Este documento trata sobre la victimología de los derechos humanos. Explica que la victimología estudia a las víctimas, las causas y efectos de la victimización, así como la respuesta del Estado. Señala que aunque se destinan grandes recursos a perseguir delincuentes, rara vez hay fondos para atender a las víctimas. Finalmente, discute la necesidad de brindar atención y reparación a las víctimas de delitos y violaciones a los derechos humanos desde una perspectiva multidisciplinaria que inclu
Relacion de la criminologia con otras ciencias_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Relacion de la criminologia con otras ciencias_IAFJSRMauri Rojas
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En el presente se expondrán diversos temas referentes al control social, la prevención y represión del delito y el tratamiento penitenciario, todos estos deficientes y con alcances pobres en cuanto a su finalidad prometida en las leyes y políticas que les sustentan. También se muestra una pequeña propuesta, la insistencia a la aplicación de determinados postulados.
El presente expone de manera sencilla la nueva ciencia que alza crecimiento desde hace algunos años y que lleva por objetivos el estudio de las víctimas y la atención a éstas. Así mismo se han desarrollado conceptos, programas y herramientas que permiten el entendimiento de éstas, lo que ha dado lugar a una revolución de conocimientos y técnicas de estudio, así como su fuerte influencia en las políticas públicas nacionales e internacionales para atender a las víctimas, se hace referencia a la victimología.
En el presente se expondrán diversos temas referentes al control social, la prevención y represión del delito y el tratamiento penitenciario, todos estos deficientes y con alcances
pobres en cuanto a su finalidad prometida en las leyes y políticas que les sustentan. También se muestra una pequeña propuesta, la insistencia a la aplicación de determinados postulados.
El control social es el conjunto de estrategias, que pretenden promover y garantizar el pacto del individuo a las normas comunitarias. Es importante ya que siempre hay una lucha entre el individuo y la sociedad. Ésta necesita ejercer su dominio sobre el individuo, así despliega una gama de mecanismos que aseguren la conformidad del individuo a las normas sociales. Hay dos tipos de control social uno: informal que viene constituido por la familia, escuela, trabajo, etcétera, y otro formal que se ejerce a través de los cuerpos policíacos, ministerios públicos, juzgados penales y sistemas penitenciarios.
Presente y estudio de la victimologia_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
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Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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El presente expone de manera sencilla la nueva ciencia que alza crecimiento desde hace algunos años y que lleva por objetivos el estudio de las víctimas y la atención a éstas.
Así mismo se han desarrollado conceptos, programas y herramientas que permiten el entendimiento de éstas, lo que ha dado lugar a una revolución de conocimientos y técnicas de estudio, así como su fuerte influencia en las políticas públicas nacionales e internacionales para atender a las víctimas, se hace referencia a la Victimología.
La victimología viene a ser la relación entre víctima y victimario, procediéndose a hablar de la víctima como un ente dinámico, que puede influir en la configuración de un hecho delictivo
En México las investigaciones criminales son realizadas por los ministerios públicos, pues así lo indica la constitución política, de esta se derivan otras normatividades que señalan sus funciones y requerimientos para encabezar dichos ministerios, uno de ellos es el profesional, se ha arraigado que el licenciado en Derecho es quién conduce las investigaciones, pero si se revisa su programa educativo, no está habilitado para los requerimientos para una investigación de índole criminal. Se revisan los planes de estudio de esta licenciatura de 33 universidades públicas para desmenuzar las materias que aparentemente le forman para la investigación. También se revisan los programas de los licenciados en Criminología, Criminalística y Ciencias Forenses para el mismo ejercicio. Finalmente, se presenta la propuesta comparativa donde estos licenciados en las ciencias criminales y forenses son los idóneos para desempeñar la dirección y administración de las investigaciones a la cabeza de los ministerios públicos.
El presente artículo forma parte de la investigación doctoral titulada: Estudio de Pertinencia de los Programas de Formación y Ejercicio Profesional de los Criminólogos en Nuevo León, financiada por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) y la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL). Es una propuesta de actividades profesionales para el criminólogo-criminalista de licenciatura de México en dependencias de gobierno federal basado en su malla curricular y perfil de egreso contrastado con las facultades de las instituciones gubernamentales del ámbito público. Se realiza una investigación documental y mesográfica para discutir los conceptos torales de Criminología, Criminalística, criminólogo y criminalista, así como obtener el mapa de formación profesional, rutas laborales y funciones de las dependencias gubernamentales.
La aplicación de la Criminología en los diferentes problemas sociales afines con el delito es necesaria con el propósito de entender, explicar y abordar un fenómeno particular. Cotidianamente esta ciencia ha sido desplazada o subdelegada a otra superior, como al Derecho, Psicología, Medicina u otras. En el presente artículo se propone la sistematización de estudios relacionados con el desarrollo humano con un enfoque criminológico, con la finalidad que la Criminología recoja y reúna los conocimientos a las etapas del desarrollo para llegar al entendimiento criminal para su tratamiento clínico, así como preventivo social. Dicha propuesta consiste en una Criminología del Desarrollo, para lo cual en las siguientes líneas, se colocan marcos de referencia para sentar las bases de los estudios en esta área. Este trabajo se divide en cuatro partes, introducción al desarrollo y la conducta, factores que influyen en el desarrollo tanto general como criminal, la especialización de la Criminología, y estudiosos del desarrollo criminal.
La conducta criminal deriva de una serie de alteraciones sociales, individuales y emocionales que se acumulan desde los primeros años de vida donde el ambiente cultural y los padres, juegan un papel importante para el sano desarrollo o el desvío. La detección de conductas antisociales y la terapia centrada en los criminales resulta compleja, es importante enfocar las herramientas clínicas y sociales para un adecuado trabajo que identifique patrones de conducta negativos, así como formas de intervenir correctivamente. El presente enfoca brevemente la teoría de Rogers con la explicación de la conducta antisocial para aportar una pequeña sistematización enfocada en la comprensión de estos comportamientos a nivel individual y social.
La elaboración de un dictamen resulta ser una tarea compleja y de suma responsabilidad. La optimización en la confección de un dictamen pericial idóneo se centra en la investigación, ya que el ser un especialista en un área, no determina el éxito del contenido. El compromiso social al que se enfrenta el perito ante la justicia y sus tribunales, es la peritación misma que radica en la diversidad de campos del conocimiento que desprendan una vinculación legal-forense. Para ello la normatividad señala los requisitos para presentar un examen forense, cuyo objetivo es aportar a la procuración de justicia certeza en la emisión de un dictamen pericial. Se mencionan las similitudes entre un peritaje y una tesis de posgrado, su estructura y descripción de cada elemento. Así pues, el estudiar un posgrado en investigación, proporcionará al estudiante las herramientas idóneas para una completa y mejora en la elaboración de documentos que demandan investigación, por ende, la tesis es el resultado de una formación en un proceso de saber investigar y desarrollar habilidades para la identificación de un problema que requiere atención. La ventaja en sí, es la total dedicación por aprender sobre argumentación, metodología y exposición, temas pilares en el desarrollo de un posgrado y en la dictaminación pericial.
El presente artículo pretende articular la teoría de Erikson con algunos elementos de la Criminología para llegar a una aproximación al entendimiento del desarrollo de las conductas desviadas, antisociales y criminales desde este enfoque eriksoniano. Más allá de profundizar en la teoría de Erikson, se presentan conceptos claves de su teoría como sus principales aportes y sobre quién basó sus estudios, la secuencia epigénetica del desarrollo de la personalidad basado en acumulación de factores, el desarrollo psicosocial y sus aspectos positivos y negativos, para dar lugar a los estadios que desarrolló Erikson, en los cuales según este autor hay retos básicos que de superarse, resultan virtudes, pero de no lograrlo, frustraciones y acumulamiento de tensiones en determinadas áreas, lo anterior, permitirá ir relacionando la conducta criminal con tales aspectos no superados positivamente. Finalmente, se presenta otra articulación de esta teoría, pero ahora desde el aspecto político-criminal de salud.
El presente artículo forma parte de la investigación doctoral titulada Estudio de Pertinencia de los Programas de Formación y Ejercicio Profesional de los Criminólogos en Nuevo León, desarrollada en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Autónoma de Nuevo León, con el financiamiento del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) en México. En este artículo se resalta la importancia de la investigación científica en las áreas de la criminología y criminalística y se apuntan cuatro áreas pendientes de desarrollo: epistemología y metodología; filosofía criminológica; investigación científica; y enseñanza. En México, el organismo encargado de la rectoría de la actividad científica y tecnológica es el CONACYT, del cual aquí se presentan varias áreas en las que se vincula con la criminología y la investigación científica. También se muestra el proceso de involucramiento en la formación en ciencias y metodología para incorporarse en el ejercicio de investigación y desarrollo de conocimiento, mediante los estudios de posgrados de calidad. Finalmente, se listan a los criminólogos que en México son distinguidos por el gobierno nacional como investigadores.
Introducción: La percepción sobre la enseñanza universitaria en Criminología y Criminalística constituye una línea de investigación necesaria en aras de definir la satisfacción entre los egresados, empleadores y directivos de carrera para descubrir áreas de oportunidad. Objetivo: Valorar la percepción de la relevancia educativa en egresados, empleadores y directivos académicos respecto la Licenciatura en Criminología en Nuevo León, México. Metodología: Durante el 2020 se realizó una cuantificación de centros escolares en materia criminal. Se tomó una muestra de una licenciatura acreditada con otra que no lo está. En 2021 se aplicó un instrumento de entrevista/cuestionario para captar la percepción de la relevancia educativa. Resultados: Se reveló que los conocimientos y habilidades con las que egresan los licenciados en Criminología son básicos para las labores cotidianas, pero resaltan la necesidad de mejorar los planes de estudio, la bibliografía actualizada, el laboratorio forense para tener mejor formación y salidas laborales. Propuesta: Todos los entrevistados concluyeron que hace falta mejorar la especialización en áreas predominantes de la Licenciatura en Criminología, así como mejorar la biblioteca y laboratorios.
El siguiente artículo conjuga diferentes tópicos que pudieran ser abordados por una criminología especializada en lo antisocial. Estos elementos servirán para una compresión profunda de las conductas antisociales desde la óptica integradora de lo cultural, psicológico y psiquiátrico para sintetizarse en lo criminológico, sumando estos estudios a los factores criminógenos, además de los conceptos claves de capacidad, adaptabilidad, peligrosidad. Para ellos se comienza explorando los conceptos de normalidad, anormalidad y salud, luego la desviación, y algunas de estas conductas. Finalmente se amplía el conocimiento de la personalidad antisocial desde la explicación que ofrece la escala de psicopatía de Hare. De esta manera el criminólogo podrá estar el posición de comprender más este sujeto de estudio, además de contribuir a la especialización de la criminología sistematizando estos estudios.
La criminología en su labor preventiva tiene como función el emplear los medios y técnicas para evitar que los conflictos concluyan en un proceso penal y penitenciario. Solucionar las problemáticas enseñando a los ciudadanos a identificar, entender y solucionar sus conflictos, será clave para una prevención del delito. Para este proceso se da apertura a los profesionales provenientes de las áreas de ciencias jurídicas, sociales y humanidades, el criminólogo al provenir de estas áreas está facultado para ejercer como especialista o facilitador externo. En el presente texto se analizan conceptos de Criminología general, Criminología de la Consejería Social, de criminólogo, mediación de conflictos y facilitador, para finalmente revisar las legislaciones y articular los requisitos profesionales con el campo de la Criminología como área de oportunidad laboral.
En el presente se expone narrativamente algunos aspectos de la vida del criminólogo Wael Sarwat Hikal Carreón, personaje contemporáneo controvertido por sus escritos donde señala lo que para él son diversas irregularidades en la enseñanza de la criminología y criminalística en México, apuntando personajes, organizaciones, eventos, entre otros, visto desde aquí, críticas con propuestas de mejoras, pero no visto así por otros tantos. Se mencionan aspectos de su vida como nacimiento, desarrollo, relaciones personales, estudios, trabajos, proyectos profesionales.
La criminología nace con una visión múltiple sobre las explicaciones al crimen, aglomerando un cuerpo de conocimientos desde diversas ciencias, con ese poder de sistematización, dar propuestas de solución a los desarrolladores de políticas en materia de seguridad. En el presente artículo se reflexiona sobre estas visiones de la criminología, de la adopción de las teorías de la criminalidad con propuesta de autonomía en su desarrollo y contenidos mediante la investigación con cimientos científicos. De tal manera, una criminología progresista puede enfocarse a la generación de conocimiento basada en investigación científica para la utilidad social y el fortalecimiento profesional.
El presente artículo expone a tres psicoanalistas neofreudianos que estuvieron apegados a Sigmund Freud en alguna etapa del desarrollo de la teoría psicoanalítica. Cada uno realizó estudios que derivaron aportaciones aplicables a la psiquiatría, el psicoanálisis y la psicología, entre otras áreas. Aquí se resaltará la parte que es tomada por la criminología y la psicología criminal para descifrar la personalidad antisocial durante su conducta criminal. En este acotado espacio se presentan a tres psicoanalistas, Adler y el complejo de inferioridad como detonante negativo de la conducta; a Jung y el inconsciente criminal colectivo, y finalmente a Reik, con la compulsión a confesar.
Se toma de referencia la obra Cultura y Sociedad de Herbet Marcuse, para articular brevemente la necesidad de crear una licenciatura en estudios enfocados a las formas de criminalidad, y su prevención.
Se presentan antecedentes de algunas criminologías específicas mencionadas por autores clásicos de la criminología, también tomados de referencia para escritores contemporáneos con propuestas de especialización en obras completas, capítulos en libro y eventos de divulgación. Posteriormente se reseñan las bases de la teoría general de los sistemas (Arnold Catalifaud y Osorio, 1998) aplicada a la especialización de la criminología, señalando los propósitos concretos de esta vinculación. Como referentes de especialización se señalan las sociologías, psicologías y derechos específicos como salidas de investigación en las nuevas criminologías. Finalmente se presentan conceptos básicos de la teoría de los sistemas a manera de guía de desarrollo para términos, contenidos, enfoques y corpus teórico.
El presente es parte de la investigación doctoral “Estudio de Pertinencia de los Proyectos de Formación y Ejercicio Profesional de los Criminólogos”, desarrollada en la Universidad Autónoma de Nuevo León. El objetivo es detectar de todo el universo de centros escolares en México que imparten enseñanza en criminología y áreas afines, cuáles están acreditadas en calidad. La metodología y método empleado consiste en revisión documental, se consultan diferentes conceptos de calidad educativa para desmenuzar qué áreas son las que se consideran para lograr esta, posteriormente, se revisa la legislación educativa mexicana para establecer bases de calidad a través de ejes rectores y organismos evaluadores, se examina en los portales electrónicos de instituciones oficiales los programas de estudio y centros escolares acreditados. Se obtiene como resultado la cantidad de programas de estudio y centros escolares que han aprobado los procesos de evaluación siendo una fracción reducida en comparación con las que no lo están, a lo cual se plantea la propuesta para que otros centros escolares revisen los postulados de acreditación, a los órganos encargados, y se sumen al proceso de diagnóstico, evaluación y postulación para mejorar la calidad en sus centros escolares, y sus programas de estudio.
El presente artículo forma parte de la investigación “Estudio de Pertinencia de los Proyectos de Formación y Ejercicio Profesional de los Criminólogos” en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), México, bajo la dirección del Dr. Rogelio Cantú Mendoza. La investigación tiene como vertientes el estudio histórico de la pertinencia para la creación de la primer Licenciatura en Criminología en la Facultad de Derecho y Criminología, UANL, por otra parte, la revisión del perfil formativo de los estudiantes de licenciatura, maestría doctorado, contrastado con observaciones sobre el proceso de enseñanza en las aulas, se toma de marco referencial el estudio de Pérez Lledó “Teoría y práctica en la enseñanza del Derecho”, aplicado a los estudios en criminología en los tres niveles de aprendizaje. El propósito es esclarecer la visión de la formación universitaria en contraste con los procesos educativos, para proponer áreas de oportunidad y desarrollo universitario, destacando la necesidad de aumentar las áreas de investigación científica que involucren a los alumnos, ampliar el cuerpo de investigadores, y el generar más productos divulgativos mediante artículos, libros, conferencias. Por otra parte, la actualización en los contenidos curriculares del plan de estudios y la práctica profesional.
El presente artículo es un repaso sobre la justificación del establecimiento de los estudios universitarios en criminología y criminalística. Se muestran brevemente cifras sobre los presuntos delitos denunciados en México, reportados por las procuradurías de justicia al sistema nacional de seguridad; también, la clasificación que este país guarda según dos índices de percepción de paz, con ello, justificar el origen de los estudios en materia de criminología y criminalística en el estado de Nuevo León, México, siendo esta la primera región donde se estableció la profesión por motivos de incremento en las cifras de criminalidad, cumpliendo ya 46 años de su fundación. Finalmente, se aborda el tema de la responsabilidad social universitaria desde estos estudios para la investigación del problema criminal, la formación de profesionales idóneos para atender este, así como la vinculación social, generación de conocimiento y resultados.
El marco teórico de la criminología se ha abierto a todo el conocimiento utilizado para interpretar los fenómenos sociales de la criminalidad desde diferentes visiones. Esto lleva a una hermenéutica variada de análisis de teorías con ópticas múltiples que permiten conocer a la criminalidad, interpretando, definiendo su situación, su capacidad y posibilidad de intervenir el problema. De tal modo, cabe precisar el ejercicio reflexivo acerca de cómo se ha producido el conocimiento en criminología, concretándose a otras ciencias que, en algunos momentos de su estudio, se han ocupado de aspectos globales y abarcativos de la violencia, crimen, delito, antisocialidad. Esto ocurre en la actualidad, pero en los comienzos de los estudios sistemáticos de la criminalidad, que hoy llevan por nombre “criminología”, antecedieron los antropológicos físicos, que luego se tornaron a los culturales. Una criminología del presente, mantiene sus bases antropológicas, pero también ha incluido las sociológicas, psicológicas, políticas, jurídicas, económicas, entre otras que se repasan en el presente.
La investigación y la educación son partes fundamentales en todas las sociedades para el mejoramiento de las condiciones, bienestar, reconstrucción del caos social, y de las circunstancias que así lo demanden, por otro lado, así como para el desarrollo profesional de sus egresados desde enfoques económicos, de identidad, satisfacción, entre otros. Para dar lugar a estos objetivos, los centros escolares en criminología tienen la responsabilidad de formar personas con alto sentido humanista, compromiso social, ético, con conocimientos necesarios para atender las demandas sociales, pero también las laborales, lo que les permitirá en el ejercicio de su función, la atención a las dos situaciones mencionadas: El impacto social y el desarrollo personal como profesional. El presente artículo muestra los elementos para la apropiación interna (procesos administrativos, investigación, formación de los alumnos) y externa (impacto social y desarrollo profesional) de una criminología desde la tarea de los centros de educación superior en esta materia, donde a través del autodiagnóstico, podrán evaluar sus procesos y determinar la medida de su cumplimiento para con la sociedad, así como adoptar las recomendaciones para su desarrollo.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
es un libro utilizado para el peritaje o estudio de los documentos y firmas, encontrara una guía completa que le servirá para emitir un dictamen técnico en la materia.
contiene ejemplos para una mejor interpretación, ente no solo es de carácter teórico si no que presenta las habilidades de origen técnico.
1. VICTIMOLOGÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS
Wael Hikal (México)*
Sociedad Mexicana de Criminología capítulo Nuevo León
wshc1983.2013@gmail.com
Se crean bolsas millonarias para capturar a los delincuentes peligrosos,
pero para atender a las víctimas del delito nunca hay dinero (Hikal, 2011).
1. NUEVOS ENFOQUES DE LA VICTIMOLOGÍA
Hay muchas situaciones en las que personas se ven dañadas en múltiples
aspectos; por ejemplo, quienes posterior a una violación de Derechos Humanos
merecen un resarcimiento de cualquier tipo, puede asignarse a esto una labor de
tratamiento victimológico (Victimología de los Derechos Humanos).
Habrá que entender sencillamente que la Victimología: “es la ciencia que
estudia a las víctimas en general, las causas y los efectos de la victimización, así
como la respuesta de las personas particulares y del Estado ante este
fenómeno”.1
Ampliando el concepto, Victimología General es:
El estudio clínico, tratamiento y rehabilitación hecho por especialistas, de los que padecen
por una conducta antisocial, no sólo se refiere al sujeto pasivo del delito, sino a todos los
que se ven afectados por él, como los familiares, incluyendo también a las víctimas de
algún accidente, a las víctimas de la discriminación, de la contaminación, de los abusos de
poder, víctimas de accidentes laborales, víctimas de desastres naturales, entre otras.
2
* Licenciatura en Criminología y Maestría en Trabajo Social (exbecario CONACYT) por la
Universidad Autónoma de Nuevo León, Doctorado por causa de honor por la Sociedad Mexicana
de Criminología capítulo Nuevo León y Doctor honoris causa por el Instituto Mexicano de
Victimología. Fundador-director de la revista Archivos de Criminología, Criminalística y Seguridad
Privada y de Wikipedia Criminológica. La enciclopedia de Criminología y Criminalística. Autor de:
Introducción al estudio de la Criminología (Porrúa); Criminología psicológica (Porrúa); Metodología
y técnica de investigación criminológica (Porrúa); Criminología de los Derechos Humanos (Porrúa);
Esquizofrenia. Enfoque criminológico (Porrúa). Glosario de Criminología y Criminalística (Flores
editor), y Criminología etiológica-multifactorial (Flores editor). Ha sido catedrático de licenciatura,
maestría y doctorado en Nuevo León; Tamaulipas; Aguascalientes; Guanajuato; Puebla; Nayarit;
Estado de México; Yucatán y Oaxaca. Se ha desempeñado como: Supervisor de seguridad en
Gobierno del Estado; Clínico psiquiátrico en un centro psiquiátrico privado; Victimólogo en
Gobierno municipal; Asistente de investigación en Naciones Unidas, Asesor en equipos de
Seguridad en Repair center de México. Fue investigador académico en el Instituto de Ciencias y
Estudios Superiores de Tamaulipas. Ex presidente-fundador de la Sociedad Mexicana de
Criminología capítulo Nuevo León. Fundador de las medallas al mérito criminológico: Osvaldo
Tieghi, José Adolfo Reyes Calderón, Carlos Elbert y Raúl Zaffaroni.
1
Faustina Sánchez Rodríguez y Emilio José García Mercader (coords.), Victimología
Forense, Estudios victimales, España, 2010, p. 454.
2
Hikal, Wael, Introducción al estudio de la Criminología y a su Metodología, Porrúa, México,
2009, p. 74.
2. Otros conceptos que convergen en el presente son los que se verán a
continuación:
• Victimología Criminológica o Victimología Penal: trata de curar las
lesiones de las víctimas; restituirles la paz y la serenidad que nunca
debieron haber perdido; reparar el daño moral y la dignidad por las
humillaciones que recibieron en el alma; compensarles por las pérdidas
sufridas en un camino que nunca eligieron como propio, y evitarles una
futura victimización como consecuencia de la dejadez de los hombres
deshumanizados y de las legislaciones incapaces de proteger lo que
destruyen. Es volver a construir a las personas destrozadas por la
barbarie en lo que realmente son: seres humanos dotados de razón y
conciencia.
• Victimología Penitenciaria: tiene como sujetos de estudio, aquellos que
son sometidos a un proceso penitenciario por el tiempo que fuera, desde
la prisión preventiva hasta su estancia prolongada con o sin sentencia.
Es común saber que los internos a su vez son victimizados por el mal
trato del personal penitenciario, las condiciones de vida, la policía,
alimentación, falta de ejercicio, entre otros. También la victimización que
sufre quién siendo inocente es sometido a investigación ya sea por
sospechoso o por otras condiciones de abuso de autoridad.
Elías Neuman define víctima como:
El ser humano que padece un daño en los bienes jurídicamente protegidos: la vida, la
salud, propiedad, honor, honestidad, etc., por el hecho de otro e incluso por accidentes
debidos a factores humanos, mecánicos o naturales, como ocurre en accidentes de
trabajo.
3
Pr víctima se puede entender: “el sujeto que recibe los efectos externos de
una acción u omisión dolosa o culposa, causando un daño en contra de su
integridad física, de su vida o de su propiedad”.4
Carlos Rodríguez Campos apunta el concepto de víctima del delito de la
siguiente forma:
Aquella persona que sufre un ataque directo a sus derechos (integridad física, honor,
propiedad, etcétera), por otro individuo, y cuya vulnerabilidad no queda librada a la
potestad o a la iniciativa de los particulares, sino que su tutela corresponde al poder público
a través de las leyes penales, para perseguir y juzgar al delincuente.
5
Respecto las víctimas de los Derechos Humanos, una especificación sobre
señalar quiénes son, la respuesta es aparentemente sencilla: ¡todos! Es ya parte
del cotidiano diario ver violados los Derechos Humanos que ofrecen los
instrumentos legales nacionales e internacionales.
3
Cit. pos. Rodríguez Campos, Carlos, Las víctimas del delito en el Distrito Federal, Porrúa,
México, 2007, p. 37.
4
Montiel Sosa, Juventino, Criminalística 2, 2ª ed., Limusa Noriega, México, 2000, p. 49.
5
Rodríguez Campos, Carlos, Op. cit., p. 39.
3. 2. ATENCIÓN A VÍCTIMAS DEL DELITO: REPARACIÓN DEL DAÑO
Saber en qué consiste el daño a las víctimas de violación de los Derechos
Humanos y de delitos, resulta ampliamente difícil, nótese la frase al inicio del
capítulo: mientras las bolsas de recompensa para capturar o recapturar a los
delincuentes cada vez son mayores y tomando en consideración la peligrosidad y
cantidad de delitos que tales delincuentes son capaces de causar, el “premio”
engorda, las víctimas siempre se tiran al olvido; es decir: ¿Quién reclama
legalmente porque las calles no estén pavimentadas? ¿Quién reclama que la
educación no es del todo gratuita? ¿Quién reclama el desempleo? Y: ¿Quién
atiende a estos? Por otro lado: ¿Cuánto se invierte en restaurar la integridad de la
víctima del delito? ¿Una persona que padeció violación sexual que tratamiento
recibe garantizado para ayudarle? ¿Los familiares de un asesinado? ¿Las
víctimas de la guerra? Entre tantas.
La estimación del daño radica en evaluarlo desde diversos aspectos,
primeramente el jurídico, en consecuencia el biológico, psicológico y sociológico,
por lo que suele ser bastante complicado hacer una estimación, ¿Hay que ponerle
precio a la vida? ¿A la educación? ¿A los órganos? ¿Al miedo? Seguramente la
respuesta de muchos sería que valen mucho. También hay que considerar la
duración de la afectación, cuando es temporal, con duración de muchos años y su
impacto y/o afectación o de toda la vida. Respecto los impactos o características:6
Las psicológicas de una víctima son los siguientes: ansiedad, angustia,
desesperanza, incapacidad, sumisión, incapacidad de ordenar ideas, fobia, evade
realidades y vivencias del pasado, examen de vida con tendencia depresiva,
incertidumbre. Las físicas: inestabilidad cardiaca, respiratoria, de los sentidos,
cansancio, fatiga, resequedad en boca, daños en la piel, tensión muscular, entre
otras. Las económicas: pago de asesores jurídicos, médicos y psicológicos,
cambio de residencia, de pertenencias, empleo, exageración en la seguridad,
etcétera.
2.1. Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las
víctimas de delitos y del abuso de poder7
A. Las víctimas de delitos
6
V. Comisión Nacional de los Derechos Humanos México, Lineamientos para la atención
integral a víctimas del delito, Comisión Nacional de los Derechos Humanos México, México, 2011,
pp. 14 y 15.
7
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Recopilación de reglas y
normas de las Naciones Unidas en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal, Oficina
de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Viena-EUA, 2007, pp. 313-316.
4. 1) Se entenderá por “víctimas”, las personas que, individual o
colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o
mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo
sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de
acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los
Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder;
2) Podrá considerarse “víctima” a una persona, con arreglo a la presente
Declaración, independientemente de que se identifique, aprehenda,
enjuicie o condene al perpetrador e independientemente de la relación
familiar entre el perpetrador y la víctima. En la expresión “víctima” se
incluye además, en su caso, a los familiares o personas a cargo que
tengan una relación inmediata con la víctima y a las personas que
hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o
para prevenir la victimización; y
3) Las disposiciones de la presente Declaración serán aplicables a todas
las personas sin distinción alguna, ya sea de raza, color, sexo, edad,
idioma, religión, nacionalidad, opinión política o de otra índole,
creencias o prácticas culturales, situación económica, nacimiento o
situación familiar, origen étnico o social, o impedimento físico.
Acceso a la justicia y trato justo
1) Las víctimas serán tratadas con compasión y respeto por su dignidad.
Tendrán derecho al acceso a los mecanismos de la justicia y a una
pronta reparación del daño que hayan sufrido, según lo dispuesto en
la legislación nacional;
2) Se establecerán y reforzarán, cuando sea necesario, mecanismos
judiciales y administrativos que permitan a las víctimas obtener
reparación mediante procedimientos oficiales u oficiosos que sean
expeditos, justos, poco costosos y accesibles. Se informará a las
víctimas de sus derechos para obtener reparación mediante esos
mecanismos;
3) Se facilitará la adecuación de los procedimientos judiciales y
administrativos a las necesidades de las víctimas:
a) Informando a las víctimas de su papel y del alcance, el desarrollo
cronológico y la marcha de las actuaciones, así como de la decisión
de sus causas, especialmente cuando se trate de delitos graves y
cuando hayan solicitado esa información;
b) Permitiendo que las opiniones y preocupaciones de las víctimas
sean presentadas y examinadas en etapas apropiadas de las
actuaciones siempre que estén en juego sus intereses, sin perjuicio
del acusado y de acuerdo con el sistema nacional de justicia penal
correspondiente;
c) Prestando asistencia apropiada a las víctimas durante todo el
proceso judicial;
5. d) Adoptando medidas para minimizar las molestias causadas a las
víctimas, proteger su intimidad, en caso necesario, y garantizar su
seguridad, así como la de sus familiares y la de los testigos en su
favor, contra todo acto de intimidación y represalia; y
e) Evitando demoras innecesarias en la resolución de las causas y en
la ejecución de los mandamientos o decretos que concedan
indemnizaciones a las víctimas.
4) Se utilizarán, cuando proceda, mecanismos oficiosos para la solución
de las controversias, incluidos la mediación, el arbitraje y las prácticas
de justicia consuetudinaria o autóctonas, a fin de facilitar la
conciliación y la reparación en favor de las víctimas.
Resarcimiento
1) Los delincuentes o los terceros responsables de su conducta
resarcirán equitativamente, cuando proceda, a las víctimas, sus
familiares o las personas a su cargo. Ese resarcimiento comprenderá
la devolución de los bienes o el pago por los daños o pérdidas
sufridos, el reembolso de los gastos realizados como consecuencia de
la victimización, la prestación de servicios y la restitución de derechos;
2) Los gobiernos revisarán sus prácticas, reglamentaciones y leyes de
modo que se considere el resarcimiento como una sentencia posible
de los casos penales, además de otras sanciones penales;
3) En los casos en que se causen daños considerables al medio
ambiente, el resarcimiento que se exija comprenderá, en la medida de
lo posible, la rehabilitación del medio ambiente, la reconstrucción de la
infraestructura, la reposición de las instalaciones comunitarias y el
reembolso de los gastos de reubicación cuando esos daños causen la
disgregación de una comunidad; y
4) Cuando funcionarios públicos u otros agentes que actúen a título
oficial o casi oficial hayan violado la legislación penal nacional, las
víctimas serán resarcidas por el Estado cuyos funcionarios o agentes
hayan sido responsables de los daños causados. En los casos en que
ya no exista el gobierno bajo cuya autoridad se produjo la acción u
omisión victimizadora, el Estado o gobierno sucesor deberá proveer al
resarcimiento de las víctimas.
Indemnización
1) Cuando no sea suficiente la indemnización procedente del delincuente
o de otras fuentes, los Estados procurarán indemnizar
financieramente:
a) A las víctimas de delitos que hayan sufrido importantes lesiones
corporales o menoscabo de su salud física o mental como
consecuencia de delitos graves; y
6. b) A la familia, en particular a las personas a cargo de las víctimas que
hayan muerto o hayan quedado física o mentalmente incapacitados
como consecuencia de la victimización.
2) Se fomentará el establecimiento, el reforzamiento y la ampliación de
fondos nacionales para indemnizar a las víctimas. Cuando proceda,
también podrán establecerse otros fondos con ese propósito, incluidos
los casos en los que el Estado de nacionalidad de la víctima no esté
en condiciones de indemnizarla por el daño sufrido.
Asistencia
1) Las víctimas recibirán la asistencia material, médica, sicológica y
social que sea necesaria, por conducto de los medios
gubernamentales, voluntarios, comunitarios y autóctonos;
2) Se informará a las víctimas de la disponibilidad de servicios sanitarios
y sociales y demás asistencia pertinente, y se facilitará su acceso a
ellos;
3) Se proporcionará al personal de policía, de justicia, de salud, de
servicios sociales y demás personal interesado capacitación que lo
haga receptivo a las necesidades de las víctimas y directrices que
garanticen una ayuda apropiada y rápida; y
4) Al proporcionar servicios y asistencia a las víctimas, se prestará
atención a las que tengan necesidades especiales por la índole de los
daños sufridos o debido a factores como los mencionados en el
párrafo 3.
B. Las víctimas del abuso de poder
1) Se entenderá por “víctimas” las personas que, individual o
colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o
mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo
sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de
acciones u omisiones que no lleguen a constituir violaciones del
derecho penal nacional, pero violen normas internacionalmente
reconocidas relativas a los derechos humanos;
2) Los Estados considerarán la posibilidad de incorporar a la legislación
nacional normas que proscriban los abusos de poder y proporcionen
remedios a las víctimas de esos abusos. En particular, esos remedios
incluirán el resarcimiento y la indemnización, así como la asistencia y
el apoyo materiales, médicos, sicológicos y sociales necesarios; y
3) Los Estados revisarán periódicamente la legislación y la práctica
vigentes para asegurar su adaptación a las circunstancias cambiantes,
promulgarán y aplicarán, en su caso, leyes por las cuales se prohíban
los actos que constituyan graves abusos de poder político o
económico y que fomenten medidas y mecanismos para prevenir esos
7. actos, y establecerán derechos y recursos adecuados para las
víctimas de tales actos, facilitándoles su ejercicio.
2.2. Derechos de las víctimas del delito
Con la finalidad de asegurar el bienestar físico y psicológico y la dignidad de las
víctimas del delito (en términos de lo que establece el apartado C, del artículo 20,
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos
internacionales signados en la materia y ratificados por México y la legislación
estatal) tienen derecho a:8
Atención médica y psicológica de urgencia
• Recibir un trato digno de calidad y calidez, por parte de personal
capacitado y sensibilizado para atender víctimas y evitar la
victimización institucional por parte de las agencias del Ministerio
Público y de cualquier otra institución de atención a víctimas.
• Que se les proporcione gratuitamente atención médica y psicológica
de urgencia en cualquiera de los hospitales o centros de salud
públicos, cuando presenten lesiones y enfermedades o traumas
emocionales provenientes del delito, incluyendo el traslado de
lesionados a instituciones hospitalarias.
• No ser exploradas físicamente, ni someterse a ningún estudio,
examen, análisis o peritaje si no lo desean, quedando estrictamente
prohibido cualquier acto de intimidación o fuerza física para este
efecto.
• Que la exploración y atención médica, psiquiátrica o de cualquier
tipo, esté a cargo de personal de su mismo sexo, cuando lo solicite, y
que los padres, tutores, custodios o alguna persona de su confianza
estén presentes.
• Recibir gratuitamente tratamiento postraumático para la recuperación
de su salud mental.
• Se le suministren medicamentos prescritos, prótesis, aparatos
ortopédicos y similares indispensables para la recuperación del
lesionado.
Asesoría jurídica y otros derechos
• Que se les proporcione este tipo de asesoría con el fin de denunciar
el delito ante el Agente del Ministerio Público, además de que se les
procure justicia de una manera pronta, gratuita e imparcial.
• Que se les informen oportunamente sobre sus derechos.
8
V. Comisión Nacional de los Derechos Humanos México, Op. cit. (Lineamientos para la
atención integral a víctimas del delito), pp. 17-19.
8. • Se dicten las medidas precautorias conducentes para la integridad y
seguridad de las víctimas.
• Recibir las pruebas requeridas para acreditar el delito y la probable
responsabilidad de los delincuentes, existiendo la posibilidad de que
éstas sean presentadas a través de medios electrónicos de acuerdo
con el tipo de delito; el trámite para hacerlas valer, y la trascendencia
legal de cada una de las actuaciones, desde el inicio del
procedimiento penal hasta su conclusión, e inclusive después de
éste.
• Recibir asesoría jurídica, asistencia y acompañamiento en todos los
actos del procedimiento en que deban intervenir para la defensa de
sus derechos.
• A la reparación del daño en los casos en que sea procedente, será
obligación del Ministerio Público solicitarlo ante el juez o podrá
hacerlo directamente la propia víctima.
• La reparación del daño consistirá en la restitución de los derechos
vulnerados, la indemnización y la satisfacción por el daño causado.
• Que el Agente del Ministerio Público le informe sobre el desarrollo del
procedimiento penal, sus alcances y contenidos.
• Que el Agente del Ministerio Público y sus auxiliares les presten
servicios en un marco de legalidad, basados en la honradez, lealtad,
profesionalismo, eficiencia, eficacia y diligencia; absteniéndose de
cometer cualquier acto u omisión que cause la suspensión o
deficiencia de la atención, abuso o ejercicio indebido de la autoridad
y sobrevictimización.
• Intervenir durante el procedimiento penal como coadyuvantes del
Ministerio Público y, en su caso, designar un representante para
esos fines.
• Que el Agente del Ministerio Público garantice su protección, así
como la de testigos y otras personas involucradas.
• En caso de violencia familiar dicte las órdenes de protección de
emergencia y preventivas correspondientes.
• Comparecer por sí o a través de su representante en las audiencias y
alegar, previa solicitud del uso de la palabra, lo que a su derecho
convenga, en las mismas condiciones que el defensor del indiciado,
y procurar que –cuando no hablen o no entiendan el idioma
castellano o se encuentren en cualquier estado de vulnerabilidad– el
Agente del Ministerio Público solicite las medidas necesarias para
garantizar la protección de sus intereses.
• Participar en la diligencia de identificación que se lleve a cabo en la
Policía Judicial o ante el Agente del Ministerio Público sobre el o los
probables responsables, en un lugar en donde no puedan ser vistas
por estos, si así lo solicitan.
• Que el Agente del Ministerio Público se abstenga de hacer pública su
identidad y que se mantengan bajo reserva sus datos personales.
9. • Impugnar las resoluciones del Agente del Ministerio Público sobre el
no ejercicio y desistimiento de la acción penal.
• Provisión de víveres hasta por el término de tres meses al lesionado
y a sus dependientes económicos.
• Otorgamiento de servicios funerarios.
• Que sea canalizada la víctima a instituciones de asistencia que
operen en el Estado.
BIBLIOGRAFÍA
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atención integral a víctimas del delito, Comisión Nacional de los Derechos
Humanos México, México, 2011.
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México, 2009.
Montiel Sosa, Juventino, Criminalística 2, 2ª ed., Limusa Noriega, México, 2000.
Rodríguez Campos, Carlos, Las víctimas del delito en el Distrito Federal, Porrúa,
México, 2007.
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y normas de las Naciones Unidas en la esfera de la prevención del delito y la
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