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Lo Certifico
1
UEESUNIVERSIDAD ESPIRITO SANTO
REGLAMENTO ORGÁNICO Y
FUNCIONAL
2016
e Páez Galárraga
—.° SECRETARIO GENERAL
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL
DE LA UNIVERSIDAD DE ESPECIALIDADES ESPÍRITU SANTO - UEES
DECLARACIÓN
El presente Reglamento Orgánico y Funcional es un instrumento técnico-administrativo de
la Universidad Particular de Especialidades Espíritu Santo — UEES, que contiene su
estructura orgánica y las funciones que deben cumplir las diferentes unidades académicas y
administrativas y el personal que las conforman.
Este Reglamento contribuye al logro de los objetivos estratégicos institucionales, en el
marco de la Constitución, las leyes, los reglamentos y demás normativas internas, en
concordancia con el Plan Nacional del Buen Vivir y el Sistema Nacional de Educación
Superior.
Por tratarse de una institución de Educación Superior particular que tiene como objetivo
esencial y prioritario la preparación y formación de estudiantes graduados de bachilleres,
en profesionales con excelencia académica-técnica-científica en base a la investigación, la
promoción y difusión de la ciencia, la cultura, el conocimiento de la realidad nacional e
internacional y la exaltación de los valores trascendentales del ser humano; hay que
considerar que actúa en un entorno dinámico y complejo, que le obliga a adaptarse
rápidamente y a responder con acciones efectivas, contribuyendo al progreso integral de
la sociedad ecuatoriana. Por esto, la estructura y funciones que se presentan, deben ser
tomadas con carácter indicativo y no limitativo.
Si bien el Reglamento Orgánico y Funcional, es un instrumento muy importante de la
Universidad y su funcionamiento, éste está supeditado a la misión y visión, a los objetivos
estratégicos y a los cambios del entorno; por lo tanto, los cambios o modificaciones que se
hagan en las políticas, objetivos y estrategias de la Universidad, obligan a la reformulación
del Reglamento Orgánico y Funcional, volviéndolo un instrumento dinámico y flexible a
las necesidades institucionales.
El Reglamento que se describe a continuación, ha sido elaborado en aplicación del Estatuto
de la UEES, pero desarrollando toda la estructura institucional por niveles, de manera
técnica y sistematizada para facilitar su comprensión.
Tomando en cuenta el espíritu colaborativo, emprendedor y solidario de los miembros de
la comunidad universitaria, el Reglamento Orgánico y Funcional, no pretende limitar las
iniciativas, creatividad y dinamia que se presenten; ni tampoco generar islas académicas y
administrativas que se desatiendan entre sí y ejerzan espacios de poder que dificultan la
toma de decisiones y el flujo del trabajo. Sino por el contrario, busca estimular la práctica
Lo Certific
ui JE Es Lic. orge Páez Galórrago
'"`"'"`"'"""' SECRETARIO GENERAL
Lo Certifico
c. Jorge Páez Gaiorrago
UNVERSIUM) tYPIP:1 u .4,.
SECRETARIO GENERAL
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
de valores compartidos que consoliden la cultura distintiva de la UEES, la coordinación
efectiva entre las diferentes áreas y estamentos, contar con criterios inter y
multidisciplinarios sobre asuntos trascendentes que apoyen a la toma de decisiones de las
autoridades universitarias.
La Universidad de Especialidades Espíritu Santo de acuerdo a su Ley de creación
publicada en el Registro Oficial del Ecuador N° 319 del jueves 18 de noviembre de 1993,
es una entidad jurídica, autónoma, de derecho privado, sin fines de lucro y de interés
social. Tiene su domicilio principal en la ciudad de Guayaquil y actualmente desarrolla
sus actividades en su campus ubicado en el Cantón Samborondón de la Provincia del
Guayas y forma parte del Sistema Nacional de Educación Superior.
TÍTULO I
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
CAPÍTULO I
MISIÓN, VISIÓN, FINES Y NATURALEZA DEL REGLAMENTO
ORGÁNICO FUNCIONAL
Art. 1.- Misión de la UEES.- Servir a la sociedad mediante la generación de entornos de
aprendizaje, para la formación integral de personas que, a través de la docencia,
investigación y vinculación contribuyan al desarrollo del país.
Art. 2.- Visión.- La UEES se visualiza como un centro de docencia, investigación y
orientación que aporta alternativas para el desarrollo del País
Art. 3.- Fines institucionales:
1. Coadyuvar de modo riguroso, técnico, científico y crítico a la presentación de
propuestas y alternativas de solución a las diversas problemáticas que enfrenta nuestra
sociedad, el continente y el mundo;
2. Potenciar el desarrollo profesional, técnico, científico y humanista de sus integrantes
orientándolos hacia la búsqueda de la verdad, fomentando el pluralismo, el respeto a
los criterios divergentes, la tolerancia y la inclusión como elementos determinantes de
una sociedad democrática impregnada de valores;
3. Formar bajo estándares de excelencia académica, alto rigor científico e investigativo,
con profunda responsabilidad personal y social, con conciencia planetaria a sus
Lo Certifico
<MES
Reglamento Orgánico y Funcional
estudiantes, docentes e investigadores con miras a la búsqueda del bien común y
dispuestos a colaborar con los organismos del sector público y privado para lograr una
sociedad más culta, más justa, más equitativa, más democrática, más ética, más
humanista;
4. Reafirmar los valores cívicos, culturales e integracionistas de nuestra sociedad
estableciendo espacios para el diálogo intercultural nacional, regional y mundial.
Art. 4.- Naturaleza del Reglamento Orgánico Funcional
El Reglamento Orgánico Funcional es un instrumento técnico-administrativo, que permite
contar con una organización y funcionamiento dinámicos, en un contexto de libertad y
responsabilidad compartidas. Este Reglamento visualizará las diferentes unidades
académicas y administrativas necesarias para su funcionamiento, las que podrán ser:
creadas, fusionadas o eliminadas, en función a la dinamia y las necesidades institucionales,
la articulación con el Sistema Nacional de Educación, los objetivos del régimen de
desarrollo y la base legal vigente.
TÍTULO II
DEL GOBIERNO, ESTRUCTURA, ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LA
UNIVERSIDAD
CAPÍTULO I
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y COGOBIERNO
Art. 5.- La Universidad de Especialidades Espíritu Santo es una institución particular
autofinanciada, que forma parte del Sistema Nacional de Educación Superior y que en
ejercicio de la autonomía académica y administrativa que le conceden la Constitución de la
República y la Ley, organiza, elige y designa sus órganos de cogobierno y autoridades,
conforme lo determinan la LOES, su Estatuto Institucional y demás normativa sobre la
materia.
El gobierno de la Universidad será ejercido jerárquicamente por organismos: a)
Pluripersonales, y b) Unipersonales.
Art. 6.- Los órganos pluripersonales son:
aez Galárrago
---0*^o"...° SECRETARIO GENERAL
Lo Certific
tc. Jorge Páez Gatatruaf
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
I. Órgano Colegiado Académico Superior:
El Consejo Superior Universitario
II. Órganos Académicos Administrativos
Los Consejos Directivos - Académicos de Facultad
III. Órganos de Apoyo
a) El Consejo Regente como ente de consulta
b) La Comisión de Evaluación y Autoevaluación
c) La Comisión de Vinculación con la Colectividad
d) Comisión Especial de Disciplina
e) La Comisión de Imagen Institucional, difusión y publicaciones
f) El Consejo Científico de Investigación y Publicaciones
g) Comités de Gestión
h) El Consejo Ejecutivo Universitario
i) El Consejo Consultivo de Graduados
Art. 7.- Los Órganos Unipersonales son de nivel ejecutivo, de apoyo, académico, y
administrativo.
I. Nivel Ejecutivo
a) El/La Rector (a)
b) EI/La Vicerrector (a) Académico (a)
c) El/La Vicerrector (a) Administrativo (a)
II. Nivel de apoyo:
a) Canciller
b) Presidente de Consejo Regente
c) Director Jurídico-Procurador
d) Director de Planificación, Desarrollo y Acreditación Institucional
e) Secretario General
f) Contralores
g) Prosecretario
h) Auditor
III.Nivel académico:
a) En las Facultades.- Decano, Sub-Decano y Directores o Coordinadores
Académicos, de Escuela, Carreras o Programas
b) Institucional.- Directores de Investigación, Vinculación, Acreditación de
Carreras y Programas, y de Saberes
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Lo Certifico
dez Galórrago
SECRETARIO GENERAL
UEES.
Reglamento Orgánico y Funcional
IV. Nivel administrativo:
a) Los Directores Ejecutivos
b) Los Vicedirectores Ejecutivos
c) Los Directores de Centros, de Unidades, de Consultorios, de Institutos, etc., y
cualquier otro cargo que fuere dispuesto por el Consejo Superior Universitario.
d) Director de Bienestar y Servicios Estudiantiles
e) Coordinador General Administrativo
0 Director Financiero
g) Director Administrativo
h) Director del Talento Humano
i) Director de Información y Sistemas
j) Director de Marketing y de Relaciones Públicas
CAPÍTULO II
DE LA ESTRUCTURA
Art. 8.- La estructura de la UEES se conforma por los niveles: directivo, ejecutivo, asesor,
académicos y administrativos; así como sus órganos pluripersonales y unipersonales. Esta
estructura se plasma en el organigrama que se registra en el Anexo 1.
CAPÍTULO M
DE LAS ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR
UNIVERSITARIO Y DEL CONSEJO DIRECTIVO ACADÉMICO DE FACULTAD
Art. 9.- Del Órgano Colegiado Académico Superior.-
El Órgano Colegiado Académico Superior (OCAS) de la UEES es el Consejo Superior
Universitario; y por tanto, es la máxima autoridad institucional. Ejerce sus facultades y
obligaciones para consolidar la misión y visión de la Universidad. Está conformado de
acuerdo a lo expresado en la LOES y en su Estatuto y es presidido por el Rector.
El Consejo Superior Universitario es el máximo organismo de dirección de la universidad
y sus atribuciones son las que se detallan a continuación:
a) Conocer todos los asuntos relativos a la organización y funcionamiento de la
Institución y los aspectos académicos, técnicos, administrativos que se encuentren
previstos en la reglamentación interna;
Lo Certifico
(MES
Reglamento Orgánico y Funcional
b) Resolver sobre las excusas, licencias, comisión de servicios, renuncias, revocatoria del
mandato o remociones del Rector y/o Vicerrectores;
c) Resolver sobre las reformas que se propusieran al estatuto universitario, previo a que
sean remitidas al Consejo de Educación Superior, para su correspondiente aprobación;
d) Establecer políticas, estrategias y directrices institucionales en el campo de
la docencia que definan la creación, modificación o actualización de las
carreras profesionales y académicas así como los programas de postgrado, acorde
a las necesidades del mercado laboral del país y mantener una permanente
prospección del medio externo de manera que contribuya a la mejora de las
carreras y programas de la institución;
e) Aprobar los programas, proyectos de investigación, actividades o eventos culturales,
sociales, deportivos, académicos, científicos, otorgamiento de avales académicos,
publicaciones, y en primera instancia conocer y aprobar los proyectos de rediseños o
nuevas carreras y programas de postgrado previo a su envío al CES para su respectiva
aprobación;
f) Aprobar los mecanismos, protocolos y/o instructivos, que presente el Vicerrectorado
Académico conducentes a garantizar la participación de las mujeres y de los grupos
históricamente excluidos o discriminados;
g) Posesionar a las autoridades universitarias en los cargos de Rector y Vicerrectores
conforme lo dispone el Estatuto y la reglamentación interna;
h) Establecer las políticas académicas y disciplinarias de la Universidad;
i) Conferir grados y/o títulos académicos honoríficos propuestos ante el Consejo Superior
Universitario;
j) Aprobar los costos de aranceles, créditos, matrículas, servicios, seminarios, talleres y
demás valores que necesite la institución, para mantener su actividad educativa de
calidad teniendo en cuenta las resoluciones que para el efecto emita el Consejo de
Educación Superior;
k) Resolver sobre las reformas o propuestas de reglamentos internos, instructivos,
manuales de procedimientos y demás documentos normativos de la Universidad;
c. Jorge Paei Gaiarrogo
SECRETARIO GENERAL
Lo Certifico
e Páez Galarrago
SECRETARIO GENER oi
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(11
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
1) Designar a los directivos y/o representantes ante los organismos pluripersonales que no
son de cogobierno conforme a la reglamentación interna;
m) Respaldar el mejor uso los recursos que posee la UEES, que coadyuven a la
continuidad de los programas existentes y/o al desarrollo físico, tecnológico de la
Universidad o financiar nuevos proyectos universitarios;
n) Asignar cupos de estudiantes, establecer procedimientos y requisitos de admisión o
postulación a las diferentes facultades y/o programas de la universidad;
o) Definir los parámetros del correcto manejo y aplicación de los mecanismos que sirvan
para becas y ayudas financieras a sus estudiantes regulares, conforme lo establece la
Ley Orgánica de Educación Superior y su Reglamento;
p) Definir anualmente los protocolos de inversión de por lo menos el del 6% del
presupuesto que se usará para las publicaciones indexadas, para becas de postgrado
para sus profesores o profesoras e investigadores y asignar un mínimo del 1% del
presupuesto para garantizar la formación, capacitación, estudios doctorales o sus
equivalentes de los profesores e investigadores, profesoras o investigadoras;
q) Aprobar los planes operativos y estratégicos de desarrollo institucional de mediano y
largo alcance, considerando para este efecto su articulación con el Plan Nacional de
Desarrollo y el Plan Nacional de Ciencia y Tecnología, Innovación y Saberes
Ancestrales;
r) Definir las líneas de investigación de la universidad y pedir cuentas de las actividades
en este ámbito a las diferentes Facultades;
s) Tomar las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad que integran la
comunidad universitaria -sean estudiantes, docentes, investigadores y colaboradores en
general- puedan desarrollar sus actividades, potencialidades y habilidades sin que sea
su limitación un factor determinante y excluyente;
t) Nombrar una comisión especial integrada por todos los estamentos universitarios para
que presente un informe sobre cualquier miembro o asociación de la comunidad
universitaria, que a criterio de los miembros del Consejo Superior Universitario
podrían estar atentando contra los principios fundacionales, o que tienen injerencia de
grupos políticos que fomentan la división, desunión o politización o partidismo dentro
de la comunidad universitaria y/o no cumpla con las disposiciones de la Constitución,
la Ley Orgánica de Educación Superior, el Reglamento a la LOES, el Estatuto y el
Reglamento de Facultades de la universidad;
Lo Certifico
a LES tic. 7orge Páez Gaioriaor
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uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
u) Resolver motivadamente sobre la invalidez y/o registro de una titulación conferida y de
ser este el caso, solicitar a la SENESCYT la eliminación de ese registro, sin perjuicio
de las acciones legales pertinentes;
y) Autorizar el concurso de merecimientos y oposición para ingresar a la carrera
académica conforme lo establezca la normativa interna;
w) Resolver sobre la creación, intervención, fusión o supresión de unidades
académicas; y,
x) Cumplir las demás funciones que pueda tomar conforme la norma legal vigente y el
artículo décimo del estatuto de la Universidad.
Art. 10.- Consejos Directivos - Académicos de Facultad.-
Cada Facultad de la Universidad cuenta con un Consejo Directivo-Académico, organismo
pluripersonal de carácter académico administrativo, que está integrado conforme lo
dispone el Estatuto. Su accionar está subordinado al Órgano Colegiado Académico
Superior. Sus funciones son:
a) Proponer reformas a los reglamentos académicos estudiantiles, a los programas de
estudio, a las materias de estudio;
b) Conocer las solicitudes de licencia que presenten los docentes o directivos de Facultad,
para participar de estudios de postgrado, doctorales o su equivalente y sugerir al
Rector, de ser el caso, auspicios y/o apoyos para estas capacitaciones;
c) Autorizar al directivo o funcionario de la Facultad que corresponda la suscripción de
convenios académicos, acuerdos, cartas de intención o el otorgamiento de avales o
auspicios solicitados previamente al Consejo Superior Universitario;
d) Solicitar al Rector la designación y contratación del personal académico docente y de
investigación;
e) Decidir sobre equivalencias de horas y solicitudes de homologaciones, conforme a la
reglamentación vigente;
f) Proponer horarios generales, fechas de inicio de clases, de programas, carga horaria de
docentes, asignación de paralelos, aprobación del calendario académico del ciclo,
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SECRETARIO GENER al
Lo Certifico
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
analizar todas las actividades para y extracurriculares de la respectiva Facultad de
acuerdo a la normativa institucional;
g) Contribuir para que la filosofía Institucional y fundacional se manifieste en todos los
actos y procedimientos de la Facultad y que sea el elemento unificador de las metas y
objetivos de la Universidad;
h) Sugerir de acuerdo a la normativa interna la designación de docentes, la creación o
supresión de programas, escuelas, facultades, carreras y/o menciones, la realización de
cursos, talleres, seminarios, conferencias, foros, mesas redondas, etc.;
i) Autorizar la nómina de los graduandos de las respectivas facultades y disponer los
trámites a seguir;
j) Planificar las actividades académicas de cada Facultad y someterlos a consideración
del Consejo Superior Universitario para su respectivo análisis y resolución;
k) Estructurar los planes de estudio y programas académicos de cada Facultad y
someterlos a consideración del Consejo Superior Universitario para su respectivo
análisis y resolución;
I) Conocer y pronunciarse sobre el informe respectivo que presenten los decanos o
directores en el caso de homologaciones de materias;
m) Autorizar el ingreso en el Sistema Académico Informático, las homologaciones que
presentan los respectivos Decanos y Decanas, a través de los informes técnicos
respectivos y procedimientos universitarios;
n) Supervisar las actividades en general de la facultad con énfasis en el área de la
investigación;
o) Estructurar comisiones internas para la aprobación de temas y temarios de
proyectos de titulación y hacer el seguimiento hasta la graduación de los estudiantes;
p) Sugerir las políticas de docencia y líneas de investigación universitaria ante el Consejo
Superior Universitario;
q) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
Lo Certific
e Páez GaIórrago
° SECRETARIO GENERA(
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uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
r) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
s) Cumplir las demás funciones que establezca el Consejo Superior Universitario y las
señaladas en el artículo décimo tercero del Estatuto.
CAPÍTULO IV
DE LOS ÓRGANOS DE APOYO, COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN
Art. 11.- Del Consejo Regente.-
Es un órgano que tiene atribución consultiva no vinculante y asume como objetivo
fundamental el velar que todas las instancias de la universidad respondan administrativa y
académicamente a las características fundacionales de la UEES, en concordancia con la
normativa legal vigente. Su forma de integración y autoridades se manifiestan en el
Estatuto. Sus atribuciones, sin que las mismas tengan efectos vinculantes son las
siguientes:
a) Contribuir con sus mejores ideas a favor de la Universidad, con el objetivo de velar por
la vigencia del espíritu fundacional, sin menoscabo de la libertad de cátedra e
investigación y del pluralismo inherente a las actividades universitarias, coadyuvando
al mantenimiento de la filosofía, misión y visión de la Universidad;
b) Fomentar todo tipo de actividades y gestiones que contribuyan al fortalecimiento
integral de la Universidad, alianzas que coadyuven a su desarrollo, incluyendo
iniciativas y mecanismos para la búsqueda de benefactores, captación de fondos
nacionales e internacionales, control e integración de comités de gestión;
c) Asesorar en el mejor uso de los recursos patrimoniales de la Universidad y ejercer
veeduría sobre el uso de los recursos institucionales;
d) Asesorar en la administración del programa de becas de la Universidad conforme a la
LOES y a la normativa institucional;
e) Asesorar en la propuesta y otorgamiento de distinciones, preseas, reconocimientos y/o
grados honoríficos;
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
f) Presentar o auspiciar candidatos para la elección de Rector, Rectora y para Vicerrector
o Vicerrectora académico/a y administrativo/a. Esta atribución no es vinculante ni
constituye una potestad exclusiva del Consejo Regente;
g) Dictar su reglamento interno, elegir a su Presidente, Vicepresidente y designar al
Canciller;
h) Asesorar en los proyectos de reformas al estatuto universitario o conformación de
organismos;
i) Asesorar en las designaciones de las principales autoridades y funcionarios
universitarios;
j) Solicitar la instauración de un proceso de revocatoria del mandato del Rector o
Vicerrectores ante el Consejo Superior Universitario. Ésta atribución no es vinculante
ni constituye una potestad exclusiva del Consejo Regente; y,
k) Cumplir las demás funciones que se determinaren conforme su potestad.
Art. 12.- De la Comisión de Evaluación y Autoevaluación.-
Sus atribuciones son:
a) Crear las normativas necesarias para la implementación de la evaluación interna de la
Universidad de Especialidades Espíritu Santo conforme a las resoluciones adoptadas
por los organismos superiores de control de las instituciones de educación superior y
de la UEES;
b) Ejecutar los procesos de autoevaluación institucional, en los ámbitos de la docencia, la
investigación, vinculación con la sociedad y gestión administrativa y coordinar sus
acciones con el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad
de la Educación Superior;
c) Coordinar y dirigir la elaboración del plan, la guía y los procedimientos de evaluación
interna a nivel institucional, de carreras y programas.
d) Implementar y monitorizar los planes de autoevaluación institucional, de carreras y
programas.
s Lic. Jorge Páez Galárrago
""'"° SECRETARIO GENERAL
Lo Certifi o
c. Jorge Páez Ga rr
SECRETARIO OF;
m 744.
(11
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
e) Organizar y orientar a los comités de evaluación interna y al personal de apoyo en los
procesos de autoevaluación.
1) Analizar las deficiencias y fortalezas internas y emprender los procesos del
mejoramiento continuo en búsqueda de la excelencia académica y socializar los
resultados con los diferentes estamentos internos;
g) Asesorar y supervisar el correcto desarrollo y la organización del proceso de
autoevaluación y planes de mejoras.
h) Evaluar y analizar, periódicamente, de manera crítica y consistente, los reportes de los
diferentes comités, unidades y procesos, así como las deficiencias y fortalezas internas
y emprender los procesos de mejoramiento continuo en búsqueda de la excelencia
académica, y socializar los resultados con los diferentes estamentos internos.
i) Solicitar al Consejo Superior Universitario y al Rector los recursos humanos, físicos,
financieros y tecnológicos necesarios para llevar a cabo los procesos de autoevaluación
y mejora continua.
j) Coordinar con las instancias que corresponda la elaboración y seguimiento de los
planes de mejoras.
k) Promover niveles de excelencia en el desempeño de la gestión académica y
administrativa fomentando la cultura de la autoevaluación y del mejoramiento de la
calidad;
I) Mantener canales de comunicación con la comunidad universitaria para informar sobre
los niveles de desempeño institucional y compromisos que se adquieren en la búsqueda
de la excelencia académica.
m) Efectuar el seguimiento de las políticas y planes de la UEES en el aseguramiento de la
calidad académica y el desarrollo de los procesos de mejoramiento y gestión de la
calidad.
n) Remitir informe final de los procesos de autoevaluación al Rector para su debida
aprobación y al Canciller para su debido conocimiento.
o) Poner en conocimiento del Consejo Superior Universitario y de los diferentes
estamentos universitarios el informe final de autoevaluación.
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
p) Cumplir las demás funciones determinadas por el Consejo Superior Universitario o el
Rector de la Universidad, dentro del ámbito de sus competencias.
Art. 13.- De la Comisión de Vinculación con la Colectividad.-
Sus atribuciones son:
a) Crear y difundir los procedimientos e instructivos necesarios para la implementación
de proyectos de vinculación con la comunidad, prácticas pre profesionales, pasantías
comunitarias conforme a las resoluciones adoptadas por los organismos de control de
las instituciones de educación superior y por los organismos superiores de la UEES;
b) Coordinar con las demás unidades académicas de la UEES, la gestión y control de los
procesos de vinculación con la comunidad que incluyen: proyectos, prácticas pre
profesionales y pasantías comunitarias;
c) Monitorear la ejecución de los presupuestos asignados para vinculación con la
colectividad;
d) Mantener canales de comunicación con la comunidad universitaria UEES para
informar sobre los procesos y convocatorias de vinculación, seguimiento a graduados
y prácticas pre profesionales / prácticas comunitarias;
e) Analizar el cumplimiento y resultados de todos los programas realizados así como las
deficiencias y fortalezas de la Comisión a través de los mecanismos de planificación
institucional, y así emprender acciones para el mejoramiento;
e Difundir los resultados de sus actividades a la comunidad universitaria;
g) Presentar al Consejo Superior Universitario los informes que sean requeridos a través
de la Contraloría Institucional;
h) Orientar actividades de la unidad de vinculación al desarrollo de los objetivos
estratégicos de la UEES; y,
i) Cumplir las demás funciones que señalan las normativas que regulan al sistema de
educación superior y las normativas internas de la Universidad.
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SECRETARIO GENEk-
Lo Certifi
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SLic. Jorge Páez Galárrago
SECRETARIO GENERAt
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
Art. 14.- De la Comisión Especial de Disciplina.-
Sus funciones son:
a) Elaborar propuestas de fomento del comportamiento ético y disciplinario;
b) Presentar los informes de los procesos disciplinarios iniciados en contra de docentes,
estudiantes o personal administrativo, al Consejo Superior Universitario para la
resolución respectiva;
c) Establecer mecanismos de control de trámites académicos y evaluar su funcionamiento
para hacer ajustes de mejora;
d) Manejar el debido proceso en cada caso presentado;
e) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
f) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición; y,
g) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores, el Estatuto y la
reglamentación interna sobre disciplina interna de la Universidad.
Art. 15.- De la Comisión de Imagen Institucional, Difusión y Publicaciones.-
Sus funciones son:
a) Observar, recomendar y/o sugerir modificaciones a planificaciones que cuenten con el
beneplácito del Consejo Superior Universitario, Comisión o Unidad respectiva con el
objetivo de que se enmarquen dentro de las políticas de imagen institucional;
b) Precautelar que los eventos, programaciones y publicaciones que se lleven a efecto
bajo el amparo de la UEES alcancen el estándar requerido de excelencia y calidad;
c) Convocar a los responsables de los eventos o producciones internas para conocer el
avance de las actividades, el presupuesto y los resultados logrados;
Lo Certifico
Lic. Jorge Páez Galárrago
'7""'" SECRETARIO GENERAL
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uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
d) Solicitar informes de las actividades relacionadas con la imagen institucional y evaluar
lo ejecutado, hacer observaciones, proponer ajustes y las recomendaciones que
considere pertinente;
e) Contribuir en la preservación y consolidación del buen nombre e imagen de la UEES;
f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición; y,
h) Cumplir las demás funciones que le dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 16.- De los Comités de Gestión.-
Sus funciones son:
a) Desarrollar actividades tendientes a fortalecer las acciones de gestión integral de la
Universidad;
b) Establecer mecanismos de control y seguimiento integral de los aspectos académicos,
administrativos y de todos los procesos de la Universidad;
c) Actuar en equipos multidisciplinarios, que analicen y propongan mejoras integrales;
d) Desarrollar iniciativas y mecanismos para la captación de fondos nacionales e
internacionales;
e) Buscar benefactores nacionales e internacionales para establecer vínculos, alianzas,
proyectos y actividades específicas, etc., que coadyuven al desarrollo de la
Universidad;
t) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición; y,
h) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Lo Certific
_ 5 Lic. Jorge Páez Galarrago
<MES
Reglamento Orgánico y Funcional
Art. 17.- Del Consejo Científico de Investigación y Publicaciones.-
Sus funciones son:
a) Definir las líneas de investigación de la Universidad y presentarlas para su discusión y
aprobación al Consejo Superior Universitario;
b) Definir los centros, núcleos y equipos de investigación, sus actividades, presupuestos y
resultados a lograr;
c) Determinar las condiciones y parámetros de los trabajos de investigación, artículos
académicos, memorias, sinopsis, tesis y demás trabajos que se publicarían a nivel
nacional o en asocio con instituciones o personas del extranjero;
d) Establecer redes de investigación colaborativas para difundir los trabajos académicos y
de investigación que se generen;
e) Aprobar las fuentes de publicación a nivel nacional e internacional; y, las bases de
datos a ser utilizadas por los docentes, investigadores y estudiantes de la Universidad;
f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición; y,
h) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 18.- Del Consejo Ejecutivo Universitario.-
Sus funciones son:
a) Definir mecanismos de información, seguimiento y verificación del cumplimiento de
las resoluciones emitidas por los órganos colegiados de cogobierno y el Rector;
b) Designar comisiones específicas, comités de gestión y otras formas de representación,
responsables de garantizar y supervisar el cumplimiento de las resoluciones de los
órganos colegiados de cogobierno;
I_ .1
.‘ SECRETARIO GENERAL
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
c) Participar en las reuniones mensuales convocadas por el Rector;
d) Solicitar informes a las áreas o unidades académicas y administrativas y proponer
acciones de mejora;
e) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
f) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición; y,
g) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 19.- Del Consejo Consultivo de Graduados.-
Sus funciones son:
a) Asesorar respecto a la evaluación y redireccionamiento de carreras, programas y
oferta académica futura de la Universidad;
b) Definir los mecanismos se seguimiento, atención y evaluación de los graduados;
c) Mantener bases de datos de los graduados y hacer análisis para la toma de decisiones;
d) Participar en las reuniones convocadas por el Rector;
e) Solicitar informes a las áreas o unidades académicas y administrativas y proponer
acciones de mejora;
f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
h) Presentar informes de su gestión; y,
i) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
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lic Jorge Páez Galánago
SECRETARIO GENERAL
Lo Certifico
. Jorge Páez Gaiarrago
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UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
TÍTULO III
DE LOS ORGANISMOS UNIPERSONALES
CAPÍTULO I
DEL NIVEL EJECUTIVO: RECTOR Y VICERRECTORES
Art. 20.- Del Rector o Rectora.-
Son Atribuciones del Rector, las siguientes:
a) Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica
de Educación Superior, sus reglamentos, las disposiciones generales, las resoluciones
del máximo órgano colegiado académico superior, el estatuto y los reglamentos
internos;
b) Ejercer la Administración y Representación legal de la Universidad conforme lo
dispone la Ley Orgánica de Educación Superior;
c) Planificar, organizar, coordinar y dirigir todas las actividades de la
Universidad, de acuerdo con las políticas y lineamientos definidos por el
Consejo Superior Universitario;
d) Intervenir en todos los actos o contratos que impliquen la adquisición, enajenación,
administración y gravámenes de los bienes inmuebles y muebles de la Universidad
debidamente autorizados por el Consejo Superior Universitario;
e) Velar por el cumplimiento de las funciones de los titulares de los organismos
unipersonales existentes en la Universidad;
f) Recabar fuentes de financiamiento para la promoción y el desarrollo de la Universidad;
g) Consultar al Consejo Regente y/o al Canciller, en el ámbito de sus competencias, con el
objetivo de contar con una visión de los fundadores sobre la marcha y proyección de la
Universidad, sin que estas tengan efecto vinculante;
h) Convocar a referendo, ya sea por iniciativa propia o a pedido formal de los estamentos
de la Universidad que cuenten con un respaldo del 60 % del voto ponderado de los
electores de las principales autoridades, con la finalidad de consultar sobre temas de
interés trascendental para la vida y marcha de la Universidad;
Lo Certifico
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ic. Jorge Páez Galano;-
------ SECRETARIO GEM
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
i) Expedir o revocar el nombramiento de Contralores, Directores Ejecutivos, Decanos,
Sub-Decanos, Directores Coordinadores de Saberes, profesores de las diferentes
facultades, conforme a lo dispuesto en el estatuto y la normativa interna con
observancia a los principios fundacionales de la Universidad;
j) Solicitar reportes de asistencia y/o evaluaciones de las diferentes áreas o funcionarios
de la Universidad;
k) Presentar durante el primer trimestre de cada año, un informe de rendición de cuentas
ante el Consejo Superior Universitario, remitirlo posteriormente al Consejo de
Educación Superior, la Secretaria Nacional de Educación Superior, Ciencia,
Tecnología e Innovación y difundir el contenido del mismo a la comunidad
universitaria y la sociedad toda a través de la página web de la Universidad;
1) Hacer seguimiento al cumplimiento de los planes institucionales y operativos; y,
m) Cumplir las demás funciones que dispongan el Consejo Superior Universitario y el
Estatuto.
Art. 21.- Vicerrector Académico o Vicerrectora Académica:
Sus funciones son:
a) Coordinar la ejecución de resoluciones dentro de su ámbito de gestión previa consulta
con el Rector;
b) Presidir Comisiones que le delegue el Rector y/o asistir o delegar su representación a
las sesiones de los organismos correspondientes;
c) Planificar, organizar, coordinar y dirigir las actividades de docencia,
investigación y vinculación de acuerdo con las políticas y lineamientos trazados
por el Consejo Superior Universitario y el Rector;
d) Ejercer las atribuciones y funciones que expresamente le asigne el Rector;
e) Proponer al Rector planes, programas y estrategias en sus respectivos ámbitos de
gestión;
Lo Certifico
e Páez Gaiarrogo11510/10
""'` SECRETARIO GENERA
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
f) Proponer ante el Consejo Superior Universitario políticas, mecanismos, protocolos y/o
instructivos a fin de que se garantice la participación de las mujeres y de los grupos
históricamente excluidos o discriminados;
g) Mantener estrecha vinculación con el Rector y autoridades universitarias;
h) Auscultar ideas y presentar planes para la mejora cualitativa y técnica de cada
Facultad;
i) Analizar las propuestas académicas y proyectos de los profesores representantes de las
diferentes áreas de estudio de las respectivas facultades;
j) Velar para que en cada Facultad se mantenga clara la misión y visión de la
Universidad;
k) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
1) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
m) Presentar informes de su gestión; y,
n) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto de la
Universidad.
Art. 22.- Vicerrector Administrativo o Vicerrectora Administrativa:
Sus funciones son:
a) Coordinar la ejecución de resoluciones dentro de su ámbito de gestión previa consulta
con el Rector;
b) Presidir Comisiones que le delegue el Rector y/o asistir o delegar su representación a
las sesiones de los organismos correspondientes;
c) Ejercer las atribuciones y funciones que expresamente le asigne el Rector;
d) Ejercer la representación del Rector, en todos los actos internos y externos, así como
ante los organismos delegados por él;
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
e) Dirigir y supervisar las gestiones de las áreas administrativa, talento humano,
financiero, contable, presupuestario, auditoria, desarrollo, becas y asistencia
financiera, marketing, relaciones públicas, bienestar estudiantil, admisiones, comité de
imagen y las que le fueran encargadas por el Consejo Superior Universitario;
f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
h) Presentar informes de su gestión; y,
i) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
CAPÍTULO II
DE LOS ORGANOS UNIPERSONALES DE APOYO
Art. 23.- Del Canciller.-
Sus atribuciones son:
a) Velar por el cumplimiento de la Misión y Visión de la Universidad, así como el espíritu
fundacional de la Universidad;
b) Sugerir o representar a las autoridades u organismos de la Universidad en la realización
de contactos institucionales, dentro y fuera del país que contribuyan al mejoramiento y
actualización de las actividades docentes, investigativas, y de vinculación con la
comunidad;
c) Sugerir nombres de distinguidas personalidades del mundo académico, de las ciencias,
el arte y la cultura con el Alma Mater, con el objetivo de garantizar la rigurosidad y
calidad académica universitaria;
d) Difundir los principios y valores institucionales y filosofía fundacional a todos los
estamentos de la comunidad universitaria;
e) Apoyar a la Universidad en sus relaciones internacionales y sugerir o representar a la
UEES en la apertura de nuevos canales de cooperación interuniversitaria a nivel
nacional e internacional;
Lo Certifico
ic. Jorge Páez Galarrago
SECRETARIO GENERAL
Lo Certifico
. Jorge Poe2 Goiarroa
SECRETARIO GENERA4
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
f) Presentar sugerencias o brindar asesoría a las autoridades universitarias para lograr
mejores canales de cooperación interna y externa;
g) Promover la captación nacional e internacional de recursos, donaciones y acuerdo
académicos para el desarrollo y expansión de la Universidad;
h) Presentar sugerencias en el proceso de selección de directivos administrativos o
académicos o integrantes de comisiones o comités;
i) Sugerir a las autoridades u organismo de la Universidad el desarrollo de proyectos de
desarrollo, expansión y proyección;
j) Ejercer veeduría sobre la organización y los recursos de la universidad para velar por la
institucionalidad y la salud financiera de la universidad;
k) Sugerir a las autoridades u organismos de la Universidad protocolos para el desarrollo
de los programas de becas y ayuda financiera;
1) Sugerir a los directivos u organismos de la Universidad el desarrollo de proyectos de
bienestar para la comunidad universitaria y apoyar los mismos;
m) Brindar apoyo y ofrecer sugerencias a los directivos de la universidad con el objetivo
de mantener óptimas relaciones con universidades, entidades, organismos
gubernamentales y no gubernamentales ya sea dentro o fuera del país;
Art. 24.- Del Presidente del Consejo Regente.-
Sus funciones son
a) Participar con voz, en las sesiones de los organismos colegiados de la universidad, por
delegación del Canciller;
b) Asesorar a los diferentes estamentos universitarios, teniendo presente el espíritu
fundacional del Alma Mater;
c) Velar y asegurar el cumplimiento de la misión y visión de la universidad;
d) Circunscribir sus acciones en las atribuciones que le otorgan las resoluciones RPC-S0-
020-N°142-2012 y RPC-SO-04-N°046-2014 expedidas por el Consejo de Educación
Superior;
Lo Certifico
uUSES
Reglamento Orgánico y Funcional
Art. 25.- Del Director Jurídico — Procurador
Sus funciones son:
a) Asesor jurídicamente a las autoridades y estamentos de la Universidad;
b) Patrocinar demandas, quejas, querellas contra terceros a fin de precautelar los intereses
de la Universidad;
c) Defiende judicialmente a la institución frente a terceros;
d) Participar en la elaboración y revisión de la reglamentación y normativa y proponer
proyectos para su discusión;
e) Proponer modificaciones a la normativa vigente;
Participar por disposición del señor Rector en las sesiones de los organismos
pluripersonales como miembro con voz;
g) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
h) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
i) Cumplir con el Plan Operativo Anual de su área o unidad;
j) Presentar informes de su gestión; y,
k) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 26.- Del Secretario General.-
Sus funciones son:
a) Certificar la documentación institucional y asistir en I a planeación,
coordinación, manejo y organización de la misma, con el objeto de
proporcionar oportunamente los servicios administrativos que se requieran por la
comunidad universitaria y el medio externo;
. Jorge Páez Gaiarrago
SECRETARIO GENERAL
Lo Certifico
orge Páez Galano°
SECRETARIO GENERAL
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
b) Garantizar la autenticidad de las resoluciones expedidas por el Consejo Superior
Universitario y por el Rector;
c) Certificar y legalizar los documentos institucionales;
d) Legalizar los Libros de Grado y Actas de Titulación;
e) Suscribir los Títulos y Grados Académicos;
0 Planificar y coordinar el proceso de titulación de los graduandos, registro
y emisión de títulos;
g) Dar fe de los documentos e instrumentos a petición de parte o de oficio. Esta función
incluirá acreditaciones, certificaciones, notas, aprobaciones de cursos, carreras o
programas, asistencia a clases, pasantías, existencia de contrataciones, convenios,
pasantes, profesorado, presupuestos, referenciamiento de documentos recibidos o
enviados;
h) Administrar el archivo legal de la institución;
i) Legalizar las resoluciones del Consejo, del Rector y de otras instancias de la
Universidad;
j) Custodiar el archivo general y garantizar su conservación;
k) Preparar por disposición del Rector, las convocatorias y la documentación
requerida para las sesiones de Consejo Superior Universitario;
I) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, reglamentarias Y
administrativas que rigen para la entidad;
m) Revisar los expedientes de grado y postgrado;
n) Brindar asesoría a las unidades de la UEES en el ámbito de su competencia;
o) Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su
competencia establecidas en la normativa vigente y las que le fueren asignadas;
p) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
Lo Certifico
1SLIC. Jorge Páez GoIárrago
L.-"1"-- SECRETARIO GENERAL
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
q) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
r) Presentar informes de su gestión; y,
s) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 27.- Del Prosecretario.-
Sus funciones serán las que le delegue el Secretario General, el Rector o las que le asigne
el Consejo Superior Universitario. Entre las principales funciones están:
a) Apoyar en la planeación, coordinación, manejo y organización de la información
institucional;
b) Llevar el archivo de las resoluciones expedidas por el Consejo Superior Universitario
y por el Rector;
c) Elaborar los expedientes y demás información estudiantil del proceso de titulación
de los graduandos y registro de los graduados;
d) Apoyar al Secretario en los procesos de certificación de: calificaciones, acreditaciones,
certificaciones, notas, aprobaciones de cursos, carreras o programas, asistencia a clases,
pasantías, existencia de contrataciones, convenios, pasantes, profesorado, presupuestos,
referenciamiento de documentos recibidos o enviados;
e) Apoyar en la administración del archivo legal de la institución;
f) Apoyar el ingreso y despacho de la correspondencia;
g) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, reglamentarias Y
administrativas que rigen para la entidad;
h) Actualizar los expedientes de grado;
i) Brindar asesoría a las unidades de la UEES en el ámbito de su competencia;
j) Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su
competencia establecidas e n la normativa vigente y las que le fueren asignadas;
Lo Certifico
Jorge Páez Gorárrago
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uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
k) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
1) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
m) Presentar informes de su gestión; y,
n) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 28.- Auditor.-
Sus funciones son:
a) Proporcionar servicio en materia de control interno, generando informes
que contengan observaciones y recomendaciones para mejorar constructivamente
la gestión institucional;
b) Brindar asesoría técnica - administrativa a las autoridades, niveles directivos y
servidores de la entidad, en el área de control y en las demás asignadas a su
competencia;
c) Realizar la evaluación posterior de las operaciones y actividades de la entidad a
través de auditorías de gestión y exámenes especiales;
d) Evaluar la eficacia del sistema de control interno, la administración de
riesgos, la efectividad de las operaciones y el cumplimiento de la ley, la
normativa y las regulaciones internas;
e) Identificar y evaluar los procedimientos, sistemas de control y prevención para
evitar actos ilícitos y de corrupción que afecten a la institución;
Efectuar el seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones, sobre la
base del cronograma preparado por los funcionarios responsables de su
aplicación;
g) Preparar los planes de auditoría y presentarlos al Consejo Superior Universitario
para su aprobación y puesta en vigor;
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
h) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
i) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
j) Presentar informes de su gestión; y,
k) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 29.- Del Director de Planificación, Desarrollo y Acreditación Institucional:
Sus funciones son:
a) Fomentar las relaciones y la suscripción de convenios interinstitucionales entre
universidades nacionales e internacionales, institutos superiores técnicos, tecnológicos,
pedagógicos, de artes y conservatorios a fin de facilitar la movilidad docente,
estudiantil y de los docentes e investigadores;
b) Desarrollar acciones encaminadas a difundir e interrelacionar entre pares las
actividades académicas, culturales, de investigación y de vinculación con la sociedad;
c) Coordinar acciones para contar con un sistema de información que permita la
obtención de estadísticas prioritarias que definan la toma de decisiones efectivas, la
inserción de la universidad en el ranking de niveles mundiales, la proyección general y
desarrollo integral de la Universidad, proponiendo para este efecto nuevas áreas de
desarrollo, controles, actividades y aquellas tareas que le sean asignadas por el Rector;
d) Elaborar y dar seguimiento al Plan Estratégico de Desarrollo Institucional y sus
correspondientes Planes Operativos Anuales;
e) Elaborar el Informe de Rendición de Cuentas Anual de la institución;
f) Organizar y dar seguimiento a los procesos de evaluación, acreditación y
categorización institucional con sus correspondientes planes de mejoras;
g) Gestionar nuevos proyectos e ideas para la universidad;
h) Dirigir las áreas específicamente asignadas por el Rector;
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Jorge Páezárrogo.1SPsFilu
SECRETARIO GENER AL
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Reglamento Orgánico y Funcional
i) Asesorar y apoyar técnicamente en la coordinación y preparación de las
propuestas institucionales de planificación y de las actividades de desarrollo de
la UEES en los. campos de gestión académica, institucional e infraestructura;
j) Coordinar los programas y proyectos que se deriven de los planes estratégico y
operativos;
k) Fiscalizar los proyectos de inversión necesarios para la buena marcha
institucional;
1) Formular los indicadores de gestión de la UEES y aplicar los mecanismos que
conduzcan a una sistemática evaluación de los mismos;
m) Realizar el seguimiento y evaluación del cumplimiento de los planes operativos
anuales de las distintas unidades académicas y administrativas de la Institución y
hacer conocer oportunamente de los resultados a las autoridades;
n) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
o) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
p) Presentar informes de su gestión; y,
q) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 30.- Del Contralor Institucional o Contralora Institucional.-
Sus funciones son:
a) Coordinar administrativamente los cursos de nivelación y los procesos de admisión;
b) Implementar mecanismos de seguimiento y evaluación de los procesos académicos y
administrativos de la Universidad;
c) Coordinar las reuniones de los Consejos Directivos-Académicos para conocer
situaciones a resolver;
Lo Certifico I
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Lo Certifico
Jorge Páez Galarrago
SECRETARIO GENERAL
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
d) Verificar el cumplimiento de los protocolos internos de la UEES y coordinar con las
respectivas áreas su ejecución;
e) Coordinar con las áreas respectivas el desarrollo o la instalación de protocolos,
mecanismos y/o sistemas de verificación que determinen el cumplimiento de lo
dispuesto en la Ley Orgánica de Educación Superior y el Reglamento de Régimen
Académico;
f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
h) Presentar informes de su gestión; y,
i) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 31.- Del Sub Contralor o Sub Contralora Institucional:
a) Apoyar en el desarrollo y funciones de la Contraloría Institucional;
b) Coordinar las áreas que específicamente le sean delegadas por el Contralor
Institucional;
c) Formular el plan anual y los planes operativos de Contraloría Institucional;
d) Elaborar borradores de informes, comunicar los resultados preliminares y presentar a
las máximas autoridades los informes definitivos con los pertinentes comentarios,
conclusiones y recomendaciones;
e) Brindar asesoramiento a las áreas académicas y administrativas en la implementación
de las recomendaciones;
f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
Lo Certifico
Ilc. Jorge Páez Galárrago
° SECRETARIO GENER41
0AD ESPIP111.4
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Reglamento Orgánico y Funcional
h) Presentar informes de su gestión; y,
i) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 32.- Del Contralor Académico o Contralora Académica.-
Sus funciones son:
a) Velar por la calidad y desarrollo de la oferta académica que se ofrece a nivel de grado,
postgrado y educación continua en las modalidades presencial, semipresencial, a
distancia, en línea (online) o convergencia de medios;
b) Participar con el Contralor Institucional y el Secretario General de la Universidad en
todos los Consejos Directivos Académicos de las diferentes Facultades de la UEES;
c) Apoyar a todas las facultades en sus funciones académicas;
d) Coordinar la implantación de la política académica y del modelo /pedagógico
/educativo de la Institución;
e) Evaluar los programas académicos a base del modelo educativo por el qué se rigen;
f) Promover el desarrollo de la investigación y búsqueda del conocimiento sobre los
enfoques, innovaciones y tendencias en el ámbito educativo de la educación superior;
g) Coadyuvar al fortalecimiento del desarrollo de cursos y programas en todas las
modalidades existentes;
h) Apoyar la investigación institucional;
i) Apoyar la gestión de la unidad de archivo central de la UEES;
j) Colaborar con el Vicerrectorado Académico para desarrollar programas de
capacitación en todos los niveles de enseñanza de la UEES;
k) Hacer seguimiento al plan operativo anual de cada facultad y presentar el respectivo
informe al Rector con copia al Vicerrectorado Académico;
1) Supervisar la gestión de los Decanos de las Facultades, Directores de Escuela,
Coordinadores y demás, en todo lo relacionado con los asuntos curriculares y de apoyo
(MES
Reglamento Orgánico y Funcional
a la docencia y evaluarlos en conjunto con el Vicerrectorado Académico y presentar
informe al Rector;
m) Coordinar con el Procurador Síndico de la UEES la actualización de la normativa
institucional con miras a encuadrarse en la LOES, el Reglamento a la LOES, el
Reglamento de Régimen Académico y demás normativas y resoluciones de los
organismos que rigen a las IES;
n) Establecer un calendario de visitas a clases de diferentes facultades con el objetivo de
enriquecer y cualificar el que hacer educativo de los docentes;
o) Verificar el cumplimiento de las obligaciones de los docentes en función de los
contratos y compromisos suscritos por las partes;
p) Presentar informes semestrales de gestión ante el Consejo Superior Universitario o
cuando lo solicite el Rector o el Canciller de la UEES;
q) Realizar las demás funciones que le sean asignadas por el Rectorado o Vicerrectorado
Académico.
r) Presentar informes de su gestión; y,
s) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
CAPÍTULO III
DEL DECANO, SUB DECANO, Y DIRECTOR DE ESCUELA, CARRERA O
PROGRAMA
Art. 33.- Del Decano o Decana.-
Las funciones del Decano o Decana son:
a) Velar por el cumplimiento de la misión, visión y fines de la Universidad en
concordancia con los objetivos de su facultad, escuela, carrera o programa;
b) Asegurar la excelencia académica en los niveles de gestión a él encomendados;
Lo Certifico
Jorge Páez Gaiarrago
SECRETARIO GENERAL
Lo Certifico
Lic. Jorge Páez Galórrago
° SECRETARIO GENERAL
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
c) Elaborar el Plan Operativo Anual (POA) de su Facultad con la participación de
estudiantes y docentes; y presentar informes de su gestión y cumplimiento semestral y
anual; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad;
d) Supervisar, revisar, aprobar y enviar al Sistema de Información de la UEES, los
informes de la actualización académica y el cumplimiento de los sílabos y programas
de estudio de las carreras y/o programas de la Facultad, en los plazos señalados;
e) Responder e informar sobre el desempeño de los docentes y estudiantes bajo su cargo,
en los ámbitos académico (clases y tutorías), de investigación, vinculación (prácticas y
participación en proyectos), y disciplinario;
f) Garantizar el cumplimiento de indicadores de gestión y eficiencia de su facultad:
estudiantes por paralelo, cumplimiento de contrato de profesores, retención estudiantil,
número de estudiantes nuevos, tasa de graduación, etc.;
g) Revisar las certificaciones de créditos de los estudiantes y supervisar y controlar los
procesos de titulación de los estudiantes;
h) Mantener actualizada su oferta académica, de acuerdo a los disposiciones internas en
correspondencia con las normas exigidas por los organismos de control;
i) Proponer estrategias de captación de estudiantes nuevos: ferias, concursos, foros,
charlas, etc. y participar en ellas;
i) Garantizar el cumplimiento de acciones necesarias para participar en ranking y en los
procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación de sus carreras o
programas nacional e internacionalmente;
k) Evaluar, seleccionar y proponer la contratación de profesores, cumpliendo las
disposiciones de la Universidad;
I) Garantizar el cumplimiento de la producción científica, regional y libros de su
facultad;
m) Informar periódicamente al Vicerrectorado Académico y/o Administrativo, y al Rector
sobre la marcha académica y administrativa de la Facultad; y, asistir al Consejo
Superior Universitario para presentar informes de su gestión cuando sea necesario;
n) Presentar periódicamente al Vicerrectorado Académico la planificación académica de
la Facultad; y cumplir con la planificación académica aprobada anualmente por el
Consejo Superior Universitario;
Lo Certific
e Páez Galorrago
SECRETARIO GENERAL
EP
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
o) Mantener información actualizada de sus graduados y su campo ocupacional;
p) Asistir a las sesiones de los Consejos Directivos Académicos de la Facultad y presentar
los soportes/informes de los puntos de la agenda;
q) Velar por el cumplimiento presupuestario de su Facultad, Escuela o Carrera;
r) Apoyar a las instancias financieras para las recaudaciones económicas;
s) Organizar eventos académicos de interés nacional y la participación de público interno
y externo;
t) Buscar fuentes de financiamiento para los proyectos de su Facultad;
u) Atender a estudiantes y padres de familia;
y) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones vigentes, y la reglamentación interna de la
UEES;
w) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
x) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición; y,
y) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 34.- De los Sub-decano.-
Sus funciones son:
a) Colaborar en el aseguramiento de la excelencia académica de las carreras o programas
de la Facultad;
b) Colaborar en la gestión de verificación y actualización académica de los programas de
estudio de las carreras y/o postgrados de las Facultad;
c) Informar periódicamente al Decano sobre la marcha académica y administrativa de la
Facultad y presentar informes sobre las gestiones específicas encomendadas;
Lo Certifico
Lic. Jorge Páez Galarrago
SECRETARIO GENERAL
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
d) Presentar informes al Vicerrector Académico y al Decano del desempeño de los
docentes y estudiantes en los ámbitos académico y disciplinario;
e) Colaborar con las instancias financieras para las recaudaciones económicas;
f) Verificar el cumplimiento de los eventos académicos, horarios y calendarios
establecidos, así como las resoluciones del Consejo Superior Universitario, del Consejo
Directivo-Académico de Facultad y las disposiciones de las autoridades de la
universidad;
g) Colaborar en la organización de eventos académicos de interés nacional y la
participación de público interno y externo;
h) Colaborar y participar con las instancias respectivas para que se cumpla la
programación académica de la Facultad;
i) Colaborar con el Decano en la presentación de informes de la gestión académica y
administrativa de la Facultad;
j) Cumplir y hacer cumplir los horarios y calendarios académicos aprobados para cada
período;
k) Colaborar con el Decano en el seguimiento respectivo a los graduados y la
actualización de la base de datos de los mismos;
1) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
m) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
n) Colaborar en la elaboración y cumplimiento del Plan Operativo de la Facultad;
o) Presentar informes de su gestión; y,
p) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 35.- Del Director o Coordinador Académico de Facultad.-
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
En ausencia de un Subdecano, la UEES podrá designar un Director Académico de
Facultad quien tendrá las siguientes funciones:
a) Velar por el cumplimiento de la misión, visión y fines de la Universidad en
concordancia con los objetivos de su facultad, escuela, carrera o programa;
b) Colaborar con el Decano para el aseguramiento de la excelencia académica en las
carreras o programas de la Facultad;
c) Participar en la elaboración del POA y preparar los soportes/evidencias del
cumplimiento del POA de la Facultad semestrales y anuales; y cuando sean requeridos
por las autoridades de la Universidad;
d) Controlar, preparar y presentar al Decano, los informes de la actualización académica y
el cumplimiento de los sílabos y programas de estudio de las carreras y/o programas de
la Facultad, en los plazos señalados;
e) Elaborar reportes de desempeño de estudiantes y docentes en los ámbitos académico,
de investigación, vinculación y disciplinario y presentarlo al Decano;
f) Revisar y elaborar informes de los indicadores de gestión y eficiencia de la facultad,
entre ellos, revisar periódicamente que los docentes tengan asignadas las horas que
corresponden según sus contratos y adendum; y, presentarlos al Decanato;
g) Elaborar las certificaciones de créditos de los estudiantes de forma periódica y para
verificación de cumplimiento de requisitos para el inicio del proceso de titulación;
h) Colaborar con el Decano en la actualización de la oferta académica, de acuerdo a los
disposiciones internas en correspondencia con los normas exigidas por los organismos
de control;
i) Apoyar al Decano en la asistencia a las ferias, concursos, foros, charlar, etc. de
promoción para captación de nuevos estudiantes;
j) Mantener actualizada la información académica de las respectivas carreras o programas
para la participación en rankings y acreditaciones nacionales e internacionales, e
informar al decano;
k) Revisar la documentación académica de los docentes y estudiantes de cada carrera o
programa de postgrado;
c. Jorge Páez Golárrago
OS
""'" SECRETARIO GENERAL
Lo Certific
uUSES
Reglamento Orgánico y Funcional
I) Preparar los informes o evidencias de la gestión académica de la Facultad, que sean
requeridas por el Decano;
m) Elaborar la planificación académica de cada carrera o programa; y los distributivos y
control de cumplimiento de horas de clases asignadas a los docentes; y presentarlo al
Decanato para su aprobación;
n) Realizar el seguimiento a los graduandos para que realicen las encuestas de egresados;
o) Preparar informes de los temas académicos a ser tratados en el Consejo Directivo
Académico de la Facultad;
p) Apoyar en la organización de eventos académicos de interés nacional y la participación
de público interno y externo;
q) Atender a estudiantes y padres de familia;
r) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones vigentes, y la reglamentación interna de la
UEES;
s) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
t) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
u) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 36.- Del Director o coordinador de Escuela o carrera.-
Las funciones del Director de Escuela o carrera son:
a) Asegurar la excelencia académica en las carreras a su cargo;
b) Apoyar en las gestiones de captación de estudiantes nuevos: ferias, concursos, foros,
charlas, etc.;
c) Evaluar a los profesores de su área, y proponer nuevos, luego de la respectiva selección;
d) Cumplir con los objetivos de la carrera, en los ámbitos académicos y administrativos;
Lic. Jorge Páez Galárraga0 u ult1
'° SECRETARIO GENERAL
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
e) Actualizar los programas y diseño de proyectos para aprobación del CES;
f) Atender a estudiantes, padres de familia o público en general;
g) Apoyar a los profesores en las gestiones de publicación científica, regional y libros de su
área;
h) Cumplir con los modelos para la acreditación de las carreras a su cargo;
i) Informar periódicamente al Decano o Director ejecutivo respectivo, sobre la marcha
académica y administrativa de la carrera;
j) Velar por el cumplimiento de la misión, visión y fines de la Universidad en concordancia
con los objetivos de la carrera;
k) Responder e informar sobre el desempeño de los docentes y estudiantes bajo su cargo, en
los ámbitos académico y disciplinario;
I) Mantener información actualizada de los graduados de su carrera;
m) Apoyar a las instancias financieras para las recaudaciones económicas;
n) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones vigentes, y la reglamentación interna;
o) Organizar eventos académicos que promuevan el reconocimiento de la carrera;
p) Cumplir y hacer cumplir los horarios y calendarios académicos aprobados para cada
período;
q) Certificar el cumplimiento de los requisitos de graduación de los estudiantes de su carrera,
mediante un informe que se entregará en Consejo Directivo — Académico de la Facultad,
para la obtención de la titulación correspondiente;
r) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
s) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición;
t) Cumplir con el Plan Operativo de la Facultad;
tic. Jet' • e Páez Galáirago
""" SECRETARIO GENERAL
17-IP Lo Certifico
Jo ge Páez Galárrago
SECRETARIO GENERAL
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
u) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las
autoridades de la Universidad; y,
y) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 37.- Del Director de Programa de Postgrado.-
Son funciones son:
a) Asegurar la excelencia académica en los programas a su cargo;
b) Cumplir y hacer cumplir con los objetivos del programa, su malla curricular y el
cronograma respectivo;
c) Seleccionar y recomendar la contratación de profesores nacionales e internacionales para
los programas a su cargo tomando en cuenta el reglamento de selección y contratación de
docentes de postgrado;
d) Determinar los instructivos de titulación del programa con base a las líneas de investigación
aprobadas en el programa de postgrado;
e) Realizar el proceso de selección y admisión de estudiantes;
o Elaborar y entregar los informes correspondientes a la admisión, ejecución, seguimiento y
titulación de los programas a su cargo;
g) Coordinar con los profesores la planificación, ejecución, control, seguimiento y evaluación
de las asignaturas de cada uno, que incluye la revisión de sílabo y los materiales
académicos, con al menos 30 días antes del inicio de cada clase;
h) Atender los requerimientos de los docentes;
i) Realizar la observación y evaluación del docente en cada asignatura;
i) Llevar el control de las actas de calificaciones y asistencias debidamente firmadas por
el docente de la materia; y, entregar las actas de calificaciones originales y firmadas a
Secretaría General de la Universidad;
k) Sugerir los directores y revisores de tesis, para la autorización en Consejo Directivo
Académico de la Facultad de Postgrado;
Lo Certifico
áezGalarrago
SECRETARIO GENERAL
Z13
JNVENbOAU
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
I) Realizar el seguimiento, control y ejecución de los procesos de titulación de los
estudiantes de los programas a su cargo;
m) Atender permanentemente y de acuerdo a los horarios aprobados por la dirección de la
Facultad a los estudiantes de los programas a su cargo haciendo énfasis en la situación
académica y de asistencias (satisfacción / insatisfacción);
n) Llevar el control académico de cada estudiante a su cargo;
o) Preparar y planificar la próxima promoción que entrará en ejecución;
p) Coordinar la graduación de los estudiantes a su cargo;
q) Elaborar el informe de graduación respectivo;
r) Elaborar el proyecto de postgrado para actualización ante el Consejo de Educación
Superior;
s) Preparar el programa para la acreditación nacional e internacional;
t) Buscar y realizar actividades que vinculen el programa a su cargo con la comunidad;
u) Fomentar la escritura académica y la publicación de los mejores trabajos en revistas
indexadas;
y) Supervisar de todos los aspectos logísticos y organizativos de los programas a su cargo;
w) Verificar oportunamente los documentos presentados por sus estudiantes;
x) Preparar y planificar las próximas promociones que entrarán en ejecución de los
programas a su cargo;
y) Aportar con sugerencias para la difusión y publicación de los programas de postgrado
a su cargo; y, diseñar estrategias para promocionar y apoyar en la comercialización y
venta del programa;
z) Organizar bimestralmente eventos académicos de alto nivel en temas inherentes a su
área con personalidades del mundo académico y empresarial;
aa) Velar por la buena marcha financiera de los programas de su área y apoyar en la
gestión de cobro;
Lo Certific
Lic. Jorge Páez Go
""""""" SECRETARR
Reglamento Orgánico y Funcional
bb) Velar por el cumplimiento de la misión, visión y fines de la Universidad en
concordancia con los objetivos de la carrera o programa;
cc) Responder e informar sobre el desempeño de los docentes y estudiantes bajo su cargo,
en los ámbitos académico y disciplinario;
dd) Mantener información actualizada de los estudiantes y graduados de su programa;
ee) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones vigentes y la reglamentación interna;
ff) Cumplir y hacer cumplir los horarios y calendarios académicos aprobados para cada
período;
gg) Certificar el cumplimiento de los requisitos de graduación de los estudiantes de su
programa, mediante un informe que se entregará en Consejo Directivo — Académico de
la Facultad, para la obtención de la titulación correspondiente;
hh) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
ii) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
jj) Cumplir con el Plan Operativo de la Facultad;
kk) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por
las autoridades de la Universidad; y,
11) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
CAPÍTULO IV
DE LAS DIRECCIONES DE INVESTIGACIÓN, DE VINCULACION CON LA
COLECTIVIDAD Y DE ACREDITACION DE CARRERAS Y PROGRAMAS
Art. 38.- Del Director/a de Investigación:
Sus funciones son:
Lo Certifico Ck
Lic. Jor e Páez Goiairago
SECRETARIO GENERAL
K .;
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
a) Analizar y proponer las líneas de investigación de la Universidad y presentarlas al
Consejo de Investigación;
b) Revisar y proponer los centros, núcleos y equipos de investigación, sus actividades,
presupuestos y resultados a lograr;
c) Determinar las condiciones y parámetros de los trabajos de investigación, artículos
académicos, memorias, sinopsis, tesis y demás trabajos que se publicarían a nivel
nacional o en asocio con instituciones o personas del extranjero;
d) Proponer y supervisar las redes de investigación colaborativas para difundir los
trabajos académicos y de investigación que se generen;
e) Definir las fuentes de publicación a nivel nacional e internacional; y, determinar las
bases de datos a ser utilizadas por los docentes, investigadores y estudiantes de la
Universidad;
f) Apoyar e integrar las líneas de investigación con los proyectos y programas de
postgrado desarrollados en la Universidad;
g) Promover y plantear las políticas, programas y acciones relativos a la investigación, a
partir de las propuestas de los programas educativos;
h) Vigilar la aplicación adecuada de los recursos para la investigación;
i) Integrar las propuestas de políticas, prioridades y normatividad necesarias para regular,
sistematizar y difundir los programas institucionales de investigación;
j) Colaborar con la Dirección de Vinculación en aplicar los resultados de las
investigaciones en la sociedad;
k) Integrar y actualizar un banco general de información sobre los programas de
investigación en la Universidad;
I) Fomentar las relaciones interinstitucionales en materia de investigación;
m) Coordinar y supervisar los proyectos o programas de investigación de las facultades,
instituto y centros de investigación científica, humanística y tecnológica, así como las
dependencias donde se realicen las investigaciones;
Lo Certifico
ge Páez Galárrago
'"° SECRETARIO GENERAL
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
n) Promover la vinculación de la investigación científica con el sector productivo,
instituciones, especialmente públicas y/o organizaciones sociales;
o) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
p) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la Universidad a
disposición;
q) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo Anual del Centro de Investigaciones de la
UEES;
z) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por
las autoridades de la Universidad; y,
r) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 39.- Della directora/a de Evaluación y Acreditación de Carreras y Programas:
Sus funciones son:
a) Dirigir los procesos de evaluación y acreditación de las carreras y programas que oferta
la Universidad;
b) Realizar un diagnóstico del estado de la carrera o programa a ser evaluado, e identificar
las fortalezas y debilidades en los procesos de evaluación y acreditación, y determinar
oportunidades y amenazas en relación con la situación global de la oferta académica.
c) Aplicar y evaluar los procedimientos y mecanismos de autoevaluación de las carreras y
programas, conforme las disposiciones de los organismos públicos que regulan la
educación superior y las autoridades superiores de la UEES;
d) Establecer las herramientas técnico-administrativas que permitan obtener información
fidedigna y objetiva sobre la calidad de las carreras y programas académicos que
forman parte de la oferta de la UEES;
e) Generar y administrar la información de los procesos de autoevaluación interna,
evaluación externa y acreditación de las carreras y programas;
Lo Certifico
L t.s Lic. Jorge Páez Golárrago
"""--- SECRETARIO GENERAL
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
Analizar los modelos de evaluación y acreditación específicos de cada carrera y
programa, y presentar al Vicerrector/a Académico/a y al Rector el plan de trabajo
respectivo;
g) Cumplir con los cronogramas de evaluación y acreditación de las carreras y programas
de la UEES;
h) Definir, aplicar, evaluar y mejorar los criterios, indicadores y estándares de pertinencia,
relevancia y calidad del ser y quehacer de las carreras y programas de la UEES,
conforme lo dispuesto por los reglamentos y normativas de evaluación y acreditación;
i) Proponer procesos participativos, dialogales, reflexivos y críticos, en relación al estado
de avance de los procesos de evaluación y acreditación de las carreras y programas;
j) Evaluar el estado de funcionamiento de los factores, mecanismos, resultados y
recursos de factibilidad que inciden en el logro de los objetivos de autoevaluación
interna, evaluación externa y acreditación de las carreras y programas;
k) Apoyar a los Decanos o Directores respectivos, en la definición de los planes y
programas de ajuste y mejora de las diferentes carreras y programas;
1) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
m) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
n) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por
las autoridades de la Universidad; y,
o) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo Anual; y,
p) Cumplir las demás funciones que dispongan la normativa vigente, las autoridades
superiores y el Estatuto.
Art. 40.- DeVla Directora/a de Vinculación con la Colectividad:
Sus funciones son:
Lo Certifico
orge Páez Golorrago
SECRETARIO GENERAL
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
a) Definir, aplicar y evaluar estrategias y mecanismos que fomenten el proceso
permanente de vinculación de la UEES con la sociedad;
b) Identificar y consolidar las necesidades de apoyo para desarrollar los proyectos de
servicio y de vinculación;
c) Definir y evaluar las líneas generales de acción o políticas, las estrategias y los
requisitos para un efectivo proceso de vinculación de la UEES con su entorno;
d) Identificar los temas considerados prioritarios y estratégicos, donde la UEES cumplirá
con sus propósitos de vinculación con la colectividad, desde las demandas
institucionales, las políticas públicas y las realidades y perspectivas regional, nacional e
internacional;
e) Plantear procedimientos y requisitos institucionales para la formulación y aprobación
de proyectos de vinculación con la sociedad;
Planificar y evaluar talleres y encuentros de oferta - demanda, para identificar
proyectos estratégicos, en los que participe el personal docente de las distintas unidades
académicas y estudiantes de la UEES;
g) Formar y asesorar permanente a la comunidad universitaria para la presentación de
proyectos de servicio y vinculación que buscan o necesiten financiamiento;
h) Sistematizar los proyectos y programas de servicio y vinculación de la UEES, a fin de
priorizar metas, recursos y resultados;
i) Coordinar con las Unidades Académicas y Departamentos la obtención de recursos
para solventar los requerimientos de los proyectos para la comunidad a desarrollar
j) Evaluar los resultados y logros derivados de los procesos de vinculación con la
colectividad y plantear mecanismos de mejora
k) Realizar y evaluar programas de apoyo a la comunidad y su zona de influencia a través
de la asesoría y capacitación en el campo artístico — cultural;
I) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
m) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
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SECRETARIO GENERAL
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UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
n) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo Anual de la Unidad de Vinculación;
o) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por
las autoridades de la Universidad; y,
q) Cumplir las demás que dispongan la normativa vigente, las autoridades superiores y el
Estatuto.
Art. 41.- De los Directores - Coordinadores de Saberes
Sus funciones son:
a) Liderar proyectos de desarrollo y de gestión administrativa;
b) Impulsar campañas de captación de recursos o fondos a nivel nacional o internacional;
c) Coordinar actividades, a fin de optimizar esfuerzos y recursos;
d) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
e) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
f) Cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad;
g) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por
las autoridades de la Universidad; y,
h) Cumplir con las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto
CAPÍTULO V
DEL NIVEL ADMINISTRATIVO
Art. 42.- De los Directores Ejecutivos.-
Sus funciones son:
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
a) Coordinar acciones administrativas y de gestión entre las distintas facultades, unidades,
departamentos, etc., de la Universidad, para cumplir con los planes de desarrollo de la
UEES, su filosofía y otras funciones que le fuesen expresamente delegadas por el
Rector;
b) Dirigir las áreas o proyectos que se les asigne y presentar el informe respectivo de
gestión;
c) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
d) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
e) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad;
f) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por
las autoridades de la Universidad; y,
g) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 43.- De los Vicedirectores Ejecutivos.-
a) Coordinar acciones de apoyo administrativo y logístico a las facultades, unidades,
departamentos, etc., y las demás áreas que se le asignen;
b) Cumplir con las actividades que le delegue el Director Ejecutivo;
c) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
d) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
e) Cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad;
0 Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por
las autoridades de la Universidad; y,
g) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto
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SECRETARIO GENERAL
USES
Reglamento Orgánico y Funcional
Art. 44.- De los Directores de Centros, de Unidades, de Consultorios, de Institutos y
demás Departamentos.-
Sus funciones son:
a) Cumplir y evaluar las actividades administrativas bajo su responsabilidad;
b) Participar por disposición del señor Rector en las sesiones de los organismos
pluripersonales como invitados con voz;
c) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
d) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad;
e) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
O Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por
las autoridades de la Universidad; y,
g) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 45.- De la Dirección de Bienestar y Servicios Estudiantiles.-
Sus funciones son:
a) Implementar mecanismos de orientación y asesoría vocacional y profesional;
b) Ejecutar acciones de orientación y asesoría sobre programas de becas institucionales
adicionales a las impuestas por mandato de la Ley Orgánica de Educación Superior;
descuentos, rebajas, estímulos y otros tipos de asistencia financiera que la Universidad
brinde;
c. Jorge Páez Gaiarraga
SECRETARIO GENERAL
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c. Jorge Páez Gaiárrago
SECRETARIO OFNI:1,
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
c) Promover y desarrollar un ambiente de respeto a los derechos y a la integridad fisica,
psicológica y sexual de las y los estudiantes, en un ambiente libre de violencia;
d) Brindar asistencia médica, social y psicológica a los estudiantes que se sientan
vulnerados en sus derechos;
e) Desarrollar programas de información y prevención de enfermedades y toxicomanías
en un ambiente de respeto, tolerancia, y valoración de los derechos integrales de los
estudiantes conforme lo dispone la Ley Orgánica de Educación Superior;
f) Presentar informes sobre el uso de las becas que otorga la universidad y verificar que
se cumpla con la entrega del 10% de Becas que la Ley faculta en función del número
de estudiantes regulares y de acuerdo a la política y reglamentos establecidos por el
Consejo Superior Universitario;
g) Implementar mecanismos de difusión a través de la página web de la Universidad sobre
las becas o ayudas financieras que se ofrece y garantizar que estas no sean devengadas
con trabajo;
h) Participar en las reformas del Reglamento de Becas y Asistencia Financiera y aplicarlas
una vez estas sean aprobadas por las instancias pertinentes;
i) Orientar sobre postgrados a nivel nacional e internacional;
j) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
k) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
I) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad;
m) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por
las autoridades de la Universidad; y,
n) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 46.- Del Coordinador General Administrativo:
Sus funciones son:
. orge Páez Galarrogo
SECRETARIO GENERAL
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
a) Supervisar y dirigir las actividades y funciones de las Direcciones: Financiera,
Administrativas, del Talento Humano, Informática y Sistemas y de Marketing y
Relaciones Públicas;
b) Planificar y evaluar las actividades que ejecutan las Direcciones bajo su dependencia;
c) Definir políticas, estrategias y demás mecanismos que permitan cumplir las funciones
de las Direcciones a su cargo de manera eficaz y eficiente, previa aprobación de las
autoridades superiores de las Universidad;
d) Establecer indicadores de gestión y resultados y verificar su cumplimiento;
e) Determinar el presupuesto de las Direcciones bajo su dependencia, verificar su
cumplimiento y definir medidas de ajuste;
O Analizar los informes de gestión que presenten las Direcciones y tomar en cuenta las
recomendaciones que se hagan;
g) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
h) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
i) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por
las autoridades de la Universidad; y,
j) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 47.- Del Director Financiero:
Sus funciones son:
a) Administrar los recursos financieros institucionales en base a las políticas,
estrategias, planes, programas y proyectos de la Institución;
b) Mantener la información financiera oportuna para la toma de decisiones
de las Autoridades;
Lo Certifico
7
. Jorge PáezGalárroar
—"Rg'-"P'nu-'..° SECRETARIO GENEP
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
c) Asesorar y proporcionar información al nivel ejecutivo en aspectos
relacionados con la gestión financiera de la Institución;
d) Planificar, organizar, regular y controlar la ejecución del presupuesto
institucional, de conformidad a las necesidades y capacidades institucionales, con la
normativa vigente y proveer información para la toma de decisiones;
e) Aplicar procedimientos específicos de control interno;
f) Presentar informes financieros requeridos por las Autoridades, y Organismos de
Control;
g) Mantener el control de la documentación que respalde las operaciones
presupuestarias y contables y las disposiciones legales establecidas de acuerdo
con la normativa vigente;
h) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
i) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
j) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad;
k) Presentar informes de su gestión; y,
1) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto
Art. 48.- Del Director Administrativo:
a) Planificar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades relacionadas
con la adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras;
b) Contribuir al desarrollo de la UEES mediante la provisión, registro, control y
mantenimiento de bienes, suministros y servicios de la institución;
c) Gestionar las actividades relacionadas con la ejecución de obras, readecuaciones,
mantenimiento y seguridad de la infraestructura institucional;
Lo CertifiC
<MES
Reglamento Orgánico y Funcional
d) Coordinar con la Dirección Financiera la asignación de recursos presupuestarios
para la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios
incluidos los de consultoría;
e) Coordinar con la Dirección de Asesoría Jurídica los procesos de compras y
adquisiciones;
f) Administrar e] control y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles;
g) Administrar los Servicios Básicos y de Seguridad;
h) Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito
de su competencia establecidas en la normativa vigente y las que le fueren
asignadas;
i) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
j) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
k) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad;
I) Presentar informes de su gestión; y,
m) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto
Art. 49.- Del Director de Talento Humano:
a) Planificar, organizar y programar y emitir directrices para administrar los
sistemas y subsistemas de personal y desarrollo de los recursos humanos de la
UEES;
b) Liderar y gestionar la evaluación del personal administrativo de la Universidad;
c) Gestionar políticas, estrategias y procesos para el desarrollo del talento humano, al
amparo de las normas legales vigentes, a fin de contar con un equipo de servidores
idóneos y competentes, orientados al servicio de calidad;
Jorge Páez Galo:5mm.,Us11VEM1PAIltb.PIllu
SECRETARIO GENEi-
Lo Cer 'tico
c. Jorge Páez G^hr.--r
SEC RETARIC
uUEES
Reglamento Orgánico y Funcional
d) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y
más normas Internas de la Institución;
e) Elaborar los proyectos de normas internas, manuales e indicadores de gestión del
talento humano;
f) Elaborar el proyecto de reglamento interno de administración del talento
humano de la Institución;
g) Administrar el Sistema Integrado Informático de Talento Humano de la
Institución;
h) Aplicar el régimen disciplinario, con sujeción a la Ley, Reglamentos y normas
internas de la Institución;
i) Controlar la asistencia del personal docente, administrativo y de servicios;
j) Elaborar estadísticas relativas al personal de la Institución;
k) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
I) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
m) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad;
n) Presentar informes de su gestión; y,
o) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 50.- Del Director de Informática y Sistemas:
a) Brindar servicios de tecnologías de información y de desarrollo de software
a la Comunidad Universitaria, garantizando el acceso y uso seguro, consistente y
continuo a todas las unidades de la Institución;
b) Desarrollar, implementar y evaluar proyectos tecnológicos, sistemas de
información y de infraestructura tecnológica;
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
c) Proponer políticas, estrategias, procesos y procedimientos tendientes a desarrollar
una cultura informática en la UEES regulando y estandarizando los diversos
ámbitos de la Institución;
d) Planificar, administrar, coordinar, desarrollar y mantener sistemas de
información integrados para el apoyo de operaciones y la toma de
decisiones en las unidades académicas y administrativas de la Institución;
e) Planificar, administrar, coordinar y mantener la infraestructura, la tecnología y los
servicios de Internet y telemáticos generales de la Institución, con el fin de
satisfacer las necesidades de acceso a la información de la UEES, garantizando la
seguridad, integridad, confiabilidad y disponibilidad de los recursos y datos;
1) Elaborar e implementar el plan informático estratégico de la Institución,
definiendo el modelo de información de la Institución a fin de que facilite la
creación, uso y compartición de la misma;
g) Definir, justificar, implantar y actualizar la infraestructura informática de la
Institución;
h) Establecer mecanismos que protejan y salvaguarden contra pérdidas y fugas
de los medios físicos y la información que se procesa mediante sistemas
informáticos;
i) Asesorar y apoyar a los usuarios de las diferentes unidades administrativas y
académicas de la Institución;
j) Administrar y evaluar la base de datos, páginas web y comunicaciones virtuales;
k) Prestar los servicios de help desk y capacitar a sus usuarios;
1) Mantener un inventario actualizado de los recursos y tecnologías de la
información de la institución;
m) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
n) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
c. Jorge Páez Gr'-'":rir
SECRETARIO r
UEES
Reglamento Orgánico y Funcional
o) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad;
p) Presentar informes de su gestión; y,
q) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Art. 51.- Del Director de Marketing y de Relaciones Públicas
Sus funciones son:
a) Conocer exhaustivamente el mercado, necesidades y demandantes de los servicios de la
UEES y hacer análisis de tendencias y evolución;
b) Realizar y evaluar estudios de mercado considerado: necesidades nacionales de la
región y de las zonas de influencia, segmento, público objetivo, competidores y
proveedores;
c) Analizar la competencia: conocerlos y posicionarlos, conocer sus políticas de precios,
comunicación, imagen de marca, promociones, sistemas de fidelización;
d) Definir, aplicar y evaluar las diferentes fases o etapas del marketing, apoyándose en las
herramientas y tecnologías de vanguardia;
e) Establecer políticas y estrategias de diferenciación de oferta de productos y servicios;
O Definir el diseño de imagen corporativa, su ciclo de vida y los elementos y soportes de
la imagen corporativa: cartelería, etiquetas, rótulos, tarjetas de visita, catálogos, web,
redes sociales, etc.;
g) Desarrollar y evaluar el marketing relacional (CRM) y analizar sus resultados para la
toma de decisiones;
h) Desarrollar campañas de comunicación en función de las políticas, objetivos y
estrategias de la UEES;
i) Analizar la aplicabilidad de herramientas multicanal para implementar una estrategia
de marketing;
j) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
Lo Certifico
. Jorge Páero
SECRETAR,
Lo Certifico
Lic. Jor. Páez Gol--
SECRETARIO r
USES
Reglamento Orgánico y Funcional
k) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición;
1) Cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad;
m) Presentar informes de su gestión; y,
n) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
Artículo 52.- De los Departamentos
Su organización, funcionamiento y avance dependen en lo administrativo del organismo
que defina el Rector y en lo académico de cada uno de los Decanos, salvo designación
expresa del Rector.
Sus funciones son:
a) Planificar, ejecutar y hacer el seguimiento del servicio de la gestión universitaria en los
ámbitos académico y administrativo.
b) Recopilar, sistematizar y evaluar la información que compete a su área o su sector, y
presentar estadísticas y reportes para la toma de decisiones;
c) Proponer mecanismos e instrumentos de mejora académica o administrativa;
d) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la
Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
e) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a
disposición;
f) Cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad;
g) Presentar informes de su gestión; y,
h) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto
DISPOSICIONES GENERALES
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Reglamento Orgánico Funcional

  • 1. Lo Certifico 1 UEESUNIVERSIDAD ESPIRITO SANTO REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL 2016 e Páez Galárraga —.° SECRETARIO GENERAL
  • 2. UEES Reglamento Orgánico y Funcional REGLAMENTO ORGÁNICO Y FUNCIONAL DE LA UNIVERSIDAD DE ESPECIALIDADES ESPÍRITU SANTO - UEES DECLARACIÓN El presente Reglamento Orgánico y Funcional es un instrumento técnico-administrativo de la Universidad Particular de Especialidades Espíritu Santo — UEES, que contiene su estructura orgánica y las funciones que deben cumplir las diferentes unidades académicas y administrativas y el personal que las conforman. Este Reglamento contribuye al logro de los objetivos estratégicos institucionales, en el marco de la Constitución, las leyes, los reglamentos y demás normativas internas, en concordancia con el Plan Nacional del Buen Vivir y el Sistema Nacional de Educación Superior. Por tratarse de una institución de Educación Superior particular que tiene como objetivo esencial y prioritario la preparación y formación de estudiantes graduados de bachilleres, en profesionales con excelencia académica-técnica-científica en base a la investigación, la promoción y difusión de la ciencia, la cultura, el conocimiento de la realidad nacional e internacional y la exaltación de los valores trascendentales del ser humano; hay que considerar que actúa en un entorno dinámico y complejo, que le obliga a adaptarse rápidamente y a responder con acciones efectivas, contribuyendo al progreso integral de la sociedad ecuatoriana. Por esto, la estructura y funciones que se presentan, deben ser tomadas con carácter indicativo y no limitativo. Si bien el Reglamento Orgánico y Funcional, es un instrumento muy importante de la Universidad y su funcionamiento, éste está supeditado a la misión y visión, a los objetivos estratégicos y a los cambios del entorno; por lo tanto, los cambios o modificaciones que se hagan en las políticas, objetivos y estrategias de la Universidad, obligan a la reformulación del Reglamento Orgánico y Funcional, volviéndolo un instrumento dinámico y flexible a las necesidades institucionales. El Reglamento que se describe a continuación, ha sido elaborado en aplicación del Estatuto de la UEES, pero desarrollando toda la estructura institucional por niveles, de manera técnica y sistematizada para facilitar su comprensión. Tomando en cuenta el espíritu colaborativo, emprendedor y solidario de los miembros de la comunidad universitaria, el Reglamento Orgánico y Funcional, no pretende limitar las iniciativas, creatividad y dinamia que se presenten; ni tampoco generar islas académicas y administrativas que se desatiendan entre sí y ejerzan espacios de poder que dificultan la toma de decisiones y el flujo del trabajo. Sino por el contrario, busca estimular la práctica Lo Certific ui JE Es Lic. orge Páez Galórrago '"`"'"`"'"""' SECRETARIO GENERAL
  • 3. Lo Certifico c. Jorge Páez Gaiorrago UNVERSIUM) tYPIP:1 u .4,. SECRETARIO GENERAL UEES Reglamento Orgánico y Funcional de valores compartidos que consoliden la cultura distintiva de la UEES, la coordinación efectiva entre las diferentes áreas y estamentos, contar con criterios inter y multidisciplinarios sobre asuntos trascendentes que apoyen a la toma de decisiones de las autoridades universitarias. La Universidad de Especialidades Espíritu Santo de acuerdo a su Ley de creación publicada en el Registro Oficial del Ecuador N° 319 del jueves 18 de noviembre de 1993, es una entidad jurídica, autónoma, de derecho privado, sin fines de lucro y de interés social. Tiene su domicilio principal en la ciudad de Guayaquil y actualmente desarrolla sus actividades en su campus ubicado en el Cantón Samborondón de la Provincia del Guayas y forma parte del Sistema Nacional de Educación Superior. TÍTULO I DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO CAPÍTULO I MISIÓN, VISIÓN, FINES Y NATURALEZA DEL REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL Art. 1.- Misión de la UEES.- Servir a la sociedad mediante la generación de entornos de aprendizaje, para la formación integral de personas que, a través de la docencia, investigación y vinculación contribuyan al desarrollo del país. Art. 2.- Visión.- La UEES se visualiza como un centro de docencia, investigación y orientación que aporta alternativas para el desarrollo del País Art. 3.- Fines institucionales: 1. Coadyuvar de modo riguroso, técnico, científico y crítico a la presentación de propuestas y alternativas de solución a las diversas problemáticas que enfrenta nuestra sociedad, el continente y el mundo; 2. Potenciar el desarrollo profesional, técnico, científico y humanista de sus integrantes orientándolos hacia la búsqueda de la verdad, fomentando el pluralismo, el respeto a los criterios divergentes, la tolerancia y la inclusión como elementos determinantes de una sociedad democrática impregnada de valores; 3. Formar bajo estándares de excelencia académica, alto rigor científico e investigativo, con profunda responsabilidad personal y social, con conciencia planetaria a sus
  • 4. Lo Certifico <MES Reglamento Orgánico y Funcional estudiantes, docentes e investigadores con miras a la búsqueda del bien común y dispuestos a colaborar con los organismos del sector público y privado para lograr una sociedad más culta, más justa, más equitativa, más democrática, más ética, más humanista; 4. Reafirmar los valores cívicos, culturales e integracionistas de nuestra sociedad estableciendo espacios para el diálogo intercultural nacional, regional y mundial. Art. 4.- Naturaleza del Reglamento Orgánico Funcional El Reglamento Orgánico Funcional es un instrumento técnico-administrativo, que permite contar con una organización y funcionamiento dinámicos, en un contexto de libertad y responsabilidad compartidas. Este Reglamento visualizará las diferentes unidades académicas y administrativas necesarias para su funcionamiento, las que podrán ser: creadas, fusionadas o eliminadas, en función a la dinamia y las necesidades institucionales, la articulación con el Sistema Nacional de Educación, los objetivos del régimen de desarrollo y la base legal vigente. TÍTULO II DEL GOBIERNO, ESTRUCTURA, ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LA UNIVERSIDAD CAPÍTULO I DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y COGOBIERNO Art. 5.- La Universidad de Especialidades Espíritu Santo es una institución particular autofinanciada, que forma parte del Sistema Nacional de Educación Superior y que en ejercicio de la autonomía académica y administrativa que le conceden la Constitución de la República y la Ley, organiza, elige y designa sus órganos de cogobierno y autoridades, conforme lo determinan la LOES, su Estatuto Institucional y demás normativa sobre la materia. El gobierno de la Universidad será ejercido jerárquicamente por organismos: a) Pluripersonales, y b) Unipersonales. Art. 6.- Los órganos pluripersonales son: aez Galárrago ---0*^o"...° SECRETARIO GENERAL
  • 5. Lo Certific tc. Jorge Páez Gatatruaf UEES Reglamento Orgánico y Funcional I. Órgano Colegiado Académico Superior: El Consejo Superior Universitario II. Órganos Académicos Administrativos Los Consejos Directivos - Académicos de Facultad III. Órganos de Apoyo a) El Consejo Regente como ente de consulta b) La Comisión de Evaluación y Autoevaluación c) La Comisión de Vinculación con la Colectividad d) Comisión Especial de Disciplina e) La Comisión de Imagen Institucional, difusión y publicaciones f) El Consejo Científico de Investigación y Publicaciones g) Comités de Gestión h) El Consejo Ejecutivo Universitario i) El Consejo Consultivo de Graduados Art. 7.- Los Órganos Unipersonales son de nivel ejecutivo, de apoyo, académico, y administrativo. I. Nivel Ejecutivo a) El/La Rector (a) b) EI/La Vicerrector (a) Académico (a) c) El/La Vicerrector (a) Administrativo (a) II. Nivel de apoyo: a) Canciller b) Presidente de Consejo Regente c) Director Jurídico-Procurador d) Director de Planificación, Desarrollo y Acreditación Institucional e) Secretario General f) Contralores g) Prosecretario h) Auditor III.Nivel académico: a) En las Facultades.- Decano, Sub-Decano y Directores o Coordinadores Académicos, de Escuela, Carreras o Programas b) Institucional.- Directores de Investigación, Vinculación, Acreditación de Carreras y Programas, y de Saberes ~NI "" '° SECRETARIO GEN...*
  • 6. Lo Certifico dez Galórrago SECRETARIO GENERAL UEES. Reglamento Orgánico y Funcional IV. Nivel administrativo: a) Los Directores Ejecutivos b) Los Vicedirectores Ejecutivos c) Los Directores de Centros, de Unidades, de Consultorios, de Institutos, etc., y cualquier otro cargo que fuere dispuesto por el Consejo Superior Universitario. d) Director de Bienestar y Servicios Estudiantiles e) Coordinador General Administrativo 0 Director Financiero g) Director Administrativo h) Director del Talento Humano i) Director de Información y Sistemas j) Director de Marketing y de Relaciones Públicas CAPÍTULO II DE LA ESTRUCTURA Art. 8.- La estructura de la UEES se conforma por los niveles: directivo, ejecutivo, asesor, académicos y administrativos; así como sus órganos pluripersonales y unipersonales. Esta estructura se plasma en el organigrama que se registra en el Anexo 1. CAPÍTULO M DE LAS ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO Y DEL CONSEJO DIRECTIVO ACADÉMICO DE FACULTAD Art. 9.- Del Órgano Colegiado Académico Superior.- El Órgano Colegiado Académico Superior (OCAS) de la UEES es el Consejo Superior Universitario; y por tanto, es la máxima autoridad institucional. Ejerce sus facultades y obligaciones para consolidar la misión y visión de la Universidad. Está conformado de acuerdo a lo expresado en la LOES y en su Estatuto y es presidido por el Rector. El Consejo Superior Universitario es el máximo organismo de dirección de la universidad y sus atribuciones son las que se detallan a continuación: a) Conocer todos los asuntos relativos a la organización y funcionamiento de la Institución y los aspectos académicos, técnicos, administrativos que se encuentren previstos en la reglamentación interna;
  • 7. Lo Certifico (MES Reglamento Orgánico y Funcional b) Resolver sobre las excusas, licencias, comisión de servicios, renuncias, revocatoria del mandato o remociones del Rector y/o Vicerrectores; c) Resolver sobre las reformas que se propusieran al estatuto universitario, previo a que sean remitidas al Consejo de Educación Superior, para su correspondiente aprobación; d) Establecer políticas, estrategias y directrices institucionales en el campo de la docencia que definan la creación, modificación o actualización de las carreras profesionales y académicas así como los programas de postgrado, acorde a las necesidades del mercado laboral del país y mantener una permanente prospección del medio externo de manera que contribuya a la mejora de las carreras y programas de la institución; e) Aprobar los programas, proyectos de investigación, actividades o eventos culturales, sociales, deportivos, académicos, científicos, otorgamiento de avales académicos, publicaciones, y en primera instancia conocer y aprobar los proyectos de rediseños o nuevas carreras y programas de postgrado previo a su envío al CES para su respectiva aprobación; f) Aprobar los mecanismos, protocolos y/o instructivos, que presente el Vicerrectorado Académico conducentes a garantizar la participación de las mujeres y de los grupos históricamente excluidos o discriminados; g) Posesionar a las autoridades universitarias en los cargos de Rector y Vicerrectores conforme lo dispone el Estatuto y la reglamentación interna; h) Establecer las políticas académicas y disciplinarias de la Universidad; i) Conferir grados y/o títulos académicos honoríficos propuestos ante el Consejo Superior Universitario; j) Aprobar los costos de aranceles, créditos, matrículas, servicios, seminarios, talleres y demás valores que necesite la institución, para mantener su actividad educativa de calidad teniendo en cuenta las resoluciones que para el efecto emita el Consejo de Educación Superior; k) Resolver sobre las reformas o propuestas de reglamentos internos, instructivos, manuales de procedimientos y demás documentos normativos de la Universidad; c. Jorge Paei Gaiarrogo SECRETARIO GENERAL
  • 8. Lo Certifico e Páez Galarrago SECRETARIO GENER oi bt1s110^1. (11 UEES Reglamento Orgánico y Funcional 1) Designar a los directivos y/o representantes ante los organismos pluripersonales que no son de cogobierno conforme a la reglamentación interna; m) Respaldar el mejor uso los recursos que posee la UEES, que coadyuven a la continuidad de los programas existentes y/o al desarrollo físico, tecnológico de la Universidad o financiar nuevos proyectos universitarios; n) Asignar cupos de estudiantes, establecer procedimientos y requisitos de admisión o postulación a las diferentes facultades y/o programas de la universidad; o) Definir los parámetros del correcto manejo y aplicación de los mecanismos que sirvan para becas y ayudas financieras a sus estudiantes regulares, conforme lo establece la Ley Orgánica de Educación Superior y su Reglamento; p) Definir anualmente los protocolos de inversión de por lo menos el del 6% del presupuesto que se usará para las publicaciones indexadas, para becas de postgrado para sus profesores o profesoras e investigadores y asignar un mínimo del 1% del presupuesto para garantizar la formación, capacitación, estudios doctorales o sus equivalentes de los profesores e investigadores, profesoras o investigadoras; q) Aprobar los planes operativos y estratégicos de desarrollo institucional de mediano y largo alcance, considerando para este efecto su articulación con el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Nacional de Ciencia y Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales; r) Definir las líneas de investigación de la universidad y pedir cuentas de las actividades en este ámbito a las diferentes Facultades; s) Tomar las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad que integran la comunidad universitaria -sean estudiantes, docentes, investigadores y colaboradores en general- puedan desarrollar sus actividades, potencialidades y habilidades sin que sea su limitación un factor determinante y excluyente; t) Nombrar una comisión especial integrada por todos los estamentos universitarios para que presente un informe sobre cualquier miembro o asociación de la comunidad universitaria, que a criterio de los miembros del Consejo Superior Universitario podrían estar atentando contra los principios fundacionales, o que tienen injerencia de grupos políticos que fomentan la división, desunión o politización o partidismo dentro de la comunidad universitaria y/o no cumpla con las disposiciones de la Constitución, la Ley Orgánica de Educación Superior, el Reglamento a la LOES, el Estatuto y el Reglamento de Facultades de la universidad;
  • 9. Lo Certifico a LES tic. 7orge Páez Gaioriaor '""`"-"""--.° SECRETARIO GEN(' uUEES Reglamento Orgánico y Funcional u) Resolver motivadamente sobre la invalidez y/o registro de una titulación conferida y de ser este el caso, solicitar a la SENESCYT la eliminación de ese registro, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes; y) Autorizar el concurso de merecimientos y oposición para ingresar a la carrera académica conforme lo establezca la normativa interna; w) Resolver sobre la creación, intervención, fusión o supresión de unidades académicas; y, x) Cumplir las demás funciones que pueda tomar conforme la norma legal vigente y el artículo décimo del estatuto de la Universidad. Art. 10.- Consejos Directivos - Académicos de Facultad.- Cada Facultad de la Universidad cuenta con un Consejo Directivo-Académico, organismo pluripersonal de carácter académico administrativo, que está integrado conforme lo dispone el Estatuto. Su accionar está subordinado al Órgano Colegiado Académico Superior. Sus funciones son: a) Proponer reformas a los reglamentos académicos estudiantiles, a los programas de estudio, a las materias de estudio; b) Conocer las solicitudes de licencia que presenten los docentes o directivos de Facultad, para participar de estudios de postgrado, doctorales o su equivalente y sugerir al Rector, de ser el caso, auspicios y/o apoyos para estas capacitaciones; c) Autorizar al directivo o funcionario de la Facultad que corresponda la suscripción de convenios académicos, acuerdos, cartas de intención o el otorgamiento de avales o auspicios solicitados previamente al Consejo Superior Universitario; d) Solicitar al Rector la designación y contratación del personal académico docente y de investigación; e) Decidir sobre equivalencias de horas y solicitudes de homologaciones, conforme a la reglamentación vigente; f) Proponer horarios generales, fechas de inicio de clases, de programas, carga horaria de docentes, asignación de paralelos, aprobación del calendario académico del ciclo,
  • 10. wo..0 sf 1u SY..O ez Gol • trago SECRETARIO GENER al Lo Certifico uUEES Reglamento Orgánico y Funcional analizar todas las actividades para y extracurriculares de la respectiva Facultad de acuerdo a la normativa institucional; g) Contribuir para que la filosofía Institucional y fundacional se manifieste en todos los actos y procedimientos de la Facultad y que sea el elemento unificador de las metas y objetivos de la Universidad; h) Sugerir de acuerdo a la normativa interna la designación de docentes, la creación o supresión de programas, escuelas, facultades, carreras y/o menciones, la realización de cursos, talleres, seminarios, conferencias, foros, mesas redondas, etc.; i) Autorizar la nómina de los graduandos de las respectivas facultades y disponer los trámites a seguir; j) Planificar las actividades académicas de cada Facultad y someterlos a consideración del Consejo Superior Universitario para su respectivo análisis y resolución; k) Estructurar los planes de estudio y programas académicos de cada Facultad y someterlos a consideración del Consejo Superior Universitario para su respectivo análisis y resolución; I) Conocer y pronunciarse sobre el informe respectivo que presenten los decanos o directores en el caso de homologaciones de materias; m) Autorizar el ingreso en el Sistema Académico Informático, las homologaciones que presentan los respectivos Decanos y Decanas, a través de los informes técnicos respectivos y procedimientos universitarios; n) Supervisar las actividades en general de la facultad con énfasis en el área de la investigación; o) Estructurar comisiones internas para la aprobación de temas y temarios de proyectos de titulación y hacer el seguimiento hasta la graduación de los estudiantes; p) Sugerir las políticas de docencia y líneas de investigación universitaria ante el Consejo Superior Universitario; q) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
  • 11. Lo Certific e Páez GaIórrago ° SECRETARIO GENERA( hato-u%° uUEES Reglamento Orgánico y Funcional r) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; s) Cumplir las demás funciones que establezca el Consejo Superior Universitario y las señaladas en el artículo décimo tercero del Estatuto. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS DE APOYO, COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN Art. 11.- Del Consejo Regente.- Es un órgano que tiene atribución consultiva no vinculante y asume como objetivo fundamental el velar que todas las instancias de la universidad respondan administrativa y académicamente a las características fundacionales de la UEES, en concordancia con la normativa legal vigente. Su forma de integración y autoridades se manifiestan en el Estatuto. Sus atribuciones, sin que las mismas tengan efectos vinculantes son las siguientes: a) Contribuir con sus mejores ideas a favor de la Universidad, con el objetivo de velar por la vigencia del espíritu fundacional, sin menoscabo de la libertad de cátedra e investigación y del pluralismo inherente a las actividades universitarias, coadyuvando al mantenimiento de la filosofía, misión y visión de la Universidad; b) Fomentar todo tipo de actividades y gestiones que contribuyan al fortalecimiento integral de la Universidad, alianzas que coadyuven a su desarrollo, incluyendo iniciativas y mecanismos para la búsqueda de benefactores, captación de fondos nacionales e internacionales, control e integración de comités de gestión; c) Asesorar en el mejor uso de los recursos patrimoniales de la Universidad y ejercer veeduría sobre el uso de los recursos institucionales; d) Asesorar en la administración del programa de becas de la Universidad conforme a la LOES y a la normativa institucional; e) Asesorar en la propuesta y otorgamiento de distinciones, preseas, reconocimientos y/o grados honoríficos;
  • 12. uUEES Reglamento Orgánico y Funcional f) Presentar o auspiciar candidatos para la elección de Rector, Rectora y para Vicerrector o Vicerrectora académico/a y administrativo/a. Esta atribución no es vinculante ni constituye una potestad exclusiva del Consejo Regente; g) Dictar su reglamento interno, elegir a su Presidente, Vicepresidente y designar al Canciller; h) Asesorar en los proyectos de reformas al estatuto universitario o conformación de organismos; i) Asesorar en las designaciones de las principales autoridades y funcionarios universitarios; j) Solicitar la instauración de un proceso de revocatoria del mandato del Rector o Vicerrectores ante el Consejo Superior Universitario. Ésta atribución no es vinculante ni constituye una potestad exclusiva del Consejo Regente; y, k) Cumplir las demás funciones que se determinaren conforme su potestad. Art. 12.- De la Comisión de Evaluación y Autoevaluación.- Sus atribuciones son: a) Crear las normativas necesarias para la implementación de la evaluación interna de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo conforme a las resoluciones adoptadas por los organismos superiores de control de las instituciones de educación superior y de la UEES; b) Ejecutar los procesos de autoevaluación institucional, en los ámbitos de la docencia, la investigación, vinculación con la sociedad y gestión administrativa y coordinar sus acciones con el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior; c) Coordinar y dirigir la elaboración del plan, la guía y los procedimientos de evaluación interna a nivel institucional, de carreras y programas. d) Implementar y monitorizar los planes de autoevaluación institucional, de carreras y programas. s Lic. Jorge Páez Galárrago ""'"° SECRETARIO GENERAL
  • 13. Lo Certifi o c. Jorge Páez Ga rr SECRETARIO OF; m 744. (11 UEES Reglamento Orgánico y Funcional e) Organizar y orientar a los comités de evaluación interna y al personal de apoyo en los procesos de autoevaluación. 1) Analizar las deficiencias y fortalezas internas y emprender los procesos del mejoramiento continuo en búsqueda de la excelencia académica y socializar los resultados con los diferentes estamentos internos; g) Asesorar y supervisar el correcto desarrollo y la organización del proceso de autoevaluación y planes de mejoras. h) Evaluar y analizar, periódicamente, de manera crítica y consistente, los reportes de los diferentes comités, unidades y procesos, así como las deficiencias y fortalezas internas y emprender los procesos de mejoramiento continuo en búsqueda de la excelencia académica, y socializar los resultados con los diferentes estamentos internos. i) Solicitar al Consejo Superior Universitario y al Rector los recursos humanos, físicos, financieros y tecnológicos necesarios para llevar a cabo los procesos de autoevaluación y mejora continua. j) Coordinar con las instancias que corresponda la elaboración y seguimiento de los planes de mejoras. k) Promover niveles de excelencia en el desempeño de la gestión académica y administrativa fomentando la cultura de la autoevaluación y del mejoramiento de la calidad; I) Mantener canales de comunicación con la comunidad universitaria para informar sobre los niveles de desempeño institucional y compromisos que se adquieren en la búsqueda de la excelencia académica. m) Efectuar el seguimiento de las políticas y planes de la UEES en el aseguramiento de la calidad académica y el desarrollo de los procesos de mejoramiento y gestión de la calidad. n) Remitir informe final de los procesos de autoevaluación al Rector para su debida aprobación y al Canciller para su debido conocimiento. o) Poner en conocimiento del Consejo Superior Universitario y de los diferentes estamentos universitarios el informe final de autoevaluación.
  • 14. UEES Reglamento Orgánico y Funcional p) Cumplir las demás funciones determinadas por el Consejo Superior Universitario o el Rector de la Universidad, dentro del ámbito de sus competencias. Art. 13.- De la Comisión de Vinculación con la Colectividad.- Sus atribuciones son: a) Crear y difundir los procedimientos e instructivos necesarios para la implementación de proyectos de vinculación con la comunidad, prácticas pre profesionales, pasantías comunitarias conforme a las resoluciones adoptadas por los organismos de control de las instituciones de educación superior y por los organismos superiores de la UEES; b) Coordinar con las demás unidades académicas de la UEES, la gestión y control de los procesos de vinculación con la comunidad que incluyen: proyectos, prácticas pre profesionales y pasantías comunitarias; c) Monitorear la ejecución de los presupuestos asignados para vinculación con la colectividad; d) Mantener canales de comunicación con la comunidad universitaria UEES para informar sobre los procesos y convocatorias de vinculación, seguimiento a graduados y prácticas pre profesionales / prácticas comunitarias; e) Analizar el cumplimiento y resultados de todos los programas realizados así como las deficiencias y fortalezas de la Comisión a través de los mecanismos de planificación institucional, y así emprender acciones para el mejoramiento; e Difundir los resultados de sus actividades a la comunidad universitaria; g) Presentar al Consejo Superior Universitario los informes que sean requeridos a través de la Contraloría Institucional; h) Orientar actividades de la unidad de vinculación al desarrollo de los objetivos estratégicos de la UEES; y, i) Cumplir las demás funciones que señalan las normativas que regulan al sistema de educación superior y las normativas internas de la Universidad. 77719, LO Certific kunimaSILIZSP111111l1 511410 orge Póez GOlarraq( SECRETARIO GENEk-
  • 15. Lo Certifi 11111s SLic. Jorge Páez Galárrago SECRETARIO GENERAt uUEES Reglamento Orgánico y Funcional Art. 14.- De la Comisión Especial de Disciplina.- Sus funciones son: a) Elaborar propuestas de fomento del comportamiento ético y disciplinario; b) Presentar los informes de los procesos disciplinarios iniciados en contra de docentes, estudiantes o personal administrativo, al Consejo Superior Universitario para la resolución respectiva; c) Establecer mecanismos de control de trámites académicos y evaluar su funcionamiento para hacer ajustes de mejora; d) Manejar el debido proceso en cada caso presentado; e) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; f) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; y, g) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores, el Estatuto y la reglamentación interna sobre disciplina interna de la Universidad. Art. 15.- De la Comisión de Imagen Institucional, Difusión y Publicaciones.- Sus funciones son: a) Observar, recomendar y/o sugerir modificaciones a planificaciones que cuenten con el beneplácito del Consejo Superior Universitario, Comisión o Unidad respectiva con el objetivo de que se enmarquen dentro de las políticas de imagen institucional; b) Precautelar que los eventos, programaciones y publicaciones que se lleven a efecto bajo el amparo de la UEES alcancen el estándar requerido de excelencia y calidad; c) Convocar a los responsables de los eventos o producciones internas para conocer el avance de las actividades, el presupuesto y los resultados logrados;
  • 16. Lo Certifico Lic. Jorge Páez Galárrago '7""'" SECRETARIO GENERAL 11Wwf ,24,..0 uUEES Reglamento Orgánico y Funcional d) Solicitar informes de las actividades relacionadas con la imagen institucional y evaluar lo ejecutado, hacer observaciones, proponer ajustes y las recomendaciones que considere pertinente; e) Contribuir en la preservación y consolidación del buen nombre e imagen de la UEES; f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; y, h) Cumplir las demás funciones que le dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 16.- De los Comités de Gestión.- Sus funciones son: a) Desarrollar actividades tendientes a fortalecer las acciones de gestión integral de la Universidad; b) Establecer mecanismos de control y seguimiento integral de los aspectos académicos, administrativos y de todos los procesos de la Universidad; c) Actuar en equipos multidisciplinarios, que analicen y propongan mejoras integrales; d) Desarrollar iniciativas y mecanismos para la captación de fondos nacionales e internacionales; e) Buscar benefactores nacionales e internacionales para establecer vínculos, alianzas, proyectos y actividades específicas, etc., que coadyuven al desarrollo de la Universidad; t) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; y, h) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto.
  • 17. Lo Certific _ 5 Lic. Jorge Páez Galarrago <MES Reglamento Orgánico y Funcional Art. 17.- Del Consejo Científico de Investigación y Publicaciones.- Sus funciones son: a) Definir las líneas de investigación de la Universidad y presentarlas para su discusión y aprobación al Consejo Superior Universitario; b) Definir los centros, núcleos y equipos de investigación, sus actividades, presupuestos y resultados a lograr; c) Determinar las condiciones y parámetros de los trabajos de investigación, artículos académicos, memorias, sinopsis, tesis y demás trabajos que se publicarían a nivel nacional o en asocio con instituciones o personas del extranjero; d) Establecer redes de investigación colaborativas para difundir los trabajos académicos y de investigación que se generen; e) Aprobar las fuentes de publicación a nivel nacional e internacional; y, las bases de datos a ser utilizadas por los docentes, investigadores y estudiantes de la Universidad; f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; y, h) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 18.- Del Consejo Ejecutivo Universitario.- Sus funciones son: a) Definir mecanismos de información, seguimiento y verificación del cumplimiento de las resoluciones emitidas por los órganos colegiados de cogobierno y el Rector; b) Designar comisiones específicas, comités de gestión y otras formas de representación, responsables de garantizar y supervisar el cumplimiento de las resoluciones de los órganos colegiados de cogobierno; I_ .1 .‘ SECRETARIO GENERAL
  • 18. UEES Reglamento Orgánico y Funcional c) Participar en las reuniones mensuales convocadas por el Rector; d) Solicitar informes a las áreas o unidades académicas y administrativas y proponer acciones de mejora; e) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; f) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; y, g) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 19.- Del Consejo Consultivo de Graduados.- Sus funciones son: a) Asesorar respecto a la evaluación y redireccionamiento de carreras, programas y oferta académica futura de la Universidad; b) Definir los mecanismos se seguimiento, atención y evaluación de los graduados; c) Mantener bases de datos de los graduados y hacer análisis para la toma de decisiones; d) Participar en las reuniones convocadas por el Rector; e) Solicitar informes a las áreas o unidades académicas y administrativas y proponer acciones de mejora; f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; h) Presentar informes de su gestión; y, i) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. lo Certlfic lic Jorge Páez Galánago SECRETARIO GENERAL
  • 19. Lo Certifico . Jorge Páez Gaiarrago SP*1111 '° SECRETARIO GENERAL UEES Reglamento Orgánico y Funcional TÍTULO III DE LOS ORGANISMOS UNIPERSONALES CAPÍTULO I DEL NIVEL EJECUTIVO: RECTOR Y VICERRECTORES Art. 20.- Del Rector o Rectora.- Son Atribuciones del Rector, las siguientes: a) Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Educación Superior, sus reglamentos, las disposiciones generales, las resoluciones del máximo órgano colegiado académico superior, el estatuto y los reglamentos internos; b) Ejercer la Administración y Representación legal de la Universidad conforme lo dispone la Ley Orgánica de Educación Superior; c) Planificar, organizar, coordinar y dirigir todas las actividades de la Universidad, de acuerdo con las políticas y lineamientos definidos por el Consejo Superior Universitario; d) Intervenir en todos los actos o contratos que impliquen la adquisición, enajenación, administración y gravámenes de los bienes inmuebles y muebles de la Universidad debidamente autorizados por el Consejo Superior Universitario; e) Velar por el cumplimiento de las funciones de los titulares de los organismos unipersonales existentes en la Universidad; f) Recabar fuentes de financiamiento para la promoción y el desarrollo de la Universidad; g) Consultar al Consejo Regente y/o al Canciller, en el ámbito de sus competencias, con el objetivo de contar con una visión de los fundadores sobre la marcha y proyección de la Universidad, sin que estas tengan efecto vinculante; h) Convocar a referendo, ya sea por iniciativa propia o a pedido formal de los estamentos de la Universidad que cuenten con un respaldo del 60 % del voto ponderado de los electores de las principales autoridades, con la finalidad de consultar sobre temas de interés trascendental para la vida y marcha de la Universidad;
  • 20. Lo Certifico ••••s ••• ic. Jorge Páez Galano;- ------ SECRETARIO GEM UEES Reglamento Orgánico y Funcional i) Expedir o revocar el nombramiento de Contralores, Directores Ejecutivos, Decanos, Sub-Decanos, Directores Coordinadores de Saberes, profesores de las diferentes facultades, conforme a lo dispuesto en el estatuto y la normativa interna con observancia a los principios fundacionales de la Universidad; j) Solicitar reportes de asistencia y/o evaluaciones de las diferentes áreas o funcionarios de la Universidad; k) Presentar durante el primer trimestre de cada año, un informe de rendición de cuentas ante el Consejo Superior Universitario, remitirlo posteriormente al Consejo de Educación Superior, la Secretaria Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación y difundir el contenido del mismo a la comunidad universitaria y la sociedad toda a través de la página web de la Universidad; 1) Hacer seguimiento al cumplimiento de los planes institucionales y operativos; y, m) Cumplir las demás funciones que dispongan el Consejo Superior Universitario y el Estatuto. Art. 21.- Vicerrector Académico o Vicerrectora Académica: Sus funciones son: a) Coordinar la ejecución de resoluciones dentro de su ámbito de gestión previa consulta con el Rector; b) Presidir Comisiones que le delegue el Rector y/o asistir o delegar su representación a las sesiones de los organismos correspondientes; c) Planificar, organizar, coordinar y dirigir las actividades de docencia, investigación y vinculación de acuerdo con las políticas y lineamientos trazados por el Consejo Superior Universitario y el Rector; d) Ejercer las atribuciones y funciones que expresamente le asigne el Rector; e) Proponer al Rector planes, programas y estrategias en sus respectivos ámbitos de gestión;
  • 21. Lo Certifico e Páez Gaiarrogo11510/10 ""'` SECRETARIO GENERA UEES Reglamento Orgánico y Funcional f) Proponer ante el Consejo Superior Universitario políticas, mecanismos, protocolos y/o instructivos a fin de que se garantice la participación de las mujeres y de los grupos históricamente excluidos o discriminados; g) Mantener estrecha vinculación con el Rector y autoridades universitarias; h) Auscultar ideas y presentar planes para la mejora cualitativa y técnica de cada Facultad; i) Analizar las propuestas académicas y proyectos de los profesores representantes de las diferentes áreas de estudio de las respectivas facultades; j) Velar para que en cada Facultad se mantenga clara la misión y visión de la Universidad; k) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; 1) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; m) Presentar informes de su gestión; y, n) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto de la Universidad. Art. 22.- Vicerrector Administrativo o Vicerrectora Administrativa: Sus funciones son: a) Coordinar la ejecución de resoluciones dentro de su ámbito de gestión previa consulta con el Rector; b) Presidir Comisiones que le delegue el Rector y/o asistir o delegar su representación a las sesiones de los organismos correspondientes; c) Ejercer las atribuciones y funciones que expresamente le asigne el Rector; d) Ejercer la representación del Rector, en todos los actos internos y externos, así como ante los organismos delegados por él;
  • 22. uUEES Reglamento Orgánico y Funcional e) Dirigir y supervisar las gestiones de las áreas administrativa, talento humano, financiero, contable, presupuestario, auditoria, desarrollo, becas y asistencia financiera, marketing, relaciones públicas, bienestar estudiantil, admisiones, comité de imagen y las que le fueran encargadas por el Consejo Superior Universitario; f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; h) Presentar informes de su gestión; y, i) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. CAPÍTULO II DE LOS ORGANOS UNIPERSONALES DE APOYO Art. 23.- Del Canciller.- Sus atribuciones son: a) Velar por el cumplimiento de la Misión y Visión de la Universidad, así como el espíritu fundacional de la Universidad; b) Sugerir o representar a las autoridades u organismos de la Universidad en la realización de contactos institucionales, dentro y fuera del país que contribuyan al mejoramiento y actualización de las actividades docentes, investigativas, y de vinculación con la comunidad; c) Sugerir nombres de distinguidas personalidades del mundo académico, de las ciencias, el arte y la cultura con el Alma Mater, con el objetivo de garantizar la rigurosidad y calidad académica universitaria; d) Difundir los principios y valores institucionales y filosofía fundacional a todos los estamentos de la comunidad universitaria; e) Apoyar a la Universidad en sus relaciones internacionales y sugerir o representar a la UEES en la apertura de nuevos canales de cooperación interuniversitaria a nivel nacional e internacional; Lo Certifico ic. Jorge Páez Galarrago SECRETARIO GENERAL
  • 23. Lo Certifico . Jorge Poe2 Goiarroa SECRETARIO GENERA4 UEES Reglamento Orgánico y Funcional f) Presentar sugerencias o brindar asesoría a las autoridades universitarias para lograr mejores canales de cooperación interna y externa; g) Promover la captación nacional e internacional de recursos, donaciones y acuerdo académicos para el desarrollo y expansión de la Universidad; h) Presentar sugerencias en el proceso de selección de directivos administrativos o académicos o integrantes de comisiones o comités; i) Sugerir a las autoridades u organismo de la Universidad el desarrollo de proyectos de desarrollo, expansión y proyección; j) Ejercer veeduría sobre la organización y los recursos de la universidad para velar por la institucionalidad y la salud financiera de la universidad; k) Sugerir a las autoridades u organismos de la Universidad protocolos para el desarrollo de los programas de becas y ayuda financiera; 1) Sugerir a los directivos u organismos de la Universidad el desarrollo de proyectos de bienestar para la comunidad universitaria y apoyar los mismos; m) Brindar apoyo y ofrecer sugerencias a los directivos de la universidad con el objetivo de mantener óptimas relaciones con universidades, entidades, organismos gubernamentales y no gubernamentales ya sea dentro o fuera del país; Art. 24.- Del Presidente del Consejo Regente.- Sus funciones son a) Participar con voz, en las sesiones de los organismos colegiados de la universidad, por delegación del Canciller; b) Asesorar a los diferentes estamentos universitarios, teniendo presente el espíritu fundacional del Alma Mater; c) Velar y asegurar el cumplimiento de la misión y visión de la universidad; d) Circunscribir sus acciones en las atribuciones que le otorgan las resoluciones RPC-S0- 020-N°142-2012 y RPC-SO-04-N°046-2014 expedidas por el Consejo de Educación Superior;
  • 24. Lo Certifico uUSES Reglamento Orgánico y Funcional Art. 25.- Del Director Jurídico — Procurador Sus funciones son: a) Asesor jurídicamente a las autoridades y estamentos de la Universidad; b) Patrocinar demandas, quejas, querellas contra terceros a fin de precautelar los intereses de la Universidad; c) Defiende judicialmente a la institución frente a terceros; d) Participar en la elaboración y revisión de la reglamentación y normativa y proponer proyectos para su discusión; e) Proponer modificaciones a la normativa vigente; Participar por disposición del señor Rector en las sesiones de los organismos pluripersonales como miembro con voz; g) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; h) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; i) Cumplir con el Plan Operativo Anual de su área o unidad; j) Presentar informes de su gestión; y, k) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 26.- Del Secretario General.- Sus funciones son: a) Certificar la documentación institucional y asistir en I a planeación, coordinación, manejo y organización de la misma, con el objeto de proporcionar oportunamente los servicios administrativos que se requieran por la comunidad universitaria y el medio externo; . Jorge Páez Gaiarrago SECRETARIO GENERAL
  • 25. Lo Certifico orge Páez Galano° SECRETARIO GENERAL UEES Reglamento Orgánico y Funcional b) Garantizar la autenticidad de las resoluciones expedidas por el Consejo Superior Universitario y por el Rector; c) Certificar y legalizar los documentos institucionales; d) Legalizar los Libros de Grado y Actas de Titulación; e) Suscribir los Títulos y Grados Académicos; 0 Planificar y coordinar el proceso de titulación de los graduandos, registro y emisión de títulos; g) Dar fe de los documentos e instrumentos a petición de parte o de oficio. Esta función incluirá acreditaciones, certificaciones, notas, aprobaciones de cursos, carreras o programas, asistencia a clases, pasantías, existencia de contrataciones, convenios, pasantes, profesorado, presupuestos, referenciamiento de documentos recibidos o enviados; h) Administrar el archivo legal de la institución; i) Legalizar las resoluciones del Consejo, del Rector y de otras instancias de la Universidad; j) Custodiar el archivo general y garantizar su conservación; k) Preparar por disposición del Rector, las convocatorias y la documentación requerida para las sesiones de Consejo Superior Universitario; I) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, reglamentarias Y administrativas que rigen para la entidad; m) Revisar los expedientes de grado y postgrado; n) Brindar asesoría a las unidades de la UEES en el ámbito de su competencia; o) Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia establecidas en la normativa vigente y las que le fueren asignadas; p) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo;
  • 26. Lo Certifico 1SLIC. Jorge Páez GoIárrago L.-"1"-- SECRETARIO GENERAL uUEES Reglamento Orgánico y Funcional q) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; r) Presentar informes de su gestión; y, s) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 27.- Del Prosecretario.- Sus funciones serán las que le delegue el Secretario General, el Rector o las que le asigne el Consejo Superior Universitario. Entre las principales funciones están: a) Apoyar en la planeación, coordinación, manejo y organización de la información institucional; b) Llevar el archivo de las resoluciones expedidas por el Consejo Superior Universitario y por el Rector; c) Elaborar los expedientes y demás información estudiantil del proceso de titulación de los graduandos y registro de los graduados; d) Apoyar al Secretario en los procesos de certificación de: calificaciones, acreditaciones, certificaciones, notas, aprobaciones de cursos, carreras o programas, asistencia a clases, pasantías, existencia de contrataciones, convenios, pasantes, profesorado, presupuestos, referenciamiento de documentos recibidos o enviados; e) Apoyar en la administración del archivo legal de la institución; f) Apoyar el ingreso y despacho de la correspondencia; g) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, reglamentarias Y administrativas que rigen para la entidad; h) Actualizar los expedientes de grado; i) Brindar asesoría a las unidades de la UEES en el ámbito de su competencia; j) Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia establecidas e n la normativa vigente y las que le fueren asignadas;
  • 27. Lo Certifico Jorge Páez Gorárrago ''". - SECRETARIO GENERAL uUEES Reglamento Orgánico y Funcional k) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; 1) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; m) Presentar informes de su gestión; y, n) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 28.- Auditor.- Sus funciones son: a) Proporcionar servicio en materia de control interno, generando informes que contengan observaciones y recomendaciones para mejorar constructivamente la gestión institucional; b) Brindar asesoría técnica - administrativa a las autoridades, niveles directivos y servidores de la entidad, en el área de control y en las demás asignadas a su competencia; c) Realizar la evaluación posterior de las operaciones y actividades de la entidad a través de auditorías de gestión y exámenes especiales; d) Evaluar la eficacia del sistema de control interno, la administración de riesgos, la efectividad de las operaciones y el cumplimiento de la ley, la normativa y las regulaciones internas; e) Identificar y evaluar los procedimientos, sistemas de control y prevención para evitar actos ilícitos y de corrupción que afecten a la institución; Efectuar el seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones, sobre la base del cronograma preparado por los funcionarios responsables de su aplicación; g) Preparar los planes de auditoría y presentarlos al Consejo Superior Universitario para su aprobación y puesta en vigor;
  • 28. UEES Reglamento Orgánico y Funcional h) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; i) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; j) Presentar informes de su gestión; y, k) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 29.- Del Director de Planificación, Desarrollo y Acreditación Institucional: Sus funciones son: a) Fomentar las relaciones y la suscripción de convenios interinstitucionales entre universidades nacionales e internacionales, institutos superiores técnicos, tecnológicos, pedagógicos, de artes y conservatorios a fin de facilitar la movilidad docente, estudiantil y de los docentes e investigadores; b) Desarrollar acciones encaminadas a difundir e interrelacionar entre pares las actividades académicas, culturales, de investigación y de vinculación con la sociedad; c) Coordinar acciones para contar con un sistema de información que permita la obtención de estadísticas prioritarias que definan la toma de decisiones efectivas, la inserción de la universidad en el ranking de niveles mundiales, la proyección general y desarrollo integral de la Universidad, proponiendo para este efecto nuevas áreas de desarrollo, controles, actividades y aquellas tareas que le sean asignadas por el Rector; d) Elaborar y dar seguimiento al Plan Estratégico de Desarrollo Institucional y sus correspondientes Planes Operativos Anuales; e) Elaborar el Informe de Rendición de Cuentas Anual de la institución; f) Organizar y dar seguimiento a los procesos de evaluación, acreditación y categorización institucional con sus correspondientes planes de mejoras; g) Gestionar nuevos proyectos e ideas para la universidad; h) Dirigir las áreas específicamente asignadas por el Rector; .11.7 Trv, Lo Certifico ,_ Gali rtfle t, Jorge Páezárrogo.1SPsFilu SECRETARIO GENER AL
  • 29. uuggs. Reglamento Orgánico y Funcional i) Asesorar y apoyar técnicamente en la coordinación y preparación de las propuestas institucionales de planificación y de las actividades de desarrollo de la UEES en los. campos de gestión académica, institucional e infraestructura; j) Coordinar los programas y proyectos que se deriven de los planes estratégico y operativos; k) Fiscalizar los proyectos de inversión necesarios para la buena marcha institucional; 1) Formular los indicadores de gestión de la UEES y aplicar los mecanismos que conduzcan a una sistemática evaluación de los mismos; m) Realizar el seguimiento y evaluación del cumplimiento de los planes operativos anuales de las distintas unidades académicas y administrativas de la Institución y hacer conocer oportunamente de los resultados a las autoridades; n) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; o) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; p) Presentar informes de su gestión; y, q) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 30.- Del Contralor Institucional o Contralora Institucional.- Sus funciones son: a) Coordinar administrativamente los cursos de nivelación y los procesos de admisión; b) Implementar mecanismos de seguimiento y evaluación de los procesos académicos y administrativos de la Universidad; c) Coordinar las reuniones de los Consejos Directivos-Académicos para conocer situaciones a resolver; Lo Certifico I e Lic. Jorge Páez Galarragc -----"4"u"'. G SECRETARIO GENER Al
  • 30. Lo Certifico Jorge Páez Galarrago SECRETARIO GENERAL UEES Reglamento Orgánico y Funcional d) Verificar el cumplimiento de los protocolos internos de la UEES y coordinar con las respectivas áreas su ejecución; e) Coordinar con las áreas respectivas el desarrollo o la instalación de protocolos, mecanismos y/o sistemas de verificación que determinen el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación Superior y el Reglamento de Régimen Académico; f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; h) Presentar informes de su gestión; y, i) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 31.- Del Sub Contralor o Sub Contralora Institucional: a) Apoyar en el desarrollo y funciones de la Contraloría Institucional; b) Coordinar las áreas que específicamente le sean delegadas por el Contralor Institucional; c) Formular el plan anual y los planes operativos de Contraloría Institucional; d) Elaborar borradores de informes, comunicar los resultados preliminares y presentar a las máximas autoridades los informes definitivos con los pertinentes comentarios, conclusiones y recomendaciones; e) Brindar asesoramiento a las áreas académicas y administrativas en la implementación de las recomendaciones; f) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; g) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición;
  • 31. Lo Certifico Ilc. Jorge Páez Galárrago ° SECRETARIO GENER41 0AD ESPIP111.4 <MES Reglamento Orgánico y Funcional h) Presentar informes de su gestión; y, i) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 32.- Del Contralor Académico o Contralora Académica.- Sus funciones son: a) Velar por la calidad y desarrollo de la oferta académica que se ofrece a nivel de grado, postgrado y educación continua en las modalidades presencial, semipresencial, a distancia, en línea (online) o convergencia de medios; b) Participar con el Contralor Institucional y el Secretario General de la Universidad en todos los Consejos Directivos Académicos de las diferentes Facultades de la UEES; c) Apoyar a todas las facultades en sus funciones académicas; d) Coordinar la implantación de la política académica y del modelo /pedagógico /educativo de la Institución; e) Evaluar los programas académicos a base del modelo educativo por el qué se rigen; f) Promover el desarrollo de la investigación y búsqueda del conocimiento sobre los enfoques, innovaciones y tendencias en el ámbito educativo de la educación superior; g) Coadyuvar al fortalecimiento del desarrollo de cursos y programas en todas las modalidades existentes; h) Apoyar la investigación institucional; i) Apoyar la gestión de la unidad de archivo central de la UEES; j) Colaborar con el Vicerrectorado Académico para desarrollar programas de capacitación en todos los niveles de enseñanza de la UEES; k) Hacer seguimiento al plan operativo anual de cada facultad y presentar el respectivo informe al Rector con copia al Vicerrectorado Académico; 1) Supervisar la gestión de los Decanos de las Facultades, Directores de Escuela, Coordinadores y demás, en todo lo relacionado con los asuntos curriculares y de apoyo
  • 32. (MES Reglamento Orgánico y Funcional a la docencia y evaluarlos en conjunto con el Vicerrectorado Académico y presentar informe al Rector; m) Coordinar con el Procurador Síndico de la UEES la actualización de la normativa institucional con miras a encuadrarse en la LOES, el Reglamento a la LOES, el Reglamento de Régimen Académico y demás normativas y resoluciones de los organismos que rigen a las IES; n) Establecer un calendario de visitas a clases de diferentes facultades con el objetivo de enriquecer y cualificar el que hacer educativo de los docentes; o) Verificar el cumplimiento de las obligaciones de los docentes en función de los contratos y compromisos suscritos por las partes; p) Presentar informes semestrales de gestión ante el Consejo Superior Universitario o cuando lo solicite el Rector o el Canciller de la UEES; q) Realizar las demás funciones que le sean asignadas por el Rectorado o Vicerrectorado Académico. r) Presentar informes de su gestión; y, s) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. CAPÍTULO III DEL DECANO, SUB DECANO, Y DIRECTOR DE ESCUELA, CARRERA O PROGRAMA Art. 33.- Del Decano o Decana.- Las funciones del Decano o Decana son: a) Velar por el cumplimiento de la misión, visión y fines de la Universidad en concordancia con los objetivos de su facultad, escuela, carrera o programa; b) Asegurar la excelencia académica en los niveles de gestión a él encomendados; Lo Certifico Jorge Páez Gaiarrago SECRETARIO GENERAL
  • 33. Lo Certifico Lic. Jorge Páez Galórrago ° SECRETARIO GENERAL UEES Reglamento Orgánico y Funcional c) Elaborar el Plan Operativo Anual (POA) de su Facultad con la participación de estudiantes y docentes; y presentar informes de su gestión y cumplimiento semestral y anual; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; d) Supervisar, revisar, aprobar y enviar al Sistema de Información de la UEES, los informes de la actualización académica y el cumplimiento de los sílabos y programas de estudio de las carreras y/o programas de la Facultad, en los plazos señalados; e) Responder e informar sobre el desempeño de los docentes y estudiantes bajo su cargo, en los ámbitos académico (clases y tutorías), de investigación, vinculación (prácticas y participación en proyectos), y disciplinario; f) Garantizar el cumplimiento de indicadores de gestión y eficiencia de su facultad: estudiantes por paralelo, cumplimiento de contrato de profesores, retención estudiantil, número de estudiantes nuevos, tasa de graduación, etc.; g) Revisar las certificaciones de créditos de los estudiantes y supervisar y controlar los procesos de titulación de los estudiantes; h) Mantener actualizada su oferta académica, de acuerdo a los disposiciones internas en correspondencia con las normas exigidas por los organismos de control; i) Proponer estrategias de captación de estudiantes nuevos: ferias, concursos, foros, charlas, etc. y participar en ellas; i) Garantizar el cumplimiento de acciones necesarias para participar en ranking y en los procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación de sus carreras o programas nacional e internacionalmente; k) Evaluar, seleccionar y proponer la contratación de profesores, cumpliendo las disposiciones de la Universidad; I) Garantizar el cumplimiento de la producción científica, regional y libros de su facultad; m) Informar periódicamente al Vicerrectorado Académico y/o Administrativo, y al Rector sobre la marcha académica y administrativa de la Facultad; y, asistir al Consejo Superior Universitario para presentar informes de su gestión cuando sea necesario; n) Presentar periódicamente al Vicerrectorado Académico la planificación académica de la Facultad; y cumplir con la planificación académica aprobada anualmente por el Consejo Superior Universitario;
  • 34. Lo Certific e Páez Galorrago SECRETARIO GENERAL EP uUEES Reglamento Orgánico y Funcional o) Mantener información actualizada de sus graduados y su campo ocupacional; p) Asistir a las sesiones de los Consejos Directivos Académicos de la Facultad y presentar los soportes/informes de los puntos de la agenda; q) Velar por el cumplimiento presupuestario de su Facultad, Escuela o Carrera; r) Apoyar a las instancias financieras para las recaudaciones económicas; s) Organizar eventos académicos de interés nacional y la participación de público interno y externo; t) Buscar fuentes de financiamiento para los proyectos de su Facultad; u) Atender a estudiantes y padres de familia; y) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones vigentes, y la reglamentación interna de la UEES; w) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; x) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; y, y) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 34.- De los Sub-decano.- Sus funciones son: a) Colaborar en el aseguramiento de la excelencia académica de las carreras o programas de la Facultad; b) Colaborar en la gestión de verificación y actualización académica de los programas de estudio de las carreras y/o postgrados de las Facultad; c) Informar periódicamente al Decano sobre la marcha académica y administrativa de la Facultad y presentar informes sobre las gestiones específicas encomendadas;
  • 35. Lo Certifico Lic. Jorge Páez Galarrago SECRETARIO GENERAL uUEES Reglamento Orgánico y Funcional d) Presentar informes al Vicerrector Académico y al Decano del desempeño de los docentes y estudiantes en los ámbitos académico y disciplinario; e) Colaborar con las instancias financieras para las recaudaciones económicas; f) Verificar el cumplimiento de los eventos académicos, horarios y calendarios establecidos, así como las resoluciones del Consejo Superior Universitario, del Consejo Directivo-Académico de Facultad y las disposiciones de las autoridades de la universidad; g) Colaborar en la organización de eventos académicos de interés nacional y la participación de público interno y externo; h) Colaborar y participar con las instancias respectivas para que se cumpla la programación académica de la Facultad; i) Colaborar con el Decano en la presentación de informes de la gestión académica y administrativa de la Facultad; j) Cumplir y hacer cumplir los horarios y calendarios académicos aprobados para cada período; k) Colaborar con el Decano en el seguimiento respectivo a los graduados y la actualización de la base de datos de los mismos; 1) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; m) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; n) Colaborar en la elaboración y cumplimiento del Plan Operativo de la Facultad; o) Presentar informes de su gestión; y, p) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 35.- Del Director o Coordinador Académico de Facultad.-
  • 36. uUEES Reglamento Orgánico y Funcional En ausencia de un Subdecano, la UEES podrá designar un Director Académico de Facultad quien tendrá las siguientes funciones: a) Velar por el cumplimiento de la misión, visión y fines de la Universidad en concordancia con los objetivos de su facultad, escuela, carrera o programa; b) Colaborar con el Decano para el aseguramiento de la excelencia académica en las carreras o programas de la Facultad; c) Participar en la elaboración del POA y preparar los soportes/evidencias del cumplimiento del POA de la Facultad semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; d) Controlar, preparar y presentar al Decano, los informes de la actualización académica y el cumplimiento de los sílabos y programas de estudio de las carreras y/o programas de la Facultad, en los plazos señalados; e) Elaborar reportes de desempeño de estudiantes y docentes en los ámbitos académico, de investigación, vinculación y disciplinario y presentarlo al Decano; f) Revisar y elaborar informes de los indicadores de gestión y eficiencia de la facultad, entre ellos, revisar periódicamente que los docentes tengan asignadas las horas que corresponden según sus contratos y adendum; y, presentarlos al Decanato; g) Elaborar las certificaciones de créditos de los estudiantes de forma periódica y para verificación de cumplimiento de requisitos para el inicio del proceso de titulación; h) Colaborar con el Decano en la actualización de la oferta académica, de acuerdo a los disposiciones internas en correspondencia con los normas exigidas por los organismos de control; i) Apoyar al Decano en la asistencia a las ferias, concursos, foros, charlar, etc. de promoción para captación de nuevos estudiantes; j) Mantener actualizada la información académica de las respectivas carreras o programas para la participación en rankings y acreditaciones nacionales e internacionales, e informar al decano; k) Revisar la documentación académica de los docentes y estudiantes de cada carrera o programa de postgrado; c. Jorge Páez Golárrago OS ""'" SECRETARIO GENERAL
  • 37. Lo Certific uUSES Reglamento Orgánico y Funcional I) Preparar los informes o evidencias de la gestión académica de la Facultad, que sean requeridas por el Decano; m) Elaborar la planificación académica de cada carrera o programa; y los distributivos y control de cumplimiento de horas de clases asignadas a los docentes; y presentarlo al Decanato para su aprobación; n) Realizar el seguimiento a los graduandos para que realicen las encuestas de egresados; o) Preparar informes de los temas académicos a ser tratados en el Consejo Directivo Académico de la Facultad; p) Apoyar en la organización de eventos académicos de interés nacional y la participación de público interno y externo; q) Atender a estudiantes y padres de familia; r) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones vigentes, y la reglamentación interna de la UEES; s) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; t) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; u) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 36.- Del Director o coordinador de Escuela o carrera.- Las funciones del Director de Escuela o carrera son: a) Asegurar la excelencia académica en las carreras a su cargo; b) Apoyar en las gestiones de captación de estudiantes nuevos: ferias, concursos, foros, charlas, etc.; c) Evaluar a los profesores de su área, y proponer nuevos, luego de la respectiva selección; d) Cumplir con los objetivos de la carrera, en los ámbitos académicos y administrativos; Lic. Jorge Páez Galárraga0 u ult1 '° SECRETARIO GENERAL
  • 38. UEES Reglamento Orgánico y Funcional e) Actualizar los programas y diseño de proyectos para aprobación del CES; f) Atender a estudiantes, padres de familia o público en general; g) Apoyar a los profesores en las gestiones de publicación científica, regional y libros de su área; h) Cumplir con los modelos para la acreditación de las carreras a su cargo; i) Informar periódicamente al Decano o Director ejecutivo respectivo, sobre la marcha académica y administrativa de la carrera; j) Velar por el cumplimiento de la misión, visión y fines de la Universidad en concordancia con los objetivos de la carrera; k) Responder e informar sobre el desempeño de los docentes y estudiantes bajo su cargo, en los ámbitos académico y disciplinario; I) Mantener información actualizada de los graduados de su carrera; m) Apoyar a las instancias financieras para las recaudaciones económicas; n) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones vigentes, y la reglamentación interna; o) Organizar eventos académicos que promuevan el reconocimiento de la carrera; p) Cumplir y hacer cumplir los horarios y calendarios académicos aprobados para cada período; q) Certificar el cumplimiento de los requisitos de graduación de los estudiantes de su carrera, mediante un informe que se entregará en Consejo Directivo — Académico de la Facultad, para la obtención de la titulación correspondiente; r) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; s) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; t) Cumplir con el Plan Operativo de la Facultad; tic. Jet' • e Páez Galáirago """ SECRETARIO GENERAL
  • 39. 17-IP Lo Certifico Jo ge Páez Galárrago SECRETARIO GENERAL UEES Reglamento Orgánico y Funcional u) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; y, y) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 37.- Del Director de Programa de Postgrado.- Son funciones son: a) Asegurar la excelencia académica en los programas a su cargo; b) Cumplir y hacer cumplir con los objetivos del programa, su malla curricular y el cronograma respectivo; c) Seleccionar y recomendar la contratación de profesores nacionales e internacionales para los programas a su cargo tomando en cuenta el reglamento de selección y contratación de docentes de postgrado; d) Determinar los instructivos de titulación del programa con base a las líneas de investigación aprobadas en el programa de postgrado; e) Realizar el proceso de selección y admisión de estudiantes; o Elaborar y entregar los informes correspondientes a la admisión, ejecución, seguimiento y titulación de los programas a su cargo; g) Coordinar con los profesores la planificación, ejecución, control, seguimiento y evaluación de las asignaturas de cada uno, que incluye la revisión de sílabo y los materiales académicos, con al menos 30 días antes del inicio de cada clase; h) Atender los requerimientos de los docentes; i) Realizar la observación y evaluación del docente en cada asignatura; i) Llevar el control de las actas de calificaciones y asistencias debidamente firmadas por el docente de la materia; y, entregar las actas de calificaciones originales y firmadas a Secretaría General de la Universidad; k) Sugerir los directores y revisores de tesis, para la autorización en Consejo Directivo Académico de la Facultad de Postgrado;
  • 40. Lo Certifico áezGalarrago SECRETARIO GENERAL Z13 JNVENbOAU uUEES Reglamento Orgánico y Funcional I) Realizar el seguimiento, control y ejecución de los procesos de titulación de los estudiantes de los programas a su cargo; m) Atender permanentemente y de acuerdo a los horarios aprobados por la dirección de la Facultad a los estudiantes de los programas a su cargo haciendo énfasis en la situación académica y de asistencias (satisfacción / insatisfacción); n) Llevar el control académico de cada estudiante a su cargo; o) Preparar y planificar la próxima promoción que entrará en ejecución; p) Coordinar la graduación de los estudiantes a su cargo; q) Elaborar el informe de graduación respectivo; r) Elaborar el proyecto de postgrado para actualización ante el Consejo de Educación Superior; s) Preparar el programa para la acreditación nacional e internacional; t) Buscar y realizar actividades que vinculen el programa a su cargo con la comunidad; u) Fomentar la escritura académica y la publicación de los mejores trabajos en revistas indexadas; y) Supervisar de todos los aspectos logísticos y organizativos de los programas a su cargo; w) Verificar oportunamente los documentos presentados por sus estudiantes; x) Preparar y planificar las próximas promociones que entrarán en ejecución de los programas a su cargo; y) Aportar con sugerencias para la difusión y publicación de los programas de postgrado a su cargo; y, diseñar estrategias para promocionar y apoyar en la comercialización y venta del programa; z) Organizar bimestralmente eventos académicos de alto nivel en temas inherentes a su área con personalidades del mundo académico y empresarial; aa) Velar por la buena marcha financiera de los programas de su área y apoyar en la gestión de cobro;
  • 41. Lo Certific Lic. Jorge Páez Go """"""" SECRETARR Reglamento Orgánico y Funcional bb) Velar por el cumplimiento de la misión, visión y fines de la Universidad en concordancia con los objetivos de la carrera o programa; cc) Responder e informar sobre el desempeño de los docentes y estudiantes bajo su cargo, en los ámbitos académico y disciplinario; dd) Mantener información actualizada de los estudiantes y graduados de su programa; ee) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones vigentes y la reglamentación interna; ff) Cumplir y hacer cumplir los horarios y calendarios académicos aprobados para cada período; gg) Certificar el cumplimiento de los requisitos de graduación de los estudiantes de su programa, mediante un informe que se entregará en Consejo Directivo — Académico de la Facultad, para la obtención de la titulación correspondiente; hh) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; ii) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; jj) Cumplir con el Plan Operativo de la Facultad; kk) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; y, 11) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. CAPÍTULO IV DE LAS DIRECCIONES DE INVESTIGACIÓN, DE VINCULACION CON LA COLECTIVIDAD Y DE ACREDITACION DE CARRERAS Y PROGRAMAS Art. 38.- Del Director/a de Investigación: Sus funciones son:
  • 42. Lo Certifico Ck Lic. Jor e Páez Goiairago SECRETARIO GENERAL K .; UEES Reglamento Orgánico y Funcional a) Analizar y proponer las líneas de investigación de la Universidad y presentarlas al Consejo de Investigación; b) Revisar y proponer los centros, núcleos y equipos de investigación, sus actividades, presupuestos y resultados a lograr; c) Determinar las condiciones y parámetros de los trabajos de investigación, artículos académicos, memorias, sinopsis, tesis y demás trabajos que se publicarían a nivel nacional o en asocio con instituciones o personas del extranjero; d) Proponer y supervisar las redes de investigación colaborativas para difundir los trabajos académicos y de investigación que se generen; e) Definir las fuentes de publicación a nivel nacional e internacional; y, determinar las bases de datos a ser utilizadas por los docentes, investigadores y estudiantes de la Universidad; f) Apoyar e integrar las líneas de investigación con los proyectos y programas de postgrado desarrollados en la Universidad; g) Promover y plantear las políticas, programas y acciones relativos a la investigación, a partir de las propuestas de los programas educativos; h) Vigilar la aplicación adecuada de los recursos para la investigación; i) Integrar las propuestas de políticas, prioridades y normatividad necesarias para regular, sistematizar y difundir los programas institucionales de investigación; j) Colaborar con la Dirección de Vinculación en aplicar los resultados de las investigaciones en la sociedad; k) Integrar y actualizar un banco general de información sobre los programas de investigación en la Universidad; I) Fomentar las relaciones interinstitucionales en materia de investigación; m) Coordinar y supervisar los proyectos o programas de investigación de las facultades, instituto y centros de investigación científica, humanística y tecnológica, así como las dependencias donde se realicen las investigaciones;
  • 43. Lo Certifico ge Páez Galárrago '"° SECRETARIO GENERAL uUEES Reglamento Orgánico y Funcional n) Promover la vinculación de la investigación científica con el sector productivo, instituciones, especialmente públicas y/o organizaciones sociales; o) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; p) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la Universidad a disposición; q) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo Anual del Centro de Investigaciones de la UEES; z) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; y, r) Cumplir las demás funciones que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 39.- Della directora/a de Evaluación y Acreditación de Carreras y Programas: Sus funciones son: a) Dirigir los procesos de evaluación y acreditación de las carreras y programas que oferta la Universidad; b) Realizar un diagnóstico del estado de la carrera o programa a ser evaluado, e identificar las fortalezas y debilidades en los procesos de evaluación y acreditación, y determinar oportunidades y amenazas en relación con la situación global de la oferta académica. c) Aplicar y evaluar los procedimientos y mecanismos de autoevaluación de las carreras y programas, conforme las disposiciones de los organismos públicos que regulan la educación superior y las autoridades superiores de la UEES; d) Establecer las herramientas técnico-administrativas que permitan obtener información fidedigna y objetiva sobre la calidad de las carreras y programas académicos que forman parte de la oferta de la UEES; e) Generar y administrar la información de los procesos de autoevaluación interna, evaluación externa y acreditación de las carreras y programas;
  • 44. Lo Certifico L t.s Lic. Jorge Páez Golárrago """--- SECRETARIO GENERAL UEES Reglamento Orgánico y Funcional Analizar los modelos de evaluación y acreditación específicos de cada carrera y programa, y presentar al Vicerrector/a Académico/a y al Rector el plan de trabajo respectivo; g) Cumplir con los cronogramas de evaluación y acreditación de las carreras y programas de la UEES; h) Definir, aplicar, evaluar y mejorar los criterios, indicadores y estándares de pertinencia, relevancia y calidad del ser y quehacer de las carreras y programas de la UEES, conforme lo dispuesto por los reglamentos y normativas de evaluación y acreditación; i) Proponer procesos participativos, dialogales, reflexivos y críticos, en relación al estado de avance de los procesos de evaluación y acreditación de las carreras y programas; j) Evaluar el estado de funcionamiento de los factores, mecanismos, resultados y recursos de factibilidad que inciden en el logro de los objetivos de autoevaluación interna, evaluación externa y acreditación de las carreras y programas; k) Apoyar a los Decanos o Directores respectivos, en la definición de los planes y programas de ajuste y mejora de las diferentes carreras y programas; 1) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; m) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; n) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; y, o) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo Anual; y, p) Cumplir las demás funciones que dispongan la normativa vigente, las autoridades superiores y el Estatuto. Art. 40.- DeVla Directora/a de Vinculación con la Colectividad: Sus funciones son:
  • 45. Lo Certifico orge Páez Golorrago SECRETARIO GENERAL uUEES Reglamento Orgánico y Funcional a) Definir, aplicar y evaluar estrategias y mecanismos que fomenten el proceso permanente de vinculación de la UEES con la sociedad; b) Identificar y consolidar las necesidades de apoyo para desarrollar los proyectos de servicio y de vinculación; c) Definir y evaluar las líneas generales de acción o políticas, las estrategias y los requisitos para un efectivo proceso de vinculación de la UEES con su entorno; d) Identificar los temas considerados prioritarios y estratégicos, donde la UEES cumplirá con sus propósitos de vinculación con la colectividad, desde las demandas institucionales, las políticas públicas y las realidades y perspectivas regional, nacional e internacional; e) Plantear procedimientos y requisitos institucionales para la formulación y aprobación de proyectos de vinculación con la sociedad; Planificar y evaluar talleres y encuentros de oferta - demanda, para identificar proyectos estratégicos, en los que participe el personal docente de las distintas unidades académicas y estudiantes de la UEES; g) Formar y asesorar permanente a la comunidad universitaria para la presentación de proyectos de servicio y vinculación que buscan o necesiten financiamiento; h) Sistematizar los proyectos y programas de servicio y vinculación de la UEES, a fin de priorizar metas, recursos y resultados; i) Coordinar con las Unidades Académicas y Departamentos la obtención de recursos para solventar los requerimientos de los proyectos para la comunidad a desarrollar j) Evaluar los resultados y logros derivados de los procesos de vinculación con la colectividad y plantear mecanismos de mejora k) Realizar y evaluar programas de apoyo a la comunidad y su zona de influencia a través de la asesoría y capacitación en el campo artístico — cultural; I) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; m) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición;
  • 46. 1..p, Lo Certifico1Vki org Poet Golorrago SECRETARIO GENERAL 1WrERSiOAU kbPJZ1111 UEES Reglamento Orgánico y Funcional n) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo Anual de la Unidad de Vinculación; o) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; y, q) Cumplir las demás que dispongan la normativa vigente, las autoridades superiores y el Estatuto. Art. 41.- De los Directores - Coordinadores de Saberes Sus funciones son: a) Liderar proyectos de desarrollo y de gestión administrativa; b) Impulsar campañas de captación de recursos o fondos a nivel nacional o internacional; c) Coordinar actividades, a fin de optimizar esfuerzos y recursos; d) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; e) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; f) Cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad; g) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; y, h) Cumplir con las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto CAPÍTULO V DEL NIVEL ADMINISTRATIVO Art. 42.- De los Directores Ejecutivos.- Sus funciones son:
  • 47. uUEES Reglamento Orgánico y Funcional a) Coordinar acciones administrativas y de gestión entre las distintas facultades, unidades, departamentos, etc., de la Universidad, para cumplir con los planes de desarrollo de la UEES, su filosofía y otras funciones que le fuesen expresamente delegadas por el Rector; b) Dirigir las áreas o proyectos que se les asigne y presentar el informe respectivo de gestión; c) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; d) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; e) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad; f) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; y, g) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 43.- De los Vicedirectores Ejecutivos.- a) Coordinar acciones de apoyo administrativo y logístico a las facultades, unidades, departamentos, etc., y las demás áreas que se le asignen; b) Cumplir con las actividades que le delegue el Director Ejecutivo; c) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; d) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; e) Cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad; 0 Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; y, g) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto Tr" Lo Certifico.<71" a laUhal.kliblOME,0,11, Páez Galárrogo SECRETARIO GENERAL
  • 48. USES Reglamento Orgánico y Funcional Art. 44.- De los Directores de Centros, de Unidades, de Consultorios, de Institutos y demás Departamentos.- Sus funciones son: a) Cumplir y evaluar las actividades administrativas bajo su responsabilidad; b) Participar por disposición del señor Rector en las sesiones de los organismos pluripersonales como invitados con voz; c) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; d) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad; e) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; O Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; y, g) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 45.- De la Dirección de Bienestar y Servicios Estudiantiles.- Sus funciones son: a) Implementar mecanismos de orientación y asesoría vocacional y profesional; b) Ejecutar acciones de orientación y asesoría sobre programas de becas institucionales adicionales a las impuestas por mandato de la Ley Orgánica de Educación Superior; descuentos, rebajas, estímulos y otros tipos de asistencia financiera que la Universidad brinde; c. Jorge Páez Gaiarraga SECRETARIO GENERAL
  • 49. Lo Certifico ir) tvtli,,Aut9Wql c. Jorge Páez Gaiárrago SECRETARIO OFNI:1, uUEES Reglamento Orgánico y Funcional c) Promover y desarrollar un ambiente de respeto a los derechos y a la integridad fisica, psicológica y sexual de las y los estudiantes, en un ambiente libre de violencia; d) Brindar asistencia médica, social y psicológica a los estudiantes que se sientan vulnerados en sus derechos; e) Desarrollar programas de información y prevención de enfermedades y toxicomanías en un ambiente de respeto, tolerancia, y valoración de los derechos integrales de los estudiantes conforme lo dispone la Ley Orgánica de Educación Superior; f) Presentar informes sobre el uso de las becas que otorga la universidad y verificar que se cumpla con la entrega del 10% de Becas que la Ley faculta en función del número de estudiantes regulares y de acuerdo a la política y reglamentos establecidos por el Consejo Superior Universitario; g) Implementar mecanismos de difusión a través de la página web de la Universidad sobre las becas o ayudas financieras que se ofrece y garantizar que estas no sean devengadas con trabajo; h) Participar en las reformas del Reglamento de Becas y Asistencia Financiera y aplicarlas una vez estas sean aprobadas por las instancias pertinentes; i) Orientar sobre postgrados a nivel nacional e internacional; j) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; k) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; I) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad; m) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; y, n) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 46.- Del Coordinador General Administrativo: Sus funciones son:
  • 50. . orge Páez Galarrogo SECRETARIO GENERAL UEES Reglamento Orgánico y Funcional a) Supervisar y dirigir las actividades y funciones de las Direcciones: Financiera, Administrativas, del Talento Humano, Informática y Sistemas y de Marketing y Relaciones Públicas; b) Planificar y evaluar las actividades que ejecutan las Direcciones bajo su dependencia; c) Definir políticas, estrategias y demás mecanismos que permitan cumplir las funciones de las Direcciones a su cargo de manera eficaz y eficiente, previa aprobación de las autoridades superiores de las Universidad; d) Establecer indicadores de gestión y resultados y verificar su cumplimiento; e) Determinar el presupuesto de las Direcciones bajo su dependencia, verificar su cumplimiento y definir medidas de ajuste; O Analizar los informes de gestión que presenten las Direcciones y tomar en cuenta las recomendaciones que se hagan; g) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; h) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; i) Presentar informes de su gestión semestrales y anuales; y cuando sean requeridos por las autoridades de la Universidad; y, j) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 47.- Del Director Financiero: Sus funciones son: a) Administrar los recursos financieros institucionales en base a las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la Institución; b) Mantener la información financiera oportuna para la toma de decisiones de las Autoridades;
  • 51. Lo Certifico 7 . Jorge PáezGalárroar —"Rg'-"P'nu-'..° SECRETARIO GENEP UEES Reglamento Orgánico y Funcional c) Asesorar y proporcionar información al nivel ejecutivo en aspectos relacionados con la gestión financiera de la Institución; d) Planificar, organizar, regular y controlar la ejecución del presupuesto institucional, de conformidad a las necesidades y capacidades institucionales, con la normativa vigente y proveer información para la toma de decisiones; e) Aplicar procedimientos específicos de control interno; f) Presentar informes financieros requeridos por las Autoridades, y Organismos de Control; g) Mantener el control de la documentación que respalde las operaciones presupuestarias y contables y las disposiciones legales establecidas de acuerdo con la normativa vigente; h) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; i) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; j) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad; k) Presentar informes de su gestión; y, 1) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto Art. 48.- Del Director Administrativo: a) Planificar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras; b) Contribuir al desarrollo de la UEES mediante la provisión, registro, control y mantenimiento de bienes, suministros y servicios de la institución; c) Gestionar las actividades relacionadas con la ejecución de obras, readecuaciones, mantenimiento y seguridad de la infraestructura institucional;
  • 52. Lo CertifiC <MES Reglamento Orgánico y Funcional d) Coordinar con la Dirección Financiera la asignación de recursos presupuestarios para la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios incluidos los de consultoría; e) Coordinar con la Dirección de Asesoría Jurídica los procesos de compras y adquisiciones; f) Administrar e] control y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles; g) Administrar los Servicios Básicos y de Seguridad; h) Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia establecidas en la normativa vigente y las que le fueren asignadas; i) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; j) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; k) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad; I) Presentar informes de su gestión; y, m) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto Art. 49.- Del Director de Talento Humano: a) Planificar, organizar y programar y emitir directrices para administrar los sistemas y subsistemas de personal y desarrollo de los recursos humanos de la UEES; b) Liderar y gestionar la evaluación del personal administrativo de la Universidad; c) Gestionar políticas, estrategias y procesos para el desarrollo del talento humano, al amparo de las normas legales vigentes, a fin de contar con un equipo de servidores idóneos y competentes, orientados al servicio de calidad; Jorge Páez Galo:5mm.,Us11VEM1PAIltb.PIllu SECRETARIO GENEi-
  • 53. Lo Cer 'tico c. Jorge Páez G^hr.--r SEC RETARIC uUEES Reglamento Orgánico y Funcional d) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y más normas Internas de la Institución; e) Elaborar los proyectos de normas internas, manuales e indicadores de gestión del talento humano; f) Elaborar el proyecto de reglamento interno de administración del talento humano de la Institución; g) Administrar el Sistema Integrado Informático de Talento Humano de la Institución; h) Aplicar el régimen disciplinario, con sujeción a la Ley, Reglamentos y normas internas de la Institución; i) Controlar la asistencia del personal docente, administrativo y de servicios; j) Elaborar estadísticas relativas al personal de la Institución; k) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; I) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; m) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad; n) Presentar informes de su gestión; y, o) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 50.- Del Director de Informática y Sistemas: a) Brindar servicios de tecnologías de información y de desarrollo de software a la Comunidad Universitaria, garantizando el acceso y uso seguro, consistente y continuo a todas las unidades de la Institución; b) Desarrollar, implementar y evaluar proyectos tecnológicos, sistemas de información y de infraestructura tecnológica;
  • 54. UEES Reglamento Orgánico y Funcional c) Proponer políticas, estrategias, procesos y procedimientos tendientes a desarrollar una cultura informática en la UEES regulando y estandarizando los diversos ámbitos de la Institución; d) Planificar, administrar, coordinar, desarrollar y mantener sistemas de información integrados para el apoyo de operaciones y la toma de decisiones en las unidades académicas y administrativas de la Institución; e) Planificar, administrar, coordinar y mantener la infraestructura, la tecnología y los servicios de Internet y telemáticos generales de la Institución, con el fin de satisfacer las necesidades de acceso a la información de la UEES, garantizando la seguridad, integridad, confiabilidad y disponibilidad de los recursos y datos; 1) Elaborar e implementar el plan informático estratégico de la Institución, definiendo el modelo de información de la Institución a fin de que facilite la creación, uso y compartición de la misma; g) Definir, justificar, implantar y actualizar la infraestructura informática de la Institución; h) Establecer mecanismos que protejan y salvaguarden contra pérdidas y fugas de los medios físicos y la información que se procesa mediante sistemas informáticos; i) Asesorar y apoyar a los usuarios de las diferentes unidades administrativas y académicas de la Institución; j) Administrar y evaluar la base de datos, páginas web y comunicaciones virtuales; k) Prestar los servicios de help desk y capacitar a sus usuarios; 1) Mantener un inventario actualizado de los recursos y tecnologías de la información de la institución; m) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; n) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; c. Jorge Páez Gr'-'":rir SECRETARIO r
  • 55. UEES Reglamento Orgánico y Funcional o) Elaborar y cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad; p) Presentar informes de su gestión; y, q) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Art. 51.- Del Director de Marketing y de Relaciones Públicas Sus funciones son: a) Conocer exhaustivamente el mercado, necesidades y demandantes de los servicios de la UEES y hacer análisis de tendencias y evolución; b) Realizar y evaluar estudios de mercado considerado: necesidades nacionales de la región y de las zonas de influencia, segmento, público objetivo, competidores y proveedores; c) Analizar la competencia: conocerlos y posicionarlos, conocer sus políticas de precios, comunicación, imagen de marca, promociones, sistemas de fidelización; d) Definir, aplicar y evaluar las diferentes fases o etapas del marketing, apoyándose en las herramientas y tecnologías de vanguardia; e) Establecer políticas y estrategias de diferenciación de oferta de productos y servicios; O Definir el diseño de imagen corporativa, su ciclo de vida y los elementos y soportes de la imagen corporativa: cartelería, etiquetas, rótulos, tarjetas de visita, catálogos, web, redes sociales, etc.; g) Desarrollar y evaluar el marketing relacional (CRM) y analizar sus resultados para la toma de decisiones; h) Desarrollar campañas de comunicación en función de las políticas, objetivos y estrategias de la UEES; i) Analizar la aplicabilidad de herramientas multicanal para implementar una estrategia de marketing; j) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; Lo Certifico . Jorge Páero SECRETAR,
  • 56. Lo Certifico Lic. Jor. Páez Gol-- SECRETARIO r USES Reglamento Orgánico y Funcional k) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; 1) Cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad; m) Presentar informes de su gestión; y, n) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto. Artículo 52.- De los Departamentos Su organización, funcionamiento y avance dependen en lo administrativo del organismo que defina el Rector y en lo académico de cada uno de los Decanos, salvo designación expresa del Rector. Sus funciones son: a) Planificar, ejecutar y hacer el seguimiento del servicio de la gestión universitaria en los ámbitos académico y administrativo. b) Recopilar, sistematizar y evaluar la información que compete a su área o su sector, y presentar estadísticas y reportes para la toma de decisiones; c) Proponer mecanismos e instrumentos de mejora académica o administrativa; d) Guardar la reserva debida sobre informaciones, documentos y demás datos de la Universidad que lleguen a su conocimiento en razón de su empleo; e) Conservar en buen estado las dependencias y materiales que la UEES pone a disposición; f) Cumplir con el Plan Operativo de su área o unidad; g) Presentar informes de su gestión; y, h) Cumplir las demás que dispongan autoridades superiores y el Estatuto DISPOSICIONES GENERALES