Unidad VI. Act. I. Los derechos políticos de los mexicanos
1.
2. ¿Cuáles son los derechos políticos de los
mexicanos?
¿Cuál es el bien jurídico tutelado en los
derechos políticos consagrados a nivel
constitucional?
¿En qué tratados se encuentran contenidos
los derechos políticos que se relacionan con
lo que establece el artículo 35
constitucional?
¿Qué semejanzas y diferencias encuentra con
lo que se señala en la Constitución y en la
jurisprudencia?
3. En base al texto de Herrera (Herrera Ortiz, 2011),
menciona que los derechos políticos de los mexicanos
son dos, el primero de ellos está establecido en el
artículo 30 Constitucional, y es el que concierne a la
nacionalidad, el segundo de ellos es el que se establece
en el artículo 34 también Constitucional y es el derecho
a la ciudadanía. Desde mi punto de vista, es
simplemente el segundo, es decir, el derecho a la
ciudadanía, dado que lo único que hace la autora es
explicitar un derecho que como ella menciona está
íntegramente relacionado con el de ciudadanía, dado
que no es posible ser ciudadano sin antes ser
mexicano, es decir, sin tener la nacionalidad.
4. Desde mi punto de vista, encuentro más de
un bien jurídico tutelado en nuestra
Constitución, el primero de ellos es la libertad
de expresión y voluntad del ser humano,
dada que se nos permite expresarnos y/o
asociarnos libremente, es propio de un
Estado democrático, el segundo sería la
igualdad del ciudadano, esto es porque no se
distingue entre clases sociales, géneros,
preferencia religiosa, etc.
5. En el artículo 15 de la Declaración Universal de los
Humanos, se establece que toda persona tiene
derecho a una nacionalidad y que no se le puede
privar de ella, y a su derecho de cambiarla si así lo
deseara.
Artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos, establece que toda persona
podrá participar en asuntos públicos, a votar y ser
votados y tener condiciones generales de igual,
como se notará este artículo esta en concordancia
con el artículo 35 Constitucional referente a los
derechos del ciudadano.
6. En la Convención Americana sobre Derechos
Humanos "Pacto de San José de Costa Rica”,
en el artículo 23, derechos políticos, que
establece la participación en asuntos
públicos, votar y ser votados, condiciones
generales de igualdad en funciones públicas.
7. Básicamente una jurisprudencia tiende a ser un
análisis minucioso respecto a un punto en
particular sobre algún artículo presuntamente
violado por ejemplo por alguna autoridad
competente, un caso en concreto se dio en un
cargo de elección popular, puesto que el quejoso
alegaba que se estaba limitando una garantía
individual al no permitirle participar en un cargo
de elección popular, resolviendo la corte que
dado el derecho de cargo de elección popular es
un derecho político, más no es una garantía
individual. (Tesis: Semanario Judicial de la Federación Quinta
Época 336654 1 de 1 Segunda Sala Tomo XXXVIII Pág. 168 Tesis
Aislada(Constitucional)
8. Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos
Herrera Ortiz, M. (2011). Manual de derechos
humanos (5a ed.). México: Porrúa.
Tesis: Semanario Judicial de la Federación
Quinta Época 336654 1 de 1 Segunda
Sala Tomo XXXVIII Pág. 168 Tesis
Aislada(Constitucional)