comercial.
El empleo del cheque como medio de pago, produce la concentración de grandes sumas
de dinero en los bancos, los cuales a través del ejercicio de las funciones intermediarias
propias de su objeto, mediante el ejercicio del crédito, convierten en productos
considerables recursos económicos, que de otra forma permanecerían aislados e
improductivos. Los fondos depositados en las instituciones de crédito, con la potencialidad
económica que les presta su concentración, se canalizan hacia el comercio y la industria,
favoreciendo la creación de nuevas fuentes de riqueza en beneficio de la economía general
y de la prosperidad del país.
III. Elementos formales intrinsecos y extrinsecos del cheque segun la legislacion
Nicaraguense y la doctrina
• INTRINSECOS
• Dentro de los requisitos internos, el
artículo 220 LGTV señala la necesidad de
existencia de fondo en la cuenta corriente
contra la cual se gira el cheque.
• Esta disponibilidad de fondo puede
traducirse en los fondos existentes o en la
autorización por el banco para girar en
descubierto, en cuyo caso el banco se
comprometa a cubrir el importante del
cheque con cargo a la cuenta corriente del
cliente, es decir, Sobregirándola. Se trata
un requisito de fondo por cuanto el cheque
tiene como destino el pago, y para ello
debe existir el fondo suficiente.
• EXTRINSECOS
• Arto.185 LGTV El cheque es una orden
incondicional de pago girada contra un Banco
y pagadera a la vista.
• a) Nombre del Banco girado;
• b) Lugar y fecha de la expedición;
• c) Nombre de la persona a cuya orden se
gira o mención de ser al portador;
• d) Mandato puro y simple de pagar una
suma determinada, la cual debe ser escrita en
letras y también en cifras, o con máquina
protectora; y
• e) Firma del girador, de su apoderado o de
persona autorizada para firmar en su
nombre.
Participantes: en el cheque
Girador: emite el
titulo, el
obligado
principal que es
el titular de la
cuenta corriente
Girado: siempre
es un banco o
entidad que
opera en el
sistema
financiero
Tenedor: persona que cobra el cheque
Participantes: en el cheque
•
Endosante
Garantes
IV. Diferencia entre el cheque de los demas Titulos valores crediticios
EL CHEQUE
El cheque es un documento de
Pago inmediato
LETRA DE CAMBIO
Es un instrumento de crédito
PAGARÉ sirve para realizar
transacciones comerciales
Elementos personales librador
y librado
Girador, girado y
beneficiario. El librado:el beneficiario o
tenedor el avalista
El cheque es un
documento de Pago
inmediato
es un documento con el que se
puede obligar a una persona a pagar
una cierta cantidad de dinero a otra
o a una tercera persona
Se libra contra un
banco
consiste en una promesa de
pago, realizada por una parte
llamada deudor
Se libra contra cualquier persona deudor, parte el tenedor o
acreedor
Siempre es pagadero a la vista Puede ser pagadero a plazos o a la
vista
lo emite, normalmente,
el propio deudor
Diferencia entre el cheque de los demas Titulos valores crediticios
• La principal diferencia entre un
pagaré y un cheque radica en la
determinación del momento en
que puede hacerse efectivo su
cobro: en el momento de
emisión del pagaré ya se fija el
momento en que podrá
cobrarse, mientras que ello no
ocurre en el cheque, el cual es
pagadero a la vista
• Por su parte, la diferencia más
importante de un pagaré con
respecto a la letra de cambio
radica en la persona que emite el
documento:
• el pagaré lo emite, normalmente,
el propio deudor, mientras que,
por su parte, la letra de cambio
la emite el acreedor.
V. Modalidades de cheques
Características: • Significa que vale única y exclusivamente por lo que se
plasme en el cheque de manera específica
• Esto significa por ejemplo que al cobrarse en un banco,
el poseedor, siempre y cuando el cheque cuente con
endoso, no tiene que dar explicación al banco de por
qué lo está cobrando
• no tienen fecha de cuándo deben ser pagados
• valores tienen fuerza ejecutiva, o que conllevan
aparejada ejecución.
• Los cheques pueden tener inscripciones o tintas de
seguridad para verificación y así aumentar la prevención
de fraudes
Literalidad
Valor per se
A la vista
Otras características
Seguridad
• CHEQUE DE VIAJERO arto 249
• El cheque de viajero denominado también de
turismo es emoticon por una empresa del
Sistema Financiero Nacional, a su propio cargo,
para ser pagado por ella o por los
corresponsales que consigne el título, sea en el
país o en el extranjero
• CHEQUE GARANTIZADO:
• aquel que goza de una garantía especial en el
pago, ya sea por encontrarse garantizado por
un aval o haberse obtenido la conformidad
del banco librado en cuanto a la provisión de
fondos.
• cheque de pago diferido:
• El cheque de pago diferido, es conocido
como cheque diferido, es un tipo
decheque emitido en una fecha pero para ser
cobrado en una fecha posterior. Jurídicamente,
es una orden librada contra un banco por el
titular de una cuenta corriente para
su pago en una fecha posterior a la de emisión
• Del Cheque CircularArto.242
• Los llamados cheques “circulares” son cheques
a la orden, emitidos por un banco o
establecimiento autorizado a cargo de sus
propias dependencias, sucursales, agencias o
bancos corresponsales sobre una provisión ya
disponible en el momento de emitirse el
cheque.
VI. Modelos de Cheque y su régimen legal para cada uno
• CHEQUE CRUZADO: Arto.232
• El cruzamiento se efectúa mediante dos líneas
paralelas trazadas en el anverso del título.
Puede ser general y Especial.
• Es general, si no contiene entre las dos líneas
designación alguna o constare sólo la mención
“banco” o un término equivalente
• Es especial si entre las líneas se escribe el
nombre de un banco determinado.
Especial, entre las barras aparece el nombre de
una entidad concreta. El general podrá
transformarse en especial pero no al viceversa
VI. Modelos de Cheque y su régimen legal para cada uno
• CHEQUE PA RA ABONO DE CUENTA art 234
• El cheque que lleva la cláusula “para abono en
cuenta” asegura que el pago sea realizado en la
cuenta del beneficiario o tenedor
• tener cuenta corriente bancaria.
• Tiene por función evitar el pago en dinero
efectivo
• CHEQUE INTRANSFERIBLE Arto.236
• Es un cheque no negociable que solo debe ser
pagado a la persona en cuyo favor se emitió.
Por él, el tenedor está impedido de negociar a
terceros. Su cobro se puede hacer efectivo por
ventanilla o mediante su indicación de
acreditarse en una cuenta corriente de la que
sea el su titular.
• El único endoso que se admite es el que
realice el tenedor a favor de una entidad
bancaria y únicamente para el efecto de su
cobro.
VI. Modelos de Cheque y su régimen legal para cada uno
• CHEQUE CERTIFICADO Arto.238
• Es una declaración mediante la cual el banco girado
verifica la existencia de fondos suficiente de u n
cheque a disposición del librador, con lo que se
podrá hacer efectiva la obligación, siempre que su
presentación ocurra dentro del plazo fijado para la
vigencia de la certificación.
• La certificación realizada por el banco no es una
aceptación, pues el banco no asume el carácter de
obligado directo o principal con respecto al cheque.
• CHEQUE DE GERENCIA: Arto.236
• Es el cheque emitido por un banco a su propio
cargo, es decir, el girador y el girado son el mismo
banco. Tiene la característica de ser pagadero en
cualquier oficina del banco en el país y, cuando
cuenta con la certificación correspondiente, de ser
pagadero en sus oficinas del exterior, facilitando de
este modo las transferencias de fondos y pago
donde el banco girador tenga oficinas. Este cheque
no puede ser girado al portador.
Cheque Fiscal
Arto.256 En los cheques librados por el
Fisco es válida la suscripción mediante la
reproducción mecánica de la firma de quien
lo hace por el Fisco; la fecha de emisión se
podrá indicar abreviadamente en número; y
no será necesaria la indicación del lugar de
pago y de emisión.
En estos cheques se podrá indicar o no, un
plazo especial de validez de los mismos
Pago del Cheque
VII. Tipos de cheques que tenemos en Nicaragua
• Cheque Fiscal: Arto.256
• Cheque Personalizado:
• Cheque de Gerencia:Arto.241
• Cheque Certificado: Arto.238
• Del Cheque CircularArto.242
• Del Cheque no NegociableArto.236
• Arto.203 Los cheques deberán
presentarse para su pago:
• 1. Dentro de los ocho días, si es
pagadero en el mismo lugar de su
expedición;
• 2. Dentro del mes, si es pagadero
en el mismo país de su expedición,
pero en lugar distinto al de éste;
• 3. Dentro de los tres meses, si
fuere librado en el extranjero y
pagadero en el territorio nacional y;
• 4. Dentro de los tres meses, si
fuere librado dentro del territorio
nacional para ser pagadero en el
extranjero, siempre que no fijaren
otro plazo las leyes del lugar de
presentación.
VIII. Aplicar la figura del endoso y el aval mediante modelos de cheque
• El endoso es una transmisión del Cheque
• Arto.194 El cheque pagadero a una persona
determinada, con o sin cláusula expresa “a la
orden” es transferible mediante endoso.
• El endoso puede hacerse también a favor del
librador o de cualquier otro obligado. Estas
personas pueden endosar nuevamente el
cheque.
• El Cheque emitido en favor de una persona
determinada es transferible mediante endoso
tenga o no la cláusula "a la orden".
• Las personas endosadas, a su vez, pueden
endosar nuevamente el Cheque
• Arto.201 Se aplicarán al aval del
cheque las disposiciones sobre el aval
de la letra de cambio. El aval del
cheque prestado por el librado
equivale a un cheque certificado.
• Arto.210 Todos los que libran, endosan
o avalan un cheque, quedan obligados
solidariamente frente al portador.
• En primer lugar como grupo llegamos a la conclusión de que el uso del cheque evita el manejar
físicamente grandes cantidades de efectivo ejemplo de esto es que a la hora de pagar una
planilla, los empleados reciben un cheque por el valor del sueldo que perciben el cual hacen
efectivo en una institución bancaria es decir el cheque es una herramienta mercantil bastante
segura.
•
• También se concluye que el conocimiento de la normativa legal que regula el cheque es muy
importante para todos los sujetos que en determinado momento deben hacer uso del mismo
ya que no solo se trata de aceptar un pago por este medio si no que se debe entender los
requisitos y elementos que el mismo debe cumplir para poder hacerlo efectivo.
• El cheque es uno de los títulos valores más usados en nuestro país y por toda clase de
personas y su mala utilización o uso de mala fe se encuentra penado por la legislación
nicaragüense , lo cual consideramos que es una garantía para los tenedores o beneficiarios de
los mismos.
•
CONCLUSION
Con respecto a la clase de cheques podemos concluir que referente a los
Cheques especiales, no todos los que se mencionan en la ley tienen aplicabilidad
como el caso concreto del Cheque Circular que es una figura decorativa dentro
de la ley porque en nuestra investigación pudimos comprobar, que los Bancos
desconocen de esta clase de cheque.
Algunos Títulos Valores que aparecen en nuestra legislación mercantil, están
quedando obsoletos por la evolución de la sociedad, de las operaciones
mercantiles y bancarias, además, la globalización es un factor para que el cheque
de viajero vaya perdiendo su vigencia o estatus dentro de los cheques especiales
por la implementación del dinero plástico (tarjetas de crédito)

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  • 1. Universidad Paulo Freire Facultad de Derecho TRABAJO DE DERECHO Mercantil II Trabajo de Títulos Valor EL CHEQUE Carrera Derecho comosegundacarrera. Catedrática Mayela Realizado MariaCeciliaGarcía LuisEnrique Rodríguez.
  • 2. • INTRODUCCION • El cheque es un documento considerado título valor porque sirve de soporte a los pagos en efectivos por las compras y también es para respaldar las deudas; también es considerado un documento negociable mediante el cual el titular de una cuenta corriente ordena al banco que pague determinada cantidad de dinero a una persona natural o jurídica previa presentación, firma y entrega del cheque al mismo banco. • los cheques tienen las siguientes características: • Autonomía, Literalidad: , Incorporación • Los instrumentos negociables más utilizados en el campo bancario son los cheques, las letras de cambio y el pagaré. A continuación profundizaremos sobre los mismos. •
  • 3. RESEÑA HISTORICA DEL CHEQUE • Se atribuye generalmente a los mercaderes judíos • También el origen del cheque se encuentra en ciertos. Textos de autores griegos romanos • Otros sostienen que los comerciantes fenicios • En su versión actual el cheque es un instrumento relativamente moderno. El nombre de cheque proviene indudablemente de Inglaterra (en Inglés check
  • 4. • Su desarrollo como titulo valor es instrumento de pago se logra a partir del gran movimiento comercial y bancario del siglo XVIII, producido especialmente en Europa, donde pasa de ser un simple papel o recibo a obtener su fisonomía propia y definitiva • El cheque se origina por la costumbre de depositar, por razones de seguridad, fondos o dineros en los bancos, prestando estos a los solicitantes primeramente un servicio de custodia y mas tarde de caja, cobrando créditos e intereses y pagando débitos a sus clientes o usuarios
  • 5. I .GENERALIDADES DEL CHEQUE • DE ACUERDO A NUESTRA ORDENAMIENTO JURIDICO • Concepto del cheque • Arto.185 de acuerdo a la ley de títulos valores • El cheque es una orden incondicional de pago girada contra un Banco y pagadera a la vista. • De acuerdo al código de comercio arto 680 • El cheque es una orden de pago dada sobre un banco en el cual tiene el librador fondos depositados a su orden, cuenta corriente con saldo a su favor, o crédito en descubierto.
  • 6. Importancia del Cheque Para los comerciantes, que manejan importantes suma de dinero, el cheque reviste mayor importancia ya que les permite simplificar su contabilidad, disminuyendo sus gastos de envió de fondos mediante transferencias y aumentando su crédito, ya que el mismo Banco que guarda sus depósitos le sirve de referencia comercial. El empleo del cheque como medio de pago, produce la concentración de grandes sumas de dinero en los bancos, los cuales a través del ejercicio de las funciones intermediarias propias de su objeto, mediante el ejercicio del crédito, convierten en productos considerables recursos económicos, que de otra forma permanecerían aislados e improductivos. Los fondos depositados en las instituciones de crédito, con la potencialidad económica que les presta su concentración, se canalizan hacia el comercio y la industria, favoreciendo la creación de nuevas fuentes de riqueza en beneficio de la economía general y de la prosperidad del país.
  • 7. III. Elementos formales intrinsecos y extrinsecos del cheque segun la legislacion Nicaraguense y la doctrina • INTRINSECOS • Dentro de los requisitos internos, el artículo 220 LGTV señala la necesidad de existencia de fondo en la cuenta corriente contra la cual se gira el cheque. • Esta disponibilidad de fondo puede traducirse en los fondos existentes o en la autorización por el banco para girar en descubierto, en cuyo caso el banco se comprometa a cubrir el importante del cheque con cargo a la cuenta corriente del cliente, es decir, Sobregirándola. Se trata un requisito de fondo por cuanto el cheque tiene como destino el pago, y para ello debe existir el fondo suficiente. • EXTRINSECOS • Arto.185 LGTV El cheque es una orden incondicional de pago girada contra un Banco y pagadera a la vista. • a) Nombre del Banco girado; • b) Lugar y fecha de la expedición; • c) Nombre de la persona a cuya orden se gira o mención de ser al portador; • d) Mandato puro y simple de pagar una suma determinada, la cual debe ser escrita en letras y también en cifras, o con máquina protectora; y • e) Firma del girador, de su apoderado o de persona autorizada para firmar en su nombre.
  • 8. Participantes: en el cheque Girador: emite el titulo, el obligado principal que es el titular de la cuenta corriente Girado: siempre es un banco o entidad que opera en el sistema financiero Tenedor: persona que cobra el cheque
  • 9. Participantes: en el cheque • Endosante Garantes
  • 10. IV. Diferencia entre el cheque de los demas Titulos valores crediticios EL CHEQUE El cheque es un documento de Pago inmediato LETRA DE CAMBIO Es un instrumento de crédito PAGARÉ sirve para realizar transacciones comerciales Elementos personales librador y librado Girador, girado y beneficiario. El librado:el beneficiario o tenedor el avalista El cheque es un documento de Pago inmediato es un documento con el que se puede obligar a una persona a pagar una cierta cantidad de dinero a otra o a una tercera persona Se libra contra un banco consiste en una promesa de pago, realizada por una parte llamada deudor Se libra contra cualquier persona deudor, parte el tenedor o acreedor Siempre es pagadero a la vista Puede ser pagadero a plazos o a la vista lo emite, normalmente, el propio deudor
  • 11. Diferencia entre el cheque de los demas Titulos valores crediticios • La principal diferencia entre un pagaré y un cheque radica en la determinación del momento en que puede hacerse efectivo su cobro: en el momento de emisión del pagaré ya se fija el momento en que podrá cobrarse, mientras que ello no ocurre en el cheque, el cual es pagadero a la vista • Por su parte, la diferencia más importante de un pagaré con respecto a la letra de cambio radica en la persona que emite el documento: • el pagaré lo emite, normalmente, el propio deudor, mientras que, por su parte, la letra de cambio la emite el acreedor.
  • 12. V. Modalidades de cheques Características: • Significa que vale única y exclusivamente por lo que se plasme en el cheque de manera específica • Esto significa por ejemplo que al cobrarse en un banco, el poseedor, siempre y cuando el cheque cuente con endoso, no tiene que dar explicación al banco de por qué lo está cobrando • no tienen fecha de cuándo deben ser pagados • valores tienen fuerza ejecutiva, o que conllevan aparejada ejecución. • Los cheques pueden tener inscripciones o tintas de seguridad para verificación y así aumentar la prevención de fraudes Literalidad Valor per se A la vista Otras características Seguridad
  • 13. • CHEQUE DE VIAJERO arto 249 • El cheque de viajero denominado también de turismo es emoticon por una empresa del Sistema Financiero Nacional, a su propio cargo, para ser pagado por ella o por los corresponsales que consigne el título, sea en el país o en el extranjero • CHEQUE GARANTIZADO: • aquel que goza de una garantía especial en el pago, ya sea por encontrarse garantizado por un aval o haberse obtenido la conformidad del banco librado en cuanto a la provisión de fondos.
  • 14. • cheque de pago diferido: • El cheque de pago diferido, es conocido como cheque diferido, es un tipo decheque emitido en una fecha pero para ser cobrado en una fecha posterior. Jurídicamente, es una orden librada contra un banco por el titular de una cuenta corriente para su pago en una fecha posterior a la de emisión • Del Cheque CircularArto.242 • Los llamados cheques “circulares” son cheques a la orden, emitidos por un banco o establecimiento autorizado a cargo de sus propias dependencias, sucursales, agencias o bancos corresponsales sobre una provisión ya disponible en el momento de emitirse el cheque.
  • 15. VI. Modelos de Cheque y su régimen legal para cada uno • CHEQUE CRUZADO: Arto.232 • El cruzamiento se efectúa mediante dos líneas paralelas trazadas en el anverso del título. Puede ser general y Especial. • Es general, si no contiene entre las dos líneas designación alguna o constare sólo la mención “banco” o un término equivalente • Es especial si entre las líneas se escribe el nombre de un banco determinado. Especial, entre las barras aparece el nombre de una entidad concreta. El general podrá transformarse en especial pero no al viceversa
  • 16. VI. Modelos de Cheque y su régimen legal para cada uno • CHEQUE PA RA ABONO DE CUENTA art 234 • El cheque que lleva la cláusula “para abono en cuenta” asegura que el pago sea realizado en la cuenta del beneficiario o tenedor • tener cuenta corriente bancaria. • Tiene por función evitar el pago en dinero efectivo • CHEQUE INTRANSFERIBLE Arto.236 • Es un cheque no negociable que solo debe ser pagado a la persona en cuyo favor se emitió. Por él, el tenedor está impedido de negociar a terceros. Su cobro se puede hacer efectivo por ventanilla o mediante su indicación de acreditarse en una cuenta corriente de la que sea el su titular. • El único endoso que se admite es el que realice el tenedor a favor de una entidad bancaria y únicamente para el efecto de su cobro.
  • 17. VI. Modelos de Cheque y su régimen legal para cada uno • CHEQUE CERTIFICADO Arto.238 • Es una declaración mediante la cual el banco girado verifica la existencia de fondos suficiente de u n cheque a disposición del librador, con lo que se podrá hacer efectiva la obligación, siempre que su presentación ocurra dentro del plazo fijado para la vigencia de la certificación. • La certificación realizada por el banco no es una aceptación, pues el banco no asume el carácter de obligado directo o principal con respecto al cheque. • CHEQUE DE GERENCIA: Arto.236 • Es el cheque emitido por un banco a su propio cargo, es decir, el girador y el girado son el mismo banco. Tiene la característica de ser pagadero en cualquier oficina del banco en el país y, cuando cuenta con la certificación correspondiente, de ser pagadero en sus oficinas del exterior, facilitando de este modo las transferencias de fondos y pago donde el banco girador tenga oficinas. Este cheque no puede ser girado al portador.
  • 18. Cheque Fiscal Arto.256 En los cheques librados por el Fisco es válida la suscripción mediante la reproducción mecánica de la firma de quien lo hace por el Fisco; la fecha de emisión se podrá indicar abreviadamente en número; y no será necesaria la indicación del lugar de pago y de emisión. En estos cheques se podrá indicar o no, un plazo especial de validez de los mismos
  • 20. VII. Tipos de cheques que tenemos en Nicaragua • Cheque Fiscal: Arto.256 • Cheque Personalizado: • Cheque de Gerencia:Arto.241 • Cheque Certificado: Arto.238 • Del Cheque CircularArto.242 • Del Cheque no NegociableArto.236 • Arto.203 Los cheques deberán presentarse para su pago: • 1. Dentro de los ocho días, si es pagadero en el mismo lugar de su expedición; • 2. Dentro del mes, si es pagadero en el mismo país de su expedición, pero en lugar distinto al de éste; • 3. Dentro de los tres meses, si fuere librado en el extranjero y pagadero en el territorio nacional y; • 4. Dentro de los tres meses, si fuere librado dentro del territorio nacional para ser pagadero en el extranjero, siempre que no fijaren otro plazo las leyes del lugar de presentación.
  • 21. VIII. Aplicar la figura del endoso y el aval mediante modelos de cheque • El endoso es una transmisión del Cheque • Arto.194 El cheque pagadero a una persona determinada, con o sin cláusula expresa “a la orden” es transferible mediante endoso. • El endoso puede hacerse también a favor del librador o de cualquier otro obligado. Estas personas pueden endosar nuevamente el cheque. • El Cheque emitido en favor de una persona determinada es transferible mediante endoso tenga o no la cláusula "a la orden". • Las personas endosadas, a su vez, pueden endosar nuevamente el Cheque • Arto.201 Se aplicarán al aval del cheque las disposiciones sobre el aval de la letra de cambio. El aval del cheque prestado por el librado equivale a un cheque certificado. • Arto.210 Todos los que libran, endosan o avalan un cheque, quedan obligados solidariamente frente al portador.
  • 22. • En primer lugar como grupo llegamos a la conclusión de que el uso del cheque evita el manejar físicamente grandes cantidades de efectivo ejemplo de esto es que a la hora de pagar una planilla, los empleados reciben un cheque por el valor del sueldo que perciben el cual hacen efectivo en una institución bancaria es decir el cheque es una herramienta mercantil bastante segura. • • También se concluye que el conocimiento de la normativa legal que regula el cheque es muy importante para todos los sujetos que en determinado momento deben hacer uso del mismo ya que no solo se trata de aceptar un pago por este medio si no que se debe entender los requisitos y elementos que el mismo debe cumplir para poder hacerlo efectivo. • El cheque es uno de los títulos valores más usados en nuestro país y por toda clase de personas y su mala utilización o uso de mala fe se encuentra penado por la legislación nicaragüense , lo cual consideramos que es una garantía para los tenedores o beneficiarios de los mismos. • CONCLUSION
  • 23. Con respecto a la clase de cheques podemos concluir que referente a los Cheques especiales, no todos los que se mencionan en la ley tienen aplicabilidad como el caso concreto del Cheque Circular que es una figura decorativa dentro de la ley porque en nuestra investigación pudimos comprobar, que los Bancos desconocen de esta clase de cheque. Algunos Títulos Valores que aparecen en nuestra legislación mercantil, están quedando obsoletos por la evolución de la sociedad, de las operaciones mercantiles y bancarias, además, la globalización es un factor para que el cheque de viajero vaya perdiendo su vigencia o estatus dentro de los cheques especiales por la implementación del dinero plástico (tarjetas de crédito)