El documento discute los derechos de las empleadas domésticas en Colombia. Señala que a pesar de las leyes que establecen salarios y beneficios justos, muchas empleadas domésticas continúan trabajando sin recibir un pago adecuado o protecciones sociales. La Corte Constitucional colombiana ha defendido el derecho de las empleadas domésticas a un trato y salario dignos acorde a su trabajo. Las leyes exigen que se aseguren a las empleadas domésticas y que reciban un salario
UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
Derechos de las empleadas domésticas en Colombia
1. Derechos de las empleadas domésticas en Colombia
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Recientemente salió en los medios de información nacionales cómo una empleada había
trabajado toda su vida para una familia sin recibir salario ni alguna prestación social que
reglamentan las leyes del Estado.
Esta situación pone en evidencia dos aspectos muy comunes en el país. El primero de ellos
es que a pesar de que estamos en pleno siglo XXI, luego de tantas luchas para hacer valer la
igualdad y los derechos de los ciudadanos, todavía existe la esclavitud. Y segundo, es que
las empleadas domésticas no reciben el valor social que deberían darle sus empleadores.
El caso anterior aunque suene extraño es repetitivo. Solo basta con mirar cuántas familias
de estratos 4, 5 y 6 tienen en sus casas a mujeres como empleadas domésticas sin darles el
salario suficiente por su trabajo.
2. Según las disposiciones del actual gobierno y según también las reglamentaciones de la
Corte Constitucional, toda persona que desempeñe este tipo de trabajos debe recibir una
remuneración acorde y adecuada por lo que realiza.
En este sentido, el alto tribunal defiende y actúa como protector de las empleadas
domésticas para que reciban un trato y salario digno, porque su trabajo así lo requiere.
Salario digno y Seguridad Social
Desde la Ley 100 de 1993 hasta el gobierno actual, una empleada que trabaje para una
familia o incluso un conjunto residencial, realizando las labores domésticas debe estar
asegurada a una EPS y recibir un sueldo.
A pesar de todas estas reglamentaciones, es frecuente seguir viendo que la situación es
contraria. Aún existen familias que contratan mujeres por un salario vergonzoso.
Además, según la misma Ley de 1993, una persona en estas condiciones tiene derecho a
la Pensión Sanción, que es básicamente la obligación que tiene un empleador de asumir
la pensión de una empleada que no haya sido afiliada al Sistema de Pensiones.
Esto quiere decir que una persona que haya trabajado en estas condiciones puede exigirle
a su empleador la pensión por su tiempo de trabajo. Una reglamentación eficiente y efectiva
para evitar los despidos injustificados, los malos salarios y la esclavitud, principalmente.
Para el caso mostrado de la señora que no recibió sueldo durante décadas, el artículo 133
de la Ley 100 de 1993 dice que
“El trabajador no afiliado al Sistema General de Pensiones por omisión del empleador, que
sin justa causa sea despedido después de haber laborado para el mismo empleador durante
diez (10) años o más y menos de quince (15) años, continuos o discontinuos, anteriores o
posteriores a la vigencia de la presente Ley, tendrá derecho a que dicho empleador lo
pensione desde la fecha de su despido, si para entonces tiene cumplidos sesenta (60) años
de edad si es hombre, o cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer, o desde la fecha en
que cumpla esa edad con posterioridad al despido.”
3. Ten en cuenta estas disposiciones para exigir los derechos de una empleada doméstica.