2. LA CONSTITUCION Y PODER
La constitución proviene del latín cum con, y statuere establecer, llamada
también carta magna o carta fundamental es la norma suprema de un Estado de
derecho soberano, es decir, la organización establecida o aceptada para regirlo. La
constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado y de
estos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la
organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. La Constitución
Política de un busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades.
Poder
El Poder es Estar capacitado, reunir las condiciones, para hacer lo que se
expresa.
Se lo define al Poder como la Facultad para hacer algo, Dominio o influencia
que uno tiene sobre alguna cosa, Posesión actual o tenencia de una cosa.
Fuerza, eficacia capacidad, de provocar ciertos efectos Con la Autorización para
hacer algo dada por una autoridad competente
El poder, es la capacidad de influir en las personas y los sucesos, el poder es la base de
un líder, Es la manera que tienen los lideres para extender su influencia en los demás.
El poder es diferente a autoridad. La autoridad es la delegada por la gerencia de un nivel
superior.
El poder se gana y solo lo obtienen los lideres con base en sus respectivas
personalidades, actividades y situaciones.
Clasificación del Poder
PODER POLÍTICO
El poder político es una consecuencia lógica del ejercicio de las funciones por parte de
las personas que ocupan un cargo representativo dentro de un sistema de gobierno en un
país.
El poder político es legítimo cuando es elegido conforme a las leyes del país
(constitución). En países democráticos tiene como sustento la legitimidad otorgada por
el pueblo por medio del voto popular (elecciones). El poder político es abusivo cuando
se excede en el ejercicio de sus funciones, avanzado en materias que están dentro del
ámbito de los otros poderes (intromisión de poderes). El poder político es ilegítimo
cuando utiliza mecanismos no autorizados por las leyes y se adueña del poder
gubernamental (ejecutivo-legislativo) sin tener la legitimidad del pueblo, otorgada por
el voto popular.
PODER ABSOLUTO
3. El poder Absoluto es la denominación de un régimen político, una parte de un periodo
histórico, una ideología y una forma de gobierno o de Estado (el Poder absoluto),
también lo llaman Antiguo Régimen, y caracterizados por la pretensión teórica (con
distintos grados de realización en la realidad) de que el poder político del gobernante no
estuviera sujeto a ninguna limitación institucional, fuera de la ley divina. Es un poder
único desde el punto de vista formal, indivisible, inalienable y libre. Los actos positivos
del ejercicio del poder que es la legislación, administración y jurisdicción.
PODER CONSTITUYENTE
El Poder Constituyente es el que tiene la atribución de establecer la norma
fundamental de un ordenamiento jurídico, dando origen a un Estado y su sistema
político y, posteriormente, de modificarla o enmendarla. Esta facultad es ejercida al
constituir un nuevo Estado y al reformar la Constitución vigente.
El poder constituyente ha sido definido como la "voluntad política creadora del orden,
que requiere naturaleza originaria, eficacia y carácter creadora" y como la "voluntad
originaria, soberana, suprema y directa que tiene un pueblo, para constituir un Estado
dándole una personalidad al mismo y darse la organización jurídica y política que más
le convenga". De todos modos, existen concepciones que consideran que el poder
constituyente originario puede recaer en el pueblo o en la nación.
Se considera que el poder constituyente existe en los regímenes de Constitución rígida,
en el que la elaboración de las normas constitucionales requiere un procedimiento
diferente al de las leyes.
Clasificación Del Poder Constituyente
PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO Y DERIVADO
El poder constituyente originario es el que aparece y le da origen al ordenamiento
político, en si se lo puede definir al poder constituyente originario a aquel que crea la
primera Constitución de un Estado; en este sentido, con frecuencia, actúa como poder
constituyente originario una Asamblea constituyente que, al aprobar la primera
Constitución de un país, está poniendo de manifiesto jurídicamente su nacimiento. Y
una vez cumplida su labor desaparece; pero como su tarea requiere continuidad, suele
establecer un órgano que se encargue de adicionar y modificarla, de acuerdo a las
circunstancias o problemas que surjan, a este se le denomina poder constituyente
derivado, instituido o permanente.
El poder constituyente originario puede actuar dictando una Constitución que no sea la
primera del país. Se trata de un Estado que ya tenía una Constitución, en el cual se
produce un cambio radical de todas sus estructuras . La Constitución que se dicta
consagrando nuevas estructuras políticas, sociales y a veces económicas es el fruto de
un poder constituyente originario, aunque no se trate, históricamente de la primera
Constitución del país. En la gran mayoría de los casos en que se dicta una Constitución
4. luego de un proceso revolucionario, los órganos que intervienen y el procedimiento que
se utiliza para dictarla, no son los previstos en la Constitución anterior. Si se dictase una
nueva Constitución por los órganos previstos por la Constitución anterior, estaríamos
ante una actuación del poder constituyente derivado.
A su vez, por poder constituyente derivado se entiende aquel establecido en la propia
Constitución y que debe intervenir cuando se trata de reformar la Constitución. Es
generalmente ejercido por una asamblea, congreso o parlamento. Es un poder que
coexiste con los tres poderes clásicos, en los regímenes de Constitución rígida, cuya
función es la elaboración de las normas constitucionales, las cuales se aprueban
habitualmente a través de un procedimiento diferente al de las leyes.
En el caso de ecuador a partir de la constitución del 2008 se establecieron 5 poderes los
cuales son:
Poder Ejecutivo:
Poder Legislativo:
Poder Judicial
Poder Electoral
Poder De Transparencia Y Control Social
PODER CONSTITUYENTE ABIERTO Y CERRADO
El poder constituyente abierto es cuando es resultado de un proceso de construcción a
lo largo del tiempo, por ejemplo la Constitución ecuatoriana de 1830, fue resultado de
un proceso histórico que inició después de la separación del Distrito del Sur de la Gran
Colombia.
El poder constituyente es cerrado cuando se abre y se cierra en un mismo acto
constituyente, es el caso de las reformas o enmiendas a la constitución.
PODER CONSTITUYENTE FORMAL Y MATERIAL
Formal cuando se ejerce según los procedimientos que prevé la constitución o
la ley fundamental para su ejercicio.
Material cuando el ejercicio provenga de los poderes constituidos con el objeto
de emitir disposiciones reglamentarias de carácter constitucional.
Así un ejemplo de ejercicio formal del poder constituyente es la reforma constitucional,
y de material cuando el poder legislativo sanciona una ley de ciudadanía.
POR SU NIVEL DE EJERCICIO
Primer Grado: Ejercido por la nación (nación política) en su conjunto
5. Segundo Grado: Ejercido por las provincias o entidad subnacional
Tercer Grado: Cuando su ejercicio corresponde a los municipios.
PODER PUBLICO
Poder público es el conjunto de los poderes del Estado, especialmente en su
dimensión coactiva, como aquellos a quienes corresponde el uso legítimo de
la violencia .
En el sentido abstracto de la expresión, se entiende poder como la facultad de mandar y
ser obedecido, y público como actividad del Estado.
Poder público es la capacidad que tiene el estado para obligar a alguien a realizar un
acto determinado.
El poder público es necesario para el funcionamiento de grupos sociales que confluyen
en un espacio físico cualquiera. Se requiere de un orden y del establecimiento de reglas
que permitan la convivencia humana, la cual se traduce en el ejercicio del poder.
En toda sociedad se conforman grupos que, de una u otra manera crean un centro de
poder que irradia su acción en diversas direcciones como: religión, economía, cultura.
Constituye una capacidad jurídica legítima que poseen los cinco poderes fundamentales
del Estado establecidos en la Constitución del 2008 para ejercer en forma eficaz,
mediante la coactividad, las acciones y los cometidos que les son conferidos por
la Constitución o Ley fundamental de un Estado.
El poder nace como una necesidad de asegurar la convivencia humana, por lo tanto, si
no hay orden y autoridad, se destruye la posibilidad de convivir y de interactuar en una
sociedad capaz de alcanzar la categoría de Estado.
PODER ELECTORAL
Es el Consejo Nacional Electoral (CNE) de la República del Ecuador es el máximo
organismo de sufragio en Ecuador, Tiene su sede en la ciudad de Quito, está constituido
por 5 vocales elegidos mediante un concurso de méritos y oposición organizado por
el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social para un período de 6 años
debiendo renovarse una mitad cada 3 años, de entre los vocales se elige a un Presidente
y un Vicepresidente; el CNE goza de completa autonomía financiera y administrativa.
Sus funciones son organizar, controlar las elecciones, puede castigar a partidos y
candidatos que infrinjan las normas electorales; y tiene que inscribir y fiscalizar a
los partidos y movimientos políticos.
El Consejo Nacional Electoral tiene 24 delegaciones Provinciales en cada una de
las provincias para desconcentrar los servicios electorales en todo el país.
Este organismo conforma, junto al Tribunal Contencioso Electoral, la Función
Electoral el cual es uno de las cinco funciones del estado.
6. PODER ECONÓMICO
Es el Dominio e influencia que tiene una persona o un grupo de personas por el hecho de
poseer un elevado volumen de recursos. En consecuencia, el poder económico de un
país, es decir, su influencia en la economía y política internacional, viene medido, entre
otros aspectos, en función de sus recursos naturales y humanos, de su volumen de
comercio, de su grado de industrialización , su nivel de renta , exportaciones e
Importaciones .
En el ecuador el Organismo que se encarga de establecer el Poder Económico en el
Ecuador es el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana .
PODER MILITAR
El poder militar en la República del Ecuador es Las Fuerzas Armadas que se constituye
en tres ramas: el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Conforme con la Constitución,
su Comandante en Jefe es el Presidente de la República y en su vértice jerárquico se
encuentran la máxima autoridad civil el Ministro de Defensa y el Jefe del Comando
Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Según la Constitución de Ecuador:
Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones de protección de los
derechos, libertades y garantías de los ciudadanos.
Las Fuerzas Armadas tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía y la
integridad territorial.
La Policía Nacional del Ecuador es la entidad encargada de brindar seguridad pública
a todos los habitantes del Ecuador.
La Policía Nacional está regulada por el Ministerio del Interior del Ecuador, y
el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea Ecuatoriana por el Ministerio de Defensa.
La Constitución de la República del Ecuador establece:
La Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica,
jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión es atender
la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y
la seguridad de las personas dentro del territorio nacional.
La protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del
Estado y responsabilidad de la Policía Nacional.