PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICA
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO CONSTITUCIONAL
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
DEL
DERECHO CONSTITUCIONAL
WILMER GORDON
C.I: 6.365.729
Sección: SAIA C
2. CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DERECHOS CONSTITUCIONALES
Norma fundamental del ordenamiento jurídico en Venezuela Son un conjunto de normas que se ejercen colectivamente
Regula los Derechos Constitucionales.
Derechos Civiles
Derechos Políticos
Derechos Económicos
Derechos Sociales
Derechos de Familia
Derechos Culturales
Derechos Educativos.
CRBV (1999)
Se encarga de la rama del Derecho publico interno, que estudia:
La estructura organizativa del estado
El origen de la soberanía
El resguardo de los derechos y garantías ciudadanas.
Principio de Supremacía Constitucional.
CBRV, Art. 7, determina como los Órganos del
Estado deben someter su actuación a esta norma.
Los Derechos Constitucionales, ceden ante normas,
tratados, convenios y pactos internacionales.
3. FORMACIÓN DEL DERECHO POR GRADO PRINCIPIO DE LEGALIDAD
Orden jurídico como sistemas de las normas de derecho. Significa Sujeción del Estado al Derecho
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
adopta este principio, dando lugar a dos tipos de configuración
estatal.
•Ejecución directa e inmediata de la constitución
•Ejecución directa e inmediata de la Legislación
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, lo
establece así, en su sentencia dictada el 28 de Abril del 2005.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia tiene el deber de dirimir cualquier
controversia entre los órganos del estado facultados
para emitir leyes, decretos y normas.
4. ESTADO PERSONALIDAD JURÍDICA DEL ESTADO
Comprende todas las personas jurídicas que en el
orden interno y en la organización política del estado
federal constituyen parte del mismo.
El Estado no es una persona jurídica, sino un
conjunto de personas jurídicas estatales
Venezuela esta constituida en un estado federal
descentralizado.
Sus niveles de distribución territorial del poder público son:
•Nacional
•Estatal
•Municipal
Las personas jurídicas estales, conforman el estado y es el
quinto elemento fundamental del derecho público en Venezuela.
Hay dos clasificaciones de las personas jurídicas:
Las personas estatales y no estatales.
En el art. 145 de la Constitución, establece la inhabilitación de
los funcionarios públicos para celebrar contratos con entes que
conforman el sector público.
El estado tiene la obligación de velar por el cumplimiento del
contrato social que constituye la Constitución, las leyes y las
normas juridicas; como medio para garantizar la paz social.
5. LA LIBERTAD
FINES DEMOCRÁTICOS, SOCIALES Y DE
JUSTICIA DEL ESTADO
La Constitución señala el principio de libertad al establecer que
la persona natural tiene el derecho a desarrollarse plenamente
en función a sus capacidades siempre apegado a la norma
jurídica.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del
año 1999, en su art. 2, define al Estado Venezolano como
Democrático, Social y de Justicia.
En su art. 3, señala que el estado venezolano tiene como fines
esenciales la defensa, el desarrollo de la persona, la
construcción de una sociedad justa, ejercicio democrático de la
voluntad popular u otros.
CRBV. Art 20. toda persona tiene derecho al libre
desenvolvimiento de su personalidad, sin mas limitaciones que
las que derivan del derecho de las demás y del orden publico y
social.
En relación al estado social: Deriva el valor a la igualdad y no
discriminación
En relación a la justicia: Tiende a garantizar el derecho de
acceso a la justicia.
6. JUSTICIA ADMINISTRATIVA JUSTICIA CONSTITUCIONAL
La jurisdicción contencioso administrativa ejerce el
control de los actos dictados en ejecución directa e
inmediata de la constitución.
El sistema de justicia constitucional es un sistema mixto y existen dos tipos de
controles el difuso y el concentrado.
DIFUSO
Ejercido por todos los jueces de la República.
Se encuentra sus antecedentes en el Derecho Inglés en la doctrina del
“FUNDAMENTAL LAW” , lo que permitía a los jueces ingleses controlar las leyes
del parlamento, y estos fueron utilizados por los colonos americanos para reclamar
su derecho a rebelión.
En Venezuela la Constitución de 1999 señala el control difuso se establece por
los jueces o juezas de la República y en la obligación de asegurar la integridad de
la Constitución.
CONCENTRADO
Ejercido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
Se lleva a cabo por un solo Tribunal Constitucional o corte, en el caso de
Venezuela por una Sala Constitucional que es parte integrante del Máximo
Tribunal de la República.