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LIBRO DOS - LOS ACTIVOS
Contenido
Capítulo I - En cuanto a los activos y las diferencias entre ellos
Capítulo II - En cuanto a la posesión y los derechos resultantes
Capítulo III - En cuanto a la propiedad
Capítulo IV - En cuanto a los derechos y obligaciones entre los propietarios de las
parcelas vecinas de la tierra
Capítulo V - En cuanto a los derechos y obligaciones de los cónyuges
Capítulo VI - En cuanto a la servidumbre
Capítulo VII - En cuanto al derecho de la construcción
Capítulo VIII - En cuanto al derecho de tenencia por arrendamiento a largo
Capítulo IX - En cuanto a las rentas del suelo y una décima
Capítulo X - En relación con el uso de los fondos
Capítulo XI - En relación con el uso y la ocupación
Capítulo XII - En cuanto a la sucesión por fallecimiento
Capítulo XIII - En cuanto a las últimas voluntades
Capítulo XIV - En cuanto a los ejecutores de las últimas voluntades y directivos
Capítulo XV - En cuanto al derecho de la deliberación y el privilegio de la descripción
de bienes
Capítulo XVI - En cuanto a la aceptación y el rechazo de las herencias
Capítulo XVII - En cuanto a la división de bienes
Capítulo XVIII - En cuanto a las herencias sin gobierno
Capítulo XIX - En cuanto a la prioridad de las deudas
Capítulo XX - En cuanto a las promesas
Capítulo XXI - En cuanto a las hipotecas
Capítulo I
En cuanto a los activos y las diferencias entre ellos
Sección 1
En cuanto a los activos en general
Artículo 499. La ley interpreta como activos todos los bienes y derechos que pueden ser
objeto de propiedad.
(Bw.503, 519, 833, 955, 1131)
Artículo 500. Cualquier cosa que, debido a un derecho de propiedad, comprende parte
de una propiedad, incluyendo los productos,
sea producida de forma natural o por medio de la mano de obra, en la medida en que
estos se unen a la rama o raíz,
o atados a la tierra, se considerará que forman parte de los activos. (Bw.502, 588v;.
Cred.verb.4;
Civ.547)
Artículo 501. Los ingresos civil serán consideradas como parte de los activos, en la
medida en que son
no exigible, sin perjuicio de las disposiciones legales especiales y acuerdos. (Bw.761v.,
960,
1251v, 1397;. Cred.verb.4; Civ.547)
Artículo 502. Los productos naturales son los siguientes: 1. los que han sido producidos
por la tierra, 2.
todo lo que ha sido producido por el ganado o ha sido criado por el ganado. Los
productos que como
resultado del trabajo se han extraído de la tierra, son los que han sido producidos por el
cultivo de
del suelo. Procede Civil son producto de la concesión y el uso de la tierra, el interés de
las sumas monetarias
y la renta pendiente. (Bw.762;. Civ.583v)
Sección 2
En cuanto a la distinción entre los bienes
Artículo 503. Los activos son tangibles y no tangibles. (Bw.547, 559, 612 y Civ.1607,
2075)
Código Civil de Indonesia
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Artículo 504. Los activos son bienes muebles o inmuebles, de acuerdo con las
disposiciones de los dos siguientes
secciones. (AB.17; Bw.519, 545v, 550, 555, 1150, 1162, 1963, 1977;. Rv.443, 493, 714,
720, 763a,
etc; Civ. 516)
Artículo 505. Los bienes muebles son fungibles o no consumibles, los activos de
consumo son los que
desaparecen con el uso. (Bw.757, 822, 1384, 1427, 1742, 1754; Civ.587, 589)
Sección 3
En cuanto a los bienes inmuebles
Artículo 506. Bienes inmuebles son los siguientes: 1. parcelas de tierra y todo lo
construido al respecto;
(Bb.1330) 2. molinos, con la excepción de los que se describen en el artículo 510, 3.
árboles y cultivos de campo,
que tienen sus raíces atados a la tierra, sin recoger fruta de los árboles, así como los
minerales, tales como: el carbón,
turba y otros productos similares, en la medida en que estos objetos no han sido
separados y recuperó de los
del suelo; (Bw.500, 1140; Rv.509) 4. arbustos de los bosques talados y la madera de los
árboles con troncos altos, a la
siempre que estos no han sido talados, 5. tuberías o drenajes, que sirven para transmitir
el agua en una casa o
debajo de la superficie de una parcela de tierra, y, en general, todo lo que se une a la
tierra o
fijados de manera permanente en una parcela de terreno o un edificio. (Cred.berb.4;
Civ.517-521, 523)
Artículo 507. Bienes inmuebles, debido a su efecto debe ser interpretado de la siguiente
manera: 1. en las fábricas;
trafijken, molinos, herrerías y tales bienes inmuebles, máquinas, calderas de destilación,
hornos, cubas y otros
equipos, específicamente de la misma clase, a pesar de que dichos objetos no están
unidos de forma permanente o
fija en el suelo, 2. en las residencias, los espejos, cuadros y otros accesorios, si la
madera o la pared
al que están unidos es parte del revestimiento de madera, la pared o en el trabajo de
yeso, de la sala;
a pesar de que los objetos no han sido clavado, 3. en la tierra, el muladar designado para
el
la fertilización de la tierra, las palomas que pertenecen a una bandada de palomas, los
nidos las aves comestibles, en la medida
que no han sido recogidos, los peces en los ríos, 4. materiales de construcción derivados
de la
la demolición del edificio, cuando es designada para ser utilizado para reconstruir el
edificio, y, en general, todos los
estos objetos, que el propietario ha adjuntado a su bien inmueble para uso permanente.
El propietario
Se considerará que se han unido estos objetos a su bien inmueble para uso permanente
en el
caso de que dichos objetos se unen al mismo mediante el trabajo de alfarería, carpintería
o yeso, o si no se puede
retirado del mismo sin romper o dañar los objetos mismos, o sin rotura o
parte de dañar el bien inmueble al que están unidos. (Bw.506, 517, 586, 780, 1164,
1567, 1921; Rv.451-1; Cred.verb.4; * 173 Civ.524, 525, 532)
Artículo 508. Los siguientes derechos también se califican como bienes inmuebles;
(Bb.2936) 1. el uso de la
Cobros y uso de los bienes inmuebles, (.. Bw.756v, 811v) 2. servidumbre, (. Bw.674v)
3. la
derecho a que los edificios, estructuras o plantas de propiedad de otra persona (Opstal);
(Bw.711v;. S.1834-
41 Véase también 1838-46) 4. el derecho hereditario de un inquilino a ocupar un pedazo
de tierra; (Bw.727v;. S.15-422,
artículo 6) 5. renta de la tierra, ya sea por la forma de dinero o en especie; (. Bw.737v)
6. el derecho de un décimo;
(Bw.740v.) 7. los bazares o mercados, reconocida por el gobierno, y relevante a los
privilegios
los mismos; (S.1829-111, 1854-1, 1854-63, 1855-72, 69-66, 78-320;. RPL 46) 8. Las
demandas, presentadas a
reclamar los bienes inmuebles o de entregarlos. (Bw.1162v;. Civ.526; Mijnw.18)
Sección 4
En cuanto a los bienes muebles
Artículo 509. Bienes muebles por su naturaleza son las que se pueden mover o se puede
mover.
(Bw.513; Civ.528)
Artículo 510. Barcos, barcazas, barcos, molinos e instalaciones de almacenamiento de
madera en los buques o
de forma independiente, y otros objetos, son bienes muebles. (Bw.506-2, K.309;
Civ.531)
Artículo 511. De conformidad con las normas legales, los siguientes serán considerados
como bienes muebles: 1. la
uso de los fondos de y el uso de bienes muebles; (Bw.756, 818V.) 2. intereses fijos, ya
sea
interés permanente o la vida, (. Bw.1770v) 3. acuerdos y reclamaciones, cuyo objeto es
exigible
Código Civil de Indonesia
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sumas monetarias o de bienes muebles; 4. evidencia de las acciones o participaciones en
empresas pertenecientes a
comercio monetaria comercio o industria, a pesar de que los bienes inmuebles, en
relación con dicha
empresas, pertenecen a esas empresas. La evidencia de las acciones o participaciones, se
considerará que se
bienes muebles, sin embargo, esto se aplicará a los respectivos accionistas en la medida
de la
duración de la asociación; (K.40) 5. acciones en el endeudamiento del Estado, y las
impuestas a los
Indonesia, tanto si están registrados en el libro principal, o en forma de certificados,
reconocimientos de deudas, bonos u otros valores, con los cupones correspondientes o
la prueba de interés; 6.
acciones o cupones de bonos en el respeto de todos los préstamos monetarios,
incluyendo las que se llegó a la conclusión
por entidades extranjeras. (Bw.508, 513v;. Civ.529)
Artículo 512. En el caso de que la ley o cualquier acto civil, otros se utilizan los bienes
muebles plazo,
bienes muebles del hogar, muebles o enseres domésticos, muebles, o una casa
totalmente amueblada, sin ningún tipo de
Además, la expansión o limitación, los términos antes mencionados, se considerará que
incluye los objetos,
que se indican en los artículos siguientes.
Artículo 513. Los bienes muebles término incluye, sin excepción, todos los objetos que,
de acuerdo con la
normas estipuladas anteriormente, se consideran como bienes muebles. (BW. 509v;..
533v Civ.)
Artículo 514. (Modificado por Art. 33-47 véase también 38-2) El mobiliario de la casa
término incluye todo lo
que se considera como bienes muebles de conformidad con la descripción anterior, con
la excepción de dinero en efectivo,
acciones, deudas y otros * 175 derechos mencionados en el artículo 511, en relación con
el comercio y la materia prima,
instrumentos para las fábricas, trafijken, o los productos agrícolas, materiales de
construcción destinados a
construcción o resultantes de la demolición, así como los buques y las acciones del
barco. (Civ.533)
El artículo 515. Los muebles de plazo o artículos para el hogar incluye todo lo que de
conformidad con el anterior
artículo se incluye en muebles del hogar, con la excepción de los caballos y los carros
de ganado, y
sus equipos, piedras preciosas, libros y escritos, dibujos, grabados, pinturas, estatuas,
objetos de valor conmemorativo equipo medallas científicas, y otras curiosidades, ropa
personal,
armas, cereales, vino y otros medios de subsistencia. (BW. 511; Civ.533)
Artículo 516. La expresión de una casa con todo su mobiliario incluye todo lo que, de
conformidad con
el artículo 513, califica como bienes muebles, y se encuentra en la casa, con la
excepción de dinero en efectivo
y de características de deuda y otros derechos que pueden ser encontrados en la casa.
(Bw.511; Civ.536)
Artículo 517. El suministro de expresión sólo incluye muebles, que se utiliza y que
adorna la
habitaciones, tales como: papel pintado y alfombras, camas, sillas, espejos, relojes,
cuadros, porcelana y otros
objetos de esa naturaleza. Pinturas y estatuas, que forman parte del mobiliario de una
habitación, también se
incluido en el suministro de largo plazo, pero la colección de pinturas, grabados y
estatuas que se muestran en
galerías y salas especiales se excluye. Esto también es aplicable a la porcelana, las que
forman parte
de la decoración de una habitación, se incluyen en el suministro a largo plazo. (Bw.515;.
Civ 534)
Artículo 518. El término de una casa o una casa amueblada con muebles sólo serán
válidos para el mobiliario.
(Bw.517; Civ.535)
Sección 5
En cuanto a la relación entre los propietarios y de sus bienes
Artículo 519. Existen activos que no pertenecen a nadie, todos los activos son propiedad
de la
Estado, o de las comunidades, o de individuos específicos. (Bw.520v, 523v, 526v, 570,
585,... Civ.537, 542,
713v.)
El artículo 520. Parcelas de tierra y otros bienes raíces, que son administrados y no
tienen una
propietario, incluyendo los activos de una persona que muere sin dejar heredero, o cuya
herencia
ha sido abandonada, propiedad del Estado. (BW. 585, 621, 832, 873, 1126, 1129;
Rv.800v;. Civ.539;
S.1850-3. cf. nota Bw.1129; 70-118 art.1, 75-119a).
Código Civil de Indonesia
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Artículo 521. Los siguientes también son propiedad del Estado: - carreteras y las calles,
que han sido asignados
mismo, las playas, los arroyos y ríos como los bancos, que son navegables y flotantes,
las islas grandes y pequeñas y los arrecifes que surgen en las aguas, también los puertos
y lugares de amarre;
sin perjuicio de los derechos adquiridos por título o la propiedad de individuos o
comunidades.
(Bw.519, 522, 524, 537, 554, 591, 597, 629, 1953; Civ.538, 560 y S.1854-95 véase
también Inv.Sw.6-14, 70 -
119 véase también Inv.Sw.6-33)
Artículo 522. Bancos en el artículo anterior deberá incluir los márgenes de los ríos,
lagos o arroyos,
que en circunstancias normales, cuando la marea está en, están cubiertos por agua,
dentro de su normal
confines. (Bw.672)
Artículo 523. Propiedad del Estado también se considerará para incluir todos los
motivos y el trabajo de carpintería que
comprenden las fortificaciones del Estado, y en virtud del cual todos los motivos por los
que cualquier estructura de
la defensa se ha erigido, como por ejemplo: bancos, barandillas, canales, caminos
cubiertos, diques o muros de contención,
cuadrados en los que se construyen fuertes, líneas, postes, vallas, pequeña fortaleza,
diques, puerta de la inundación,
canales y sus fronteras, también sin perjuicio de los derechos adquiridos por título o
propiedad de determinados
las personas o comunidades (Bw.521, 524v;. Civ.540)
El artículo 524. El área total de las fortalezas del Estado considerado como el terreno
militar se resolverá de la
siguiente: 1. respecto de las fortalezas cuentan con caminos ocultos y glacis, pendiente
desde el pie de la
pared primaria a los pies del camino recorrido, y en la medida en que esto está
precedido por un foso, a la
borde exterior de este foso. La muralla de los bastiones se incluye en este documento,
de acuerdo con una línea
trazada a través de las gargantas del * 177 bastión de muro cortina de uno a otro, 2. con
respecto a
fortalezas, sin caminos cubiertos o glacis, desde el pie interior de la pared principal
hacia el exterior
las fronteras de los fosos o estructuras exteriores, 3. respecto de las fortalezas, sin
ninguna estructura exterior, de
el pie interior del banco hasta e incluyendo las fronteras exteriores de los fosos
circundantes, 4. finalmente, si
hay zanjas límite, bancos, etc elevados estas parcelas de tierra, incluyendo su vegetación
y otros
edificios desde atrás del pie interior de los bancos, también se considerarán como
pertenecientes a las fuerzas armadas
motivos.
Artículo 525. Todas las fortalezas deshabitadas, junto con la fortificación, sobresaliendo
los mensajes, las barricadas, las líneas y los cánones,
se consideran razones militares, incluyendo los terrenos circundantes, adquirido por el
gobierno en el momento de la fortaleza fue construida. Las disposiciones del artículo
anterior son aplicables
a todos los habitan fuertes. (Bw.523v.)
Artículo 526. Bienes pertenecientes a una comunidad son las que son propiedad común
de un
la asociación. (Bw.517, 1653v;. Civ.542)
Artículo 527. Los activos pertenecientes a individuos específicos son aquellos que
comprenden los bienes particulares de
uno o más individuos. (Bw.519, 570, 537 Civ.)
Artículo 528. Un individuo puede tener derecho de propiedad o derecho de propiedad,
el derecho debido a la herencia, a la derecha
para uso de los ingresos, el derecho de servidumbre o derecho de garantía o hipoteca
sobre los activos. (Bw.529v., 570V.,
674v, 711v, 720, 737v, 756v, 756v, 818V, 874v, 1150 V, 1162,......... Civ.543;
Oogstv.1;. Mijnw.18;
Mijnord;. Cred.verb.I; RPL.6; ver nota Bw.508)
Capítulo II
En cuanto a la posesión y los derechos derivados del mismo
Sección 1
En cuanto a la naturaleza de la posesión, y sujetas a los mismos objetos
Artículo 529. La posesión se interpreta como la explotación o disfrute de los bienes, que
un individuo, ya sea
en persona oa través de otra persona, tiene en su poder, como si tuviera los mismos
título real. (BW. 499,
538, 540, 543, 547, 1955; Civ. 2228)
Código Civil de Indonesia
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El artículo 530. La posesión puede ser de buena fe o de mala fe. (Bw.531v.)
Artículo 531. La posesión es de buena fe, si en el momento el propietario adquirió los
activos que no tenía conocimiento
de la deficiencia de éstas. (BW. 533, 575, 581, 584, 1360, 1363, 1963v, 1966,.. Civ.550)
Artículo 532. Posesión es de mala fe si el propietario es consciente de que los activos en
su poder no se
su propiedad. El propietario, se considerará que poseen de mala fe desde el momento en
que se presenta una demanda
en su contra, en caso de que el juicio de conformidad con la demanda es en contra de él.
(Bw.531, 535, 579,
581, 584, 1360, 1362; Civ.550)
Artículo 533. La buena fe del propietario siempre se presume, la carga de la prueba de
mala fe
estar en la persona que alegue la mala fe. (Bw.531, 1865, 1916, 1965v;. Civ.2268)
Artículo 534. Un individuo en todo momento ser consideradas como sujetos de posesión
en nombre propio en la medida en
no está probado que el individuo tiene la posesión en nombre de otra persona. (Bw.1916
de 1921,
1957; Civ.2230)
Artículo 535. Si un individuo comienza la posesión en nombre de otra persona, el
individuo se
siempre que se presuma de retener la posesión con el mismo título, a menos que se ha
demostrado
de lo contrario. (Bw.536, 540, 1916, 1921, 1959; Civ.2231)
Artículo 536. Un individuo no puede, debido a su intención, o por el paso del tiempo,
cambiar el origen
y la base de su poder personal. (Bw.540, 1960; Civ.2240)
Artículo 537. Los activos que no pueden comercializarse, no puede ser objeto de
posesión. La
Lo mismo se aplica con respecto a las servidumbres temporales e invisible, sin perjuicio
de la prestación de
el artículo 553. (Bw.521, 677v, 699, 1332, 1953;. Civ.691)
Sección 2
En cuanto a la forma en que la posesión se adquiere, mantiene y se pierde
Artículo 538. Una persona deberá adquirir la posesión mediante la colocación de activos
en su poder con la intención de
la retención de estos por sí mismo. (Bw.529, 540)
Artículo 539. Las personas que están locos, no pueden adquirir la posesión por sí
mismos. Menores y casados,
las mujeres, pueden adquirir la posesión de activos en la forma prevista anteriormente.
(BW. 108, 383, 446v., 452)
Artículo 540. Una persona puede adquirir la posesión de la propiedad, ya sea
personalmente oa través de otra
persona que ha iniciado la posesión en su nombre. En el último caso mencionado, la
persona
Se considerará que la adquisición de la posesión antes de que él es consciente de que la
posesión de los activos ha sido
tomadas. (Bw.383, 452, 535, 538v, 1354v, 1655, 1972v,... Civ.2224)
Artículo 541. La posesión de una persona fallecida, a partir del momento de su muerte,
pasa a su
herederos, junto con todas sus características y sus defectos. (Bw.833, 955, 1958;
Civ.724, 1004,
1006)
Artículo 542. Una persona física será retener la posesión, en la medida en que no se
pasa a otro
individual, o claramente ha sido abandonada. (Bw.543v.)
Artículo 543. Una persona voluntariamente se despojarse de la posesión, en su
asignación a
otro individuo. (Bw.529, 538, 542)
Artículo 544. Una persona perderá la posesión, a pesar de la ausencia de intención de
asignar
los bienes a otra persona si la persona abandona claramente como,. (Bw.529, 538, 542)
Código Civil de Indonesia
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Artículo 545. Una persona perderá su posesión de una parcela de tierra, patio o edificio:
1. Si otro
individual, contra los deseos del dueño, toma posesión del mismo, y que le gusta a la
duración de
un año; 2. si una parcela de tierra debido a circunstancias extraordinarias se inunda.
(Bw.594) La propiedad se
no se perderá en el caso de una inundación temporal. (Bw.593) Uno se pierde la
posesión de una generalidad
de bienes muebles de la manera descrita en el primer párrafo de este artículo. (Bw.538,
550, 562v.;
Civ.2243)
* Artículo 182 546. La posesión de bienes muebles, se ejecutará en las siguientes
circunstancias: 1. si
los activos son retirados o robados, 2. si los bienes se han perdido, y el individuo no
sabe dónde
se encuentran. (Bw.550, 555, 582, 1977;. Civ.2279v)
Artículo 547. Una persona perderá la posesión de activos intangibles, si otra persona ha
tenido la
su disfrute pacífico de la duración de un año. (Bw.503, 545, 555, 695, 699, 707 y 2243
Civ.).
Sección 3
En cuanto a los derechos derivados de la posesión
Artículo 548. El dueño de la posesión de buena fe, en relación con los activos, tienen las
siguientes
derechos: (Bw.531)
1. que, con antelación, y hasta la hora exacta de la que le corresponde reclamar, hay que
señalar que el propietario, (Bw.549-
1, 1865)
2. que deberá obtener el título de los bienes, por la prescripción (Bw.1963)
3. se beneficiará de las ganancias de los activos hasta que el legítimo reclamar,
(Bw.492, 549-2, 575).
4. se deberá mantener la posesión de los bienes, en caso de ser interrumpido, o será
reinstalado en
posesión, en el caso de que lo pierde. (Bw.550, 557, 562v, 567, 580, 1363v,.. Civ.549,
2229, 2233)
Artículo 549. El dueño de los activos de posesión de mala fe con respecto a los activos,
tienen la
los siguientes derechos: (Bw.532)
1. que, con antelación, y hasta el momento de la recogida legal, cabe señalar que el
propietario, (Bw.548-1,
1865)
2. se beneficiará de las ganancias de los activos, siempre y cuando que volverá a la que
le corresponde estos
propietario, (Bw.579)
3. se deberá mantener o recuperar la posesión de los activos, como se menciona en el
párrafo cuarto de la
el artículo anterior. (Bw.550, 557, 562v, 567, 1362, 1364;. Civ 2233.)
Artículo 550. El derecho legal de mantener la posesión de la propiedad se procederá, si
una
la posesión individual de una parcela de tierra o en el patio de una casa o edificio, de un
derecho de propiedad o
generalidades de los bienes muebles se interrumpe. (Bw.529, 555, 557, 561, 567 y
Rv.55-9, 103 tervicies ,115-4,.
191,244-3, 403)
Artículo 551. Esta demanda legal también serán admitidos, a pesar de que la posesión se
obtuvo
de una persona que no estaba autorizado a disponer de él. (Bw.108, 539, 1330)
Artículo 552. Esta reclamación legal no deberá ser presentada en contra de un individuo
que disputa el derecho de servidumbre,
menos que la disputa se refiere a una servidumbre continua y visible. (Bw.637, 677v.)
* 184 Artículo 553. En el caso de una controversia relativa a la validez del derecho de la
propiedad de un no continuo
o invisible, la servidumbre, el juez podrá ordenar que el partido, que tuvo el beneficio
de éstos, en
el tiempo surgió la controversia, deberá conservar dicho beneficio durante el juicio.
(Bw.537, 561, 677v., 699)
las costumbres locales. La servidumbre de camino a caballo o carril deberá incluir un
sendero, el camino a caballo, carril y
sendero deberá, en consecuencia se incluirán en la servidumbre de una carretera.
(AB.15; Bw.671, 677)
Artículo 687. La servidumbre de una pipa de agua es el derecho de transmitir el agua de
una parcela vecina de la tierra
a la propia. (Bw.626v., 678)
Artículo 688. Un individuo, cuya tierra tiene el beneficio de una servidumbre, tiene el
derecho a instalar cualquier tipo de
la construcción, que es necesario para el uso y el mantenimiento de la servidumbre tales.
La construcción deberá
que a su costa, y no se le cobrará al propietario de la parcela de tierra encargado de la
servidumbre.
(Bw.626, 675, 680, 693; Civ.697v.)
Artículo 689. En el caso de que el dueño de la finca agobiados por la servidumbre se
hace responsable,
de conformidad con el título * 210, por los gastos incurridos en la construcción de
cualquier estructura para el uso y
mantenimiento de la servidumbre, podrá, en cualquier momento liberarse de tal
responsabilidad, mediante la transferencia de
por parte de los bienes encargados de la servidumbre al propietario de la finca que
impuso la servidumbre por ejemplo,
según se considere necesario para el disfrute de la servidumbre. (Bw.635, 695, 706;
Civ.699)
Artículo 690. En el caso de que se pretende dividir la trama dominante de la tierra, la
servidumbre con respecto a
de cada división se mantendrá vigente, siempre y cuando no se carga el estado de la
parcela de tierra
encargado de la servidumbre. En el caso de que también se refiere a un derecho de
cruzar por encima, todos los copropietarios
de la parcela dividida de la tierra estará obligado a ejercer ese derecho por el mismo
camino que existía antes
a la división. (Bw.667v, 691, 694, 701;. Civ.700)
Artículo 691. Un individuo, cuya tierra tiene el beneficio de una servidumbre, sólo
harán uso de los mismos
de conformidad con su título, y en ausencia de tal acuerdo, las ordenanzas o costumbres
locales, siempre
siempre que se haga uso de los mismos en la forma que sea menos gravosa. No llevará a
cabo
alteraciones en el estado encargado de la servidumbre, ni en el predio dominante el que
más puede
carga de la condición de la parcela mencionada de la tierra. (AB.15; Bw.668, 695;
Civ.702)
Artículo 692. El propietario de la parcela de tierra encargado de la servidumbre no
cometerán ningún acto que
podrían restringir el uso de la servidumbre o hacerlo más incómodo. No podrá alterar
las condiciones de
la ubicación, o cambiar la ubicación a la que puede ser el derecho a ejercer la
servidumbre a un lugar que
difiere de la que se estableció originalmente la servidumbre, a menos que el cambio
puede llevarse a cabo
sin perjudicar a los propietarios beneficiados por la servidumbre. (Bw.691; Civ.701)
Artículo 693. Un individuo cuya tierra tiene el beneficio de una servidumbre se
considerará que tienen todo lo que se
necesarios para hacer uso de los mismos de la manera menos gravar el propietario de la
parcela de tierra
encargado de la servidumbre. El derecho a tomar agua de otra persona de la primavera
incluirá el derecho
de acceso a la primavera en la parcela de tierra encargado de la servidumbre. (Bw.688;
Civ.696)
Artículo 694. Si se pretende dividir la parcela de tierra encargado de la servidumbre, la
servidumbre se
siguen siendo eficaces en cada división en la medida en que se requiere para el ejercicio
de la servidumbre.
(Bw.690, 701; Civ.700)
Sección 2
El origen de la servidumbre
Artículo 695. La servidumbre puede ser establecida por cualquiera título o prescripción.
(Bw.696v., 700, 712, 724,
1955v, 1963;. Civ.960)
Artículo 696. Capítulo a la servidumbre será hecha pública, en la forma prevista en el
artículo 620.
(Ov.26; Bw.616)
Artículo 697. Una servidumbre continua y visible se puede obtener ya sea por
prescripción o por título.
(.. Bw.547, 552, 677v, 699v, 707, 1955, 1963; Civ.690)
Código Civil de Indonesia
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Artículo 698. Con respecto a un individuo que utiliza un muelle en una parcela de tierra
que se encuentra en una
una altitud mayor que su propia parcela de tierra, la adquisición por prescripción no
tendrá lugar antes de que haya
construido y finalizado las estructuras físicas designadas para la mejora de la caída y la
flujo del agua en su propiedad. (Bw.627; Civ.642)
Artículo 699. Servidumbres que son al mismo tiempo continuo e invisible, como el no
continuo,
si son visibles o invisibles, sólo serán establecidos por el título. El disfrute,
a pesar de que se ha prolongado durante muchos años no será suficiente para adquirir
esta servidumbre.
(Bw.537, 553, 677v, 1955v,.. Civ.691)
Artículo 700. En el caso de que se compruebe que los terrenos que actualmente se
divide previamente
pertenecían al mismo propietario, y que ha sido responsable de la condición de los
terrenos
que podría haber resultado en una servidumbre continua y visible, esta designación se
aplicará
en lugar de una servidumbre por título. (Bw.677v, 695, 697, 706,.. Civ.692v)
Artículo 701. Si el propietario de dos parcelas, una de ellas muestra signos visibles de la
servidumbre antes de la
la adquisición de los mismos, hace uso de una de estas propiedades, sin ningún tipo de
disposiciones relativas a la servidumbre
existentes en el acuerdo, entonces esta servidumbre se aplicará en relación con el
propietario de la parcela de tierra
beneficiado por la servidumbre o el propietario de la parcela de tierra encargado de la
servidumbre. (Bw.690, 694,
700, 706, 1206; Civ.694)
Artículo 702. Uno de los co-propietarios de una parcela de tierra, puede, por su propia
voluntad y sin el conocimiento
de los otros, obtenga el beneficio de una servidumbre de los bienes comunes. (Bw.710;
Civ.709)
Sección 3
Anulación de la servidumbre
Artículo 703. La servidumbre será nula y sin efecto, si la propiedad a la cual se adjunta
la servidumbre es de
condición de tal manera que una persona no puede usarlo. (Bw.705, 718, 736, 754, 807;
Civ.703)
Artículo 704. Si la parcela de tierra encargado de la servidumbre o la trama dominante
de la tierra ha sido parcialmente
demolidos o destruidos, la servidumbre se seguirán, en la medida en que el estado de la
finca para
permisos. (Bw.703, 705)
Artículo 705. La servidumbre, que son anuladas, por el motivo mencionado en el
artículo 703, serán restituidos, si
la propiedad se restaura a una condición tal, que un individuo puede hacer uso de los
mismos, a menos que el período
del tiempo transcurrido, es suficiente para la prescripción de acuerdo con el artículo
707. (Bw.679, 708;
Civ.704)
Artículo 706. Todos los servidumbre será declarada nula, si el argumento dominante de
la tierra y la trama sirviente de la tierra
pasan a ser propiedad del mismo individuo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo
701. (Bw.674,
700V, 718, 736, 754, 807, 1206, 1436v,.. Civ.705)
Artículo 707. A la servidumbre también quedará sin efecto si no se ha utilizado durante
treinta años consecutivos.
Dicho período de treinta años, sólo se iniciará en la fecha en la que uno ha cometido un
aparente acto y conflicto en contra de la servidumbre. (Bw.547, 679, 700, 705, 710,
718, 736, 754, 807;
Civ.706v.)
Artículo 708. Si, el argumento dominante de la tierra se encuentra en condiciones tales,
que impide el ejercicio de la
la servidumbre, a continuación, la prescripción se llevará a cabo siguiendo el lapso de
treinta años, a partir de la hora
que el terreno debería haber sido restaurado a su estado anterior, haciendo así posible
el ejercicio de la servidumbre de nuevo. (Bw.700, 703, 705, 1986v).
Artículo 709. La manera en que un individuo puede hacer uso de una servidumbre,
expirará en la misma
manera que la expiración de la propia servidumbre. (BW. 707v, 710;. Civ.708)
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Artículo 710. Si el argumento dominante de la tierra indivisible pertenece a varios
propietarios, el disfrute por
uno de los propietarios se oponen a la caducidad de la servidumbre con respecto a los
demás propietarios.
(Bw.702, 1985;. Civ.709v)
Capítulo VII
En cuanto a los acuerdos prematrimoniales
Artículo 711. El derecho de la construcción es un derecho de propiedad que tienen los
edificios, estructuras o plantaciones en otro
persona de la tierra. (BW. 508-3, 528v 600v ..., 616, 717)
Artículo 712. Un individuo, que tiene el derecho de la construcción podrá disponer de
los mismos y gravar por
hipoteca. Se puede gravar la propiedad, con sujeción al derecho de construir, mediante
el establecimiento de una servidumbre, pero
sólo por el período durante el cual él tiene el ejercicio de ese derecho. (Bw.695, 1164-3;
Rv.493-3; S.72-
124)
Artículo 713. La base sobre la cual se estableció el derecho de la construcción se hará
pública, en el
forma prevista en el artículo 620. (Ov.26; Bw.616, 696, 1963)
Artículo 714. Durante la duración de la existencia del derecho de la construcción, el
dueño de la tierra no puede
impedir que el titular del derecho de la construcción de la demolición de los edificios y
otras estructuras, o
sacando las plantas, y de la eliminación de varios artículos, siempre que estos últimos se
menciona el pago
su precio en la adquisición del derecho de construcción, o si los edificios, estructuras y
plantas
El montaje y construido por él mismo, y reservándose el derecho de que la tierra será
restaurado a la
condición de que se encontraba antes de la construcción y la siembra. (BW. 600v.,
1562, 1567)
Artículo 715. Tras la terminación del derecho de la construcción, el propietario deberá
tomar posesión de la
edificios, estructuras y plantas, siempre que el valor actual del mismo se abonará a la
persona que tenía el derecho de construir y que tendrá derecho a retener a la derecha,
hasta el pago total
se ha hecho. (Bw.600v, 714, 716, 726, 779;. Civ.555, S.72-124)
Artículo 716. Si el derecho de la construcción se ha establecido en una tierra en la que
los edificios, obras y plantaciones
ya existen y de que el valor no ha sido pagada por la persona que haya adquirido el
derecho,
entonces el propietario de la tierra, a la terminación de la derecha del edificio, se
recuperan todos los objetos, y deberá
no será responsable por ningún tipo de compensación a este respecto. (Bw.600v., 714c).
El artículo 717. Las ordenanzas de este título sólo será válida en la medida en que no
hay desviación
las mismas en los acuerdos entre las partes. (Bw.735, 1338)
Artículo 718. El derecho de la construcción, se, se anula como consecuencia de, entre
otras cosas lo siguiente: 1. por la fusión;
* 215 2. por la destrucción de la tierra; 3. con receta médica a través del uso continuo de
treinta años; 4. siguiente
la finalización del período, que fue acordado o estipulado en el momento del
establecimiento de la derecha.
(Bw.703v., 719, 736, 754, 807, 1436, 1444, 1946).
Artículo 719. En el caso de que no hay condiciones o estipulaciones específicas se
realizan respecto a la terminación
del derecho de la construcción, el propietario podrá dar por terminado dicho derecho,
pero no antes de treinta años han transcurrido,
siempre que haya notificado, por escrito adecuado, la persona que tiene el derecho de
construir, por lo menos un
año de antelación. (Bw.718, 736)
Capítulo VIII
En cuanto al derecho de tenencia por arrendamiento a largo
Artículo 720. Derecho de tenencia por arrendamiento a largo plazo es un derecho de
propiedad para que el pleno disfrute de los bienes que
pertenece a otro sujeto individual, a la obligación de pagar una renta anual en forma de
dinero o
productos de la tierra al propietario como contraprestación por el uso de su propiedad.
La base sobre la cual
el derecho de tenencia fue adquirida se harán públicas en la forma prevista en el artículo
620. (Ov.26;
Bw.508-4, 528, 616, 696, 712, 1548v., 1963)
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Artículo 721. El inquilino deberá ejercer todos los derechos que se adjuntan a la
posesión que tiene de la tierra,
a condición de que no cometerán ningún acto que pueda devaluar la propiedad.
(Modificado por S.04-233) Se
También no cavar piedras, turba, arcilla u otras especies similares de la tierra que
pertenece a la tierra, a menos que
el derecho se estableció después del comienzo del desarrollo de la tierra. (Bw.587v.,
594,
596, 727, 774, 776v;. Civ.598)
Artículo 722. Los árboles que mueren durante el término del contrato de arrendamiento
o han sido derribados por accidente, se
la responsabilidad del inquilino que debe sustituirlos por otros árboles. También tendrán
derecho a plena
disponer de todas las plantas, situado en el suelo por él. (Bw.600v, 714v, 766v,...
Civ.594)
Artículo 723. El propietario no se hace responsable de las reparaciones. El arrendatario
estará obligado a mantener y
llevar a cabo reparaciones regulares a los bienes que posea en virtud de contrato de
arrendamiento. Se puede mejorar la tierra
construcción de edificios, o mediante el desarrollo o la plantación de la tierra. (BW.
731, 733v., 793v., 828, 1583)
Artículo 724. Tendrá derecho a disponer de su interés, gravar con una hipoteca, e
imponer una
la servidumbre de la tierra que le dio en el marco del contrato de arrendamiento, para el
periodo de su disfrute. (Bw.695, 730v.,
1164-3; Rv.493-3)
Artículo 725. Es posible eliminar todos los edificios construidos o plantas colocadas en
el suelo, que
construcción o plantación no estaba obligado a hacerlo de conformidad con su acuerdo,
al término de
su derecho, pero deberá, ser obligados a reparar los daños a la tierra causado por tales
eliminación. El propietario tiene derecho a retener los objetos en su tierra, hasta que el
arrendatario ha cumplido con los
totalidad de la deuda. (Bw.600v., * 218 714v., 722v., 1567)
Artículo 726. El arrendatario no tendrá derecho a exigir que el propietario deberá pagar
el valor de la
edificios, estructuras, carpintería y plantas, que el inquilino ha levantado, y que en el
la terminación del contrato de arrendamiento se encuentran en la tierra. (Bw.600v.,
714v., 722)
Artículo 727. Él será responsable de todos los impuestos especiales o regulares, que se
imponen a las tierras, ya sea
paga anualmente, o sólo una vez. (Bw.721, 796v, 828;. Civ.608)
Artículo 728. Obligaciones en virtud del contrato de arrendamiento no son divisibles y
se aplicará a cada pedazo de tierra
incluido en el contrato de arrendamiento. (BW. 730, 1296v).
Artículo 729. El arrendatario no podrá reclamar ninguna exención de pago de la renta,
ya sea como resultado de su
disfrute verse reducidos o descontinuados. Sin embargo, si el inquilino ha sido privado
de la plena
disfrute durante cinco años consecutivos, entonces deberá ser compensado por el tiempo
perdido. (Bw.1592)
Artículo 730. Ningún pago extraordinario se requiere con respecto a cada transferencia
del derecho de
la tenencia por arrendamiento a largo plazo o la división de la comunidad de bienes.
(Bw.724, 735)
Artículo 731. Después de cancelar el derecho de tenencia por arrendamiento a largo
plazo, el propietario deberá presentar una persona jurídica
demanda contra el inquilino de una compensación en forma de costos, daños y
perjuicios, derivados de
negligencia y falta de mantenimiento de las tierras, y como consecuencia de la
expiración de los derechos debido a la
culpa del arrendatario. (Bw.723, 733; Civ.614; Rv.102).
Artículo 732. Si el contrato es terminado por el paso del tiempo, el contrato de
arrendamiento no puede ser renovado por
implicación, pero puede seguir en vigor hasta su terminación. (Bw.718-4, 736, 1573)
Artículo 733. El interés del inquilino puede ser declarada nula, como consecuencia de
los daños visibles que se cause
a la propiedad, o debido al mal uso intenso de los mismos, sin perjuicio de la
reclamación legal de
una compensación en forma de costes, daños e intereses. La nulidad puede ser declarada
en la
caso de no pagar la renta durante cinco años consecutivos, y después de que el inquilino
se le ha recordado
sin éxito el pago por escrito adecuado, por lo menos seis semanas antes de la
presentación de la demanda legal.
(Bw.723, 729, 731, 734, 1365)
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Artículo 734. El inquilino puede impedir la declaración de nulidad en caso de daño
causado
a la propiedad o el uso indebido de goce de los bienes, si se restaura la propiedad a su
estado anterior
condición, y proporciona la seguridad suficiente para el futuro. (Bw.816)
Artículo 735. Todas las ordenanzas previstas en este capítulo sólo se aplicarán, en la
medida en que no ha habido
cualquier * 219 desviaciones del mismo en los acuerdos entre las partes. (BW. 717,
1338)
Artículo 736. El contrato de arrendamiento también se considerará sin efecto en la
forma prevista en el artículo 718 y 719
con respecto al derecho de la construcción.
Capítulo IX
En cuanto a las rentas del suelo y una décima
737 artículos. Renta de la tierra se interpretará como una obligación de pagar una deuda,
ya sea en forma monetaria, o
en forma de productos, obligación que se adjunta por el propietario de un bien
inmueble, y que
se reserva para su beneficio o el beneficio de un tercero sobre la eliminación o
devolución de la propiedad.
La base sobre la cual se estableció el interés se hará pública, en la forma prevista en
el artículo 620. (Ov.26; Bw.508-5, 528, 616, 696, 713, 720, 739, 750v, 1164-4, 1963;.
Rv.493-4; Civ.530)
Artículo 738. Un antiguo propietario de una propiedad en los que la renta del suelo se
abona y en el respeto de
que se le debe la renta no tendrá derecho a reclamar la propiedad sobre la base de no
pagar la renta.
(Bw.750, 1266)
Artículo 739. La obligación de pagar la renta del suelo se fijará exclusivamente a la
propiedad en sí, y en
el caso de la división, la suma total del alquiler se abonará por cada parte, y no afectará
a los demás
bienes de propiedad del dueño. La estipulación no se aplicará a la obligación de pagar el
alquiler en
respecto de una determinada parte proporcional de la fruta, que se tramitará dentro de
los siguientes artículos.
(BW. 728, 737, 740v., 750, 1770)
Artículo 740. La obligación de pagar la renta con respecto a una décima parte, o de
cualquier otra porción de fruta, se
un acuerdo con respecto a cada una colección de sujetos fruto de la obligación de pagar
las deudas. (Bw.508-6, 528,
737, 742, 744, 750v, 1164-5, 1963;. Rv.493-5)
Artículo 741. Si en el momento del establecimiento o condición de una décima parte, no
se hacen estipulaciones expresas,
ya sea con respecto a los tipos de los mismos frutal, o con respecto a la cantidad
proporcional
de la misma, el alquiler se interpreta como una décima parte de estas frutas, que de
acuerdo a las costumbres locales, se
sujeta al requisito de un décimo, o pago en dinero como, en sustitución de una décima
parte de la fruta,
que, de acuerdo con tal costumbre, con lo que se refiere a algunas frutas, se resolverán
en clase. (AB.15; Bw.749,
1875)
Artículo 742. Nada será por si la tierra está en barbecho o se queda sin cultivar, o se
utiliza para la
cultivo de frutas que no están sujetas a la obligación de pagar el alquiler.
Artículo 743. Nada se debe, en el respeto de grano que ha sido cortada antes de tiempo.
Artículo 744. Las personas que tienen la obligación de pagar el alquiler como * 222 se
describe en el artículo 740 y, posteriormente,
estarán obligados, en el momento de recoger el fruto, para colocarlos en las filas, en
montones o gavillas de la
mismo tamaño. Los montones o gavillas se colocan sin selección previa, después de los
frutos se recogen.
(Bw.747v.)
Artículo 745. Deben salir de los montones o gavillas de su campo de veinticuatro horas,
después de notificar en
avanzar en el destinatario de la cuota de un décimo, de acuerdo con las costumbres
locales. (AB.15)
Código Civil de Indonesia
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Artículo 746. Durante ese período, la persona a quien se debe el pago, puede indicar que
las pilas o
gavillas que se deben a él, que puede elegir en primer lugar, pero después de ese plazo,
aceptamos el orden en que los
montones o gavillas se han colocado. (Bw.747, 749)
Artículo 747. Si el individuo, a quien el pago es debido, no indica su parte, el individuo
obligado a pagar la renta tendrá derecho a manifestar su acción, y dejar los montones o
gavillas en la
disposición de la parte legitimada.
Artículo 748. La persona obligada a pagar la renta que se ha quitado la fruta sin el
cumplimiento de su obligación,
debe pagar el doble del valor del pago que se debía hacer. (Bw.739, 741v.)
Artículo 749. Si la obligación de pagar la renta está relacionada con la cría de animales
o enjambres de abejas, la
persona obligada a pagar el alquiler deberá entregar su parte a la parte que le
corresponde, o proporcionar el valor de los mismos en
la forma de dinero, calculado en el precio más alto, durante el período de seis semanas
siguientes a la reclamación
para el pago. La obligación de pagar el alquiler se describe en este artículo, no será
incluido en el
denominación general de la décima parte, sino que debe ser establecido o previsto. La
participación de un décimo se
se resolverá al azar, sin que el destinatario de la cuota de un décimo de poder
seleccionar el mejor, o el
proveedor de la cuota de un décima de tener derecho a presentar lo peor. (Bw.737, 741,
746, 969)
Artículo 750. Las obligaciones del pasado y sin cumplir-para pagar el alquiler, que se
describen en el artículo 740 y
a partir de entonces, se extinguirá después de un año, a partir de la fecha en que los
pagos podrían haber sido
afirmó. Las rentas otro motivo expirará después de un período de cinco años. (Bw.737,
1968, 1972, 1974v).
Artículo 751. El suelo rentas incluyendo el pasivo la deuda décimo y otro consistente en
un cierto
cantidad proporcional de la fruta, siempre se podrán canjear, aunque expresamente se
disponga lo contrario.
(Bw.755) Las partes podrán, permitido estipular las condiciones de la redención, y
negociar
que la renta no puede ser redimido antes de un período específico de tiempo, siempre
que no exceda de un
período de treinta años. (AB.23; Bw.752, 754, 755; Civ.530)
Artículo 752. Si el precio de la redención de la tierra los alquileres, una deuda
proporcional X y otros
pasivos * 223 no se estipula en el acuerdo, pero están de acuerdo entre las partes en el
momento de
redención Será determinado de la siguiente manera; En lo que respecta a las rentas del
suelo en efectivo,
el deudor deberá cumplir mediante la imposición de un cargo de veinte veces la
cantidad. Si la deuda no debe hacerse en efectivo
pero en la forma de otros objetos, el valor de reembolso también será de veinte veces los
ingresos anuales,
y el valor de las mismas se regularán de acuerdo con los precios del mercado local de
los últimos diez años,
que se calculará por ellos, y en su defecto, serán estipuladas por expertos designados por
el
las partes o el juez. Los ingresos reales de los últimos quince años se considerará como
un promedio de
el monto de los ingresos anuales con respecto a una proporción X y otros y anuales
pagos, después de deducir las dos más rentables y los dos años más sin éxito. El
contrato de arrendamiento en
respecto de los últimos quince años, después de la deducción como se mencionó
anteriormente, deberán aportar pruebas de tales
procede, y sólo en ausencia de dicho arrendamiento se siguen los habituales y los ya
nombrados-
reglas. (Bw.472, 754 a 2)
Artículo 753. Si la propiedad, durante los últimos quince años, no ha producido ningún
fruto que están sujetos a
el pago proporcional y anual décimo y otros, el importe de la amortización se
regulados por el juez, después de la audiencia de expertos. (Bw.742v., 752)
Artículo 754. Los derechos relacionados con las rentas del suelo y todos los otros
pasivos de deuda, que se describen en este
capítulo se perdieron como resultado de lo siguiente:
1. debido a la fusión, si las rentas o pasivos de deuda y títulos de las tierras pasarán a ser
propiedad de una
y la misma persona;
2. por mutuo acuerdo;
3. por la redención, de la manera como se describió anteriormente;
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4. con receta médica, si treinta años han transcurrido durante el cual el individuo, a
quien, las rentas del suelo o
pasivos de deuda se debió, no ha ejercido su derecho;
5. por la destrucción de la tierra. Las inundaciones, las excavaciones o la extracción de
la tierra no dará lugar a la pérdida de
derecho, si la tierra se seca de nuevo debido a causas naturales o mano de obra.
(Bw.594, 703v., 718v., 736, 751v.,
807, 1436, 1444, 1967)
Artículo 755. Las disposiciones de este capítulo sólo se aplicarán a las rentas del suelo,
una décima y otras deudas
pasivos, los cuales serán establecidos o previstos tras la aplicación del presente Código
Civil. La
disposiciones no se restablezca la décima pasivos de deuda u otros que fueron
revocados en el anterior
leyes y costumbres, ni se regulan modificar o invalidar las disposiciones vigentes.
(Ov.54)
Rentas de terrenos y una décima, que deben ser pagados al Estado, no se podrán canjear
sin la
consentimiento expreso del gobierno.
Capítulo X
Sobre el uso de los fondos
Sección 1
En cuanto a la naturaleza de la utilización del producto y la forma de adquisición
Artículo 756. Uso de los fondos es derecho de propiedad sobre el producido de los
bienes de una persona
otro, como si el individuo es el propietario del mismo, siempre que la propiedad en sí se
mantiene en buenas
condición. (BW. 508-1, 511-1,528, 757, 760, 765, 772, 779, 784, 806; Rv.493-2;. Civ
587)
757 artículos. Sin embargo, si el uso de los fondos se entiende que incluye el uso de
productos de consumo,
entonces será suficiente si el usuario del producto, una vez terminado el período de uso
de los fondos,
devuelve la misma cantidad, tipo y valor de los productos, o paga el precio al que los
productos se
valorado en el comienzo de la utilización del producto, o pagar el valor de tasación en
ese particular,
tiempo. (Bw.756, 761.782.784.786.804 v., 822,1273,1755; Civ.587)
Artículo 758. Uso de los fondos puede ser creado para el beneficio de una o más
personas determinadas, por
el propósito de que el disfrute del mismo, ya sea juntos o en sucesión. En caso de
disfrute de la sucesión, el uso de los fondos sólo se disfrutan los individuos que están
vivos en
el momento en que el derecho del primer usuario del producto comienza. (Bw.2, 808,
899, 1679)
Artículo 759. El uso de los fondos se adquirió por la ley, o en la voluntad de los
propietarios.
(Bw.311v, 474.883.918.957.970;. Civ.579)
Artículo 760. El derecho del uso de los fondos de un bien inmueble se hará pública, en
el
forma prevista en el artículo 620. Si el derecho se refiere a un bien mueble, propiedad
de los bienes se levantará
momento de la entrega. (Ov.26; Bw.612, 616,696,713,720,737)
Sección 2
En cuanto a los derechos de los usuarios del producto (usufructuario)
Artículo 761. El usuario del producto tendrán derecho a disfrutar de los ingresos de
todas las variedades de los activos de
que tiene el uso, independientemente de si los ingresos son de frutas naturales, ya sean
producto de la industria o el producto civil. (Bw.500-502, 766,777,786; Civ.582)
Artículo 762. La fruta natural y el producto de la industria, que al comienzo de la
utilización de
ingresos siguen apegados a los árboles o las raíces, pertenecen al usuario del producto.
Los que están en el
misma condición en el momento en que el uso del producto se termina, pertenecen a su
titular, sin
pago de cualquier indemnización, de una u otra parte por los costos incurridos en la
labor y el
siembra de la tierra, excluida la parte de la fruta, que se debió a un arrendatario que
participen a título
en el inicio o la terminación de la utilización del producto. (Bw.500, 502,571,1594;
Civ.585)
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Artículo 763. Procede Civil se considerará que se acumulan día a día, y corresponderán
a los usuarios de
los ingresos para la duración de su uso de los fondos, que también puede ser el
momento exacto en que estos
se pagan. (Bw.501v, 764;. Civ.586)
Artículo 764. El uso de los ingresos de una renta vitalicia también dará derecho al
usuario del producto, para el
duración de la utilización de los ingresos, para recibir el interés de continuar. Si el pago
de la renta vitalicia
se llevará a cabo con antelación, el usuario de los ingresos tendrá derecho a todos los
pagos, lo que
de lo contrario se han realizado durante el período de su derecho a utilizar el producto.
Un individuo, que ha
el uso de los ingresos de una renta vitalicia no estará obligado a devolución alguna.
(Bw.501, 761,763,1775 v., 1785; Civ.588)
Artículo 765. Si los fondos se utilizan de activos, que no se pierda de inmediato, pero
que son
agotadas por el uso, tales como ropa, ropa, muebles tienen casa y artículos similares, el
usuario de los fondos recaudados
derecho a utilizar los activos para el propósito para el cual fueron designados, siempre
que en el
terminación de la utilización del producto, no estará obligado a devolver los bienes en
una condición que
es diferente a la que se encontraban en el comienzo de la utilización del producto,
siempre y cuando
No se han deteriorado debido a la falta o la mala fe de los usuarios de los ingresos.
(BW.
757.761.782.787.806; Civ.589)
Artículo 766. Si los fondos utilizados provienen de la madera picada, * 228 el usuario
de los ingresos se han
el disfrute de los mismos, siempre que se observa el orden y la cantidad de la tala, en
acuerdo con las costumbres de los propietarios, y el usuario del producto o sus
herederos no se
derecho a reclamar la compensación en el caso de que la costumbre de cortar de madera,
ramas o árboles altos, es
abandonados por el dueño durante el período de la utilización del producto. (AB.15;
Bw.761; Civ.590).
Artículo 767. El usuario del producto deberá, siempre que haya lo que respecta a los
plazos fijos, y
las costumbres de los antiguos propietarios, también tienen derecho a disfrutar de lo que
los dueños anteriores
han disfrutado, como la madera de los árboles que son talados con regularidad, si esta
tala se
a cabo en un período determinado en un área determinada de tierra, o si consiste en un
cierto número de árboles,
tomadas al azar, de toda el área de la tierra. (AB.15; Bw.769; Civ.591)
Artículo 768. En los demás casos, el usuario de los productos no tendrá derecho a los
árboles de maderas necesarias
que crecen muy altos. Puede, sin embargo, utilizar la madera de árboles que han sido
arrancados por accidente o
dañado, para llevar a cabo las reparaciones de los que es responsable. Puede también, si
lo considera necesario, para la
con fines de reparación, que los árboles talados, a condición de que deberá demostrar la
necesidad de las reparaciones
el dueño. (Bw.793; Civ.592)
Artículo 769. El usuario del producto puede eliminar o quitar las estacas de los bosques
para su uso en los viñedos, y
si se considera necesario para apoyar a los árboles frutales y de mantener y plantas de
los jardines. No se
derecho a talar árboles para obtener leña, pero tendrá derecho a disfrutar, que, sobre una
base anual o en
horarios fijos se deriva de los árboles, siempre que se deberá tener en cuenta las
costumbres de los locales
comunidad, o los propietarios. (AB.15; Bw.767v;. Civ.593)
Artículo 770. Los ingresos de los árboles, que se puede quitar de un vivero sin causar
ningún daño,
También se puede utilizar, siempre que el usuario del producto tiene en cuenta las
costumbres locales y las costumbres
de los propietarios con respecto a la sustitución de los árboles. (AB.15; Bw.761;
Civ.590)
Artículo 771. Los árboles muertos de fruta, incluidos los que han sido arrancados o
dañados accidentalmente, se
pertenecen al usuario del producto, siempre y cuando los sustituye por otros árboles.
(Bw.772; Civ 594).
Artículo 772. El usuario de los productos pueden ejercer personalmente su derecho a la
utilización del producto o
deberá contratar a la propiedad o concesión de un contrato de arrendamiento a largo
plazo de la misma, o vender o gravar el uso de la
ingresos, o disponer de él sin cargo alguno. Él, sin embargo, si en el curso de su propia
disfrute, o la contratación o arrendamiento a largo plazo, o la eliminación, observar las
costumbres locales y la costumbre de la
propietarios, y no cambiar el uso de la propiedad a uno que irá en detrimento de los
propietarios.
Código Civil de Indonesia
Página 100
Durante el plazo del alquiler o arrendamiento a largo plazo, que se * 229 también,
teniendo en cuenta la distinta naturaleza
y el propósito de los activos, observar las costumbres locales y las costumbres de los
propietarios. En el
ausencia de tales costumbres o hábitos, las casas no se puede alquilar por más de cuatro
años, y la tierra
no se puede alquilar por más de siete años. (AB.15; Bw.756, 817, 823, 1164-2, 1169,
1457v,.
1547v;. Civ.595)
Artículo 773. Todos los empleados o alquiler a largo plazo de bienes inmuebles
respecto de los cuales hay un uso de
ganancias, que fueron contratados para más de dos años antes del comienzo del alquiler
o
el contrato de arrendamiento a largo plazo, podrá, a solicitud del titular, se termina, si el
derecho del usuario de la
procede deja dentro de ese período de tiempo. (Bw.772, 817; Civ.1430)
Artículo 774. El usuario del producto deberá tener el disfrute de la suma de los activos,
de los cuales se
tiene el uso, que son el resultado de depósitos aluviales. Tendrá, en la misma forma que
el
propietario, el goce de las servidumbres, y de todos los demás derechos que tiene
derecho el propietario para hacer ejercicio. Él
También tendrá derecho a ejercer los derechos de caza y pesca. (Bw.586, 596, 674v,
721, 776, 781;. Civ.
596v.)
Artículo 775. (Modificado por S.04-233) Asimismo, deberá, en la misma forma que el
propietario, el derecho a la
disfrute de las canteras y turberas, que se encontraban en el curso del desarrollo en el
momento de
comienzo de la utilización del producto. (Bw.571, 761; Civ.598)
Artículo 776. (Modificado por S.04-233) El usuario del producto no se tiene ningún
derecho
respecto de las canteras y turberas que no están en el curso del desarrollo, y, por tanto,
no
explotar cualquier césped u otros minerales antes del inicio del desarrollo o exploración,
a menos que
se estipule lo contrario. (Bw.721, 761, 775; Civ.598)
776a artículo. (Complementado por S.04-233) De conformidad con el uso de los fondos
de una concesión minera,
el usuario de los productos tendrán derecho al disfrute de la misma manera que el titular
de la
de la concesión.
Artículo 777. El usuario de los productos no tendrá derecho al tesoro, que, durante el
período de uso
de los ingresos, se encuentra por otra persona en las tierras de las que tiene derecho al
disfrute. En el
caso de que él personalmente se encuentra el tesoro, tendrá derecho a reclamar su parte
de éstos, en
conformidad con el artículo 587. (Bw.500, 502, 761; Civ.598)
Artículo 778. El propietario debe permitir que el usuario de los productos para disfrutar
del uso de los mismos, sin
obstaculizar su disfrute. (Bw.728; Civ.599)
Artículo 779. El usuario del producto no se puede exigir indemnización a la terminación
del uso
de los ingresos, las mejoras que dice haber hecho, a pesar de que el valor de
la propiedad se ha incrementado como resultado de la misma. * 230 No obstante, estas
mejoras se pueden tener en
la hora de evaluar los daños y perjuicios como resultado del daño a la propiedad.
(Bw.575v., 603v., 756,
782, 807, 1630; Civ.599)
Artículo 780. Espejos, cuadros y otros accesorios que han sido introducidos por el
usuario de la
producto, pueden ser retirados por él o sus herederos, siempre que la ubicación de esos
elementos se
restaurados a su estado anterior. (Bw.507-2, 581v.)
Artículo 781. El usuario del producto puede llevar a cabo todas las acciones civiles que
tiene derecho el propietario de
ejecutar de conformidad con la ley. (Bw.556, 574, 774; Rv.102).
Sección 3
En cuanto a las obligaciones de los usuarios del producto (usufructuario)
Artículo 782. El usuario del producto se hará cargo de la propiedad en la condición de
que se encontraba en el
comienzo de la utilización del producto. Deberá devolver la propiedad a la terminación
del usode los ingresos en la condición de que sea en en ese momento, sin perjuicio de lo
establecido en los artículos 779
y 780 y la indemnización que se debe a que el propietario, como consecuencia de los daños
causados. (Bw.312,
757, 762, 765; Civ.600, 614)
Artículo 783. , El usuario de los productos, a sus expensas, y en presencia del propietario, o si
no
que bien lo convocó, los arreglos para una descripción de los bienes muebles e inventario de
los
bienes inmuebles que se elaboren, que los activos están sujetos a la utilización del producto.
Ningún individuo puede ser
liberado de esta obligación, que deberá ser previsto en la concesión que establece el uso de la
procede. La descripción y el inventario puede ser redactado en privado, si el dueño está
presente.
(Bw.312, 315, 757, 819, 1563; Rv.675; Civ.600)
Artículo 784. El usuario del producto deberá presentar una garantía personal legal o de
negocios, que, en
la manera de un buen padre de familia, se utilizan los activos, los ingresos de la que ha
uso, sin que ellos se deprecie o su descuido, siempre que los bienes serán devueltos,
o el valor del mismo será devuelto si los bienes en cuestión son las mencionadas en el artículo
757.
(Bw.472v, 785, 787v, 819, 982, 1162v, 1273, 1820v, 1827, 1830,.... Rv.611v;. Civ.601).
Artículo 785. El usuario de los productos pueden ser liberados de la obligación de prestar una
garantía por
disposición en la escritura que dispongan la utilización de los fondos. Los padres, que tienen
derecho al disfrute de
los ingresos procedentes del patrimonio de sus hijos, como los que han dispuesto de sus
activos mediante la venta o
tema de regalo para el mantenimiento de condiciones de la utilización del producto, no se
considera obligado por dicha obligación. La
mismo se aplicará también a los usuarios del producto de los bienes que son administrados
por otras personas,
sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 789. (Bw.311v, 473v, 819, 1669, 1730v,... 601 Civ.)
Artículo 786. En el caso de que el usuario del producto no proporciona ninguna seguridad, el
propietario deberá
derecho a administrar personalmente los bienes que están sujetos a la utilización del
producto, siempre que
proporciona seguridad. En ausencia de este, los bienes inmuebles sean objeto de
arrendamiento, * 232 arrendados en el
arrendamiento a largo plazo, o se colocan bajo la dirección de un tercero, las cantidades de
dinero, lo que constituye
que los ingresos sean utilizados, deberán ser invertidos, y la comida y otras cuestiones que
sólo pueden ser utilizados por
consumo, no se venderá, con el fin de que el producto de la misma también se puede invertir.
El interés
que se obtengan en estas cantidades de dinero, incluyendo el alquiler será propiedad del
usuario de la
procede. (Bw.473, 757,761,784,787,790,1730 v.; Civ.602)
Artículo 787. Si la totalidad o parte de los fondos utilizados, consisten en bienes muebles, que
se agotan por
el uso de los mismos, el usuario del producto deberá, en ausencia de la provisión de seguridad,
no pierden su
derecho a la misma disfrute, siempre que él jura bajo juramento que no puede dar ninguna
seguridad, y siempre que se compromete a entregar de nuevo los bienes a la terminación de la
utilización de
procede. El propietario podrá exigir que el usuario de su producto se dejó sólo la parte de la
bienes muebles, lo cual es necesario para su uso, y que el resto se venderán y los ingresos
su inversión, como se menciona en el artículo anterior. (Bw.473, 765.784; Civ.603)
El artículo 788. El usuario del producto, a la que tenía derecho desde el momento de inicio del
uso
de los ingresos, no serán privados de los ingresos debido a un retraso en la prestación de la
seguridad. (Bw.760,
784, 959; Civ.604)
Artículo 789. Esos individuos, designada para administrar los activos sujetos a la utilización del
producto, se
necesarios para proporcionar un personal legalmente válida o garantía de negocio, antes de la
aceptación de sus
de gestión. (Bw.472v., 784v., 792, 803, 816, 1019)
Artículo 790. Cada año, los administradores deben responder por sus acciones, para el usuario
de los ingresos, que
incluirá la presentación del balance de sus cuentas. A la terminación de su gestión,
que deberá rendir cuentas de sus acciones al propietario, así como el usuario del producto. El
propietario, que,
de conformidad con el párrafo primero del artículo 786, administra los activos, que de la
misma manera, cuenta
por sus acciones para el usuario del producto. (Bw.465v, 791;. Rv.764)
Código Civil de Indonesia
Página 102
Artículo 791. Los gerentes pueden ser dados de baja por las mismas razones que los
conservadores, tales como la negligencia
en el cumplimiento de la obligación impuesta a los mencionados en el párrafo primero del
artículo 790.
(Bw.373, 379v., 790, 1022)
Artículo 792. Si, por cualquier razón, deja la gestión, el usuario de los ingresos se recuperan
todos los
los antiguos derechos. (Bw.307, 786, 791, 816, 979, 1020)
Artículo 793. El usuario del producto sólo estará obligado a realizar las reparaciones con el
propósito de
de mantenimiento. Reparaciones importantes seguirán siendo responsabilidad del propietario,
a menos que estos se han traducido
de la negligencia en el mantenimiento regular * 233 desde el comienzo de la utilización del
producto, en
cuyo caso el usuario de las ganancias también serán responsable del mismo. (Bw.578, 723,
768, 782, 794v.,
815, 828, 984; Civ.605)
Artículo 794. Las reparaciones mayores son las siguientes: reparación de grandes paredes y
techos abovedados, y las reparaciones a las vigas
y techos de todo, el total de la reparación de diques, muelles, el yeso de obras sanitarias,
incluyendo el apoyo y
muros exteriores. El resto de reparaciones se considerará como un mantenimiento regular.
(Bw.1583; Civ.606)
Artículo 795. Ni el propietario ni el usuario del producto, estará obligado a reconstruir lo que
ha
sido dañados por el paso del tiempo o un accidente. (Civ.607)
Artículo 796. El usuario de los productos, estarán obligados, durante el periodo de su disfrute,
que se
responsable de todos los cargos anuales y regulares impuesto a la propiedad, tales como la
renta de la tierra, los impuestos
y otros cargos, que suelen ser considerados como gastos incurridos en el proceso de disfrutar
de la
procede. (Bw.727; Civ.608)
Artículo 797. El propietario será responsable personalmente de los cargos especiales, que
pueden ser impuestas a los
los bienes, durante el uso de los fondos, aunque el usuario de los ingresos es necesaria para
compensar
él por el interés que se cobra durante el uso de los fondos. En el caso de que el usuario de los
ingresos
ha pagado los gastos por adelantado, es posible que, a la terminación de la utilización del
producto, la demanda que se
el reembolso de los cargos, pero excluyendo cualquier interés que pudiera haber acumulado
durante el uso de la
procede. (Bw.727;. Civ 609)
Artículo 798. Una persona que tiene un uso general del producto o de un uso de los ingresos
sobre la base de un general
título, y además con al propietario pagar las deudas de la siguiente manera: El valor de la
propiedad, que está supeditada a la utilización de los fondos se estima, la cantidad de deudas
que se liquidará
A continuación se determinará, en función del valor de la propiedad. En el caso de que el
usuario de la
procede desea avanzar en un préstamo y el valor de la propiedad, entonces la suma principal
se
volvió a él a la terminación de la utilización de los ingresos, excluyendo los intereses. Si el
usuario de la
procede no está dispuesto a avanzar como un préstamo, el propietario puede pagar esta
cantidad a sí mismo, en
cuyo caso el usuario de los ingresos se le debe el interés que se cobra durante el uso de la
producto, o bien, puede gravar o vender una parte de los activos sujetos a la utilización del
producto, por un importe de hasta
la cantidad necesaria para saldar las deudas. (BW. 799v, 876, 954, 957, 1100;. Civ.612)
Artículo 799. Un individuo, que tiene el uso de los ingresos sobre la base de un título especial,
no será necesario
para pagar las deudas, respecto de los cuales ha sido la propiedad sujeta a la utilización del
producto, aseguró.
En el caso de que se instala esta deuda con el fin de prevenir * 234 desalojo de la propiedad,
puede reclamar
reembolso para ello de su titular. (Bw.957, 965, 1100, 1105; Civ.611)
Artículo 800. Una renta vitalicia, o de la asignación anual para el apoyo, que ha sido
proporcionada por el testador,
corresponderá en su totalidad a la persona a la que el uso total de los ingresos ha sido
legado, y en proporción al disfrute de la persona que ha sido legada sólo una parte
de la utilización del producto, sujeto a ninguna persona se le permita presentar una
reclamación. (Bw.764, 798, 960 -
2, 1775v;. Civ.610)
Artículo 801. El usuario del producto deberá ser responsable por el pago de los gastos
efectuados en
litigios relativos a su uso de los ingresos y el pago de todas las otras sanciones derivadas de
tales
Código Civil de Indonesia
Página 103
demandas. Si la controversia se refiere el propietario y el usuario de los ingresos al mismo
tiempo, y son
ambas partes en el juicio, deberán contribuir a los gastos, en proporción a sus intereses
mutuos, que se
determinado por el juez. (Bw.803; Rv.58; Civ.613)
Artículo 802. Si durante el uso de los fondos, un tercero comete un acto ilegal en la propiedad,
o
los intentos de restringir los derechos del propietario, el usuario de su producto se debe
notificar a la
su propietario, de no hacerlo, se le podrán por ningún daño resultante del hecho ilícito, en
de la misma manera que está obligado a indemnizar los daños causados por él o por aquellos
por los que se
responsables. (Bw.1366v, 1591;.. Civ 614)
Artículo 803. Si los activos son administrados por un tercero, los gerentes deben proteger los
derechos de la
propietario y el usuario del producto; de no hacerlo, se las hacen responsable por los costos,
daños y
de interés. No puede actuar en nombre del propietario o el usuario de los ingresos en los
tribunales, si el demandante
o el demandado, sin haber sido autorizado a hacerlo por la parte involucrada en el caso.
(Bw.786, 789,
801, 1792v).
Artículo 804. En el caso de que el uso de los fondos de un rebaño de animales se concede, que
manada de
los animales es totalmente destruida por un accidente o enfermedad debido a causas no
imputables al usuario del producto, que se
sólo que dar cuenta al propietario de las pieles o el valor de los mismos. Si el rebaño es sólo
parcialmente
destruido, el usuario de su producto se requiere para reemplazar a los animales muertos con
los jóvenes. (BW.
761, 807-6, 811, 824; Civ.616)
Artículo 805. Si el uso de los fondos sólo se refiere a uno o más animales y no a todo el rebaño
y los animales mueren debido a causas no imputables al usuario del producto, no estará
obligado a sustituir a los
los animales o el reembolso del valor de los mismos, pero sólo se debe devolver la piel o el
valor de los mismos.
(Bw.761, 807-6, 824; Civ.615)
Artículo 806. El usuario del producto de una nave debe asegurar en el caso de viajes al
extranjero. La falta de
hacerlo, se le podrán al propietario por los daños causados. * 235 (Bw.813; K.592v, 784.)
Sección 4
La terminación de la utilización del producto
Artículo 807. El uso de los fondos terminará de la siguiente manera: 1. debido a la desaparición
de los usuarios de la
producto; (Bw.772, 808, 1318) 2. si el periodo de tiempo o los requisitos en materia de uso de
los fondos
ha caducado o se ha cumplido; (. Bw.809v) 3. por la fusión, lo que resulta en la propiedad y el
uso de la
de los ingresos en manos de un individuo; (Bw.756, 1436v.) 4. por renuncia del uso de
procede por parte del usuario para el beneficio del propietario; (Bw.772, 1341) 5. por la
prescripción, si el usuario de la
producto no ha hecho uso de sus derechos por un período de treinta años, (. Bw.1946v) 6. por
la destrucción
de los bienes objeto de la utilización del producto. (Bw.314, 703v., 718v., 736, 754, 811, 815,
1169,
1444v;. Civ.617)
Artículo 808. El uso de los fondos concedidos en el interés de varias personas conjuntamente,
deberán cancelar
tras la desaparición del último individuo sobreviviente. El uso de los fondos concedidos en el
interés de un
entidad deberá cancelar como resultado de la liquidación de dicha entidad. (Bw.810, 1002,
1653)
Artículo 809. El uso de los fondos que se han concedido hasta que un tercer individuo ha
llegado a un cierto
edad, continuará hasta que el tiempo, a pesar de que la persona puede pasar antes de llegar al
estipulado edad sin perjuicio de lo dispuesto en el capítulo catorce del primer libro de esta
Código Civil en relación con el ejercicio legal de los padres. (Bw.311, 314; Civ.620)
Artículo 810. El uso de los fondos no se puede conceder a una entidad por más de treinta años.
(Bw.808,
1653; Civ.619)
Artículo 811. Si sólo una parte de los bienes objeto de la utilización del producto ha sido
destruido, el uso de
ingresos continuarán siendo válidos en relación con el resto de los mismos. Las inundaciones
no dará lugar a la
Código Civil de Indonesia
Página 104
terminación de la utilización del producto, en la medida en que el usuario del producto es
capaz de ejercer su
derecho de conformidad con la naturaleza de las circunstancias. El uso de los fondos deberán
estar plenamente
restablecido, después de la propiedad se ha secado ya sea como resultado de la naturaleza o la
mano de obra, sin
perjuicio de lo estipulado en el artículo 594. (Bw.545, 593, 598, 804; Civ.623).
Artículo 812. En el caso de que el uso de los fondos sólo se refiere a un edificio, que es
destruido por el fuego
o algún otro accidente o por edad avanzada, el usuario de los productos no tienen ningún
derecho de
disfrute con lo que se refiere a la propiedad * 237 o de los materiales de construcción. Si el uso
de los ingresos cubre una
parcela de tierra, de los cuales el edificio forma parte, el usuario del producto deberá tener el
goce de los
la tierra, y podrá utilizar los materiales de construcción, ya sea para reconstruir lo que fue
destruido, o para reparar otros
edificios que forman parte de la propiedad. (BW. 807-6; Civ.624)
Artículo 813. El uso de los fondos de un buque se considera nula, en caso de que el vehículo es
irreparable. El usuario del producto no tendrá derecho a la ruina o restos de los mismos.
(Bw.761,
806, 807-6)
Artículo 814. El uso de los fondos de cualquier interés, préstamo o acuerdo de no cesar como
consecuencia de la
liquidación de la suma principal. El usuario de los ingresos tendrá derecho a exigir la
reinversión
de los mismos para su beneficio. (BW. 764)
Artículo 815. El uso de los fondos también puede terminar como resultado de abuso por parte
del usuario de los ingresos
de disfrute, ya sea por daños en el patrimonio, o permitiendo que dichos activos se deterioren
al no
llevar a cabo la reparación apropiada y mantenimiento de los mismos. (Bw.782, 793, 802;
Civ.618)
El artículo 816. El juez puede, en esas circunstancias, ya sea para la destrucción total de los
activos en
respecto de los cuales el uso de los fondos ha sido concedida, o el lugar de los activos bajo la
administración de
un tercero, o devolver los bienes a su propietario, con la condición de que él debe pagar una
determinada suma a la
usuario de los ingresos sobre una base anual, hasta el momento en que el uso de los fondos
que han
terminada. Sin embargo, si el usuario del producto o de sus acreedores ofrecen para reparar
los daños causados por
los abusos cometidos, y para proporcionar la suficiente seguridad a partir de entonces, el juez
deberá reintegrar al usuario de
las ganancias en la posición de goce de sus derechos. (Bw.734, 789v, 802, 1131v,.. Civ.618)
Artículo 817. La anulación de la utilización del producto no se extinguirá los contratos de
arrendamiento
celebrados con arreglo al artículo 772. (Bw.773; Civ.595)
Capítulo XI
Sobre el uso y la ocupación
Artículo 818. El derecho de uso y de la ocupación son los derechos de propiedad que se
obtienen y revocó
de la misma manera como el uso de los fondos. (Bw.759, 807; Civ.625)
Artículo 819. Las obligaciones impuestas a los usuarios de los productos para garantizar la
seguridad, a un proyecto
inventario y descripción de los bienes, a gozar de la propiedad como una cabeza apropiada de
la casa y
para devolver la propiedad, también se aplicará a la persona que tiene el derecho de uso y la
ocupación.
(Bw.782v;. Civ.626v.)
Artículo 820. El derecho de uso y la ocupación se regulará de acuerdo con el capítulo que
se ocupa de estos, en el caso de que no hay disposiciones sobre el alcance de esos derechos se
han hecho,
estos derechos se regulará de acuerdo con los artículos siguientes. (Bw.717, 735, 826;. 628v
Civ.)
Artículo 821. Un individuo, que tiene el derecho de uso de una parcela de tierra, sólo tendrá
beneficios como son
necesarias para sí y su familia. (Bw.825; Civ.630)
Artículo 822. Activos que son de consumo, no puede ser objeto del derecho de uso, en el
caso de que tal derecho se permite en relación con activos similares, se considerará como uso
de los fondos.
(Bw.757)
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Artículo 823. El usuario no puede renunciar o ceder sus derechos a otra persona. (Bw.772, 821;
Civ.631)
Artículo 824. El usuario puede usar los animales por motivos de trabajo, y puede tomar su
leche para satisfacer las suyas y su
los requisitos de la familia, sino que también podrán hacer uso del estiércol, pero no tendrá el
disfrute de los
la lana o el animal es joven. (Bw.804v.)
Artículo 825. El derecho de uso con respecto a una parcela de tierra, no se incluye el derecho
de cazar o pescar,
Sin embargo, el usuario tendrá derecho a disfrutar de los beneficios de la servidumbre es.
(Bw.821)
Artículo 826. No habrá distinción entre el derecho de uso y de la ocupación, de una casa.
Un individuo, que tiene el derecho de ocupación con respecto a una casa, pueden ocupar
como con su familia,
incluso si no estaba casada en el momento en que el derecho le fue concedido. Este derecho
deberá estipular
lo que sea necesario para la ocupación por el usuario y su familia. (Bw.827v;. Civ.632v.)
Artículo 827. El derecho de ocupación no se renunció a * 240 o asignado. (BW. 772, 823;
Civ.634)
Artículo 828. Si el usuario disfruta de todos los ingresos de la parcela de tierra, u ocupa toda la
casa, que
deberá, en la misma forma que el usuario del producto, será responsable por los costos
incurridos para la
reconstrucción y mantenimiento de las reparaciones, incluidos los impuestos y demás
gravámenes correspondientes. Si sólo cuenta con
parte de los ingresos, o sólo ocupa parte de la casa, que contribuirá a los costos y gastos
en proporción a su disfrute. (BW. 793v, 796v;.. Civ.635)
Artículo 829. El uso de los bosques y las plantas, concedido a una persona específica, dará
derecho al usuario sólo a
hacer uso de la madera muerta y de tomar la leña en la medida necesaria para él y su familia.
(Bw.766v;. Civ.636)
Capítulo XII
En cuanto a la sucesión por fallecimiento
Sección 1
Disposiciones generales
Artículo 830. Sucesión sólo el resultado de muerte. (Bw.3, 472;.. Civ 718v)
Artículo 831. En el caso de que varias personas, que están relacionadas unas con otras por
herencia, todos deben
mueren en el mismo accidente, o el mismo día, y si no hay evidencia de la prioridad de su
tiempo de
la muerte, se presume que han muerto en el mismo instante, y no será la transferencia de la
herencia
llevará a cabo del uno al otro. (Bw.836, 894, 1916;. Civ.720v)
Artículo 832. (Modificado por Art. 35-486) Los herederos legales de la propiedad que
comprende la herencia se
que los familiares legales y de la sangre y el cónyuge sobreviviente, de acuerdo con las
siguientes
los reglamentos. En ausencia de parientes consanguíneos y el cónyuge supérstite, los activos
en que pase a
el Estado, con la condición de que las deudas de los bienes deberán ser resueltas, en la medida
en que el valor de
los activos es suficiente. (Bw.141, 520, 852v, 862v, 873, 1059, 1126v,... S.1850-3; Bw.1128;
Civ.723)
Artículo 833. Los herederos por ley se asume la posesión de los bienes, derechos y demandas
de la
fallecido. En el caso de una disputa sobre quién será el heredero, y que estarán autorizados a
tener el título de
la propiedad, el juez puede ordenar que los bienes se llevará a cabo en la custodia de la corte.
El juez
ordenará que el Estado debe mantener la propiedad, y estará obligado a sellar el estado, y
tiene una
descripción de bienes elaborado, en forma de aceptación de herencias establecido de
conformidad con el
privilegio de la descripción de bienes, de no hacerlo, deberá obligar al Estado para la
compensación de los costos,
daños y perjuicios. (Bw.257v., 270V., 528, 541, 584, 852v., 866, 874v., 955v., 1023v., 1044v.,
1051, 1126v, 1299, 1318, 1528, 1717, 1730v, 1743, 1819, 1826,.. Rv.7, 248v;. Civ.724)
Código Civil de Indonesia
Página 106
Artículo 834. El heredero tiene derecho legal a reclamar la herencia en contra de todos
aquellos que, ya sea en virtud de tales
título o no tener título, se encuentran en posesión de la totalidad o parte de la herencia,
incluidos los que,
que por engaño, han perdido su derecho a la herencia. (Bw.564) Se puede presentar esta
reclamación legal
en relación con toda la herencia, si él es el único heredero, o en relación con su participación,
si hay otros
herederos. Demanda judicial se extenderá a todo lo incluido en la herencia por cualquier título,
incluyendo
los ingresos, los ingresos y la compensación, que se establecen en relación con el * 243
reclamando la posesión,
en las reglas en el título tercero. (Bw.574v, 955, 1334, 1537;. Rv.102)
Artículo 835. La pretensión jurídica se extinguirá después de un período de treinta años ha
transcurrido, período que se
comenzará a partir de el día en que la herencia se encuentre disponible. (Bw.269v., 955, 1967)
Artículo 836. Una persona puede llegar a ser un heredero, si existe en el momento en que la
herencia se convierte en
disponible, sujeta a la regla prevista en el artículo 2 de este Código Civil. (Bw.489v, 831, 899;.
Civ.725)
Artículo 837. De conformidad con S.72-11 véase también 15 a 299, 642 (el 1 de enero de 1916)
el artículo 837 ha sido
derogada y sustituida por el texto siguiente: En el caso de que una herencia, que incluye
activos en el interior
y fuera de Indonesia, se divide entre los extranjeros, no residentes y los ciudadanos
holandeses, el lattermentioned
tendrá un avance, en proporción a su participación en la herencia y el valor de la
activos, que de otro modo habría sido excluido de las leyes de conformidad con el exterior o
las costumbres.
El valor adelantado se tomarán de los bienes de la herencia que no están sujetos a esta
exclusión. (AB.5; Civ.726)
Artículo 838. (Modificado por Art. 17-497) Las siguientes personas deberán ser considerados
como no calificados para ser
un heredero y, como tal, será excluido de la herencia: 1. individuos que han sido condenados
por
matar o intentar matar a la persona fallecida; (Sw.53, 338, 340) 2. personas que por sentencia
judicial han
sido declarado culpable de difamar al testador, acusándolo de cometer un delito punible con
una
prisión plazo de cinco años o más; (Bw.1372v;. Sv.7v;. IR.44; Sw.311, 317) 3. personas que en
coacción física o han impedido que la persona fallecida desde la redacción o revocar su última
voluntad; (Bw.875,
992v.) 4. individuos que han ocultado, destruido o forjado de la última voluntad del difunto.
(Bw.833,
839, 912; Civ.727)
Artículo 839. El heredero que es considerado como no calificado y, como tal está excluido de la
herencia, deberá devolver todas las ganancias y los ingresos, que ha disfrutado desde la
herencia se convirtió en
disponible. (Bw.579; Civ.729)
Artículo 840. Hijos de una persona no calificada, que se han convertido en los herederos, no
serán excluidos debido a
la culpa de sus padres, los padres, sin embargo, en ningún caso ser autorizado a reclamar
el uso de producto de los bienes de la herencia, que la ley concede a los padres en relación con
los bienes recibidos por sus hijos por herencia. (Bw.308, 311, 847, 852, 1060; Civ.730)
Artículo 841. Confiere su representación a una persona el derecho a ocupar el lugar, estar en el
nivel y asumir el
derechos de la persona representada. (Bw.866, 914, 1060, 1089; Civ.739)
Artículo 842. La representación de un descendiente legal * 244 será perpetua. La
representación
serán admitidos en el supuesto de que todos los niños de la reclamación de la herencia junto
fallecido
con los descendientes de un hijo previamente fallecido, o cuando todos los hijos del fallecido
han
fallecido él y sus descendientes en diferentes grados y niveles de descenso. (Bw.280, 860, 872;
Civ.740)
Artículo 843. No habrá representación de los familiares en línea ascendente. La relación más
estrecha
en cada una de las líneas en todo momento excluir a aquellos que están un nivel más
separados. (Bw.853; Civ.741)
Artículo 844. Representación de los relacionados por línea colateral, se permitirá para el
beneficio de la
hijos y descendientes de los hermanos difuntos, ya reclamar la herencia
junto con sus tíos o tías, o si, tras la muerte de los hermanos y hermanas de la
Código Civil de Indonesia
Página 107
fallecido, la herencia pasará a los descendientes de los hermanos y hermanas, en relación con
una
otro en diferentes grados. (Bw.845, 855v;. Civ.742)
Artículo 845. (Modificado por Art. 35-486) de representación también se permitirá en el caso
de la
sucesión de los sobrinos, si además de la del testador familiares, también hay niños o
descendientes de los hermanos ya fallecidos y hermanas del causante. (Bw.844, 858)
Artículo 846. En todo caso, en el que la representación se permitirá la distribución tendrá
lugar en las oficinas de la acción principal, y si la misma rama se ha producido varias ramas, la
subdivisión
en cada sucursal una vez más se llevará a cabo en las oficinas de la acción principal, y la
división entre
los individuos de la misma rama se per cápita. (Bw.852; Civ.743)
Artículo 847. Ningún individuo puede representar a una persona viva. (Bw.489v, 840, 1060;.
Civ.744)
Artículo 848. Un niño no se concederá el derecho de sus padres para que los represente, sino
un individuo
puede representar a alguien cuyo patrimonio se ha negado a aceptar. (Bw.1060, 1089; Civ.744)
Artículo 849. La ley no tendrá en cuenta la naturaleza ni el origen de los bienes, a fin de regular
sucesión. (Bw.852; Civ.732)
El artículo 850. Cualquier herencia, que, en todo o en parte, que pase a los parientes de sangre
en el
ascendientes o colaterales, se dividirá en partes iguales, una para ser transmitido a la
descendientes en el lado del padre, y el otro a los descendientes por línea materna, sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 854, 855 y 859. Una herencia que nunca puede ser
transmitido de
un lado a otro, a menos que no se puede encontrar parientes en línea ascendente o colateral
en cualquier lado.
(Bw.853, 856v, 861;. Civ.733)
Artículo 851. Aparte de la primera división entre las personas que son descendientes del padre
y la madre, * 245 no habrá más divisiones entre las diferentes ramas, a condición de que,
la mitad, se pasa a uno y otro lado, pertenece al heredero o herederos, que están más
estrechamente relacionados con la
fallecido, sin perjuicio de las disposiciones en materia de representación. (Bw.841, 846;
Civ.734)
Sección 2
En cuanto a la sucesión de los parientes de sangre y legal del cónyuge sobreviviente
Artículo 852. Los hijos o sus descendientes heredarán de sus padres, abuelos o más
parientes consanguíneos en línea ascendente, sin distinción entre los de diferente sexo o edad,
no con
de pie que puede haber sido concebido a partir de varios matrimonios. Que se heredan de
cada iguales
acciones, si todos son del mismo nivel y son convocados por su propia cuenta, sino que se
heredan por
ramas de la acción principal, si todo o parte de ellos se presentan por sustitución. (Bw.141,
277v, 840v, 846, 1060,.. Civ.745)
852A artículo. (Complementado por Art. 35-486) En relación con la herencia del cónyuge
fallecido, la
cónyuge sobreviviente se considerará el mismo que el hijo legal de la esposa fallecida de la
efectos de la aplicación de las disposiciones de este título, siempre que en el caso de que en un
segundo o
matrimonio más, hay hijos o descendientes de un matrimonio anterior, el nuevo cónyuge se
no heredar más de la cuota mínima que uno de los niños, o en el momento de su muerte, su
descendientes, tienen derecho de conformidad con la sucesión, y que, además, en todas las
circunstancias, el
la herencia no podrá exceder de la cuarta parte de los activos de los testadores. (Bw.841v.) En
el caso de que un
cláusula por la última voluntad ha sido establecido en beneficio de un cónyuge de un segundo
matrimonio, o más, y
si la suma total obtenida en la desaparición y tendrá una duración superior a los límites de la
cantidad estipulada en el
primer párrafo, el monto total de la herencia se redujo a una cantidad que se mantendrá
dentro de esos límites. Si el régimen establecido en la última voluntad, consisten, total o
parcialmente el uso
de los ingresos, entonces el valor del uso de los fondos se valorará y el monto total
mencionado,
en el párrafo anterior, se calculará de acuerdo con el valor estimado. (Bw.918) que
Código Civil de Indonesia
Página 108
que el cónyuge al lado goza de acuerdo con este artículo, se reducirá en el cálculo de
lo que se debe o se acuerde, de conformidad con el capítulo octavo del primer libro. (Bw.852,
902)
852b artículo. (Complementado por Art. 35-486) Si el cónyuge sobreviviente recibe una
herencia, junto
con personas que no sean hijos o descendientes más de un matrimonio anterior, que se
autorizado a tomar la totalidad o parte de la finca. (Bw.512, 514, 1079, 1121) En el caso de que
este
bienes forma parte del patrimonio del testador, el valor de los mismos se deducirán de la
herencia de
su esposo o esposa. (Bw.1077) * 247 Si el valor de los mismos excede la cuota de la herencia,
los coherederos
deberán ser compensados por la diferencia.
Artículo 853. (Modificado por Art. 35-486) Si el fallecido no ha dejado descendientes, cónyuge
o hermanos,
la herencia se dividirá en dos partes iguales entre los parientes de sangre desde el lado del
padre
y los parientes de sangre de la madre en la línea ascendente, sin perjuicio de lo estipulado en
el artículo
859. El más cercano en el grado en línea ascendente será la mitad de vencimiento de la
propiedad debido a su línea para el
exclusión de los demás. Parientes consanguíneos en línea ascendente, con el mismo grado,
heredarán por
cápita. (Bw.141, 843, 850, 870; Civ.746)
Artículo 854. (Modificado por Art. 35-486) Si el padre y la madre de un individuo, que muere
sin tener
dejó descendencia o de su cónyuge, a sobrevivir, tendrán cada uno derecho a un tercio de la
herencia,
si el fallecido es sustituido por un hermano o una hermana, que tiene derecho a la otra
tercera. La
padre y la madre se heredan de cada cuarto, en el caso de que el fallecido ha dejado varios
hermanos o hermanas, y el último mencionado heredarán los dos otros barrios de la herencia.
(Bw.850; Civ.748)
Artículo 855. (Modificado por Art. 35-486) Si el padre o la madre de una persona que muere
sin
dejar descendientes o cónyuge, él o ella fallece, el sobreviviente tendrá derecho a: - la mitad
de la herencia, si el fallecido sólo deja un hermano o una hermana, un tercio, si deja dos;
y cuarto, si hay más hermanos y hermanas. La parte restante se concederá a la
hermanos y hermanas. (Bw.850; Civ.749, 751)
Artículo 856. (Modificado por Art. 35-486) Si el padre y la madre de un individuo, que ha
muerto sin
dejar descendientes o cónyuge, han muerto antes que él, los hermanos y hermanas heredarán
el
estado entero. (Bw.871; Civ.750)
Artículo 857. La división de lo que los hermanos y hermanas tienen derecho a, de acuerdo con
la
por encima de los artículos, se realizará por partes iguales, si todos somos hijos del mismo
matrimonio, sin embargo, si
son de diferentes matrimonios, lo que ellos poseerán en herencia se dividirá en dos partes
iguales entre
los familiares del padre de los fallecidos y los familiares de la madre del fallecido, el total
hermanos y hermanas recibirán sus acciones de ambas líneas, y los medio hermanos se
reciben sus
solamente las acciones de la línea que los que pertenecen. Si sólo hay medios hermanos o
medias hermanas que queda en
un lado, tendrán derecho a la totalidad de la herencia, con exclusión de todos los parientes
consanguíneos en otros
la otra línea. (Bw.850; civ.733, 752)
Artículo 858. A falta de hermanos y hermanas, y otros parientes que sobreviven en uno de los
ascendientes
líneas, la mitad de la herencia deberá ser heredado por los parientes de sangre que sobrevive
en la línea ascendente,
y la otra mitad deberá ser heredado por los parientes en línea colateral, con el * 248 excepción
de la
circunstancias mencionadas en el artículo siguiente. En ausencia de hermanos y hermanas, y
de cualquier
sobrevivientes parientes en ambas líneas ascendentes, los parientes más cercanos de la sangre
en cada una de las líneas de garantía se
convocados en relación con la mitad de la herencia. En el caso de que en la misma línea
colateral no
son parientes de sangre de la misma, entonces la herencia se dividirá por habitante, sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 845. (Bw.850; Civ.753)
Artículo 859. (Modificado por Art. 35-486) El padre o la madre sobreviviente sólo heredará
toda la
herencia de los hijos en caso de que haya muerto de haber dejado descendientes, cónyuge,
hermanos o
hermanas. (Bw.850, 853, 870;. Civ.753v)
Código Civil de Indonesia
Página 109
Artículo 860. La definición de los hermanos y hermanas en esta sección, se incluyen sus
respectivos ordenamientos jurídicos
descendientes. (Bw.844, 853, 914)
Artículo 861. (Modificado por Art. 35-486) Los parientes de sangre, que están relacionados con
el fallecido en el sexto
grado en línea colateral, no recibirá ninguna herencia. Si no hay parientes de sangre de grado,
que
pueden heredar, se encuentran en una línea, los parientes consanguíneos en la línea de otros
tendrán derecho a toda la
herencia. (Bw.290v, 833, 850;. Civ.755)
Sección 3
En cuanto a la sucesión de los hijos naturales
Artículo 862. En el caso de que el fallecido ha dejado legalmente reconocidos los hijos
naturales, la
la herencia se llevará a cabo en la forma como en los siguientes tres (es decir: cuatro) los
artículos es
estipulado. (Bw.280v, 832;.. Civ.756v)
Artículo 863. (Modificado por Art. 35-486) Si el fallecido ha dejado los descendientes o
cónyuge legal, la
hijos naturales heredará un tercio de la acción, lo que tendrían derecho a si eran legales;
ellos poseerán en herencia la mitad de la finca, si el fallecido no tiene descendientes, o de su
cónyuge,
pero tiene parientes consanguíneos en línea ascendente, o hermanos y hermanas o sus
descendientes, y tres
cuartas partes si la familia que queda es relacionado en un grado más lejano. Si los herederos
legales de la
fallecidos están relacionados en grados desiguales, el pariente más cercano en una sola línea,
se establecerá la cantidad de
la proporción en que el hijo natural tendrá derecho, incluso con respecto a los que están en el
otro
la línea. (Bw.908, 916; Civ.757)
Artículo 864. (Modificado por Art. 35-486) En todas las circunstancias mencionadas en el
artículo anterior, la
resto de la herencia se dividirá entre los herederos legales en la forma prevista en el
la segunda sección de este título. (Bw.832, 852v.)
Artículo 865. (Modificado por Art. 35-486) Si el fallecido no ha dejado herederos legales,
entonces lo natural
los niños tendrán derecho a toda la herencia. (BW. 832, 838, 861, 1057v;. Civ.758)
El artículo 866. En el caso de que un hijo natural fallece el testador, sus hijos y legal
descendientes estarán autorizados a reclamar los privilegios que les otorga el artículo 863 y
865.
(Bw.841; Civ.759)
Artículo 867. Las disposiciones anteriores no son aplicables a los niños concebidos a través del
adulterio
o incesto. La ley no podrá conceder a los niños que viven con el apoyo necesario. (Bw.272v,
283, 329;. Civ.
762)
Artículo 868. Esta ayuda se regulará de acuerdo con la capacidad del padre o de la
madre, y de acuerdo con el número y el estado de los herederos legales. (Bw.324; Civ.763)
El artículo 869. Si el padre o la madre, en vida, ha garantizado un subsidio determinado a un
niño
concebido * 250 a través de adulterio o el incesto, el mismo niño no tendrá ninguna otra
reclamación a la
la herencia del padre o la madre tal. (Civ.764)
Artículo 870. (Modificado por Art. 35-468) La herencia de un hijo natural, que ha muerto sin
dejar
los descendientes o cónyuge, será el derecho del padre o la madre, que ha
reconoció como hijo, o se dividirá por igual entre ellos si ambos han reconocido
el niño. (Bw.853v, 859, 863;. Civ.765)
Artículo 871. (Modificado por Art. 35-486) En el caso de que el hijo natural, que ha dejado ni
descendientes ni cónyuge, muere después de la muerte de ambos padres, los bienes
heredados de los padres, si
que todavía existen en la finca en su estado original, será devuelto a los descendientes de un
defensor de su
o su padre o madre, y lo mismo se aplicará respecto de los actos de reparación, si es que
existen, y la
consideración de los bienes, si han sido eliminados y la cuenta sigue pendiente.
Código Civil de Indonesia
Página 110
Todos los activos restantes corresponderán a los hermanos o hermanas naturales, o de su legal
descendientes. (Bw.856; Civ.766)
Artículo 872. La ley no otorga ningún derecho a un hijo natural con respecto a los activos de la
sangre
familiares de sus padres, con la excepción de lo estipulado en el artículo siguiente.
(Bw.280, 290; Civ.756)
El artículo 873. En el caso de que uno de los parientes de sangre muere sin dejar parientes que
califican
como herederos o el cónyuge supérstite, los hijos naturales reconocidos tendrán derecho a
reclamar la
Sucesión por causa de los derechos del Estado de ser cortado. (Modificado por Art. 35-486)
Además, si los recursos naturales
niño muere sin dejar descendientes, cónyuge, padres o hermanos, o hermanas, naturales de
sus descendientes, a excepción de los derechos del Estado, toda la herencia pasará al
parientes más cercanos de la sangre del padre o la madre que lo ha reconocido, y que en caso
de haber
ha sido reconocido por ambos, la mitad de su herencia en que pase a los familiares de su padre
lado y la otra mitad corresponderá a los familiares por parte de su madre. La división en dos
líneas
se llevará a cabo de acuerdo con las reglas, tal como se estipula en materia de sucesión
normal.
Capítulo XIII
En cuanto a las últimas voluntades
Sección 1
Disposiciones generales
Artículo 874. Los bienes que una persona deja a su muerte, pertenecen a sus herederos
legales,
en la medida en que no ha dispuesto de la misma ley por la voluntad. (Ov.42, de 57 años;
Bw.173, 178, 832v.)
Artículo 875. Un testamento o última voluntad es un acto, que contiene una declaración de
deseos de un individuo y
intentos de entrar en vigor después de su muerte, y que obra se puede revocar. (Bw.992v;.
Civ.895)
El artículo 876. Disposiciones de activos por parte de las últimas voluntades en materia de
propiedad son, en general, tratan en
título general, o por título especial. Cada una de estas voluntades, ya sea elaborado bajo el
título de
disposición testamentaria o herencia, o por cualquier otro título, serán válidos, de acuerdo con
las reglas
estipulados en el presente título. (BW. 954v, 957;. Civ.967, 1002)
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Libro dos

  • 1. LIBRO DOS - LOS ACTIVOS Contenido Capítulo I - En cuanto a los activos y las diferencias entre ellos Capítulo II - En cuanto a la posesión y los derechos resultantes Capítulo III - En cuanto a la propiedad Capítulo IV - En cuanto a los derechos y obligaciones entre los propietarios de las parcelas vecinas de la tierra Capítulo V - En cuanto a los derechos y obligaciones de los cónyuges Capítulo VI - En cuanto a la servidumbre Capítulo VII - En cuanto al derecho de la construcción Capítulo VIII - En cuanto al derecho de tenencia por arrendamiento a largo Capítulo IX - En cuanto a las rentas del suelo y una décima Capítulo X - En relación con el uso de los fondos Capítulo XI - En relación con el uso y la ocupación Capítulo XII - En cuanto a la sucesión por fallecimiento Capítulo XIII - En cuanto a las últimas voluntades Capítulo XIV - En cuanto a los ejecutores de las últimas voluntades y directivos Capítulo XV - En cuanto al derecho de la deliberación y el privilegio de la descripción de bienes Capítulo XVI - En cuanto a la aceptación y el rechazo de las herencias Capítulo XVII - En cuanto a la división de bienes Capítulo XVIII - En cuanto a las herencias sin gobierno Capítulo XIX - En cuanto a la prioridad de las deudas Capítulo XX - En cuanto a las promesas Capítulo XXI - En cuanto a las hipotecas Capítulo I En cuanto a los activos y las diferencias entre ellos Sección 1 En cuanto a los activos en general Artículo 499. La ley interpreta como activos todos los bienes y derechos que pueden ser objeto de propiedad. (Bw.503, 519, 833, 955, 1131) Artículo 500. Cualquier cosa que, debido a un derecho de propiedad, comprende parte de una propiedad, incluyendo los productos, sea producida de forma natural o por medio de la mano de obra, en la medida en que estos se unen a la rama o raíz, o atados a la tierra, se considerará que forman parte de los activos. (Bw.502, 588v;. Cred.verb.4; Civ.547) Artículo 501. Los ingresos civil serán consideradas como parte de los activos, en la medida en que son no exigible, sin perjuicio de las disposiciones legales especiales y acuerdos. (Bw.761v., 960, 1251v, 1397;. Cred.verb.4; Civ.547) Artículo 502. Los productos naturales son los siguientes: 1. los que han sido producidos por la tierra, 2. todo lo que ha sido producido por el ganado o ha sido criado por el ganado. Los productos que como resultado del trabajo se han extraído de la tierra, son los que han sido producidos por el cultivo de
  • 2. del suelo. Procede Civil son producto de la concesión y el uso de la tierra, el interés de las sumas monetarias y la renta pendiente. (Bw.762;. Civ.583v) Sección 2 En cuanto a la distinción entre los bienes Artículo 503. Los activos son tangibles y no tangibles. (Bw.547, 559, 612 y Civ.1607, 2075) Código Civil de Indonesia Página 75 Artículo 504. Los activos son bienes muebles o inmuebles, de acuerdo con las disposiciones de los dos siguientes secciones. (AB.17; Bw.519, 545v, 550, 555, 1150, 1162, 1963, 1977;. Rv.443, 493, 714, 720, 763a, etc; Civ. 516) Artículo 505. Los bienes muebles son fungibles o no consumibles, los activos de consumo son los que desaparecen con el uso. (Bw.757, 822, 1384, 1427, 1742, 1754; Civ.587, 589) Sección 3 En cuanto a los bienes inmuebles Artículo 506. Bienes inmuebles son los siguientes: 1. parcelas de tierra y todo lo construido al respecto; (Bb.1330) 2. molinos, con la excepción de los que se describen en el artículo 510, 3. árboles y cultivos de campo, que tienen sus raíces atados a la tierra, sin recoger fruta de los árboles, así como los minerales, tales como: el carbón, turba y otros productos similares, en la medida en que estos objetos no han sido separados y recuperó de los del suelo; (Bw.500, 1140; Rv.509) 4. arbustos de los bosques talados y la madera de los árboles con troncos altos, a la siempre que estos no han sido talados, 5. tuberías o drenajes, que sirven para transmitir el agua en una casa o debajo de la superficie de una parcela de tierra, y, en general, todo lo que se une a la tierra o fijados de manera permanente en una parcela de terreno o un edificio. (Cred.berb.4; Civ.517-521, 523) Artículo 507. Bienes inmuebles, debido a su efecto debe ser interpretado de la siguiente manera: 1. en las fábricas; trafijken, molinos, herrerías y tales bienes inmuebles, máquinas, calderas de destilación, hornos, cubas y otros equipos, específicamente de la misma clase, a pesar de que dichos objetos no están unidos de forma permanente o fija en el suelo, 2. en las residencias, los espejos, cuadros y otros accesorios, si la madera o la pared al que están unidos es parte del revestimiento de madera, la pared o en el trabajo de yeso, de la sala; a pesar de que los objetos no han sido clavado, 3. en la tierra, el muladar designado para el la fertilización de la tierra, las palomas que pertenecen a una bandada de palomas, los nidos las aves comestibles, en la medida que no han sido recogidos, los peces en los ríos, 4. materiales de construcción derivados
  • 3. de la la demolición del edificio, cuando es designada para ser utilizado para reconstruir el edificio, y, en general, todos los estos objetos, que el propietario ha adjuntado a su bien inmueble para uso permanente. El propietario Se considerará que se han unido estos objetos a su bien inmueble para uso permanente en el caso de que dichos objetos se unen al mismo mediante el trabajo de alfarería, carpintería o yeso, o si no se puede retirado del mismo sin romper o dañar los objetos mismos, o sin rotura o parte de dañar el bien inmueble al que están unidos. (Bw.506, 517, 586, 780, 1164, 1567, 1921; Rv.451-1; Cred.verb.4; * 173 Civ.524, 525, 532) Artículo 508. Los siguientes derechos también se califican como bienes inmuebles; (Bb.2936) 1. el uso de la Cobros y uso de los bienes inmuebles, (.. Bw.756v, 811v) 2. servidumbre, (. Bw.674v) 3. la derecho a que los edificios, estructuras o plantas de propiedad de otra persona (Opstal); (Bw.711v;. S.1834- 41 Véase también 1838-46) 4. el derecho hereditario de un inquilino a ocupar un pedazo de tierra; (Bw.727v;. S.15-422, artículo 6) 5. renta de la tierra, ya sea por la forma de dinero o en especie; (. Bw.737v) 6. el derecho de un décimo; (Bw.740v.) 7. los bazares o mercados, reconocida por el gobierno, y relevante a los privilegios los mismos; (S.1829-111, 1854-1, 1854-63, 1855-72, 69-66, 78-320;. RPL 46) 8. Las demandas, presentadas a reclamar los bienes inmuebles o de entregarlos. (Bw.1162v;. Civ.526; Mijnw.18) Sección 4 En cuanto a los bienes muebles Artículo 509. Bienes muebles por su naturaleza son las que se pueden mover o se puede mover. (Bw.513; Civ.528) Artículo 510. Barcos, barcazas, barcos, molinos e instalaciones de almacenamiento de madera en los buques o de forma independiente, y otros objetos, son bienes muebles. (Bw.506-2, K.309; Civ.531) Artículo 511. De conformidad con las normas legales, los siguientes serán considerados como bienes muebles: 1. la uso de los fondos de y el uso de bienes muebles; (Bw.756, 818V.) 2. intereses fijos, ya sea interés permanente o la vida, (. Bw.1770v) 3. acuerdos y reclamaciones, cuyo objeto es exigible Código Civil de Indonesia Página 76 sumas monetarias o de bienes muebles; 4. evidencia de las acciones o participaciones en empresas pertenecientes a comercio monetaria comercio o industria, a pesar de que los bienes inmuebles, en relación con dicha empresas, pertenecen a esas empresas. La evidencia de las acciones o participaciones, se considerará que se
  • 4. bienes muebles, sin embargo, esto se aplicará a los respectivos accionistas en la medida de la duración de la asociación; (K.40) 5. acciones en el endeudamiento del Estado, y las impuestas a los Indonesia, tanto si están registrados en el libro principal, o en forma de certificados, reconocimientos de deudas, bonos u otros valores, con los cupones correspondientes o la prueba de interés; 6. acciones o cupones de bonos en el respeto de todos los préstamos monetarios, incluyendo las que se llegó a la conclusión por entidades extranjeras. (Bw.508, 513v;. Civ.529) Artículo 512. En el caso de que la ley o cualquier acto civil, otros se utilizan los bienes muebles plazo, bienes muebles del hogar, muebles o enseres domésticos, muebles, o una casa totalmente amueblada, sin ningún tipo de Además, la expansión o limitación, los términos antes mencionados, se considerará que incluye los objetos, que se indican en los artículos siguientes. Artículo 513. Los bienes muebles término incluye, sin excepción, todos los objetos que, de acuerdo con la normas estipuladas anteriormente, se consideran como bienes muebles. (BW. 509v;.. 533v Civ.) Artículo 514. (Modificado por Art. 33-47 véase también 38-2) El mobiliario de la casa término incluye todo lo que se considera como bienes muebles de conformidad con la descripción anterior, con la excepción de dinero en efectivo, acciones, deudas y otros * 175 derechos mencionados en el artículo 511, en relación con el comercio y la materia prima, instrumentos para las fábricas, trafijken, o los productos agrícolas, materiales de construcción destinados a construcción o resultantes de la demolición, así como los buques y las acciones del barco. (Civ.533) El artículo 515. Los muebles de plazo o artículos para el hogar incluye todo lo que de conformidad con el anterior artículo se incluye en muebles del hogar, con la excepción de los caballos y los carros de ganado, y sus equipos, piedras preciosas, libros y escritos, dibujos, grabados, pinturas, estatuas, objetos de valor conmemorativo equipo medallas científicas, y otras curiosidades, ropa personal, armas, cereales, vino y otros medios de subsistencia. (BW. 511; Civ.533) Artículo 516. La expresión de una casa con todo su mobiliario incluye todo lo que, de conformidad con el artículo 513, califica como bienes muebles, y se encuentra en la casa, con la excepción de dinero en efectivo y de características de deuda y otros derechos que pueden ser encontrados en la casa. (Bw.511; Civ.536) Artículo 517. El suministro de expresión sólo incluye muebles, que se utiliza y que adorna la habitaciones, tales como: papel pintado y alfombras, camas, sillas, espejos, relojes, cuadros, porcelana y otros objetos de esa naturaleza. Pinturas y estatuas, que forman parte del mobiliario de una
  • 5. habitación, también se incluido en el suministro de largo plazo, pero la colección de pinturas, grabados y estatuas que se muestran en galerías y salas especiales se excluye. Esto también es aplicable a la porcelana, las que forman parte de la decoración de una habitación, se incluyen en el suministro a largo plazo. (Bw.515;. Civ 534) Artículo 518. El término de una casa o una casa amueblada con muebles sólo serán válidos para el mobiliario. (Bw.517; Civ.535) Sección 5 En cuanto a la relación entre los propietarios y de sus bienes Artículo 519. Existen activos que no pertenecen a nadie, todos los activos son propiedad de la Estado, o de las comunidades, o de individuos específicos. (Bw.520v, 523v, 526v, 570, 585,... Civ.537, 542, 713v.) El artículo 520. Parcelas de tierra y otros bienes raíces, que son administrados y no tienen una propietario, incluyendo los activos de una persona que muere sin dejar heredero, o cuya herencia ha sido abandonada, propiedad del Estado. (BW. 585, 621, 832, 873, 1126, 1129; Rv.800v;. Civ.539; S.1850-3. cf. nota Bw.1129; 70-118 art.1, 75-119a). Código Civil de Indonesia Página 77 Artículo 521. Los siguientes también son propiedad del Estado: - carreteras y las calles, que han sido asignados mismo, las playas, los arroyos y ríos como los bancos, que son navegables y flotantes, las islas grandes y pequeñas y los arrecifes que surgen en las aguas, también los puertos y lugares de amarre; sin perjuicio de los derechos adquiridos por título o la propiedad de individuos o comunidades. (Bw.519, 522, 524, 537, 554, 591, 597, 629, 1953; Civ.538, 560 y S.1854-95 véase también Inv.Sw.6-14, 70 - 119 véase también Inv.Sw.6-33) Artículo 522. Bancos en el artículo anterior deberá incluir los márgenes de los ríos, lagos o arroyos, que en circunstancias normales, cuando la marea está en, están cubiertos por agua, dentro de su normal confines. (Bw.672) Artículo 523. Propiedad del Estado también se considerará para incluir todos los motivos y el trabajo de carpintería que comprenden las fortificaciones del Estado, y en virtud del cual todos los motivos por los que cualquier estructura de la defensa se ha erigido, como por ejemplo: bancos, barandillas, canales, caminos cubiertos, diques o muros de contención, cuadrados en los que se construyen fuertes, líneas, postes, vallas, pequeña fortaleza, diques, puerta de la inundación, canales y sus fronteras, también sin perjuicio de los derechos adquiridos por título o
  • 6. propiedad de determinados las personas o comunidades (Bw.521, 524v;. Civ.540) El artículo 524. El área total de las fortalezas del Estado considerado como el terreno militar se resolverá de la siguiente: 1. respecto de las fortalezas cuentan con caminos ocultos y glacis, pendiente desde el pie de la pared primaria a los pies del camino recorrido, y en la medida en que esto está precedido por un foso, a la borde exterior de este foso. La muralla de los bastiones se incluye en este documento, de acuerdo con una línea trazada a través de las gargantas del * 177 bastión de muro cortina de uno a otro, 2. con respecto a fortalezas, sin caminos cubiertos o glacis, desde el pie interior de la pared principal hacia el exterior las fronteras de los fosos o estructuras exteriores, 3. respecto de las fortalezas, sin ninguna estructura exterior, de el pie interior del banco hasta e incluyendo las fronteras exteriores de los fosos circundantes, 4. finalmente, si hay zanjas límite, bancos, etc elevados estas parcelas de tierra, incluyendo su vegetación y otros edificios desde atrás del pie interior de los bancos, también se considerarán como pertenecientes a las fuerzas armadas motivos. Artículo 525. Todas las fortalezas deshabitadas, junto con la fortificación, sobresaliendo los mensajes, las barricadas, las líneas y los cánones, se consideran razones militares, incluyendo los terrenos circundantes, adquirido por el gobierno en el momento de la fortaleza fue construida. Las disposiciones del artículo anterior son aplicables a todos los habitan fuertes. (Bw.523v.) Artículo 526. Bienes pertenecientes a una comunidad son las que son propiedad común de un la asociación. (Bw.517, 1653v;. Civ.542) Artículo 527. Los activos pertenecientes a individuos específicos son aquellos que comprenden los bienes particulares de uno o más individuos. (Bw.519, 570, 537 Civ.) Artículo 528. Un individuo puede tener derecho de propiedad o derecho de propiedad, el derecho debido a la herencia, a la derecha para uso de los ingresos, el derecho de servidumbre o derecho de garantía o hipoteca sobre los activos. (Bw.529v., 570V., 674v, 711v, 720, 737v, 756v, 756v, 818V, 874v, 1150 V, 1162,......... Civ.543; Oogstv.1;. Mijnw.18; Mijnord;. Cred.verb.I; RPL.6; ver nota Bw.508) Capítulo II En cuanto a la posesión y los derechos derivados del mismo Sección 1 En cuanto a la naturaleza de la posesión, y sujetas a los mismos objetos Artículo 529. La posesión se interpreta como la explotación o disfrute de los bienes, que un individuo, ya sea en persona oa través de otra persona, tiene en su poder, como si tuviera los mismos título real. (BW. 499,
  • 7. 538, 540, 543, 547, 1955; Civ. 2228) Código Civil de Indonesia Página 78 El artículo 530. La posesión puede ser de buena fe o de mala fe. (Bw.531v.) Artículo 531. La posesión es de buena fe, si en el momento el propietario adquirió los activos que no tenía conocimiento de la deficiencia de éstas. (BW. 533, 575, 581, 584, 1360, 1363, 1963v, 1966,.. Civ.550) Artículo 532. Posesión es de mala fe si el propietario es consciente de que los activos en su poder no se su propiedad. El propietario, se considerará que poseen de mala fe desde el momento en que se presenta una demanda en su contra, en caso de que el juicio de conformidad con la demanda es en contra de él. (Bw.531, 535, 579, 581, 584, 1360, 1362; Civ.550) Artículo 533. La buena fe del propietario siempre se presume, la carga de la prueba de mala fe estar en la persona que alegue la mala fe. (Bw.531, 1865, 1916, 1965v;. Civ.2268) Artículo 534. Un individuo en todo momento ser consideradas como sujetos de posesión en nombre propio en la medida en no está probado que el individuo tiene la posesión en nombre de otra persona. (Bw.1916 de 1921, 1957; Civ.2230) Artículo 535. Si un individuo comienza la posesión en nombre de otra persona, el individuo se siempre que se presuma de retener la posesión con el mismo título, a menos que se ha demostrado de lo contrario. (Bw.536, 540, 1916, 1921, 1959; Civ.2231) Artículo 536. Un individuo no puede, debido a su intención, o por el paso del tiempo, cambiar el origen y la base de su poder personal. (Bw.540, 1960; Civ.2240) Artículo 537. Los activos que no pueden comercializarse, no puede ser objeto de posesión. La Lo mismo se aplica con respecto a las servidumbres temporales e invisible, sin perjuicio de la prestación de el artículo 553. (Bw.521, 677v, 699, 1332, 1953;. Civ.691) Sección 2 En cuanto a la forma en que la posesión se adquiere, mantiene y se pierde Artículo 538. Una persona deberá adquirir la posesión mediante la colocación de activos en su poder con la intención de la retención de estos por sí mismo. (Bw.529, 540) Artículo 539. Las personas que están locos, no pueden adquirir la posesión por sí mismos. Menores y casados, las mujeres, pueden adquirir la posesión de activos en la forma prevista anteriormente. (BW. 108, 383, 446v., 452) Artículo 540. Una persona puede adquirir la posesión de la propiedad, ya sea personalmente oa través de otra persona que ha iniciado la posesión en su nombre. En el último caso mencionado, la persona Se considerará que la adquisición de la posesión antes de que él es consciente de que la posesión de los activos ha sido
  • 8. tomadas. (Bw.383, 452, 535, 538v, 1354v, 1655, 1972v,... Civ.2224) Artículo 541. La posesión de una persona fallecida, a partir del momento de su muerte, pasa a su herederos, junto con todas sus características y sus defectos. (Bw.833, 955, 1958; Civ.724, 1004, 1006) Artículo 542. Una persona física será retener la posesión, en la medida en que no se pasa a otro individual, o claramente ha sido abandonada. (Bw.543v.) Artículo 543. Una persona voluntariamente se despojarse de la posesión, en su asignación a otro individuo. (Bw.529, 538, 542) Artículo 544. Una persona perderá la posesión, a pesar de la ausencia de intención de asignar los bienes a otra persona si la persona abandona claramente como,. (Bw.529, 538, 542) Código Civil de Indonesia Página 79 Artículo 545. Una persona perderá su posesión de una parcela de tierra, patio o edificio: 1. Si otro individual, contra los deseos del dueño, toma posesión del mismo, y que le gusta a la duración de un año; 2. si una parcela de tierra debido a circunstancias extraordinarias se inunda. (Bw.594) La propiedad se no se perderá en el caso de una inundación temporal. (Bw.593) Uno se pierde la posesión de una generalidad de bienes muebles de la manera descrita en el primer párrafo de este artículo. (Bw.538, 550, 562v.; Civ.2243) * Artículo 182 546. La posesión de bienes muebles, se ejecutará en las siguientes circunstancias: 1. si los activos son retirados o robados, 2. si los bienes se han perdido, y el individuo no sabe dónde se encuentran. (Bw.550, 555, 582, 1977;. Civ.2279v) Artículo 547. Una persona perderá la posesión de activos intangibles, si otra persona ha tenido la su disfrute pacífico de la duración de un año. (Bw.503, 545, 555, 695, 699, 707 y 2243 Civ.). Sección 3 En cuanto a los derechos derivados de la posesión Artículo 548. El dueño de la posesión de buena fe, en relación con los activos, tienen las siguientes derechos: (Bw.531) 1. que, con antelación, y hasta la hora exacta de la que le corresponde reclamar, hay que señalar que el propietario, (Bw.549- 1, 1865) 2. que deberá obtener el título de los bienes, por la prescripción (Bw.1963) 3. se beneficiará de las ganancias de los activos hasta que el legítimo reclamar, (Bw.492, 549-2, 575). 4. se deberá mantener la posesión de los bienes, en caso de ser interrumpido, o será reinstalado en
  • 9. posesión, en el caso de que lo pierde. (Bw.550, 557, 562v, 567, 580, 1363v,.. Civ.549, 2229, 2233) Artículo 549. El dueño de los activos de posesión de mala fe con respecto a los activos, tienen la los siguientes derechos: (Bw.532) 1. que, con antelación, y hasta el momento de la recogida legal, cabe señalar que el propietario, (Bw.548-1, 1865) 2. se beneficiará de las ganancias de los activos, siempre y cuando que volverá a la que le corresponde estos propietario, (Bw.579) 3. se deberá mantener o recuperar la posesión de los activos, como se menciona en el párrafo cuarto de la el artículo anterior. (Bw.550, 557, 562v, 567, 1362, 1364;. Civ 2233.) Artículo 550. El derecho legal de mantener la posesión de la propiedad se procederá, si una la posesión individual de una parcela de tierra o en el patio de una casa o edificio, de un derecho de propiedad o generalidades de los bienes muebles se interrumpe. (Bw.529, 555, 557, 561, 567 y Rv.55-9, 103 tervicies ,115-4,. 191,244-3, 403) Artículo 551. Esta demanda legal también serán admitidos, a pesar de que la posesión se obtuvo de una persona que no estaba autorizado a disponer de él. (Bw.108, 539, 1330) Artículo 552. Esta reclamación legal no deberá ser presentada en contra de un individuo que disputa el derecho de servidumbre, menos que la disputa se refiere a una servidumbre continua y visible. (Bw.637, 677v.) * 184 Artículo 553. En el caso de una controversia relativa a la validez del derecho de la propiedad de un no continuo o invisible, la servidumbre, el juez podrá ordenar que el partido, que tuvo el beneficio de éstos, en el tiempo surgió la controversia, deberá conservar dicho beneficio durante el juicio. (Bw.537, 561, 677v., 699) las costumbres locales. La servidumbre de camino a caballo o carril deberá incluir un sendero, el camino a caballo, carril y sendero deberá, en consecuencia se incluirán en la servidumbre de una carretera. (AB.15; Bw.671, 677) Artículo 687. La servidumbre de una pipa de agua es el derecho de transmitir el agua de una parcela vecina de la tierra a la propia. (Bw.626v., 678) Artículo 688. Un individuo, cuya tierra tiene el beneficio de una servidumbre, tiene el derecho a instalar cualquier tipo de la construcción, que es necesario para el uso y el mantenimiento de la servidumbre tales. La construcción deberá que a su costa, y no se le cobrará al propietario de la parcela de tierra encargado de la servidumbre. (Bw.626, 675, 680, 693; Civ.697v.) Artículo 689. En el caso de que el dueño de la finca agobiados por la servidumbre se hace responsable, de conformidad con el título * 210, por los gastos incurridos en la construcción de
  • 10. cualquier estructura para el uso y mantenimiento de la servidumbre, podrá, en cualquier momento liberarse de tal responsabilidad, mediante la transferencia de por parte de los bienes encargados de la servidumbre al propietario de la finca que impuso la servidumbre por ejemplo, según se considere necesario para el disfrute de la servidumbre. (Bw.635, 695, 706; Civ.699) Artículo 690. En el caso de que se pretende dividir la trama dominante de la tierra, la servidumbre con respecto a de cada división se mantendrá vigente, siempre y cuando no se carga el estado de la parcela de tierra encargado de la servidumbre. En el caso de que también se refiere a un derecho de cruzar por encima, todos los copropietarios de la parcela dividida de la tierra estará obligado a ejercer ese derecho por el mismo camino que existía antes a la división. (Bw.667v, 691, 694, 701;. Civ.700) Artículo 691. Un individuo, cuya tierra tiene el beneficio de una servidumbre, sólo harán uso de los mismos de conformidad con su título, y en ausencia de tal acuerdo, las ordenanzas o costumbres locales, siempre siempre que se haga uso de los mismos en la forma que sea menos gravosa. No llevará a cabo alteraciones en el estado encargado de la servidumbre, ni en el predio dominante el que más puede carga de la condición de la parcela mencionada de la tierra. (AB.15; Bw.668, 695; Civ.702) Artículo 692. El propietario de la parcela de tierra encargado de la servidumbre no cometerán ningún acto que podrían restringir el uso de la servidumbre o hacerlo más incómodo. No podrá alterar las condiciones de la ubicación, o cambiar la ubicación a la que puede ser el derecho a ejercer la servidumbre a un lugar que difiere de la que se estableció originalmente la servidumbre, a menos que el cambio puede llevarse a cabo sin perjudicar a los propietarios beneficiados por la servidumbre. (Bw.691; Civ.701) Artículo 693. Un individuo cuya tierra tiene el beneficio de una servidumbre se considerará que tienen todo lo que se necesarios para hacer uso de los mismos de la manera menos gravar el propietario de la parcela de tierra encargado de la servidumbre. El derecho a tomar agua de otra persona de la primavera incluirá el derecho de acceso a la primavera en la parcela de tierra encargado de la servidumbre. (Bw.688; Civ.696) Artículo 694. Si se pretende dividir la parcela de tierra encargado de la servidumbre, la servidumbre se siguen siendo eficaces en cada división en la medida en que se requiere para el ejercicio de la servidumbre. (Bw.690, 701; Civ.700) Sección 2 El origen de la servidumbre
  • 11. Artículo 695. La servidumbre puede ser establecida por cualquiera título o prescripción. (Bw.696v., 700, 712, 724, 1955v, 1963;. Civ.960) Artículo 696. Capítulo a la servidumbre será hecha pública, en la forma prevista en el artículo 620. (Ov.26; Bw.616) Artículo 697. Una servidumbre continua y visible se puede obtener ya sea por prescripción o por título. (.. Bw.547, 552, 677v, 699v, 707, 1955, 1963; Civ.690) Código Civil de Indonesia Página 93 Artículo 698. Con respecto a un individuo que utiliza un muelle en una parcela de tierra que se encuentra en una una altitud mayor que su propia parcela de tierra, la adquisición por prescripción no tendrá lugar antes de que haya construido y finalizado las estructuras físicas designadas para la mejora de la caída y la flujo del agua en su propiedad. (Bw.627; Civ.642) Artículo 699. Servidumbres que son al mismo tiempo continuo e invisible, como el no continuo, si son visibles o invisibles, sólo serán establecidos por el título. El disfrute, a pesar de que se ha prolongado durante muchos años no será suficiente para adquirir esta servidumbre. (Bw.537, 553, 677v, 1955v,.. Civ.691) Artículo 700. En el caso de que se compruebe que los terrenos que actualmente se divide previamente pertenecían al mismo propietario, y que ha sido responsable de la condición de los terrenos que podría haber resultado en una servidumbre continua y visible, esta designación se aplicará en lugar de una servidumbre por título. (Bw.677v, 695, 697, 706,.. Civ.692v) Artículo 701. Si el propietario de dos parcelas, una de ellas muestra signos visibles de la servidumbre antes de la la adquisición de los mismos, hace uso de una de estas propiedades, sin ningún tipo de disposiciones relativas a la servidumbre existentes en el acuerdo, entonces esta servidumbre se aplicará en relación con el propietario de la parcela de tierra beneficiado por la servidumbre o el propietario de la parcela de tierra encargado de la servidumbre. (Bw.690, 694, 700, 706, 1206; Civ.694) Artículo 702. Uno de los co-propietarios de una parcela de tierra, puede, por su propia voluntad y sin el conocimiento de los otros, obtenga el beneficio de una servidumbre de los bienes comunes. (Bw.710; Civ.709) Sección 3 Anulación de la servidumbre Artículo 703. La servidumbre será nula y sin efecto, si la propiedad a la cual se adjunta la servidumbre es de condición de tal manera que una persona no puede usarlo. (Bw.705, 718, 736, 754, 807; Civ.703) Artículo 704. Si la parcela de tierra encargado de la servidumbre o la trama dominante
  • 12. de la tierra ha sido parcialmente demolidos o destruidos, la servidumbre se seguirán, en la medida en que el estado de la finca para permisos. (Bw.703, 705) Artículo 705. La servidumbre, que son anuladas, por el motivo mencionado en el artículo 703, serán restituidos, si la propiedad se restaura a una condición tal, que un individuo puede hacer uso de los mismos, a menos que el período del tiempo transcurrido, es suficiente para la prescripción de acuerdo con el artículo 707. (Bw.679, 708; Civ.704) Artículo 706. Todos los servidumbre será declarada nula, si el argumento dominante de la tierra y la trama sirviente de la tierra pasan a ser propiedad del mismo individuo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 701. (Bw.674, 700V, 718, 736, 754, 807, 1206, 1436v,.. Civ.705) Artículo 707. A la servidumbre también quedará sin efecto si no se ha utilizado durante treinta años consecutivos. Dicho período de treinta años, sólo se iniciará en la fecha en la que uno ha cometido un aparente acto y conflicto en contra de la servidumbre. (Bw.547, 679, 700, 705, 710, 718, 736, 754, 807; Civ.706v.) Artículo 708. Si, el argumento dominante de la tierra se encuentra en condiciones tales, que impide el ejercicio de la la servidumbre, a continuación, la prescripción se llevará a cabo siguiendo el lapso de treinta años, a partir de la hora que el terreno debería haber sido restaurado a su estado anterior, haciendo así posible el ejercicio de la servidumbre de nuevo. (Bw.700, 703, 705, 1986v). Artículo 709. La manera en que un individuo puede hacer uso de una servidumbre, expirará en la misma manera que la expiración de la propia servidumbre. (BW. 707v, 710;. Civ.708) Código Civil de Indonesia Página 94 Artículo 710. Si el argumento dominante de la tierra indivisible pertenece a varios propietarios, el disfrute por uno de los propietarios se oponen a la caducidad de la servidumbre con respecto a los demás propietarios. (Bw.702, 1985;. Civ.709v) Capítulo VII En cuanto a los acuerdos prematrimoniales Artículo 711. El derecho de la construcción es un derecho de propiedad que tienen los edificios, estructuras o plantaciones en otro persona de la tierra. (BW. 508-3, 528v 600v ..., 616, 717) Artículo 712. Un individuo, que tiene el derecho de la construcción podrá disponer de los mismos y gravar por hipoteca. Se puede gravar la propiedad, con sujeción al derecho de construir, mediante el establecimiento de una servidumbre, pero sólo por el período durante el cual él tiene el ejercicio de ese derecho. (Bw.695, 1164-3; Rv.493-3; S.72- 124)
  • 13. Artículo 713. La base sobre la cual se estableció el derecho de la construcción se hará pública, en el forma prevista en el artículo 620. (Ov.26; Bw.616, 696, 1963) Artículo 714. Durante la duración de la existencia del derecho de la construcción, el dueño de la tierra no puede impedir que el titular del derecho de la construcción de la demolición de los edificios y otras estructuras, o sacando las plantas, y de la eliminación de varios artículos, siempre que estos últimos se menciona el pago su precio en la adquisición del derecho de construcción, o si los edificios, estructuras y plantas El montaje y construido por él mismo, y reservándose el derecho de que la tierra será restaurado a la condición de que se encontraba antes de la construcción y la siembra. (BW. 600v., 1562, 1567) Artículo 715. Tras la terminación del derecho de la construcción, el propietario deberá tomar posesión de la edificios, estructuras y plantas, siempre que el valor actual del mismo se abonará a la persona que tenía el derecho de construir y que tendrá derecho a retener a la derecha, hasta el pago total se ha hecho. (Bw.600v, 714, 716, 726, 779;. Civ.555, S.72-124) Artículo 716. Si el derecho de la construcción se ha establecido en una tierra en la que los edificios, obras y plantaciones ya existen y de que el valor no ha sido pagada por la persona que haya adquirido el derecho, entonces el propietario de la tierra, a la terminación de la derecha del edificio, se recuperan todos los objetos, y deberá no será responsable por ningún tipo de compensación a este respecto. (Bw.600v., 714c). El artículo 717. Las ordenanzas de este título sólo será válida en la medida en que no hay desviación las mismas en los acuerdos entre las partes. (Bw.735, 1338) Artículo 718. El derecho de la construcción, se, se anula como consecuencia de, entre otras cosas lo siguiente: 1. por la fusión; * 215 2. por la destrucción de la tierra; 3. con receta médica a través del uso continuo de treinta años; 4. siguiente la finalización del período, que fue acordado o estipulado en el momento del establecimiento de la derecha. (Bw.703v., 719, 736, 754, 807, 1436, 1444, 1946). Artículo 719. En el caso de que no hay condiciones o estipulaciones específicas se realizan respecto a la terminación del derecho de la construcción, el propietario podrá dar por terminado dicho derecho, pero no antes de treinta años han transcurrido, siempre que haya notificado, por escrito adecuado, la persona que tiene el derecho de construir, por lo menos un año de antelación. (Bw.718, 736) Capítulo VIII En cuanto al derecho de tenencia por arrendamiento a largo Artículo 720. Derecho de tenencia por arrendamiento a largo plazo es un derecho de propiedad para que el pleno disfrute de los bienes que pertenece a otro sujeto individual, a la obligación de pagar una renta anual en forma de
  • 14. dinero o productos de la tierra al propietario como contraprestación por el uso de su propiedad. La base sobre la cual el derecho de tenencia fue adquirida se harán públicas en la forma prevista en el artículo 620. (Ov.26; Bw.508-4, 528, 616, 696, 712, 1548v., 1963) Código Civil de Indonesia Página 95 Artículo 721. El inquilino deberá ejercer todos los derechos que se adjuntan a la posesión que tiene de la tierra, a condición de que no cometerán ningún acto que pueda devaluar la propiedad. (Modificado por S.04-233) Se También no cavar piedras, turba, arcilla u otras especies similares de la tierra que pertenece a la tierra, a menos que el derecho se estableció después del comienzo del desarrollo de la tierra. (Bw.587v., 594, 596, 727, 774, 776v;. Civ.598) Artículo 722. Los árboles que mueren durante el término del contrato de arrendamiento o han sido derribados por accidente, se la responsabilidad del inquilino que debe sustituirlos por otros árboles. También tendrán derecho a plena disponer de todas las plantas, situado en el suelo por él. (Bw.600v, 714v, 766v,... Civ.594) Artículo 723. El propietario no se hace responsable de las reparaciones. El arrendatario estará obligado a mantener y llevar a cabo reparaciones regulares a los bienes que posea en virtud de contrato de arrendamiento. Se puede mejorar la tierra construcción de edificios, o mediante el desarrollo o la plantación de la tierra. (BW. 731, 733v., 793v., 828, 1583) Artículo 724. Tendrá derecho a disponer de su interés, gravar con una hipoteca, e imponer una la servidumbre de la tierra que le dio en el marco del contrato de arrendamiento, para el periodo de su disfrute. (Bw.695, 730v., 1164-3; Rv.493-3) Artículo 725. Es posible eliminar todos los edificios construidos o plantas colocadas en el suelo, que construcción o plantación no estaba obligado a hacerlo de conformidad con su acuerdo, al término de su derecho, pero deberá, ser obligados a reparar los daños a la tierra causado por tales eliminación. El propietario tiene derecho a retener los objetos en su tierra, hasta que el arrendatario ha cumplido con los totalidad de la deuda. (Bw.600v., * 218 714v., 722v., 1567) Artículo 726. El arrendatario no tendrá derecho a exigir que el propietario deberá pagar el valor de la edificios, estructuras, carpintería y plantas, que el inquilino ha levantado, y que en el la terminación del contrato de arrendamiento se encuentran en la tierra. (Bw.600v., 714v., 722) Artículo 727. Él será responsable de todos los impuestos especiales o regulares, que se imponen a las tierras, ya sea paga anualmente, o sólo una vez. (Bw.721, 796v, 828;. Civ.608)
  • 15. Artículo 728. Obligaciones en virtud del contrato de arrendamiento no son divisibles y se aplicará a cada pedazo de tierra incluido en el contrato de arrendamiento. (BW. 730, 1296v). Artículo 729. El arrendatario no podrá reclamar ninguna exención de pago de la renta, ya sea como resultado de su disfrute verse reducidos o descontinuados. Sin embargo, si el inquilino ha sido privado de la plena disfrute durante cinco años consecutivos, entonces deberá ser compensado por el tiempo perdido. (Bw.1592) Artículo 730. Ningún pago extraordinario se requiere con respecto a cada transferencia del derecho de la tenencia por arrendamiento a largo plazo o la división de la comunidad de bienes. (Bw.724, 735) Artículo 731. Después de cancelar el derecho de tenencia por arrendamiento a largo plazo, el propietario deberá presentar una persona jurídica demanda contra el inquilino de una compensación en forma de costos, daños y perjuicios, derivados de negligencia y falta de mantenimiento de las tierras, y como consecuencia de la expiración de los derechos debido a la culpa del arrendatario. (Bw.723, 733; Civ.614; Rv.102). Artículo 732. Si el contrato es terminado por el paso del tiempo, el contrato de arrendamiento no puede ser renovado por implicación, pero puede seguir en vigor hasta su terminación. (Bw.718-4, 736, 1573) Artículo 733. El interés del inquilino puede ser declarada nula, como consecuencia de los daños visibles que se cause a la propiedad, o debido al mal uso intenso de los mismos, sin perjuicio de la reclamación legal de una compensación en forma de costes, daños e intereses. La nulidad puede ser declarada en la caso de no pagar la renta durante cinco años consecutivos, y después de que el inquilino se le ha recordado sin éxito el pago por escrito adecuado, por lo menos seis semanas antes de la presentación de la demanda legal. (Bw.723, 729, 731, 734, 1365) Código Civil de Indonesia Página 96 Artículo 734. El inquilino puede impedir la declaración de nulidad en caso de daño causado a la propiedad o el uso indebido de goce de los bienes, si se restaura la propiedad a su estado anterior condición, y proporciona la seguridad suficiente para el futuro. (Bw.816) Artículo 735. Todas las ordenanzas previstas en este capítulo sólo se aplicarán, en la medida en que no ha habido cualquier * 219 desviaciones del mismo en los acuerdos entre las partes. (BW. 717, 1338) Artículo 736. El contrato de arrendamiento también se considerará sin efecto en la forma prevista en el artículo 718 y 719 con respecto al derecho de la construcción. Capítulo IX En cuanto a las rentas del suelo y una décima
  • 16. 737 artículos. Renta de la tierra se interpretará como una obligación de pagar una deuda, ya sea en forma monetaria, o en forma de productos, obligación que se adjunta por el propietario de un bien inmueble, y que se reserva para su beneficio o el beneficio de un tercero sobre la eliminación o devolución de la propiedad. La base sobre la cual se estableció el interés se hará pública, en la forma prevista en el artículo 620. (Ov.26; Bw.508-5, 528, 616, 696, 713, 720, 739, 750v, 1164-4, 1963;. Rv.493-4; Civ.530) Artículo 738. Un antiguo propietario de una propiedad en los que la renta del suelo se abona y en el respeto de que se le debe la renta no tendrá derecho a reclamar la propiedad sobre la base de no pagar la renta. (Bw.750, 1266) Artículo 739. La obligación de pagar la renta del suelo se fijará exclusivamente a la propiedad en sí, y en el caso de la división, la suma total del alquiler se abonará por cada parte, y no afectará a los demás bienes de propiedad del dueño. La estipulación no se aplicará a la obligación de pagar el alquiler en respecto de una determinada parte proporcional de la fruta, que se tramitará dentro de los siguientes artículos. (BW. 728, 737, 740v., 750, 1770) Artículo 740. La obligación de pagar la renta con respecto a una décima parte, o de cualquier otra porción de fruta, se un acuerdo con respecto a cada una colección de sujetos fruto de la obligación de pagar las deudas. (Bw.508-6, 528, 737, 742, 744, 750v, 1164-5, 1963;. Rv.493-5) Artículo 741. Si en el momento del establecimiento o condición de una décima parte, no se hacen estipulaciones expresas, ya sea con respecto a los tipos de los mismos frutal, o con respecto a la cantidad proporcional de la misma, el alquiler se interpreta como una décima parte de estas frutas, que de acuerdo a las costumbres locales, se sujeta al requisito de un décimo, o pago en dinero como, en sustitución de una décima parte de la fruta, que, de acuerdo con tal costumbre, con lo que se refiere a algunas frutas, se resolverán en clase. (AB.15; Bw.749, 1875) Artículo 742. Nada será por si la tierra está en barbecho o se queda sin cultivar, o se utiliza para la cultivo de frutas que no están sujetas a la obligación de pagar el alquiler. Artículo 743. Nada se debe, en el respeto de grano que ha sido cortada antes de tiempo. Artículo 744. Las personas que tienen la obligación de pagar el alquiler como * 222 se describe en el artículo 740 y, posteriormente, estarán obligados, en el momento de recoger el fruto, para colocarlos en las filas, en montones o gavillas de la mismo tamaño. Los montones o gavillas se colocan sin selección previa, después de los frutos se recogen. (Bw.747v.)
  • 17. Artículo 745. Deben salir de los montones o gavillas de su campo de veinticuatro horas, después de notificar en avanzar en el destinatario de la cuota de un décimo, de acuerdo con las costumbres locales. (AB.15) Código Civil de Indonesia Página 97 Artículo 746. Durante ese período, la persona a quien se debe el pago, puede indicar que las pilas o gavillas que se deben a él, que puede elegir en primer lugar, pero después de ese plazo, aceptamos el orden en que los montones o gavillas se han colocado. (Bw.747, 749) Artículo 747. Si el individuo, a quien el pago es debido, no indica su parte, el individuo obligado a pagar la renta tendrá derecho a manifestar su acción, y dejar los montones o gavillas en la disposición de la parte legitimada. Artículo 748. La persona obligada a pagar la renta que se ha quitado la fruta sin el cumplimiento de su obligación, debe pagar el doble del valor del pago que se debía hacer. (Bw.739, 741v.) Artículo 749. Si la obligación de pagar la renta está relacionada con la cría de animales o enjambres de abejas, la persona obligada a pagar el alquiler deberá entregar su parte a la parte que le corresponde, o proporcionar el valor de los mismos en la forma de dinero, calculado en el precio más alto, durante el período de seis semanas siguientes a la reclamación para el pago. La obligación de pagar el alquiler se describe en este artículo, no será incluido en el denominación general de la décima parte, sino que debe ser establecido o previsto. La participación de un décimo se se resolverá al azar, sin que el destinatario de la cuota de un décimo de poder seleccionar el mejor, o el proveedor de la cuota de un décima de tener derecho a presentar lo peor. (Bw.737, 741, 746, 969) Artículo 750. Las obligaciones del pasado y sin cumplir-para pagar el alquiler, que se describen en el artículo 740 y a partir de entonces, se extinguirá después de un año, a partir de la fecha en que los pagos podrían haber sido afirmó. Las rentas otro motivo expirará después de un período de cinco años. (Bw.737, 1968, 1972, 1974v). Artículo 751. El suelo rentas incluyendo el pasivo la deuda décimo y otro consistente en un cierto cantidad proporcional de la fruta, siempre se podrán canjear, aunque expresamente se disponga lo contrario. (Bw.755) Las partes podrán, permitido estipular las condiciones de la redención, y negociar que la renta no puede ser redimido antes de un período específico de tiempo, siempre que no exceda de un período de treinta años. (AB.23; Bw.752, 754, 755; Civ.530) Artículo 752. Si el precio de la redención de la tierra los alquileres, una deuda proporcional X y otros pasivos * 223 no se estipula en el acuerdo, pero están de acuerdo entre las partes en el
  • 18. momento de redención Será determinado de la siguiente manera; En lo que respecta a las rentas del suelo en efectivo, el deudor deberá cumplir mediante la imposición de un cargo de veinte veces la cantidad. Si la deuda no debe hacerse en efectivo pero en la forma de otros objetos, el valor de reembolso también será de veinte veces los ingresos anuales, y el valor de las mismas se regularán de acuerdo con los precios del mercado local de los últimos diez años, que se calculará por ellos, y en su defecto, serán estipuladas por expertos designados por el las partes o el juez. Los ingresos reales de los últimos quince años se considerará como un promedio de el monto de los ingresos anuales con respecto a una proporción X y otros y anuales pagos, después de deducir las dos más rentables y los dos años más sin éxito. El contrato de arrendamiento en respecto de los últimos quince años, después de la deducción como se mencionó anteriormente, deberán aportar pruebas de tales procede, y sólo en ausencia de dicho arrendamiento se siguen los habituales y los ya nombrados- reglas. (Bw.472, 754 a 2) Artículo 753. Si la propiedad, durante los últimos quince años, no ha producido ningún fruto que están sujetos a el pago proporcional y anual décimo y otros, el importe de la amortización se regulados por el juez, después de la audiencia de expertos. (Bw.742v., 752) Artículo 754. Los derechos relacionados con las rentas del suelo y todos los otros pasivos de deuda, que se describen en este capítulo se perdieron como resultado de lo siguiente: 1. debido a la fusión, si las rentas o pasivos de deuda y títulos de las tierras pasarán a ser propiedad de una y la misma persona; 2. por mutuo acuerdo; 3. por la redención, de la manera como se describió anteriormente; Código Civil de Indonesia Página 98 4. con receta médica, si treinta años han transcurrido durante el cual el individuo, a quien, las rentas del suelo o pasivos de deuda se debió, no ha ejercido su derecho; 5. por la destrucción de la tierra. Las inundaciones, las excavaciones o la extracción de la tierra no dará lugar a la pérdida de derecho, si la tierra se seca de nuevo debido a causas naturales o mano de obra. (Bw.594, 703v., 718v., 736, 751v., 807, 1436, 1444, 1967) Artículo 755. Las disposiciones de este capítulo sólo se aplicarán a las rentas del suelo, una décima y otras deudas pasivos, los cuales serán establecidos o previstos tras la aplicación del presente Código Civil. La disposiciones no se restablezca la décima pasivos de deuda u otros que fueron revocados en el anterior leyes y costumbres, ni se regulan modificar o invalidar las disposiciones vigentes.
  • 19. (Ov.54) Rentas de terrenos y una décima, que deben ser pagados al Estado, no se podrán canjear sin la consentimiento expreso del gobierno. Capítulo X Sobre el uso de los fondos Sección 1 En cuanto a la naturaleza de la utilización del producto y la forma de adquisición Artículo 756. Uso de los fondos es derecho de propiedad sobre el producido de los bienes de una persona otro, como si el individuo es el propietario del mismo, siempre que la propiedad en sí se mantiene en buenas condición. (BW. 508-1, 511-1,528, 757, 760, 765, 772, 779, 784, 806; Rv.493-2;. Civ 587) 757 artículos. Sin embargo, si el uso de los fondos se entiende que incluye el uso de productos de consumo, entonces será suficiente si el usuario del producto, una vez terminado el período de uso de los fondos, devuelve la misma cantidad, tipo y valor de los productos, o paga el precio al que los productos se valorado en el comienzo de la utilización del producto, o pagar el valor de tasación en ese particular, tiempo. (Bw.756, 761.782.784.786.804 v., 822,1273,1755; Civ.587) Artículo 758. Uso de los fondos puede ser creado para el beneficio de una o más personas determinadas, por el propósito de que el disfrute del mismo, ya sea juntos o en sucesión. En caso de disfrute de la sucesión, el uso de los fondos sólo se disfrutan los individuos que están vivos en el momento en que el derecho del primer usuario del producto comienza. (Bw.2, 808, 899, 1679) Artículo 759. El uso de los fondos se adquirió por la ley, o en la voluntad de los propietarios. (Bw.311v, 474.883.918.957.970;. Civ.579) Artículo 760. El derecho del uso de los fondos de un bien inmueble se hará pública, en el forma prevista en el artículo 620. Si el derecho se refiere a un bien mueble, propiedad de los bienes se levantará momento de la entrega. (Ov.26; Bw.612, 616,696,713,720,737) Sección 2 En cuanto a los derechos de los usuarios del producto (usufructuario) Artículo 761. El usuario del producto tendrán derecho a disfrutar de los ingresos de todas las variedades de los activos de que tiene el uso, independientemente de si los ingresos son de frutas naturales, ya sean producto de la industria o el producto civil. (Bw.500-502, 766,777,786; Civ.582) Artículo 762. La fruta natural y el producto de la industria, que al comienzo de la utilización de ingresos siguen apegados a los árboles o las raíces, pertenecen al usuario del producto. Los que están en el misma condición en el momento en que el uso del producto se termina, pertenecen a su titular, sin
  • 20. pago de cualquier indemnización, de una u otra parte por los costos incurridos en la labor y el siembra de la tierra, excluida la parte de la fruta, que se debió a un arrendatario que participen a título en el inicio o la terminación de la utilización del producto. (Bw.500, 502,571,1594; Civ.585) Código Civil de Indonesia Página 99 Artículo 763. Procede Civil se considerará que se acumulan día a día, y corresponderán a los usuarios de los ingresos para la duración de su uso de los fondos, que también puede ser el momento exacto en que estos se pagan. (Bw.501v, 764;. Civ.586) Artículo 764. El uso de los ingresos de una renta vitalicia también dará derecho al usuario del producto, para el duración de la utilización de los ingresos, para recibir el interés de continuar. Si el pago de la renta vitalicia se llevará a cabo con antelación, el usuario de los ingresos tendrá derecho a todos los pagos, lo que de lo contrario se han realizado durante el período de su derecho a utilizar el producto. Un individuo, que ha el uso de los ingresos de una renta vitalicia no estará obligado a devolución alguna. (Bw.501, 761,763,1775 v., 1785; Civ.588) Artículo 765. Si los fondos se utilizan de activos, que no se pierda de inmediato, pero que son agotadas por el uso, tales como ropa, ropa, muebles tienen casa y artículos similares, el usuario de los fondos recaudados derecho a utilizar los activos para el propósito para el cual fueron designados, siempre que en el terminación de la utilización del producto, no estará obligado a devolver los bienes en una condición que es diferente a la que se encontraban en el comienzo de la utilización del producto, siempre y cuando No se han deteriorado debido a la falta o la mala fe de los usuarios de los ingresos. (BW. 757.761.782.787.806; Civ.589) Artículo 766. Si los fondos utilizados provienen de la madera picada, * 228 el usuario de los ingresos se han el disfrute de los mismos, siempre que se observa el orden y la cantidad de la tala, en acuerdo con las costumbres de los propietarios, y el usuario del producto o sus herederos no se derecho a reclamar la compensación en el caso de que la costumbre de cortar de madera, ramas o árboles altos, es abandonados por el dueño durante el período de la utilización del producto. (AB.15; Bw.761; Civ.590). Artículo 767. El usuario del producto deberá, siempre que haya lo que respecta a los plazos fijos, y las costumbres de los antiguos propietarios, también tienen derecho a disfrutar de lo que los dueños anteriores han disfrutado, como la madera de los árboles que son talados con regularidad, si esta
  • 21. tala se a cabo en un período determinado en un área determinada de tierra, o si consiste en un cierto número de árboles, tomadas al azar, de toda el área de la tierra. (AB.15; Bw.769; Civ.591) Artículo 768. En los demás casos, el usuario de los productos no tendrá derecho a los árboles de maderas necesarias que crecen muy altos. Puede, sin embargo, utilizar la madera de árboles que han sido arrancados por accidente o dañado, para llevar a cabo las reparaciones de los que es responsable. Puede también, si lo considera necesario, para la con fines de reparación, que los árboles talados, a condición de que deberá demostrar la necesidad de las reparaciones el dueño. (Bw.793; Civ.592) Artículo 769. El usuario del producto puede eliminar o quitar las estacas de los bosques para su uso en los viñedos, y si se considera necesario para apoyar a los árboles frutales y de mantener y plantas de los jardines. No se derecho a talar árboles para obtener leña, pero tendrá derecho a disfrutar, que, sobre una base anual o en horarios fijos se deriva de los árboles, siempre que se deberá tener en cuenta las costumbres de los locales comunidad, o los propietarios. (AB.15; Bw.767v;. Civ.593) Artículo 770. Los ingresos de los árboles, que se puede quitar de un vivero sin causar ningún daño, También se puede utilizar, siempre que el usuario del producto tiene en cuenta las costumbres locales y las costumbres de los propietarios con respecto a la sustitución de los árboles. (AB.15; Bw.761; Civ.590) Artículo 771. Los árboles muertos de fruta, incluidos los que han sido arrancados o dañados accidentalmente, se pertenecen al usuario del producto, siempre y cuando los sustituye por otros árboles. (Bw.772; Civ 594). Artículo 772. El usuario de los productos pueden ejercer personalmente su derecho a la utilización del producto o deberá contratar a la propiedad o concesión de un contrato de arrendamiento a largo plazo de la misma, o vender o gravar el uso de la ingresos, o disponer de él sin cargo alguno. Él, sin embargo, si en el curso de su propia disfrute, o la contratación o arrendamiento a largo plazo, o la eliminación, observar las costumbres locales y la costumbre de la propietarios, y no cambiar el uso de la propiedad a uno que irá en detrimento de los propietarios. Código Civil de Indonesia Página 100 Durante el plazo del alquiler o arrendamiento a largo plazo, que se * 229 también, teniendo en cuenta la distinta naturaleza y el propósito de los activos, observar las costumbres locales y las costumbres de los propietarios. En el ausencia de tales costumbres o hábitos, las casas no se puede alquilar por más de cuatro años, y la tierra no se puede alquilar por más de siete años. (AB.15; Bw.756, 817, 823, 1164-2, 1169,
  • 22. 1457v,. 1547v;. Civ.595) Artículo 773. Todos los empleados o alquiler a largo plazo de bienes inmuebles respecto de los cuales hay un uso de ganancias, que fueron contratados para más de dos años antes del comienzo del alquiler o el contrato de arrendamiento a largo plazo, podrá, a solicitud del titular, se termina, si el derecho del usuario de la procede deja dentro de ese período de tiempo. (Bw.772, 817; Civ.1430) Artículo 774. El usuario del producto deberá tener el disfrute de la suma de los activos, de los cuales se tiene el uso, que son el resultado de depósitos aluviales. Tendrá, en la misma forma que el propietario, el goce de las servidumbres, y de todos los demás derechos que tiene derecho el propietario para hacer ejercicio. Él También tendrá derecho a ejercer los derechos de caza y pesca. (Bw.586, 596, 674v, 721, 776, 781;. Civ. 596v.) Artículo 775. (Modificado por S.04-233) Asimismo, deberá, en la misma forma que el propietario, el derecho a la disfrute de las canteras y turberas, que se encontraban en el curso del desarrollo en el momento de comienzo de la utilización del producto. (Bw.571, 761; Civ.598) Artículo 776. (Modificado por S.04-233) El usuario del producto no se tiene ningún derecho respecto de las canteras y turberas que no están en el curso del desarrollo, y, por tanto, no explotar cualquier césped u otros minerales antes del inicio del desarrollo o exploración, a menos que se estipule lo contrario. (Bw.721, 761, 775; Civ.598) 776a artículo. (Complementado por S.04-233) De conformidad con el uso de los fondos de una concesión minera, el usuario de los productos tendrán derecho al disfrute de la misma manera que el titular de la de la concesión. Artículo 777. El usuario de los productos no tendrá derecho al tesoro, que, durante el período de uso de los ingresos, se encuentra por otra persona en las tierras de las que tiene derecho al disfrute. En el caso de que él personalmente se encuentra el tesoro, tendrá derecho a reclamar su parte de éstos, en conformidad con el artículo 587. (Bw.500, 502, 761; Civ.598) Artículo 778. El propietario debe permitir que el usuario de los productos para disfrutar del uso de los mismos, sin obstaculizar su disfrute. (Bw.728; Civ.599) Artículo 779. El usuario del producto no se puede exigir indemnización a la terminación del uso de los ingresos, las mejoras que dice haber hecho, a pesar de que el valor de la propiedad se ha incrementado como resultado de la misma. * 230 No obstante, estas mejoras se pueden tener en
  • 23. la hora de evaluar los daños y perjuicios como resultado del daño a la propiedad. (Bw.575v., 603v., 756, 782, 807, 1630; Civ.599) Artículo 780. Espejos, cuadros y otros accesorios que han sido introducidos por el usuario de la producto, pueden ser retirados por él o sus herederos, siempre que la ubicación de esos elementos se restaurados a su estado anterior. (Bw.507-2, 581v.) Artículo 781. El usuario del producto puede llevar a cabo todas las acciones civiles que tiene derecho el propietario de ejecutar de conformidad con la ley. (Bw.556, 574, 774; Rv.102). Sección 3 En cuanto a las obligaciones de los usuarios del producto (usufructuario) Artículo 782. El usuario del producto se hará cargo de la propiedad en la condición de que se encontraba en el comienzo de la utilización del producto. Deberá devolver la propiedad a la terminación del usode los ingresos en la condición de que sea en en ese momento, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 779 y 780 y la indemnización que se debe a que el propietario, como consecuencia de los daños causados. (Bw.312, 757, 762, 765; Civ.600, 614) Artículo 783. , El usuario de los productos, a sus expensas, y en presencia del propietario, o si no que bien lo convocó, los arreglos para una descripción de los bienes muebles e inventario de los bienes inmuebles que se elaboren, que los activos están sujetos a la utilización del producto. Ningún individuo puede ser liberado de esta obligación, que deberá ser previsto en la concesión que establece el uso de la procede. La descripción y el inventario puede ser redactado en privado, si el dueño está presente. (Bw.312, 315, 757, 819, 1563; Rv.675; Civ.600) Artículo 784. El usuario del producto deberá presentar una garantía personal legal o de negocios, que, en la manera de un buen padre de familia, se utilizan los activos, los ingresos de la que ha uso, sin que ellos se deprecie o su descuido, siempre que los bienes serán devueltos, o el valor del mismo será devuelto si los bienes en cuestión son las mencionadas en el artículo 757. (Bw.472v, 785, 787v, 819, 982, 1162v, 1273, 1820v, 1827, 1830,.... Rv.611v;. Civ.601). Artículo 785. El usuario de los productos pueden ser liberados de la obligación de prestar una garantía por disposición en la escritura que dispongan la utilización de los fondos. Los padres, que tienen derecho al disfrute de los ingresos procedentes del patrimonio de sus hijos, como los que han dispuesto de sus activos mediante la venta o tema de regalo para el mantenimiento de condiciones de la utilización del producto, no se considera obligado por dicha obligación. La mismo se aplicará también a los usuarios del producto de los bienes que son administrados por otras personas, sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 789. (Bw.311v, 473v, 819, 1669, 1730v,... 601 Civ.) Artículo 786. En el caso de que el usuario del producto no proporciona ninguna seguridad, el propietario deberá
  • 24. derecho a administrar personalmente los bienes que están sujetos a la utilización del producto, siempre que proporciona seguridad. En ausencia de este, los bienes inmuebles sean objeto de arrendamiento, * 232 arrendados en el arrendamiento a largo plazo, o se colocan bajo la dirección de un tercero, las cantidades de dinero, lo que constituye que los ingresos sean utilizados, deberán ser invertidos, y la comida y otras cuestiones que sólo pueden ser utilizados por consumo, no se venderá, con el fin de que el producto de la misma también se puede invertir. El interés que se obtengan en estas cantidades de dinero, incluyendo el alquiler será propiedad del usuario de la procede. (Bw.473, 757,761,784,787,790,1730 v.; Civ.602) Artículo 787. Si la totalidad o parte de los fondos utilizados, consisten en bienes muebles, que se agotan por el uso de los mismos, el usuario del producto deberá, en ausencia de la provisión de seguridad, no pierden su derecho a la misma disfrute, siempre que él jura bajo juramento que no puede dar ninguna seguridad, y siempre que se compromete a entregar de nuevo los bienes a la terminación de la utilización de procede. El propietario podrá exigir que el usuario de su producto se dejó sólo la parte de la bienes muebles, lo cual es necesario para su uso, y que el resto se venderán y los ingresos su inversión, como se menciona en el artículo anterior. (Bw.473, 765.784; Civ.603) El artículo 788. El usuario del producto, a la que tenía derecho desde el momento de inicio del uso de los ingresos, no serán privados de los ingresos debido a un retraso en la prestación de la seguridad. (Bw.760, 784, 959; Civ.604) Artículo 789. Esos individuos, designada para administrar los activos sujetos a la utilización del producto, se necesarios para proporcionar un personal legalmente válida o garantía de negocio, antes de la aceptación de sus de gestión. (Bw.472v., 784v., 792, 803, 816, 1019) Artículo 790. Cada año, los administradores deben responder por sus acciones, para el usuario de los ingresos, que incluirá la presentación del balance de sus cuentas. A la terminación de su gestión, que deberá rendir cuentas de sus acciones al propietario, así como el usuario del producto. El propietario, que, de conformidad con el párrafo primero del artículo 786, administra los activos, que de la misma manera, cuenta por sus acciones para el usuario del producto. (Bw.465v, 791;. Rv.764) Código Civil de Indonesia Página 102 Artículo 791. Los gerentes pueden ser dados de baja por las mismas razones que los conservadores, tales como la negligencia en el cumplimiento de la obligación impuesta a los mencionados en el párrafo primero del artículo 790. (Bw.373, 379v., 790, 1022) Artículo 792. Si, por cualquier razón, deja la gestión, el usuario de los ingresos se recuperan todos los los antiguos derechos. (Bw.307, 786, 791, 816, 979, 1020) Artículo 793. El usuario del producto sólo estará obligado a realizar las reparaciones con el
  • 25. propósito de de mantenimiento. Reparaciones importantes seguirán siendo responsabilidad del propietario, a menos que estos se han traducido de la negligencia en el mantenimiento regular * 233 desde el comienzo de la utilización del producto, en cuyo caso el usuario de las ganancias también serán responsable del mismo. (Bw.578, 723, 768, 782, 794v., 815, 828, 984; Civ.605) Artículo 794. Las reparaciones mayores son las siguientes: reparación de grandes paredes y techos abovedados, y las reparaciones a las vigas y techos de todo, el total de la reparación de diques, muelles, el yeso de obras sanitarias, incluyendo el apoyo y muros exteriores. El resto de reparaciones se considerará como un mantenimiento regular. (Bw.1583; Civ.606) Artículo 795. Ni el propietario ni el usuario del producto, estará obligado a reconstruir lo que ha sido dañados por el paso del tiempo o un accidente. (Civ.607) Artículo 796. El usuario de los productos, estarán obligados, durante el periodo de su disfrute, que se responsable de todos los cargos anuales y regulares impuesto a la propiedad, tales como la renta de la tierra, los impuestos y otros cargos, que suelen ser considerados como gastos incurridos en el proceso de disfrutar de la procede. (Bw.727; Civ.608) Artículo 797. El propietario será responsable personalmente de los cargos especiales, que pueden ser impuestas a los los bienes, durante el uso de los fondos, aunque el usuario de los ingresos es necesaria para compensar él por el interés que se cobra durante el uso de los fondos. En el caso de que el usuario de los ingresos ha pagado los gastos por adelantado, es posible que, a la terminación de la utilización del producto, la demanda que se el reembolso de los cargos, pero excluyendo cualquier interés que pudiera haber acumulado durante el uso de la procede. (Bw.727;. Civ 609) Artículo 798. Una persona que tiene un uso general del producto o de un uso de los ingresos sobre la base de un general título, y además con al propietario pagar las deudas de la siguiente manera: El valor de la propiedad, que está supeditada a la utilización de los fondos se estima, la cantidad de deudas que se liquidará A continuación se determinará, en función del valor de la propiedad. En el caso de que el usuario de la procede desea avanzar en un préstamo y el valor de la propiedad, entonces la suma principal se volvió a él a la terminación de la utilización de los ingresos, excluyendo los intereses. Si el usuario de la procede no está dispuesto a avanzar como un préstamo, el propietario puede pagar esta cantidad a sí mismo, en cuyo caso el usuario de los ingresos se le debe el interés que se cobra durante el uso de la producto, o bien, puede gravar o vender una parte de los activos sujetos a la utilización del producto, por un importe de hasta la cantidad necesaria para saldar las deudas. (BW. 799v, 876, 954, 957, 1100;. Civ.612)
  • 26. Artículo 799. Un individuo, que tiene el uso de los ingresos sobre la base de un título especial, no será necesario para pagar las deudas, respecto de los cuales ha sido la propiedad sujeta a la utilización del producto, aseguró. En el caso de que se instala esta deuda con el fin de prevenir * 234 desalojo de la propiedad, puede reclamar reembolso para ello de su titular. (Bw.957, 965, 1100, 1105; Civ.611) Artículo 800. Una renta vitalicia, o de la asignación anual para el apoyo, que ha sido proporcionada por el testador, corresponderá en su totalidad a la persona a la que el uso total de los ingresos ha sido legado, y en proporción al disfrute de la persona que ha sido legada sólo una parte de la utilización del producto, sujeto a ninguna persona se le permita presentar una reclamación. (Bw.764, 798, 960 - 2, 1775v;. Civ.610) Artículo 801. El usuario del producto deberá ser responsable por el pago de los gastos efectuados en litigios relativos a su uso de los ingresos y el pago de todas las otras sanciones derivadas de tales Código Civil de Indonesia Página 103 demandas. Si la controversia se refiere el propietario y el usuario de los ingresos al mismo tiempo, y son ambas partes en el juicio, deberán contribuir a los gastos, en proporción a sus intereses mutuos, que se determinado por el juez. (Bw.803; Rv.58; Civ.613) Artículo 802. Si durante el uso de los fondos, un tercero comete un acto ilegal en la propiedad, o los intentos de restringir los derechos del propietario, el usuario de su producto se debe notificar a la su propietario, de no hacerlo, se le podrán por ningún daño resultante del hecho ilícito, en de la misma manera que está obligado a indemnizar los daños causados por él o por aquellos por los que se responsables. (Bw.1366v, 1591;.. Civ 614) Artículo 803. Si los activos son administrados por un tercero, los gerentes deben proteger los derechos de la propietario y el usuario del producto; de no hacerlo, se las hacen responsable por los costos, daños y de interés. No puede actuar en nombre del propietario o el usuario de los ingresos en los tribunales, si el demandante o el demandado, sin haber sido autorizado a hacerlo por la parte involucrada en el caso. (Bw.786, 789, 801, 1792v). Artículo 804. En el caso de que el uso de los fondos de un rebaño de animales se concede, que manada de los animales es totalmente destruida por un accidente o enfermedad debido a causas no imputables al usuario del producto, que se sólo que dar cuenta al propietario de las pieles o el valor de los mismos. Si el rebaño es sólo parcialmente destruido, el usuario de su producto se requiere para reemplazar a los animales muertos con los jóvenes. (BW. 761, 807-6, 811, 824; Civ.616) Artículo 805. Si el uso de los fondos sólo se refiere a uno o más animales y no a todo el rebaño
  • 27. y los animales mueren debido a causas no imputables al usuario del producto, no estará obligado a sustituir a los los animales o el reembolso del valor de los mismos, pero sólo se debe devolver la piel o el valor de los mismos. (Bw.761, 807-6, 824; Civ.615) Artículo 806. El usuario del producto de una nave debe asegurar en el caso de viajes al extranjero. La falta de hacerlo, se le podrán al propietario por los daños causados. * 235 (Bw.813; K.592v, 784.) Sección 4 La terminación de la utilización del producto Artículo 807. El uso de los fondos terminará de la siguiente manera: 1. debido a la desaparición de los usuarios de la producto; (Bw.772, 808, 1318) 2. si el periodo de tiempo o los requisitos en materia de uso de los fondos ha caducado o se ha cumplido; (. Bw.809v) 3. por la fusión, lo que resulta en la propiedad y el uso de la de los ingresos en manos de un individuo; (Bw.756, 1436v.) 4. por renuncia del uso de procede por parte del usuario para el beneficio del propietario; (Bw.772, 1341) 5. por la prescripción, si el usuario de la producto no ha hecho uso de sus derechos por un período de treinta años, (. Bw.1946v) 6. por la destrucción de los bienes objeto de la utilización del producto. (Bw.314, 703v., 718v., 736, 754, 811, 815, 1169, 1444v;. Civ.617) Artículo 808. El uso de los fondos concedidos en el interés de varias personas conjuntamente, deberán cancelar tras la desaparición del último individuo sobreviviente. El uso de los fondos concedidos en el interés de un entidad deberá cancelar como resultado de la liquidación de dicha entidad. (Bw.810, 1002, 1653) Artículo 809. El uso de los fondos que se han concedido hasta que un tercer individuo ha llegado a un cierto edad, continuará hasta que el tiempo, a pesar de que la persona puede pasar antes de llegar al estipulado edad sin perjuicio de lo dispuesto en el capítulo catorce del primer libro de esta Código Civil en relación con el ejercicio legal de los padres. (Bw.311, 314; Civ.620) Artículo 810. El uso de los fondos no se puede conceder a una entidad por más de treinta años. (Bw.808, 1653; Civ.619) Artículo 811. Si sólo una parte de los bienes objeto de la utilización del producto ha sido destruido, el uso de ingresos continuarán siendo válidos en relación con el resto de los mismos. Las inundaciones no dará lugar a la Código Civil de Indonesia Página 104 terminación de la utilización del producto, en la medida en que el usuario del producto es capaz de ejercer su derecho de conformidad con la naturaleza de las circunstancias. El uso de los fondos deberán estar plenamente restablecido, después de la propiedad se ha secado ya sea como resultado de la naturaleza o la mano de obra, sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 594. (Bw.545, 593, 598, 804; Civ.623). Artículo 812. En el caso de que el uso de los fondos sólo se refiere a un edificio, que es
  • 28. destruido por el fuego o algún otro accidente o por edad avanzada, el usuario de los productos no tienen ningún derecho de disfrute con lo que se refiere a la propiedad * 237 o de los materiales de construcción. Si el uso de los ingresos cubre una parcela de tierra, de los cuales el edificio forma parte, el usuario del producto deberá tener el goce de los la tierra, y podrá utilizar los materiales de construcción, ya sea para reconstruir lo que fue destruido, o para reparar otros edificios que forman parte de la propiedad. (BW. 807-6; Civ.624) Artículo 813. El uso de los fondos de un buque se considera nula, en caso de que el vehículo es irreparable. El usuario del producto no tendrá derecho a la ruina o restos de los mismos. (Bw.761, 806, 807-6) Artículo 814. El uso de los fondos de cualquier interés, préstamo o acuerdo de no cesar como consecuencia de la liquidación de la suma principal. El usuario de los ingresos tendrá derecho a exigir la reinversión de los mismos para su beneficio. (BW. 764) Artículo 815. El uso de los fondos también puede terminar como resultado de abuso por parte del usuario de los ingresos de disfrute, ya sea por daños en el patrimonio, o permitiendo que dichos activos se deterioren al no llevar a cabo la reparación apropiada y mantenimiento de los mismos. (Bw.782, 793, 802; Civ.618) El artículo 816. El juez puede, en esas circunstancias, ya sea para la destrucción total de los activos en respecto de los cuales el uso de los fondos ha sido concedida, o el lugar de los activos bajo la administración de un tercero, o devolver los bienes a su propietario, con la condición de que él debe pagar una determinada suma a la usuario de los ingresos sobre una base anual, hasta el momento en que el uso de los fondos que han terminada. Sin embargo, si el usuario del producto o de sus acreedores ofrecen para reparar los daños causados por los abusos cometidos, y para proporcionar la suficiente seguridad a partir de entonces, el juez deberá reintegrar al usuario de las ganancias en la posición de goce de sus derechos. (Bw.734, 789v, 802, 1131v,.. Civ.618) Artículo 817. La anulación de la utilización del producto no se extinguirá los contratos de arrendamiento celebrados con arreglo al artículo 772. (Bw.773; Civ.595) Capítulo XI Sobre el uso y la ocupación Artículo 818. El derecho de uso y de la ocupación son los derechos de propiedad que se obtienen y revocó de la misma manera como el uso de los fondos. (Bw.759, 807; Civ.625) Artículo 819. Las obligaciones impuestas a los usuarios de los productos para garantizar la seguridad, a un proyecto inventario y descripción de los bienes, a gozar de la propiedad como una cabeza apropiada de la casa y para devolver la propiedad, también se aplicará a la persona que tiene el derecho de uso y la ocupación.
  • 29. (Bw.782v;. Civ.626v.) Artículo 820. El derecho de uso y la ocupación se regulará de acuerdo con el capítulo que se ocupa de estos, en el caso de que no hay disposiciones sobre el alcance de esos derechos se han hecho, estos derechos se regulará de acuerdo con los artículos siguientes. (Bw.717, 735, 826;. 628v Civ.) Artículo 821. Un individuo, que tiene el derecho de uso de una parcela de tierra, sólo tendrá beneficios como son necesarias para sí y su familia. (Bw.825; Civ.630) Artículo 822. Activos que son de consumo, no puede ser objeto del derecho de uso, en el caso de que tal derecho se permite en relación con activos similares, se considerará como uso de los fondos. (Bw.757) Código Civil de Indonesia Página 105 Artículo 823. El usuario no puede renunciar o ceder sus derechos a otra persona. (Bw.772, 821; Civ.631) Artículo 824. El usuario puede usar los animales por motivos de trabajo, y puede tomar su leche para satisfacer las suyas y su los requisitos de la familia, sino que también podrán hacer uso del estiércol, pero no tendrá el disfrute de los la lana o el animal es joven. (Bw.804v.) Artículo 825. El derecho de uso con respecto a una parcela de tierra, no se incluye el derecho de cazar o pescar, Sin embargo, el usuario tendrá derecho a disfrutar de los beneficios de la servidumbre es. (Bw.821) Artículo 826. No habrá distinción entre el derecho de uso y de la ocupación, de una casa. Un individuo, que tiene el derecho de ocupación con respecto a una casa, pueden ocupar como con su familia, incluso si no estaba casada en el momento en que el derecho le fue concedido. Este derecho deberá estipular lo que sea necesario para la ocupación por el usuario y su familia. (Bw.827v;. Civ.632v.) Artículo 827. El derecho de ocupación no se renunció a * 240 o asignado. (BW. 772, 823; Civ.634) Artículo 828. Si el usuario disfruta de todos los ingresos de la parcela de tierra, u ocupa toda la casa, que deberá, en la misma forma que el usuario del producto, será responsable por los costos incurridos para la reconstrucción y mantenimiento de las reparaciones, incluidos los impuestos y demás gravámenes correspondientes. Si sólo cuenta con parte de los ingresos, o sólo ocupa parte de la casa, que contribuirá a los costos y gastos en proporción a su disfrute. (BW. 793v, 796v;.. Civ.635) Artículo 829. El uso de los bosques y las plantas, concedido a una persona específica, dará derecho al usuario sólo a hacer uso de la madera muerta y de tomar la leña en la medida necesaria para él y su familia. (Bw.766v;. Civ.636) Capítulo XII En cuanto a la sucesión por fallecimiento Sección 1 Disposiciones generales Artículo 830. Sucesión sólo el resultado de muerte. (Bw.3, 472;.. Civ 718v) Artículo 831. En el caso de que varias personas, que están relacionadas unas con otras por
  • 30. herencia, todos deben mueren en el mismo accidente, o el mismo día, y si no hay evidencia de la prioridad de su tiempo de la muerte, se presume que han muerto en el mismo instante, y no será la transferencia de la herencia llevará a cabo del uno al otro. (Bw.836, 894, 1916;. Civ.720v) Artículo 832. (Modificado por Art. 35-486) Los herederos legales de la propiedad que comprende la herencia se que los familiares legales y de la sangre y el cónyuge sobreviviente, de acuerdo con las siguientes los reglamentos. En ausencia de parientes consanguíneos y el cónyuge supérstite, los activos en que pase a el Estado, con la condición de que las deudas de los bienes deberán ser resueltas, en la medida en que el valor de los activos es suficiente. (Bw.141, 520, 852v, 862v, 873, 1059, 1126v,... S.1850-3; Bw.1128; Civ.723) Artículo 833. Los herederos por ley se asume la posesión de los bienes, derechos y demandas de la fallecido. En el caso de una disputa sobre quién será el heredero, y que estarán autorizados a tener el título de la propiedad, el juez puede ordenar que los bienes se llevará a cabo en la custodia de la corte. El juez ordenará que el Estado debe mantener la propiedad, y estará obligado a sellar el estado, y tiene una descripción de bienes elaborado, en forma de aceptación de herencias establecido de conformidad con el privilegio de la descripción de bienes, de no hacerlo, deberá obligar al Estado para la compensación de los costos, daños y perjuicios. (Bw.257v., 270V., 528, 541, 584, 852v., 866, 874v., 955v., 1023v., 1044v., 1051, 1126v, 1299, 1318, 1528, 1717, 1730v, 1743, 1819, 1826,.. Rv.7, 248v;. Civ.724) Código Civil de Indonesia Página 106 Artículo 834. El heredero tiene derecho legal a reclamar la herencia en contra de todos aquellos que, ya sea en virtud de tales título o no tener título, se encuentran en posesión de la totalidad o parte de la herencia, incluidos los que, que por engaño, han perdido su derecho a la herencia. (Bw.564) Se puede presentar esta reclamación legal en relación con toda la herencia, si él es el único heredero, o en relación con su participación, si hay otros herederos. Demanda judicial se extenderá a todo lo incluido en la herencia por cualquier título, incluyendo los ingresos, los ingresos y la compensación, que se establecen en relación con el * 243 reclamando la posesión, en las reglas en el título tercero. (Bw.574v, 955, 1334, 1537;. Rv.102) Artículo 835. La pretensión jurídica se extinguirá después de un período de treinta años ha transcurrido, período que se comenzará a partir de el día en que la herencia se encuentre disponible. (Bw.269v., 955, 1967) Artículo 836. Una persona puede llegar a ser un heredero, si existe en el momento en que la herencia se convierte en disponible, sujeta a la regla prevista en el artículo 2 de este Código Civil. (Bw.489v, 831, 899;. Civ.725)
  • 31. Artículo 837. De conformidad con S.72-11 véase también 15 a 299, 642 (el 1 de enero de 1916) el artículo 837 ha sido derogada y sustituida por el texto siguiente: En el caso de que una herencia, que incluye activos en el interior y fuera de Indonesia, se divide entre los extranjeros, no residentes y los ciudadanos holandeses, el lattermentioned tendrá un avance, en proporción a su participación en la herencia y el valor de la activos, que de otro modo habría sido excluido de las leyes de conformidad con el exterior o las costumbres. El valor adelantado se tomarán de los bienes de la herencia que no están sujetos a esta exclusión. (AB.5; Civ.726) Artículo 838. (Modificado por Art. 17-497) Las siguientes personas deberán ser considerados como no calificados para ser un heredero y, como tal, será excluido de la herencia: 1. individuos que han sido condenados por matar o intentar matar a la persona fallecida; (Sw.53, 338, 340) 2. personas que por sentencia judicial han sido declarado culpable de difamar al testador, acusándolo de cometer un delito punible con una prisión plazo de cinco años o más; (Bw.1372v;. Sv.7v;. IR.44; Sw.311, 317) 3. personas que en coacción física o han impedido que la persona fallecida desde la redacción o revocar su última voluntad; (Bw.875, 992v.) 4. individuos que han ocultado, destruido o forjado de la última voluntad del difunto. (Bw.833, 839, 912; Civ.727) Artículo 839. El heredero que es considerado como no calificado y, como tal está excluido de la herencia, deberá devolver todas las ganancias y los ingresos, que ha disfrutado desde la herencia se convirtió en disponible. (Bw.579; Civ.729) Artículo 840. Hijos de una persona no calificada, que se han convertido en los herederos, no serán excluidos debido a la culpa de sus padres, los padres, sin embargo, en ningún caso ser autorizado a reclamar el uso de producto de los bienes de la herencia, que la ley concede a los padres en relación con los bienes recibidos por sus hijos por herencia. (Bw.308, 311, 847, 852, 1060; Civ.730) Artículo 841. Confiere su representación a una persona el derecho a ocupar el lugar, estar en el nivel y asumir el derechos de la persona representada. (Bw.866, 914, 1060, 1089; Civ.739) Artículo 842. La representación de un descendiente legal * 244 será perpetua. La representación serán admitidos en el supuesto de que todos los niños de la reclamación de la herencia junto fallecido con los descendientes de un hijo previamente fallecido, o cuando todos los hijos del fallecido han fallecido él y sus descendientes en diferentes grados y niveles de descenso. (Bw.280, 860, 872; Civ.740) Artículo 843. No habrá representación de los familiares en línea ascendente. La relación más estrecha en cada una de las líneas en todo momento excluir a aquellos que están un nivel más separados. (Bw.853; Civ.741) Artículo 844. Representación de los relacionados por línea colateral, se permitirá para el beneficio de la hijos y descendientes de los hermanos difuntos, ya reclamar la herencia
  • 32. junto con sus tíos o tías, o si, tras la muerte de los hermanos y hermanas de la Código Civil de Indonesia Página 107 fallecido, la herencia pasará a los descendientes de los hermanos y hermanas, en relación con una otro en diferentes grados. (Bw.845, 855v;. Civ.742) Artículo 845. (Modificado por Art. 35-486) de representación también se permitirá en el caso de la sucesión de los sobrinos, si además de la del testador familiares, también hay niños o descendientes de los hermanos ya fallecidos y hermanas del causante. (Bw.844, 858) Artículo 846. En todo caso, en el que la representación se permitirá la distribución tendrá lugar en las oficinas de la acción principal, y si la misma rama se ha producido varias ramas, la subdivisión en cada sucursal una vez más se llevará a cabo en las oficinas de la acción principal, y la división entre los individuos de la misma rama se per cápita. (Bw.852; Civ.743) Artículo 847. Ningún individuo puede representar a una persona viva. (Bw.489v, 840, 1060;. Civ.744) Artículo 848. Un niño no se concederá el derecho de sus padres para que los represente, sino un individuo puede representar a alguien cuyo patrimonio se ha negado a aceptar. (Bw.1060, 1089; Civ.744) Artículo 849. La ley no tendrá en cuenta la naturaleza ni el origen de los bienes, a fin de regular sucesión. (Bw.852; Civ.732) El artículo 850. Cualquier herencia, que, en todo o en parte, que pase a los parientes de sangre en el ascendientes o colaterales, se dividirá en partes iguales, una para ser transmitido a la descendientes en el lado del padre, y el otro a los descendientes por línea materna, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 854, 855 y 859. Una herencia que nunca puede ser transmitido de un lado a otro, a menos que no se puede encontrar parientes en línea ascendente o colateral en cualquier lado. (Bw.853, 856v, 861;. Civ.733) Artículo 851. Aparte de la primera división entre las personas que son descendientes del padre y la madre, * 245 no habrá más divisiones entre las diferentes ramas, a condición de que, la mitad, se pasa a uno y otro lado, pertenece al heredero o herederos, que están más estrechamente relacionados con la fallecido, sin perjuicio de las disposiciones en materia de representación. (Bw.841, 846; Civ.734) Sección 2 En cuanto a la sucesión de los parientes de sangre y legal del cónyuge sobreviviente Artículo 852. Los hijos o sus descendientes heredarán de sus padres, abuelos o más parientes consanguíneos en línea ascendente, sin distinción entre los de diferente sexo o edad, no con de pie que puede haber sido concebido a partir de varios matrimonios. Que se heredan de cada iguales acciones, si todos son del mismo nivel y son convocados por su propia cuenta, sino que se heredan por ramas de la acción principal, si todo o parte de ellos se presentan por sustitución. (Bw.141, 277v, 840v, 846, 1060,.. Civ.745) 852A artículo. (Complementado por Art. 35-486) En relación con la herencia del cónyuge fallecido, la cónyuge sobreviviente se considerará el mismo que el hijo legal de la esposa fallecida de la
  • 33. efectos de la aplicación de las disposiciones de este título, siempre que en el caso de que en un segundo o matrimonio más, hay hijos o descendientes de un matrimonio anterior, el nuevo cónyuge se no heredar más de la cuota mínima que uno de los niños, o en el momento de su muerte, su descendientes, tienen derecho de conformidad con la sucesión, y que, además, en todas las circunstancias, el la herencia no podrá exceder de la cuarta parte de los activos de los testadores. (Bw.841v.) En el caso de que un cláusula por la última voluntad ha sido establecido en beneficio de un cónyuge de un segundo matrimonio, o más, y si la suma total obtenida en la desaparición y tendrá una duración superior a los límites de la cantidad estipulada en el primer párrafo, el monto total de la herencia se redujo a una cantidad que se mantendrá dentro de esos límites. Si el régimen establecido en la última voluntad, consisten, total o parcialmente el uso de los ingresos, entonces el valor del uso de los fondos se valorará y el monto total mencionado, en el párrafo anterior, se calculará de acuerdo con el valor estimado. (Bw.918) que Código Civil de Indonesia Página 108 que el cónyuge al lado goza de acuerdo con este artículo, se reducirá en el cálculo de lo que se debe o se acuerde, de conformidad con el capítulo octavo del primer libro. (Bw.852, 902) 852b artículo. (Complementado por Art. 35-486) Si el cónyuge sobreviviente recibe una herencia, junto con personas que no sean hijos o descendientes más de un matrimonio anterior, que se autorizado a tomar la totalidad o parte de la finca. (Bw.512, 514, 1079, 1121) En el caso de que este bienes forma parte del patrimonio del testador, el valor de los mismos se deducirán de la herencia de su esposo o esposa. (Bw.1077) * 247 Si el valor de los mismos excede la cuota de la herencia, los coherederos deberán ser compensados por la diferencia. Artículo 853. (Modificado por Art. 35-486) Si el fallecido no ha dejado descendientes, cónyuge o hermanos, la herencia se dividirá en dos partes iguales entre los parientes de sangre desde el lado del padre y los parientes de sangre de la madre en la línea ascendente, sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 859. El más cercano en el grado en línea ascendente será la mitad de vencimiento de la propiedad debido a su línea para el exclusión de los demás. Parientes consanguíneos en línea ascendente, con el mismo grado, heredarán por cápita. (Bw.141, 843, 850, 870; Civ.746) Artículo 854. (Modificado por Art. 35-486) Si el padre y la madre de un individuo, que muere sin tener dejó descendencia o de su cónyuge, a sobrevivir, tendrán cada uno derecho a un tercio de la herencia, si el fallecido es sustituido por un hermano o una hermana, que tiene derecho a la otra tercera. La padre y la madre se heredan de cada cuarto, en el caso de que el fallecido ha dejado varios hermanos o hermanas, y el último mencionado heredarán los dos otros barrios de la herencia.
  • 34. (Bw.850; Civ.748) Artículo 855. (Modificado por Art. 35-486) Si el padre o la madre de una persona que muere sin dejar descendientes o cónyuge, él o ella fallece, el sobreviviente tendrá derecho a: - la mitad de la herencia, si el fallecido sólo deja un hermano o una hermana, un tercio, si deja dos; y cuarto, si hay más hermanos y hermanas. La parte restante se concederá a la hermanos y hermanas. (Bw.850; Civ.749, 751) Artículo 856. (Modificado por Art. 35-486) Si el padre y la madre de un individuo, que ha muerto sin dejar descendientes o cónyuge, han muerto antes que él, los hermanos y hermanas heredarán el estado entero. (Bw.871; Civ.750) Artículo 857. La división de lo que los hermanos y hermanas tienen derecho a, de acuerdo con la por encima de los artículos, se realizará por partes iguales, si todos somos hijos del mismo matrimonio, sin embargo, si son de diferentes matrimonios, lo que ellos poseerán en herencia se dividirá en dos partes iguales entre los familiares del padre de los fallecidos y los familiares de la madre del fallecido, el total hermanos y hermanas recibirán sus acciones de ambas líneas, y los medio hermanos se reciben sus solamente las acciones de la línea que los que pertenecen. Si sólo hay medios hermanos o medias hermanas que queda en un lado, tendrán derecho a la totalidad de la herencia, con exclusión de todos los parientes consanguíneos en otros la otra línea. (Bw.850; civ.733, 752) Artículo 858. A falta de hermanos y hermanas, y otros parientes que sobreviven en uno de los ascendientes líneas, la mitad de la herencia deberá ser heredado por los parientes de sangre que sobrevive en la línea ascendente, y la otra mitad deberá ser heredado por los parientes en línea colateral, con el * 248 excepción de la circunstancias mencionadas en el artículo siguiente. En ausencia de hermanos y hermanas, y de cualquier sobrevivientes parientes en ambas líneas ascendentes, los parientes más cercanos de la sangre en cada una de las líneas de garantía se convocados en relación con la mitad de la herencia. En el caso de que en la misma línea colateral no son parientes de sangre de la misma, entonces la herencia se dividirá por habitante, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 845. (Bw.850; Civ.753) Artículo 859. (Modificado por Art. 35-486) El padre o la madre sobreviviente sólo heredará toda la herencia de los hijos en caso de que haya muerto de haber dejado descendientes, cónyuge, hermanos o hermanas. (Bw.850, 853, 870;. Civ.753v) Código Civil de Indonesia Página 109 Artículo 860. La definición de los hermanos y hermanas en esta sección, se incluyen sus respectivos ordenamientos jurídicos descendientes. (Bw.844, 853, 914) Artículo 861. (Modificado por Art. 35-486) Los parientes de sangre, que están relacionados con el fallecido en el sexto
  • 35. grado en línea colateral, no recibirá ninguna herencia. Si no hay parientes de sangre de grado, que pueden heredar, se encuentran en una línea, los parientes consanguíneos en la línea de otros tendrán derecho a toda la herencia. (Bw.290v, 833, 850;. Civ.755) Sección 3 En cuanto a la sucesión de los hijos naturales Artículo 862. En el caso de que el fallecido ha dejado legalmente reconocidos los hijos naturales, la la herencia se llevará a cabo en la forma como en los siguientes tres (es decir: cuatro) los artículos es estipulado. (Bw.280v, 832;.. Civ.756v) Artículo 863. (Modificado por Art. 35-486) Si el fallecido ha dejado los descendientes o cónyuge legal, la hijos naturales heredará un tercio de la acción, lo que tendrían derecho a si eran legales; ellos poseerán en herencia la mitad de la finca, si el fallecido no tiene descendientes, o de su cónyuge, pero tiene parientes consanguíneos en línea ascendente, o hermanos y hermanas o sus descendientes, y tres cuartas partes si la familia que queda es relacionado en un grado más lejano. Si los herederos legales de la fallecidos están relacionados en grados desiguales, el pariente más cercano en una sola línea, se establecerá la cantidad de la proporción en que el hijo natural tendrá derecho, incluso con respecto a los que están en el otro la línea. (Bw.908, 916; Civ.757) Artículo 864. (Modificado por Art. 35-486) En todas las circunstancias mencionadas en el artículo anterior, la resto de la herencia se dividirá entre los herederos legales en la forma prevista en el la segunda sección de este título. (Bw.832, 852v.) Artículo 865. (Modificado por Art. 35-486) Si el fallecido no ha dejado herederos legales, entonces lo natural los niños tendrán derecho a toda la herencia. (BW. 832, 838, 861, 1057v;. Civ.758) El artículo 866. En el caso de que un hijo natural fallece el testador, sus hijos y legal descendientes estarán autorizados a reclamar los privilegios que les otorga el artículo 863 y 865. (Bw.841; Civ.759) Artículo 867. Las disposiciones anteriores no son aplicables a los niños concebidos a través del adulterio o incesto. La ley no podrá conceder a los niños que viven con el apoyo necesario. (Bw.272v, 283, 329;. Civ. 762) Artículo 868. Esta ayuda se regulará de acuerdo con la capacidad del padre o de la madre, y de acuerdo con el número y el estado de los herederos legales. (Bw.324; Civ.763) El artículo 869. Si el padre o la madre, en vida, ha garantizado un subsidio determinado a un niño concebido * 250 a través de adulterio o el incesto, el mismo niño no tendrá ninguna otra reclamación a la la herencia del padre o la madre tal. (Civ.764) Artículo 870. (Modificado por Art. 35-468) La herencia de un hijo natural, que ha muerto sin dejar los descendientes o cónyuge, será el derecho del padre o la madre, que ha
  • 36. reconoció como hijo, o se dividirá por igual entre ellos si ambos han reconocido el niño. (Bw.853v, 859, 863;. Civ.765) Artículo 871. (Modificado por Art. 35-486) En el caso de que el hijo natural, que ha dejado ni descendientes ni cónyuge, muere después de la muerte de ambos padres, los bienes heredados de los padres, si que todavía existen en la finca en su estado original, será devuelto a los descendientes de un defensor de su o su padre o madre, y lo mismo se aplicará respecto de los actos de reparación, si es que existen, y la consideración de los bienes, si han sido eliminados y la cuenta sigue pendiente. Código Civil de Indonesia Página 110 Todos los activos restantes corresponderán a los hermanos o hermanas naturales, o de su legal descendientes. (Bw.856; Civ.766) Artículo 872. La ley no otorga ningún derecho a un hijo natural con respecto a los activos de la sangre familiares de sus padres, con la excepción de lo estipulado en el artículo siguiente. (Bw.280, 290; Civ.756) El artículo 873. En el caso de que uno de los parientes de sangre muere sin dejar parientes que califican como herederos o el cónyuge supérstite, los hijos naturales reconocidos tendrán derecho a reclamar la Sucesión por causa de los derechos del Estado de ser cortado. (Modificado por Art. 35-486) Además, si los recursos naturales niño muere sin dejar descendientes, cónyuge, padres o hermanos, o hermanas, naturales de sus descendientes, a excepción de los derechos del Estado, toda la herencia pasará al parientes más cercanos de la sangre del padre o la madre que lo ha reconocido, y que en caso de haber ha sido reconocido por ambos, la mitad de su herencia en que pase a los familiares de su padre lado y la otra mitad corresponderá a los familiares por parte de su madre. La división en dos líneas se llevará a cabo de acuerdo con las reglas, tal como se estipula en materia de sucesión normal. Capítulo XIII En cuanto a las últimas voluntades Sección 1 Disposiciones generales Artículo 874. Los bienes que una persona deja a su muerte, pertenecen a sus herederos legales, en la medida en que no ha dispuesto de la misma ley por la voluntad. (Ov.42, de 57 años; Bw.173, 178, 832v.) Artículo 875. Un testamento o última voluntad es un acto, que contiene una declaración de deseos de un individuo y intentos de entrar en vigor después de su muerte, y que obra se puede revocar. (Bw.992v;. Civ.895) El artículo 876. Disposiciones de activos por parte de las últimas voluntades en materia de propiedad son, en general, tratan en título general, o por título especial. Cada una de estas voluntades, ya sea elaborado bajo el título de disposición testamentaria o herencia, o por cualquier otro título, serán válidos, de acuerdo con las reglas estipulados en el presente título. (BW. 954v, 957;. Civ.967, 1002)