SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 5
Títulos Crédito
Alumna:
Yasmin Lisbeth Mendoza
V-25471519
Legislación Mercantil
La Letra de Cambio
La letra de cambio contiene: 1. La denominación de letra de cambio inserta en el mismo texto del título y expresada en el mismo
idioma empleado en la redacción del documento.
2. La orden pura y simple de pagar una suma determinada.
3. El nombre del que debe pagar (libr4ado).
4. Indicación de la fecha del vencimiento.
5. Lugar donde el pago debe efectuarse.
6. El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el pago.
7. La fecha y lugar donde la letra fue emitida.
8. La firma de quien gira la letra (librador).
La letra de
cambio un
documento
mercantil
negociable, en
donde se obliga a
una persona a
pagar o a
cancelar una
cantidad de
dinero en un
determinado
momento.
Es importante mencionar que para que la letra de cambio produzca sus efectos debe
tener y contener los requisitos esenciales de todo contrato, entre los cuales
podemos nombrar: capacidad, consentimiento y causa lícita de obligarse.
Es una obligación literal,
puesto que ninguna
promesa hecha fuera de
la letra de cambio puede
restringir su eficacia; sólo
lo que está escrito en el
documento es decisivo
para formarlizar las
relaciones del acreedor
que lo tiene en sus
manos y del deudor que
lo ha firmado.
El Cheque
Es un título cambiario, a la orden o al
portador, literal, formal, autónomo y abstracto
que contiene la orden incondicional de para a
la vista la suma indicada, dirigida a un
banquero, en poder del cual el librador tiene
fondos disponibles suficientes, que vincula
solidariamente a todos los signatarios y que
está provisto de fuerza ejecutiva
Existe en el cheque un contrato de mandato
por virtud del cual el librado se obliga a pagar
en su nombre y por cuenta del librador la
suma de dinero determinada en el cheque a
su tenedor legítimo. Esto es, el librado realiza
un acto jurídico
Requisitos:
Mención de ser cheque inserta en el texto del
documento
Lugar y fecha en que se expide
La orden incondicional de pagar una suma
determinada de dinero
El nombre del librado. (una institución de crédito)
El lugar de pago.
La firma del librador
El cheque mientras no transcurran los
plazos de presentación, es
irrevocable. El mandato termina
por muerte o interdicción del
mandante.
La teoría del mandato pretende
explicar mediante esta institución del
derecho común la naturaleza jurídica
del cheque. El cheque contiene un
mandato de pago. El librador da el
mandato al librado de pagar una
suma determinada de dinero al
beneficiario del cheque.
El Pagaré
El Pagaré
Es un documento mercantil de crédito
que constituye una promesa
incondicional escrita, hecha de
una persona a otra, firmada por el
suscriptor obligándose a pagar a
la vista o a una fecha fijada.
Se debe indican que el instrumento es un
“PAGARÉ” o de otra forma, deberá contener
este término dentro del texto del documento,
siendo expresado en el idioma que se firme el
convenio de pago.
Su nombre surge de la
frase con que empieza la
declaración de
obligaciones: “DEBO Y
PAGARÉ”.
En la Emisión y Circulación:
De este documento intervienen las siguientes
personas:
1) Librador o girador: Es aquel que pone
en circulación el pagaré. Tiene también
el carácter de beneficiario.
2) Suscriptor: Es aquel que firma el pagaré
obligándose a pagar la suma en el
representada.
Requisitos:
La denominación de pagaré inserta
en el texto.
La fecha y lugar en que se firma el
pagaré.
La promesa pura y simple de pagar
una cantidad determinada.
La época de su pago.
A continuación se presentan algunos artículos del Código de Comercio Venezolano,
que hacen referencia al pagaré: Art. 486: "Los pagarés o vales entre comerciantes o
por actos de comercio de parte del obligado, deben contener: la fecha, la cantidad en
número y letras, la época de su pago, la persona a quien o a cuya orden deberá
pagarse, la expresión si son por valor recibido y en qué especie o por valor en cuenta".
Art. 487: "Son aplicables los pagarés a la orden, a que se refiere el artículo anterior, las
disposiciones acerca de la letra de cambio sobre: los plazos en que se vencen; el
endoso; los términos para la presentación, cobro o protesto; el aval; el pago; el pago
por intervención; el protesto; la prescripción".
Como se puede apreciar, el Art. 487 del C.C. claramente especifica que el pagaré en
algunos de sus aspectos es un documento muy similar a la letra de cambio.
Art. 488: "El portador de un pagaré protestado por falta de pago tiene derecho a cobrar
a los responsables: el valor de la obligación; los intereses desde la fecha del protesto;
los gastos del protesto; los intereses de éstos desde la demanda judicial; los gastos
judiciales que
hubiese desembolsado".
Un pagaré es un documento por pagar para el librador y un documento por cobrar para
el tenedor, a su debido tiempo.
La Quiebra
Clases de quiebra
Fortuito: Es la que se produce como consecuencia de un caso
fortuito o fuerza mayor. Art 915 CC
Culpable: Es la que se produce por una conducta imprudente o
disipada del comerciante.
Fraudulenta: Ejecución de actos fraudulentos para perjudicar a los
acreedores
Condiciones para la Quiebra
Que se trate de un comerciante
Que no este en estado de Atraso
Que haya un cese en sus pagos
Quiebra Fraudulenta: (Art. 918 c Com) Es aquella que ocurren actos fraudulentos para
perjudicar a sus acreedores. Art. 918 C.Co. Se declarara quiebra fraudulenta en los
siguientes casos:
1º Cuando el deudor comerciante ha ocultado, falsificado o mutilado sus libros.
2º Cuando el deudor comerciante ha sustraído u ocultado todo o parte de sus
bienes.
3º o si por sus libros o apuntes o por documentos públicos o privados, se ha
reconocido fraudulentamente deudor de cantidades que no debe.
Tribunales competentes para conocer del procedimiento de quiebra
 Tribunales de Municipio: si la cuantía no excede de las 3000 UT
 Tribunales de Primera Instancia en materia mercantil: cuando la cuantía exceda de las 3000 UT
¿Como Comienza el procedimiento?
 A solicitud del deudor Art 925 C. Com Documentos a acompañar art. 926 C.Com
 Por Demanda de los acreedores Art. 931 C. Com Art 932
Inicia el procedimiento legalmente establecido y como resultado se obtuvo sentencia que declara la quiebra del
comerciante deudor
Procedimiento
la misma trae como consecuencia la inhabilitación del comerciante fallido, requiriéndose así, inevitablemente; que
alguien ejerza sobre el patrimonio de él una administración directa y constante, como la que antes de la quiebra
ejercía el propio deudor.
Puede hacerse de dos formas:
 1. Por los propios acreedores, a través de un liquidador y una comisión de inspección y vigilancia.
 2. por un tercero, denominado Síndico.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
damarishn
 
Títulos de crédito
Títulos de créditoTítulos de crédito
Títulos de crédito
Juan Cisneros
 
El Cheque, Titulos Valores
El Cheque, Titulos ValoresEl Cheque, Titulos Valores
El Cheque, Titulos Valores
Marvin Espinal
 
Contratos mercantiles
Contratos mercantilesContratos mercantiles
Contratos mercantiles
bnh27
 
Auxiliares del comercio y del comerciante
Auxiliares del comercio y del comercianteAuxiliares del comercio y del comerciante
Auxiliares del comercio y del comerciante
Ana Pérez
 
El Contrato
El ContratoEl Contrato
El Contrato
wshy
 

La actualidad más candente (20)

Letra de cambio part
Letra de cambio partLetra de cambio part
Letra de cambio part
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
El Cheque
El ChequeEl Cheque
El Cheque
 
Títulos de crédito
Títulos de créditoTítulos de crédito
Títulos de crédito
 
Diapositivas titulo valores
Diapositivas  titulo valoresDiapositivas  titulo valores
Diapositivas titulo valores
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
Titulo valores
Titulo valores Titulo valores
Titulo valores
 
El Cheque, Titulos Valores
El Cheque, Titulos ValoresEl Cheque, Titulos Valores
El Cheque, Titulos Valores
 
Titulos de crédito
Titulos de créditoTitulos de crédito
Titulos de crédito
 
Concurso mercantil
Concurso mercantilConcurso mercantil
Concurso mercantil
 
Títulos valores y sus Generalidades
Títulos valores y sus GeneralidadesTítulos valores y sus Generalidades
Títulos valores y sus Generalidades
 
Contratos mercantiles
Contratos mercantilesContratos mercantiles
Contratos mercantiles
 
Acciones cambiarias
Acciones cambiariasAcciones cambiarias
Acciones cambiarias
 
Contratos Mercantiles
Contratos MercantilesContratos Mercantiles
Contratos Mercantiles
 
Auxiliares del comercio y del comerciante
Auxiliares del comercio y del comercianteAuxiliares del comercio y del comerciante
Auxiliares del comercio y del comerciante
 
Titulos valores
Titulos valores Titulos valores
Titulos valores
 
El pagaré
El pagaré El pagaré
El pagaré
 
Titulos Valores
Titulos ValoresTitulos Valores
Titulos Valores
 
DERECHOS DE GARANTIAS REALES Y PERSONALES
DERECHOS DE  GARANTIAS REALES Y PERSONALESDERECHOS DE  GARANTIAS REALES Y PERSONALES
DERECHOS DE GARANTIAS REALES Y PERSONALES
 
El Contrato
El ContratoEl Contrato
El Contrato
 

Similar a Títulos crédito. mapas conceptuales

Similar a Títulos crédito. mapas conceptuales (20)

Letra de cambio y pagare
Letra de cambio y pagareLetra de cambio y pagare
Letra de cambio y pagare
 
Documentos Mercantiles
Documentos MercantilesDocumentos Mercantiles
Documentos Mercantiles
 
Credito y cobranza..
Credito y cobranza..Credito y cobranza..
Credito y cobranza..
 
Titulos de crédito pdf
Titulos de crédito pdfTitulos de crédito pdf
Titulos de crédito pdf
 
Titulo valores cheque
Titulo valores chequeTitulo valores cheque
Titulo valores cheque
 
instrumentos de las obligaciones mercantiles.docx
instrumentos de las obligaciones mercantiles.docxinstrumentos de las obligaciones mercantiles.docx
instrumentos de las obligaciones mercantiles.docx
 
ExposicióN Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]
ExposicióN   Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]ExposicióN   Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]
ExposicióN Pagaré, Cheque Y Obligaciones Ejecutivas [Autoguardado]
 
Titulos de crédito
Titulos de créditoTitulos de crédito
Titulos de crédito
 
Instrumentos Financieros
Instrumentos FinancierosInstrumentos Financieros
Instrumentos Financieros
 
Titulos Valores
Titulos ValoresTitulos Valores
Titulos Valores
 
Titulos Valores
Titulos ValoresTitulos Valores
Titulos Valores
 
Pagare
PagarePagare
Pagare
 
Documentos comerciales
Documentos comercialesDocumentos comerciales
Documentos comerciales
 
Documentos comerciales
Documentos comercialesDocumentos comerciales
Documentos comerciales
 
Documentación mercantil
Documentación mercantilDocumentación mercantil
Documentación mercantil
 
Documentos Negociables
Documentos NegociablesDocumentos Negociables
Documentos Negociables
 
TITULOS VALORES.pptx
TITULOS VALORES.pptxTITULOS VALORES.pptx
TITULOS VALORES.pptx
 
Presentaciónesteban
PresentaciónestebanPresentaciónesteban
Presentaciónesteban
 
Titulos valores patry[1]
Titulos valores patry[1]Titulos valores patry[1]
Titulos valores patry[1]
 
Titulos valores patry[1]
Titulos valores patry[1]Titulos valores patry[1]
Titulos valores patry[1]
 

Más de carymarcomputer

Más de carymarcomputer (20)

Civil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamel
Civil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamelCivil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamel
Civil sucesiones. tarea ii unidad antholyz dudamel
 
Esquemas procedimiento extradicion activa y pasiva
Esquemas procedimiento extradicion activa y pasivaEsquemas procedimiento extradicion activa y pasiva
Esquemas procedimiento extradicion activa y pasiva
 
Psicologia fam. gianna fava
Psicologia fam. gianna favaPsicologia fam. gianna fava
Psicologia fam. gianna fava
 
Psc. fam. maru diaz
Psc. fam. maru diazPsc. fam. maru diaz
Psc. fam. maru diaz
 
El discurso
El discursoEl discurso
El discurso
 
El iter criminis antholyz
El iter criminis antholyzEl iter criminis antholyz
El iter criminis antholyz
 
Manual de la etica del abogado
Manual de la etica del abogadoManual de la etica del abogado
Manual de la etica del abogado
 
Tarea2. registro civil
Tarea2. registro civilTarea2. registro civil
Tarea2. registro civil
 
Tarea hecho punible. penal maria arellano
Tarea hecho punible. penal maria arellanoTarea hecho punible. penal maria arellano
Tarea hecho punible. penal maria arellano
 
T1 gustavo-barrios. procedimientos penales
T1 gustavo-barrios. procedimientos penalesT1 gustavo-barrios. procedimientos penales
T1 gustavo-barrios. procedimientos penales
 
Mapas instituciones. maria granados
Mapas instituciones. maria granadosMapas instituciones. maria granados
Mapas instituciones. maria granados
 
Mapa Mental lapso probatorio. Maria Granado
Mapa Mental lapso probatorio. Maria GranadoMapa Mental lapso probatorio. Maria Granado
Mapa Mental lapso probatorio. Maria Granado
 
Mapa conceptual lapso probatorio
Mapa conceptual lapso probatorioMapa conceptual lapso probatorio
Mapa conceptual lapso probatorio
 
Lapso probatorio. instituciones del proceso civil
Lapso probatorio. instituciones del proceso civilLapso probatorio. instituciones del proceso civil
Lapso probatorio. instituciones del proceso civil
 
Lapso probatorio. moises manzanilla
Lapso probatorio. moises manzanillaLapso probatorio. moises manzanilla
Lapso probatorio. moises manzanilla
 
Mapas.tributario. angelica ojeda
Mapas.tributario. angelica ojedaMapas.tributario. angelica ojeda
Mapas.tributario. angelica ojeda
 
Hecho y base imponible. mapa conceptual. esmeralda isturiz
Hecho y base imponible. mapa conceptual. esmeralda isturizHecho y base imponible. mapa conceptual. esmeralda isturiz
Hecho y base imponible. mapa conceptual. esmeralda isturiz
 
Revista.contratos
Revista.contratosRevista.contratos
Revista.contratos
 
Revista (2)
Revista (2)Revista (2)
Revista (2)
 
Trabajo laboral audiencia
Trabajo laboral audienciaTrabajo laboral audiencia
Trabajo laboral audiencia
 

Último

PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
lupitavic
 
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf
MiNeyi1
 
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosCriterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
JonathanCovena1
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
El Fortí
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
RigoTito
 

Último (20)

BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
Supuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docxSupuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docx
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptxMedición del Movimiento Online 2024.pptx
Medición del Movimiento Online 2024.pptx
 
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdfTema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
 
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf
6.-Como-Atraer-El-Amor-01-Lain-Garcia-Calvo.pdf
 
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosCriterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
 
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
 
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptxLA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptPINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 

Títulos crédito. mapas conceptuales

  • 1. Títulos Crédito Alumna: Yasmin Lisbeth Mendoza V-25471519 Legislación Mercantil
  • 2. La Letra de Cambio La letra de cambio contiene: 1. La denominación de letra de cambio inserta en el mismo texto del título y expresada en el mismo idioma empleado en la redacción del documento. 2. La orden pura y simple de pagar una suma determinada. 3. El nombre del que debe pagar (libr4ado). 4. Indicación de la fecha del vencimiento. 5. Lugar donde el pago debe efectuarse. 6. El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el pago. 7. La fecha y lugar donde la letra fue emitida. 8. La firma de quien gira la letra (librador). La letra de cambio un documento mercantil negociable, en donde se obliga a una persona a pagar o a cancelar una cantidad de dinero en un determinado momento. Es importante mencionar que para que la letra de cambio produzca sus efectos debe tener y contener los requisitos esenciales de todo contrato, entre los cuales podemos nombrar: capacidad, consentimiento y causa lícita de obligarse. Es una obligación literal, puesto que ninguna promesa hecha fuera de la letra de cambio puede restringir su eficacia; sólo lo que está escrito en el documento es decisivo para formarlizar las relaciones del acreedor que lo tiene en sus manos y del deudor que lo ha firmado.
  • 3. El Cheque Es un título cambiario, a la orden o al portador, literal, formal, autónomo y abstracto que contiene la orden incondicional de para a la vista la suma indicada, dirigida a un banquero, en poder del cual el librador tiene fondos disponibles suficientes, que vincula solidariamente a todos los signatarios y que está provisto de fuerza ejecutiva Existe en el cheque un contrato de mandato por virtud del cual el librado se obliga a pagar en su nombre y por cuenta del librador la suma de dinero determinada en el cheque a su tenedor legítimo. Esto es, el librado realiza un acto jurídico Requisitos: Mención de ser cheque inserta en el texto del documento Lugar y fecha en que se expide La orden incondicional de pagar una suma determinada de dinero El nombre del librado. (una institución de crédito) El lugar de pago. La firma del librador El cheque mientras no transcurran los plazos de presentación, es irrevocable. El mandato termina por muerte o interdicción del mandante. La teoría del mandato pretende explicar mediante esta institución del derecho común la naturaleza jurídica del cheque. El cheque contiene un mandato de pago. El librador da el mandato al librado de pagar una suma determinada de dinero al beneficiario del cheque.
  • 4. El Pagaré El Pagaré Es un documento mercantil de crédito que constituye una promesa incondicional escrita, hecha de una persona a otra, firmada por el suscriptor obligándose a pagar a la vista o a una fecha fijada. Se debe indican que el instrumento es un “PAGARÉ” o de otra forma, deberá contener este término dentro del texto del documento, siendo expresado en el idioma que se firme el convenio de pago. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: “DEBO Y PAGARÉ”. En la Emisión y Circulación: De este documento intervienen las siguientes personas: 1) Librador o girador: Es aquel que pone en circulación el pagaré. Tiene también el carácter de beneficiario. 2) Suscriptor: Es aquel que firma el pagaré obligándose a pagar la suma en el representada. Requisitos: La denominación de pagaré inserta en el texto. La fecha y lugar en que se firma el pagaré. La promesa pura y simple de pagar una cantidad determinada. La época de su pago. A continuación se presentan algunos artículos del Código de Comercio Venezolano, que hacen referencia al pagaré: Art. 486: "Los pagarés o vales entre comerciantes o por actos de comercio de parte del obligado, deben contener: la fecha, la cantidad en número y letras, la época de su pago, la persona a quien o a cuya orden deberá pagarse, la expresión si son por valor recibido y en qué especie o por valor en cuenta". Art. 487: "Son aplicables los pagarés a la orden, a que se refiere el artículo anterior, las disposiciones acerca de la letra de cambio sobre: los plazos en que se vencen; el endoso; los términos para la presentación, cobro o protesto; el aval; el pago; el pago por intervención; el protesto; la prescripción". Como se puede apreciar, el Art. 487 del C.C. claramente especifica que el pagaré en algunos de sus aspectos es un documento muy similar a la letra de cambio. Art. 488: "El portador de un pagaré protestado por falta de pago tiene derecho a cobrar a los responsables: el valor de la obligación; los intereses desde la fecha del protesto; los gastos del protesto; los intereses de éstos desde la demanda judicial; los gastos judiciales que hubiese desembolsado". Un pagaré es un documento por pagar para el librador y un documento por cobrar para el tenedor, a su debido tiempo.
  • 5. La Quiebra Clases de quiebra Fortuito: Es la que se produce como consecuencia de un caso fortuito o fuerza mayor. Art 915 CC Culpable: Es la que se produce por una conducta imprudente o disipada del comerciante. Fraudulenta: Ejecución de actos fraudulentos para perjudicar a los acreedores Condiciones para la Quiebra Que se trate de un comerciante Que no este en estado de Atraso Que haya un cese en sus pagos Quiebra Fraudulenta: (Art. 918 c Com) Es aquella que ocurren actos fraudulentos para perjudicar a sus acreedores. Art. 918 C.Co. Se declarara quiebra fraudulenta en los siguientes casos: 1º Cuando el deudor comerciante ha ocultado, falsificado o mutilado sus libros. 2º Cuando el deudor comerciante ha sustraído u ocultado todo o parte de sus bienes. 3º o si por sus libros o apuntes o por documentos públicos o privados, se ha reconocido fraudulentamente deudor de cantidades que no debe. Tribunales competentes para conocer del procedimiento de quiebra  Tribunales de Municipio: si la cuantía no excede de las 3000 UT  Tribunales de Primera Instancia en materia mercantil: cuando la cuantía exceda de las 3000 UT ¿Como Comienza el procedimiento?  A solicitud del deudor Art 925 C. Com Documentos a acompañar art. 926 C.Com  Por Demanda de los acreedores Art. 931 C. Com Art 932 Inicia el procedimiento legalmente establecido y como resultado se obtuvo sentencia que declara la quiebra del comerciante deudor Procedimiento la misma trae como consecuencia la inhabilitación del comerciante fallido, requiriéndose así, inevitablemente; que alguien ejerza sobre el patrimonio de él una administración directa y constante, como la que antes de la quiebra ejercía el propio deudor. Puede hacerse de dos formas:  1. Por los propios acreedores, a través de un liquidador y una comisión de inspección y vigilancia.  2. por un tercero, denominado Síndico.