3. CREACION DELCREACION DEL
SOATSOAT
DECRETO 1032 DE 1991DECRETO 1032 DE 1991
Además, creó el FONSAT como una cuentaAdemás, creó el FONSAT como una cuenta
especial de la nación … para el pago deespecial de la nación … para el pago de
siniestros ocasionados por vehículos nosiniestros ocasionados por vehículos no
identificados o no asegurados.identificados o no asegurados.
(Sustituido e incorporado al Decreto 0663 1993 -(Sustituido e incorporado al Decreto 0663 1993 -
Estatuto Financiero)Estatuto Financiero)
4. CREACION DELCREACION DEL
FOSYGAFOSYGA
LEY 100 DE 1993LEY 100 DE 1993 ArtículoArtículo
218:218:
Créase El Fondo de Solidaridad yCréase El Fondo de Solidaridad y
Garantía (FOSYGA), como unaGarantía (FOSYGA), como una
cuenta adscrita al Ministerio decuenta adscrita al Ministerio de
Salud, que se manejará por encargoSalud, que se manejará por encargo
fiduciario, sin personería jurídica nifiduciario, sin personería jurídica ni
5. FOSYGA:FOSYGA:
ESTRUCTURAESTRUCTURA
LEY 100 DE 1993LEY 100 DE 1993 Artículo 219:Artículo 219:
ElEl Fondo tendrá las siguientes subcuentasFondo tendrá las siguientes subcuentas
independientes:independientes:
De Compensación Interna del RégimenDe Compensación Interna del Régimen
ContributivoContributivo
De solidaridad del régimen de subsidios enDe solidaridad del régimen de subsidios en
saludsalud
De promoción de la saludDe promoción de la salud
Del Seguro de Riesgos Catastróficos yDel Seguro de Riesgos Catastróficos y
Accidentes de Tránsito, según el artículoAccidentes de Tránsito, según el artículo
167 de esta Ley.167 de esta Ley.
6. FOSYGA:FOSYGA:
DERECHOSDERECHOS
LEY 100 DE 1993LEY 100 DE 1993 Artículo 167:Artículo 167:
En los casos de urgencias generadas enEn los casos de urgencias generadas en
accidentes de tránsito , en accionesaccidentes de tránsito , en acciones
terroristas ocasionadas por bombas oterroristas ocasionadas por bombas o
artefactos explosivos, en catástrofesartefactos explosivos, en catástrofes
naturales u otros eventos expresamentenaturales u otros eventos expresamente
aprobados por el CNSSS tendrán derecho alaprobados por el CNSSS tendrán derecho al
cubrimiento de los servicios médico-cubrimiento de los servicios médico-
quirúrgicos, indemnización por incapacidadquirúrgicos, indemnización por incapacidad
permanente y por muerte, gastos funerarios ypermanente y por muerte, gastos funerarios y
gastos de transporte al centro asistencial.gastos de transporte al centro asistencial.
7. FOSYGA:FOSYGA:
DERECHOSDERECHOS
LEY 100 DE 1993LEY 100 DE 1993 ArtículoArtículo
167:167:
El FOSYGA pagará directamente a laEl FOSYGA pagará directamente a la
Institución que haya prestado elInstitución que haya prestado el
servicio a las tarifas que establezcaservicio a las tarifas que establezca
el Gobierno Nacional de acuerdo conel Gobierno Nacional de acuerdo con
los criterios del CNSSS.los criterios del CNSSS.
8. FOSYGA:FOSYGA:
DERECHOSDERECHOS
LEY 100 DE 1993LEY 100 DE 1993 Artículo 168:Artículo 168:
Atención Inicial de Urgencias:Atención Inicial de Urgencias:
Prestación obligatoriaPrestación obligatoria
IPS públicas y privadasIPS públicas y privadas
El costo será pagado por el FOSYGA enEl costo será pagado por el FOSYGA en
los casos del artículo anterior o la EPS olos casos del artículo anterior o la EPS o
ARS correspondiente si se trata de otroARS correspondiente si se trata de otro
evento.evento.
Las tarifas serán las definidas por elLas tarifas serán las definidas por el
Gobierno Nacional.Gobierno Nacional.
9. FOSYGA -FOSYGA -
FONSATFONSAT
LEY 100 DE 1993LEY 100 DE 1993
ARTICULO 223:ARTICULO 223:
Incorporó a la Subcuenta ECATIncorporó a la Subcuenta ECAT
los recursos del FONSATlos recursos del FONSAT
10. FOSYGA:FOSYGA:
REGLAMENTACIONREGLAMENTACION
Decreto 1896 de agosto 3 deDecreto 1896 de agosto 3 de
1994:1994:
Reglamentó inicialmente el FOSYGA,Reglamentó inicialmente el FOSYGA,
definiendo su naturaleza y estructura ydefiniendo su naturaleza y estructura y
características de cada una de lascaracterísticas de cada una de las
subcuentas que lo conforman.subcuentas que lo conforman.
(Derogado por el Decreto 1283/96)(Derogado por el Decreto 1283/96)
11. FOSYGAFOSYGA
DECRETO 1283 DE JULIODECRETO 1283 DE JULIO
23 DE 199623 DE 1996
Por el cual se reglamenta elPor el cual se reglamenta el
funcionamiento del FOSYGAfuncionamiento del FOSYGA
del SGSSSdel SGSSS
12. ADMINISTRACION DEADMINISTRACION DE
LAS SUBCUENTASLAS SUBCUENTAS
Cada una de las subcuentasCada una de las subcuentas
que compone el FOSYGAque compone el FOSYGA
deberá ser administradadeberá ser administrada
mediante encargo fiduciario.mediante encargo fiduciario.
13. SUBCUENTA DE SEGURO DE RIESGOSSUBCUENTA DE SEGURO DE RIESGOS
CATASTROFICOS Y ACCIDENTES DECATASTROFICOS Y ACCIDENTES DE
TRANSITO (ECAT)TRANSITO (ECAT)
Su objetivo:Su objetivo: garantizar la atencióngarantizar la atención
integral a las víctimas que han sufridointegral a las víctimas que han sufrido
daño en su integridad física comodaño en su integridad física como
consecuencia directa de accidentes deconsecuencia directa de accidentes de
tránsito, eventos terroristas ytránsito, eventos terroristas y
catastróficos.catastróficos.
16. ACCIDENTE DEACCIDENTE DE
TRANSITOTRANSITO
Intervención de unIntervención de un vehículovehículo
automotorautomotor
EEn unan una vía pública o privadavía pública o privada
con acceso al públicocon acceso al público
AA consecuencia de suconsecuencia de su
circulacióncirculación, o, o violación deviolación de
una norma de tránsitouna norma de tránsito
Cause dañoCause daño en laen la integridadintegridad
física de las personas.física de las personas.
17. EVENTOSEVENTOS
TERRORISTASTERRORISTAS
Son aquellosSon aquellos
producidos con bombasproducidos con bombas
o artefactos explosivoso artefactos explosivos
que provocan pánico aque provocan pánico a
una comunidad y dañouna comunidad y daño
físico a las personas yfísico a las personas y
a los bienes materialesa los bienes materiales
18. CATASTROFES DECATASTROFES DE
ORIGEN NATURALORIGEN NATURAL
Son aquellos cambios enSon aquellos cambios en
el medio ambiente físicoel medio ambiente físico
identificables en el tiempoidentificables en el tiempo
y en el espacio, quey en el espacio, que
afectan una comunidad,afectan una comunidad,
tales como:tales como: sismos,sismos,
maremotos, erupcionesmaremotos, erupciones
volcánicas,volcánicas,
deslizamientos de tierra,deslizamientos de tierra,
19. OTROS EVENTOSOTROS EVENTOS
Expresamente aprobados porExpresamente aprobados por
el CNSSSel CNSSS, que tengan origen, que tengan origen
natural o sean provocadosnatural o sean provocados
por el hombre en formapor el hombre en forma
accidental o voluntaria, cuyaaccidental o voluntaria, cuya
magnitud supere la capacidadmagnitud supere la capacidad
de adaptación de lade adaptación de la
comunidad en la que aquel secomunidad en la que aquel se
produce y que la afectan enproduce y que la afectan en
forma masiva eforma masiva e
indiscriminada, generando laindiscriminada, generando la
21. BENEFICIOS DE LABENEFICIOS DE LA
SUBCUENTA ECATSUBCUENTA ECAT
Servicios médico quirúrgicos.Servicios médico quirúrgicos.
Indemnización por incapacidadIndemnización por incapacidad
permanente.permanente.
Indemnización por muerteIndemnización por muerte
Gastos funerariosGastos funerarios
Transporte y movilización de laTransporte y movilización de la
víctima.víctima.
22. ¡ IMPORTANTE !¡ IMPORTANTE !
Los beneficios deLos beneficios de
indemnización porindemnización por
incapacidad permanente, porincapacidad permanente, por
muerte y los gastos funerariosmuerte y los gastos funerarios
solo se otorgan con cargo alsolo se otorgan con cargo al
FOSYGA cuando se trate deFOSYGA cuando se trate de
víctimas no afiliadas alvíctimas no afiliadas al
Sistema General deSistema General de
Pensiones o al Sistema dePensiones o al Sistema de
Riesgos Profesionales, segúnRiesgos Profesionales, según
el caso.el caso.
23. • Aporte mensual del 50% cobrado en adición a las primas
SOAT emitidas por las Compañías Aseguradoras.
• Aporte bimestral del 20% de las primas SOAT emitidas por
las Compañías Aseguradoras.
• Rendimientos financieros del portafolio
• Excedentes financieros vigencia anterior
• Recaudo procesos de repetición
• Reintegro liquidación convenios vigencias anteriores
• Multas y Sanciones
RECURSOS DE LARECURSOS DE LA
SUBCUENTA ECATSUBCUENTA ECAT
24. DESTINACION RECURSOSDESTINACION RECURSOS
SUBCUENTA ECATSUBCUENTA ECAT
VICTIMAS ACCIDENTES DE TRANSITOVICTIMAS ACCIDENTES DE TRANSITO
RECLAMACIONES VICTIMAS ACCIONESRECLAMACIONES VICTIMAS ACCIONES
TERRORISTASTERRORISTAS
RECLAMACIONES VICTIMAS CATASTROFESRECLAMACIONES VICTIMAS CATASTROFES
NATURALES.NATURALES.
OTROS EVENTOS APROBADOS POR ELOTROS EVENTOS APROBADOS POR EL
CNSSS.CNSSS.
PROGRAMAS INSTITUCIONALESPROGRAMAS INSTITUCIONALES
- Fortalecimiento Red de Urgencias- Fortalecimiento Red de Urgencias ..
REASEGUROS RESERVA ESPECIALREASEGUROS RESERVA ESPECIAL
RECUPERACION PROCESOS DERECUPERACION PROCESOS DE
REPETICIONREPETICION
PAGO FALLOS DE TUTELAPAGO FALLOS DE TUTELA
SERV ASISTENCIALES A LA POBLACIONSERV ASISTENCIALES A LA POBLACION
VINCULADA NO AMPARADA.VINCULADA NO AMPARADA.
25. A QUIENES CUBRE UNAA QUIENES CUBRE UNA
POLIZA SOAT?POLIZA SOAT?
TIENEN DERECHO A LOSTIENEN DERECHO A LOS
BENEFICIOS:BENEFICIOS:
LOS OCUPANTESLOS OCUPANTES DEL VEHICULODEL VEHICULO
AUTOMOTOR AL CUAL PERTENECE ELAUTOMOTOR AL CUAL PERTENECE EL
SOATSOAT
26. CUBRIMIENTO DEL SOAT PARACUBRIMIENTO DEL SOAT PARA
GASTOS MEDICOS Y TRASLADOGASTOS MEDICOS Y TRASLADO
DE VICTIMASDE VICTIMAS
POLIZA VIGENTEPOLIZA VIGENTE
GASTOS MEDICOS Y QUIRURGICOSGASTOS MEDICOS Y QUIRURGICOS
500 SMDLV500 SMDLV
TRASLADO PRIMARIOTRASLADO PRIMARIO
10 SMDLV10 SMDLV
27. CUBRIMIENTO DEL FOSYGACUBRIMIENTO DEL FOSYGA
PARA GASTOS MEDICOS YPARA GASTOS MEDICOS Y
TRASLADO DE VICTIMASTRASLADO DE VICTIMAS
POLIZA FALSA, VENCIDA, NOPOLIZA FALSA, VENCIDA, NO
ASEGURADO O VEHICULO FANTASMAASEGURADO O VEHICULO FANTASMA
GASTOS MEDICOS Y QUIRURGICOSGASTOS MEDICOS Y QUIRURGICOS
800 SMDLV800 SMDLV
TRASLADO PRIMARIOTRASLADO PRIMARIO
10 SMDLV10 SMDLV
POLIZA VIGENTE
EXCEDENTE DE GASTOS MEDICOS Y QUIRURGICOS
300 SMDLV
28. PRESENTACION DEPRESENTACION DE
RECLAMACIONES A FISALUDRECLAMACIONES A FISALUD
SUBCUENTA ECATSUBCUENTA ECAT
ACCIDENTES
DE TRANSITO
FUSOAT 01
CERTIFICADO DE
ATENCION MEDICA
FUSOAT 02
(CUENTA DE COBRO)
ANEXO PARA TRASLADO
Y MOVILIZACION DE
VICTIMAS (AMBULANCIA)
29. TOPES PARA PAGO DETOPES PARA PAGO DE
ACCIDENTES DEACCIDENTES DE
TRANSITOTRANSITO
SE CALCULANSE CALCULAN
TENIENDO EN CUENTATENIENDO EN CUENTA
LA FECHA DELLA FECHA DEL
30. PRESENTACION DEPRESENTACION DE
RECLAMACIONES A FISALUDRECLAMACIONES A FISALUD
SUBCUENTA ECATSUBCUENTA ECAT
EVENTOS
CATASTROFICOS
FOSGA 01
CERTIFICADO DE ATENCION
MEDICA
FOSGA 02
(CUENTA DE COBRO)
ANEXO PARA TRASLADO Y
MOVILIZACION DE VICTIMAS
(AMBULANCIA)
CERTIFICACION DE LA
OCURRENCIA DEL EVENTO
31. TERRORISTA
ALCALDE
ORIGEN NATURAL
COORDINADOR DEL GRUPO DE
EMERGENCIAS Y DESASTRES (ALCALDE)
CNSSS
(Población Desplazada)
RED DE SOLIDARIDAD SOCIAL
CERTIFICACION DE LACERTIFICACION DE LA
OCURRENCIA DE LOSOCURRENCIA DE LOS
EVENTOS CATASTROFICOSEVENTOS CATASTROFICOS
32. CERTIFICACION DE LACERTIFICACION DE LA
OCURRENCIA DE LOSOCURRENCIA DE LOS
EVENTOSEVENTOS
CATASTROFICOSCATASTROFICOS
POBLACION DESPLAZADAPOBLACION DESPLAZADA
CIRCULAR CONJUNTA DECIRCULAR CONJUNTA DE
MINISTERIO DE SALUD YMINISTERIO DE SALUD Y
RED DE SOLIDARIDADRED DE SOLIDARIDAD
SOCIAL DEL 17 DE AGOSTOSOCIAL DEL 17 DE AGOSTO
DE 2001DE 2001
33. NO EXISTEN TOPES PARANO EXISTEN TOPES PARA
EL PAGO DE SERVICIOSEL PAGO DE SERVICIOS
MEDICOS Y QUIRURGICOSMEDICOS Y QUIRURGICOS
A VICTIMAS DE EVENTOSA VICTIMAS DE EVENTOS
CATASTROFICOSCATASTROFICOS
34. REGISTRO INDIVIDUAL DEREGISTRO INDIVIDUAL DE
PRESTACION DE SERVICIOSPRESTACION DE SERVICIOS
DE SALUD (RIPS)DE SALUD (RIPS)
RESOLUCION 3374 DEL 27 DERESOLUCION 3374 DEL 27 DE
DICIEMBRE DE 2000DICIEMBRE DE 2000
CIRCULAR 009 DEL MINISTERIO DECIRCULAR 009 DEL MINISTERIO DE
SALUD DEL 30 DE MARZO DE 2001SALUD DEL 30 DE MARZO DE 2001
35.
36. LAS TARIFAS DE LOSLAS TARIFAS DE LOS
SERVICIOS MEDICOS YSERVICIOS MEDICOS Y
QUIRURGICOSQUIRURGICOS
SE FACTURAN A LASE FACTURAN A LA
FECHA DE PRESTACIONFECHA DE PRESTACION
DEL SERVICIODEL SERVICIO
38. Decreto 2423Decreto 2423
del 31 de diciembre de 1996del 31 de diciembre de 1996
Por el cual se determina laPor el cual se determina la
nomenclatura y clasificación de losnomenclatura y clasificación de los
procedimientos médicos, quirúrgicos yprocedimientos médicos, quirúrgicos y
hospitalarios del Manual Tarifario y sehospitalarios del Manual Tarifario y se
dictan otras disposiciones.dictan otras disposiciones.
39. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
ESTRUCTURAESTRUCTURA
CAPITULO I:CAPITULO I: Campo de AplicaciónCampo de Aplicación
CAPITULO II:CAPITULO II: DefinicionesDefiniciones
CAPITULO III:CAPITULO III: Nomenclatura yNomenclatura y ClasificaciónClasificación
segúnsegún Grupos QuirúrgicosGrupos Quirúrgicos
CAPITULO IV:CAPITULO IV: Tarifas en Salarios MínimosTarifas en Salarios Mínimos
Legales Diarios VigentesLegales Diarios Vigentes
CAPITULO V:CAPITULO V: Servicios intrahospitalarios yServicios intrahospitalarios y
ambulatorios, estancias,ambulatorios, estancias,
serviciosservicios profesionales, Derechos deprofesionales, Derechos de
sala,sala, materiales, suministros ymateriales, suministros y
40. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Campo de AplicaciónCampo de Aplicación
(DECRETO 887 DEL 11 DE MAYO DE 2001)(DECRETO 887 DEL 11 DE MAYO DE 2001)
Es de obligatorio cumplimiento para:Es de obligatorio cumplimiento para: Los casosLos casos
de accidentes de tránsito, desastresde accidentes de tránsito, desastres
naturales, atentados terroristas y losnaturales, atentados terroristas y los
demás eventos catastróficosdemás eventos catastróficos definidos pordefinidos por
el CNSSS;el CNSSS; también la atención inicial detambién la atención inicial de
urgencias de otra naturaleza, si no hay acuerdourgencias de otra naturaleza, si no hay acuerdo
entre las partes.entre las partes.
La prestación de otros servicios en IPS públicasLa prestación de otros servicios en IPS públicas
o privadas se pagarán de acuerdo a las tarifaso privadas se pagarán de acuerdo a las tarifas
acordadas, para lo cual se tendrán comoacordadas, para lo cual se tendrán como
referencia las establecidas en el Decretoreferencia las establecidas en el Decreto
41. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Radiología: Artículo 23Radiología: Artículo 23
Son los valores que se reconocen por laSon los valores que se reconocen por la
práctica de los estudios con suspráctica de los estudios con sus
proyecciones convencionales y cuando elproyecciones convencionales y cuando el
informe lleve el respectivo informe escritoinforme lleve el respectivo informe escrito
del médico especialista radiólogo.del médico especialista radiólogo.
Si no se realiza la lectura del radiólogo, alSi no se realiza la lectura del radiólogo, al
valor se le descontará elvalor se le descontará el 25%.25%.
42. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Banco de Sangre: Artículo 32Banco de Sangre: Artículo 32
Las pruebas a la unidad deLas pruebas a la unidad de
sangre o componentes previa asangre o componentes previa a
su transfusión (Decretosu transfusión (Decreto
1571/93)1571/93) están incluidas enestán incluidas en
la tarifala tarifa de procesamiento, alde procesamiento, al
igual que la bolsa recolectora.igual que la bolsa recolectora.
El equipo de admón de sangre yEl equipo de admón de sangre y
elementos usados en la féresiselementos usados en la féresis
son facturablesson facturables..
43. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Ecografías Vasculares no InvasivasEcografías Vasculares no Invasivas
Artículo 33Artículo 33
Cuando el examen seCuando el examen se
realice con Dopplerrealice con Doppler
Color, se reconoceráColor, se reconocerá
adicionalmente unadicionalmente un
30%30% sobre el valor desobre el valor de
la tarifa establecidala tarifa establecida
para el estudiopara el estudio
practicado.practicado.
44. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Resonancia Magnética:Resonancia Magnética: Artículo 33Artículo 33
La tarifa incluye cortes axiales,La tarifa incluye cortes axiales,
sagitales y coronales.sagitales y coronales.
Cuando realizado el examenCuando realizado el examen
inicial se requiera uno adicionalinicial se requiera uno adicional
con medio de contraste, secon medio de contraste, se
cobrará elcobrará el 25%25% adicional deladicional del
valor inicial.valor inicial.
El medio de contraste seEl medio de contraste se
reconoce por el precio comercial.reconoce por el precio comercial.
45. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Salud Oral: Artículo 38Salud Oral: Artículo 38
La mano de obra yLa mano de obra y
materiales utilizados en lamateriales utilizados en la
elaboración y reparación deelaboración y reparación de
prótesis y órtesis se pagaránprótesis y órtesis se pagarán
a precios oficiales de losa precios oficiales de los
laboratorios dentales.laboratorios dentales.
Los materiales en cirugíaLos materiales en cirugía
periodontal con reposiciónperiodontal con reposición
ósea se pagarán a precioósea se pagarán a precio
comercial.comercial.
46. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Procedimientos de Dx yProcedimientos de Dx y
Terapéuticos: Artículo 39Terapéuticos: Artículo 39
La tarifa del procedimientoLa tarifa del procedimiento
37508 Colecistectomía37508 Colecistectomía
LaparoscópicaLaparoscópica
corresponde a sucorresponde a su
realización de formarealización de forma
integral (Honorariosintegral (Honorarios
médicos, materiales, salamédicos, materiales, sala
de cx, controles pre yde cx, controles pre y
postqx, medicamentos,postqx, medicamentos,
anestésicos, patología)anestésicos, patología)
47. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia: Artículo 40Estancia: Artículo 40
Comprende:Comprende:
Médico General HospitalarioMédico General Hospitalario
EnfermeraEnfermera
Auxiliar de EnfermeríaAuxiliar de Enfermería
Dotación básica de elementos de enfermeríaDotación básica de elementos de enfermería
Material de CuraciónMaterial de Curación
Alimentación (excepto sustancias de nutriciónAlimentación (excepto sustancias de nutrición
enteral o parenteral)enteral o parenteral)
Ropa de camaRopa de cama
AseoAseo
Servicios públicos de energía eléctrica y aguaServicios públicos de energía eléctrica y agua
Hotelería (ascensores, tel local, aireHotelería (ascensores, tel local, aire
acondicionado)acondicionado)
48. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia: Artículo 40Estancia: Artículo 40
Dotación Básica de Elementos de EnfermeríaDotación Básica de Elementos de Enfermería
Aquella utilizada durante laAquella utilizada durante la
realización de control derealización de control de
signos vitales, valoraciónsignos vitales, valoración
de talla y peso, admón dede talla y peso, admón de
medicamentos por VO ómedicamentos por VO ó
tópica, elementos detópica, elementos de
protección personal,protección personal,
necesarios para el cuidadonecesarios para el cuidado
de pacientes aislados o dede pacientes aislados o de
cuidado especialcuidado especial
49. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia: Artículo 40Estancia: Artículo 40
Material de CuraciónMaterial de Curación
Suministros utilizados enSuministros utilizados en
el lavado, desinfección yel lavado, desinfección y
protección de lesionesprotección de lesiones
de piel,de piel, cualquiera quecualquiera que
sea el tipo desea el tipo de
elementoselementos
empleados.empleados.
50. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia: Artículo 40Estancia: Artículo 40
Materiales por complicacionesMateriales por complicaciones
intrahospitalariasintrahospitalarias
Adicional a la tarifa de estancia CódigoAdicional a la tarifa de estancia Código
3930039300
Complicación POP con fascitis necrosante,Complicación POP con fascitis necrosante,
fístulas, osteomielitis y abscesos de paredfístulas, osteomielitis y abscesos de pared
abdominal o se le realicen curación en abdomenabdominal o se le realicen curación en abdomen
abiertoabierto
Quemaduras o heridas o heridas traumáticas queQuemaduras o heridas o heridas traumáticas que
presentan pérdida de sustanciapresentan pérdida de sustancia
51. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia U.C.I.: Artículo 43Estancia U.C.I.: Artículo 43
Comprende (38525):
Servicios básicos
La atención de especialista en
cuidado intensivo
El personal paramédico
Utilización de equipos de:
Monitoría cardioscópica,
presión, ventilación mecánica,
de presión y volumen,
desfibrilación, cardioversión
EKG, EEG y gasimetrías
52. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia U.C.I.: Artículo 43Estancia U.C.I.: Artículo 43
Los servicios profesionales
de especialistas, diferentes
a los comprendidos en la
estancia y que deban
intervenir en la atención del
paciente de Cuidado
Intensivo, se reconocerá
según tarifa de
interconsulta (Artículo 49)
53. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia U.C.Intermedio:Estancia U.C.Intermedio:
Artículo 44Artículo 44
Comprende (Código 38825)
Los servicios
establecidos para la
Unidad de Cuidado
Intensivo, con
excepción de la
asistencia
ventilatoria.
54. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia en Unidad de Quemados:Estancia en Unidad de Quemados:
Artículo 45Artículo 45
Comprende
Los servicios básicos
La atención médica
especializada en el manejo
de este tipo de pacientes
Personal de enfermería y
nutrición capacitado en
esta disciplina
Utilización de los equipos
médicos especializados.
55. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia en Unidad de Quemados:Estancia en Unidad de Quemados:
Artículo 45Artículo 45
: Los materiales de
curación, utilizados en
la Unidad de
Quemados están
excluidos de la tarifa
de la estancia y se
reconocerán hasta por
el precio comercial
56. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Clasificación Estancia por nivelesClasificación Estancia por niveles
de complejidad: Artículo 46de complejidad: Artículo 46
Se tendrá en cuenta la siguiente
clasificación de las Instituciones a que
hace referencia el Decreto 1760 de
1.990:
Instituciones de Primer Nivel
Instituciones de Segundo Nivel
Instituciones de Tercer Nivel
57. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia: Artículo 47Estancia: Artículo 47
Por la estancia hospitalaria, hasta 24
horas, cuando se garanticen en forma
integral los servicios determinados en
los Artículos 40 al 45. En caso de que por
cualquier circunstancia no se suministre
alguno de ellos, su valor será
descontado de la tarifa de la estancia,
liquidado con base en el costo que se
genere.
58. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia: Artículo 47Estancia: Artículo 47
Permanencia en la sala de
observación de urgencias:
Inferior a seis(6) horas: se reconocerán
los valores señalados en el numeral 9.
Cuando supere las 6 horas: Se
reconocerán los valores señalados para
habitación de 4 ó mas camas, según el
nivel de la I.P.S.; es decir, códigos (38114 -
38124 -38134)
59. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Estancia: Artículo 47Estancia: Artículo 47
Cuando el paciente se
encuentre en la sala de
observación, para el
servicio de hidratación,
los líquidos que
consuma, se
reconocerán hasta por
el precio comercial
60. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Servicios Profesionales:Servicios Profesionales:
Artículo 48Artículo 48
En los exámenes y
procedimientos de dx y
tratamiento, relacionados
en el Capítulo IV, que
según el médico tratante,
necesiten de anestesia
general, se reconocerá el
cincuenta por ciento (50%)
de la tarifa establecida
para el mismo.
61. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Servicios Profesionales:Servicios Profesionales:
Artículo 48Artículo 48
El servicio de ayudantía
quirúrgica:
Se pagará únicamente en las
intervenciones qx, cuando se
requiera de este recurso
Las tarifas corresponden al
servicio total, cualquiera que
sea el número de
profesionales que participen.
62. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Servicios Profesionales:Servicios Profesionales:
Artículo 48 Parágrafo 1Artículo 48 Parágrafo 1
El cuidado diario intrahospitalario se
reconocerá por el número de días
de permanencia del paciente
incluido el de ingreso y el de
egreso.
63. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Servicios Profesionales:Servicios Profesionales:
Artículo 48 parágrafo 2Artículo 48 parágrafo 2
La consulta
prequirúrgica y
preanestésica, se
reconocerán para
las intervenciones
clasificadas del
grupo 04 en
adelante
64. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Servicios Profesionales:Servicios Profesionales:
Artículo 48 parágrafo 3Artículo 48 parágrafo 3
Los servicios profesionales
de médico general
correspondientes a los
códigos 39131, 39133 y
39135, se reconocerán
únicamente en aquellos
lugares en donde por
carencia del especialista,
la actividad la realiza un
médico general.
65. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Servicios Profesionales:Servicios Profesionales:
Artículo 48 parágrafo 6Artículo 48 parágrafo 6
La la atención
diaria en la sala de
observación de
urgencia, se
pagará adicional al
valor de la consulta
de urgencia
66. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Servicios Profesionales:Servicios Profesionales:
Artículo 48 parágrafo 7Artículo 48 parágrafo 7
La tarifa correspondiente a la atención
diaria intrahospitalaria, por el especialista
tratante, del paciente quirúrgico y
obstétrico, únicamente se reconocerá en el
caso de que el paciente requiera de
hospitalización mayor de quince días o
cuando la embarazada ingrese por
tratamiento diferente.
67. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos de Sala de CirugíaDerechos de Sala de Cirugía
Artículo 49Artículo 49
Intervenciones y procedimientos
quirúrgicos cruentos
Dotación básica del quirófano
Equipos, sus accesorios e implementos
Instrumental
Ropa reutilizable o desechable
Servicios de enfermería, esterilización,
instrumental, circulantes
Recuperación hasta 6 horas según G. Qx
68. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos de Sala de CirugíaDerechos de Sala de Cirugía
Artículo 49 Parágrafo 1Artículo 49 Parágrafo 1
En las intervenciones bilaterales:
50% adicional sobre la tarifa establecida
para este servicio, de acuerdo con el
G.Qx al que corresponda a la
intervención realizada.
69. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos de Sala de CirugíaDerechos de Sala de Cirugía
Artículo 49 Parágrafo 1Artículo 49 Parágrafo 1
En las intervenciones múltiples:
En un acto, mismo cirujano, distinta región
operatoria o cirujano de diferente
especialidad en la misma u otra región, se
reconocerá el 100% de la tarifa para la
cirugía mayor, incrementada en el 50% del
valor de cada una de las adicionales.
70. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos de Sala de CirugíaDerechos de Sala de Cirugía
Artículo 49 Parágrafo 2Artículo 49 Parágrafo 2
No se reconocerá valores
adicionales por el empleo
de accesorios e
implementos de los
equipos que se utilicen en
la práctica de las
intervenciones y
procedimientos, aunque
éstos no sean reutilizables.
71. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos de Sala de PartoDerechos de Sala de Parto
Artículo 50Artículo 50
Comprenden:
Dotación básica de la sala, los equipos,
accesorios e implementos
Instrumental
Ropas reutilizables o desechables
Servicios de esterilización, instrumentación y
enfermería
Materiales, drogas, medicamentos y
soluciones, oxígeno y gases anestésicos
Sala de trabajo de parto, post-parto y de
observación del recién nacido.
72. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos de Sala de PartoDerechos de Sala de Parto
Artículo 50Artículo 50
Cuando el partoCuando el parto
sea por cesárea,sea por cesárea,
los derechos delos derechos de
sala de cirugíasala de cirugía
se reconoceránse reconocerán
de acuerdo alde acuerdo al
grupo quirúrgicogrupo quirúrgico
en que estáen que está
clasificada.clasificada.
73. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos Sala RecuperaciónDerechos Sala Recuperación
Artículo 51Artículo 51
Comprenden:
La dotación básica
Los equipos sus accesorios e
implementos
Ropas reutilizables o desechables
Los servicios de enfermería
74. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos Sala ProcedimientosDerechos Sala Procedimientos
Incruentos: Artículo 52Incruentos: Artículo 52
Aquellos que para su realización
requieran el uso de salas quirúrgicas o
especiales dotadas para tal fin, se
reconoce por el derecho a su uso, el
45% adicional de acuerdo con el G.Qx o
la tarifa establecida para cada
procedimiento.
75. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos Sala ProcedimientosDerechos Sala Procedimientos
Incruentos: Artículo 52Incruentos: Artículo 52
Cateterismos
Reducción cerrada de
fracturas y luxaciones
Fotocoagulación de retina
Algunos procedimientos
Endoscópicos
Etc.
76. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos Sala ProcedimientosDerechos Sala Procedimientos
Incruentos: Artículo 52Incruentos: Artículo 52
comprende:
La dotación básica
Ropas de enfermería
77. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos Sala de YesosDerechos Sala de Yesos
Artículo 53Artículo 53
En los procedimientos
ortopédicos, que se
practiquen en sala
dotada para tal fin, se
pagará así:
Código 39221
Derechos de sala de
yesos 2.32
78. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos Sala en Urgencias yDerechos Sala en Urgencias y
Consulta Externa: Artículo 54Consulta Externa: Artículo 54
En urgencias y consulta
externa los derechos de
sala se pagarán así:
39201 Derechos de
sala para suturas
39202 Derechos de
sala para curaciones
79. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Derechos Sala en Urgencias yDerechos Sala en Urgencias y
Consulta Externa: Artículo 54Consulta Externa: Artículo 54
Los derechos de sala
para suturas o
curaciones, incluyen :
uso de consultorio o
sala
instrumental
material de sutura y
curación
anestesia local
servicio de enfermería
80. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Materiales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55Artículo 55
Aquellos consumidos en el
acto qx y sala de
recuperación, durante un
procedimiento cruento, se
reconocerán de acuerdo con
el grupo qx.
INCLUYEN:
Materiales de sutura
Materiales de curación
Medicamentos y soluciones
Oxígeno, agentes y gases
anestésicos
81. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Materiales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55Artículo 55
PARAGRAFO 1:
Los materiales de sutura y curación,
definidos en el Artículo 55 parágrafo 5 y
los elementos de anestesia, tales como:
tubos endotraqueales y de conexión,
máscaras y catéteres intravasculares, que
se utilicen en las intervenciones de los
grupos especiales 20 a 23, se pagarán
hasta por el precio comercial
82. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Materiales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55Artículo 55
Para los Grupos Qx 20 a 23 las drogas,
medicamentos y soluciones, oxígeno,
agentes y gases anestésicos, quedan
incluídos en los derechos de sala; se
exceptúan las drogas, medicamentos y
soluciones que se consuman durante Cirugías
cardiovasculares, clasificados en los grupos 22
a 23 en los cuales se reconocerán hasta por el
precio comercial.
83. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Materiales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55Artículo 55
PARAGRAFO 2
En los procedimientos incruentos a que se
refiere el Artículo 52 por concepto de material
de sutura y curación, drogas, medicamentos y
soluciones, oxígeno, agentes y gases
anestésicos, cualesquiera sea el grupo en el
que esté clasificado, o su tarifa, cuando se
trate de un procedimiento del Capítulo IV , se
reconocerá según el código 39305
84. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Materiales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55Artículo 55
PARAGRAFO 3
En los procedimientos obstétricos de
parto, legrado uterino obstétrico y
ginecológico, el valor del material de
sutura y curación, drogas,
medicamentos y soluciones, oxígeno y
agentes anestésicos que se consuman
en la atención del procedimiento está
incluído en los derechos de sala
85. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Materiales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55Artículo 55
PARAGRAFO 4
En las intervenciones
bilaterales, se reconocerá un
75% adicional sobre la tarifa
establecida por materiales de
sutura y curación, drogas,
medicamentos y soluciones,
oxígeno, agentes y gases
anestésicos, de acuerdo con
el G.Qx. que corresponda.
86. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Materiales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55Artículo 55
En las intervenciones múltiples
practicadas en un mismo acto
y diferente región operatoria,
por este concepto se
reconocerá el (100%) de la
tarifa para la cirugía mayor, de
acuerdo con el grupo de
clasificación, incrementada
en el (75%) del valor del grupo
de cada una de las
adicionales.
87. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Materiales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55Artículo 55
PARAGRAFO 5
Los materiales de sutura y curación incluyen:
Algodón, aplicadores, apósitos, compresas,
mechas, gasas, torundas, cotonoides
Cierres umbilicales, esponjas exceoti de
silicón, gelatinas absorbibles, cera para
huesos
Esparadrapo, soluciones desinfectantes,
vendajes, guantes, hojas de bisturí
88. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Materiales de CirugíaMateriales de Cirugía
Artículo 55Artículo 55
Agrafes, sutura de cualquier
tipo ( catguts, absorbibles
sintéticas, no absorbibles,
como: sedas, nylon, poliester,
polipropileno, acero
inoxidable, etc.).
Catéteres pericraneales,
equipos de venoclisis,
buretras, agujas de cualquier
clase, jeringas, llaves de dos
o más vías
89. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 56Artículo 56
Las drogas, medicamentos
y soluciones, incluídos los
elementos que se requieran
en su aplicación (jeringas,
agujas, equipos), diferentes
a las de los quirófanos, sala
de parto, salas especiales
para procedimientos y de
recuperación, se pagarán
hasta por el precio
comercial.
90. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 57Artículo 57
Las prótesis y ortesis, injertos, válvulas,
catéteres y sondas, tubos de cualquier clase,
máscaras, cánulas y electrodos, no
reutilizables; algodón laminado, vendas, mallas,
medias ortopédicas, equipos de presión venosa
central, marcapasos, elementos ortopédicos;
esponjas y bandas de silicón, sustitutos del
plasma, bolsas colectoras de fluídos y otros
elementos de uso médico distintos a los
definidos en el Parágrafo 5 del Artículo 55,
utilizados en cualquier procedimiento md-qx se
reconocerán hasta por el precio comercial.
91. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Atención Prehospitalaria MóvilAtención Prehospitalaria Móvil
Artículo 60Artículo 60
39601
Atención de urgencias de
tipo prehospitalario y
apoyo terapéutico en
unidades móviles
15.41 SMDLV
92. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Atención Prehospitalaria MóvilAtención Prehospitalaria Móvil
Artículo 60Artículo 60
Incluye:
Servicios de médicos, enfermeros y personal
auxiliar, capacitados en emergencias;
Uso de las unidades de cuidado intensivo,
instrumental y equipos en los vehículos;
Drogas, medicamentos, soluciones y
materiales de sutura y curación, usados en la
emergencia y estabilización del paciente
durante el traslado, desde el sitio de la
emergencia al centro hospitalario
93. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Atención Prehospitalaria MóvilAtención Prehospitalaria Móvil
Artículo 60Artículo 60
Cuando se requiera
la movilización de
pacientes en
ambulancia, para
traslados
interinstitucionales,
se debe reconocer
las tarifas oficiales
de la IPS.
94. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Conjuntos Integrales deConjuntos Integrales de
AtenciónAtención
ARTÍCULO 64
95. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Conjuntos Integrales deConjuntos Integrales de
AtenciónAtención
PARÁGRAFO 3:
Cirugía de conjunto
bilateral
Sobre el valor total del
Conjunto por el
servicio profesional
que se preste, se
adicionará el (75 %)
96. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Conjuntos Integrales deConjuntos Integrales de
AtenciónAtención
PARÁGRAFO 4: Cirugías Múltiples en el
mismo acto quirúrgico:
Una cirugía de Conjunto
La intervención mayor: liquidación 100%
las demás cirugías se pagarán de acuerdo
con los porcentajes, sobre el valor de
cada una, definidos en los Artículos 49,
55, 71, 72 y 73
97. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Conjuntos Integrales deConjuntos Integrales de
AtenciónAtención
PARÁGRAFO 4: Cirugías Múltiples en el mismo
acto quirúrgico:
Más de una cirugía de Conjunto
Si las realiza el mismo especialista por igual
vía de acceso, la cirugía de Conjunto con
tarifa superior se considera la principal y se
liquida al 100% y se adiciona el 25% sobre el
valor del Conjunto que le preceda según la
cuantía.
98. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Conjuntos Integrales deConjuntos Integrales de
AtenciónAtención
PARÁGRAFO 4: Cirugías Múltiples en el mismo
acto quirúrgico:
Más de una cirugía de Conjunto
El valor de la intervención principal, se
incrementa en el 70% de cada una de las
demás consideradas por Conjunto, cuando el
mismo especialista utiliza diferente vía de
acceso o las practican médicos de distinta
especialidad.
99. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Conjuntos Integrales deConjuntos Integrales de
AtenciónAtención
PARÁGRAFO 5:
En la tarifa de los Conjuntos
correspondientes a intervenciones
quirúrgicas y procedimientos están
consideradas las complicaciones
menores y su tratamiento lo asume el
proveedor del servicio dentro del valor
integral del Conjunto.
100. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 68Artículo 68
Las suturas simples
en partes blandas
concomitantes con
lesiones mayores,
se consideran
parte integrante del
tratamiento
quirúrgico de la
lesión
101. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 69Artículo 69
La vía de acceso para la
práctica de un acto
quirúrgico no da derecho
cobro de valores
adicionales sobre la tarifa
de la operación realizada,
excepto cuando se
efectúe con fines
diagnósticos y no haga
parte de otra
intervención.
102. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 70Artículo 70
Servicios profesionales de cirujano,
anestesiólogo y ayudante
quirúrgico en las intervenciones
bilaterales
Se reconocerán en un 75% adicional
sobre la tarifa establecida para cada
profesional, de acuerdo con el grupo
quirúrgico que corresponda a la
intervención realizada.
103. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 70Artículo 70
Intervenciones bilaterales
a) Intervenciones en los órganos o elementos
anatómicos pares: ojo, oído, glándula salival,
maxilar superior o inferior, malar, seno
paranasal, plejo nervioso (cervical, braquial y
lumbar), mama, glándula suprarrenal, riñón,
uréter, testículo, epidídimo, ovario y trompa de
falopio ( excepto ligadura).
b) Intervenciones en los dos miembros superiores
o inferiores
c) Herniorrafia inguinal, femoral o crural
104. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 71Artículo 71
Intervenciones múltiples que practique un
mismo cirujano en un acto e igual vía de
acceso
Los servicios profesionales del Cx, el
anestesiólogo y el ayudante quirúrgico, se
reconocerá con el 100% de la tarifa establecida
para cada profesional, de acuerdo con el grupo
quirúrgico que corresponda a la intervención
mayor realizada, incrementada en el 50% del
valor de c/u de las adicionales
105. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 72Artículo 72
Intervenciones múltiples que practique
un mismo cirujano en un acto y diferente
vía de acceso
Los servicios profesionales de éste, el
anestesiólogo y el ayudante quirúrgico, se
reconocerán al 100% de la tarifa establecida
para cada profesional, de acuerdo con el grupo
quirúrgico que corresponda a la intervención
mayor realizada, incrementada en el 75% del
valor de cada una de las adicionales
106. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 73Artículo 73
Intervenciones múltiples que practiquen
dos o más cirujanos de distinta
especialidad, en un mismo acto, en igual
o diferente vía de acceso
Los servicios profesionales que intervengan,
se reconocerán con el 100% de la tarifa de
acuerdo con el grupo quirúrgico que
corresponda por la intervención mayor que
cada uno practicó, incrementada en el 50% del
valor de cada una de las adicionales
107. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 73Artículo 73
PARÁGRAFO 1:
servicios profesionales de
anestesiólogo
Se reconocen con el 100% de
la tarifa del grupo quirúrgico
de la intervención mayor que
cada uno practicó,
incrementada en el 75%
correspondiente al grupo de
cada una de las adicionales
108. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 73Artículo 73
PARÁGRAFO 2:
Servicios profesionales
de ayudante quirúrgico
Se reconocen al 100% de la
tarifa establecida para
éste, de acuerdo con el
G.Qx de la cirugía mayor,
incrementada en el 50% de
la tarifa correspondiente al
grupo de la adicional que
tenga mayor grado de
clasificación.
109. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 75Artículo 75
La consulta preanestésica y preqx de las
intervenciones clasificadas en los grupos 02
y 03, la premedicación, la valoración
intrahospitalaria del Cirujano previa al acto
quirúrgico, los controles intra-hospitalarios y
ambulatorios, posteriores a la realización de la
Cx, están incluídos en las tarifas de servicios
profesionales de los Cx, GO, anestesiólogos y
demás especialistas, hasta la recuperación del
paciente, considerándose como máx. 15 días.
110. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 75Artículo 75
Servicios profesionales
en la atención del
parto (normal,
intervenido o
cesárea), incluyen:
Consulta preanestésica,
Controles médicos
preparto ambulatorios a
partir del octavo mes y de
trabajo de parto
111. MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 76Artículo 76
Interconsulta
Con fines de aclarar un diagnóstico o establecer
un tratamiento
Concepto de otro profesional, siempre y
cuando sea de especialidad o
subespecialización distinta a la del md tratante.
No habrá derecho a reconocimiento de
interconsulta, cuando ésta origine la práctica de
intervención o procedimiento que deba realizar
el especialista consultado.
112. ANUAL TARIFARIO SOATANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 87Artículo 87
Cuando alguna IPS realice un
procedimiento que no se
encuentre definido y por lo
tanto no tenga asignada tarifa,
éste se reconocerá por la tarifa
que tenga definida la
Institución, previa la
comprobación de que dicho
procedimiento no se
encuentra relacionado en el
presente Decreto ni siquiera
bajo otra denominación .
113. Los valores resultantes
de la aplicación de las
tarifas contenidas en
el presente decreto
deberán ajustarse a
centena más próxima.
MANUAL TARIFARIO SOATMANUAL TARIFARIO SOAT
Artículo 89Artículo 89
FACTOR X SMDLV X CANTIDAD AJUSTE CENTENA