1. INSTRUCCIÓN VICEMINISTERIAL PARA TODOS LOS PLANTELES EDUCATIVOS
SOBRE CONSEJOS ESTUDIANTILES
Por medio de la presente, queremos ampliar y profundizar la orientación pedagógica
emitida en el mes de septiembre en su numeral 20 sobre la conformación de los con-
sejos estudiantiles de modo que demos cumplimiento al artículo 21 de la ley Orgá-
nica de Educación la cual establece que en las instituciones y centros educativos en
los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo se organizarán consejos
estudiantiles, sin menoscabo de otras formas de organizativas, destinadas a promo-
ver la formación de ciudadanos y ciudadanas mediante la participación protagónica
y corresponsable del estudiantado, tomando en cuenta las especificidades de cada
de cada nivel y modalidad. Estas organizaciones actuarán junto con la comunidad
educativa en los diferentes ámbitos, programas, proyectos educativos y comunitarios,
ejerciendo sus derechos y deberes como seres sociales, en un clima democrático, de
paz, respeto, tolerancia y solidaridad.
Exhortamos a todas las escuelas, liceos y técnicas hacer todos los esfuerzos pedagó-
gicos para promover la participación estudiantil en todos los niveles y modalidades
y dejar que los niños, niñas y adolescentes ejerzan su derecho a organizarse y parti-
cipar, junto a la comunidad educativa, en los asuntos vinculados a su educación de
modo que sea una posibilidad de aprendizaje de la democracia protagónica.
Los y las estudiantes de todos los niveles y modalidades pueden ser elegidos y elegir
y para ello se establecen 3 fases eleccionarias: 1) la fase de la elección de los voceros
o veceras por sección, 2) la fase de la elección de voceros o voceras por año (en caso
de que haya más de una sección) y, 3) la fase de la elección de los tres (3) voceros o
voceras por institución.
2. 2
FASE POR CURSO:
Todos los estudiantes de cada uno de los cursos
del plantel se reúnen en asamblea y, previa revi-
sión de la oferta electoral, eligen por voto direc-
to, universal y secreto al vocero o vocera de su
preferencia y su suplente. Esta elección puede
ser dirigida por algún docente y vigilada por la
comisión electoral de modo que el proceso sea
transparente.
FASE POR AÑO:
En caso de que un año tenga varias secciones,
todos los estudiantes del año se reúnen en
asamblea y previa revisión de la oferta electoral
(voceras o voceros electos por sección), eligen
por voto directo, universal y secreto al voceo o
vocera de su preferencia con su suplente. Esta
elección debe ser dirigida por la comisión elec-
toral.
FASE POR INSTITUCIÓN:
Todos los estudiantes de la escuela, liceo o téc-
nica se reúnen en asamblea y, previa revisión de
la oferta electoral (voceras o voceros electos por
año), eligen por voto directo, universal y secreto
al vocero o vocera integrador (quien represen-
tará a los estudiantes en el Consejo Educativo),
al vocero o vocera contralor (quien velará por el
ejercicio de la contraloría social de los proyectos
del plantel) y al vocero o vocera activista (encar-
gado de promover actividades sociales, cultura-
les, científicas recreativas en la institución).
Para este proceso eleccionario los directores de
las escuelas, liceos y técnicas deberán organizar
una comisión electoral conformada por el direc-
tor o directora y un equipo de un profesor y dos
estudiantes para primaria y un profesor y tres
estudiantes para media o técnica de modo que
se garanticen todas las fases de las elecciones y
se preserve el derecho elegir o ser elegido con
plena libertad.
El período de gestión de un consejo estudiantil
es desde el momento de elección hasta el fin del
año escolar. Por eso todas las instituciones de-
ben hacer todo el esfuerzo para elegir sus voce-
ros y voceras en el mes de octubre sin prórroga,
según el siguiente cronograma:
Fase 1: Elección por sección: del 06 al 10 de Oc-
tubre.
Fase 2: Elección por año (de haber más de una
sección): Del 13 al 17 de octubre.
Fase 3: Elección por institución: Del 21 al 31 de
octubre.
Los resultados de cada una de las elecciones de-
ben estar registrados y respaldados en las plani-
llas oficiales que anexamos en esta orientación
3. 3
INSTRUCCIÓN VICEMINISTERIAL PARA TODOS LOS DIRECTORES Y DIRECTORAS DE ZONAS EDUCATIVAS
SOBRE ELECCIÓN DE LOS CONSEJOS ESTUDIANTILES
Por medio de la presente, queremos ampliar y profundizar la orientación pedagógica
emitida en el mes de septiembre en su numeral 20 sobre la conformación de los con-
sejos estudiantiles de modo que demos cumplimiento al artículo 21 de la ley Orgá-
nica de Educación la cual establece que en las instituciones y centros educativos en
los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo se organizarán consejos
estudiantiles, sin menoscabo de otras formas de organizativas, destinadas a promo-
ver la formación de ciudadanos y ciudadanas mediante la participación protagónica
y corresponsable del estudiantado, tomando en cuenta las especificidades de cada
de cada nivel y modalidad. Estas organizaciones actuarán junto con la comunidad
educativa en los diferentes ámbitos, programas, proyectos educativos y comunitarios,
ejerciendo sus derechos y deberes como seres sociales, en un clima democrático, de
paz, respeto, tolerancia y solidaridad.
Exigimos a todos nuestros directores y directoras de zonas educativas y sus equipos
de trabajo que se activen para que en todas las escuelas, liceos y técnicas hagan to-
dos los esfuerzos pedagógicos para promover la participación estudiantil en todos los
niveles y modalidades y dejar que los niños, niñas y adolescentes ejerzan su derecho
a organizarse y participar, junto a la comunidad educativa, en los asuntos vinculados
a su educación de modo que sea una posibilidad de aprendizaje de la democracia
protagónica.
Los y las estudiantes de todos los niveles y modalidades pueden ser elegidos y elegir
y para ello se establecen 3 fases eleccionarias: 1) la fase de la elección de los voceros
o veceras por sección, 2) la fase de la elección de voceros o voceras por año (en caso
de que haya más de una sección) y, 3) la fase de la elección de los tres (3) voceros o
voceras por institución.
4. 4
FASE POR CURSO:
Todos los estudiantes de cada uno de los cursos
del plantel se reúnen en asamblea y, previa revi-
sión de la oferta electoral, eligen por voto direc-
to, universal y secreto al vocero o vocera de su
preferencia y su suplente. Esta elección puede
ser dirigida por algún docente y vigilada por la
comisión electoral de modo que el proceso sea
transparente.
FASE POR AÑO:
En caso de que un año tenga varias secciones,
todos los estudiantes del año se reúnen en
asamblea y previa revisión de la oferta electoral
(voceras o voceros electos por sección), eligen
por voto directo, universal y secreto al voceo o
vocera de su preferencia con su suplente. Esta
elección debe ser dirigida por la comisión elec-
toral.
FASE POR INSTITUCIÓN:
Todos los estudiantes de la escuela, liceo o téc-
nica se reúnen en asamblea y, previa revisión de
la oferta electoral (voceras o voceros electos por
año), eligen por voto directo, universal y secreto
al vocero o vocera integrador (quien represen-
tará a los estudiantes en el Consejo Educativo),
al vocero o vocera contralor (quien velará por el
ejercicio de la contraloría social de los proyectos
del plantel) y al vocero o vocera activista (encar-
gado de promover actividades sociales, cultura-
les, científicas recreativas en la institución).
Para este proceso eleccionario los directores de
las escuelas, liceos y técnicas deberán organizar
una comisión electoral conformada por el direc-
tor o directora y un equipo de un profesor y dos
estudiantes para primaria y un profesor y tres
estudiantes para media o técnica de modo que
se garanticen todas las fases de las elecciones y
se preserve el derecho elegir o ser elegido con
plena libertad.
El período de gestión de un consejo estudiantil
es desde el momento de elección hasta el fin del
año escolar. Por eso todas las instituciones de-
ben hacer todo el esfuerzo para elegir sus voce-
ros y voceras en el mes de octubre sin prórroga,
según el siguiente cronograma:
Fase 1: Elección por sección: del 06 al 10 de Oc-
tubre.
Fase 2: Elección por año (de haber más de una
sección): Del 13 al 17 de octubre.
Fase 3: Elección por institución: Del 21 al 31 de
octubre.
Los resultados de cada una de las elecciones de-
ben estar registrados y respaldados en las plani-
llas oficiales que anexamos en esta orientación.
En las zonas educativas debe organizarse un
grupo de trabajo dirigido por el director o di-
rectora de la zona educativa y, conformado por
el jefe de desarrollo y protección estudiantil de
cada zona, un miembro de la OBE y un miembro
de la Juventud. Su función principal es lograr
prioritariamente que la totalidad de los liceos y
técnicas del estado cumplan con el cronograma
eleccionario con la mayor amplitud posible y
siguiendo las instrucciones de esta orientación.
Además de lograr, en segundo término, las elec-
ciones en educación primaria.
Cualquier duda debe dilucidarse con la comisión
nacional electoral conformada por la Vicemi-
nistra de Comunidades Educativas la profesora
Soraya El Achkar, El Viceministro de Juventud
Hanthony Coello y Wilmer Vásquez el represen-
tante nacional de la OBE.