2. IMPUESTO
ART. 11 CODIGO TRIBUTARIO IMPUESTO
• Impuesto es el tributo que tiene como hecho generador, una actividad
estatal general no relacionada concretamente con el contribuyente.
• ART. 9 CODIGO TRIBUTARIO TRIBUTOS
• Tributos son las prestaciones comúnmente en dinero que el Estado
exige en ejercicio de su poder tributario, con el objeto de obtener
recursos para el cumplimiento de sus fines.
3. Tasas impositivas en
Guatemala
IVA: Aplica con la venta de bienes o prestación de servicios en territorio
nacional su tasa impositiva es del 12 %.
IRS: Régimen sobre utilidades de actividades lucrativas 25%.
Régimen opcional simplificado sobre ingresos 5%.
4. Tasas Impositivas en Guatemala
• ISO: Para empresas que realicen
actividades lucrativas, se aplica
sobre la base mayor entre activos e
ingresos su tasa es del 1%.
• Renta y Ganancias: Para
actividades que no forman parte del
giro habitual se aplicara 10%.
5. Diseño de dos objetos con
Renta Afectas:
Generadas en territorio
nacional las cuales
pueden ser gravadas y
exentas
Rentas No Afectas:
Generadas fuera del territorio
Nacional.
Articulo 1,2 y 4 de la ley de
Actualización Tributaria. Decreto 10-
2012
6. Clases de Tributos. Código Tributario
Impuestos: Articulo 11
Impuesto es el tributo que tiene como hecho generador,
una actividad estatal general no relacionada
concretamente con el contribuyente, Ejemplo: Impuesto
sobre la Renta.
Arbitrios: Articulo 12
Arbitrio es el impuesto decretado por ley a favor
de una o varias municipalidades.
Ejemplo: Boleto de Ornato
7. Clases de Tributo. Código Tributario
ARTICULO 13. CONTRIBUCION ESPECIAL
Es el tributo que tiene como determinante del hecho generador, beneficios
directos para el contribuyente, derivados de la realización de obras públicas o
de servicios estatales. Ejemplo. Cuotas de IGSS
CONTRIBUCIONES POR MEJORAS.
Es la establecida para costear la obra pública que produce una
plusvalía inmobiliaria. Ejemplo: Puentes y Pasos a desnivel.
9. OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dar respuesta a las solicitudes de los
contribuyentes y dar acceso a las
actuaciones.
Establecer los procedimientos o
mecanismos para el cumplimiento de las
obligaciones tributarias
Actuar de conformidad con la leyes
tributarias
Evaluar periódicamente y proponer las
modificaciones legales pertinentes a las
exenciones y los beneficios vigentes
Devolver los impuestos de acuerdo a
la normativa
10. FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
ADMINISTRAR EL RÉGIMEN
TRIBUTARIO
Realizar por medios legales las
investigaciones necesarias para el
cumplimiento tributario
Sancionar a los sujetos pasivos
tributarios de conformidad
Promover la celebración de tratados y
convenios internacionales para el
intercambio de información
Actuar de conformidad con la Ley contra
delitos tributarios y aduaneros (presentar
denuncias y provocar persecución penal).
Opinar sobre los efectos fiscales y la
procedencia de la concesión de
incentivos fiscales
Articulo 1 de la Ley Orgánica de la SAT
13. SITUACIONES ESPECIALES
Cuando ocurra el hecho generador en las situaciones que adelante se enumeran, serán responsables
del cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y materiales, los sujetos que en cada caso se
indica:
1. Fideicomisos. El fiduciario
2. Contrato de participación. El gestor, ya sea éste una persona individual o una persona jurídica, en
cuyo caso el responsable será el representante legal de la misma.
3. Copropiedad. Los copropietarios.
4. Sociedad de hecho. Los socios.
5. Sociedades irregulares. Los socios.
6. Sucesiones indivisas. El albacea, administrador o Herederos
Artículos 21 y 22 Código Tributario
14. DEREHOS DE LOS CONTRIBUYENTES
Reserva de Información.
Cumplimiento de Obligaciones tributarias.
Realizar Peticiones.
No proporcionar información previamente entregada.
Exigir aplicación de prescripción.
Trato ético e imparcial.
15. OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE
Presentar declaraciones,
notificaciones y otros documentos
requeridos por la legislación
vigente.
Mantener en su domicilio fiscal o en el
de su Contador los libros y reportes
contables
Respaldar las operaciones
de actividades mercantiles
por medio de la
documentación legal.
Atender citaciones, comunicaciones
y notificaciones vía electrónica u
otro medio.
Suministrar a la SAT la información
que requiera en el cumplimiento de
sus funciones.
16. Si hiciésemos todas las cosas de las que somos capaces, nos
asombraríamos (Thomas Edison)