Este documento divide los contratos de duración determinada en España en tres grupos principales: contratos por obra o servicio determinado, contratos eventuales por circunstancias de la producción, y contratos de interinidad. Los contratos por obra o servicio tienen una duración máxima de tres años para completar un trabajo específico. Los contratos eventuales duran como máximo seis meses al año para cubrir aumentos temporales de trabajo. Los contratos de interinidad sustituyen a trabajadores ausentes de forma temporal.