9. 2º. El comerciante debe ser insolvente. art. 2º. LQSP 3º. Los acreedores deben ser más de uno. 4º. La quiebra debe ser declarada por un juez. 1º. El quebrado debe ser un comerciante.- art.1º. LQSP; debiendo probar fehacientemente su categoría de comerciante, de lo contrario, el juez lo envía al proceso de concurso civil.