2. • Derechos de los niños y los jóvenes. Los Derechos humanos son
universales, civiles, políticos, sociales, económicos y culturales,
pertenecen a todos los seres humanos, incluyendo niños y jóvenes.
Tanto los niños como los jóvenes gozan de ciertos derechos
específicamente relacionados a su status de menores y a sus
necesidades de cuidado especial y protección.
Los derechos humanos de los niños y jóvenes se encuentran
explícitamente enunciados en la Convención de los Derechos del Niño,
Convención más ampliamente ratificada en la historia. Estos derechos
también se encuentran en otros documentos internacionales, entre
ellos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las
Convenciones Internacionales, la Convención sobre la Eliminación de
todas formas de Discriminación contra la Mujer, y otros Tratados y
Declaraciones incluidos.
3. PROTECCIÓN JURÍDICA
INTERNACIONAL
• La regulación, protección y garantía de los Derechos Humanos en las
sociedades modernas, donde los países ricos se desarrollan a partir
del sufrimiento de los pueblos más débiles política y
económicamente, debe constituir una prioridad para todos los
gobiernos. En el mundo actual, que presentado cada vez más
globalizado, donde la brecha entre ricos y pobres se hace más
profunda, se corre el riesgo de que los Derechos humanos no pasen de
ser un discurso teórico, ya que el costo de una legítima y verdadera
protección de estos, es muy alto para aquellos que aunque ya tienen
mucho, quieren más, o lo quieren todo. Es en este marco donde
muchos niños mueren diariamente de hambre, donde muchos otros
ni siquiera tienen el placer de llegar a nacer por falta de atención
médica. Es en este mundo donde millones de niños y niñas se
prostituyen y donde otros mueren siendo víctimas de tráficos ilegales
de órganos, entre otras calamidades.
4. • Diariamente se observa en los medios de prensa noticias alarmantes
que describen la situación de niños y jóvenes víctimas del mal
llamado desarrollo mundial. Ellos son la mano de obra barata que los
capitalistas necesitan para acumular sus millones. Es por eso que ya
hablar de Derechos Humanos en general no era suficiente, porque las
vidas más jóvenes necesitaban mucho más.
5. JUVENTUD
• No basta con la sola protección especial de los derechos de los niños,
la juventud también necesita un respaldo en este sentido. Los
jóvenes conforman un sector social con características singulares en
razón de factores psicológicos, sociales, físicos y de identidad.
Requiriendo en consecuencia, una atención especial por tratarse de
un período muy importante en la vida humana, especialmente en lo
que se refiere a la formación de la personalidad, la determinación de
la identidad, la adquisición de destrezas y de seguridad personal, así
como la proyección de sus vidas hacia el futuro.
6. DERECHOS HUMANOS
Los derechos humanos de los niños y jóvenes incluyen los siguientes
derechos invisibles, interdependientes, e interrelacionados:
• El derecho a un estándar de vida adecuado para el desarrollo intelectual,
físico, moral y espiritual de los niños, incluyendo alimento, vivienda y
vestido adecuado.
7. • El derecho a la libertad basada en edad, género, raza, color, idioma,
religión, nacionalidad, etnia u otra condición o status de los padres
del niño.
8. • El derecho al más alto estándar y acceso a la salud.
9. • El derecho a un medioambiente sano y saludable.
10. • El derecho a la educación; a una educación básica gratis y
obligatoria, formas disponibles de una educación secundaria y
superior, libre de todo tipo de discriminación en todos los niveles de
educación. ENTRE OTROS.
11. CONVENCIÓN DE LOS
DERECHOS DEL NIÑO
• La Convención de los Derechos del niño fue aprobada en 1990 por las
Naciones Unidas como parte de los esfuerzos que este organismo
internacional ha venido realizando en pos de mejorar la situación de
los Derechos Humanos en el mundo. Esta convención tiene carácter
vinculante, es decir, que es obligatoria para los países que la
ratifican.
• No pocos han sido los intentos de diversos órganos y organismos
internacionales y regionales para tratar de lograr que los derechos
inalienables de los jóvenes también sean protegidos. El problema de
todos estos proyectos y convenciones es que muchos no llegan a ver la
luz, otros son ineficaces por falta de garantías.
12. REGULACIONES
FUNDAMENTALES
• Artículo 1: La Convención de los Derechos del niño aclara en su artículo
No.1, que se entenderá por niño, todo ser humano menor de dieciocho años
de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado la
mayoría de edad.
• Artículo 2: Este artículo plantea que los Estados Parte están obligados a
respetar los derechos que en esta Convención se establecen sin distinción de
raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen
nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos o
cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes
legales y a su vez deberán garantizar que los niños no sean víctima de
discriminación alguna.
• Artículos 6 y 8: Entre los derechos que este importante Instrumento Jurídico
Internacional regula, se encuentra en su artículo No. 6 el derecho a la vida y
en el octavo se plantea que los menores preservarán importantes derechos
inherentes a su personalidad como el nombre, la nacionalidad y las
relaciones familiares.
13. • Artículo 9: En el artículo 9 se plantea que los niños no deben ser
separados de sus padres, salvo que determinadas circunstancias o la
ley lo exijan.
• Artículo 12: Los infantes a tenor con lo regulado en este artículo,
tienen el derecho de expresar libremente sus opiniones en los
asuntos que lo afecten directamente, el que se complementa con el
derecho de expresión que se le concede en el artículo No. 13.
• Artículo 28: Derecho a la educación
• Artículo 36: En virtud de este artículo los Estados Parte deberán
tomar todas las medidas necesarias para impedir el secuestro, la
venta o la trata de niños para cualquier fin o en cualquier forma.
Artículo este de suma importancia teniendo en cuenta los reiterados
casos donde son los niños las víctimas de estos delitos con fines de
diversos tipos, incluso, llegando a los casos de prostitución y
pornografía infantil.