El documento resume el proceso de reinserción social en México. Explica que inicialmente el castigo era la pena de muerte, pero que con el tiempo se cambió a privación de libertad con el objetivo de rehabilitación. Actualmente, los centros penitenciarios buscan reincorporar a los presos a la sociedad una vez cumplida su sentencia mediante tratamientos individualizados y capacitación laboral. La reinserción social se implementa como medida de prevención para evitar la reincidencia.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Ensayo Reinserciòn Social en Mèxico
1. Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Desarrollo de Habilidades en el Uso de la Tecnología, la Información y la
Comunicación.
“Reinserción Social en México”
Zahudisareth Gonzaga Pérez. 201665606. 11, abril. 2017.
2. Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Facilitador. Arcenia Soriano Marín
Reinserción Social.
Índice de subtemas
Bibliografía. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ 13
Conclusión ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------8
Desarrollo-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------6
I Antecedentes históricos del castigo.--------------------------------------------------------------------------------------------5
II. Implementación de una nueva pena.-------------------------------------------------------------------------------------------6
III. De la readaptación a la reinserción social. ---------------------------------------------------------------------------------8
Introducción. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------4
IV. Reinserción Social como medida de prevención delictiva. -----------------------------------------------------------8
Reflexión. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 12
Reinserción Social en México. ------------------------------------------------------------------------------------------------------4
Síntesis.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 10
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Reinserción Social.
Sinopsis.
El proceso de reinserción social en México, se ha visto envuelto en varias crisis, las
cuales han permitido evolucionar para su mejora y que se han ido adoptando
conforme se avanza en dicha evolución. Hoy en día la reinserción social que
manejamos, es sin lugar a duda un proceso encaminado a ofrecer cambios sociales,
de los cuales podemos rescatar un decadencia en índices delictivos, si de
reincidencia se trata, pues el objetivo principal es, que, aquella persona que ha sido
actor en alguna comisión de un delito, pueda, de alguna manera, encontrar
diferentes opciones, que lo ayuden a resolver sus problemas de la mejor manera y
no cayendo en las ejecuciones de acciones sancionadas por la ley. Así pues, dentro
de los centros penitenciarios, se ha logrado establecer que el personal esté
altamente capacitado para poder manejar un diagnóstico y rehabilitación a cada
persona, es decir, no se trata de generalizar en tratamientos, sino buscar el que
mejor se adapte a cada situación e individuo.
Dentro del siguiente ensayo, podemos encontrar antecedentes de la reinserción
social, así como su evolución histórica, por lo que, en su concepción actual se ha
identificado avances en la reinserción social.
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Reinserción Social.
Reinserción Social en México.
Introducción.
La reinserción social, siempre ha existido en todo ámbito social y época histórica,
Únicamente con diferencias como el lugar en el que es aplicado y por su puesto la
época, ya que no podemos comparar los métodos actuales, aun así, la finalidad
siempre ha sido la misma, por ejemplo, como ya mencionamos, que un individuo no
vuelva a delinquir, adaptándose a la sociedad de la mejor manera posible y con una
correcta aplicación de valores, sociales y morales.
Dicha reinserción social, se lleva a cabo dentro de los centros penitenciarios, una
vez que la autoridad competente o en el caso de México, el Juez, es quien dicta una
sentencia condenatoria o absolutoria, en nuestro caso, nos enfocamos en las
sentencias condenatorias, pues en éstas se establece que el individuo cumplirá su
sentencia intramuros, en donde un cuerpo técnico se encargará de valorar a cada
individuo, física, psicológica y socialmente, para poder así, determinar las causas
que llevaron a una persona a cometer un delito y cuál es la mejor manera de prevenir
dichas acciones.
Esta reinserción social, toma papeles fundamentales en la sociedad general del
estado, ya que es más frecuente que se complementen las medidas preventivas,
con la única finalidad de lograr una reinserción completa, con la seguridad de haber
sido implementada en cada individuo de la mejor manera posible y que los altos
índices de reincidencia puedan declinar conforme se avanza en los procesos de
reincidencia.
Ahora bien, entendamos que los tratamientos han trascendido evolutivamente de
manera rápida, por lo que conocer las etapas de este proceso, resulta fundamental
para que en algún futuro se pueda saber con precisión cuál ha sido la coyuntura
que ocasiona el funcionamiento incorrecto en el proceso de reinserción, esto en el
supuesto de que todos los procesos sufren cambios conforme a lo establecido y de
acuerdo a la evolución de las épocas sociales.
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I Antecedentes históricos del castigo.
Es de acervo cultural que para toda acción hay una reacción, esto ocurre en
cualquier ámbito, por lo que dentro de la sociedad es común que toda acción
realizada lleve consigo una consecuencia, lo mismo pasa con la comisiónde delitos,
recordemos que desde las culturas precolombinas, existe la evidencia de castigo
para quienes alteraban el orden de la comunidad, de esta forma, y como
antecedente de la implementación del castigo en México, nos encontramos con la
pena de muerte, esta acción fue llevada a cabo para aquellos que traicionaban a la
familia o para quienes aplicaban la desobediencia en alguna encomienda,
posteriormente en el derecho azteca se reconocían delitos como traición a la patria,
en donde la pena aplicada era dolorosa, como decapitaciones o descuartizamientos
y hasta la orca. Dentro de la época colonial, casi a la par con la inquisición las penas
parecían ser similares, pues, aunque la época e ideologías habían cambiado las
penas parecían ser más crueles aun, donde las penas corporales eran
principalmente, azotes públicos, mutilaciones a las partes del cuerpo, dependiendo
del delito, por ejemplo, si el delito era robo, se era permitido cortar las manos, no
obstante, después de la Independencia la pena capital siguió presente.
En 1835, se promulgó el primer código penal en México, mismo que fue promulgado
en el estado de Veracruz, en este código penal se establecía nuevamente la pena
de muerte, dicha implementación ya contaba con aspectos a considerar para su
aplicación como la notificación de dicha sanción ante el acusado y un trato digno
hasta antes de su ejecución, recordemos que la ejecución de las penas eran
públicas, aun así, con las medida implementadas, la ejecución de un individuo
privado de su libertad, seguía siendo vigente, esta medida fue vista como
antihumana, por lo que la definición de los Derechos humanos, empezaba a hacerse
notar. En el año de 1869, este mismo código se vio influenciado por la Constitución
de 1857, en donde cancelaba este castigo para todos los delitos, sin embargo, el
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CódigoPenal Federal” o CódigoJuárez” promulgado en 1871, mismo que prescribía
entre otras sanciones la pena de muerte, pese a inconformidades por la mayoría de
los miembros de la comisión redactora, pues es hasta estos momentos en donde
ya se reconoce la pena capital como inconstitucional, ilegítima e injusta.
Es así como en el año de 1917, dentro de la Constitución promulgada en su párrafo
tercero, se establecía que “quedaba prohibida la pena de muerte por la comisión de
cualquier delito”. De esta manera el Código Penal de 1929, abolió esta pena y para
1931, se siguió
con esta misma
línea legislativa,
en donde no se
incluye en el
catálogo de penas
la pena capital.
Memoria Política de México.
(1806).
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Desarrollo
II. Implementación de una nueva pena.
El 26 de agosto de 1842, se prohibió de manera determinante la aplicación de la
pena de muerte para delitos políticos, aunado a esto para delitos como homicidio o
parricidio (homicidio a familiares), el castigo ya quedaba estipulado a un régimen
penitenciario, por lo que ya se buscaba “cárceles adecuadas” que fueran seguras y
propicias para una rehabilitación, haciendo un paréntesis, remontémonos en la idea
de que anteriormente, las cárceles, no eran como ahora las conocemos, pues antes
solo eran calabozos con una insalubridad bastante notoria, dichos lugares solo
servían para el resguardo del delincuente, era la forma de estar seguros de que no
escaparían de su condena, por lo que el lugar generalmente era subterráneo, sin
tomar en cuenta la condición en la que se encontraba el individuo, puesto que el
principal y único objetivo era la ejecución del individuo, sin tomar en cuenta medidas
que evitaran la comisión de delitos, ya que las ideas retrogradas, constaban en
disminuir o erradicar la problemática.
Es así como a la par de la no aceptación de la pena de muerte, se fueron
estableciendo nuevas medidas para sancionar la comisión de delitos, tomando
como medida principal, la privación de la libertad, y no de la vida como se efectuó
inicialmente.
De esta manera, surgen nuevas ideologías, por ejemplo, el origen de las cárceles
en México, aunque no fueron como las conocemos hoy en día, iniciaron con el
propósito de resguardar a quien cometía un delito y así poder prevenir nuevas
acciones delictuosas con la implementación de ideologías nuevas y posteriormente
se le conoció como Penitenciaria, a causa de la evolución de la pena privativa de la
libertad, teniendo como finalidad el arrepentimiento de la población penitenciaria.
De esta forma la privación de la libertad solo era una medida de castigo por la
comisión de un delito, puesto que ocupaba un sitio secundario, es decir solo era
aplicado a acciones delictivas “poco importantes”
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Reinserción Social.
En la actualidad se les conoce como Centros de Readaptación Social, los cuales
además de buscar el arrepentimiento de los infractores, buscan la reintegración a la
sociedad de los internos una vez compurgada la pena.
En 1975, México toma en cuenta las bases de la ONU para el tratamiento de los
reclusos donde se lleva a cabo un nuevo proyecto penitenciario. Durante la gestión
del presidente Adolfo López Mateos (1958-1964) se resaltan aportaciones que
consistían en proveer la adecuada organización del trabajo en los reclusorios. En
1971 se aprueba por el Congreso Federal normas mínimas que regulan la
readaptación social en base al trabajo, la capacitación y la educación. Conforme
pasa el tiempo se
modifican las
estructuras
organizacionales
con la finalidad de
lograr toda una
institución
Penitenciaria.
Fuerte de San Juan de Ulúa. 1535.
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III. De la readaptación a la reinserción social.
No cabe duda que cuando se habla de prisión, se genera un ambiente social con
pautas de comportamiento especifico y que de alguna manera nos aleja de la
realidad social, esto se ve influenciado por los propios efectos del encarcelamiento,
las cuales ocasionan un trabajo extra en un futuro, si es que se piensa en una mejora
para cambiar la practica en una reincorporación social del individuo, de esta manera
la prisión como institución total establece una repetición constante de la vida en
cautiverio
El sistema carcelario en México da un giro importante a lo largo de toda su historia,
ya que, desde la apuesta en la década de los setenta, misma que venía con una
estructura diferente, prometedora de ser funcional y dinámica, en donde ya se
centra en el individuo como humano. Puesto que el gobierno penitenciario
encontraba como dificultad un tratamiento penitenciario, gracias a la sobrepoblación
de las mismas cárceles, trayendo consigo, desapegos a la ley y abusos de la misma,
el sistema penitenciario se sistematiza con un objetivo, que es la de readaptar a la
sociedad a todo individuo que ha sido participe de un delito, esta premisa se
fundamenta principalmente en un reconocimiento a las fallas que ya presentaba el
sistema de socialización de un delincuente, por lo que la intención se construyó con
un sistema tendiente a fijar posturas reglamentarias y arquitectónicas, es decir
espacios más grandes y equipados, con la finalidad de una estancia segura y con
el objetivo, de que el encierro fuera un lugar de aprendizaje y responsabilidad a la
vida en libertad.
Conclusión
IV. Reinserción Social como medida de prevención delictiva.
Atendiendo todo lo anterior, nos enfrentamos a la construcción de un nuevo
planteamiento en política criminal, “la reinserción social del individuo”. En lo que
respecta a México, es un planteamiento novedoso y en el que se generan criterios
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que favorezcan a un nuevo tratamiento y consideraciones del encierro. Por lo que
el principio de reinserción social radica en la formulación de fines preventivos
especiales en la ejecución de la pena, puesto que la reinserción social nos sitúa
frente a un condenado más real, es decir un sujeto con carencias, aun así el sistema
penitenciario no tiene como objetivo y pretensión formar e inculcar una conducta
ética y moral en las personas, en cambio sí puede tratar de conocer sus carencias
y ofrecer al condenado recursos que en cierta forma proponen ser terapia
resocializadoras.
De esta manera la creación y postura de un Consejo Técnico Interdisciplinario, se
volcó a etiquetar y elevar los prejuicios sobre el delincuente, con el objetivo de
conocer la propia evolución del condenado.
Por ello se implementan postulados para que la readaptación social sea más
favorable, entre ellas podemos encontrar que todo tratamiento debe ser aplicado de
manera individual, el régimen penitenciario es de carácter progresivo y técnico, es
decir, sus etapas son mínimas y corresponden a un periodo de estudio, diagnóstico
y tratamiento, este último, se funda en los resultados de su estudio de la
personalidad, así pues el establecimiento del Consejo Técnico, tendrá las funciones
de un perfil consultivo en la individualización del tratamiento y la ejecución de la
libertad condicional. Una parte importante es la implementación de un trabajo, esto
como medio de sustento al interior y exterior con fines del aprendizaje de la
autosuficiencia y la pronta reincorporación social y la capacitación laboral para el
trabajo en libertad, además de la inserción de la educación con perspectiva
académica, cívica, social, higiénica, ética, etc., siendo así, establecer la necesidad
de fomentar las relaciones del interno con su exterior.
Estos postulados dieron sustento al sistema penitenciario mexicano, en donde cada
estado lo adopto como ejes que construirían la dinámica de la prisión en México,
construyendo la institucionalización de la readaptación social y la forma de ver al
sentenciado y procesado de algún delito.
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Síntesis.
Dentro de lo anterior expuesto, podemos analizar de manera clara que todo el
proceso de reinserción está conformado por diversos engranes y que a lo largo de
la historia social, estos cambios se han modificado para lograr una mayor eficacia,
desde la existencia de la pena de muerte, hasta su abolición y la nueva
implementación de un sistema para la ejecución de las penas y además de verificar
la existencia de calabozos, hasta lograr un espacio más amplio para que los internos
puedan gozar de tranquilidad y que de alguna manera la reinserción sea más
productiva, analicemos pues que desde la existencia de la pena de muerte, no se
habían tomado en cuenta otras medidas para la ejecución de una sanción, en gran
medida, esa es la evolución más grande que se tiene para complementar una
reinserción, puesto que no solo es cumplir una pena dentro de un centro de
reinserción, sino que también se puede ser, al momento de ejecutar acciones a favor
de la comunidad si el delito no es muy grave o dando una sanción pecuniaria, si los
daños son materiales o el daño no conlleva una pena privativa de la libertad, todas
estas forma de ejecución de la pena, sin lugar a duda, han sido de gran ayuda al
momento de una reinserción, por lo que podemos imaginar y analizar, que es lo que
hubiera pasado, si estas medidas se hubieran implementado, varias décadas atrás,
y de alguna forma, las sanciones fueran menos dolorosas, por lo que, también
podemos llegar a analizar que la historia de nuestro sistema penitenciario no fuera
tan sangriento. Otra cuestión importante y que no debemos pasar por alto, son los
lugares para las ejecuciones de las penas, puesto que desde un principio se
manejaron lugares insalubres y pequeños, cuestión que no permitió evolucionar en
este aspecto, aunque hoy en día contamos con centros amplios, capaces de
albergar a varios infractores sociales, debemos recalcar que no es suficiente, puesto
que estos centros, se encuentran con una sobrepoblación increíble que ha
dificultado de alguna manera que la reinserción social se lleve a cabo de la mejor
manera posible, ambas cuestiones, también nos llevan a reflexionar en que una
cosa lleva a la otra, y que si desde un principio la ejecución de las penas hubiesen
sido aplicadas sin tomar en cuenta la pena capital, optando por medidas menos
inhumanas y que los centros de acopio de estos infractores hubieran sido más
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sanos y que la manera de mirar a estos individuos no fuera como deshecho social,
podemos caer en el supuesto de que México, no contaría con cárceles
sobrepobladas y que lejos de caer en la preocupación de crear más centros, la
preocupación sería, en qué hacer con esas construcciones que no cumplen con la
función para lo que fueron creadas, y no por que el sistema fuera inválido o
inservible, sino porque no hay infractores que puedan ocupar aquellos lugares.
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Reflexión.
Es importante recalcar que la reinserción social no solo depende de un consejo
técnico, o de la preparación interminable de directivos y cuerpos de seguridad,
puesto que es una parte fundamental, no siempre puede ser la principal, ya que de
nada puede servir programas y acciones que logren la completa reinserción social
de un individuo, si la sociedad continúa con pensamientos prejuiciosos,
pensamientos retrogradas que solo hacen que la misma comunidad social quede
estancada en acciones que para nada nos llevan a ser un país de primer nivel, ya
que muchas veces un individuo que ha cumplido su condena y que está listo para
la convivencia social, es la sociedad quien lo tacha de basura social, este término
sin duda muy usado para personas con tatuajes, ex convictos, indigentes,
prostitutas, etc., pensamientos que hacen que el individuo se sienta rechazado, casi
de inmediato, y ponga en tela de juicio, la veracidad y funcionabilidad de lo
aprendido en un centro de reinserción social, pudiendo catalogarlo como una farsa,
y lo que deviene es casi prescindible, la reincidencia delictiva, ¿por qué? Por la no
aceptación social, por no depositar confianza en el individuo.
De esta manera es fácil darnos cuenta que cualquier acción que hagamos o
dejemos de hacer, siempre será parte de la demás sociedad, por lo que, si está en
nuestras manos poder reducir los índices de reincidencia delictiva, no debemos
pensar de manera egoísta, pues es solo a nosotros, los que de alguna manera
podemos ser afectados u obtener ganancias sociales, por ejemplo, una sociedad
más empática y con un razonamiento lógico.
14. Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Facilitador. Arcenia Soriano Marín
Reinserción Social.
Bibliografía.
Olga Islas de González Mariscal. La pena de muerte en México, México. UNAM,
2011. pp 1-9
Gabriel Mario Santos Villarreal. La pena de muerte en el mundo, México y los
instrumentos multilaterales por su abolición. México, 2009. pp. 4-8
Leslie Solís, Néstor de Buen y Sandra ley. La cárcel en México, ¿para qué? México.
Centro de análisis de políticas públicas AC. 2013. pp 54-63
Guillermo Zepeda Leucona. Situación y desafíos del sistema penitenciario
mexicano. México. Centro de análisis de políticas públicas AC. 2013. pp 7-13