1. ESCUELA DE ESTUDIOS SUPERIORES DE ATLATLAHUCAN
UAEM.
ROMERO ABUNDEZ GUADALUPE YAZMIN LIC. DERECHO GRUPO:” B
ALUMNO: ROMERO ABUNDEZGUADALUPE YAZMIN.
DOCENTE: LIC. JENNIFER PAOLA ACOSTA ROSAS.
ASIGNATURA: DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y
CULTURALES.
TEMA: LOS DERECHOS HUMANOS EN MEXICO Y SU EVOLUCION.
ACTIVIDAD: RESUMEN
CARRERA: LIC. DERECHO.
GRADO:4. GRUPO: “B”.
ENTREGA: 07/03/2022
CORREO: araleth6@gmail.com
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LOS DERECHOS HUMANOS EN MEXICO Y SU EVOLUCION
Antes de adquirir los derechos humanos se tuvo que vivir sucesos tras sucesos
hasta llegar a la modernidad cuando a los derechos humanos se les dio su
valor por escrito y estos con el propósito de tener nuestras vidas pacíficas,
seguras, cómodas y saludables con un sistema jurídico justo ofreciendo a todos
la misma protección; y nuestros procesos políticos serían transparentes y
democráticos y servirían a los intereses de la gente.
¿Sin embargo, en la actualidad tenemos protección y transparencia?
En su evolución estos pretendían expresar exigencias temporales y perpetuas
de la naturaleza humana y con el paso del tiempo se fueron modificando, para
reforzar, el disfrute y ejercicio de determinados derechos ya sea
actualizándolos o formulándolos desde cero, se ha tratado de cumplir el
propósito con ayuda del ser humano trabajando en conjunto para ese espacio
de tranquilidad y transparencia en la vida política.
La forma establecida de clasificación de los derechos es la de derechos de
“primera, segunda y tercera generación” Se configuró la primera y segunda
generación.
primera es considerada derechos de defensa de las libertades del
individuo
segunda derechos de participación realizadas a través de las técnicas
jurídicas de las prestaciones y servicios públicos
y la tercera que es configurar el rango distintivo del actual modelo
político del estado constitucional del derecho y así el Estado tomar
enserio los Derechos.
En primer lugar, los derechos civiles y políticos no son puramente negativos.
Con el fin de que, por ejemplo, un gobierno garantice la libertad frente a la
tortura, no es suficiente solo que los funcionarios del gobierno se abstengan de
torturar a las personas. Una verdadera libertad en esta área a menudo requiere
de un sistema de control y que los controles se pongan en práctica: sistemas
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policiales, mecanismos jurídicos, libertad de información y acceso a los lugares
de detención, y otras muchas medidas.
En segundo lugar, los derechos sociales y económicos, al igual que los civiles y
políticos, también exigen que los gobiernos se abstengan de determinadas
actividades, por ejemplo, de dar grandes beneficios fiscales a las empresas o
fomentar el desarrollo en regiones que ya tienen una ventaja relativa, o de
imponer aranceles que penalizan a los países en desarrollo, y así
sucesivamente.
Los derechos hasta la llegada del Estado constitucional: En la Baja Edad
Media los primeros derechos reconocidos alcanzan solo a una pequeña parte de
la población, carecen de sistemática y suelen tener carácter temporal. En
España, los fueros o las cartas pueblas recogían privilegios locales de carácter
fiscal, acotando el poder de la nobleza y del monarca.
En la Carta Magna inglesa (1215) Juan sin Tierra se obligaba a respetar ciertos
derechos de los barones de su reino.
Documentos ingleses del siglo XVII: Los textos ingleses encuentran su
fundamento en la historia y la tradición. Destacan los siguientes:
Petition of Rights (1628): incorpora las libertades que deben ser
respetadas en adelante por el rey (Carlos I la aprobó)
Bill of Rights (1689): primera declaración de carácter nacional limita el
poder de la Corona y afirma el del Parlamento.
En las declaraciones de derechos norteamericanas: destaca el hombre
defendiéndose frente a las injusticias del poder, mientras las francesas toman
un discurso más filosófico para justificar la toma y ejercicio del poder por una
figura o concepto ideal del ciudadano. La Revolución francesa es obra de
burgueses preocupados por combatir la corrupción gubernamental, los
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privilegios estamentales y decididos a participar
directamente en los asuntos públicos. Recogieron en la Declaración de
Derechos el pensamiento de
destacados autores franceses, además de la influencia de corrientes del
iusnaturalismo racionalista.
Los derechos humanos son los derechos y libertades que conforman un estado
de derecho, cada estado tiene que garantizar, proteger y fomentarlos, si los
derechos humanos pierden su valor regresaríamos a un gran estado de
indefensión , que por supuesto no quisiéramos , ya que con los derechos
humanos pretenden hacer un cambio para la sociedad y debemos ser fuertes y
tomar las cosas con calma a los nuevos factores a los cuales nos tendremos
enfrentar y adaptar, porque esta es una constante evolución en base a las
exigencias que se reclaman , así como se dio en la modernidad que todas esas
exigencias de la sociedad fueron transformándose en derechos humanos.
FUENTES BIBLIOGRÁFICAS:
Vista de Los derechos humanos hoy: perspectivas y retos XXII
Conferencias Aranguren. (s. f.). articulo. Recuperado 7 de marzo de
2022, de
https://isegoria.revistas.csic.es/index.php/isegoria/article/view/870/8
72
Council of Europe. (s. f.). La evoluciÃ3n de los derechos humanos.
Manual de EducaciÃ3n en los Derechos Humanos con jÃ3venes.
Recuperado 7 de marzo de 2022, de
https://www.coe.int/es/web/compass/the-evolution-of-human-rights
Origen y evolución de los derechos - Derecho UNED. (s.f.). información.
Recuperado 7 de marzo de 2022, de
https://derecho.isipedia.com/segundo/derecho-constitucional-ii/01-
origen-y-evolucion-de-los-derechos
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