2. OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES
Los contribuyentes obligados al pago del
impuesto empresarial a tasa única, entre otras
obligaciones tendrán las siguientes:
Llevar la contabilidad general de conformidad
con el Código Fiscal de la Federación y su
Reglamento y efectuar los registros en la misma.
Expedir comprobantes por las actividades que
realicen y conservar una copia de los mismos a
disposición de las autoridades fiscales.
3. OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES
Los contribuyentes que con bienes en
copropiedad o en sociedad conyugal realicen
actividades gravadas por el impuesto
empresarial a tasa única, podrán designar un
representante común que será quien cumpla
con las obligaciones.
Cuando los ingresos deriven de actividades
que realice una sucesión, su representante
legal pagará el impuesto empresarial a tasa
única presentando declaraciones por cuenta
de los herederos o legatarios.
4. OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES
Los contribuyentes que celebren operaciones
con partes relacionadas deberán determinar sus
ingresos y sus deducciones autorizadas,
considerando para esas operaciones los precios
y montos de contraprestaciones que hubieran
utilizado con o entre partes independientes en
operaciones comparables.
Artículo 18 de la LIETU
5. Identifique su actividad y sus obligaciones
Esta sección le permitirá conocer más sobre el régimen fiscal y el
ciclo tributario que le corresponde de acuerdo a las actividades
económicas que realice; como primer paso, es necesario definir si
estas actividades las lleva a cabo como persona física o persona
moral.
¿Quiénes son personas físicas, personas morales y extranjeros?
Persona física es un individuo con capacidad para contraer
obligaciones y ejercer derechos; pueden prestar servicios, realizar
actividades comerciales, arrendar bienes inmuebles y trabajar por
salarios. Conozca las actividades que como persona física puede
realizar.
6. Persona moral es una agrupación de personas que se unen con
un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una
asociación civil. De acuerdo con su objeto social, una persona
moral puede tributar en regímenes específicos como:
Personas morales del régimen general
Personas morales con fines no lucrativos
Asociaciones Religiosas
Personas morales del régimen simplificado
Extranjeros: Para fines fiscales, son extranjeros las personas
físicas o personas morales que se rigen por la legislación de otro
país.
Tratamiento Fiscal de los residentes en el extranjero que
perciben ingresos en México (versión en español)