1. La sociedad por acciones simplificadas es aquella que nace de la ley 1258 del
2018 la cual dice. “La sociedad por acciones simplificada podráconstituirse por
una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sóloserán responsables
hasta el monto de sus respectivos aportes”.
Lo cual explica que cualquier persona pude crear una sociedad por acciones
simplificadas pero serán responsables de manejar su salario o sueldo
Personalidad jurídica:
La sociedad por acciones simplificada, una vez inscrita en el Registro Mercantil,
formará una persona jurídica distinta de sus accionistas.
Naturaleza
.- La sociedad por acciones simplificada es una sociedad de capitales cuya
naturaleza será siempre comercial,
independientemente de las actividades
previstas en su objeto social. Para efectos
tributarios, la sociedad por acciones
simplificada se regirá por las reglas
aplicables a las sociedades anónimas.
Imposibilidad de negociar valores en el
mercado público:
Las acciones y los demás valores que emita la
sociedad por acciones simplificada no podrán inscribirse en el Registro Nacional
de Valores y Emisores ni negociarse en bolsa.
VENTAJAS:
Se podrá constituir con un documento
privado en lugar de hacerse con unaEscritura
pública. Pero si a la sociedad se aportan bienes o
derechos como inmuebles, naves, aeronaves y
derecho real de usufructo sobre inmuebles,
entreotros, se debe constituir por Escritura Pública.
Número de Accionistas:
Sociedad por acciones
simplificadas (SAS)
2. Las sociedades por acciones simplificadas pueden constituirse y funcionar
con uno o varios accionistas ya sean estas personas jurídicas o personas
naturales.
Capital Social y Número de Empleados:
Pueden constituirse con cualquier monto de capital social y tener cualquier
cantidad de empleados. No están sujetas a los cubrimientos mínimos de
capital suscrito y capital pagado que se les exige a las sociedades
anónimas clásicas reguladas en el código de S.A.S., se les da hasta dos
años de plazo para que paguen el capital suscrito.
Organización de la sociedad:
A las S.A.S. no se les exige tener todos los órganos de administración que
sí se les exigen a las sociedades anónimas clásicas reguladas en el Código
de Comercio (Asamblea de Accionistas y Junta directiva) pues es suficiente
con que tengan solamente a su representante legal. Además, si funcionan
con un único accionista, este puede ser al mismo tiempo su representante
legal. Y si en los Estatutos se contempla la creación de una “Junta
representante legal. Y si en los Estatutos se contempla la creación de una
“Junta directiva”, esta puede estar formada con “un solo” miembro.
Revisor Fiscal:
Se establece que a diferencia de las sociedades anónimas clásicas
reguladas en el Código de Comercio, las nuevas S.A.S., no van a requerir
tener revisor fiscal por el solo hecho de ser sociedades por acciones, sino
que sólo deberán tener dicho Revisor Fiscal por las exigencias de leyes
especiales tales como el parágrafo 2 del artículo 13 de la ley 43 de 1990,
que exige nombrar revisor fiscal a las sociedadesartículo 13 de la ley 43 de
1990, que exige nombrar revisor fiscal a las sociedades comerciales cuando
sus activos brutos al 31 de diciembre del año inmediatamenteanterior sean
o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos
brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al
Equivalente a tres mil salarios mínimos.
Los Accionistas son anónimos:
Los accionistas no aparecen en el registro mercantil. Las acciones son
registradas.
Desventajas:
Aunque son mayores las ventajas que tienen las
sociedades por acciones simplificadas, siempre es importante
revisar cualquier con las desventajas que las mismas
presentan, entre las cuales podemos mencionar:
3. La imposibilidad de negociar valores en el mercado público. Las acciones y
los demás valores que emita la SAS., no podrán inscribirse en el registro
nacional de valores y emisores ni negociarse en bolsa.
Las SAS no pueden ser utilizadas para el desarrollo de actividades donde
la ley exige un determinado tipo societario, como es el caso de las
entidades financieras.
Por su flexibilidad en la constitución y forma de administración pueden
prestarse para que personas inescrupulosas, desvirtúen la figura y a través
de ellas se cometan actividades ilícitas
Adicionalmente el modelo SAS, desde su creación ha establecido un
sistema de mayorías q en muchas ocasiones resultan desfavorables para
los accionistas pues se puede convertir en una anarquía de los
minoritarios pues se solita su aprobación para ciertas decisiones.
http://emprendimiento.sena.edu.co/index.php?option=com_content&view=article&id=9
&Itemid=3
http://crearempresacolombia.blogspot.com/2013/04/desventajas-de-las-sociedades-
por.html
http://www.zonalibreinfo.com/zonalibre-ventajas.html
http://www.123rf.com/photo_6794168_3d-small-people-with-a-negative-symbol-3d-
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BIOGRAFIA