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Coltán: mineral estratégico de Colombia
1.
2. El Coltán es un mineral, es una mezcla
de Columbita y Tantalita de ahí su
nombre Coltán; también puede tener
menas (vetas) de niobio. Se encuentra
combinado con la tierra y rocas no en
veta. Estos óxidos son escasos en la
naturaleza y, hasta hace muy poco,
eran muestras de museos, sin ninguna
aplicabilidad
3. Superconductores,
Ultra refractarios (soportan temperaturas
muy elevadas)
Capacitores (almacenan carga
eléctrica temporal y la liberan cuando
se necesita)
Altamente resistentes a la corrosión y a
la alteración en general
4. Australia (produce 400 toneladas métricas a partir de
la tantalita) según datos de la Unidad de Planeación
Minero Energética del Ministerio de Minas de
Colombia (UPME) en Brasil existe este mineral en la
zona de rochaza; en el Congo en la región de
Buetembo (se especula que en este país están el
80% de las reservas mundiales.
También lo producen Tailandia y Canadá.
La Producción colombiana se estimaría entre 10 a 25
toneladas. Con tecnificación serian 300 toneladas
mensuales, Colombia poseería el 5% de las reservas
del mundo.
5. El principal productor de Coltán es el
Congo, donde se encuentra el 80% de
las reservas.
El Congo ha sido un país azotado por
las guerras y la pobreza. Los grupos
armados se han perpetuado y han
encontrado en el Coltán una forma de
seguir aplicando la violencia
6. Una tonelada del apetecido “oro azul”
puede costar entre 60.000 y 100.000
dólares, provocando el enfrentamiento
de las milicias que luchan por el
monopolio del Coltán y para ello
esclavizan a los prisioneros de guerra.
7.
8. MINAS
CASA DE COMERCIO
EXPORTADORES
REFINERIAS
COMPRADORES
9. Estados Unidos, Alemania, Bélgica y
Kazajistán en su orden.
También china. Una empresa de Dick
Chene e hizo un dumping con Brasil
para bajar el precio del Coltán.
10.
11. En Colombia, de acuerdo con los datos del
Servicio Geológico Colombiano, hay
depósitos de Coltán en Vichada, Guainía y
Vaupés.
“En la década de los ochenta se realizaron
labores de exploración para Coltán en el
departamento del Vichada, cuyos
resultados indicaron la baja presencia de
estos minerales en pequeños depósitos
secundarios”,
12. Es poco probable que Colombia pueda
competir con el poder de mercado de
una gran empresa brasileña productora.
Sin embargo, a pesar de los riesgos, para
la minería informal es un buen negocio
la explotación de este mineral, por su
alta cotización en el mercado externo.
13. “Resolvimos no otorgar títulos a quienes
vienen solicitándolo insistentemente
ante la Agencia Nacional Minera, y que
el Gobierno Nacional asuma
directamente, a través de la Agencia, el
control y el manejo de este recurso
considerado estratégico, que se ha
venido saqueando a través de la
minería ilegal”,
14. Como la explotación no es legal, no se
pagan regalías e impuestos. Una
tonelada de Coltán en el mercado
internacional se cotiza entre 140 y 180
millones de pesos, precio bastante
atractivo para los mercaderes del
comercio mundial
15.
16. ASPECTO AMBIENTAL
El deterioro ambiental debido a la actividad
minera se debe al oportunismo de los agentes
económicos y la constante insatisfacción de sus
necesidades.
17. ASPECTO AMBIENTAL
En el daño a la superficie terrestre implica un
significativo riesgo de erosión que podría llegar a
afectar más del 2% de la superficie, que es el que
tiene aptitud para la explotación en esta materia.
La erosión y el efecto nocivo sobre el suelo
presenta
Menor productividad
Deterioro de la biodiversidad
Problemas asociados con los ciclos naturales
como el ciclo del agua y los procesos biológicos
de la fauna y de la flora.
18. ASPECTO AMBIENTAL
En la liberación de sustancias tóxicas varios de los
elementos (el plomo, el bromo y el monóxido de
carbono) resultan nocivos y altamente tóxicos
cuando superan ciertos porcentajes de
concentración en el medioambiente,
perjudicando la subsistencia de especies animales
y vegetales, así como la salubridad humana
19. ASPECTO AMBIENTAL
En el drenaje ácido de minas, los líquidos
derivados de la explotación (el ácido sulfúrico
y los óxidos de hierro) requieren de un manejo
especial por su potencial perjudicial frente al
entorno cercano. La inadecuada gestión y la
concentración de estas sustancias de estas
sustancias conduce a un desequilibrio en las
propiedades del suelo y a una devastación
progresiva de la flora.
20. ASPECTO AMBIENTAL
El polvo asociado a la explotación y de los niveles
de ruido son reconocidos también como un factor
de deterioro ambiental ya que constituye uno de
los elementos de mayor impacto en la salud de la
población, que padece las consecuencias
nocivas de la actividad minera del Coltán.
22. Carecer de un control
efectivo por parte de las
autoridades competentes
de cada Estado, impide
que el gasto de la oferta
ambiental inherente a los
proyectos de explotación
minera, se haga bajo la
supervisión y vigilancia del
Estado
Altera el desarrollo
sostenible y, desde el punto
de vista macroeconómico,
limita aún más el desarrollo
económico, ya que limita
los recursos disponibles y,
retrasará el crecimiento de
la demanda agregada
Esta situación fiscal, desde
el punto de vista
macroeconómico, es
completamente
desafortunada: menores
tributos implican, a su turno,
menores ingresos corrientes
para el Estado y, frente a
un gasto creciente,
envuelven también
menores posibilidades de
mitigar el déficit fiscal
23. La actividad informal, como es la
minería ilegal, en la que se dan
menores costos y mayores
posibilidades de explotación
carentes de control, implica que en
el mercado existirá un escenario que,
a pesar de ilícito, resulta más rentable
y se desincentivará, en forma
correlativa, la legalidad
al incurrir en menores costos, las
empresas dedicadas a este tipo de
minería podrán vender la materia
prima a menores precios y, con
ello, conquistarán más fácilmente
el mercado que aquellas empresas
que cumplen con los estándares
de legalidad. Este desequilibrio en
la competencia y la pasividad del
Estado, desincentivarán la inversión
extranjera
24. ASPECTO SOCIAL
El retraso económico inherente a la minería del
Coltán está acompañado de un correlativo
problema social. El solo hecho de que se prive al
Estado de la posibilidad de crecer y desarrollarse
económicamente, así como de cubrir
regularmente el déficit fiscal, tiene por efecto un
connatural incremento de la pobreza y de la
brecha social, tan propia de las economías en vía
de desarrollo.
25. ASPECTO SOCIAL
La minería del coltán está asociada a fenómenos
de sub-empleo, deficientes condiciones laborales,
manifiesto incumplimiento de las garantías
asociadas al contrato de trabajo como las
prestaciones sociales y la seguridad social y
trabajo infantil (El Congo).
26. ASPECTO SOCIAL
El trabajo en las minas implica
Para la infancia una reducción de la probabilidad de
acceder a la educación.
Un conflicto generacional que se transforma en un
manifiesto factor de violencia.
Falta de garantías y de estabilidad
27. ASPECTO SOCIAL
La minería del Coltán se suele asociar al patrocinio de otras
actividades ilícitas como son, por ejemplo, la financiación
del terrorismo y de las bandas dedicadas a la criminalidad.
Ello obedece a que se trata de una importante fuente para
la captación de recursos que carece de un control efectivo
del Estado. Así, es una fuente de recursos que ofrece dos
grandes ventajas:
Es rentable, genera altos ingresos con escasos costos
No llama tanto la atención como lo hacen otras
actividades que por su figuración en los medios y los
escándalos políticos tejidos alrededor de las mismas,
están en la mira del control estatal.
28. ASPECTO SOCIAL
La Policía Nacional reporta que la minería financia
grupos armados ilegales en algunas regiones
como Norte de Santander, Antioquia, Tolima, Valle
del Cauca, Nariño, Cauca, Meta, Guaviare,
Guainía y Vaupés. Igualmente, interés de
monopolizar nuevos yacimientos mineros en
Guainía, Vichada y Amazonas, especialmente de
minerales estratégicos como el Coltán. Finalmente,
señala que en 151 municipios de 25
departamentos convergen actividades de minería
ilegal y presencia de grupos armados ilegales.
29. ASPECTO SOCIAL
Desde la perspectiva social, sumado a la pobreza, la
violencia y el patrocinio a la criminalidad, la falta de
control inherente a la minería se refleja también en las
funestas condiciones de seguridad a las que se sujeta
esta actividad En efecto, explotar una mina implica
Un control nulo en las condiciones de seguridad
Incremento significativo en el riesgo de desastres
Una tragedia humana (pérdida de padres o de
hijos) y que implica un difícil desprendimiento
humano y pérdida del sustento económico,
dificultando aún más la situación de muchas
familias colombianas.
30. Se trata de un problema de eficacia, ello se traduce en desconfianza y,
ante la imposibilidad de que otros incumplan las disposiciones, es
natural que cada sujeto no tenga ningún incentivo de cumplir los
mandatos por su cuenta, por lo que prefiere sumarse a la situación de
incumplimiento
La desconfianza jurídica es, a su turno, desconfianza en las
instituciones políticas y, con ello, el problema de legitimidad se irradia
también al Estado y a la gestión en el cumplimiento de sus fines
En términos de inversión extranjera, se genera al inversionista una
notable inseguridad jurídica por cuenta de las sucesivas modificaciones
al estatuto minero, las que como ya hemos advertido, pecan por su
ambigüedad.
31. El nuevo marco
regulatorio del tema de
licencias ambientales en
el sector de minería está
reglamentado en la ley
1382 de 2010 mediante
el cual se modificó el
Código de Minas y el
Decreto 2820 de 2010
reglamentario de la ley
99 de 1993 sobre el
tema de licencias
ambientales
32. Las áreas especiales: de conformidad con la
información geológica existente, se puede
adelantar un contrato de concesión con las
mejores condiciones técnicas, económicas,
sociales y ambientales para el aprovechamiento
del recurso
Zonas excluibles de la minería. No podrán
ejecutarse trabajos y obras de exploración y
explotación mineras en zonas declaradas y
delimitadas conforme a la normatividad vigente
como de protección y desarrollo de los recursos
naturales renovables o del ambiente.
Como áreas que integran el sistema de parques
nacionales naturales, parques naturales de
carácter regional, zonas de reserva forestal
protectora y demás zonas de reserva forestal,
ecosistemas de páramo y los humedales
33. Licencia ambiental: La autoridad competente
otorga o no la Licencia Ambiental para la
construcción, el montaje, la explotación objeto
del contrato y el beneficio y para las labores
adicionales de exploración durante la etapa de
explotación.
Dicha autoridad podrá fundamentar su decisión
en el concepto que al Estudio de Impacto
Ambiental hubiere dado un auditor externo.
Explotación Anticipada y Autorización
temporal: Si el concesionario se encuentra en la
etapa de exploración, con sujeción a las normas
ambientales, podrá solicitar a la Autoridad
Minera que se autorice el inicio del período de
construcción y montaje y la explotación
anticipada acorde con lo estipulado en este
Código.
Cada titular responderá por los trabajos mineros
que realice directamente y por el cumplimiento
de las normas ambientales vigentes.
34. ASPECTO POLITICO Y JURIDICO
El Decreto 2820 del 2010 : Este Decreto exige
improrrogable licencia para el caso de
la explotación en el sector minero
Minerales metálicos y piedras preciosas y
semipreciosas: Cuando la remoción total de material
útil y estéril proyectada sea mayor o igual a 2.000.000
de ton/año.
Otros minerales y materiales: Cuando la explotación
de mineral proyectada sea mayor o igual a 1.000.000
ton/año.
35. Un aspecto muy problemático del Decreto
permite que con ocasión de la licencia ambiental
de un proyecto, obra o actividad podrá ser
modificada para integrarla con otras licencias
ambientales, siempre y cuando el objeto de los
proyectos a integrar sea el mismo, sus áreas sean
lindantes y se hubieren podido adelantar en un
mismo trámite.
36. Los interesados en los proyectos de minería como,
obras o actividades deberán solicitar
pronunciamiento a la autoridad ambiental
competente sobre la necesidad de presentar el
Diagnóstico Ambiental de Alternativas DAA
(Hidrocarburos y desarrollos petroquimicos)
37. Contiene objetivo, alcance y descripción general
del proyecto, obra o actividad, identificación y
análisis comparativo de los potenciales riesgos y
efectos sobre el medio ambiente entre otros
38. La autoridad ambiental evaluará que el
Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA), para
determinar que el interesado haya presentado
para cada una de las alternativas del proyecto, el
correspondiente análisis comparativo de los
impactos ambientales, especificando cuáles de
estos no se pueden evitar o mitigar.
39. Con relación a los topes establecidos en el Decreto
2820 se advierte que
La pequeña minería que es la que hoy en día es
mayoritaria en el país, quedaría excluida de la
exigencia de la licencia
En el caso de las Licencias conjuntas, los
beneficiarios de áreas vecinas o aledañas, estén o
no incluidas en un plan conjunto de exploración y
explotación podrán realizar el Estudio de Impacto
Ambiental ordenado en el Código de Minas, para
las obras de infraestructura, el montaje y la
explotación de dichas áreas, en forma conjunta si
esta fuere exigible.
40. Efectos de la Nueva Legislación
La gestión ambiental incluida en la Licencia,
podrá contener medidas específicas acordes
con la ubicación singular y concreta del área de
cada concesión. En este caso, los beneficiarios
deberán responder solidariamente por el
cumplimiento de las obligaciones establecidas
en la licencia.
41. En los casos en que se requiera, deberá darse
cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 76 de la
ley 99 de 1993, en materia de consulta previa con
comunidades indígenas y negras tradicionales por
el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial.
42. Alternativas - Definición de una
Gobernanza Ambiental Minera
El concepto de desarrollo sostenible en la minería
implica la necesidad de que el sector minero y sus
empresas consideren la necesaria integración de
tres elementos básicos (económicos, ambientales
y sociales ) en sus estrategias dirigidas a generar
negocios prósperos y rentables.