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LICITACIONES Y CONTRATOS CON EL
SECTOR PÚBLICO
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
CADE de Chiclana de la Frontera. (Cádiz)
3 y 4 de Junio de 2014
Ponente: José M. Arroyo Quero
www.josemanuelarroyo.com
• Marco Legal: Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por
el que se aprueba el TR de la Ley de Contratos del Sector Público.
• En qué consiste una licitación.
• Tipos de Contratos, Tipos de Tramitación y Procedimientos de Adjudicación.
• Solvencia Técnica, Profesional, Económica y Financiera.
• Clasificación Empresarial. Qué es y cómo se obtiene.
• Herramientas para detectar licitaciones de interés.
• El Perfil de Contratante de las Administraciones Públicas.
• El Registro de Licitadores. Qué es y forma de inscribirse.
• Visión general de los Pliegos de Condiciones, la Documentación Administrativa y las
Propuestas Técnicas y Económicas.
• Garantías. En qué consisten y cómo se constituyen.
• La Presentación de la Propuesta. Las Plicas. Aspectos a tener en consideración y errores
más frecuentes.
• La Adjudicación.
• Fórmulas de reforzamiento empresarial ante una licitación. Las UTE,s.
• Obtención de negocio de una adjudicación ajena. La Subcontratación.
SUMARIO
O B J E T I V O :
ELIMINAR “APRENSIONES”, “PREJUICIOS”,
“MIEDOS” Y “DESINFORMACIÓN” DE
PYMES Y EMPRENDEDORES
A PLANTEARSE
ACCEDER A LICITACIONES PÚBLICAS
PORQUE
PUEDEN SER GRANDES OPORTUNIDADES DE NEGOCIO
 La Contratación Pública representa el 18,5%
del PIB español.
 Pensemos que el Turismo representa el 11%
 La decisión de considerar como “Cliente” al Sector
Público es una decisión Estratégica de la Empresa
 Y como tal hay que tomarla, dotándola de
suficientes medios humanos, materiales y
financieros
Introducción
Marco Legal
Evolución histórica
• Primera regulación general en materia de contratos públicos
• Los hitos normativos de los últimos 50 años. Cuatro bloques normativos
principales.
• Normativa actual
• Ultimas modificaciones generadas por la Ley de Apoyo a los Emprendedores
y su Internacionalización y por la Ley de impulso de la factura electrónica y
creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
La Ponencia del Profesor Santamaría Pastor, “La constante
e interminable reforma de la normativa sobre contratación pública” , como
¿Qué es una Licitación?
 Una Entidad Pública acude al Mercado a proveerse de Bienes
y Servicios.
 Se produce una Contratación Administrativa. Distinta de la Contratación
privada por ser una de las partes una Entidad Pública que:
• Está sujeta a la consecución del Interés General
• Opera con Fondos Públicos
 Licitación: Cuando las Administraciones y los Organismos del
Sector Público llevan a cabo un proceso de contratación con la
concurrencia de las entidades privadas a este proceso público.
 Principios que deben regir el proceso:
• Libertad de Acceso
• Publicidad y Transparencia
• No Discriminación e Igualdad de Trato
Tipos de Contratos
 Contrato de Obras
 Contrato de Concesión de Obras Públicas
 Contrato de Gestión de Servicios Públicos
 Contrato de Suministro
 Contrato de Servicios
 Contrato de Colaboración entre el Sector Público y el Sector
Privado
 Contrato Mixto
 Contratos sujetos a Regulación Armonizada
 Contratos Administrativos y Privados
Tipos de Tramitación
Tramitación Ordinaria
Tramitación Abreviada
• Tramitación Urgente
• Tramitación de Emergencia
Tramitación especial “Contratos Menores”
• Art. 111 y Art. 138.3 de la Ley.
• Para Contratos de Obras < a 50.000 € ó cualquier
otro Contrato < a 18.000 €
Procedimientos de Adjudicación de Contratos
Procedimiento Abierto
Procedimiento Restringido
Procedimiento Negociado
• Sin Publicidad
• Con Publicidad
Diálogo Competitivo
Sujetos a Regulación Armonizada
L A S O L V E N C I A
Elemento Fundamental ……..
que deberá acreditarse
por uno o varios de los medios
siguientes…………………..
……….A ELECCIÓN DEL
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
 Se deberá acreditar estar en posesión de los requisitos mínimos de solvencia que se
determinen por el Órgano de Contratación. Este requisito será sustituido por el de
la Clasificación , cuando esta sea exigible.
 Estos requisitos se indicarán en el Anuncio de Licitación y se especificarán en el
Pliego del Contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales
 Podrán exigirse los nombres y la cualificación profesional del personal encargado
de ejecutar la prestación
 Se podrá exigir compromisos de adscripción a la ejecución de medios personales o
materiales suficientes. Se integrarán en el Contrato pudiéndosele atribuir el carácter
de obligaciones esenciales
 La Solvencia se acreditará mediante la aportación de los documentos que se
determinen por el Órgano de Contratación, de entre los enumerados a continuación
para cada caso
 La Clasificación del empresario acreditará su solvencia para la celebración de
contratos del mismo tipo que aquéllos para los que se haya obtenido y para cuya
celebración no se exija estar en posesión de la misma
La Solvencia. Concepto y Generalidades.
La Solvencia Técnica en Contratos de Obras
 Relación de obras ejecutadas últimos 10 años, avaladas
por Certificados de Buena Ejecución las más importantes.
 Declaración indicando Técnicos para la ejecución. Calidad
Títulos académicos y profesionales
 Medidas de Gestión Medioambiental que se podrán
aplicar
 Declaración plantilla media e importancia personal directivo
durante 3 últimos años
Maquinaria, Material y Equipo Técnico del que se
dispondrá
 Principales suministros en los últimos 5 años
 Declaración indicando Técnicos para la ejecución. Calidad
 Descripción de instalaciones técnicas, medidas empleadas
para garantizar la calidad y medios de estudio e
investigación
 Control efectuado por la entidad del sector público contratante
sobre la capacidad de producción del empresario
Muestras, descripciones y fotografías de los productos
Certificados sobre Control de Calidad
 Si se requieren obras de colocación o instalación, capacidad
para prestar esos servicios
La Solvencia Técnica en Contratos de Suministros
 Principales Servicios o Trabajos en los últimos 5 años
 Técnicos participantes. Calidad
 Descripción de instalaciones técnicas, medidas empleadas para
garantizar la calidad y medios de estudio e investigación
 Control efectuado por la entidad del sector público contratante
sobre la capacidad técnica y medios de estudio e investigación
 Titulaciones académicas y profesionales
 Medidas de Gestión Medioambiental
 Declaración plantilla media e importancia personal directivo
durante 3 últimos años
 Maquinaria, Material y Equipo Técnico del que se dispondrá
 Parte del Contrato que, eventualmente, se subcontratará
La Solvencia Técnica o Profesional en Contratos de Servicios
Podrá acreditarse por los medios señalados para la Solvencia Técnica
o Profesional en los Contratos de Servicios, donde deberán
apreciarse especialmente los conocimientos técnicos, eficacia,
experiencia y fiabilidad del empresario
Se acreditará por uno o varios de los medios
reseñados en cada caso, siempre a elección
del Órgano de Contratación
La Solvencia Técnica o Profesional en los restantes Contratos
Rasgo común a todas las acreditaciones de Solvencia
Deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes, a
elección del Órgano de Contratación
 Volumen Anual de Negocio
 Justificante de existencia de Seguro de Indemnización por
Riesgos Profesionales
 Patrimonio Neto o Ratio entre Activos y Pasivos
 La acreditación se efectuará mediante aportación de
certificados y documentos determinados en cada caso
La inscripción en el ROLECE acreditará, frente a todos los
órganos de contratación del sector público, las condiciones
de solvencia económica y financiera del empresario
La Solvencia Económica y Financiera
 Se determinarán por el Órgano de Contratación , se indicarán en el Anuncio
de Licitación y se detallarán en los Pliegos, en los que se concretarán las
magnitudes, parámetros o ratios y los umbrales o rangos de valores que
determinarán la admisión o exclusión de los licitadores o candidatos
 La Clasificación del empresario en un determinado grupo o subgrupo se
tendrá por prueba bastante de su solvencia para los contratos cuyo objeto
esté incluido o se corresponda con el ámbito de actividades o trabajos de
dicho grupo o subgrupo, y cuyo importe anual medio sea igual o inferior al
correspondiente a su categoría de clasificación en el grupo o subgrupo
 Reglamentariamente podrá eximirse la exigencia de acreditación de la
solvencia económica y financiera o de la solvencia técnica o profesional
para los contratos cuyo importe no supere un determinado umbral
La Solvencia Concreción de Requisitos y Criterios.
L A C L A S I F I C A C I Ó N :
Representa un enorme Valor
Añadido al Potencial de la Empresa
TRANSMITE……….. Solvencia
Profesionalidad Legalidad
Seriedad Responsabilidad
C O M P R O M I S O
La Clasificación Empresarial
 Será exigible y surtirá efectos para la acreditación de su
solvencia para contratar en los siguientes casos y términos:
• Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o
superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el
empresario se encuentre debidamente clasificado como
contratista de obras de las Administraciones Públicas
• Para los contratos de servicios no será exigible la Clasificación
del empresario
• La Clasificación no será exigible ni aplicable para los demás
tipos de contratos
 La Clasificación será exigible igualmente al cesionario de un
contrato en el caso en que hubiese sido requerida al cedente
Por Real Decreto se podrá exceptuar la clasificación
cuando sea exigible y/o acordar su exigencia en caso
contrario, atendiendo a circunstancias especiales
Exención de la exigencia de Clasificación
• No exigible a empresarios no españoles de estados
miembros de la Unión Europea
• De forma excepcional y por conveniencia para los
intereses públicos, podrá autorizarse la contratación
con personas sin Clasificación
La Clasificación Empresarial
Se hará en función de la Solvencia
Determina los contratos a cuya adjudicación se puede
concurrir, en razón de su objeto y cuantía
Acreditar personalidad y capacidad de obrar y
encontrarse legalmente habilitado para realizar la
correspondiente actividad y no estar incurso en
prohibiciones de contratar
Se denegará si existe presunción de que la empresa
sea continuación o derivación de otra afectada por
prohibición de contratar
La Clasificación. Criterios y Condiciones
Se acuerda por las Comisiones Clasificadoras de la
Junta Consultiva de Contratación Administrativa del
Estado
Las CCAA podrán adoptar decisiones sobre
clasificación, eficaces en su ámbito funcional y
territorial
Los acuerdos de Clasificación de las empresas se
inscribirán de oficio en el Registro Oficial de
Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLECE)
La Clasificación. Competencia e Inscripción
 Vigencia indefinida si mantienen condiciones y circunstancias
 Para su conservación deberá justificarse:
• anualmente el mantenimiento solvencia económ y financ
• cada tres años, el de la solvencia técnica y profesional
 Empresario está obligado a poner en conocimiento cualquier
variación en las circunstancias de concesión . La omisión de
esto hará incurrir al empresario en la prohibición de contratar
 Los órganos competentes podrán solicitar documentos
necesarios para comprobar las declaraciones y hechos
manifestados en los expedientes que tramiten
La Clasificación. Vigencia, Revisión y Comprobación
Herramientas para la detección de licitaciones
 Comprobando a diario el BOE, BOJA y BOP. Y DOUE. Haciendo
lo propio con los Perfiles de Contratante. NO ES ACONSEJABLE
POR EXCESIVO CONSUMO DE RECURSOS Y TIEMPO ;-)
 Empresas privadas especializadas en el sector, ejemplos:
http://www.licitaciones.es
http://new.construdatos.es/concursos.html
http://www.concursospublicos.com/
http://www.subastasyconcursos.com/
 Conseguir que la entidad adjudicadora nos invite a concursos
(procedimiento negociado) ¿Cómo? Dándonos de alta en el
ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas)
¡ATENCIÓN!
SE TRATA DE EJEMPLOS
NO DE
RECOMENDACIONES
El Perfil de Contratante
 Asegura la transparencia y el acceso público a la información
de su actividad contractual. Los Órganos de Contratación
difundirán en Internet su Perfil de Contratante
 La forma de acceso deberá especificarse en las Webs
institucionales, en la Plataforma de Contratación del Sector
Público y en los Pliegos y Anuncios de Licitación
 Podrá incluir datos e informaciones referentes a la actividad
contractual del Órgano de Contratación. Licitaciones,
documentación relativa a las mismas, contrataciones
programadas, contratos adjudicados, procedimientos anulados,
etc. En todo caso deberá publicarse en el Perfil de Contratante
la adjudicación de los contratos.
 Ministerio de Hacienda y Admin. Públicas. Dirección General
del Patrimonio del Estado. Junta Consultiva de Contratación
Administrativa. Plataforma de Contratación del Sector Público
https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma
 Junta de Andalucía. Plataforma de Contratación. PdC
http://www.juntadeandalucia.es/contratacion
 Diputación de Cádiz. Perfil de Contratante
http://www.dipucadiz.es/diputacion/perfil-de-contratante/
 Ayuntamiento de Chiclana. Perfil de Contratante
http://www.chiclana.es/Perfil-de-contratant.216.0.html
El Perfil de Contratante. Ejemplos prácticos
La Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado
pondrá a disposición de todos los órganos de contratación del
sector público una plataforma electrónica para dar publicidad a
través de internet a las convocatorias de licitaciones y sus
resultados y a cuanta información consideren relevante relativa a
los contratos que celebren.
En todo caso, los Perfiles de Contratante de los Órganos de
Contratación del Sector Público estatal deberán integrarse en
esta plataforma, gestionándose y difundiéndose exclusivamente
a través de la misma. En las sedes electrónicas de estos Órganos
se incluirá un enlace a su Perfil del Contratante situado en la
Plataforma de Contratación del Sector Público.
La Plataforma de Contratación del Sector Público
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas
 El ROLECE depende del M. Hacienda y Admin. Públicas. Junta
Consultiva de Contratación Administrativa del Estado. Se
harán constar los datos relativos a la capacidad de los
empresarios que hayan sido clasificados por la Junta Consultiva
de Contratación Administrativa del Estado, así como aquéllos
que hayan solicitado la inscripción de alguno de los datos de las
letras a) a d) del apartado 1 del artículo 328.
 Las CCAA podrán crear sus propios Registros Oficiales de
Licitadores y Empresas Clasificadas, en los que se inscribirán
las condiciones de aptitud de los empresarios que así lo
soliciten, que hayan sido clasificados por ellas, o que hayan
incurrido en alguna prohibición de contratar
 En el Registro podrán constar, para cada empresa, los siguientes datos:
• a) Personalidad y capacidad de obrar, en el caso de personas jurídicas.
• b) Facultades de los representantes o apoderados con capacidad para actuar en su
nombre y obligarla contractualmente.
• c) Autorizaciones o habilitaciones profesionales.
• d) Solvencia económica y financiera, que se reflejarán de forma independiente si el
empresario carece de Clasificación.
• e) La Clasificación obtenida conforme a lo dispuesto en los artículos 65 a 71, así
como cuantas incidencias se produzcan durante su vigencia; en esta inscripción, y
como elemento desagregado de la clasificación, se indicará la solvencia económica
y financiera del empresario.
• f) Las prohibiciones de contratar que les afecten.
• g) Cualesquiera otros datos de interés para la contratación pública que se
determinen reglamentariamente.
 En todo caso, se harán constar en el Registro, las prohibiciones de contratar .
 Voluntariedad de la inscripción.
 Responsabilidad del empresario en relación con la actualización de la información
 Publicidad y Colaboración entre Registros
 Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del
Estado (ROLECE)
https://registrodelicitadores.gob.es/rolece/public/inicio.action
(Esta URL puede requerir Certificado Digital)
 Registro de Licitadores de la Junta de Andalucía
http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ov/licitadores/licitad
ores.htm
Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas.
Ejemplos Prácticos.
LOS PLIEGOS DE CONDICIONES
SON FIJADOS POR EL
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
T O D O, T O D O, ESTÁ EN ELLOS
LEER, RELEER, ESTUDIAR Y REPASAR A FONDO
PARA……VOLVER A LEERLOS DE NUEVO
CLAVE DE BÓVEDA DONDE SE APOYA EL EDIFICIO DE LA LICITACIÓN
 Contienen las cláusulas administrativas y las prescripciones
técnicas. Ambas tienen carácter contractual
 Las cláusulas administrativas particulares determinan el
régimen jurídico del contrato, rigen el procedimiento
contractual y los derechos y deberes de las partes en la
ejecución del contrato
 Las prescripciones técnicas establecen y definen los aspectos
técnicos que debe reunir la prestación, es decir, sirven para
definir el objeto del contrato y sus características técnicas
 Los Pliegos son la columna vertebral de la contratación y es lo
que ayudará a los empresarios a preparar la documentación
para la licitación.
Pliegos de Condiciones
 En cada concurso se va a requerir una documentación
específica. No obstante, documentación relativa a la existencia
de la empresa va a ser requerida prácticamente siempre:
• Escrituras de constitución inscritas en el Registro Mercantil
• DNI del/la representante legal. Bastanteo de Poderes
• Tarjeta acreditativa del CIF o DNI si es empresari@ individual
• Declaración de no hallarse en prohibición para contratar con
la Administración y de no incurrir en incompatibilidades
• Certificado de estar al corriente con Hacienda y Seg. Social
• Declaraciones y certificaciones que acrediten la solvencia
económica financiera de la empresa
• Documento de Clasificación en el caso que sea necesaria
Documentación Administrativa
 Si en los Pliegos se detalla la estructura que debe seguir la
propuesta técnica, es imprescindible ceñirse a ella
 Si en los Pliegos no se especifica ninguna estructura concreta,
podemos seguir la siguiente:
• Presentación
• Objetivos Generales y Específicos de los trabajos
• Descripción de las actividades a realizar
• Metodología de Trabajo y Resultados Esperados
• Evaluación Interna y Seguimientos
• Equipos de Trabajo y Cronogramas
• Mejoras propuestas por la empresa sobre los requisitos
exigidos en los Pliegos
Propuesta Técnica
 Es el Precio que la empresa estima que valen los
trabajos/servicios/suministros ofertados en la Propuesta
Técnica al Ente Público contratante
 No será superior al estimado por el OC en los Pliegos, que será
el importe base de la licitación
 En muchos contratos, el precio es el criterio de mayor peso a
la hora de la adjudicación
 Sin embargo, no puede ser tan bajo que pueda sugerir que el
Contrato no se podrá llevar a cabo de forma efectiva y con los
requisitos mínimos de calidad exigidos, incurriendo en las
conocidas como “Bajas Temerarias”, aunque podrían ser
justificadas ante el OC
Propuesta Económica
 Los adjudicatarios deberán constituir una garantía de un 5 por
100 del importe de adjudicación, excluido el IVA
 En casos especiales, una complementaria de hasta un 5 %,
pudiendo alcanzar la garantía total un 10 %
 Las garantías podrán prestarse:
• En Efectivo o Valores de Deuda Pública
• Mediante Aval
• Mediante Contrato de Seguro de Caución
 Cuando así se prevea en los pliegos, la garantía podrá
constituirse mediante retención en el precio
 La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse
mediante medios electrónicos
Garantías (I)
 Garantía Global
 Constitución, reposición y reajuste de garantías
 La Garantía responderá de los siguientes conceptos:
• De las penalidades por ejecución defectuosa y demora
• De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en
el contrato, de los daños y perjuicios con motivo de la
ejecución del contrato o por su incumplimiento o resolución.
• De la incautación que puede decretarse en los casos de
resolución del contrato
• En el contrato de suministro responderá de la inexistencia de
vicios o defectos de los bienes suministrados
 Preferencia en la ejecución de garantías
Garantías (II)
 Devolución y cancelación de Garantías
• Al vencimiento del plazo de garantía y cumplido
satisfactoriamente el contrato o hasta que se declare la
resolución de éste sin culpa del contratista
• Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de
garantía, si no resultaren responsabilidades
• Transcurrido un año desde la terminación del contrato. O 6
meses en determinadas circunstancias.
 Garantía Provisional
• Se podrá exigir una garantía que responda del mantenimiento
de sus ofertas hasta la adjudicación del Contrato. Máximo 3%.
• Se extinguirá automáticamente tras la adjudicación
Garantías (y III)
 Las Plicas son sobres cerrados y secretos que van a contener la
documentación exigida para la presentación al procedimiento
de licitación
 En los pliegos de cláusulas administrativas, se va a establecer
la forma de presentación de las ofertas y el número de plicas
en el que han de distribuirse los distintos documentos
 Generalmente 3 sobres:
• 1) Documentación Administrativa
• 2) Documentación de carácter técnico, como la Memoria
Técnica
• 3) Propuesta Económica
Presentación de la Propuesta. Las Plicas.
L A S P L I C A S
De vital importancia que la Documentación de los
sobres se ajuste a lo establecido en las
prescripciones técnicas y administrativas, y
que los sobres se presenten de acuerdo con
la nomenclatura y formato establecidos.
Cualquier desviación sobre lo exigido puede
ser motivo de exclusión de nuestra oferta
 Procedimientos de Adjudicación
 Principios de Igualdad y Transparencia
• Los órganos de contratación darán a los licitadores y
candidatos un tratamiento igualitario y no discriminatorio y
ajustarán su actuación al principio de transparencia
 Confidencialidad
• Los OOCC no podrán divulgar la información facilitada por los
empresarios, que éstos hayan designado como confidencial
• El contratista deberá respetar el carácter confidencial de
aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la
ejecución del contrato. Se mantendrá durante 5 años
La Adjudicación (I)
 Criterios de valoración de las ofertas
• Directamente vinculados al objeto del contrato
• Cuando se utilice uno sólo: el del precio más bajo
 Los criterios se determinarán por el OC y se detallarán en el
anuncio, en los pliegos de cláusulas administrativas
particulares o en el documento descriptivo.
 Se dará preponderancia a aquellos que hagan referencia a
características del objeto del contrato que puedan valorarse
mediante cifras o porcentajes
 Contratos en cuya adjudicación procederá más de un criterio
 Los criterios elegidos y su ponderación se indicarán en el
anuncio de licitación
La Adjudicación (II)
 El OC requerirá al licitador para que, dentro del plazo de diez
días hábiles, presente justificantes de estar al corriente con
Hacienda y Seguridad Social. De no cumplimentarse
adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta
 La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los
licitadores y se publicará en el perfil de contratante
 La notificación deberá contener la información necesaria que
permita al licitador excluido o candidato descartado
interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión
de adjudicación
La Adjudicación (III)
 Ofertas con valores anormales o desproporcionados. (Las
“Bajas Temerarias”)
 Obligaciones de información sobre el resultado del
procedimiento
• Información no publicable
• Publicidad de la formalización de los contratos
• Renuncia a la celebración del contrato y desistimiento del
procedimiento de adjudicación por la Administración
 Formalización de los contratos
La Adjudicación (y IV)
Podrán contratar con el sector público las UTE,s. que
se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea
necesaria la formalización en escritura pública hasta
la adjudicación. Deberán indicar los nombres y
circunstancias y participación de los que la
constituyan y que asumen el compromiso de
constituirse formalmente en UTE en caso de resultar
adjudicatarios del contrato.
La duración de las UTE,s. coincidirá con la del contrato
La Clasificación Empresarial en las UTE,s. Beneficios.
Reforzamiento Empresarial. Las UTE,s.
 Los derechos y obligaciones podrán ser cedidos por el
adjudicatario a un tercero con ciertas limitaciones
 Deberán cumplirse los siguientes requisitos:
• El OC autorice, de forma previa y expresa, la cesión.
• El cedente tenga ejecutado al menos un 20 % del contrato
• El cesionario tenga capacidad y la solvencia exigibles, además
de cumplir los mismos requisitos exigido al cedente
• La cesión se formalice en escritura pública
 El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y
obligaciones que corresponderían al cedente
Oportunidades de Negocio. La Cesión del Contrato
 El contratista podrá subcontratar, salvo que el contrato o los
pliegos dispongan lo contrario o que se deduzca que aquél ha
de ser ejecutado directamente por el adjudicatario.
 Si así se prevé en los pliegos o en el anuncio de licitación, los
licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato
que tengan previsto subcontratar
 Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con
terceros no podrán exceder del porcentaje que se fije en el
pliego de cláusulas administrativas particulares. En el
supuesto de que no figure en el pliego un límite especial, el
contratista podrá subcontratar hasta un porcentaje que no
exceda del 60 por 100 del importe de adjudicación.
Oportunidades de Negocio. La Subcontratación (I)
Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el
contratista principal que asumirá ante la Admón. la
total responsabilidad de la ejecución del contrato
Los OOCC podrán imponer al contratista la
subcontratación con terceros no vinculados al mismo,
de determinadas partes de la prestación que no
excedan en su conjunto del 50 % del presupuesto
Los subcontratistas no tendrán en ningún caso acción
directa frente a la Administración contratante
Pagos a subcontratistas y suministradores.
Oportunidades de Negocio. La Subcontratación (II)
R E S U M E N C O L O Q U I A L
Decisión Estratégica. Considerar las licitaciones como una “unidad de negocio”
No es sencillo. Se requiere Experiencia (que habrá que conseguir en un
entorno adverso), cierto “Músculo Financiero” y mucha Paciencia
Inscribirse en el Registro de Licitadores. Obtener Clasificación
Tener siempre en orden y a punto la “Documentación Administrativa “
Leer y estudiar hasta la extenuación los Pliegos de Condiciones
Cuando creamos que ya los hemos entendido, volver a leerlos y estudiarlos
Saber qué documentación va en cada sobre y repasarlos
Probablemente no conseguiremos adjudicarnos nuestra primera licitación
Preparación, Experiencia, Paciencia y Músculo Financiero
GARANTÍAS DE FORMACIÓN:
 EL PRESENTE ESQUEMA DE PONENCIA SERÁ ENVIADO POR
EMAIL, EN FORMATO PDF, A TOD@S L@S ASISTENTES .
 IGUALMENTE, DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA FINALIZACIÓN
DEL CURSO ESTARÁ DISPONIBLE EN REDES SOCIALES. LA
UBICACIÓN TAMBIÉN SE COMUNICARÁ A L@S ASISTENTES
 DURANTE 30 DÍAS NATURALES, PODRÁN FORMULAR
CUANTAS DUDAS NECESITEN RESOLVER A TRAVÉS DE LOS
SIGUIENTES EMAILS: info@josemanuelarroyo.com ó
empresa@legalgemp.com . SERÁN RESUELTAS EN 48
HORAS HÁBILES (72 HORAS SI IMPLICAN ESPECIAL DIFICULTAD O
COMPLEJIDAD)
LA IMPORTANCIA DE LA FORMACIÓN CONTINUADA
LAS FOGRAFÍAS QUE ILUSTRAN LA
PRESENTACIÓN, ESTÁN ENTRESACADAS DE
LA SELECCIÓN REALIZADA POR
ESMERALDA DÍAZ AROCA DE LA FAMOSA
OBRA DE FRANCISCO ALCAIDE ”30
LECCIONES PARA EMPRENDEDORES”
REDES SOCIALES. EXISTE EN LINKEDIN UN GRUPO “ESPECIALIZADO” EN
LICITACIONES Y ADJUDICACIONES CUYA URL ES LA SIGUIENTE:
https://www.linkedin.com/groups?gid=2096389&trk=my_groups-b-grp-v
MISCELÁNEA FINAL
WEBS Y BLOGS DE INTERÉS. (A título meramente informativo)
http://obrasyconcursospublicos.blogspot.com.es/
http://administracionpublica.com/
http://www.clasificaciondeempresas.com.es/
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59
www.josemanuelarroyo.com
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Pasión por las PYMES.
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Ponencia Licitaciones y Contratos con el Sector Público. CADE Andalucía Emprende. Chiclana de la Frontera. Cádiz.

  • 1. LICITACIONES Y CONTRATOS CON EL SECTOR PÚBLICO Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. CADE de Chiclana de la Frontera. (Cádiz) 3 y 4 de Junio de 2014 Ponente: José M. Arroyo Quero www.josemanuelarroyo.com
  • 2. • Marco Legal: Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el TR de la Ley de Contratos del Sector Público. • En qué consiste una licitación. • Tipos de Contratos, Tipos de Tramitación y Procedimientos de Adjudicación. • Solvencia Técnica, Profesional, Económica y Financiera. • Clasificación Empresarial. Qué es y cómo se obtiene. • Herramientas para detectar licitaciones de interés. • El Perfil de Contratante de las Administraciones Públicas. • El Registro de Licitadores. Qué es y forma de inscribirse. • Visión general de los Pliegos de Condiciones, la Documentación Administrativa y las Propuestas Técnicas y Económicas. • Garantías. En qué consisten y cómo se constituyen. • La Presentación de la Propuesta. Las Plicas. Aspectos a tener en consideración y errores más frecuentes. • La Adjudicación. • Fórmulas de reforzamiento empresarial ante una licitación. Las UTE,s. • Obtención de negocio de una adjudicación ajena. La Subcontratación. SUMARIO
  • 3. O B J E T I V O : ELIMINAR “APRENSIONES”, “PREJUICIOS”, “MIEDOS” Y “DESINFORMACIÓN” DE PYMES Y EMPRENDEDORES A PLANTEARSE ACCEDER A LICITACIONES PÚBLICAS PORQUE PUEDEN SER GRANDES OPORTUNIDADES DE NEGOCIO
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  • 5.  La Contratación Pública representa el 18,5% del PIB español.  Pensemos que el Turismo representa el 11%  La decisión de considerar como “Cliente” al Sector Público es una decisión Estratégica de la Empresa  Y como tal hay que tomarla, dotándola de suficientes medios humanos, materiales y financieros Introducción
  • 6. Marco Legal Evolución histórica • Primera regulación general en materia de contratos públicos • Los hitos normativos de los últimos 50 años. Cuatro bloques normativos principales. • Normativa actual • Ultimas modificaciones generadas por la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización y por la Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. La Ponencia del Profesor Santamaría Pastor, “La constante e interminable reforma de la normativa sobre contratación pública” , como
  • 7. ¿Qué es una Licitación?  Una Entidad Pública acude al Mercado a proveerse de Bienes y Servicios.  Se produce una Contratación Administrativa. Distinta de la Contratación privada por ser una de las partes una Entidad Pública que: • Está sujeta a la consecución del Interés General • Opera con Fondos Públicos  Licitación: Cuando las Administraciones y los Organismos del Sector Público llevan a cabo un proceso de contratación con la concurrencia de las entidades privadas a este proceso público.  Principios que deben regir el proceso: • Libertad de Acceso • Publicidad y Transparencia • No Discriminación e Igualdad de Trato
  • 8. Tipos de Contratos  Contrato de Obras  Contrato de Concesión de Obras Públicas  Contrato de Gestión de Servicios Públicos  Contrato de Suministro  Contrato de Servicios  Contrato de Colaboración entre el Sector Público y el Sector Privado  Contrato Mixto  Contratos sujetos a Regulación Armonizada  Contratos Administrativos y Privados
  • 9. Tipos de Tramitación Tramitación Ordinaria Tramitación Abreviada • Tramitación Urgente • Tramitación de Emergencia Tramitación especial “Contratos Menores” • Art. 111 y Art. 138.3 de la Ley. • Para Contratos de Obras < a 50.000 € ó cualquier otro Contrato < a 18.000 €
  • 10. Procedimientos de Adjudicación de Contratos Procedimiento Abierto Procedimiento Restringido Procedimiento Negociado • Sin Publicidad • Con Publicidad Diálogo Competitivo Sujetos a Regulación Armonizada
  • 11. L A S O L V E N C I A Elemento Fundamental …….. que deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes………………….. ……….A ELECCIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
  • 12.  Se deberá acreditar estar en posesión de los requisitos mínimos de solvencia que se determinen por el Órgano de Contratación. Este requisito será sustituido por el de la Clasificación , cuando esta sea exigible.  Estos requisitos se indicarán en el Anuncio de Licitación y se especificarán en el Pliego del Contrato, debiendo estar vinculados a su objeto y ser proporcionales  Podrán exigirse los nombres y la cualificación profesional del personal encargado de ejecutar la prestación  Se podrá exigir compromisos de adscripción a la ejecución de medios personales o materiales suficientes. Se integrarán en el Contrato pudiéndosele atribuir el carácter de obligaciones esenciales  La Solvencia se acreditará mediante la aportación de los documentos que se determinen por el Órgano de Contratación, de entre los enumerados a continuación para cada caso  La Clasificación del empresario acreditará su solvencia para la celebración de contratos del mismo tipo que aquéllos para los que se haya obtenido y para cuya celebración no se exija estar en posesión de la misma La Solvencia. Concepto y Generalidades.
  • 13. La Solvencia Técnica en Contratos de Obras  Relación de obras ejecutadas últimos 10 años, avaladas por Certificados de Buena Ejecución las más importantes.  Declaración indicando Técnicos para la ejecución. Calidad Títulos académicos y profesionales  Medidas de Gestión Medioambiental que se podrán aplicar  Declaración plantilla media e importancia personal directivo durante 3 últimos años Maquinaria, Material y Equipo Técnico del que se dispondrá
  • 14.  Principales suministros en los últimos 5 años  Declaración indicando Técnicos para la ejecución. Calidad  Descripción de instalaciones técnicas, medidas empleadas para garantizar la calidad y medios de estudio e investigación  Control efectuado por la entidad del sector público contratante sobre la capacidad de producción del empresario Muestras, descripciones y fotografías de los productos Certificados sobre Control de Calidad  Si se requieren obras de colocación o instalación, capacidad para prestar esos servicios La Solvencia Técnica en Contratos de Suministros
  • 15.  Principales Servicios o Trabajos en los últimos 5 años  Técnicos participantes. Calidad  Descripción de instalaciones técnicas, medidas empleadas para garantizar la calidad y medios de estudio e investigación  Control efectuado por la entidad del sector público contratante sobre la capacidad técnica y medios de estudio e investigación  Titulaciones académicas y profesionales  Medidas de Gestión Medioambiental  Declaración plantilla media e importancia personal directivo durante 3 últimos años  Maquinaria, Material y Equipo Técnico del que se dispondrá  Parte del Contrato que, eventualmente, se subcontratará La Solvencia Técnica o Profesional en Contratos de Servicios
  • 16. Podrá acreditarse por los medios señalados para la Solvencia Técnica o Profesional en los Contratos de Servicios, donde deberán apreciarse especialmente los conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad del empresario Se acreditará por uno o varios de los medios reseñados en cada caso, siempre a elección del Órgano de Contratación La Solvencia Técnica o Profesional en los restantes Contratos Rasgo común a todas las acreditaciones de Solvencia
  • 17. Deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes, a elección del Órgano de Contratación  Volumen Anual de Negocio  Justificante de existencia de Seguro de Indemnización por Riesgos Profesionales  Patrimonio Neto o Ratio entre Activos y Pasivos  La acreditación se efectuará mediante aportación de certificados y documentos determinados en cada caso La inscripción en el ROLECE acreditará, frente a todos los órganos de contratación del sector público, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario La Solvencia Económica y Financiera
  • 18.  Se determinarán por el Órgano de Contratación , se indicarán en el Anuncio de Licitación y se detallarán en los Pliegos, en los que se concretarán las magnitudes, parámetros o ratios y los umbrales o rangos de valores que determinarán la admisión o exclusión de los licitadores o candidatos  La Clasificación del empresario en un determinado grupo o subgrupo se tendrá por prueba bastante de su solvencia para los contratos cuyo objeto esté incluido o se corresponda con el ámbito de actividades o trabajos de dicho grupo o subgrupo, y cuyo importe anual medio sea igual o inferior al correspondiente a su categoría de clasificación en el grupo o subgrupo  Reglamentariamente podrá eximirse la exigencia de acreditación de la solvencia económica y financiera o de la solvencia técnica o profesional para los contratos cuyo importe no supere un determinado umbral La Solvencia Concreción de Requisitos y Criterios.
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  • 20. L A C L A S I F I C A C I Ó N : Representa un enorme Valor Añadido al Potencial de la Empresa TRANSMITE……….. Solvencia Profesionalidad Legalidad Seriedad Responsabilidad C O M P R O M I S O
  • 21. La Clasificación Empresarial  Será exigible y surtirá efectos para la acreditación de su solvencia para contratar en los siguientes casos y términos: • Para los contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de las Administraciones Públicas • Para los contratos de servicios no será exigible la Clasificación del empresario • La Clasificación no será exigible ni aplicable para los demás tipos de contratos  La Clasificación será exigible igualmente al cesionario de un contrato en el caso en que hubiese sido requerida al cedente
  • 22. Por Real Decreto se podrá exceptuar la clasificación cuando sea exigible y/o acordar su exigencia en caso contrario, atendiendo a circunstancias especiales Exención de la exigencia de Clasificación • No exigible a empresarios no españoles de estados miembros de la Unión Europea • De forma excepcional y por conveniencia para los intereses públicos, podrá autorizarse la contratación con personas sin Clasificación La Clasificación Empresarial
  • 23. Se hará en función de la Solvencia Determina los contratos a cuya adjudicación se puede concurrir, en razón de su objeto y cuantía Acreditar personalidad y capacidad de obrar y encontrarse legalmente habilitado para realizar la correspondiente actividad y no estar incurso en prohibiciones de contratar Se denegará si existe presunción de que la empresa sea continuación o derivación de otra afectada por prohibición de contratar La Clasificación. Criterios y Condiciones
  • 24. Se acuerda por las Comisiones Clasificadoras de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado Las CCAA podrán adoptar decisiones sobre clasificación, eficaces en su ámbito funcional y territorial Los acuerdos de Clasificación de las empresas se inscribirán de oficio en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLECE) La Clasificación. Competencia e Inscripción
  • 25.  Vigencia indefinida si mantienen condiciones y circunstancias  Para su conservación deberá justificarse: • anualmente el mantenimiento solvencia económ y financ • cada tres años, el de la solvencia técnica y profesional  Empresario está obligado a poner en conocimiento cualquier variación en las circunstancias de concesión . La omisión de esto hará incurrir al empresario en la prohibición de contratar  Los órganos competentes podrán solicitar documentos necesarios para comprobar las declaraciones y hechos manifestados en los expedientes que tramiten La Clasificación. Vigencia, Revisión y Comprobación
  • 26. Herramientas para la detección de licitaciones  Comprobando a diario el BOE, BOJA y BOP. Y DOUE. Haciendo lo propio con los Perfiles de Contratante. NO ES ACONSEJABLE POR EXCESIVO CONSUMO DE RECURSOS Y TIEMPO ;-)  Empresas privadas especializadas en el sector, ejemplos: http://www.licitaciones.es http://new.construdatos.es/concursos.html http://www.concursospublicos.com/ http://www.subastasyconcursos.com/  Conseguir que la entidad adjudicadora nos invite a concursos (procedimiento negociado) ¿Cómo? Dándonos de alta en el ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas) ¡ATENCIÓN! SE TRATA DE EJEMPLOS NO DE RECOMENDACIONES
  • 27. El Perfil de Contratante  Asegura la transparencia y el acceso público a la información de su actividad contractual. Los Órganos de Contratación difundirán en Internet su Perfil de Contratante  La forma de acceso deberá especificarse en las Webs institucionales, en la Plataforma de Contratación del Sector Público y en los Pliegos y Anuncios de Licitación  Podrá incluir datos e informaciones referentes a la actividad contractual del Órgano de Contratación. Licitaciones, documentación relativa a las mismas, contrataciones programadas, contratos adjudicados, procedimientos anulados, etc. En todo caso deberá publicarse en el Perfil de Contratante la adjudicación de los contratos.
  • 28.  Ministerio de Hacienda y Admin. Públicas. Dirección General del Patrimonio del Estado. Junta Consultiva de Contratación Administrativa. Plataforma de Contratación del Sector Público https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma  Junta de Andalucía. Plataforma de Contratación. PdC http://www.juntadeandalucia.es/contratacion  Diputación de Cádiz. Perfil de Contratante http://www.dipucadiz.es/diputacion/perfil-de-contratante/  Ayuntamiento de Chiclana. Perfil de Contratante http://www.chiclana.es/Perfil-de-contratant.216.0.html El Perfil de Contratante. Ejemplos prácticos
  • 29. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado pondrá a disposición de todos los órganos de contratación del sector público una plataforma electrónica para dar publicidad a través de internet a las convocatorias de licitaciones y sus resultados y a cuanta información consideren relevante relativa a los contratos que celebren. En todo caso, los Perfiles de Contratante de los Órganos de Contratación del Sector Público estatal deberán integrarse en esta plataforma, gestionándose y difundiéndose exclusivamente a través de la misma. En las sedes electrónicas de estos Órganos se incluirá un enlace a su Perfil del Contratante situado en la Plataforma de Contratación del Sector Público. La Plataforma de Contratación del Sector Público
  • 30. Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas  El ROLECE depende del M. Hacienda y Admin. Públicas. Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado. Se harán constar los datos relativos a la capacidad de los empresarios que hayan sido clasificados por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, así como aquéllos que hayan solicitado la inscripción de alguno de los datos de las letras a) a d) del apartado 1 del artículo 328.  Las CCAA podrán crear sus propios Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas, en los que se inscribirán las condiciones de aptitud de los empresarios que así lo soliciten, que hayan sido clasificados por ellas, o que hayan incurrido en alguna prohibición de contratar
  • 31.  En el Registro podrán constar, para cada empresa, los siguientes datos: • a) Personalidad y capacidad de obrar, en el caso de personas jurídicas. • b) Facultades de los representantes o apoderados con capacidad para actuar en su nombre y obligarla contractualmente. • c) Autorizaciones o habilitaciones profesionales. • d) Solvencia económica y financiera, que se reflejarán de forma independiente si el empresario carece de Clasificación. • e) La Clasificación obtenida conforme a lo dispuesto en los artículos 65 a 71, así como cuantas incidencias se produzcan durante su vigencia; en esta inscripción, y como elemento desagregado de la clasificación, se indicará la solvencia económica y financiera del empresario. • f) Las prohibiciones de contratar que les afecten. • g) Cualesquiera otros datos de interés para la contratación pública que se determinen reglamentariamente.  En todo caso, se harán constar en el Registro, las prohibiciones de contratar .  Voluntariedad de la inscripción.  Responsabilidad del empresario en relación con la actualización de la información  Publicidad y Colaboración entre Registros
  • 32.  Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE) https://registrodelicitadores.gob.es/rolece/public/inicio.action (Esta URL puede requerir Certificado Digital)  Registro de Licitadores de la Junta de Andalucía http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ov/licitadores/licitad ores.htm Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas. Ejemplos Prácticos.
  • 33. LOS PLIEGOS DE CONDICIONES SON FIJADOS POR EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN T O D O, T O D O, ESTÁ EN ELLOS LEER, RELEER, ESTUDIAR Y REPASAR A FONDO PARA……VOLVER A LEERLOS DE NUEVO CLAVE DE BÓVEDA DONDE SE APOYA EL EDIFICIO DE LA LICITACIÓN
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  • 35.  Contienen las cláusulas administrativas y las prescripciones técnicas. Ambas tienen carácter contractual  Las cláusulas administrativas particulares determinan el régimen jurídico del contrato, rigen el procedimiento contractual y los derechos y deberes de las partes en la ejecución del contrato  Las prescripciones técnicas establecen y definen los aspectos técnicos que debe reunir la prestación, es decir, sirven para definir el objeto del contrato y sus características técnicas  Los Pliegos son la columna vertebral de la contratación y es lo que ayudará a los empresarios a preparar la documentación para la licitación. Pliegos de Condiciones
  • 36.  En cada concurso se va a requerir una documentación específica. No obstante, documentación relativa a la existencia de la empresa va a ser requerida prácticamente siempre: • Escrituras de constitución inscritas en el Registro Mercantil • DNI del/la representante legal. Bastanteo de Poderes • Tarjeta acreditativa del CIF o DNI si es empresari@ individual • Declaración de no hallarse en prohibición para contratar con la Administración y de no incurrir en incompatibilidades • Certificado de estar al corriente con Hacienda y Seg. Social • Declaraciones y certificaciones que acrediten la solvencia económica financiera de la empresa • Documento de Clasificación en el caso que sea necesaria Documentación Administrativa
  • 37.  Si en los Pliegos se detalla la estructura que debe seguir la propuesta técnica, es imprescindible ceñirse a ella  Si en los Pliegos no se especifica ninguna estructura concreta, podemos seguir la siguiente: • Presentación • Objetivos Generales y Específicos de los trabajos • Descripción de las actividades a realizar • Metodología de Trabajo y Resultados Esperados • Evaluación Interna y Seguimientos • Equipos de Trabajo y Cronogramas • Mejoras propuestas por la empresa sobre los requisitos exigidos en los Pliegos Propuesta Técnica
  • 38.  Es el Precio que la empresa estima que valen los trabajos/servicios/suministros ofertados en la Propuesta Técnica al Ente Público contratante  No será superior al estimado por el OC en los Pliegos, que será el importe base de la licitación  En muchos contratos, el precio es el criterio de mayor peso a la hora de la adjudicación  Sin embargo, no puede ser tan bajo que pueda sugerir que el Contrato no se podrá llevar a cabo de forma efectiva y con los requisitos mínimos de calidad exigidos, incurriendo en las conocidas como “Bajas Temerarias”, aunque podrían ser justificadas ante el OC Propuesta Económica
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  • 40.  Los adjudicatarios deberán constituir una garantía de un 5 por 100 del importe de adjudicación, excluido el IVA  En casos especiales, una complementaria de hasta un 5 %, pudiendo alcanzar la garantía total un 10 %  Las garantías podrán prestarse: • En Efectivo o Valores de Deuda Pública • Mediante Aval • Mediante Contrato de Seguro de Caución  Cuando así se prevea en los pliegos, la garantía podrá constituirse mediante retención en el precio  La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos Garantías (I)
  • 41.  Garantía Global  Constitución, reposición y reajuste de garantías  La Garantía responderá de los siguientes conceptos: • De las penalidades por ejecución defectuosa y demora • De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los daños y perjuicios con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento o resolución. • De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato • En el contrato de suministro responderá de la inexistencia de vicios o defectos de los bienes suministrados  Preferencia en la ejecución de garantías Garantías (II)
  • 42.  Devolución y cancelación de Garantías • Al vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato o hasta que se declare la resolución de éste sin culpa del contratista • Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades • Transcurrido un año desde la terminación del contrato. O 6 meses en determinadas circunstancias.  Garantía Provisional • Se podrá exigir una garantía que responda del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del Contrato. Máximo 3%. • Se extinguirá automáticamente tras la adjudicación Garantías (y III)
  • 43.  Las Plicas son sobres cerrados y secretos que van a contener la documentación exigida para la presentación al procedimiento de licitación  En los pliegos de cláusulas administrativas, se va a establecer la forma de presentación de las ofertas y el número de plicas en el que han de distribuirse los distintos documentos  Generalmente 3 sobres: • 1) Documentación Administrativa • 2) Documentación de carácter técnico, como la Memoria Técnica • 3) Propuesta Económica Presentación de la Propuesta. Las Plicas.
  • 44. L A S P L I C A S De vital importancia que la Documentación de los sobres se ajuste a lo establecido en las prescripciones técnicas y administrativas, y que los sobres se presenten de acuerdo con la nomenclatura y formato establecidos. Cualquier desviación sobre lo exigido puede ser motivo de exclusión de nuestra oferta
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  • 46.  Procedimientos de Adjudicación  Principios de Igualdad y Transparencia • Los órganos de contratación darán a los licitadores y candidatos un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán su actuación al principio de transparencia  Confidencialidad • Los OOCC no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios, que éstos hayan designado como confidencial • El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato. Se mantendrá durante 5 años La Adjudicación (I)
  • 47.  Criterios de valoración de las ofertas • Directamente vinculados al objeto del contrato • Cuando se utilice uno sólo: el del precio más bajo  Los criterios se determinarán por el OC y se detallarán en el anuncio, en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o en el documento descriptivo.  Se dará preponderancia a aquellos que hagan referencia a características del objeto del contrato que puedan valorarse mediante cifras o porcentajes  Contratos en cuya adjudicación procederá más de un criterio  Los criterios elegidos y su ponderación se indicarán en el anuncio de licitación La Adjudicación (II)
  • 48.  El OC requerirá al licitador para que, dentro del plazo de diez días hábiles, presente justificantes de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta  La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante  La notificación deberá contener la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación La Adjudicación (III)
  • 49.  Ofertas con valores anormales o desproporcionados. (Las “Bajas Temerarias”)  Obligaciones de información sobre el resultado del procedimiento • Información no publicable • Publicidad de la formalización de los contratos • Renuncia a la celebración del contrato y desistimiento del procedimiento de adjudicación por la Administración  Formalización de los contratos La Adjudicación (y IV)
  • 50. Podrán contratar con el sector público las UTE,s. que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización en escritura pública hasta la adjudicación. Deberán indicar los nombres y circunstancias y participación de los que la constituyan y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La duración de las UTE,s. coincidirá con la del contrato La Clasificación Empresarial en las UTE,s. Beneficios. Reforzamiento Empresarial. Las UTE,s.
  • 51.  Los derechos y obligaciones podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero con ciertas limitaciones  Deberán cumplirse los siguientes requisitos: • El OC autorice, de forma previa y expresa, la cesión. • El cedente tenga ejecutado al menos un 20 % del contrato • El cesionario tenga capacidad y la solvencia exigibles, además de cumplir los mismos requisitos exigido al cedente • La cesión se formalice en escritura pública  El cesionario quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente Oportunidades de Negocio. La Cesión del Contrato
  • 52.  El contratista podrá subcontratar, salvo que el contrato o los pliegos dispongan lo contrario o que se deduzca que aquél ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario.  Si así se prevé en los pliegos o en el anuncio de licitación, los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar  Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del porcentaje que se fije en el pliego de cláusulas administrativas particulares. En el supuesto de que no figure en el pliego un límite especial, el contratista podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del 60 por 100 del importe de adjudicación. Oportunidades de Negocio. La Subcontratación (I)
  • 53. Los subcontratistas quedarán obligados sólo ante el contratista principal que asumirá ante la Admón. la total responsabilidad de la ejecución del contrato Los OOCC podrán imponer al contratista la subcontratación con terceros no vinculados al mismo, de determinadas partes de la prestación que no excedan en su conjunto del 50 % del presupuesto Los subcontratistas no tendrán en ningún caso acción directa frente a la Administración contratante Pagos a subcontratistas y suministradores. Oportunidades de Negocio. La Subcontratación (II)
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  • 55. R E S U M E N C O L O Q U I A L Decisión Estratégica. Considerar las licitaciones como una “unidad de negocio” No es sencillo. Se requiere Experiencia (que habrá que conseguir en un entorno adverso), cierto “Músculo Financiero” y mucha Paciencia Inscribirse en el Registro de Licitadores. Obtener Clasificación Tener siempre en orden y a punto la “Documentación Administrativa “ Leer y estudiar hasta la extenuación los Pliegos de Condiciones Cuando creamos que ya los hemos entendido, volver a leerlos y estudiarlos Saber qué documentación va en cada sobre y repasarlos Probablemente no conseguiremos adjudicarnos nuestra primera licitación Preparación, Experiencia, Paciencia y Músculo Financiero
  • 56. GARANTÍAS DE FORMACIÓN:  EL PRESENTE ESQUEMA DE PONENCIA SERÁ ENVIADO POR EMAIL, EN FORMATO PDF, A TOD@S L@S ASISTENTES .  IGUALMENTE, DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA FINALIZACIÓN DEL CURSO ESTARÁ DISPONIBLE EN REDES SOCIALES. LA UBICACIÓN TAMBIÉN SE COMUNICARÁ A L@S ASISTENTES  DURANTE 30 DÍAS NATURALES, PODRÁN FORMULAR CUANTAS DUDAS NECESITEN RESOLVER A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES EMAILS: info@josemanuelarroyo.com ó empresa@legalgemp.com . SERÁN RESUELTAS EN 48 HORAS HÁBILES (72 HORAS SI IMPLICAN ESPECIAL DIFICULTAD O COMPLEJIDAD)
  • 57. LA IMPORTANCIA DE LA FORMACIÓN CONTINUADA
  • 58. LAS FOGRAFÍAS QUE ILUSTRAN LA PRESENTACIÓN, ESTÁN ENTRESACADAS DE LA SELECCIÓN REALIZADA POR ESMERALDA DÍAZ AROCA DE LA FAMOSA OBRA DE FRANCISCO ALCAIDE ”30 LECCIONES PARA EMPRENDEDORES” REDES SOCIALES. EXISTE EN LINKEDIN UN GRUPO “ESPECIALIZADO” EN LICITACIONES Y ADJUDICACIONES CUYA URL ES LA SIGUIENTE: https://www.linkedin.com/groups?gid=2096389&trk=my_groups-b-grp-v MISCELÁNEA FINAL WEBS Y BLOGS DE INTERÉS. (A título meramente informativo) http://obrasyconcursospublicos.blogspot.com.es/ http://administracionpublica.com/ http://www.clasificaciondeempresas.com.es/ http://simap.europa.eu/index_es.htm
  • 60. 60 Pasión por las PYMES. ¿Hablamos?

Notas del editor

  1. Los hitos