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DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE
México, D. F. 26 de septiembre de 2012
Organización Marítima Internacional
convoca
Conferencia Internacional sobre Contaminación del Mar
08/octubre/1973 a 02/noviembre/1973
surge
• Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los
Buques 1973
• Protocolo I Disposiciones para formular los informes sobre
sucesos relacionados con las sustancias perjudiciales
• Protocolo II Arbitraje
Modificación al Convenio mediante Protocolo de 1978
“Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los
Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978”
MARPOL 73/78”
Anexo VI.- Reglas para prevenir la
contaminación atmosférica
ocasionada por los buques
Paísesquelohanratificado-31deagostode2012
Países contratantes (70)
Antigua y barbuda Croatia Kiribati Panama Sweden
Australia Denmark Kuwit Peru Tajikistan
Aserbajan Estonia Latvia Poland Trinidad y Tobago
Bahamas Finland Liberia Portugal Tunisia
Bangladesh France Lithuania Republic of corea Tuvalu
Barbados Germany Lluxembourg Romania Ukraine
Belgium Ghana Malaysia Saint kitts and nevis United Kingdom
Belize Greece Malta St. Vicente & granadin United States
Benin India Marshall islands Samoa Vanuatu
Brazil Iran( islamic republic) Mongolia Saudí arabia Hong Kong, china
Bulgaria Ireland Morocco Serbia
Canadá Italy Nertherlands Sierra leone
Chile Jamaica Niue Singapore
China Japan Norwey Slovenia
Cook islands Kenia Palau Spain
Objetivo:
Establecer procedimientos
obligatorios, de prueba,
reconocimiento y
certificación de los
motores diesel marinos
Lista de Sustancias que
agotan la capa de
Ozono: Sustancias
controladas utilizadas
en los buques que
contaminen el medio
ambiente
(Protocolo de
Montreal)
Código técnico sobre los
NOx: Código técnico
relativo a las emisiones
de Óxidos de los motores
diesel marinos.
Apoyos
bibliográficos
emanados del
Anexo VI.
NOx Óxidos de
nitrógeno
SOx
Óxido
de
azufre
Zonas de control de emisiones
SOx (óxidos de azufre)
Es una zona en la que es
necesario adoptar medidas
especiales de carácter
obligatorio para prevenir,
reducir y contener la
contaminación atmosférica
por SOx.
La zonas de control de emisiones deben contar
con:
 Clara delimitación de la zona.
 Zona marítima y terrestre en las que las
emisiones de SOx pueden tener
efectos negativos.
 Evaluación que demuestre que las emisiones
de SOx contribuyen a la contaminación
atmosférica.
 Información meteorológica de la zona
propuesta para la aplicación de las medidas
de control de las emisiones.
 Naturaleza del tráfico marítimo en la zona
de control incluidas las características y la
densidad del tráfico.
 Descripción de las medidas de control
adoptadas para hacer frente a las emisiones
de Sox.
Prescripciones aplicables dentro de las zonas de
control de las emisiones de SOx
El contenido medio de azufre a escala
mundial del fueloil residual suministrado
para uso a bordo de los buques se vigilará
teniendo en cuenta las directrices que
elabore la organización.
DENTRO DE LA ZONA DE CONTROL
1.0% m/m (no aplicable el 1 de
enero de 2015 o
posteriormente).
.10% m/m
Un medio aprobado por la Administración
que sea al menos tan eficaz en cuanto a la
reducción de emisiones SOx como la
utilización con un contenido de azufre, se
le aplicaran los mismos valores.
Se utiliza un sistema de limpieza de los
gases de escape, aprobado por la
administración teniendo en cuenta las
directrices que elabore la Organización,
para reducir la cantidad total de las
emisiones de SOx incluidos la de los
motores propulsores.
El proveedor demostrará mediante la pertinente
documentación, según lo prescrito en la regla 18
del presente Anexo, el contenido de Azufre del
fueloil de los niveles mencionados anteriormente.
FUERA DE LA ZONA DE CONTROL
4.5% m/m (No aplicable el 1 de
enero de 2012 o
posteriormente).
3.5% m/m (No aplicable el 1 de
enero de 2020 o
posteriormente).
.50% m/m
Un medio aprobado por la Administración que
sea al menos tan eficaz en cuanto a la reducción
de emisiones SOx como la utilización con un
contenido de azufre, se le aplicaran los mismos
valores.
Prescripciones aplicables fuera de las
zonas de control de las emisiones de
SOx
ECA´s: Áreas de control de emisiones
Dichas aéreas son:
•Costas del
Pacifico,
•Canadá y
•Estados
Unidos
La zona de
Norte
América
•Puerto
Rico e
•Islas
Vírgenes
La zona del
Mar Caribe
de los
Estados
Unidos
•Suecia,
•Finlandia,
•Estonia,
•Letonia,
•Rusia,
•Polonia,
•Alemania y
•Dinamarca
La zona del
Mar Báltico
Es un conjunto de normativas
internacionales con el objeto
de prevenir la contaminación
por los buques.
El código
Entrará en vigor de
carácter obligatorio
en la misma fecha en
que entre en vigor
dicho Protocolo.
Este Anexo y
Protocolo establece:
Que
Todos los motores de los
barcos que sean diesel
marinos
deben
Cumplir con certificaciones y
reconocimientos que garanticen que no
contaminan la atmósfera.
• Propietarios.
• Fabricantes.
• Administraciones de
las instalaciones.
• Se ajusten a los
limites de
emisión de Nox
que el acuerdo
establece.
¿Para qué?
El siguiente código comprende las características
siguientes:
 Normas relativas a la emisión de óxidos de
nitrógeno.
 Homologación de motores fabricados en serie:
familia de motores y grupo de motores.
 Procedimientos para medir las emisiones de NOx en
un banco de pruebas.
 Procedimientos para demostrar el cumplimiento
de los límites de emisión de NOx a bordo.
 Procedimiento para certificación de los motores
diesel marinos.
Sustancias
que agotan
la capa de
ozono
(Protocolo
de Montreal)
Óxidos de
azufre
(Sox)
Materia
particulada
(mp)
Óxidos de
nitrógeno
(NOx)
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orgánicos
volátiles
(COV)
Zonas de
control de
emisiones
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mp)
Incineración
a bordo
controlada
Disponibilidad
y calidad
fueloil
Instalaciones
de recepción
Índice de
eficiencia
energética
(EEDI)
Plan de
gestión de
la eficiencia
energética
del buque
(SSEMP)
MÉXICO:
 Mejoramiento en la calidad de los combustibles.
 Combustibles limpios.
 Incremento en la demanda de combustible.
 Reducción de las emisiones contaminantes en las
zonas portuarias de país.
 Incremento de la navegación nacional e
internacional por el territorio mexicano.
 Transferencia de tecnologías con países
desarrollados.
 Uso de tecnología limpia.
Existe una preocupación permanente por la
comunidad marítima internacional, México no es la
excepción, sobre la emisión de gases contaminantes a
la atmósfera. La mentalidad de todos ha ido
cambiando y el medio ambiente se está considerando
en todos los aspectos a bordo de las embarcaciones.
La contaminación en las embarcaciones ha disminuido
notablemente y cada año se hacen los esfuerzos para
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embargo todos tenemos que participar, iniciativa
privada, gobierno y población en general.
El compromiso es de todos y para todos.
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Normativas MARPOL para reducir emisiones contaminantes en buques

  • 1. DIRECCIÓN GENERAL DE MARINA MERCANTE México, D. F. 26 de septiembre de 2012
  • 2. Organización Marítima Internacional convoca Conferencia Internacional sobre Contaminación del Mar 08/octubre/1973 a 02/noviembre/1973 surge • Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques 1973 • Protocolo I Disposiciones para formular los informes sobre sucesos relacionados con las sustancias perjudiciales • Protocolo II Arbitraje Modificación al Convenio mediante Protocolo de 1978 “Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978” MARPOL 73/78”
  • 3. Anexo VI.- Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques
  • 4. Paísesquelohanratificado-31deagostode2012 Países contratantes (70) Antigua y barbuda Croatia Kiribati Panama Sweden Australia Denmark Kuwit Peru Tajikistan Aserbajan Estonia Latvia Poland Trinidad y Tobago Bahamas Finland Liberia Portugal Tunisia Bangladesh France Lithuania Republic of corea Tuvalu Barbados Germany Lluxembourg Romania Ukraine Belgium Ghana Malaysia Saint kitts and nevis United Kingdom Belize Greece Malta St. Vicente & granadin United States Benin India Marshall islands Samoa Vanuatu Brazil Iran( islamic republic) Mongolia Saudí arabia Hong Kong, china Bulgaria Ireland Morocco Serbia Canadá Italy Nertherlands Sierra leone Chile Jamaica Niue Singapore China Japan Norwey Slovenia Cook islands Kenia Palau Spain
  • 5. Objetivo: Establecer procedimientos obligatorios, de prueba, reconocimiento y certificación de los motores diesel marinos Lista de Sustancias que agotan la capa de Ozono: Sustancias controladas utilizadas en los buques que contaminen el medio ambiente (Protocolo de Montreal) Código técnico sobre los NOx: Código técnico relativo a las emisiones de Óxidos de los motores diesel marinos. Apoyos bibliográficos emanados del Anexo VI.
  • 7. Zonas de control de emisiones SOx (óxidos de azufre) Es una zona en la que es necesario adoptar medidas especiales de carácter obligatorio para prevenir, reducir y contener la contaminación atmosférica por SOx.
  • 8. La zonas de control de emisiones deben contar con:  Clara delimitación de la zona.  Zona marítima y terrestre en las que las emisiones de SOx pueden tener efectos negativos.  Evaluación que demuestre que las emisiones de SOx contribuyen a la contaminación atmosférica.
  • 9.  Información meteorológica de la zona propuesta para la aplicación de las medidas de control de las emisiones.  Naturaleza del tráfico marítimo en la zona de control incluidas las características y la densidad del tráfico.  Descripción de las medidas de control adoptadas para hacer frente a las emisiones de Sox.
  • 10. Prescripciones aplicables dentro de las zonas de control de las emisiones de SOx El contenido medio de azufre a escala mundial del fueloil residual suministrado para uso a bordo de los buques se vigilará teniendo en cuenta las directrices que elabore la organización. DENTRO DE LA ZONA DE CONTROL 1.0% m/m (no aplicable el 1 de enero de 2015 o posteriormente). .10% m/m Un medio aprobado por la Administración que sea al menos tan eficaz en cuanto a la reducción de emisiones SOx como la utilización con un contenido de azufre, se le aplicaran los mismos valores. Se utiliza un sistema de limpieza de los gases de escape, aprobado por la administración teniendo en cuenta las directrices que elabore la Organización, para reducir la cantidad total de las emisiones de SOx incluidos la de los motores propulsores.
  • 11. El proveedor demostrará mediante la pertinente documentación, según lo prescrito en la regla 18 del presente Anexo, el contenido de Azufre del fueloil de los niveles mencionados anteriormente. FUERA DE LA ZONA DE CONTROL 4.5% m/m (No aplicable el 1 de enero de 2012 o posteriormente). 3.5% m/m (No aplicable el 1 de enero de 2020 o posteriormente). .50% m/m Un medio aprobado por la Administración que sea al menos tan eficaz en cuanto a la reducción de emisiones SOx como la utilización con un contenido de azufre, se le aplicaran los mismos valores. Prescripciones aplicables fuera de las zonas de control de las emisiones de SOx
  • 12. ECA´s: Áreas de control de emisiones Dichas aéreas son: •Costas del Pacifico, •Canadá y •Estados Unidos La zona de Norte América •Puerto Rico e •Islas Vírgenes La zona del Mar Caribe de los Estados Unidos •Suecia, •Finlandia, •Estonia, •Letonia, •Rusia, •Polonia, •Alemania y •Dinamarca La zona del Mar Báltico
  • 13.
  • 14. Es un conjunto de normativas internacionales con el objeto de prevenir la contaminación por los buques.
  • 15. El código Entrará en vigor de carácter obligatorio en la misma fecha en que entre en vigor dicho Protocolo.
  • 16. Este Anexo y Protocolo establece: Que Todos los motores de los barcos que sean diesel marinos deben Cumplir con certificaciones y reconocimientos que garanticen que no contaminan la atmósfera.
  • 17. • Propietarios. • Fabricantes. • Administraciones de las instalaciones. • Se ajusten a los limites de emisión de Nox que el acuerdo establece. ¿Para qué?
  • 18. El siguiente código comprende las características siguientes:  Normas relativas a la emisión de óxidos de nitrógeno.  Homologación de motores fabricados en serie: familia de motores y grupo de motores.  Procedimientos para medir las emisiones de NOx en un banco de pruebas.  Procedimientos para demostrar el cumplimiento de los límites de emisión de NOx a bordo.  Procedimiento para certificación de los motores diesel marinos.
  • 19. Sustancias que agotan la capa de ozono (Protocolo de Montreal) Óxidos de azufre (Sox) Materia particulada (mp) Óxidos de nitrógeno (NOx) Compuestos orgánicos volátiles (COV) Zonas de control de emisiones (Nox-Sox- mp)
  • 20. Incineración a bordo controlada Disponibilidad y calidad fueloil Instalaciones de recepción Índice de eficiencia energética (EEDI) Plan de gestión de la eficiencia energética del buque (SSEMP)
  • 21. MÉXICO:  Mejoramiento en la calidad de los combustibles.  Combustibles limpios.  Incremento en la demanda de combustible.  Reducción de las emisiones contaminantes en las zonas portuarias de país.  Incremento de la navegación nacional e internacional por el territorio mexicano.  Transferencia de tecnologías con países desarrollados.  Uso de tecnología limpia.
  • 22. Existe una preocupación permanente por la comunidad marítima internacional, México no es la excepción, sobre la emisión de gases contaminantes a la atmósfera. La mentalidad de todos ha ido cambiando y el medio ambiente se está considerando en todos los aspectos a bordo de las embarcaciones. La contaminación en las embarcaciones ha disminuido notablemente y cada año se hacen los esfuerzos para que continúe, México esta en ese proceso, sin embargo todos tenemos que participar, iniciativa privada, gobierno y población en general. El compromiso es de todos y para todos.