Este documento define los conceptos de derechos de autor, autor y obra. Explica que la UNAD promueve y protege la producción intelectual de su comunidad académica de acuerdo con la ley. También describe las violaciones a los derechos de autor como el plagio y la piratería. Finalmente, discute las políticas de la UNAD sobre propiedad intelectual y el uso apropiado de citas para evitar el plagio en trabajos académicos.
1. COMPETENCIAS COMUNICATIVAS
Tutorial
Políticas de Derecho de
Autor en la UNAD
William Hernán Jiménez Salgar
Tutor ECACEN
Bogotá, Noviembre de 2012
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2. Derechos de Autor
En el medio académico, en desarrollo de actividades intelectuales y la
entrega de estos productos a la comunidad, vale la pena reconocer las
políticas que la UNAD tiene referente a los derechos de autor, pero,
¿Qué se entiende por derecho de autor?¹
“Es un conjunto de normas encaminadas a proteger a los autores y a
los titulares de obras. Concede a éstos la facultad de controlar todo lo
relativo al uso o explotación de su obra”.
¿Qué se entiende por autor?
“Es la persona natural que crea una obra. Aquella que realiza una labor
intelectual y que efectivamente expresa y materializa sus ideas”.
¿Qué es obra?
“Es la creación intelectual original de una persona natural en el campo
literario o artístico, susceptible de ser reproducida o divulgada”.
¹ Definiciones tomadas de Martínez. R, Robayo E. (2006). Lo que usted debe saber sobre el derecho de autor. Bogotá.
Universidad de la Sabana.
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3. Violaciones al derecho de autor
¿Cuándo hay plagio?
“Cuando, para cualquier fin, alguien se apropia
de un todo o parte de una obra sin autorización
del autor y/o titular del derecho, desconociendo
al autor de la obra”.
¿Qué es la piratería?
“Es el proceder ilegal en cuanto al
almacenamiento, bodegaje, reproducción, venta
y transporte, entre otros, de una obra; es la
copia no autorizada de una obra artística,
científica o literaria, reproducida por cualquier
medio, conocido o por conocerse, con el fin de
distribuirla al público”.
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4. Propiedad Intelectual en la UNAD
La UNAD al constituir el Estatuto de Propiedad Intelectual, promueve y
protege la producción intelectual de los miembros de su comunidad,
reconociendo los derechos morales y patrimoniales generados.
Como comunidad académica la
UNAD protege y facilita la
producción intelectual de todos sus
miembros, docentes, tutores,
consejeros, estudiantes, contratistas
y administrativos, de acuerdo con la
normatividad universitaria y nacional
vigente.
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5. Las obras de producción intelectual
De acuerdo con el Estatuto de Propiedad
Intelectual de la UNAD “No son susceptibles de
protección las ideas. Estas son libres y nadie
puede apropiarse de ellas. Única y
exclusivamente serán objeto de protección por
parte del Derecho de Autor la materialización y
concreción que el creador haga de ellas a través
de obras literarias, artísticas o científicas que se
logren de manera completa, acabada y unitaria”.
Así mismo “la utilización de una obra o
producción protegida por el Derecho de Autor
y, en general, cualquier creación protegida por
la Propiedad Intelectual, sólo podrá realizarse
con la autorización previa y expresa del titular
de los derechos”.
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6. Las obras de producción intelectual
Teniendo en cuenta el Estatuto de Propiedad Intelectual,
En la UNAD los estudiantes son titulares de Derechos Morales
cuando en la realización de su obra o creación “cuenta con la
dirección de un docente, tutor o investigador, sin que esta actividad de
dirección implique concreción, materialización y ejecución de tal
creación. El estudiante deberá hacer mención de quien actuó como
director, sin que tal mención implique reconocimiento de derechos a
favor del director”.
Los estudiantes de la UNAD podrán ser titulares de derechos
patrimoniales de una obra o creación “cuando se trate de
creaciones intelectuales realizadas por los estudiantes en
ejercicio de sus actividades académicas, y que hayan sido
realizadas por su propia iniciativa, y que no implique vinculación
con la Universidad a través de relación laboral, de prestación de
servicios o como parte de un equipo de trabajo conformado por la
Universidad para llevar a cabo un proyecto específico”.
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7. Trabajos Académicos
En la medida que los estudiantes desarrollan sus trabajos académicos deben
ser suficientemente responsables para evitar plagiar obras de otros. El plagio
en el ámbito académico se entiende como robo y no tener respeto por el
trabajo ajeno.
Los estudiantes pueden evitar el plago referenciado adecuadamente el
trabajo de otros mediante las citas, con el uso apropiado de las Normas APA
ampliamente difundidas en la Universidad.
Dado que el plagio no es una conducta académica aceptable, existen en la
UNAD penas por plagiar:
Cuando se demuestre que un estudiante ha cometido plagio en una de sus
clases, recibirá cero puntos en la tarea o examen en cuestión y se informará
a la coordinación de programa de su transgresión.
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8. Referencias
Martínez. R, Robayo E. (2006). Lo que usted debe saber sobre el derecho de
autor. Bogotá. Universidad de la Sabana.
UNAD. Acuerdo Número 006 del 26 de Agosto de 2008. Estatuto de Propiedad
Intelectual.
UNAD. Acuerdo Número 008 del 26 de Octubre de 2006. Reglamento General
Estudiantil.
UNAD. Acuerdo Número 015 del 13 de Diciembre de 2006. Reglamento
Académico.
UNAD. Acuerdo Número 024 de 17 de Abril de 2012. Estatuto de Investigación.
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