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ASIGNATURA : ETICA 
TEMA : PRINCIPIOS GENERALES DE LA 
ETICA
Etimológicamente, la palabra ética viene del griego ETHOS, que significa 
costumbre, con lo que se puede inferir que esta estudia la costumbre y los 
hábitos dando ciertos principios; muchos autores la catalogan como la 
ciencia de los actos humanos ya que está más cercana a la orientación en 
los actos u obras, otros la llaman ciencia de la voluntad en orden a su fin y 
algunos creen también que puede ser denominada como la ciencia de los 
principios constituidos de la vida moral. 
Todos estos preceptos nos llevan a la misma conclusión, que la ética 
estudia el desarrollo de la libre voluntad del hombre sin perjudicar al prójimo, 
es decir, que esta va encaminada hacia la realización del hombre, como 
persona.
La ética juega un papel importante, ya que a diferencia de muchas otras 
ciencias, esta es mucho mas aplicable a nuestras vidas, debido a su 
contenido practico-técnico, derivado de nuestras propias costumbres y de 
cómo nos comportamos, siendo que esta las perfecciona y nos ayuda a 
asegurar nuestra realización como personas teniendo en cuenta que fines 
vale la pena perseguir y bajo que condiciones vale la pena perseguirlos. 
Debido a que la ética no nos proporciona una lista o un conjunto de reglas a 
seguir para cada una de las situaciones que se nos presentan en el 
transcurrir diario de nuestras vidas, debemos apegarnos única y 
exclusivamente a las bases del actuar ético, como son la inteligencia y ser 
consecuentes de cómo nuestras actuaciones pueden perjudicar a los demás, 
o sea, tomar en cuenta los intereses de terceros.
Aunque los conceptos básicos de la ética general y de la ética 
relacionada con la educación son racionales, universales e intemporales, 
de igual manera, la interpretación de algunos aspectos de aplicación 
cotidiana pueden variar en el tiempo y en los diferentes lugares, de 
acuerdo principalmente a cambios culturales. 
El humano produce sus actos por impulsos provenientes de su naturaleza, 
de su espíritu y de su intelecto. Los impulsos naturales surgen de sus 
instintos, como sucede con cualquier animal de nuestro entorno. 
Estos impulsos responden a la satisfacción de necesidades 
instintivas y no se sujetan por sí mismos a ninguna norma moral, sólo a las 
de la naturaleza. Así, en el humano el control de sus instintos proviene del 
espíritu y de la razón de su intelecto, facultades propias que le permiten la 
percepción del entorno natural donde habita y le facilitan la vinculación 
intelectual con ese entorno.
De esta manera, el don del raciocinio permite al hombre sujetar sus 
impulsos instintivos mediante la observancia de ciertas normas de 
carácter social, cultural, moral y legal. La observancia de esas 
normas implica la regulación de su conducta mediante un respeto a 
lo considerado por él como conveniente, es decir, aquello que su 
conciencia le dicta como un “debe ser”. 
Pero como llegamos, o más bien, ¿como nosotros discernimos entre 
lo que es correcto o incorrecto? La ética nos proporciona un número 
de principios fundamentales cuya finalidad es esclarecernos la 
pregunta anterior, estos son: 
Principio de solidaridad, de equidad o imparcialidad, de eficiencia, de 
abstenerse de elegir dañar a un ser humano, de la responsabilidad 
del papel que hay que desempeñar, de aceptación de efectos 
colaterales y el de cooperación en la inmoralidad.
2.1 PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD: 
Como seres humanos de naturaleza sociable, tenemos la obligación moral de 
promover el bienestar de todos los seres humanos, y no solo del nuestro. Hay 
que dejar ese egocentrismo que nos impulsa a sobresalir sin importarme el 
prójimo, esta aptitud me trunca como persona y conlleva a estancar mi propia 
realización. 
El principio de solidaridad surge de la naturaleza social del hombre. Esta 
condición del hombre que nace, vive, crece y se desarrolla en sociedad le da 
también un sentido de finalidad: el hombre está orientado de forma inmediata al 
servicio de los demás. En el orden práctico este servicio se hace realidad en el 
ejercicio de la profesión, la búsqueda del bien común y la atención a los más 
necesitados
La contribución al bien común tiene diversas características que 
deben ser tomadas en consideración: 
a) La capacidad real de cada persona para contribuir con su trabajo, 
investigación, su cuidado por la naturaleza y por el medio ambiente, 
la observancia de las normas civiles, su contribución económica a 
través de los impuestos, etc. 
b) La obligación de atender a las necesidades ajenas y a mejorar las 
condiciones de los demás es tanto mayor cuanto más fundamentales 
sean esas necesidades. 
La solidaridad está vinculada a los valores de justicia, libertad, 
igualdad, participación, etc.; expresa la condición ética de la vida 
humana común, y tiene como acción suprema el compartir y tomar 
parte. Todos los hombres tienen derecho a los valores humanos, 
como la verdad, la libertad, el desarrollo, la justicia, la paz, etc. 
Interpreta mal el principio de solidaridad quien se escuda en él para 
no asumir sus responsabilidades personales. O también, quien 
abusa de los bienes y servicios comunes pensando que con eso no 
daña a nadie.
2.2 PRINCIPIO DE EQUIDAD: 
La única diferencia entre un ser animal y un humano es la inteligencia, por 
ello debemos forzarnos a actuar inteligentemente y consecuentemente. 
Todos los seres humanos son iguales, tienen los mismos derechos y 
obligaciones, y forman un todo que podemos llamar familia humana. El 
axioma: “no hagas a otro lo que no quieras para ti”, expresa la estricta 
reciprocidad en las relaciones humanas. Exige una manera de pensar y de 
vivir. 
Es evidente que la igualdad de que se trata es una igualdad de naturaleza 
y de todo lo que de ella se deriva. El principio de igualdad se opone a las 
discriminaciones raciales, de religión o de origen étnico, y la que se basa 
en la diferenciación sexual.
2.3 PRINCIPIO DE ABSTENERSE DE ELEGIR DAÑAR A UN SER HUMANO 
Existe un viejo adagio que nos dice: “no hagas a los demás lo que no te 
gustaría que te hiciesen”, tenemos que tener cierto cuidado en no destruir la 
identidad de los demás aunque no sea posible medir el alcance de nuestros 
actos y de ninguna manera debemos elegir conscientemente hacer el mal, 
hay que diferenciar entre elegir y aceptar. 
Principalmente tenemos la gran responsabilidad de manejar recursos 
financieros, humanos y de cualquier otra índole, por lo que debe mantener 
una transparente gestión con decoro, dignidad e integridad siempre 
atendiendo a los principios éticos basados en contribuir al bien colectivo 
antes de sus intereses particulares, impidiendo a toda costa su descrédito y 
el de la profesión en específico con respecto a la deslealtad a la compañía 
que le ha confiado sus recursos , violando así las normas que regulan su 
tarea como experto en esta área. Igualmente no debe anteponer sus 
inclinaciones partidistas o personales en su desenvolvimiento cortando el 
desarrollo de los aprendices que están a su cargo.
2.4 PRINCIPIO DE EFICIENCIA 
Muchos hablamos de el esfuerzo que realizamos en aras de promover la 
realización humana, pero será que si nos estamos esforzando lo suficiente o 
será que no estamos utilizando los métodos más eficaces, he ahí el meollo 
del asunto, hay que esforzarse si, pero por usar las herramientas más 
idóneas. 
La capacidad del especialista en planificación no sólo está encaminada a los 
aspectos técnicos y financieros, sino que deberá cumplir con una función 
socialmente responsable y respetuosa de la dignidad humana. Siendo 
consciente que instruirse en forma regular, garantiza el desempeño óptimo 
en las actividades que realice, aportando todas sus energías en cada 
proyecto o investigación planteada que conlleve al mejoramiento de la 
organización o Estado en caso de estar en la administración pública.
2.5 PRINCIPIO DE LA RESPONSABILIDAD DEL PAPEL QUE HAY QUE 
DESEMPEÑAR 
No somos responsables de todos los aspectos del bienestar humano, ya que 
nuestras responsabilidades van ligadas a la capacidad, compromiso, 
circunstancias y roles específicos que debemos descubrir y ponerlos al 
servicio de la sociedad, esto nos da una responsabilidad prioritaria en nuestras 
vidas. 
2.6 PRINCIPIO DE ACEPTACIÓN DE EFECTOS COLATERALES 
La aceptación es un principio que debemos cultivar en nuestro diario vivir ya 
que todas nuestras acciones no son acertadas, y probablemente estas 
provocaran efectos colaterales perjudiciales. 
Desde el mismo momento en que el individuo toma la decisión de emprender 
los estudios y trabajar en la ciencia administrativa, está aceptando el 
compromiso de atender y cumplir las normas contenidas en este código de 
ética y las disposiciones incluidas en otras leyes que sustentan las bases 
legales que regulan esta especialidad.
2.7 PRINCIPIO DE COOPERACIÓN EN LA INMORALIDAD 
Este profesional es fuertemente exhortado a no permitir ningún tipo de 
soborno o comportamiento contrario a la ética implícita en este código, al 
mismo tiempo está llamado a denunciar todo acto ilícito del que fuere 
enterado o inducido a realizar, siendo imparcial en las declaraciones que se 
expongan con respecto a la irregularidad. De igual forma si el administrador 
no rechaza esto sucesos y los calla, entonces pasa a ser copartícipe de la 
inmoralidad. 
2.8 PRINCIPIO DE SUBSIDIARIDAD 
El principio de subsidiaridad surge del derecho que tienen todas las personas 
a crecer y a desarrollar sus facultades y exige que quienes tienen mayor 
capacidad, autoridad, experiencia o conocimientos, no asuman los trabajos, 
las decisiones, las funciones y obligaciones que pueden ir asumiendo la 
persona subordinada, porque con eso se impide su crecimiento. 
Este principio trae consigo la obligación de atender al desarrollo de la 
persona y de dejar en sus manos todo aquello que pueda realizar por sí 
misma..
Este principio implica que la persona sea apoyada y respetada en todos 
sus derechos por el Estado o cualquier grupo social. Exige que el Estado 
no asuma más responsabilidades que las requeridas por el bien común y 
que sobrepasen las posibilidades de los particulares. Se ha de evitar 
cualquier paternalismo atrofiante y se pretende que todo tipo de sociedad 
esté al servicio del hombre y no el hombre esclavizado por la sociedad. Es 
fácil de comprender que este principio nunca será aceptado por ninguna 
sociedad o Estado totalitario. En algunas culturas todavía se piensa, que a 
la aristocracia, o a la autoridad le toca el saber, pensar, decidir y mandar, y 
a todos los demás, obedecer. 
Este principio fundamenta la democracia y se opone al desempeño 
autócrata de la autoridad. Se falta a este principio cuando la autoridad 
piensa, decide, y actúa en lugar del subordinado, de tal manera que este 
llega a aceptar y hasta preferir que sea otro quien tome las decisiones y 
responsabilidades que le pertenecen.
2.9 PRINCIPIO DE TOTALIDAD 
De la unidad y totalidad del ser humano se desprende un principio de suma 
importancia para la ética; cada persona es responsable no sólo de cada 
parte de sí, sino, principalmente, del todo de su ser personal; por eso puede 
disponer de las partes en beneficio del todo. Llamamos principio de totalidad 
a la relación determinante del todo sobre la parte, la cual podríamos enunciar 
así: Donde se verifique la relación de todo a parte, y en la medida exacta en 
que se verifique, la parte está subordinada al todo, y éste determina a la 
parte, por lo que puede disponer de ella en su propio interés. Tratándose del 
bien de la persona, para el que este principio tiene su más adecuada 
aplicación, el todo trasciende a cualquiera de sus partes y vale más que la 
suma de todas ellas. Este principio se fundamenta en la unidad del sujeto 
que actúa, para el que su identidad y su existencia son los valores primarios.
Distingamos algunos conceptos importantes en este principio: 
a) El Todo: se dice en relación a las partes, que son elementos de una 
unidad orgánica, psíquica, moral, individual, social, etc. 
b) Las Partes: pueden ser integrantes, cuando no constituyen el todo, 
sino que lo integran, y quitada una parte de estas se lesiona la 
integridad del todo, pero no se destruye. Fuera del todo la parte no 
tiene sentido ni finalidad. 
c) Las partes pueden ser también constitutivas (esenciales o vitales), 
cuando quitada una de ellas, el todo no sólo se lesiona, sino que se le 
destruye. Estas partes están ordenadas al todo, y su existencia y 
función se justifica por la finalidad del todo. 
d) Tratándose de un todo moral, las partes serán también morales y 
como tales nunca formarán un todo físico (orgánico); paralelamente, 
las partes integrantes no constituirán un todo moral, sino físico, como 
las partes del ser humano. 
e) El Dominio: es la subordinación de las partes con respecto al todo. Y 
es la capacidad del todo de disponer de las partes. 
La persona es el principal referente (princeps analogatum) del principio de 
totalidad. Teniendo en cuenta el carácter analógico del principio de 
totalidad, es necesario determinar en cada caso particular la relación de 
todo a parte, y el tipo de dominio o autoridad.
El principio de totalidad se aplica a un todo moral, como la familia, la 
sociedad, el Estado, un equipo o una empresa, solamente de forma 
análoga (parecida); y en esos casos hay que cuidar de no rebasar el tipo 
de unidad y la relación con el todo, sacrificando a las partes. Una parte 
puede formar un todo, pero no bajo todos los aspectos. La persona no 
puede ser sacrificada (su existencia) por el Estado o la familia. 
La aplicación del principio supone una jerarquía de valores que se 
fundamenta en la naturaleza, en la realidad, y por eso no es arbitraria. Así 
como es necesario atender al todo de la realidad, por el principio de 
complejidad, es necesario atender al todo de la persona por el principio de 
totalidad. El principio de totalidad abarca el todo del ser, como también de 
la historia, y de las experiencias personales. 
Quien se deja dominar por una parte de su vida, sin superarla e integrarla, 
se opone a la totalidad de su ser y de su vida, que sobrepasa cualquiera de 
sus etapas. Los derechos y condiciones morales quedan limitados por los 
derechos de las personas que las componen. En cuanto a las condiciones 
que las instituciones pueden poner para la afiliación, la pertenencia o el 
trabajo, no deben rebasar las exigidas por sus finalidades.
2.10 PRINCIPIO DE COMPLEJIDAD 
Aunque podemos conocer la realidad objetivamente, nuestra percepción es 
incompleta, porque abarca solamente algunos de sus múltiples aspectos; y los 
que percibimos, los percibimos de forma aproximada. Además de las 
dificultades objetivas para conocer la realidad, encontramos dificultades que 
provienen del sujeto que conoce. Nuestra captación de las cosas es posible no 
sólo gracias a que la realidad es inteligible en sí misma, sino al acervo de 
conocimientos que ya poseemos, a los esquemas de comprensión que hemos 
ido adoptando, a los métodos de aproximación propios de cada ciencia y de 
cada persona, y a los modelos de interpretación de que disponemos. Habrá 
que añadir los prejuicios e ideologías que hemos ido haciendo nuestros. 
El principio de complejidad lo podemos enunciar así: la realidad es compleja, y 
el hombre debe actuar de acuerdo a lo que va conociendo de ella. La 
necesidad de tomar en cuenta el todo de la realidad surge de la realidad 
misma, a esta exigencia la llamamos “principio de complejidad”. Este es un 
principio analítico de carácter ético, que mira a la práctica y obliga al 
discernimiento.
Este principio pone de manifiesto la posibilidad que todos los hombres tenemos 
de equivocarnos, y la necesidad de estar siempre en búsqueda de la verdad, del 
bien, de la justicia, del amor, de la paz y de la unidad. 
El principio es importante para la ética, dado que su carácter normativo deriva 
del conocimiento de la realidad. Las exigencias éticas son exigencias de la 
realidad que han de evaluarse y medirse en el campo de lo objetivo, aunque 
sean un llamado interno a cada persona. Así por ejemplo, si alguien encuentra 
una persona gravemente herida, esa realidad es una exigencia ética para quien 
pueda ayudarla. Y dado que la realidad concreta tiene su propia complejidad y la 
de quien está involucrado en ella, los principios éticos no son el único factor 
determinante, al margen de todos los demás factores que están en juego. Estos 
son prácticamente imprevisibles, y no por eso podemos prescindir de ellos; el no 
tenerlos en cuenta es una actitud no ética. Así por ejemplo, si la persona que 
está gravemente herida sufre un daño más grande, o se ve en peor peligro al ser 
atendida por un inexperto, la obligación de atenderla desaparece.
2.11 PRINCIPIO DE HUMANIZACIÓN 
Llamamos principio de humanización al dinamismo que mueve al hombre a 
crecen en conciencia, libertad, responsabilidad, sentido social y a realizar y 
promover los valores humanos. El principio de humanización lo podemos 
enunciar así: todo hombre está llamado a hacerse cada vez más humano. 
Este principio se traduce más en un proyecto de crecimiento que en un 
conjunto de normas. En términos jurídicos podemos decir que es el derecho y 
la obligación que la persona tiene a desarrollarse en todos sus aspectos, en 
orden a una meta: ser plenamente lo que ya es. Los deberes brotan de él, no 
como imposiciones extrínsecas al hombre, sino como exigencias de su 
realidad, de los valores que lo realizan y de la dignidad de la persona.
El principio de humanización corresponde al contenido de lo que se ha 
entendido también como ley natural. Hablamos de principio, y no de ley, 
porque no se trata de un mandato explícito que proceda formalmente de un 
legislado aunque su origen sea Dios. Lo llamamos de humanización para 
señalar el carácter total y dinámico de la persona en contraste con las leyes 
físicas. La realidad vinculante, la fuente de obligación (del deber), o la ley 
natural más fuerte y clara para el hombre es el hombre mismo; por lo que el 
principio de humanización es expresión de la realidad del hombre. 
2.12 PRINCIPIO DE AUTONOMÍA 
Cada persona (adulta) posee el derecho irrenunciable a determinar y 
conducir su vida por sí mismo, y no se le puede privar de vivir una vida 
plena y auto determinada. Al actuar se encuentra en una situación 
particular, única e irrepetible, que necesariamente influye en su acción, pero 
no necesariamente la determina. 
Es verdad que en la vida familiar y de trabajo encontramos una 
instrumentalización de la persona, tolerable únicamente si no impide su 
responsabilidad y la realización plena de su vocación humana. Interpreta 
mal este principio quien piense que la situación no influye en la acción del 
sujeto, o que es el elemento único determinante.

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  • 1. ASIGNATURA : ETICA TEMA : PRINCIPIOS GENERALES DE LA ETICA
  • 2. Etimológicamente, la palabra ética viene del griego ETHOS, que significa costumbre, con lo que se puede inferir que esta estudia la costumbre y los hábitos dando ciertos principios; muchos autores la catalogan como la ciencia de los actos humanos ya que está más cercana a la orientación en los actos u obras, otros la llaman ciencia de la voluntad en orden a su fin y algunos creen también que puede ser denominada como la ciencia de los principios constituidos de la vida moral. Todos estos preceptos nos llevan a la misma conclusión, que la ética estudia el desarrollo de la libre voluntad del hombre sin perjudicar al prójimo, es decir, que esta va encaminada hacia la realización del hombre, como persona.
  • 3. La ética juega un papel importante, ya que a diferencia de muchas otras ciencias, esta es mucho mas aplicable a nuestras vidas, debido a su contenido practico-técnico, derivado de nuestras propias costumbres y de cómo nos comportamos, siendo que esta las perfecciona y nos ayuda a asegurar nuestra realización como personas teniendo en cuenta que fines vale la pena perseguir y bajo que condiciones vale la pena perseguirlos. Debido a que la ética no nos proporciona una lista o un conjunto de reglas a seguir para cada una de las situaciones que se nos presentan en el transcurrir diario de nuestras vidas, debemos apegarnos única y exclusivamente a las bases del actuar ético, como son la inteligencia y ser consecuentes de cómo nuestras actuaciones pueden perjudicar a los demás, o sea, tomar en cuenta los intereses de terceros.
  • 4. Aunque los conceptos básicos de la ética general y de la ética relacionada con la educación son racionales, universales e intemporales, de igual manera, la interpretación de algunos aspectos de aplicación cotidiana pueden variar en el tiempo y en los diferentes lugares, de acuerdo principalmente a cambios culturales. El humano produce sus actos por impulsos provenientes de su naturaleza, de su espíritu y de su intelecto. Los impulsos naturales surgen de sus instintos, como sucede con cualquier animal de nuestro entorno. Estos impulsos responden a la satisfacción de necesidades instintivas y no se sujetan por sí mismos a ninguna norma moral, sólo a las de la naturaleza. Así, en el humano el control de sus instintos proviene del espíritu y de la razón de su intelecto, facultades propias que le permiten la percepción del entorno natural donde habita y le facilitan la vinculación intelectual con ese entorno.
  • 5. De esta manera, el don del raciocinio permite al hombre sujetar sus impulsos instintivos mediante la observancia de ciertas normas de carácter social, cultural, moral y legal. La observancia de esas normas implica la regulación de su conducta mediante un respeto a lo considerado por él como conveniente, es decir, aquello que su conciencia le dicta como un “debe ser”. Pero como llegamos, o más bien, ¿como nosotros discernimos entre lo que es correcto o incorrecto? La ética nos proporciona un número de principios fundamentales cuya finalidad es esclarecernos la pregunta anterior, estos son: Principio de solidaridad, de equidad o imparcialidad, de eficiencia, de abstenerse de elegir dañar a un ser humano, de la responsabilidad del papel que hay que desempeñar, de aceptación de efectos colaterales y el de cooperación en la inmoralidad.
  • 6. 2.1 PRINCIPIO DE SOLIDARIDAD: Como seres humanos de naturaleza sociable, tenemos la obligación moral de promover el bienestar de todos los seres humanos, y no solo del nuestro. Hay que dejar ese egocentrismo que nos impulsa a sobresalir sin importarme el prójimo, esta aptitud me trunca como persona y conlleva a estancar mi propia realización. El principio de solidaridad surge de la naturaleza social del hombre. Esta condición del hombre que nace, vive, crece y se desarrolla en sociedad le da también un sentido de finalidad: el hombre está orientado de forma inmediata al servicio de los demás. En el orden práctico este servicio se hace realidad en el ejercicio de la profesión, la búsqueda del bien común y la atención a los más necesitados
  • 7. La contribución al bien común tiene diversas características que deben ser tomadas en consideración: a) La capacidad real de cada persona para contribuir con su trabajo, investigación, su cuidado por la naturaleza y por el medio ambiente, la observancia de las normas civiles, su contribución económica a través de los impuestos, etc. b) La obligación de atender a las necesidades ajenas y a mejorar las condiciones de los demás es tanto mayor cuanto más fundamentales sean esas necesidades. La solidaridad está vinculada a los valores de justicia, libertad, igualdad, participación, etc.; expresa la condición ética de la vida humana común, y tiene como acción suprema el compartir y tomar parte. Todos los hombres tienen derecho a los valores humanos, como la verdad, la libertad, el desarrollo, la justicia, la paz, etc. Interpreta mal el principio de solidaridad quien se escuda en él para no asumir sus responsabilidades personales. O también, quien abusa de los bienes y servicios comunes pensando que con eso no daña a nadie.
  • 8. 2.2 PRINCIPIO DE EQUIDAD: La única diferencia entre un ser animal y un humano es la inteligencia, por ello debemos forzarnos a actuar inteligentemente y consecuentemente. Todos los seres humanos son iguales, tienen los mismos derechos y obligaciones, y forman un todo que podemos llamar familia humana. El axioma: “no hagas a otro lo que no quieras para ti”, expresa la estricta reciprocidad en las relaciones humanas. Exige una manera de pensar y de vivir. Es evidente que la igualdad de que se trata es una igualdad de naturaleza y de todo lo que de ella se deriva. El principio de igualdad se opone a las discriminaciones raciales, de religión o de origen étnico, y la que se basa en la diferenciación sexual.
  • 9. 2.3 PRINCIPIO DE ABSTENERSE DE ELEGIR DAÑAR A UN SER HUMANO Existe un viejo adagio que nos dice: “no hagas a los demás lo que no te gustaría que te hiciesen”, tenemos que tener cierto cuidado en no destruir la identidad de los demás aunque no sea posible medir el alcance de nuestros actos y de ninguna manera debemos elegir conscientemente hacer el mal, hay que diferenciar entre elegir y aceptar. Principalmente tenemos la gran responsabilidad de manejar recursos financieros, humanos y de cualquier otra índole, por lo que debe mantener una transparente gestión con decoro, dignidad e integridad siempre atendiendo a los principios éticos basados en contribuir al bien colectivo antes de sus intereses particulares, impidiendo a toda costa su descrédito y el de la profesión en específico con respecto a la deslealtad a la compañía que le ha confiado sus recursos , violando así las normas que regulan su tarea como experto en esta área. Igualmente no debe anteponer sus inclinaciones partidistas o personales en su desenvolvimiento cortando el desarrollo de los aprendices que están a su cargo.
  • 10. 2.4 PRINCIPIO DE EFICIENCIA Muchos hablamos de el esfuerzo que realizamos en aras de promover la realización humana, pero será que si nos estamos esforzando lo suficiente o será que no estamos utilizando los métodos más eficaces, he ahí el meollo del asunto, hay que esforzarse si, pero por usar las herramientas más idóneas. La capacidad del especialista en planificación no sólo está encaminada a los aspectos técnicos y financieros, sino que deberá cumplir con una función socialmente responsable y respetuosa de la dignidad humana. Siendo consciente que instruirse en forma regular, garantiza el desempeño óptimo en las actividades que realice, aportando todas sus energías en cada proyecto o investigación planteada que conlleve al mejoramiento de la organización o Estado en caso de estar en la administración pública.
  • 11. 2.5 PRINCIPIO DE LA RESPONSABILIDAD DEL PAPEL QUE HAY QUE DESEMPEÑAR No somos responsables de todos los aspectos del bienestar humano, ya que nuestras responsabilidades van ligadas a la capacidad, compromiso, circunstancias y roles específicos que debemos descubrir y ponerlos al servicio de la sociedad, esto nos da una responsabilidad prioritaria en nuestras vidas. 2.6 PRINCIPIO DE ACEPTACIÓN DE EFECTOS COLATERALES La aceptación es un principio que debemos cultivar en nuestro diario vivir ya que todas nuestras acciones no son acertadas, y probablemente estas provocaran efectos colaterales perjudiciales. Desde el mismo momento en que el individuo toma la decisión de emprender los estudios y trabajar en la ciencia administrativa, está aceptando el compromiso de atender y cumplir las normas contenidas en este código de ética y las disposiciones incluidas en otras leyes que sustentan las bases legales que regulan esta especialidad.
  • 12. 2.7 PRINCIPIO DE COOPERACIÓN EN LA INMORALIDAD Este profesional es fuertemente exhortado a no permitir ningún tipo de soborno o comportamiento contrario a la ética implícita en este código, al mismo tiempo está llamado a denunciar todo acto ilícito del que fuere enterado o inducido a realizar, siendo imparcial en las declaraciones que se expongan con respecto a la irregularidad. De igual forma si el administrador no rechaza esto sucesos y los calla, entonces pasa a ser copartícipe de la inmoralidad. 2.8 PRINCIPIO DE SUBSIDIARIDAD El principio de subsidiaridad surge del derecho que tienen todas las personas a crecer y a desarrollar sus facultades y exige que quienes tienen mayor capacidad, autoridad, experiencia o conocimientos, no asuman los trabajos, las decisiones, las funciones y obligaciones que pueden ir asumiendo la persona subordinada, porque con eso se impide su crecimiento. Este principio trae consigo la obligación de atender al desarrollo de la persona y de dejar en sus manos todo aquello que pueda realizar por sí misma..
  • 13. Este principio implica que la persona sea apoyada y respetada en todos sus derechos por el Estado o cualquier grupo social. Exige que el Estado no asuma más responsabilidades que las requeridas por el bien común y que sobrepasen las posibilidades de los particulares. Se ha de evitar cualquier paternalismo atrofiante y se pretende que todo tipo de sociedad esté al servicio del hombre y no el hombre esclavizado por la sociedad. Es fácil de comprender que este principio nunca será aceptado por ninguna sociedad o Estado totalitario. En algunas culturas todavía se piensa, que a la aristocracia, o a la autoridad le toca el saber, pensar, decidir y mandar, y a todos los demás, obedecer. Este principio fundamenta la democracia y se opone al desempeño autócrata de la autoridad. Se falta a este principio cuando la autoridad piensa, decide, y actúa en lugar del subordinado, de tal manera que este llega a aceptar y hasta preferir que sea otro quien tome las decisiones y responsabilidades que le pertenecen.
  • 14. 2.9 PRINCIPIO DE TOTALIDAD De la unidad y totalidad del ser humano se desprende un principio de suma importancia para la ética; cada persona es responsable no sólo de cada parte de sí, sino, principalmente, del todo de su ser personal; por eso puede disponer de las partes en beneficio del todo. Llamamos principio de totalidad a la relación determinante del todo sobre la parte, la cual podríamos enunciar así: Donde se verifique la relación de todo a parte, y en la medida exacta en que se verifique, la parte está subordinada al todo, y éste determina a la parte, por lo que puede disponer de ella en su propio interés. Tratándose del bien de la persona, para el que este principio tiene su más adecuada aplicación, el todo trasciende a cualquiera de sus partes y vale más que la suma de todas ellas. Este principio se fundamenta en la unidad del sujeto que actúa, para el que su identidad y su existencia son los valores primarios.
  • 15. Distingamos algunos conceptos importantes en este principio: a) El Todo: se dice en relación a las partes, que son elementos de una unidad orgánica, psíquica, moral, individual, social, etc. b) Las Partes: pueden ser integrantes, cuando no constituyen el todo, sino que lo integran, y quitada una parte de estas se lesiona la integridad del todo, pero no se destruye. Fuera del todo la parte no tiene sentido ni finalidad. c) Las partes pueden ser también constitutivas (esenciales o vitales), cuando quitada una de ellas, el todo no sólo se lesiona, sino que se le destruye. Estas partes están ordenadas al todo, y su existencia y función se justifica por la finalidad del todo. d) Tratándose de un todo moral, las partes serán también morales y como tales nunca formarán un todo físico (orgánico); paralelamente, las partes integrantes no constituirán un todo moral, sino físico, como las partes del ser humano. e) El Dominio: es la subordinación de las partes con respecto al todo. Y es la capacidad del todo de disponer de las partes. La persona es el principal referente (princeps analogatum) del principio de totalidad. Teniendo en cuenta el carácter analógico del principio de totalidad, es necesario determinar en cada caso particular la relación de todo a parte, y el tipo de dominio o autoridad.
  • 16. El principio de totalidad se aplica a un todo moral, como la familia, la sociedad, el Estado, un equipo o una empresa, solamente de forma análoga (parecida); y en esos casos hay que cuidar de no rebasar el tipo de unidad y la relación con el todo, sacrificando a las partes. Una parte puede formar un todo, pero no bajo todos los aspectos. La persona no puede ser sacrificada (su existencia) por el Estado o la familia. La aplicación del principio supone una jerarquía de valores que se fundamenta en la naturaleza, en la realidad, y por eso no es arbitraria. Así como es necesario atender al todo de la realidad, por el principio de complejidad, es necesario atender al todo de la persona por el principio de totalidad. El principio de totalidad abarca el todo del ser, como también de la historia, y de las experiencias personales. Quien se deja dominar por una parte de su vida, sin superarla e integrarla, se opone a la totalidad de su ser y de su vida, que sobrepasa cualquiera de sus etapas. Los derechos y condiciones morales quedan limitados por los derechos de las personas que las componen. En cuanto a las condiciones que las instituciones pueden poner para la afiliación, la pertenencia o el trabajo, no deben rebasar las exigidas por sus finalidades.
  • 17. 2.10 PRINCIPIO DE COMPLEJIDAD Aunque podemos conocer la realidad objetivamente, nuestra percepción es incompleta, porque abarca solamente algunos de sus múltiples aspectos; y los que percibimos, los percibimos de forma aproximada. Además de las dificultades objetivas para conocer la realidad, encontramos dificultades que provienen del sujeto que conoce. Nuestra captación de las cosas es posible no sólo gracias a que la realidad es inteligible en sí misma, sino al acervo de conocimientos que ya poseemos, a los esquemas de comprensión que hemos ido adoptando, a los métodos de aproximación propios de cada ciencia y de cada persona, y a los modelos de interpretación de que disponemos. Habrá que añadir los prejuicios e ideologías que hemos ido haciendo nuestros. El principio de complejidad lo podemos enunciar así: la realidad es compleja, y el hombre debe actuar de acuerdo a lo que va conociendo de ella. La necesidad de tomar en cuenta el todo de la realidad surge de la realidad misma, a esta exigencia la llamamos “principio de complejidad”. Este es un principio analítico de carácter ético, que mira a la práctica y obliga al discernimiento.
  • 18. Este principio pone de manifiesto la posibilidad que todos los hombres tenemos de equivocarnos, y la necesidad de estar siempre en búsqueda de la verdad, del bien, de la justicia, del amor, de la paz y de la unidad. El principio es importante para la ética, dado que su carácter normativo deriva del conocimiento de la realidad. Las exigencias éticas son exigencias de la realidad que han de evaluarse y medirse en el campo de lo objetivo, aunque sean un llamado interno a cada persona. Así por ejemplo, si alguien encuentra una persona gravemente herida, esa realidad es una exigencia ética para quien pueda ayudarla. Y dado que la realidad concreta tiene su propia complejidad y la de quien está involucrado en ella, los principios éticos no son el único factor determinante, al margen de todos los demás factores que están en juego. Estos son prácticamente imprevisibles, y no por eso podemos prescindir de ellos; el no tenerlos en cuenta es una actitud no ética. Así por ejemplo, si la persona que está gravemente herida sufre un daño más grande, o se ve en peor peligro al ser atendida por un inexperto, la obligación de atenderla desaparece.
  • 19. 2.11 PRINCIPIO DE HUMANIZACIÓN Llamamos principio de humanización al dinamismo que mueve al hombre a crecen en conciencia, libertad, responsabilidad, sentido social y a realizar y promover los valores humanos. El principio de humanización lo podemos enunciar así: todo hombre está llamado a hacerse cada vez más humano. Este principio se traduce más en un proyecto de crecimiento que en un conjunto de normas. En términos jurídicos podemos decir que es el derecho y la obligación que la persona tiene a desarrollarse en todos sus aspectos, en orden a una meta: ser plenamente lo que ya es. Los deberes brotan de él, no como imposiciones extrínsecas al hombre, sino como exigencias de su realidad, de los valores que lo realizan y de la dignidad de la persona.
  • 20. El principio de humanización corresponde al contenido de lo que se ha entendido también como ley natural. Hablamos de principio, y no de ley, porque no se trata de un mandato explícito que proceda formalmente de un legislado aunque su origen sea Dios. Lo llamamos de humanización para señalar el carácter total y dinámico de la persona en contraste con las leyes físicas. La realidad vinculante, la fuente de obligación (del deber), o la ley natural más fuerte y clara para el hombre es el hombre mismo; por lo que el principio de humanización es expresión de la realidad del hombre. 2.12 PRINCIPIO DE AUTONOMÍA Cada persona (adulta) posee el derecho irrenunciable a determinar y conducir su vida por sí mismo, y no se le puede privar de vivir una vida plena y auto determinada. Al actuar se encuentra en una situación particular, única e irrepetible, que necesariamente influye en su acción, pero no necesariamente la determina. Es verdad que en la vida familiar y de trabajo encontramos una instrumentalización de la persona, tolerable únicamente si no impide su responsabilidad y la realización plena de su vocación humana. Interpreta mal este principio quien piense que la situación no influye en la acción del sujeto, o que es el elemento único determinante.