El documento presenta información sobre la formación profesional en Colombia. Explica que la Constitución Nacional y la Ley 1064 de 2006 establecen que el Estado debe ofrecer formación profesional y técnica. La Ley 119 de 1994 define al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) como una entidad pública encargada de ofrecer formación profesional integral para contribuir al desarrollo del país. El SENA brinda una formación teórico-práctica, basada en competencias, que desarrolla conocimientos técnicos y de conviv
1. SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA Diseño y adecuación: Omar Valderrama Alarcón – OVA –Regional Distrito Capital - 2010 CONSTITUCION NACIONAL ARTICULO 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud.
2. SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA Diseño y adecuación: Omar Valderrama Alarcón – OVA –Regional Distrito Capital - 2010 LEY 1064 DE 2006 DECRETA: Artículo 1°. Reemplácese la denominación de Educación no formal contenida en la Ley General de Educación y en el Decreto Reglamentario 114 de 1996 por Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano. Artículo 2°. El Estado reconoce la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano como factor esencial del proceso educativo de la persona y componente dinamizador en la formación de técnicos laborales y expertos en las artes y oficios. En consecuencia las instituciones y programas debidamente acreditados, recibirán apoyo y estímulo del Estado, para lo cual gozarán de la protección que esta ley les otorga.
3. SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA Diseño y adecuación: Omar Valderrama Alarcón – OVA –Regional Distrito Capital - 2010 LEY 119 DE 1994 ARTICULO 1o. NATURALEZA. El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, es un establecimiento público del orden nacional con personería jurídica, patrimonio propio e independiente, y autonomía administrativa, adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. ARTICULO 2o. MISION. El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, está encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos; ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.
4. SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA Diseño y adecuación: Omar Valderrama Alarcón – OVA –Regional Distrito Capital - 2010 CONCEPTO La formación profesional que imparte el SENA, constituye un proceso educativo teórico-práctico de carácter integral, orientado al desarrollo de conocimientos técnicos, tecnológicos y de actitudes y valores para la convivencia social, que le permiten a la persona actuar crítica y creativamente en el mundo del trabajo y de la vida. El mundo del trabajo se refiere a la actividad productiva en el ámbito laboral y el mundo de la vida a la construcción de la dimensión personal y social.