2. La vida útil de un alimento es el periodo de
tiempo en el que, con unas circunstancias
definidas, el producto mantiene unos
parámetros de calidad específicos.
Cálidad engloba:
aspectos organolépticos o sensoriales,
como el sabor o el olor, nutricionales, como
el contenido de nutrientes, o higiénico-
sanitarios, relacionados de forma directa
con el nivel de seguridad alimentaria.
3. En la actualidad, se han desarrollado nuevas
herramientas, como la microbiología predictiva,
para estudiar la respuesta de crecimiento de
microorganismos frente a los factores que afectan al
alimento y poder predecir qué ocurrirá durante su
almacenamiento
La mayor o menor vida útil del producto depende
de la naturaleza del alimento en sí, pero también de
otros factores como los procesos higienizantes y de
conservación a los que se someta, el envasado y las
condiciones de almacenamiento, como la
temperatura y la humedad.
4. La vida útil se establece tras someter el
alimento a condiciones controladas de
almacenamiento en alimentos frescos de
vida corta, como los pescados y mariscos,
o, en el caso de productos muy estables,
mediante procesos de deterioro
acelerado.
Los datos que se obtienen se extrapolan
después para elaborar predicciones en
situaciones reales de conservación. En
ocasiones, se pueden realizar valoraciones
de la vida útil de un alimento con modelos
matemáticos que evalúan la tasa de
crecimiento y muerte microbiana en el
producto.
5. VIDA ÚTIL Y ETIQUETADO
La normativa vigente relativa al etiquetado
y presentación de productos alimenticios
obliga a incluir en éste la información sobre
la vida útil del producto y el tiempo que
transcurre desde su elaboración hasta su
deterioro. Así se determina el período
anterior a la fecha de duración mínima
(consumo preferente) o a la fecha de
caducidad.
La fecha de duración mínima es el periodo
hasta el cual se mantienen las propiedades
específicas, siempre que se guarde en
condiciones de conservación adecuadas.
6. Se comunicará precedida de "consumir preferentemente
antes del", cuando se especifique el día, o "consumir
preferentemente antes del fin de o de finales de", en los
demás casos. Esta información debe completarse, si es
preciso, con las condiciones de conservación para
asegurar la duración indicada. La fecha estará
compuesta por la indicación clara y ordenada de día,
mes y año.
En el caso de alimentos muy perecederos y que, por esta
razón, puedan suponer un peligro para la salud tras un
periodo corto de tiempo, la duración mínima se sustituirá
por fecha de caducidad (o la indicación del lugar donde
ésta se especifica), que consistirá en día, mes y año, en
este orden. Estas informaciones también deberán
completarse con una descripción de las condiciones de
conservación.