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TEXTOS DE HISTORIA DE ESPAÑA
1. SUPRESIÓN DE LOS FUEROS ARAGONESES Y VALENCIANOS. 1707.
“Considerando haber perdido los reinos de Aragón y Valencia y todos sus habitadores por la
rebelión que cometieron...todos los fueros, privilegios, exenciones y libertades que con tan
liberal mano se les había concedido por los señores reyes mis predecesores, y tocándome el
dominio absoluto de los referidos reinos, que tan legítimamente poseo..., se añade ahora el
derecho de conquista de mis armas. Y considerando también que uno de los principales
atributos de la soberanía es la imposición y derogación de las leyes, las cuales podría Yo
alterar...he juzgado por conveniente, así por esto como por mi deseo de reducir todos mis
reinos de España a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y tribunales,
gobernándose igualmente todos por las leyes de Castilla.”
FELIPE V, Decreto de supresión de los fueros valencianos. 1707.
2. DECRETOS DE NUEVA PLANTA DE CATALUÑA. 1716.
“Habiendo precedido madura deliberación y consulta de Ministros de mi mayor confianza, he
resuelto que en el referido Principado de Cataluña se forme una Audiencia, en la cual presida
el Capitán General, de manera que los despachos, después de empezar con mi dictado,
prosigan en su nombre…
2.- La Audiencia... se ha de componer de un Regente y diez ministros para lo civil y cinco para
lo criminal
4.- Las causas en la Real Audiencia se sustanciarán en lengua castellana…
30.- Ha de haber en Cataluña Corregidores en las ciudades y villas…
37.- Todos los demás oficios que había antes en el Principado…, no expresados en este mi
Real Decreto, quedan suprimidos…
39.- Por los inconvenientes que se ha experimentado en los somatens, y juntas de gente
armada, mando que no haya tales somatens…
40.- Han de cesar las prohibiciones de extranjería porque mi Real Intención es que en mis
Reynos las dignidades y honores se confieran recíprocamente a mis vasallos por el mérito, y
no por el nacimiento en una u otra provincia de ellos…”
Establecimiento y nueva planta de la Real Audiencia de Cataluña. Real Decreto de 16 de enero
de 1716.
3. ALGUNOS ARTÍCULOS DEL TRATADO DE UTRECHT. 1713.
“Tratado de Paz entre el Católico Monarca Don Felipe Quinto y la... Reina de Inglaterra...
X. El Rey Católico cede a la Corona de la Gran Bretaña la propiedad de la ciudad y castillo de
Gibraltar, pero que esto es sin jurisdicción alguna territorial y sin comunicación alguna abierta
con la región circunvecina de tierra, conviniendo su Majestad británica, en que no se permita,
por motivo alguno, que judíos, ni moros habiten ni tengan dominio en la dicha ciudad de
Gibraltar, ni que se dé entrada ni acogida en su puerto a los navíos de guerra de moros...
XI. El Rey Católico cede también a la Corona de la Gran Bretaña la Isla de Menorca, puerto,
ciudad y fortaleza de Puerto Mahón, con iguales condiciones de Gibraltar...
XII. Concede su Majestad Católica a la de la Gran Bretaña... la facultad de introducir negros en
sus dominios de la América... con las mismas condiciones que gozaban los franceses...”
4. CRÍTICA DE LA DESPOBLACIÓN. 1742.
“Las provincias de Toledo, de la Mancha, Guadalajara, Cuenca, Soria, Segovia, Valladolid y
Salamanca, y otras de Castilla, son los parajes menos poblados de toda España. La principal
causa que lo motiva, es la pobreza, que resulta de la destrucción del comercio y las
manufacturas. No obstante, aunque ha disminuido la población, han continuado los pesados
tributos, no sin algunas extorsiones y abusos en su cobro....
Es natural que la extrema miseria desalienta los ánimos y aparta de la inclinación al estado
matrimonial. Aun muchos de los casados, cuando tienen hijos no los pueden criar y alimentar
adecuadamente por lo que muchos mueren en la primera infancia; pues, ¿qué alimento pueden
suministrarles los pechos de una madre que se alimenta de pan y agua... Otros, en la edad
adulta, aceleran la muerte por la excesiva fatiga y por la falta de sustento... sin asistencia
precisa en sus enfermedades.
Siendo, pues, tan grande y notoria la miseria de los vasallos, ¿quién negará que a estas
causas sigue precisamente la disminución de las Rentas Reales?...
Siempre que sean menos las cargas, y estén más repartidas entre mayor número de
contribuyentes, se restablecerá la opulencia, y fortaleza de la Monarquía.”
USTÁRIZ, J. Preocupación por la despoblación. 1742.
5. LA NOBLEZA Y EL TRABAJO: HACIA UNA NUEVA ACTITUD.
“Declaro que no sólo el oficio de curtidor, sino también los demás artes y oficios del herrero,
sastre, zapatero, carpintero y otros a este modo son honestos y honrados; que el uso de ellos
no envilece la familia ni la persona del que lo ejerce, ni la inhabilita para obtener los empleos
municipales de la república en que están avecindados los artesanos y menestrales que los
ejercitan; y que tampoco han de perjudicar las artes y oficios para el goce y prerrogativas de la
hidalguía, a los que la tuvieren legítimamente, siendo exceptuados de esta regla los artistas o
menestrales que abandonasen su oficio...
En inteligencia de que el mi Consejo, cuando hallare que en tres generaciones ha ejercitado
y sigue ejercitando una familia el comercio o las fábricas, con adelantamientos notables o de
utilidad al Estado, me propondrá la distinción que podrá concederse... sin exceptuar la
concesión o privilegio de nobleza.”
NOVÍSIMA RECOPILACIÓN, Cédula del Consejo. 18 de marzo de 1783.
6. CRÍTICA DE LOS MALES DE LA AGRICULTURA. 1759.
“Los labradores faltos también de la libertad para extraer del reino el sobrante de sus
cosechas, oprimidos de contribuciones, impuestos, alcabalas y cientos, para comercializarlos
por dentro, agobiados de tributos, anegados de miseria, faltos de dinero y depósito en los
pueblos para hacer sus sementeras, escasos de ganados para fomentar el estiércol, engrasar y
calentar las tierras, los víveres caros, los jornales altos y las mulas por las nubes, si habían de
sembrar ocho, no siembran más que cuatro y dejan lo restante inculto... en lugar de arar
arañan; y si habían de estercolar como diez, no estercolan más que como uno.
Multiplicados pues estos daños por espacio de más de dos siglos enteros, estaba claro que
habíamos de venir a parar en las escaseces que padecemos...
Estas, señores, son las razones verdaderas y principales causas del atraso de nuestra
agricultura, de la decadencia del estado secular, de la despoblación y del incultivo de tantos
terrenos eriales, yermos y otros desiertos.”
DE LA GÁNDARA, M. Apuntes sobre el bien y el mal de España...1759.
7. SITUACIÓN DE LOS CAMPESINOS EN ORIHUELA A FINALES DEL ANTIGUO
RÉGIMEN.
“Los vecinos son en corto número para cuidar con esmero el dilatado término (de Orihuela) y
no todos aman el trabajo; fáltales a infinitos la propiedad , y tal vez por esto ni se esfuerzan a
mejorar su suerte, ni aseguran subsistencias para sus familias.
Nótase indolencia en las mugeres, que lo esperan todo de sus maridos, por lo común
jornaleros.
De aquí la miseria general en la clase necesitada; las pobres habitaciones e indecentes
barracas, quales se ven en las cercanías de Catral, Benejuzar y otras partes...
Es lástima no se fomenten estos ramos de la industria (textil), cuya materia prima la
producen los campos del término; sería entonces mayor el consumo de cáñamos y linos;
tendría el labrador seguridad en la venta de sus cosechas y la clase necesitada ocupación y
ganancias...
Todos pudieran ser felices si hombres y mugeres se aplicaran más al trabajo, y las fortunas
estuviesen repartidas con menos desigualdad. Es muy grande la porción de frutos que
perciben los eclesiásticos y comunidades religiosa, y tan considerable la que se reparten los
señores y ricos propietarios que apenas tienen con qué subsistir aquellos hombres, a cuyos
sudores y fatigas se deben las cosechas.”
CAVANILLES, A.J. Observaciones sobre... del Reyno de Valencia, 1795.
-Campomanes. Memorial ajustado (1774).
“Nuestros políticos han creído que la legislación no ha de preocuparse sino de abaratar el
grano y favorecer al consumidor. Si el labrador fuera extranjero, sería una buena medida. Pero
siendo naturales del reino los labradores, la obligación de precios bajos para el grano sin
dejarle conseguir ganancias, es el medio para que nunca crezca la agricultura. La verdadera
causa por la cual no hay fábricas florecientes en España, y por la cual se han extinguido de dos
siglos hacia aquí más de la mitad, nace verdaderamente de la tenacidad con la que se oprime
la libre circulación de los productos de la agricultura y su justa estimación, cosa que es causa
del empobrecimiento general.”
8. DIEZMOS, LIMOSNAS E IMPUESTOS EN LA ESPAÑA DEL ANTIGUO RÉGIMEN.
“En cuanto asoma el verano y las mieses empiezan a ponerse amarillas, ya tiene ud. un
lechuzo vestido de negro y sin preguntar ni una palabra relativa a lo que se ha gastado en la
siembra, ni en la labor, ni en el abono, ni en nada, abre su cuaderno y presenta un cargo de la
décima parte de todo lo que se ha cogido...
Apenas ha salido el lechuzo negro, cuando se asoma por la puerta otro, vestido de lana gris,
echa su “Deo gracias” por delante y dice que viene por la limosna para el convento de San
Francisco. No hay que pensar que con un “Perdone, hermano”, o con un ochavo roñoso se sale
de aquel apuro, porque a lo menos se ha de llenar el tercio de un buen costal.
Detrás del lechuzo gris viene otro vestido de color tabaco y empieza a conmover al ama de
la casa, refiriendo los apuros en que se ven los benditos religiosos...
En pos del de la capucha entra el mandadero de las monjas de la esquina...
Aún falta pagar la renta de las tierras arrendadas a los monjes. Verdad es también que estos
suelen ser muy suavecitos con los que retrasan sus pagos, pues lo más que hacen es ponerlos
por justicia, hacer que los metan en la cárcel o embargarles la cama en que duermen...
No bien han concluido los lechuzos eclesiásticos, cuando se presentan los lechuzos
seculares a cobrar los repartos de las contribuciones reales. Allí es el ver los semblantes del
escribano y del alguacil, y allí el temblar de las piernas... El cuaderno contiene muchas cosas
tan justas como curiosas: los derechos de la sal, los de la alcabala, la sisa, la paja... y otras mil
preciosidades que, con diversos nombres se han ido aumentando cada año...”
MIÑANO, S. Lamentos políticos de un pobrecito holgazán. 1820.
9. INFORME SOBRE LA LEY AGRARIA. 1795.
“Las guerras extranjeras, distantes y continuas que, sin interés alguno de la nación, agotaron
poco a poco su población y su riqueza; la protección privilegiada de la ganadería, que asolaba
los campos; la amortización civil y eclesiástica, que estancó la mayor y mejor parte de las
propiedades en manos desidiosas...
Dígnese, pues, Vuestra Alteza en derogar de un golpe las bárbaras leyes que condenan a
perpetua esterilidad tantas tierras comunes; las que exponen la propiedad particular al cebo de
la codicia y de la ociosidad; las que prefiriendo las ovejas a los hombres, han cuidado más de
las lanas que de los granos...
Instruya Vuestra Alteza la clase propietaria en aquellos útiles conocimientos sobre los que se
apoya la prosperidad de los estados, perfeccione en la clase laboriosa el instrumento de su
instrucción, para que pueda derivar alguna luz de las investigaciones de los sabios. Por último,
luche Vuestra Alteza con la naturaleza, y puede decirse así, oblíguela a ayudar los esfuerzos
del interés individual, o por lo menos a no frustrarlos. Así es como Vuestra Alteza podrá
coronar la grande empresa... al restablecimiento de la agricultura y a la prosperidad general del
Estado y de sus miembros.”
JOVELLANOS, G.M. Informe sobre la ley agraria. 1795.
10. EL DESARROLLO DE LAS FÁBRICAS DE INDIANAS EN CATALUÑA. 1786.
“Los fabricantes de tejidos de seda, algodón y lana adoptan todos los adelantos modernos...
Se ha establecido aquí ahora una compañía que se dedica a hilar el algodón americano, con
lo que abastecen a los fabricantes que antes solían comprar algodón hilado a Malta...
El gobierno, que está dispuesto a primar esta rama de la industria en la medida de sus
posibilidades, ha otorgado al marques de Gobert privilegios exclusivos para su fábrica de
mantas de Vic como recompensa por haber plantado algodón en la isla de Ibiza...
El proceso de fabricación que más me satisfizo fue el que puso en práctica don Vicente
Vernis para la elaboración de tejidos de lana. Emplea a trescientos cincuenta trabajadores en la
manufactura destinada a Hispanoamérica, región que es de hecho destinataria de la mayor
parte de los productos fabricados en Barcelona... Tiene una máquina muy compacta y elegante
para devanar y enrollar el estambre que requiere una niña para manejar ochenta bobinas,
mientras otra pone todo el proceso en movimiento al tiempo que se dedica a tejer... Cuando
una de las niñas se cansa, la otra toma su lugar.
Las fábricas se han multiplicado con tal rapidez que los salarios de todo tipo de artesanos de
la ciudad y sus alrededores han aumentado... Sin embargo, estos salarios no están
desproporcionados respecto del valor de las provisiones...”
TOWSEND, J. Viaje a España...1786.
11. EL VIAJE A ESPAÑA DE GIACOMO CASANOVA.
“En Pamplona, el cochero Andrea Capello se hizo cargo de mi persona y de mi equipaje y
salimos para Madrid. Las primeras veinte leguas no me cansaron porque el camino era tan
bueno como en Francia... Después de aquel buen camino, no puedo decir que los haya
encontrado malos, porque no encontré ningún camino... Así era toda Castilla la Vieja, de
manera que no me extrañó no encontrar más que malas posadas, apropiadas para alojar
arrieros, que comparten el alojamiento con sus mulas...
El dueño de la miserable casa en que paramos no movía un dedo; me enseñaba un cuarto y
me decía que era muy dueño de dormir en él, y una chimenea en la que el dueño me permitía
echar lumbre si yo mismo iba a buscar la leña , y cocinar si quería comer...
Al irme por la mañana, le pagué lo poco que me pedía por el alojamiento... y su pobreza le
hacía las veces de riqueza, a condición de que el extranjero no pudiera decir al irse que había
hecho el menor de los movimientos para servirle. La causa de esto es una pereza con mezcla
de orgullo; uno es castellano y no debe rebajarse hasta el extremo de servir a un gabacho: que
es el título con que la nación española designa a un extranjero.”
CASANOVA, G. Memorias de España. 1775.
12. CARENCIAS DE LA ILUSTRACIÓN ESPAÑOLA. 1782.
“Uno de nuestros grandes escritores dice que España debería ser uno de los poderosos
reinos de Europa, pero que la debilidad de su gobierno, la Inquisición, los frailes, el perezoso
orgullo de sus habitantes, han hecho pasar a otras manos las riquezas del Nuevo Mundo. Así,
este hermoso reino, que causaba antes tanto terror a Europa, ha caído gradualmente en una
decadencia de la que le costará levantarse...
El orgulloso, el noble español se avergüenza de instruirse, de viajar, de tener algo que ver
con otros pueblos. ¿Pero las ciencias que el desdeña, las artes que desprecia, no son nada
para su felicidad? ¿No tiene necesidad de ellas para hacer que los ríos sean navegables y
trazar los canales de comunicación con objeto de transportar lo superfluo de una provincia a
otra?... El español tiene aptitud para las ciencias: existen muchos libros y, sin embargo, quizá
sea la nación más ignorante de Europa. ¿Qué se puede esperar de un pueblo que necesita el
permiso de un fraile para leer y pensar? El libro de un protestante es proscrito por ley, sin que
importe sobre qué tema trate... Toda obra extranjera es detenida... si es una obra inteligente,
valiente, pensada, se la quema como atentatoria contra la religión, las costumbres o el bien del
Estado; un libro impreso en España sufre, cuanto menos, seis censuras antes de poder ver la
luz, y son un miserable franciscano o un bárbaro dominico quienes deben permitir a un hombre
de ciencias tener genio... Los ilustrados están obligados a instruirse a escondidas en nuestros
libros. En España no existen ni matemáticos, ni físicos, ni astrónomos, ni naturalistas.”
MORVILLIERS, M. Enciclopédie Méthodique. 1782.
13. LA CRÍTICA DEL ANTIGUO RÉGIMEN.
“Nuestra Constitución está muy viciada; nuestros tribunales apenas sirven; los cuerpos del
derecho se aumentan y se disminuye la observancia de las leyes. La agricultura clama por una
ley agraria y, sin embargo, de lo ejecutivo de la enfermedad van pasando ya diecinueve años
en consultas, y es de creer que la receta saldrá después de la muerte del enfermo... los
mayorazgos crecen como la mala hierba, y es de temer no quede un palmo de tierra libre en el
reino; a cualquiera le es permitido encadenar sus bienes y la mayor parte de las fincas están en
manos muertas; el todo de las contribuciones...carga sobre un millón escaso de agricultores
medianos. Los holgazanes son más de seis millones, de los nueve y medio en que se regula
nuestra población. Oficinas y empleados hay tres veces más de lo que se necesitaría. El Erario
está empeñado. La potestad regia está descuartizada como los ajusticiados.
Yo comparo nuestra monarquía en el estado presente a una casa vieja sostenida a fuerza de
remiendos y sólo se puede enmendar echándola a tierra y reedificándola de nuevo...Aunque no
niego que la emigración a las Américas, las guerras y los malos años hayan también
coadyuvado...El primer paso sería el simplificar el gobierno cuanto fuere dable; alargar la
libertad del pueblo cuanto dictare la prudencia; desencadenar todos los bienes raíces; aminorar
o extinguir los privilegios heredables y hacer obedecer las ordenes que se expiden...Con esto
la España mudaría de semblante sin necesidad de las costosas y complicadas operaciones
que proponen Ustáriz, Ward y Arrequibar...
V.M. perdonará si me he excedido en algo, pues ya sabe que ignoro la lengua de la adulación y
la mentira. 26 de enero de 1786.”
LEÓN DE ARROYAL, Cartas político-económicas al conde de Lerena. 1786.
14. EL MOTIN DE ESQUILACHE. 1766.
“El falso principio, demasiado común en algunas monarquías, de hacer que el pan y los
comestibles de primera necesidad se mantengan más baratos en la capital que en el resto del
reino, había traído a Madrid gran número de gentes ociosas por la carestía que en aquella
ocasión había en todo el reino. El origen de esta conducta era impedir que los clamores del
pueblo lleguen a los oídos del Monarca. El Marqués, por otro lado, había dado unas
providencias extremadamente violentas para prohibir los sombreros redondos o gachos y las
capas de los embozados... Los alguaciles, abusando de su ministerio, atacaban a las gentes en
las calles...
Séase por esto solo, o por que había quien tenía particular interés en excitar un movimiento
popular, lo cierto es que en la tarde del día 23 de marzo de 1766, domingo de Ramos, una
multitud se acercó a Palacio gritando ¡viva el Rey y muera Squilace! El furor aumentaba y por
fin se vio obligado el Rey a salir al balcón y permitir entrasen unos cuantos para hacer la
exposición de todas sus proposiciones, reducidas a la disminución del precio del pan y de otras
cosas, y sobre todo al retiro de Squilace...
No creyendo S.M. conveniente a su decoro el permanecer por más tiempo en Madrid,
determinó retirarse a Aranjuez. Apenas se supo la evasión del Rey, el alboroto empezó con
más fuerza. Esto y otras cosas de que no puedo hablar, por no estar instruido, han dado motivo
a decir que era un plan premeditado y sostenido por algunas personas poderosas...”
Cit.CONDE DE FERNÁN NÚÑEZ, Vida de Carlos III. 1898.
15. EL CONDE DE ARANDA PREVIENE SOBRE EL EXPANSIONISMO
NORTEAMERICANO. 1783.
“... Esta república federal nació pigmea por decirlo así, y ha necesitado del apoyo y fuerzas
de dos estados tan poderosos como España y Francia para conseguir la independencia.
Llegará un día en que crezca y se torne gigante y aun coloso temible en aquellas regiones.
Entonces olvidará los beneficios que ha recibido de las dos potencias y sólo pensará en su
engrandecimiento. La libertad de conciencia, la facilidad de establecer una población nueva en
terrenos inmensos, así como las ventajas de un gobierno naciente, les atraerá agricultores y
artesanos de todas las naciones; y dentro de pocos años veremos con verdadero dolor la
existencia tiránica de este coloso de que voy hablando.
El primer paso de esta potencia, cuando haya logrado su engrandecimiento, será el
apoderarse de las Floridas, a fin de dominar el golfo de Méjico. Después de molestarnos así, y
nuestras relaciones con la Nueva España, aspirará a la conquista de este vasto imperio, que no
podremos defender contra una potencia formidable, establecida en el mismo continente y
vecina suya.”
ARANDA, Exposición al Rey Carlos III... 1783.
16. TRATADO DE FONTAINEBLEAU.
“Art. 1.- La provincia de entre Duero y Miño con la ciudad de Oporto se dará a S.M. el rey de
Etruria.
Art. 2.- La provincia de Alentejo y los Algarbes al Príncipe de la Paz.
Art. 3.- Las provincias de Beira, Tras os Montes y la Extremadura portuguesa quedarán en
depósito....
Art. 12.- S.M. el Emperador de los franceses se obliga a reconocer a S.M. el Rey de España
como Emperador de las dos Américas cuando todo esté preparado para que S.M. pueda tomar
este título, lo que podrá ser, o bien a la paz general, o más tardar dentro de tres años.
Art. 13.- Las dos altas partes contratantes se entenderán para hacer un repartimiento igual de
las islas, colonias y otras propiedades ultramarinas de Portugal...
...
Convención secreta anexa:
Art. I. Un cuerpo de tropas imperiales francesas de veinte y cinco mil hombres de infantería, y
de tres mil hombres de caballería entrará en España y marchará en derechura a Lisboa
Art. III. Las tropas francesas serán alimentadas y mantenidas por la España...
Art. V. El cuerpo de entrada irá a las órdenes del general que mande las tropas francesas, al
cual se someterán las tropas. Se le unirá un cuerpo de ocho mil hombres de infantería y de
tres mil de caballería de tropas españolas...
Hecho en Fontainebleau a 27 de octubre de 1807.”
17. EL PRÍNCIPE FERNANDO ESCRIBE A NAPOLEÓN INTENTANDO GANARLE PARA
SU CAUSA CONTRA GODOY.
“Señor: el temor de incomodar a V.M.I. en medio de sus hazañas me ha privado hasta ahora
de manifestar los sentimientos de respeto, estimación y afecto que tengo al héroe mayor de
cuantos le han precedido, enviado por la Providencia para salvar la Europa del trastorno total
que la amenazaba, para consolidar los tronos vacilantes, y para dar a las naciones la paz y la
felicidad...
El estado en que me hallo de mucho tiempo a esta parte incapaz de ocultarse a la grande
penetración de V.M.I. ha sido hasta hoy el segundo obstáculo que ha contenido mi pluma. Pero
lleno de esperanzas me determino a depositar los secretos más íntimos en el pecho de V.M.I.
como en el de un tierno padre...
Mi padre es instrumento de personas astutas y malignas... y sólo el respeto de V.M.I. pudiera
desconcertar sus planes abriendo los ojos a mis buenos y amados padres...
Imploro pues con la mayor confianza la protección paternal de V.M.I. a fin de que se digne
concederme de darme por esposa una princesa de su familia...
El Escorial a 11 de octubre de 1807.”
TORENO, conde de, Historia del levantamiento, guerra y revolución de España, 1835.
18. CARTA DE CARLOS IV A NAPOLEÓN EXPLICANDO LOS SUCESOS DE ARANJUEZ
DE MARZO DE 1808.
“Señor mi hermano: VM. sabrá sin duda con pena los sucesos de Aranjuez y sus resultas y
no verá con indiferencia a un rey que, forzado a renunciar a la corona, acude a ponerse en los
brazos de un grande monarca, aliado suyo, subordinándose totalmente a la disposición del
único que puede darle su felicidad, la de toda su familia y la de sus fieles vasallos.
Yo no he renunciado a favor de mi hijo sino por la fuerza de las circunstancias, cuando el
estruendo de las armas y los clamores de una guardia sublevada me hacían conocer bastante
la necesidad de escoger la vida o la muerte...
Yo fui forzado a renunciar; pero he tomado la resolución de conformarme con todo lo que
quiera disponer de nosotros y de mi suerte, la de la Reina y la del Príncipe de la Paz.”
Cit. NIETO; C. y otros, Revolución y Reacción...,1971.
19. ABDICACIONES DE BAYONA.
“Art. 1.- S.M. el Rey Carlos, que no ha tenido en toda su vida otra mira que la felicidad de sus
vasallos... no pudiendo las circunstancias actuales ser sino un manantial de disensiones, ha
resuelto ceder, como cede por el presente, todos sus derechos al trono de las Españas y de las
Indias a S.M. el Emperador Napoleón, entendiéndose las condiciones siguientes:
Primera: La integridad del Reino será mantenida; el Príncipe que el Emperador Napoleón
juzgue debe colocar en el trono de España será independiente, y los límites de la España no
sufrirán alteración alguna.
Segunda: La religión católica, apostólica, romana será la única de España...
Tercera: S.M. el Emperador se obliga a dar asilo en sus Estado al Rey Carlos, a su familia, al
Príncipe de la Paz, como también a los servidores suyos...”
Cit. NIETO, C. y otros, Revolución y reacción..., 1971.
20. PROCLAMA DE NAPOLEÓN A LOS ESPAÑOLES.
“...Españoles: después de una larga agonía vuestra nación iba a perecer. He visto vuestros
males y voy a remediarlos... Vuestros príncipes me han cedido todos sus derechos a la corona
de las Españas; yo no quiero reinar en vuestras provincias... y os haré gozar de los beneficios
de una reforma sin que experimentéis quebrantos, desordenes y convulsiones.
Españoles: he hecho convocar una asamblea general de las diputaciones, de las provincias
y de las ciudades. Yo mismo quiero saber vuestros deseos y vuestras
necesidades...asegurandoos al mismo tiempo una Constitución que concilie la santa y
saludable autoridad del Soberano con las libertades y privilegios del pueblo.
Españoles: acordaos de lo que han sido vuestros padres, y mirad a lo que habéis llegado.
No es vuestra la culpa, si no del mal gobierno que os regía. Yo quiero que mi memoria llegue
hasta vuestros últimos nietos y que exclamen: es el regenerador de nuestra patria.
Bayona, 25 de mayo de 1808.”
21. LA POSICIÓN DE LOS AFRANCESADOS. 1808.
“Los diferentes hechos de la revolución española se sucedieron con sorprendente rapidez.
Las provincias más alejadas de la capital proclamaron la guerra contra los franceses y llegó el
momento en que había que tomar partido en el enfrentamiento inevitable... Yo estaba
convencido de que si el pueblo pudiera permanecer tranquilo bajo la forma de gobierno a que
estaba acostumbrado mientras el país se libraría de una dinastía de la que no era posible
esperar ninguna mejoría, la humillación política de recibir de manos de Napoleón quedaría
ampliamente compensada con los futuros beneficios de esta medida. En efecto, en pocos años
la nueva familia real se identificaría con el país.
Muchos de los españoles más ilustres y honestos se habían puesto del lado de José
Bonaparte. Se había preparado el marco de una Constitución que, a pesar de la forma
arbitraria con que había sido impuesta, contenía la declaración explícita del derecho de la
nación a ser gobernada con su propio consentimiento y no por la voluntad absoluta del rey. La
Inquisición iba a ser abolida inmediatamente, y lo mismo sucedía con las ordenes religiosas.”
BLANCO WHITE, J.M. Escritos. 1808.
22. LA ALTERNATIVA DE LOS AFRANCESADOS.
“Cuando a mediados de julio de 1808 capituló en Bailén el general Dupont, se exaltó el
entusiasmo nacional y se dedujo de este suceso que podía hacerse la guerra con iguales y
aún mayores ventajas...
Entonces pude decirse que se formaron dos opiniones, abrazadas por unos y por otros de
buena fe, y que tenían por objeto lo que más convenía al bien de la nación... En todo esto no
se ve obrar otro principio que el de la opinión sobre el éxito probable de la guerra, guerra que
no presentaba otro objeto que el derramar arroyos de sangre...
Ningún hombre imparcial hallaría dificultad en reconocer que todos aspiraban sinceramente
a salvar la patria: los unos por la sumisión y los otros por la guerra...”
AZANZA, J. y O´FARRIL, G. Memoria sobre los hechos que justifican su conducta...1810.
23. LA POSICIÓN DE JOVELLANOS.
“Señor: la reputación de que gozáis en Europa debe haceros abandonar un partido que sólo
combate por la Inquisición y por el interés de algunos grandes de España...
Un hombre, cual vos sois, debe conocer que la España puede esperar el resultado más feliz
de la sumisión a un rey justo e ilustrado...
Despedazados con facciones, abandonados por los ingleses, que jamás tuvieron otros
proyectos que el de debilitaros, el de robaros vuestras flotas y destruir vuestro comercio, os
presento una gloriosa carrera...
Señor General: yo no sigo un partido; sigo la santa y justa causa que sostiene mi patria. No
lidiamos por la Inquisición ni por el interés de los grandes de España. Lidiamos por los
preciosos derechos de nuestro rey, nuestra religión, nuestra constitución y nuestra
independencia, por el deseo y el propósito de regenerar la España...
En fin, Señor General, yo estaré muy dispuesto a respetar los humanos y filosóficos
principios de vuestro rey Josef, cuando vea que se ausenta de nuestro territorio... sólo en este
caso me permitirían mi honor y mis sentimientos entrar con vos en la comunicación que me
proponéis, si la Suprema Junta Central lo aprobase...
Madrid, 12 de mayo de 1809.”
JOVELLANOS, G.M. de, Correspondencia. 1809.
24. INFORME DE MURAT A DUPONT TRAS EL DOS DE MAYO DE 1808.
“Señor General: desde las ocho de la mañana, ayer, la canalla de esta villa obstruía todas
las avenidas del palacio. La reina de Etruria debía de marchar para Bayona; un ayuda de
campo, que había enviado para cumplimentarla, fue apresado por el populacho y un segundo
ayuda de campo fue atacado a pedradas. Entonces, se tocó generala, y las tropas corrieron a
los puntos que tenían orden de ocupar en caso de alarma, y todo ha retornado al orden.
Cincuenta campesinos, cogidos con las armas en la mano, han sido fusilados ayer tarde;
otros cincuenta lo han sido esta mañana. La villa será desarmada y una proclama va a
anunciar que todo español al que se le encuentre el arma que sea, será considerado como
sedicioso y fusilado.
Esta proclama será enviada por el gobierno a todos los capitanes generales del ejercito
español, haciéndolos responsables de los acontecimientos...
Declarad públicamente que el Emperador ha hecho notificar al Príncipe de Asturias que él no
lo miraba más que como Príncipe de Asturias; que el viejo Rey y el Príncipe han escogido al
Emperador como árbitro de su disputa y que ella debe estar concluida en este momento.
Comunicad a la nobleza y al clero que la conservación de sus privilegios dependerá de la
conducta que adopten frente al Emperador y sus tropas, y que el interés de la nación española
es estar constantemente unida con Francia...
En la jornada de ayer ha habido mil doscientos muertos, sea del populacho, sea de la
burguesía de Madrid; y de nuestro bando, no hemos tenido más que algunos centenares de
heridos y porque han sido encontrados solos en las calles...
Madrid, 3 de mayo de 1808.”
Cit. AYMES, JR., La Guerra de la Independencia en España, 1974.
25. GUERRA POPULAR. EL SITIO DE ZARAGOZA.
“Antes de la una del día se acercan las tropas francesas a las puertas de la ciudad, llegando
a rompernos a cañonazos la puerta del Carmen...
Nuestros paisanos, al ver que se introducían se tiraron a ellos sin más defensa que sus
nobles pechos, y lograron irlos retirando a vivo fuego, alcanzaron la más brillante victoria que
se ha visto en unos hombres no hechos a las balas y sin tener jefe ni timón, sino el verdadero
amor a la religión y a la patria... Así en la confianza en Dios y su Madre Santísima del Pilar,
especialmente las mujeres que fueron a darles agua, vino y aguardiente, suministrando de
balas, pólvora, trapos para tacos y logrando vencer a unos hombres feroces y temerarios...”
ANÓNIMO, 1808.
26. LA GUERRA CONTRA LOS FRANCESES, ÚNICA SALVACIÓN DE LA PATRIA.
“Con esta guerra, terrible, pero saludable, no nos inocularán más el impío filosofismo y la
corrupción de costumbres que tanto daño han hecho en la juventud...
La gente que llamamos culta y literata, todos eran hijos de España, pero gran parte tenía su
corazón en Francia; es decir, que enamorados de sus libros, estaban casados con los
autores...
Con esta guerra vendrán los frutos caudales de América y renacerá la contratación
marítima, de que nos tenía privados el bárbaro Napoleón desde que nos ató al carro de su
estéril y funesta gloria.
Con esta guerra volveremos a ser españoles rancios... reconquistaremos, no dominios
ultramarinos que nos acarrearían otras nuevas, sino lo que es más glorioso y precioso, nuestro
nombre y daremos exemplos de sabiduría a los demás pueblos de Europa. Saldremos del
peligro espantoso de perecer todos al hambre general. ¡Qué horrorosa perspectiva se
presentaba a mi imaginación, quando veía entrar legiones de demonios ó franceses a
comernos nuestro pan...!”
CAPMANY, A de, Centinela contra franceses, 1808.
27. GUERRRA DE GUERRILLAS Y PUEBLO EN ARMAS.
“En adelante todos los españoles quedan autorizados a poseer armas, incluso las que
antaño estaban prohibidas. Podrán atacar y desvalijar a los soldados franceses, ya sea
individualmente o en grupo. Cada vez que se les presente la ocasión deberán hacerles todo el
mal y causarles todo los daños posibles. Tales acciones serán consideradas como servicios
prestados a la nación y recompensados según sus méritos.
El botín de que se apoderen les pertenecerá en legítima propiedad...
Se recomienda especialmente la captura de los correos; las cartas interceptadas se pagarán
según su valor.
Por último, se promete solemnemente que las viudas y huérfanos de estos combatientes que
mueran por la patria recibirán pensiones del Estado...”
Ordenanza de la Junta Suprema, 24 de julio de 1808.
28. DESORGANIZACIÓN DEL EJÉRCITO REGULAR.
“Excmo. Sr.: Un celoso de la Religión, de la Patria, amantísimo de nuestro amado soberano
D. Fernando VII... con el más profundo respeto expone lo siguiente:
En este Reyno de Galicia el alistamiento que se hizo para la formación del ejercito de esta
nación fue lleno de fraude, incluyendo los más menesterosos y dejando una infinidad de mozos
robustísimos que se libertaron con dinero entregado a los Señores de las Juntas de Provincia,
Cirujanos y Médicos que asistían para declarar su supuesta inutilidad... En el día de hoy se
halla este ejército sin soldados, el enemigo casi en nuestros hogares, y los pueblos llenos de
gente útil para las armas. Unos están ocultos, otros vagueando de lugar en lugar...
Se trata de formar nuevos cuerpos de Milicia. El mejor método será nombrar personas fieles,
desinteresadas y buenos patriotas para inspeccionar los mozos que hay. Sin embargo, veo
algunos de estos que dan muestras de su patriotismo pretendiendo ser oficiales... Estos sujetos
se deben emplear en clase de soldados... Los únicos oficiales para las nuevas Milicias deben
ser los Sargentos y Cabos, en clase de Capitanes, por estar instruidos y acostumbrados a sufrir
los trabajos que acarrean las Compañías. Aman al soldado, son fieles, no tienen vicios, y
últimamente no huyen del enemigo porque saben que van a la defensa de nuestra sagrada
Religión, nuestra amada Patria y los legítimos derechos de nuestro Rey Fernando VII.
Santiago, 8 de diciembre de 1808.”
ANÓNIMO, El verdadero patriota. 1808.
29. GUERRA DE GUERRILLAS.
“Todas las gentes y hasta las mujeres de cada pueblo deben matar tantos enemigos,
cuantos puedan, ya sea dentro o fuera de los pueblos, siempre que se les presente la
oportunidad de poderlo verificar secretamente, y de ocultar asimismo los cadáveres, a fin de
que ignore el enemigo el sitio donde han quedado aquellos...
Cuidarán de averiguar en qué ciudad, villa o lugar hay enemigos, en qué número y qué ruta
suelen seguir...
Deben salir de uno, dos o más pueblos cien hombres con armas, y enmascarados para
formarles una emboscada...
Además en todos los pueblos de la provincia se elegirán los correspondientes cazadores, los
cuales módicamente salariados, reunidos en partidas, y con el mismo traje de cazador, irán sin
parar nunca a la caza del enemigo como suelen ir a la de los conejos, osos y lobos.
Por cada señal que presenten de haber muerto uno, que lo será una oreja, un dedo etc., se
les dará una onza. Y si justifican que son de un oficial o jefe, dos.
No contentos con dichas especies de hostilidades, debemos de continuo discurrir y ejecutar
otras, por ejemplo: barrenos, minas, cortes, pozos de lodo, inundaciones, precipicios....”
ANÓNIMO, Un expatriado español, 1811.
30. BANDO DEL JEFE GUERRILLERO GASPAR JÁUREGUI, EL PASTOR.
“Pastores, no hay que dexallo que semos los mejores soldados para la guerra con los
gavachos. Los señores generales bien nos conocen, y saben que a los pastores nada les
espanta, y que estamos hechos a trabajos, porque el sol, la escarcha, la nieve y los andaluvios
caen sobre nosotros; dormimos al sereno, la cama siempre está hecha, jamás nos
desnudamos, el uniforme siempre el mesmo, nuestras armas son la fábrica de nuestras ovejas
porque de su lana hacemos las hondas, y nuestra munición se halla en todas partes... bien
saben los señores que también sabemos andar por los veriquetos y que hacemos la
agachadiza, y en un santiamén nos echamos a cuestas, y en otro santiamén fuimos a otra
parte; y que jamás de los jamases necesitamos de camino rial, porque sabemos los atajos.
Pues, y qué, ¿no saben que en ocasiones meneamos el garrote como el mejor espadachín?
Pues no han de venirnos con bayonetas, porque de ca trancazo echaremos al infierno quantos
franceses se pongan delante con todas sus manufaturas y herramientas.”
Cit. AYMES, R. La Guerra de la Independencia en España..1974.
31. LLAMAMIENTO DE LA JUNTA CENTRAL AL CLERO ESPAÑOL.
“¿Podrá sobrevivir la Religión a la ruina de la Patria gobernada por un ateo que permitía que
sus soldados profanaran los templos, violaran las sagradas vírgenes y sacrificaran los ministros
del altar?. Y, perdiéndose la religión, ¿podrán conservarse las virtudes morales que han sido
en nuestro país un dique contra la depravación del Siglo?...
Estas consideraciones y otras muchas han hecho creer a la Junta que sería muy oportuno
que se hiciera encargo especial a todos los curas párrocos...hicieran una pintura fiel al pueblo
de la dura suerte que le espera si no se defiende con vigor y para entusiasmarlos y conducirlos
al punto de armarse en masa cuando esta medida sea necesaria para salvar la Patria.”
A.H.N. Sec. Estado. Leg. 22.
32. PATRIÓTICO CATECISMO ESPAÑOL.
“¿Qué son los franceses?
Antiguos cristianos y herejes modernos
¿Quién los ha conducido a semejante esclavitud?
La falsa filosofía y la corrupción de las costumbres
¿Es pecado asesinar a un francés?
No padre.
¿Qué felicidad debemos esperar?
La que los tiranos no nos pueden dar
¿Cuáles son?
La seguridad en nuestros derechos, el libre uso de nuestro santo culto, el restablecimiento
monárquico con arreglo a las constituciones españolas...
Pero, ¿no las teníamos?
Sí padre; pero degradadas por la adulación de las autoridades que nos han gobernado.
¿Quién debe restablecerlas y asegurarlas?
La España reunida en Cortes, a quien sólo compete este derecho, tan luego tenga sacudido el
yugo extranjero.
¿Quién nos autoriza a esta grande empresa?
Fernando VII, que deseamos a nuestro corazón ver entrar entre nosotros por los siglos de los
siglos. Amén.”
Cit. DIAZ PLAJA, F. La Historia de España en sus documentos, 1954.
33. LAS CORTES DE CÁDIZ, SEGÚN JOVELLANOS. 1811.
“Por fin la nación española se va a juntar en Cortes. El real decreto que las anuncia... se lee
ya con entusiasmo en todas partes. A su voz, las juntas electorales se congregan en las villas y
en las capitales para nombrar diputados. Aun aquellos pueblos que están separados de
nosotros o por inmensos mares o por la cercana tiranía, concurrirán representados por
naturales suyos; y la voluntad de todos los padres de familia que habitan los vastos continentes
de una y otra España va a ser declarada en este augusto congreso, el más grande, el más
libre, el más expectable que pudo concebirse para fijar el destino de una nación tan ultrajada y
oprimida en su libertad, como magnánima y constante en el empeño de defenderla...Después
de haber sido el primero en proponer en la Suprema Junta Gubernativa la necesidad de
anunciar a la nación unas Cortes Generales... después de haber promovido con el más puro
celo los decretos que acordaron y fijaron su convocación... ¿qué me quedaba que desear, sino
el ver empezada esta gran obra?...Podía restablecer y mejorar nuestra constitución, violada y
destruida por el despotismo y el tiempo, reducir y perfeccionar nuestra embrollada legislación...
abrir y dirigir las fuentes de la instrucción nacional, mejorando la educación... protegiendo la
agricultura y la industria; desterrar tantos desórdenes, corregir tantos abusos y enjugar tantas
lágrimas como habían causado la arbitrariedad de los pasados gobiernos y el insolente
despotismo del último reinado.”
JOVELLANOS, G.M. Memoria en defensa de la Junta Central. 1811.
34. DIFICULTADES EN EL VIAJE A CÁDIZ DE LOS DIPUTADOS DE LEVANTE.
“...El 26 de julio salí de Játiva para Cartagena acompañado de tres familiares. Llegados a
Cartagena el día 30, se nos propuso embarcarnos en un místico de guerra que salía aquella
noche para Cádiz. Pero teniendo consideración a los corsarios, nos excusamos.
El día 31 visité al Capitán General pidiéndole buques seguros y contestó que no tenía para
ello orden ninguna...
(Declarada una epidemia de fiebre amarilla en Cartagena)...se resolvió pedir a la Junta de
Sanidad que nos diese pasaportes para Torrevieja, y así se hizo, saliendo todos nosotros con
nuestras familias y equipajes en la tarde del 11 de septiembre.
Hicimos este viaje en galeras y carros del campo. El día 12, de noche y lloviendo, llegamos a
Torrevieja y, al entrar nuestra comitiva, se alarmó aquella Junta de Sanidad y determinaron
ponernos en cuarentena y observación en el fuerte nuevo y en las casillas recién hechas a su
alrededor...
El 27 de septiembre se hizo la visita a nuestras personas en la línea del lazareto, y por la
tarde la ventilación y fumigación de los equipajes; de suerte que al anochecer estábamos ya
todos en comunicación con el pueblo y alojados en sus casas, donde permanecimos muy
obsequiados de toda la vecindad...
El día 6 de octubre se celebró una misa por la felicidad de nuestro viaje y de la causa
nacional y en la madrugada del día 8 partimos por mar al fondeadero del Lugar Nuevo donde
se hallaba el navío “Héroe” que nos trasladaría a Cádiz...”
LORENZO VILLANUEVA, J. Mi viaje a las Cortes. 1810.
35. CORTES DE CÁDIZ: DISCUSIÓN DE LA INVOCACIÓN PRELIMINAR.
“El Sr. Villanueva: A mí me parece que enseguida de las palabras: en el nombre de Dios
todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo, autor y supremo legislador de la sociedad, pido que
se añada: de nuestro Señor Jesucristo y de la Santísima Virgen María.
El obispo de Calahorra: Aquí se trata de una Constitución elemental para España; se trata de
una nación católica, la primera en el mundo, y como se ha de enseñar en las escuelas,
póngase: que Dios es el autor de todas las cosas, de todo lo visible y lo invisible y que nos
redimió y que creo todo lo que dice la Santa Iglesia católica, apostólica y romana...
El Sr. Espiga: Cuando V.M. encargó a la Comisión el proyecto de Constitución, creyó que no
le encargaban un catecismo de religión, y que la Constitución sólo debe contener las leyes
fundamentales... La majestad de una Constitución consiste en decir bajo pocas palabras todo
cuanto se puede desear...”
Cit. TIERNO GALVÁN, E. Actas de las Cortes de Cádiz. 1964.
36. ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812.
Don Fernando Séptimo, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Rey
de las Españas, y en su ausencia y cautividad la Regencia del reino, nombrada por las Cortes
generales y extraordinarias, a todos los que la presente vieren y entendieren , sabed: Que las
mismas Cortes han decretado y sancionado la siguiente Constitución...
“Art. 1. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.
Art. 2. La Nación española es libre e independiente, y no puede ser patrimonio de ninguna
familia ni persona.
Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la Nación...
Art. 4. La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil,
la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos...
Art. 6. El amor a la Patria es una de las principales obligaciones de todos los españoles, y
asimismo el ser justos y benéficos.
Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la Católica, Apostólica,
romana, única verdadera... y prohíbe el ejercicio de cualquier otra.
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en la Cortes con el Rey.
Art. 16. La potestad de ejecutar las leyes reside en el Rey.
Art. 17. La potestad de aplicar las leyes... reside en los tribunales...
Art. 27. Las Cortes son la reunión de todos los diputados que representan la Nación,
nombrados por los ciudadanos en la forma que se dirá.
Art. 172. Las restricciones a la autoridad del Rey son las siguientes: Primera: No puede el Rey
impedir bajo ningún pretexto la celebración de las Cortes...
Tercera: No puede el Rey engañar, ceder, renunciar o en cualquier manera traspasar a otra la
autoridad real ni alguna de sus prerrogativas.
Art. 371.- Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas
políticas...”
37. VALORACIÓN DE LAS CORTES DE CÁDIZ. 1812.
“Los que han pretendido que aquellas Cortes trajeron a España la Revolución, han
confundido malamente la causa con el efecto: las Cortes no trajeron la revolución, la revolución
las trajo a ellas... En revolución se estaba cuando el proceso del El Escorial, en revolución
cuando las renuncias de Bayona, en revolución al reunirse en Cortes en la isla gaditana.
Tenían las Cortes que fundar un gobierno, que levantar ejércitos, que allegar recursos, que
mantener unidas las fuerzas de la nación, para hacer frente a un adversario tan prepotente, al
mismo tiempo que dedicaban sus atención y desvelos a la reforma política que se les había
encomendado...
De una parte se aprestaban a la defensa de los patrones del Antiguo Régimen, bajo cuya
capa se calificaban no pocos intereses y abusos, mientras que por la otra acometía el espíritu
reformador, intolerante a la par que impaciente... la España antigua y la España moderna.”
MARTINEZ DE LA ROSA, F. Espíritu del siglo. 1851.
38. DECRETO DE SUPRESIÓN DE LOS SEÑORÍOS JURISDICCIONALES.
“(...)
7.- Deseando Las cortes Generales y Extraordinarias remover los obstáculos que hayan podido
oponerse al buen régimen, aumento de la población y prosperidad de la Monarquía Española,
decretan:
I.- Desde ahora quedan incorporados a la Nación todos los señoríos jurisdiccionales de
cualquier clase y condición que sean.
(...).
III.- Quedan abolidos los dictados de vasallo y vasallaje, y las prestaciones así reales como
personales, a excepción de las que procedan de contrato libre en uso del sagrado derecho de
propiedad.
(...).
VII.- Quedan abolidos los privilegios que tengan origen de señorío, como son los de caza,
pesca, hornos, molinos, aguas, montes y demás, quedando al libre uso de los pueblos.
(...).
En adelante nadie podrá llamarse señor de vasallos, ejercer jurisdicción, nombrar jueces, ni
usar los privilegios y derechos comprendidos en este decreto.
Dado en Cádiz, a 6 de agosto de 1811.”
39. PROCLAMA DE UN LABRADOR. 1814.
“Labradores Conciudadanos míos: si al principio de nuestra insurrección dijimos no
queremos ser franceses, también dijimos no queremos ser esclavos. Si impelimos a nuestros
hermanos a tomar las armas fue para redimir a nuestra cara Patria... Por fin la hemos
encontrado, pobre y desnuda y al recibirnos nos ha cubierto con el sagrado manto del
ciudadanato.
Sí, Labradores, somos ya Ciudadanos; y mal que pese a todo Anti-Constitucional, sea
Grande, Conde, Obispo o Fraile. Los señores nos obligaban a moler el trigo en su molino, a
cocer el pan en su horno... Ahora todos esos abusos están abolidos; todos somos iguales
delante de la ley. Nuestros hijos que no podían ser nada porque no eran nobles, estaban
condenados a la oscuridad; ahora por sus virtudes y luces pueden obtener todos lo empleos de
la patria...
Ciudadanos, los que odian la Constitución son los que quieren mantener el patíbulo
señorial... El Congreso abolió el feudalismo, os hizo libres; pero mientras miréis con
indiferencia delante de vuestras puertas las horcas que os ha plantificado el Señor, no sois
dignos de la sagrada investidura de Ciudadano español.”
Cit. IRIS M. ZAVALA, Masones, Comuneros y Carbonarios, 1971.
40. MESONERO ROMANOS RELATA EL GOLPE DE ESTADO. 1814.
“Al aparecer en la Gaceta este Real Decreto, la población de Madrid quedó suspensa y
vacilante... Faltábala conocer aún la segunda parte del “programa” elaborado por los pérfidos
consejeros de Fernando; y esta segunda parte era el movimiento o manifestación “popular”
preparada con dos o tres centenares de personas, de la ínfima plebe, reclutadas al efecto en
las tabernas y mataderos, para salir a las calles atacando a todas las personas que les
cuadrase señalar con los epítetos de “flamasones, herejes y judíos”, al compás de los
correspondientes gritos de ¡Viva la Religión! ¡Abajo las Cortes! ¡Viva Fernando VII! ¡Viva la
Inquisición!, etc. Con tales disposiciones la turba hostil y desenfrenada corrió a la Plaza
Mayor... y arrancando la lápida de la Constitución.... la arrastraron por todo Madrid, y muy
especialmente por delante de las cárceles en donde estaban presos los liberales, redoblando
allí los insultos, amenazas y tentativas más hostiles...”
MESONERO ROMANOS, R. Memorias de un setentón…
41. MANIFIESTO DE LOS PERSAS. 1814.
“Era costumbre en los antiguos persas pasar cinco días en anarquía después del
fallecimiento de su rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias
les obligase a ser más fieles a su sucesor. Para serlo España a V.M. no necesitaba igual
ensayo en los seis años de su cautividad...
La nobleza siempre aspira a distinciones; el pueblo siempre intenta igualdades; se proponían
algunos borrar del todo nuestras leyes, impelidos de un espíritu de imitación de la Revolución
francesa... Querían otros excluir el nombre y representación de los tres brazos, reduciéndolos a
una sola y general representación popular...
La monarquía absoluta es una obra de la razón y de la inteligencia; está subordinada a la ley
divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado; fue establecida por derecho de
conquista o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron a sus reyes... Ha
sido necesario que el poder soberano fuese absoluto, para prescribir a los súbditos todo lo que
mira el interés común. Póngase al lado de esta definición la antigua constitución española y
medítese la injusticia que se le hace.
Es arriesgado que todo dependa de uno solo, y es más infelicidad por razón opuesta, que
todo dependa de muchos...
Que a este fin se proceda a celebrar Cortes con la solemnidad y en la forma en que se
celebraron las antiguas... No pudiendo dejar de cerrar este respetuoso manifiesto con que se
estime siempre sin valor esa Constitución de Cádiz y por no aprobada por V.M.
Madrid, 12 de abril de 1814.”
Cit. FERRER, TEJADA y ACEDO, Historia del tradicionalismo español.
42. TRATADO SECRETO DE VERONA. 1822.
“Los infrascritos Plenipotenciarios autorizados especialmente por sus Soberanos para hacer
algunas adiciones al tratado de la Santa Alianza... han convenido en los artículos siguientes:
Art. 1. Las Altas Partes Contratantes plenamente convencidas de que el gobierno
representativo es tan incompatible con el principio monárquico como la máxima de que la
Soberanía del Pueblo es opuesta al principio de derecho divino, se obligan del modo más
solemne a emplear todos sus medios y unir todos sus esfuerzos para destruir el sistema del
gobierno representativo de cualquier Estado de Europa donde exista, y para evitar que se
introduzca en los Estados donde no se conoce.
Art. 4. Como la situación actual de España y Portugal reúne por desgracia todas las
circunstancias a que hace referencia este tratado, las Altas Partes Contratantes, confiando a la
Francia el cargo de destruirlas, le aseguran auxiliarle del modo que menos puede
comprometerles con sus pueblos, y con el pueblo francés por medio de un subsidio de 20
millones de francos anuales... y por todo el tiempo de la guerra.
Art. 5. Para restablecer en la Península el estado de cosas que existía antes de la
revolución de Cádiz... las Altas Partes Contratantes se obligan mutuamente... para que se
establezca la más perfecta armonía entre las cuatro Potencias Contratantes...
Verona, 22 de noviembre de 1822.”
43. ORÍGENES DEL CARLISMO. 1826.
“Sólo cuando solía estallar algún chispazo revolucionario (lo cual sucedía muy
frecuentemente) era cuando Fernando recobraba su energía, logrando ahogar en sangre
aquellos movimientos; pero luego echó de ver que no eran sólo los liberales a quienes debía
temer, sino que más cerca de sí tenía otros elementos valiosos de insurrección y rebeldía y
contra ellos hubo de convertir toda su atención y desvelo.
El bando apostólico, compuesto de los más fanático del partido absolutista, poco satisfecho
aún con el despotismo de Fernando, le pretendía dominar con su influencia exclusiva; y por
medio de osadas exposiciones de comunidades, prelados y cabildos, le imponía aún mayor
rigor e intolerancia, exigíale el restablecimiento de la Inquisición... el cierre de las
Universidades, la supresión de las imprentas y, en fin, todo lo que significa una gráfica
expresión estampada en cierta exposición de la Universidad de Cervera, que decía
textualmente: “lejos de nosotros la peligrosa novedad de discurrir”. Y no contento el partido
furibundo con estas absurdas manifestaciones, se lanzó resueltamente a la rebelión,
proclamando en solemnes manifiestos la abdicación del Rey y el advenimiento al trono del
infante don Carlos, en quien tenían cifradas sus esperanzas.”
MESONERO, R. Memorias de un setentón.
44. EL PENSAMIENTO DE SIMÓN BOLIVAR. 1815.
“Un continente separado de España por mares inmensos, más poblado y rico que ella y
reducido durante tres siglos a una dependencia degradante, tiránica, se entera en el año 1810
de la disolución del gobierno de España después de haber sido ocupado su territorio por los
ejércitos franceses. Se pone en guardia para evitar esa misma suerte y escapar de la anarquía
y del desorden que la amenazan...Persuadida que España había sido completamente
sojuzgada, como se creía entonces en toda América, Venezuela tomó esta iniciativa, que podía
haber adoptado mucho antes siguiendo el ejemplo autorizado de las provincias españolas, a
las que se declaró igual en derechos y en representación política...El lazo que la unía a España
está cortado... Más grande es el odio que nos inspira la Península que el mar que nos separa
de ella... El hábito de la obediencia, un comercio de intereses, de luces, de religión... en fin,
todo lo que formaba nuestra esperanza nos venía de España... Actualmente sucede todo lo
contrario. Todo lo sufrimos de esa desnaturalizada madrastra...
Somos un pequeño género humano, poseemos un mundo aparte, cercado por dilatados
mares, nuevo en casi todas las artes y ciencias, aunque, en cierto modo, viejo en los usos de la
sociedad civil... No somos indios ni europeos, sino una especie media entre los legítimos
propietarios del país y los usurpadores españoles; en suma, siendo nosotros americanos por
nacimiento y nuestros derechos los de Europa, tenemos que disputar éstos a los del país y
mantenernos en él contra la invasión de los invasores.”
BOLIVAR, S. Páginas escogidas y Carta de Jamaica. 1815.
45. LA DESAMORTIZACIÓN ECLESIÁSTICA DE MENDIZÁBAL.
“Señora: vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad de la nación no es tan
solo cumplir una promesa solemne y dar una garantía positiva a la deuda nacional por medio
de una amortización exactamente igual al producto de las rentas; es abrir una fuente
abundantísima de felicidad pública, vivificar una riqueza muerta, desostruir los canales de la
industria y de la circulación, apegar al país por el amor natural y vehemente a todo lo propio,
ensanchar la patria, crear nuevos y firmes vínculos que liguen a ella, es, en fin, identificar con
el trono excelso de Isabel II, símbolo del orden y de la libertad.
No es, Señora, ni una fría especulación mercantil, ni una mera operación de crédito; es un
elemento de animación de vida y de ventura para España. Es, si puedo explicarme así, el
complemento de su resurrección política... Se funda en la alta idea de crear una copiosa familia
de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoye principalmente en el triunfo completo
de nuestras actuales instituciones...
En el Pardo, a 19 de febrero de 1836.”
46. LA DESAMORTIZACIÓN: EL PROYECTO DE FLOREZ ESTRADA.
“... Con el plan de venta, todas las clases de la sociedad quedan altamente perjudicadas;
sólo ganan los especuladores, habituados a enriquecerse escandalosamente en pocos días,
sin más trabajo que el de especular sobre la ignorancia y miseria de los pueblos, sobre la
injusticia y desfachatez de los gobernantes.
En cambio, con el sistema enfitéutico todas las familias de la clase proletaria serían dueñas
del dominio útil de las tierras que cultivasen y, por consiguiente, interesadas en sostener las
reformas y el trono de Isabel, pues en ellas verían cifrado su bienestar.
Por el contrario, el sistema de vender las fincas hará la suerte de esta numerosa clase más
desgraciada de lo que es aún en la actualidad y, por consiguiente, les hará odiosa toda reforma
y el orden existente de cosas.
Los arriendos de bienes pertenecientes a conventos... eran generalmente los más
equitativos por el hecho mismo del mucho tiempo que había transcurrido desde su
otorgamiento; Los nuevos compradores han subido la renta y esta subida hará que los pueblos
detesten las nuevas reformas...
La enfiteusis es un sistema que, creando a favor de colono una casi propiedad, forma una
clase de individuos tan industriosos y tan ricos como si fuesen propietarios. Este solo sistema
es el que, inspirando al labrador una completa confianza, le estimula a cultivar la tierra ajena
como si fuera propia...”
Cit. TUÑÓN DE LARA, M. El movimiento obrero en la Historia de España. 1972.
47. EL COMERCIO MADRILEÑO A MEDIADOS DEL SIGLO XIX.
“... Desde 1845 para acá, sufrió el comercio de Santa Cruz la transformación impuesta por
los tiempos...
En la caja habían entrado ya los primeros billetes del Banco de San Fernando, que sólo se
usaban para el pago de letras, pues el público los miraba aún con malos ojos, y con los
doblones u ochentines, las pesetas catalanas, los duros españoles, los de veintiuno y cuartillo,
las onzas, las pesetas columnarias y las monedas macuquinas, se armaban un belén
espantoso.
Para que el progreso pusiera su mano en la obra de aquel hombre (su comercio), fue preciso
que todo Madrid se transformase, que la desamortización edificara una ciudad nueva sobre los
escombros de los conventos... que las reformas arancelarias del 49 y del 68 pusieran patas
arriba todo el comercio madrileño; que el gran ingeniero Salamanca idease los primeros
ferrocarriles, que Madrid se colocase por arte del vapor a cuarenta horas de París, y por fin,
que hubiera muchas guerras, revoluciones y grandes trastornos en la riqueza individual...”
PÉREZ GALDÓS, B. Fortunata y Jacinta. 1886.
48. EL MADRID DE 1843.
“Al rayar el día empieza lentamente el movimiento de este pueblo numeroso. Se abren sus
puertas para dar entrada a infinidad de aldeanos que conducen las producciones de sus
lugares... Los tahoneros, montados en sus caballos con enormes serones, reparten el pan por
las tiendas; los ligeros valencianos... pregonando sus refrescos; las tiendas se llenan de mozos
y criados que concurren a beber; las iglesias, de ancianos piadosos; y los talleres de los
artesanos de multitud de obreros que van alegres a sus trabajos respectivos.
Suenan las nueve. Las jóvenes elegantes que habían salido a misa, vuelven lentamente a
sus casas, por supuesto “acompañadas “casualmente. A las diez los coches de los magnates,
de los funcionarios públicos, seguidos a la carrera por la turba de pretendientes corren hacia
los ministerios. Los estudios de los abogados quedan abiertos a la multitud de litigantes. La
Puerta del Sol empieza a ser el centro del movimiento del público... los músicos esperan avisos
de boda, los ciegos pregonan sus hojas volantes y las vendedoras de naranjas hacen conocer
sus excelentes pulmones.
La una. ¡Hora preciosa!, los pretendientes la esperan con ansia para saber el resultado de
sus solicitudes; el especulador para acudir a la Bolsa, la encantadora belleza para recibir la
visita de su apasionado; el hombre del pueblo para sentarse a su sencilla mesa.
La población permanece en reposo; la siesta en los pocos meses de verano se prolonga más
de una hora. Pero a las cinco vuelve la animación. Los paseos empiezan a poblarse de
gentes... los toros, las meriendas...en el Prado luce la sociedad elegante, hasta que la noche
se acerca.
Y mientras unos se retiran, otros pueblan los cafés y los billares. La mayor parte vuelve a
sus casas, pero otra parte prolonga la vida, arruinándose en juegos reprobados; sus coches
hacen retemblar las pacíficas calles hasta que a las dos de la mañana se oye la voz del
vigilante “sereno”...Los cantos de las aves precursoras del día suceden a aquel silencio, y el
cuadro anterior vuelve a comenzar...”
MESONERO ROMANOS, R. Manual de Madrid. 1843.
49. LA PARTICIPACIÓN DEL EJÉRCITO EN LA POLÍTICA. LOS ESPADONES.
“El partido progresista en 1840, sintiéndose débil , buscó un apoyo, identificó su suerte con
la de un soldado: error fatal, casi siempre sin remedio. La fuerza vive de la fuerza y en llegando
a este punto, no suele haber otro recurso que abrazarse con el ídolo para vivir o morir con él.
Espartero era, sin duda, de escasa comprensión política; pero aun así y todo, era una
necesidad para el partido que le había decretado ovaciones y encumbrado a la regencia...
Mucho se habla en estos últimos tiempos de destruir la preponderancia militar para fortalecer
el poder civil; parécenos que mas bien debiera pensarse en robustecer el poder civil para
destruir la preponderancia militar: no creemos que el poder civil sea flaco porque el militar sea
fuerte; sino, por el contrario, el poder militar es fuerte porque el civil es flaco...”
BALMES, J. Escritos políticos, 1847.
50. EL RECLUTAMIENTO DEL EJÉRCITO POR EL SISTEMA DE QUINTAS.
“La Constitución ordena que cada uno contribuya al mantenimiento del Estado según sus
haberes; y contra este principio constitucional se han dictado las leyes de quintas. Las quintas
sacadas por sorteo son una contribución de sangre en que el pobre contribuye con todo su
haber, mientras que el rico se libra por un puñado de dinero... los legisladores no creen posible
hallar soldados voluntarios, cuando jamás han faltado brazos ni para este arte ni para ningún
otro de los penosos y difíciles de la sociedad...
¿Cómo, pues, dudar de que falten peones voluntarios para el arte de la guerra? En la de la
Independencia, en la del 23 y en la del 34 al 40, de sobra han estado los voluntarios en ambos
campos. Los mismos sustitutos de los que habla la ley, son voluntarios que los hay en todos los
pueblos y provincias...
Los legisladores, por un espíritu irreflexivo y rutinario, adoptan la antieconómica y
anticonstitucional ley que tratamos. Los cortos alcances no les permiten dar el paso de abolir
las quintas por sorteo y por sustitución, que es la medida más justa, más fácil, más necesaria y
que con más urgencia reclama la ciencia del gobierno interesada en la paz de las familias, y en
que no se perturben las profesiones, oficios e industrias útiles, como ahora sucede haciendo
variar anualmente a 25.000 jóvenes su carrera, sus inclinaciones, su trabajo y todas sus
costumbres, que no pueden recobrar cuando después de ocho años los vuelven a los primitivos
hábitos.
Sospechan algunos de la oposición que si el ejército se formara de voluntarios, sería una
institución tiránica, siempre adicta al gobierno y, por consiguiente, siempre opuesta a
pronunciamientos en sentido liberal...
Pero mientras que lleguemos a la época de tener poco ejército o de no tener ninguno ¿será
justo que sigamos con las odiosas quintas, tan antieconómicas como inconstitucionales?...”
BONA y URETA, J. Clave de los economistas en el poder y en la oposición.
51. MANIFIESTO DE ABRANTES. 1833.
“No ambiciono el trono; estoy lejos de codiciar bienes caducos; pero la religión, la
observancia y cumplimiento de la ley fundamental de sucesión y la singular obligación de
defender los derechos imprescriptibles de mis hijos... me esfuerzan a sostener y defender la
corona de España del violento despojo que de ella me ha causado una sanción tan ilegal como
destructora de la ley que legítimamente y sin alteración debe ser perpetuada.
Desde el fatal instante en que murió mi caro hermano (que santa gloria haya), creí se
habrían dictado en mi defensa las providencias oportunas para mi reconocimiento; y si hasta
aquel momento habría sido traidor el que lo hubiese intentado, ahora será el que no jure mis
banderas, a los cuales, especialmente a los generales, gobernadores y demás autoridades
civiles y militares, haré los debidos cargos, cuando la misericordia de Dios me lleve al seno de
mi amada Patria, a la cabeza de los que me sean fieles. Encargo encarecidamente la unión, la
paz y la perfecta caridad. No padezco yo el sentimiento de que los católicos españoles que me
aman, maten, injurien, roben ni cometan el más mínimo exceso...
Abrantes, 1 de octubre de 1833. Carlos María Isidro de Borbón.”
52. CRÍTICA DEL CARLISMO. 1856.
“Reúnense en sus antros como lobos hambrientos: ocultan su carácter de forajidos debajo
de la escarapela de carlistas; envuelven la garra, la tea y el trabuco en un trapo donde escriben
¡Viva la Religión y el Rey!; burlan la vigilancia de la policía francesa, que tal vez finge dormir
para librarse de esta lepra... y derramándose por los terrenos fronterizos como una manada de
fieras, aquí roban, allí incendian, más allá asesinan o cogen a las personas acaudaladas y se
las llevan a impenetrables cuevas y allí les exigen fuertes sumas por rescate. Trabajando todo
el día, a la inclemencia, o en los malsanos recintos de una fábrica, ganan poco, no tienen
bastante para el sostén de una familia, cuanto menos para alimentar sus vicios; al paso que,
mientras hacen la guerra, comen carne, beben vino y licores, juegan, abusan de las mujeres,
campan en fin por sus respetos con una independencia feudal, que tiene para ellos los más
seductores atractivos... Por eso los Pirineos están siempre llenos de estas bandas seudo
carlistas, llamadas unas veces trabucaires, otras matinés, otras patuleia, siendo
constantemente lo mismo, vagos de por vida, criminales endurecidos que se disfrazan con el
carácter político de carlistas, para encontrar apoyo en su partido, tanto en España como en
Francia.”
MATA, P. El idiota o los trabucaires del Pirineo. 1856.
53. LA CONTROVERTIDA FIGURA DE ESPARTERO.
“... Espartero es uno de esos hombres tradicionales que el pueblo acostumbra cargarse a las
espaladas y son luego muy difíciles de descabalgar...Los méritos militares de Espartero son tan
discutidos como indiscutible es su cortedad política... Conocido como jefe del Ayacuchismo, es
un héroe verdaderamente extraordinario, cuyo bautizo histórico data de una derrota, en vez de
datar de un triunfo... Espartero es conocido como el hombre que manda bombardear ciudades.
Durante sus tres años de dictadura había llegado a perder su autoridad hasta el punto de
que su propio embajador en París conspiraba contra él con Cristina y Narváez...
Espartero huye luego de ciudad en ciudad, abandonado a cada paso de su retirada por parte
de sus tropas. Al embarcarse en Cádiz esta ciudad le deseó feliz viaje pronunciándose también
contra él...Fue cayendo de la idolatría al entusiasmo, del entusiasmo a la lealtad, de la lealtad
al respeto, del respeto a la indiferencia, de la indiferencia al desprecio, del desprecio a la
indignación y de la indignación al mar.
¿Cómo, pues, puede haberse convertido de nuevo en el Salvador de la Patria?”
Cit. MARX y ENGELS, Revolución en España, 1973.
54. LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN LA ESPAÑA ISABELINA.
“... El partido que en España ha figurado a la cabeza de la revolución es el llamado
progresista. Encontramos su cuna en la escuela del siglo XVIII...
En España han sido necesarias tres revoluciones: la de 1812, de 1820 y 1834. A la tercera
ha triunfado, pero mintiéndose en cierto modo a sí misma, escudándose en el trono,
aprovechándose de una guerra de sucesión, e identificando su causa con una dinastía.
Sintiéndose débil, identificó su suerte con la de un soldado: error fatal. La fuerza vive de la
fuerza, y muere a manos de la fuerza, y no suele haber otro recurso que abrazarse con el ídolo
para vivir o morir con él. Espartero era sin duda de escasa comprensión política; pero aun así y
todo era una necesidad para el partido. Los progresistas dijeron para sí: nosotros somos el
pedestal del coloso; retirémonos y el coloso caerá y se hará pedazos. Pero no advirtieron que
esos pedazos los aplastarían a ellos. En el partido moderado distinguimos entre unos cuantos
que se apropian de este nombre y un considerable número de ciudadanos, respetables por
muchos títulos, que habiéndose adherido sinceramente al trono de Isabel II y deseado reformas
no quieren que el trono sirva de bandera a la injusticia ni a pasiones e intereses que nada
tienen que ver con la cuestión dinástica, ni con el esplendor de la corona, ni con la felicidad de
la nación. El carácter de este partido ha sido el deseo de lograr un fin, pero falta de audacia
para emplear los medios. Él se encargó de abrir las puertas de la revolución, y él se encarga de
legalizarla...”
BALMES, J. Escritos políticos, 1847
55. ALGUNOS ARTÍCULOS DEL ESTATUTO REAL. 1834.
“Art. 1. ...Su majestad la Reina Gobernadora, en nombre de su excelsa hija doña Isabel II, ha
resuelto convocar las Cortes generales del Reino.
Art. 2. Las Cortes se compondrán de dos Estamentos: el de Próceres del Reino y el de
Procuradores del Reino.
Art. 3. El Estamento de Próceres del Reino se compondrá: 1. De muy reverendos arzobispos y
reverendos obispos. 2. De Grandes de España. 3. De Títulos de Castilla. 4. De Secretarios del
Despacho. Consejeros de Estado, Embajadores, Generales de mar o de tierra...5. De los
propietarios territoriales o dueños de fábricas... que reúnan a su mérito personal y a sus
circunstancias relevantes, el poseer una renta anual de sesenta mil reales...
Art. 14. Para ser Procurador del reino se requiere... estar en posesión de una renta propia
anual de doce mil reales.
Art. 24. Al Rey toca exclusivamente convocar, suspender y disolver las Cortes.
Art. 31. Las Cortes no podrán deliberar sobre ningún asunto que no se haya sometido
expresamente a su examen en virtud de un Decreto Real.”
56. ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1837.
“Art. 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa
censura, con sujeción a las leyes...
Art. 5. Todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos según su mérito y
capacidad.
Art. 6. Todo español está obligado a defender la patria con las armas cuando sea llamado por
la ley y a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.
Art. 7. No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada
su casa, sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.
Art. 11. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la Religión Católica que
profesan los españoles.
Art. 12. La potestad de hacer las leyes reside en la Cortes con el Rey.
Art. 13. Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores iguales en facultades; El
Senado y el Congreso de Diputados.
Art. 45. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey.
Art. 70. Para el gobierno interior de los pueblos habrá Ayuntamientos, nombrados por los
vecinos a quienes la ley concede este derecho.”
57. ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1845.
“Doña Isabel II, por la gracia de Dios y de la Constitución de la Monarquía española... hemos
venido, en unión y de acuerdo con las Cortes actualmente reunidas … modificando al efecto la
Constitución promulgada en 18 de junio de 1837… en decretar y sancionar la siguiente
Constitución...
Título I. De los españoles
[…]
Artículo 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa
censura, con sujeción a las leyes
Art. 11. La Religión de la Nación española es la católica, apostólica y romana. El Estado se
obliga a mantener el culto y sus ministros.
Art. 12. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey
Art. 14. El número de senadores es ilimitado: su nombramiento pertenece al Rey.
Art. 15. Sólo podrán ser nombrados senadores los españoles que, además de tener treinta
años cumplidos, pertenezcan a las clases siguientes: ...Ministros, Consejeros, Arzobispos,
Obispos, Grandes de España, Capitanes generales del Ejército... Los comprendidos en las
categorías anteriores deberán además disfrutar de 30.000 reales de renta...
Art. 22. Para ser Diputado se requiere ser español, del estado seglar, haber cumplido
veinticinco años, disfrutar la renta procedente de bienes raíces, o pagar por contribuciones
directas la cantidad que la ley electoral exija...
Art. 43. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey.”
58. CRISIS FINAL DEL REINADO DE ISABEL II: CARTA DE MADOZ A PRIM.
“...La situación del país, mala, malísima. El crédito a tierra. La riqueza rústica y urbana,
menguando prodigiosamente. Los negocios, perdidos, y no sé quien se salvará de este
conflicto.
Yo hago prodigios por salvar “La Peninsular”, pero te aseguro, querido Juan, que ni como ni
duermo.
Nadie paga porque nadie tiene para pagar. Si vendes, nadie compra, ni aun cuando des la
cosa por el cincuenta por ciento de su coste.
La España ha llegado a una decadencia grande, y yo, como buen español, desearía que
hubiese medios hábiles de levantar el prestigio y dignidad de este pueblo, que merece mejor
suerte.
No habiendo grande abnegación, grande desinterés, grande patriotismo en todos los
progresistas y demócratas, podemos decir que hemos contribuido todos al aniquilamiento de
España.”
MADOZ, P. Carta a D. Juan Prim, 12 de enero de 1867.
59. PACTO DE BRUSELAS.
“... después de una breve discusión se acordó por unanimidad lo siguiente:
1º.- que el objeto y bandera de la revolución en España es la caída de los Borbones.
2º.- que siendo para los demócratas un principio esencial el sufragio universal y admitiendo los
progresistas el derecho del plebiscito, la base de la inteligencia de los dos partidos fuera que
por un plebiscito, o por unas Cortes Constituyentes elegidas por el sufragio universal, se
decidiría la forma de gobierno que se había de establecer en España, y hasta que así se
decidiese había de ser absoluta la libertad de imprenta y sin ninguna limitación el derecho de
reunión, para que la opinión nacional pudiese ilustrase y organizarse convenientemente; sin
que el gobierno provisional, que saliera de la revolución, pudiera influir como tal en la
resolución de la cuestión fundamental; sin perjuicio de que las personas que lo compusieran
pudieran sostener privada y públicamente sus opiniones individuales.
3. Que se reconocía como jefe y director militar del movimiento al general Prim.”
60. PROCLAMA DE LOS SUBLEVADOS EN CÁDIZ: 19 de septiembre de 1868.
“Españoles:
La ciudad de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, con la armada anclada en el
puerto... declara solemnemente que niega su obediencia al gobierno que reside en Madrid,
segura de que es leal interprete de todos los ciudadanos que no hayan perdido el sentimiento
de la dignidad, y resuelta a no deponer las armas hasta que la Nación recobre su soberanía,
manifieste su voluntad y se cumpla.
Hollada la ley fundamental, corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno, muerto el
municipio, pasto de la administración y la hacienda de la inmoralidad, tiranizada la enseñanza,
muda la prensa...
Queremos una legalidad común, por todos creada; queremos vivir la vida de la honra y la
libertad.
Queremos que un gobierno provisional, que represente todas las fuerzas vivas del país,
asegure el orden, en tanto que el sufragio universal echa los cimientos de nuestra regeneración
social y política.
Contamos con el concurso de todos los liberales, con el apoyo de las clases acomodadas,
que no querrán que el fruto de sus sudores siga enriqueciendo la interminable serie de
favoritos; con los amantes del orden, con los ardientes partidarios de las libertades individuales,
con el apoyo de los ministros de altar, con el pueblo todo y con aprobación, en fin, de la Europa
entera...
Españoles: acudid todos a las armas, único medio de economizar la efusión de sangre. Sed,
como siempre, valientes y generosos. La única esperanza de nuestros enemigos consiste ya
en los excesos a que desean vernos entregados...
¡Viva España con honra!
Cádiz, 19 de septiembre de 1868.
Duque de la Torre.- Juan Prim.- Domingo Dulce.- Francisco Serrano.- Ramón Nonvilas.- Rafael
Primo de Rivera.- Antonio Caballero de Rodas.- Juan Topete.”
61. MANIFIESTO DE LA JUNTA DE MADRID: 29 de septiembre de 1868.
“Madrileños: Constituida en nombre del pueblo la junta provincial del Gobierno, su primer
deber es dirigiros la palabra.
La dinastía de los Borbones ha concluido.
El fanatismo y la licencia fueron el signo de su vida privada. La ingratitud y la crueldad han
sido el premio otorgado a los que en 1808 defendieron la nación y el trono, y a los que en 1833
salvaron a la hija de Fernando VII. Sufra la ley de la expiación; y el pueblo, que tan generoso
fue con el padre y con la hija, recobra hoy su soberanía que no puede ser patrimonio de
ninguna familia ni persona, como proclamaron las inmortales Cortes de 1812...
Unas Cortes Constituyentes, elegidas por el sufragio universal, decidirán sobre los destinos
de la patria.
No empañemos la alegría del triunfo con ningún desorden que llenaría de júbilo a los
enemigos de la libertad. Que todos los vecinos se organicen por distritos y vigilen por que nada
manche nuestra gloriosa revolución.
¡Viva la Soberanía Nacional! ¡Viva la Marina! ¡Viva el Ejército! ¡Vivan los generales que han
conducido a la victoria! ¡Abajo los Borbones! ¡Viva el pueblo soberano!”
62. FRUSTRACIÓN REVOLUCIONARIA: MANIFESTACIÓN EN TORREVIEJA EN CONTRA
DE LAS QUINTAS Y MATRÍCULAS DE MAR.
“Los infraescritos, padres y madres de familia, jóvenes y vecinos de la villa de Torrevieja, en
la provincia de Alicante, a las Cortes Soberanas, con el más profundo respeto y acatamiento,
dicen: que el primer grito que lanzaron, al levantarse en 1868 contra el gobierno de González
Bravo, fue el de: ¡abajo los Borbones, las quintas y matrículas de mar!
Nuestros pechos palpitaron de alegría, al saber después que toda España expresó en
aquellos azarosos momentos la misma aspiración, el mismo deseo, prueba concluyente de la
odiosidad que a todos inspira la horrible contribución de sangre.
Torrevieja sufre dos odiosidades, dos tiranías: la quinta y la matrícula de mar. El ejército nos
pide veinte hombres; la marina, cuarenta; de suerte que un pueblo de unos 1.500 vecinos da
todos los años 60 y más hombres a la nación.
¡Qué mucho que haya tantas familias abandonadas a la miseria! ¡Qué mucho que la marina
mercante se resienta de la falta de brazos jóvenes que la tripulen, y el comercio y la industria
se paralicen, y decaiga la vida de este pueblo!
No más se oiga en España el número que marque al hombre con el sello del esclavo; no
más lamentos del quinto, al lado de los transportes de alegría del libre, ni familias abandonadas
por seguir el turno de campaña.
Sea marinero o industrial toda su vida el que quiera serlo; sea soldado o marino convocado,
aquél que de la milicia de mar y tierra haga una industria o un negocio.
Estas son nuestras aspiraciones en estos momentos en que, dejando a un lado las rencillas
de partido, nos agrupamos todos para recorrer las calles de la población pacífica y
ordenadamente, y, usando de los sagrados derechos que las Cortes nos han otorgado,
pedimos la abolición de la quintas y matrículas de mar.
Escrito enviado por el pueblo de Torrevieja a las Cortes el 16 de marzo de 1870.”
Cit. RAMOS, V. Crónica de la Provincia de Alicante. 1979.
63. ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1869.
“La Nación española y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio
universal... decretan y sancionan la siguiente Constitución.
Art. 17. Tampoco podrá ser privado ningún español:
Del derecho de emitir libremente sus ideas...
Del derecho a reunirse pacíficamente.
Del derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana...
Art. 21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. El
ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda garantizado...
Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la Nación, de la cual emanan todos los poderes.
Art. 33. La forma de Gobierno de la Nación española es la Monarquía.
Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga las
leyes.
Art. 93. Se establecerá el juicio por jurados...
Art. 108. Las Cortes Constituyentes reformarán el sistema actual del gobierno de las provincias
de Ultramar, cuando hayan tomado asiento los diputados de Cuba y Puerto
Rico…”
64. AMADEO DE SABOYA, SEGÚN PI Y MARGALL.
“Amadeo de Saboya era de corto entendimiento. Desconocía de España la historia, la
lengua, las instituciones, las costumbres, los partidos, los hombres; y no podía por sus talentos
suplir tan grave falta. Era de no muy firme carácter. No tenía grandes vicios, pero tampoco
grandes virtudes. Una cualidad buena manifestó: dijo desde un principio que no se impondría a
la nación por la fuerza, y lo cumplió, prefiriendo perder la corona a quebrantar su juramento.
No eran dotes estas para regir a un pueblo tan agitado como el nuestro. El día de su
elección había tenido Amadeo en pro sólo 191 votos; en contra 120. No le querían ni los
republicanos ni los carlistas, que eran los dos grandes partidos de España, ni los antiguos
conservadores que estaban por don Alfonso. Recibíanle de mal grado los unionistas, que
habían puesto en el duque de Montpensier su esperanza, y algunos progresistas, que
deseaban ceñir la diadema de los reyes en las sienes de Espartero. No le acogía con
entusiasmo nadie…”
PI Y MARAGALL, F. Opúsculos. Amadeo de Saboya. 1873.
65. AMADEO I RENUNCIA A LA CORONA DE ESPAÑA.
“Al Congreso:
Grande fue la honra que merecí a la nación española eligiéndome para ocupar su trono.
Dos años largos ha que ciño de Corona de España y la España vive en constante lucha. Si
fuesen extranjeros los enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados, tan
valientes como sufridos, sería el primero en combatirlos; pero todos los que con la espada, con
la pluma, con la palabra, agravan y perpetúan los males de la Nación son españoles; todos
invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por su bien...
Entre tantas y tan opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible atinar cuál
es la verdadera, y más imposible todavía hallar el remedio para tamaños males.
Lo he buscado ávidamente dentro de la ley y no lo he hallado. Fuera de la ley no ha de
buscarlo quien prometió observarla. Nadie achacará a flaqueza de ánimo mi resolución.
Estas son, señores diputados, las razones que me mueven a devolver a la Nación, y en su
nombre a vosotros, la Corona que me ofreció el voto nacional, haciendo de ella renuncia por
mí, por mis hijos y sucesores.
Amadeo.- Palacio de Madrid, 11 de febrero de 1873.”
66. REPUBLICANISMO BURGUÉS Y SOCIALISMO PROLETARIO. 1871.
“Los trabajadores españoles debemos separarnos de una vez para siempre de todos los
antiguos partidos, formados por las clases poseedoras, incluso el Partido Republicano
Federal..., influido y dirigido por hombres de clase media, que viven en perfecta inteligencia con
lo existente. Nuestra misión es más grande, más revolucionaria. Consiste en la organización
del sufragio universal... y la federación de las sociedades obreras...
Hagamos el vacío alrededor de todo lo existente y ello solo se derrumbará...
Nosotros debemos repetir con insistencia a nuestros amigos que la emancipación del obrero
no puede verificarse sino por el obrero mismo; toda revolución dirigida por burgueses a nadie
más que a ellos será útil...
Por eso nos llamamos socialistas y no republicanos... El partido republicano, burgués ante
todo, se halla incapacitado para plantear una organización verdaderamente demócrata que
consista en el gobierno del pueblo por el pueblo.”
MESA, J. Artículo publicado en La Emancipación, 1871.
67. LA PRIMERA REPÚBLICA VISTA POR UN MARXISTA. 1873.
“Mi querido Engels:
La proclamación de la República no ha sido para mí un hecho inesperado; hace tiempo que
lo había anunciado como resultado natural de la falsa situación de Amadeo frente a los partidos
liberales...
El cambio se ha hecho de una manera tan tranquila. Pero aún no hemos llegado al final; los
cuatro republicanos que han aceptado carteras (Figueras, Pí, Salmerón y Castelar) son gente
honesta, pero no están a la altura de la situación; tienen que gobernar con una mayoría
parlamentaria que no está de acuerdo con ellos en la mayor parte de las cosas prácticas... De
otro lado, la parte popular del republicanismo, que está dirigida por los intransigentes, se
agita...
El momento, como ve, no puede ser favorable para nosotros. Si los intransigentes se pelean
con el gobierno, intentarán hacer una revolución que llamarán social...
¡Qué magnifica ocasión para fundar el partido obrero en España!
Salude de mi parte a Marx, Lafargue y su familia.”
MESA, J. Correspondencia con Federico Engels.1873
68. ALGUNOS ARTÍCULOS DEL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN DE 1873.
“Art. 1. Componen la Nación española los Estados de Andalucía Alta, Andalucía Baja, Aragón,
Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva, Castilla la Vieja, Cataluña, Cuba, Extremadura,
Galicia, Murcia, Navarra, Puerto Rico, Valencia, Regiones Vascongadas.
Los Estados podrán conservar las actuales provincias o modificarlas, según sus necesidades
territoriales.
Art. 39. La forma de gobierno de la Nación española es la República federal.
Art. 92. Los Estados tienen completa autonomía económico- administrativa y toda la autonomía
política compatible con la existencia de la Nación.
Art. 93. Los Estados tienen la facultad de darse una Constitución política que no podrá en
ningún caso contradecir a la presente Constitución.
Art. 96. Los Estados regirán su política propia, su industria, su hacienda, sus obras públicas,
sus caminos regionales, su beneficencia, su instrucción y todos los asuntos civiles y sociales
que no hayan sido por esta Constitución remitidos al Poder federal.”
69. MANIFIESTO DE SANDHURST.
“He recibido de España un gran número de felicitaciones con motivo de mi cumpleaños.
Cuantos me han escrito muestran igual convicción de que sólo el restablecimiento de la
Monarquía Constitucional puede poner término a la incertidumbre que experimenta España.
Dícenme que antes de mucho estarán conmigo todos los de buena fe sean cuales fueren sus
antecedentes políticos, comprendiendo que no pueden tener exclusiones ni de un monarca
nuevo y desapasionado, ni de un régimen que represente la unión y la paz...
Por virtud de la espontánea y solemne abdicación de mi augusta madre, tan generosa como
infortunada, soy único representante yo del derecho monárquico en España...
Por todo esto, sin duda, lo único que inspira ya confianza en España es una Monarquía
hereditaria y representativa. En el entretanto, no sólo está hoy por tierra todo lo que en 1868
existía... Si de hecho se halla abolida la Constitución de 1845, hállase de hecho abolida la que
en 1869 se formó sobre la base inexistente de la Monarquía...
No hay que esperar que decida yo nada de plano y arbitrariamente... Llegado el caso, fácil
será que se entiendan un príncipe leal y un pueblo libre...
Sea la que quiera mi propia suerte, ni dejaré de ser buen español, ni, como todos mis
antepasados, buen católico, ni, como hombre del siglo, verdaderamente liberal.
Alfonso de Borbón, Sandhurst, 1 de diciembre de 1874.”
70. CARTA DE MARTÍNEZ CAMPOS A CÁNOVAS JUSTIFICANDO EL
PRONUNCIAMIENTO DE SAGUNTO.
“Muy señor mío y de todo mi respeto:
Cuando reciba usted ésta habré iniciado el movimiento a favor de Alfonso XII.
Cargo con la responsabilidad de este acto al cual arrastro a mis amigos; no tengo derecho a
la protección del partido...
Tengo menos elementos de fuerza para el primer momento que hace mes y medio. La
decisión que tomo hoy la debí tomar hace cuarenta y cinco días.
No me arrojo por amor propio, ni por despecho; lo hago porque ustedes aseguran que la
opinión está hecha.
La voz ¡Alfonso XII, la paz, religión y libertad! Levantará tal vez este postrado país, nos
llevará a la conclusión de la guerra civil y nos permitirá acabar la separatista.
Tengo el firme propósito de no aceptar nada, ni ascenso, ni título, ni remuneración alguna. Si
consigo mi objeto, el poner este país en vías de tranquilidad, mi ambición queda satisfecha.
No hay de mí a usted antipatía política alguna. La diferencia entre usted y yo estaba en los
distintos modos de procedimiento en la cuestión del alzamiento.”
27 de diciembre de 1874
MARTÍNEZ CAMPOS, A. Correspondencia
71. UN AGRIDULCE Y MAGISTRAL PANORAMA DE ESPAÑA, A FINALES DEL SIGLO XIX.
Una inconsciencia punto menos que infantil regía el ir y venir apasionado de los españoles
en relación con las cuestiones que suscitaba la actualidad inmediata. Nadie miraba a lo lejos.
Inconsciencia y optimismo. Pasada la batahola de la Revolución y la República, salvado el
momento difícil de la muerte de Alfonso XII y sumido el país en enorme calma chicha, el gran
niño que era España se entretenía en discutir a propósito del crimen de la calle Fuencarral, o
poco más tarde, del submarino inventado por Isaac Peral. El cuadro de nuestros grandes
hombres, para mayor felicidad, estaba cubierto dos veces. De aquí que los españoles se
permitiesen el lujo de tener donde elegir: o Cánovas o Sagasta; o Galdós o Pereda; o Lagartijo
o Frascuelo...
Libres de cuidados, las gentes se consagraban a sus ocios predilectos. Triunfaban, con los
toreros y los cantantes de ópera, los oradores, los poetas fáciles y los prosistas amenos. Los
artículos de fondo sonaban muy bien y las novelas se multiplicaban. Cuadros de his toria,
dramas de Echegaray, ripios punzantes... Juegan papel indiscutible en las piezas cómicas de la
época la patrona y la suegra, el cesante y el maestro de escuela... Caricaturas de Mecachis y
de Cilla. Buen humor en todas partes. Palmas al Guerra. Wagner está a punto de llegar. Las
muchachas de talle de avispa y mangas de jamón cantan habaneras. Chotis de Chueca en los
organillos; pronto se convertirá en himno nacional su Marcha de Cádiz... ¡Dichosa edad y años
dichosos aquellos!
FERNÁNDEZ ALMAGRO, M. Vida y obra de Ángel Ganivet, 1923.
72. ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1876.
“Art. 11. La religión Católica, Apostólica, Romana, es la del Estado. La Nación se obliga a
mantener el culto y sus ministros... No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni
manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.
Art. 13. Todo español tiene derecho:
De emitir libremente sus ideas y opiniones... sin sujeción a la censura previa.
De reunirse pacíficamente.
De asociarse para los fines de la vida humana...
Art. 20. El Senado se compone:
De senadores por derecho propio.
De senadores vitalicios nombrados por la Corona.
De senadores elegidos por las corporaciones del Estado y mayores contribuyentes...
Art. 28. Los Diputados se elegirán por el método que determine la ley.
Art. 75. Unos mismos Códigos regirán en toda la Monarquía…”
73. ARGUMENTACIÓN CONSERVADORA EN CONTRA DEL SUFRAGIO UNIVERSAL.
“El sufragio universal, que es en sí mismo una malísima institución política, una institución
incompatible con todo ordenado régimen político, y más si ese régimen es el monárquico, el
sufragio universal, aun cuando sea verdad, es incompatible a la larga con la propiedad
individual, con la desigualdad de las fortunas y con todo lo que no sea un socialismo
desatentado y anárquico. El sufragio universal no puede ser más que un instrumento de
socialismo o una farsa vil...
¿Quién piensa...que las opiniones de las muchedumbres, de los pobres, de los que nada
tienen, estarán representadas en las urnas electorales?...
El sufragio universal es un instrumento de intimidación en las grandes poblaciones, agitado
por la demagogia contra los intereses del orden; y es, en las pequeñas poblaciones agrícolas,
un instrumento vil de cartas en blanco en manos de los gobernadores de las provincias... Hay
muchos que al pretender establecer el sufragio universal quieren que se derive de él la
soberanía; hay muchos que le buscan como pretexto para disputar a la Corona los
fundamentos sustanciales de sus derechos; hay muchos que aspiran a que por él se pueda
contrarrestar la eficacia del principio monárquico dentro de las ideas conservadoras.”
CÁNOVAS, A. Discurso pronunciado en Sevilla el 8 de noviembre de 1888.
74. OLIGARQUÍA Y CACIQUISMO SEGÚN JOAQUÍN COSTA.
“Los factores que integran esta forma de gobierno son tres:
1.- Los oligarcas, prohombres o notables de cada bando que forman su “plana mayor”,
residentes ordinariamente en el centro.
2.- Los caciques..., diseminados por el territorio.
3.- El gobernador civil, que les sirve de órgano de comunicación y de instrumento. A esto se
reduce fundamentalmente todo el artificio bajo cuya pesadumbre gime rendida y postrada la
Nación.
Oligarcas y caciques constituyen lo que solemos denominar clase directora o gobernante,
distribuida o encasillada en “partidos”...
Si aquellos bandos o facciones hubiesen formado parte de la Nación, habrían gobernado
para ella, no exclusivamente para sí...
El señor Labra ha observado sobre el suelo de la Península dos grupos de hombres: uno,
que tranquilo y disfrutando de las comodidades de un hogar bien dispuesto y acondicionado,
decreta la guerra, y otro que la sostiene a miles de leguas de su familia y en medio de toda
clase de privaciones...”
COSTA, J. Oligarquía y caciquismo, 1901.
75. OLIGARQUÍA Y CACIQUISMO: “EL PUCHERAZO”.
“En España las elecciones no son más que una farsa. Lo mismo si el sufragio es universal
que restringido, nunca hay más que un solo y único elector: el ministro de la Gobernación. Éste
con sus gobernadores de provincia prepara, ejecuta y consuma las elecciones.
Para hacer las listas de electores se ponen en ellas algunos nombres verdaderos perdidos
entre una multitud de imaginarios, y sobre todo de difuntos. La representación de estos últimos
se da siempre a agentes disfrazados de paisano para ir a votar.
El autor de estas líneas ha visto repetidas veces que su padre, fallecido ya algunos años, iba
a depositar su voto en la urna bajo la figura de un barrendero, o de un policía. Los individuos
que componen las mesas de los colegios electorales presencian muy a menudo semejantes
transmigraciones de las almas de sus propios padres.
Este sistema de elecciones por medio de la resurrección de los muertos no es, sin embargo,
el peor de los medios empleados, y lo que hacen es sencillamente aumentar el número de
votos emitidos hasta tener asegurada la elección del candidato. Para que los lectores
extranjeros puedan hacerse una pequeña idea de lo que ocurre, citaremos el caso de un
candidato ministerial por el distrito de Berga, que obtuvo más de un millón y medio de votos, a
pesar de que el distrito sólo contaba con varios miles de habitantes...
Al partido liberal se debe, sin lugar a duda, la creación de la Partida de la Porra, que salpicó
de sangre las calles de muchas ciudades que se atrevieron a oponer resistencia a la voluntad
de los que dirigían las elecciones...
Otras veces se colocaba la urna en el piso superior de una casa, cuyo portal quedaba
cerrado; los electores entraban por una ventana con ayuda de una escalera que sólo se
facilitaba a los amigos...
El ministro de la Gobernación es quien hace los diputados ministeriales; más, como un
Gobierno no puede vivir sin oposición, él es también quien designa los candidatos de la
oposición que han de salir…”
ALMIRALL, V., España tal como es. 1889.
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Historia de España: supresión de fueros y nueva planta

  • 1. TEXTOS DE HISTORIA DE ESPAÑA 1. SUPRESIÓN DE LOS FUEROS ARAGONESES Y VALENCIANOS. 1707. “Considerando haber perdido los reinos de Aragón y Valencia y todos sus habitadores por la rebelión que cometieron...todos los fueros, privilegios, exenciones y libertades que con tan liberal mano se les había concedido por los señores reyes mis predecesores, y tocándome el dominio absoluto de los referidos reinos, que tan legítimamente poseo..., se añade ahora el derecho de conquista de mis armas. Y considerando también que uno de los principales atributos de la soberanía es la imposición y derogación de las leyes, las cuales podría Yo alterar...he juzgado por conveniente, así por esto como por mi deseo de reducir todos mis reinos de España a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y tribunales, gobernándose igualmente todos por las leyes de Castilla.” FELIPE V, Decreto de supresión de los fueros valencianos. 1707. 2. DECRETOS DE NUEVA PLANTA DE CATALUÑA. 1716. “Habiendo precedido madura deliberación y consulta de Ministros de mi mayor confianza, he resuelto que en el referido Principado de Cataluña se forme una Audiencia, en la cual presida el Capitán General, de manera que los despachos, después de empezar con mi dictado, prosigan en su nombre… 2.- La Audiencia... se ha de componer de un Regente y diez ministros para lo civil y cinco para lo criminal 4.- Las causas en la Real Audiencia se sustanciarán en lengua castellana… 30.- Ha de haber en Cataluña Corregidores en las ciudades y villas… 37.- Todos los demás oficios que había antes en el Principado…, no expresados en este mi Real Decreto, quedan suprimidos… 39.- Por los inconvenientes que se ha experimentado en los somatens, y juntas de gente armada, mando que no haya tales somatens… 40.- Han de cesar las prohibiciones de extranjería porque mi Real Intención es que en mis Reynos las dignidades y honores se confieran recíprocamente a mis vasallos por el mérito, y no por el nacimiento en una u otra provincia de ellos…” Establecimiento y nueva planta de la Real Audiencia de Cataluña. Real Decreto de 16 de enero de 1716. 3. ALGUNOS ARTÍCULOS DEL TRATADO DE UTRECHT. 1713. “Tratado de Paz entre el Católico Monarca Don Felipe Quinto y la... Reina de Inglaterra... X. El Rey Católico cede a la Corona de la Gran Bretaña la propiedad de la ciudad y castillo de Gibraltar, pero que esto es sin jurisdicción alguna territorial y sin comunicación alguna abierta con la región circunvecina de tierra, conviniendo su Majestad británica, en que no se permita, por motivo alguno, que judíos, ni moros habiten ni tengan dominio en la dicha ciudad de Gibraltar, ni que se dé entrada ni acogida en su puerto a los navíos de guerra de moros... XI. El Rey Católico cede también a la Corona de la Gran Bretaña la Isla de Menorca, puerto, ciudad y fortaleza de Puerto Mahón, con iguales condiciones de Gibraltar... XII. Concede su Majestad Católica a la de la Gran Bretaña... la facultad de introducir negros en sus dominios de la América... con las mismas condiciones que gozaban los franceses...”
  • 2. 4. CRÍTICA DE LA DESPOBLACIÓN. 1742. “Las provincias de Toledo, de la Mancha, Guadalajara, Cuenca, Soria, Segovia, Valladolid y Salamanca, y otras de Castilla, son los parajes menos poblados de toda España. La principal causa que lo motiva, es la pobreza, que resulta de la destrucción del comercio y las manufacturas. No obstante, aunque ha disminuido la población, han continuado los pesados tributos, no sin algunas extorsiones y abusos en su cobro.... Es natural que la extrema miseria desalienta los ánimos y aparta de la inclinación al estado matrimonial. Aun muchos de los casados, cuando tienen hijos no los pueden criar y alimentar adecuadamente por lo que muchos mueren en la primera infancia; pues, ¿qué alimento pueden suministrarles los pechos de una madre que se alimenta de pan y agua... Otros, en la edad adulta, aceleran la muerte por la excesiva fatiga y por la falta de sustento... sin asistencia precisa en sus enfermedades. Siendo, pues, tan grande y notoria la miseria de los vasallos, ¿quién negará que a estas causas sigue precisamente la disminución de las Rentas Reales?... Siempre que sean menos las cargas, y estén más repartidas entre mayor número de contribuyentes, se restablecerá la opulencia, y fortaleza de la Monarquía.” USTÁRIZ, J. Preocupación por la despoblación. 1742. 5. LA NOBLEZA Y EL TRABAJO: HACIA UNA NUEVA ACTITUD. “Declaro que no sólo el oficio de curtidor, sino también los demás artes y oficios del herrero, sastre, zapatero, carpintero y otros a este modo son honestos y honrados; que el uso de ellos no envilece la familia ni la persona del que lo ejerce, ni la inhabilita para obtener los empleos municipales de la república en que están avecindados los artesanos y menestrales que los ejercitan; y que tampoco han de perjudicar las artes y oficios para el goce y prerrogativas de la hidalguía, a los que la tuvieren legítimamente, siendo exceptuados de esta regla los artistas o menestrales que abandonasen su oficio... En inteligencia de que el mi Consejo, cuando hallare que en tres generaciones ha ejercitado y sigue ejercitando una familia el comercio o las fábricas, con adelantamientos notables o de utilidad al Estado, me propondrá la distinción que podrá concederse... sin exceptuar la concesión o privilegio de nobleza.” NOVÍSIMA RECOPILACIÓN, Cédula del Consejo. 18 de marzo de 1783. 6. CRÍTICA DE LOS MALES DE LA AGRICULTURA. 1759. “Los labradores faltos también de la libertad para extraer del reino el sobrante de sus cosechas, oprimidos de contribuciones, impuestos, alcabalas y cientos, para comercializarlos por dentro, agobiados de tributos, anegados de miseria, faltos de dinero y depósito en los pueblos para hacer sus sementeras, escasos de ganados para fomentar el estiércol, engrasar y calentar las tierras, los víveres caros, los jornales altos y las mulas por las nubes, si habían de sembrar ocho, no siembran más que cuatro y dejan lo restante inculto... en lugar de arar arañan; y si habían de estercolar como diez, no estercolan más que como uno. Multiplicados pues estos daños por espacio de más de dos siglos enteros, estaba claro que habíamos de venir a parar en las escaseces que padecemos... Estas, señores, son las razones verdaderas y principales causas del atraso de nuestra agricultura, de la decadencia del estado secular, de la despoblación y del incultivo de tantos terrenos eriales, yermos y otros desiertos.” DE LA GÁNDARA, M. Apuntes sobre el bien y el mal de España...1759.
  • 3. 7. SITUACIÓN DE LOS CAMPESINOS EN ORIHUELA A FINALES DEL ANTIGUO RÉGIMEN. “Los vecinos son en corto número para cuidar con esmero el dilatado término (de Orihuela) y no todos aman el trabajo; fáltales a infinitos la propiedad , y tal vez por esto ni se esfuerzan a mejorar su suerte, ni aseguran subsistencias para sus familias. Nótase indolencia en las mugeres, que lo esperan todo de sus maridos, por lo común jornaleros. De aquí la miseria general en la clase necesitada; las pobres habitaciones e indecentes barracas, quales se ven en las cercanías de Catral, Benejuzar y otras partes... Es lástima no se fomenten estos ramos de la industria (textil), cuya materia prima la producen los campos del término; sería entonces mayor el consumo de cáñamos y linos; tendría el labrador seguridad en la venta de sus cosechas y la clase necesitada ocupación y ganancias... Todos pudieran ser felices si hombres y mugeres se aplicaran más al trabajo, y las fortunas estuviesen repartidas con menos desigualdad. Es muy grande la porción de frutos que perciben los eclesiásticos y comunidades religiosa, y tan considerable la que se reparten los señores y ricos propietarios que apenas tienen con qué subsistir aquellos hombres, a cuyos sudores y fatigas se deben las cosechas.” CAVANILLES, A.J. Observaciones sobre... del Reyno de Valencia, 1795. -Campomanes. Memorial ajustado (1774). “Nuestros políticos han creído que la legislación no ha de preocuparse sino de abaratar el grano y favorecer al consumidor. Si el labrador fuera extranjero, sería una buena medida. Pero siendo naturales del reino los labradores, la obligación de precios bajos para el grano sin dejarle conseguir ganancias, es el medio para que nunca crezca la agricultura. La verdadera causa por la cual no hay fábricas florecientes en España, y por la cual se han extinguido de dos siglos hacia aquí más de la mitad, nace verdaderamente de la tenacidad con la que se oprime la libre circulación de los productos de la agricultura y su justa estimación, cosa que es causa del empobrecimiento general.” 8. DIEZMOS, LIMOSNAS E IMPUESTOS EN LA ESPAÑA DEL ANTIGUO RÉGIMEN. “En cuanto asoma el verano y las mieses empiezan a ponerse amarillas, ya tiene ud. un lechuzo vestido de negro y sin preguntar ni una palabra relativa a lo que se ha gastado en la siembra, ni en la labor, ni en el abono, ni en nada, abre su cuaderno y presenta un cargo de la décima parte de todo lo que se ha cogido... Apenas ha salido el lechuzo negro, cuando se asoma por la puerta otro, vestido de lana gris, echa su “Deo gracias” por delante y dice que viene por la limosna para el convento de San Francisco. No hay que pensar que con un “Perdone, hermano”, o con un ochavo roñoso se sale de aquel apuro, porque a lo menos se ha de llenar el tercio de un buen costal. Detrás del lechuzo gris viene otro vestido de color tabaco y empieza a conmover al ama de la casa, refiriendo los apuros en que se ven los benditos religiosos... En pos del de la capucha entra el mandadero de las monjas de la esquina... Aún falta pagar la renta de las tierras arrendadas a los monjes. Verdad es también que estos suelen ser muy suavecitos con los que retrasan sus pagos, pues lo más que hacen es ponerlos por justicia, hacer que los metan en la cárcel o embargarles la cama en que duermen... No bien han concluido los lechuzos eclesiásticos, cuando se presentan los lechuzos seculares a cobrar los repartos de las contribuciones reales. Allí es el ver los semblantes del escribano y del alguacil, y allí el temblar de las piernas... El cuaderno contiene muchas cosas tan justas como curiosas: los derechos de la sal, los de la alcabala, la sisa, la paja... y otras mil preciosidades que, con diversos nombres se han ido aumentando cada año...” MIÑANO, S. Lamentos políticos de un pobrecito holgazán. 1820. 9. INFORME SOBRE LA LEY AGRARIA. 1795.
  • 4. “Las guerras extranjeras, distantes y continuas que, sin interés alguno de la nación, agotaron poco a poco su población y su riqueza; la protección privilegiada de la ganadería, que asolaba los campos; la amortización civil y eclesiástica, que estancó la mayor y mejor parte de las propiedades en manos desidiosas... Dígnese, pues, Vuestra Alteza en derogar de un golpe las bárbaras leyes que condenan a perpetua esterilidad tantas tierras comunes; las que exponen la propiedad particular al cebo de la codicia y de la ociosidad; las que prefiriendo las ovejas a los hombres, han cuidado más de las lanas que de los granos... Instruya Vuestra Alteza la clase propietaria en aquellos útiles conocimientos sobre los que se apoya la prosperidad de los estados, perfeccione en la clase laboriosa el instrumento de su instrucción, para que pueda derivar alguna luz de las investigaciones de los sabios. Por último, luche Vuestra Alteza con la naturaleza, y puede decirse así, oblíguela a ayudar los esfuerzos del interés individual, o por lo menos a no frustrarlos. Así es como Vuestra Alteza podrá coronar la grande empresa... al restablecimiento de la agricultura y a la prosperidad general del Estado y de sus miembros.” JOVELLANOS, G.M. Informe sobre la ley agraria. 1795. 10. EL DESARROLLO DE LAS FÁBRICAS DE INDIANAS EN CATALUÑA. 1786. “Los fabricantes de tejidos de seda, algodón y lana adoptan todos los adelantos modernos... Se ha establecido aquí ahora una compañía que se dedica a hilar el algodón americano, con lo que abastecen a los fabricantes que antes solían comprar algodón hilado a Malta... El gobierno, que está dispuesto a primar esta rama de la industria en la medida de sus posibilidades, ha otorgado al marques de Gobert privilegios exclusivos para su fábrica de mantas de Vic como recompensa por haber plantado algodón en la isla de Ibiza... El proceso de fabricación que más me satisfizo fue el que puso en práctica don Vicente Vernis para la elaboración de tejidos de lana. Emplea a trescientos cincuenta trabajadores en la manufactura destinada a Hispanoamérica, región que es de hecho destinataria de la mayor parte de los productos fabricados en Barcelona... Tiene una máquina muy compacta y elegante para devanar y enrollar el estambre que requiere una niña para manejar ochenta bobinas, mientras otra pone todo el proceso en movimiento al tiempo que se dedica a tejer... Cuando una de las niñas se cansa, la otra toma su lugar. Las fábricas se han multiplicado con tal rapidez que los salarios de todo tipo de artesanos de la ciudad y sus alrededores han aumentado... Sin embargo, estos salarios no están desproporcionados respecto del valor de las provisiones...” TOWSEND, J. Viaje a España...1786. 11. EL VIAJE A ESPAÑA DE GIACOMO CASANOVA. “En Pamplona, el cochero Andrea Capello se hizo cargo de mi persona y de mi equipaje y salimos para Madrid. Las primeras veinte leguas no me cansaron porque el camino era tan bueno como en Francia... Después de aquel buen camino, no puedo decir que los haya encontrado malos, porque no encontré ningún camino... Así era toda Castilla la Vieja, de manera que no me extrañó no encontrar más que malas posadas, apropiadas para alojar arrieros, que comparten el alojamiento con sus mulas... El dueño de la miserable casa en que paramos no movía un dedo; me enseñaba un cuarto y me decía que era muy dueño de dormir en él, y una chimenea en la que el dueño me permitía echar lumbre si yo mismo iba a buscar la leña , y cocinar si quería comer... Al irme por la mañana, le pagué lo poco que me pedía por el alojamiento... y su pobreza le hacía las veces de riqueza, a condición de que el extranjero no pudiera decir al irse que había hecho el menor de los movimientos para servirle. La causa de esto es una pereza con mezcla de orgullo; uno es castellano y no debe rebajarse hasta el extremo de servir a un gabacho: que es el título con que la nación española designa a un extranjero.”
  • 5. CASANOVA, G. Memorias de España. 1775. 12. CARENCIAS DE LA ILUSTRACIÓN ESPAÑOLA. 1782. “Uno de nuestros grandes escritores dice que España debería ser uno de los poderosos reinos de Europa, pero que la debilidad de su gobierno, la Inquisición, los frailes, el perezoso orgullo de sus habitantes, han hecho pasar a otras manos las riquezas del Nuevo Mundo. Así, este hermoso reino, que causaba antes tanto terror a Europa, ha caído gradualmente en una decadencia de la que le costará levantarse... El orgulloso, el noble español se avergüenza de instruirse, de viajar, de tener algo que ver con otros pueblos. ¿Pero las ciencias que el desdeña, las artes que desprecia, no son nada para su felicidad? ¿No tiene necesidad de ellas para hacer que los ríos sean navegables y trazar los canales de comunicación con objeto de transportar lo superfluo de una provincia a otra?... El español tiene aptitud para las ciencias: existen muchos libros y, sin embargo, quizá sea la nación más ignorante de Europa. ¿Qué se puede esperar de un pueblo que necesita el permiso de un fraile para leer y pensar? El libro de un protestante es proscrito por ley, sin que importe sobre qué tema trate... Toda obra extranjera es detenida... si es una obra inteligente, valiente, pensada, se la quema como atentatoria contra la religión, las costumbres o el bien del Estado; un libro impreso en España sufre, cuanto menos, seis censuras antes de poder ver la luz, y son un miserable franciscano o un bárbaro dominico quienes deben permitir a un hombre de ciencias tener genio... Los ilustrados están obligados a instruirse a escondidas en nuestros libros. En España no existen ni matemáticos, ni físicos, ni astrónomos, ni naturalistas.” MORVILLIERS, M. Enciclopédie Méthodique. 1782. 13. LA CRÍTICA DEL ANTIGUO RÉGIMEN. “Nuestra Constitución está muy viciada; nuestros tribunales apenas sirven; los cuerpos del derecho se aumentan y se disminuye la observancia de las leyes. La agricultura clama por una ley agraria y, sin embargo, de lo ejecutivo de la enfermedad van pasando ya diecinueve años en consultas, y es de creer que la receta saldrá después de la muerte del enfermo... los mayorazgos crecen como la mala hierba, y es de temer no quede un palmo de tierra libre en el reino; a cualquiera le es permitido encadenar sus bienes y la mayor parte de las fincas están en manos muertas; el todo de las contribuciones...carga sobre un millón escaso de agricultores medianos. Los holgazanes son más de seis millones, de los nueve y medio en que se regula nuestra población. Oficinas y empleados hay tres veces más de lo que se necesitaría. El Erario está empeñado. La potestad regia está descuartizada como los ajusticiados. Yo comparo nuestra monarquía en el estado presente a una casa vieja sostenida a fuerza de remiendos y sólo se puede enmendar echándola a tierra y reedificándola de nuevo...Aunque no niego que la emigración a las Américas, las guerras y los malos años hayan también coadyuvado...El primer paso sería el simplificar el gobierno cuanto fuere dable; alargar la libertad del pueblo cuanto dictare la prudencia; desencadenar todos los bienes raíces; aminorar o extinguir los privilegios heredables y hacer obedecer las ordenes que se expiden...Con esto la España mudaría de semblante sin necesidad de las costosas y complicadas operaciones que proponen Ustáriz, Ward y Arrequibar... V.M. perdonará si me he excedido en algo, pues ya sabe que ignoro la lengua de la adulación y la mentira. 26 de enero de 1786.” LEÓN DE ARROYAL, Cartas político-económicas al conde de Lerena. 1786. 14. EL MOTIN DE ESQUILACHE. 1766.
  • 6. “El falso principio, demasiado común en algunas monarquías, de hacer que el pan y los comestibles de primera necesidad se mantengan más baratos en la capital que en el resto del reino, había traído a Madrid gran número de gentes ociosas por la carestía que en aquella ocasión había en todo el reino. El origen de esta conducta era impedir que los clamores del pueblo lleguen a los oídos del Monarca. El Marqués, por otro lado, había dado unas providencias extremadamente violentas para prohibir los sombreros redondos o gachos y las capas de los embozados... Los alguaciles, abusando de su ministerio, atacaban a las gentes en las calles... Séase por esto solo, o por que había quien tenía particular interés en excitar un movimiento popular, lo cierto es que en la tarde del día 23 de marzo de 1766, domingo de Ramos, una multitud se acercó a Palacio gritando ¡viva el Rey y muera Squilace! El furor aumentaba y por fin se vio obligado el Rey a salir al balcón y permitir entrasen unos cuantos para hacer la exposición de todas sus proposiciones, reducidas a la disminución del precio del pan y de otras cosas, y sobre todo al retiro de Squilace... No creyendo S.M. conveniente a su decoro el permanecer por más tiempo en Madrid, determinó retirarse a Aranjuez. Apenas se supo la evasión del Rey, el alboroto empezó con más fuerza. Esto y otras cosas de que no puedo hablar, por no estar instruido, han dado motivo a decir que era un plan premeditado y sostenido por algunas personas poderosas...” Cit.CONDE DE FERNÁN NÚÑEZ, Vida de Carlos III. 1898. 15. EL CONDE DE ARANDA PREVIENE SOBRE EL EXPANSIONISMO NORTEAMERICANO. 1783. “... Esta república federal nació pigmea por decirlo así, y ha necesitado del apoyo y fuerzas de dos estados tan poderosos como España y Francia para conseguir la independencia. Llegará un día en que crezca y se torne gigante y aun coloso temible en aquellas regiones. Entonces olvidará los beneficios que ha recibido de las dos potencias y sólo pensará en su engrandecimiento. La libertad de conciencia, la facilidad de establecer una población nueva en terrenos inmensos, así como las ventajas de un gobierno naciente, les atraerá agricultores y artesanos de todas las naciones; y dentro de pocos años veremos con verdadero dolor la existencia tiránica de este coloso de que voy hablando. El primer paso de esta potencia, cuando haya logrado su engrandecimiento, será el apoderarse de las Floridas, a fin de dominar el golfo de Méjico. Después de molestarnos así, y nuestras relaciones con la Nueva España, aspirará a la conquista de este vasto imperio, que no podremos defender contra una potencia formidable, establecida en el mismo continente y vecina suya.” ARANDA, Exposición al Rey Carlos III... 1783. 16. TRATADO DE FONTAINEBLEAU. “Art. 1.- La provincia de entre Duero y Miño con la ciudad de Oporto se dará a S.M. el rey de Etruria. Art. 2.- La provincia de Alentejo y los Algarbes al Príncipe de la Paz. Art. 3.- Las provincias de Beira, Tras os Montes y la Extremadura portuguesa quedarán en depósito.... Art. 12.- S.M. el Emperador de los franceses se obliga a reconocer a S.M. el Rey de España como Emperador de las dos Américas cuando todo esté preparado para que S.M. pueda tomar este título, lo que podrá ser, o bien a la paz general, o más tardar dentro de tres años. Art. 13.- Las dos altas partes contratantes se entenderán para hacer un repartimiento igual de las islas, colonias y otras propiedades ultramarinas de Portugal... ...
  • 7. Convención secreta anexa: Art. I. Un cuerpo de tropas imperiales francesas de veinte y cinco mil hombres de infantería, y de tres mil hombres de caballería entrará en España y marchará en derechura a Lisboa Art. III. Las tropas francesas serán alimentadas y mantenidas por la España... Art. V. El cuerpo de entrada irá a las órdenes del general que mande las tropas francesas, al cual se someterán las tropas. Se le unirá un cuerpo de ocho mil hombres de infantería y de tres mil de caballería de tropas españolas... Hecho en Fontainebleau a 27 de octubre de 1807.” 17. EL PRÍNCIPE FERNANDO ESCRIBE A NAPOLEÓN INTENTANDO GANARLE PARA SU CAUSA CONTRA GODOY. “Señor: el temor de incomodar a V.M.I. en medio de sus hazañas me ha privado hasta ahora de manifestar los sentimientos de respeto, estimación y afecto que tengo al héroe mayor de cuantos le han precedido, enviado por la Providencia para salvar la Europa del trastorno total que la amenazaba, para consolidar los tronos vacilantes, y para dar a las naciones la paz y la felicidad... El estado en que me hallo de mucho tiempo a esta parte incapaz de ocultarse a la grande penetración de V.M.I. ha sido hasta hoy el segundo obstáculo que ha contenido mi pluma. Pero lleno de esperanzas me determino a depositar los secretos más íntimos en el pecho de V.M.I. como en el de un tierno padre... Mi padre es instrumento de personas astutas y malignas... y sólo el respeto de V.M.I. pudiera desconcertar sus planes abriendo los ojos a mis buenos y amados padres... Imploro pues con la mayor confianza la protección paternal de V.M.I. a fin de que se digne concederme de darme por esposa una princesa de su familia... El Escorial a 11 de octubre de 1807.” TORENO, conde de, Historia del levantamiento, guerra y revolución de España, 1835. 18. CARTA DE CARLOS IV A NAPOLEÓN EXPLICANDO LOS SUCESOS DE ARANJUEZ DE MARZO DE 1808. “Señor mi hermano: VM. sabrá sin duda con pena los sucesos de Aranjuez y sus resultas y no verá con indiferencia a un rey que, forzado a renunciar a la corona, acude a ponerse en los brazos de un grande monarca, aliado suyo, subordinándose totalmente a la disposición del único que puede darle su felicidad, la de toda su familia y la de sus fieles vasallos. Yo no he renunciado a favor de mi hijo sino por la fuerza de las circunstancias, cuando el estruendo de las armas y los clamores de una guardia sublevada me hacían conocer bastante la necesidad de escoger la vida o la muerte... Yo fui forzado a renunciar; pero he tomado la resolución de conformarme con todo lo que quiera disponer de nosotros y de mi suerte, la de la Reina y la del Príncipe de la Paz.” Cit. NIETO; C. y otros, Revolución y Reacción...,1971. 19. ABDICACIONES DE BAYONA. “Art. 1.- S.M. el Rey Carlos, que no ha tenido en toda su vida otra mira que la felicidad de sus vasallos... no pudiendo las circunstancias actuales ser sino un manantial de disensiones, ha resuelto ceder, como cede por el presente, todos sus derechos al trono de las Españas y de las Indias a S.M. el Emperador Napoleón, entendiéndose las condiciones siguientes: Primera: La integridad del Reino será mantenida; el Príncipe que el Emperador Napoleón juzgue debe colocar en el trono de España será independiente, y los límites de la España no sufrirán alteración alguna. Segunda: La religión católica, apostólica, romana será la única de España... Tercera: S.M. el Emperador se obliga a dar asilo en sus Estado al Rey Carlos, a su familia, al Príncipe de la Paz, como también a los servidores suyos...”
  • 8. Cit. NIETO, C. y otros, Revolución y reacción..., 1971. 20. PROCLAMA DE NAPOLEÓN A LOS ESPAÑOLES. “...Españoles: después de una larga agonía vuestra nación iba a perecer. He visto vuestros males y voy a remediarlos... Vuestros príncipes me han cedido todos sus derechos a la corona de las Españas; yo no quiero reinar en vuestras provincias... y os haré gozar de los beneficios de una reforma sin que experimentéis quebrantos, desordenes y convulsiones. Españoles: he hecho convocar una asamblea general de las diputaciones, de las provincias y de las ciudades. Yo mismo quiero saber vuestros deseos y vuestras necesidades...asegurandoos al mismo tiempo una Constitución que concilie la santa y saludable autoridad del Soberano con las libertades y privilegios del pueblo. Españoles: acordaos de lo que han sido vuestros padres, y mirad a lo que habéis llegado. No es vuestra la culpa, si no del mal gobierno que os regía. Yo quiero que mi memoria llegue hasta vuestros últimos nietos y que exclamen: es el regenerador de nuestra patria. Bayona, 25 de mayo de 1808.” 21. LA POSICIÓN DE LOS AFRANCESADOS. 1808. “Los diferentes hechos de la revolución española se sucedieron con sorprendente rapidez. Las provincias más alejadas de la capital proclamaron la guerra contra los franceses y llegó el momento en que había que tomar partido en el enfrentamiento inevitable... Yo estaba convencido de que si el pueblo pudiera permanecer tranquilo bajo la forma de gobierno a que estaba acostumbrado mientras el país se libraría de una dinastía de la que no era posible esperar ninguna mejoría, la humillación política de recibir de manos de Napoleón quedaría ampliamente compensada con los futuros beneficios de esta medida. En efecto, en pocos años la nueva familia real se identificaría con el país. Muchos de los españoles más ilustres y honestos se habían puesto del lado de José Bonaparte. Se había preparado el marco de una Constitución que, a pesar de la forma arbitraria con que había sido impuesta, contenía la declaración explícita del derecho de la nación a ser gobernada con su propio consentimiento y no por la voluntad absoluta del rey. La Inquisición iba a ser abolida inmediatamente, y lo mismo sucedía con las ordenes religiosas.” BLANCO WHITE, J.M. Escritos. 1808. 22. LA ALTERNATIVA DE LOS AFRANCESADOS. “Cuando a mediados de julio de 1808 capituló en Bailén el general Dupont, se exaltó el entusiasmo nacional y se dedujo de este suceso que podía hacerse la guerra con iguales y aún mayores ventajas... Entonces pude decirse que se formaron dos opiniones, abrazadas por unos y por otros de buena fe, y que tenían por objeto lo que más convenía al bien de la nación... En todo esto no se ve obrar otro principio que el de la opinión sobre el éxito probable de la guerra, guerra que no presentaba otro objeto que el derramar arroyos de sangre... Ningún hombre imparcial hallaría dificultad en reconocer que todos aspiraban sinceramente a salvar la patria: los unos por la sumisión y los otros por la guerra...”
  • 9. AZANZA, J. y O´FARRIL, G. Memoria sobre los hechos que justifican su conducta...1810. 23. LA POSICIÓN DE JOVELLANOS. “Señor: la reputación de que gozáis en Europa debe haceros abandonar un partido que sólo combate por la Inquisición y por el interés de algunos grandes de España... Un hombre, cual vos sois, debe conocer que la España puede esperar el resultado más feliz de la sumisión a un rey justo e ilustrado... Despedazados con facciones, abandonados por los ingleses, que jamás tuvieron otros proyectos que el de debilitaros, el de robaros vuestras flotas y destruir vuestro comercio, os presento una gloriosa carrera... Señor General: yo no sigo un partido; sigo la santa y justa causa que sostiene mi patria. No lidiamos por la Inquisición ni por el interés de los grandes de España. Lidiamos por los preciosos derechos de nuestro rey, nuestra religión, nuestra constitución y nuestra independencia, por el deseo y el propósito de regenerar la España... En fin, Señor General, yo estaré muy dispuesto a respetar los humanos y filosóficos principios de vuestro rey Josef, cuando vea que se ausenta de nuestro territorio... sólo en este caso me permitirían mi honor y mis sentimientos entrar con vos en la comunicación que me proponéis, si la Suprema Junta Central lo aprobase... Madrid, 12 de mayo de 1809.” JOVELLANOS, G.M. de, Correspondencia. 1809. 24. INFORME DE MURAT A DUPONT TRAS EL DOS DE MAYO DE 1808. “Señor General: desde las ocho de la mañana, ayer, la canalla de esta villa obstruía todas las avenidas del palacio. La reina de Etruria debía de marchar para Bayona; un ayuda de campo, que había enviado para cumplimentarla, fue apresado por el populacho y un segundo ayuda de campo fue atacado a pedradas. Entonces, se tocó generala, y las tropas corrieron a los puntos que tenían orden de ocupar en caso de alarma, y todo ha retornado al orden. Cincuenta campesinos, cogidos con las armas en la mano, han sido fusilados ayer tarde; otros cincuenta lo han sido esta mañana. La villa será desarmada y una proclama va a anunciar que todo español al que se le encuentre el arma que sea, será considerado como sedicioso y fusilado. Esta proclama será enviada por el gobierno a todos los capitanes generales del ejercito español, haciéndolos responsables de los acontecimientos... Declarad públicamente que el Emperador ha hecho notificar al Príncipe de Asturias que él no lo miraba más que como Príncipe de Asturias; que el viejo Rey y el Príncipe han escogido al Emperador como árbitro de su disputa y que ella debe estar concluida en este momento. Comunicad a la nobleza y al clero que la conservación de sus privilegios dependerá de la conducta que adopten frente al Emperador y sus tropas, y que el interés de la nación española es estar constantemente unida con Francia... En la jornada de ayer ha habido mil doscientos muertos, sea del populacho, sea de la burguesía de Madrid; y de nuestro bando, no hemos tenido más que algunos centenares de heridos y porque han sido encontrados solos en las calles... Madrid, 3 de mayo de 1808.”
  • 10. Cit. AYMES, JR., La Guerra de la Independencia en España, 1974. 25. GUERRA POPULAR. EL SITIO DE ZARAGOZA. “Antes de la una del día se acercan las tropas francesas a las puertas de la ciudad, llegando a rompernos a cañonazos la puerta del Carmen... Nuestros paisanos, al ver que se introducían se tiraron a ellos sin más defensa que sus nobles pechos, y lograron irlos retirando a vivo fuego, alcanzaron la más brillante victoria que se ha visto en unos hombres no hechos a las balas y sin tener jefe ni timón, sino el verdadero amor a la religión y a la patria... Así en la confianza en Dios y su Madre Santísima del Pilar, especialmente las mujeres que fueron a darles agua, vino y aguardiente, suministrando de balas, pólvora, trapos para tacos y logrando vencer a unos hombres feroces y temerarios...” ANÓNIMO, 1808. 26. LA GUERRA CONTRA LOS FRANCESES, ÚNICA SALVACIÓN DE LA PATRIA. “Con esta guerra, terrible, pero saludable, no nos inocularán más el impío filosofismo y la corrupción de costumbres que tanto daño han hecho en la juventud... La gente que llamamos culta y literata, todos eran hijos de España, pero gran parte tenía su corazón en Francia; es decir, que enamorados de sus libros, estaban casados con los autores... Con esta guerra vendrán los frutos caudales de América y renacerá la contratación marítima, de que nos tenía privados el bárbaro Napoleón desde que nos ató al carro de su estéril y funesta gloria. Con esta guerra volveremos a ser españoles rancios... reconquistaremos, no dominios ultramarinos que nos acarrearían otras nuevas, sino lo que es más glorioso y precioso, nuestro nombre y daremos exemplos de sabiduría a los demás pueblos de Europa. Saldremos del peligro espantoso de perecer todos al hambre general. ¡Qué horrorosa perspectiva se presentaba a mi imaginación, quando veía entrar legiones de demonios ó franceses a comernos nuestro pan...!” CAPMANY, A de, Centinela contra franceses, 1808. 27. GUERRRA DE GUERRILLAS Y PUEBLO EN ARMAS. “En adelante todos los españoles quedan autorizados a poseer armas, incluso las que antaño estaban prohibidas. Podrán atacar y desvalijar a los soldados franceses, ya sea individualmente o en grupo. Cada vez que se les presente la ocasión deberán hacerles todo el mal y causarles todo los daños posibles. Tales acciones serán consideradas como servicios prestados a la nación y recompensados según sus méritos. El botín de que se apoderen les pertenecerá en legítima propiedad... Se recomienda especialmente la captura de los correos; las cartas interceptadas se pagarán según su valor. Por último, se promete solemnemente que las viudas y huérfanos de estos combatientes que mueran por la patria recibirán pensiones del Estado...” Ordenanza de la Junta Suprema, 24 de julio de 1808. 28. DESORGANIZACIÓN DEL EJÉRCITO REGULAR.
  • 11. “Excmo. Sr.: Un celoso de la Religión, de la Patria, amantísimo de nuestro amado soberano D. Fernando VII... con el más profundo respeto expone lo siguiente: En este Reyno de Galicia el alistamiento que se hizo para la formación del ejercito de esta nación fue lleno de fraude, incluyendo los más menesterosos y dejando una infinidad de mozos robustísimos que se libertaron con dinero entregado a los Señores de las Juntas de Provincia, Cirujanos y Médicos que asistían para declarar su supuesta inutilidad... En el día de hoy se halla este ejército sin soldados, el enemigo casi en nuestros hogares, y los pueblos llenos de gente útil para las armas. Unos están ocultos, otros vagueando de lugar en lugar... Se trata de formar nuevos cuerpos de Milicia. El mejor método será nombrar personas fieles, desinteresadas y buenos patriotas para inspeccionar los mozos que hay. Sin embargo, veo algunos de estos que dan muestras de su patriotismo pretendiendo ser oficiales... Estos sujetos se deben emplear en clase de soldados... Los únicos oficiales para las nuevas Milicias deben ser los Sargentos y Cabos, en clase de Capitanes, por estar instruidos y acostumbrados a sufrir los trabajos que acarrean las Compañías. Aman al soldado, son fieles, no tienen vicios, y últimamente no huyen del enemigo porque saben que van a la defensa de nuestra sagrada Religión, nuestra amada Patria y los legítimos derechos de nuestro Rey Fernando VII. Santiago, 8 de diciembre de 1808.” ANÓNIMO, El verdadero patriota. 1808. 29. GUERRA DE GUERRILLAS. “Todas las gentes y hasta las mujeres de cada pueblo deben matar tantos enemigos, cuantos puedan, ya sea dentro o fuera de los pueblos, siempre que se les presente la oportunidad de poderlo verificar secretamente, y de ocultar asimismo los cadáveres, a fin de que ignore el enemigo el sitio donde han quedado aquellos... Cuidarán de averiguar en qué ciudad, villa o lugar hay enemigos, en qué número y qué ruta suelen seguir... Deben salir de uno, dos o más pueblos cien hombres con armas, y enmascarados para formarles una emboscada... Además en todos los pueblos de la provincia se elegirán los correspondientes cazadores, los cuales módicamente salariados, reunidos en partidas, y con el mismo traje de cazador, irán sin parar nunca a la caza del enemigo como suelen ir a la de los conejos, osos y lobos. Por cada señal que presenten de haber muerto uno, que lo será una oreja, un dedo etc., se les dará una onza. Y si justifican que son de un oficial o jefe, dos. No contentos con dichas especies de hostilidades, debemos de continuo discurrir y ejecutar otras, por ejemplo: barrenos, minas, cortes, pozos de lodo, inundaciones, precipicios....” ANÓNIMO, Un expatriado español, 1811. 30. BANDO DEL JEFE GUERRILLERO GASPAR JÁUREGUI, EL PASTOR. “Pastores, no hay que dexallo que semos los mejores soldados para la guerra con los gavachos. Los señores generales bien nos conocen, y saben que a los pastores nada les espanta, y que estamos hechos a trabajos, porque el sol, la escarcha, la nieve y los andaluvios caen sobre nosotros; dormimos al sereno, la cama siempre está hecha, jamás nos desnudamos, el uniforme siempre el mesmo, nuestras armas son la fábrica de nuestras ovejas porque de su lana hacemos las hondas, y nuestra munición se halla en todas partes... bien saben los señores que también sabemos andar por los veriquetos y que hacemos la agachadiza, y en un santiamén nos echamos a cuestas, y en otro santiamén fuimos a otra parte; y que jamás de los jamases necesitamos de camino rial, porque sabemos los atajos. Pues, y qué, ¿no saben que en ocasiones meneamos el garrote como el mejor espadachín?
  • 12. Pues no han de venirnos con bayonetas, porque de ca trancazo echaremos al infierno quantos franceses se pongan delante con todas sus manufaturas y herramientas.” Cit. AYMES, R. La Guerra de la Independencia en España..1974. 31. LLAMAMIENTO DE LA JUNTA CENTRAL AL CLERO ESPAÑOL. “¿Podrá sobrevivir la Religión a la ruina de la Patria gobernada por un ateo que permitía que sus soldados profanaran los templos, violaran las sagradas vírgenes y sacrificaran los ministros del altar?. Y, perdiéndose la religión, ¿podrán conservarse las virtudes morales que han sido en nuestro país un dique contra la depravación del Siglo?... Estas consideraciones y otras muchas han hecho creer a la Junta que sería muy oportuno que se hiciera encargo especial a todos los curas párrocos...hicieran una pintura fiel al pueblo de la dura suerte que le espera si no se defiende con vigor y para entusiasmarlos y conducirlos al punto de armarse en masa cuando esta medida sea necesaria para salvar la Patria.” A.H.N. Sec. Estado. Leg. 22. 32. PATRIÓTICO CATECISMO ESPAÑOL. “¿Qué son los franceses? Antiguos cristianos y herejes modernos ¿Quién los ha conducido a semejante esclavitud? La falsa filosofía y la corrupción de las costumbres ¿Es pecado asesinar a un francés? No padre. ¿Qué felicidad debemos esperar? La que los tiranos no nos pueden dar ¿Cuáles son? La seguridad en nuestros derechos, el libre uso de nuestro santo culto, el restablecimiento monárquico con arreglo a las constituciones españolas... Pero, ¿no las teníamos? Sí padre; pero degradadas por la adulación de las autoridades que nos han gobernado. ¿Quién debe restablecerlas y asegurarlas? La España reunida en Cortes, a quien sólo compete este derecho, tan luego tenga sacudido el yugo extranjero. ¿Quién nos autoriza a esta grande empresa? Fernando VII, que deseamos a nuestro corazón ver entrar entre nosotros por los siglos de los siglos. Amén.” Cit. DIAZ PLAJA, F. La Historia de España en sus documentos, 1954. 33. LAS CORTES DE CÁDIZ, SEGÚN JOVELLANOS. 1811. “Por fin la nación española se va a juntar en Cortes. El real decreto que las anuncia... se lee ya con entusiasmo en todas partes. A su voz, las juntas electorales se congregan en las villas y en las capitales para nombrar diputados. Aun aquellos pueblos que están separados de nosotros o por inmensos mares o por la cercana tiranía, concurrirán representados por
  • 13. naturales suyos; y la voluntad de todos los padres de familia que habitan los vastos continentes de una y otra España va a ser declarada en este augusto congreso, el más grande, el más libre, el más expectable que pudo concebirse para fijar el destino de una nación tan ultrajada y oprimida en su libertad, como magnánima y constante en el empeño de defenderla...Después de haber sido el primero en proponer en la Suprema Junta Gubernativa la necesidad de anunciar a la nación unas Cortes Generales... después de haber promovido con el más puro celo los decretos que acordaron y fijaron su convocación... ¿qué me quedaba que desear, sino el ver empezada esta gran obra?...Podía restablecer y mejorar nuestra constitución, violada y destruida por el despotismo y el tiempo, reducir y perfeccionar nuestra embrollada legislación... abrir y dirigir las fuentes de la instrucción nacional, mejorando la educación... protegiendo la agricultura y la industria; desterrar tantos desórdenes, corregir tantos abusos y enjugar tantas lágrimas como habían causado la arbitrariedad de los pasados gobiernos y el insolente despotismo del último reinado.” JOVELLANOS, G.M. Memoria en defensa de la Junta Central. 1811. 34. DIFICULTADES EN EL VIAJE A CÁDIZ DE LOS DIPUTADOS DE LEVANTE. “...El 26 de julio salí de Játiva para Cartagena acompañado de tres familiares. Llegados a Cartagena el día 30, se nos propuso embarcarnos en un místico de guerra que salía aquella noche para Cádiz. Pero teniendo consideración a los corsarios, nos excusamos. El día 31 visité al Capitán General pidiéndole buques seguros y contestó que no tenía para ello orden ninguna... (Declarada una epidemia de fiebre amarilla en Cartagena)...se resolvió pedir a la Junta de Sanidad que nos diese pasaportes para Torrevieja, y así se hizo, saliendo todos nosotros con nuestras familias y equipajes en la tarde del 11 de septiembre. Hicimos este viaje en galeras y carros del campo. El día 12, de noche y lloviendo, llegamos a Torrevieja y, al entrar nuestra comitiva, se alarmó aquella Junta de Sanidad y determinaron ponernos en cuarentena y observación en el fuerte nuevo y en las casillas recién hechas a su alrededor... El 27 de septiembre se hizo la visita a nuestras personas en la línea del lazareto, y por la tarde la ventilación y fumigación de los equipajes; de suerte que al anochecer estábamos ya todos en comunicación con el pueblo y alojados en sus casas, donde permanecimos muy obsequiados de toda la vecindad... El día 6 de octubre se celebró una misa por la felicidad de nuestro viaje y de la causa nacional y en la madrugada del día 8 partimos por mar al fondeadero del Lugar Nuevo donde se hallaba el navío “Héroe” que nos trasladaría a Cádiz...” LORENZO VILLANUEVA, J. Mi viaje a las Cortes. 1810. 35. CORTES DE CÁDIZ: DISCUSIÓN DE LA INVOCACIÓN PRELIMINAR. “El Sr. Villanueva: A mí me parece que enseguida de las palabras: en el nombre de Dios todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo, autor y supremo legislador de la sociedad, pido que se añada: de nuestro Señor Jesucristo y de la Santísima Virgen María. El obispo de Calahorra: Aquí se trata de una Constitución elemental para España; se trata de una nación católica, la primera en el mundo, y como se ha de enseñar en las escuelas, póngase: que Dios es el autor de todas las cosas, de todo lo visible y lo invisible y que nos redimió y que creo todo lo que dice la Santa Iglesia católica, apostólica y romana... El Sr. Espiga: Cuando V.M. encargó a la Comisión el proyecto de Constitución, creyó que no le encargaban un catecismo de religión, y que la Constitución sólo debe contener las leyes fundamentales... La majestad de una Constitución consiste en decir bajo pocas palabras todo cuanto se puede desear...”
  • 14. Cit. TIERNO GALVÁN, E. Actas de las Cortes de Cádiz. 1964. 36. ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812. Don Fernando Séptimo, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la Regencia del reino, nombrada por las Cortes generales y extraordinarias, a todos los que la presente vieren y entendieren , sabed: Que las mismas Cortes han decretado y sancionado la siguiente Constitución... “Art. 1. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios. Art. 2. La Nación española es libre e independiente, y no puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona. Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la Nación... Art. 4. La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos... Art. 6. El amor a la Patria es una de las principales obligaciones de todos los españoles, y asimismo el ser justos y benéficos. Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la Católica, Apostólica, romana, única verdadera... y prohíbe el ejercicio de cualquier otra. Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en la Cortes con el Rey. Art. 16. La potestad de ejecutar las leyes reside en el Rey. Art. 17. La potestad de aplicar las leyes... reside en los tribunales... Art. 27. Las Cortes son la reunión de todos los diputados que representan la Nación, nombrados por los ciudadanos en la forma que se dirá. Art. 172. Las restricciones a la autoridad del Rey son las siguientes: Primera: No puede el Rey impedir bajo ningún pretexto la celebración de las Cortes... Tercera: No puede el Rey engañar, ceder, renunciar o en cualquier manera traspasar a otra la autoridad real ni alguna de sus prerrogativas. Art. 371.- Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas...” 37. VALORACIÓN DE LAS CORTES DE CÁDIZ. 1812. “Los que han pretendido que aquellas Cortes trajeron a España la Revolución, han confundido malamente la causa con el efecto: las Cortes no trajeron la revolución, la revolución las trajo a ellas... En revolución se estaba cuando el proceso del El Escorial, en revolución cuando las renuncias de Bayona, en revolución al reunirse en Cortes en la isla gaditana. Tenían las Cortes que fundar un gobierno, que levantar ejércitos, que allegar recursos, que mantener unidas las fuerzas de la nación, para hacer frente a un adversario tan prepotente, al mismo tiempo que dedicaban sus atención y desvelos a la reforma política que se les había encomendado... De una parte se aprestaban a la defensa de los patrones del Antiguo Régimen, bajo cuya capa se calificaban no pocos intereses y abusos, mientras que por la otra acometía el espíritu reformador, intolerante a la par que impaciente... la España antigua y la España moderna.” MARTINEZ DE LA ROSA, F. Espíritu del siglo. 1851. 38. DECRETO DE SUPRESIÓN DE LOS SEÑORÍOS JURISDICCIONALES. “(...)
  • 15. 7.- Deseando Las cortes Generales y Extraordinarias remover los obstáculos que hayan podido oponerse al buen régimen, aumento de la población y prosperidad de la Monarquía Española, decretan: I.- Desde ahora quedan incorporados a la Nación todos los señoríos jurisdiccionales de cualquier clase y condición que sean. (...). III.- Quedan abolidos los dictados de vasallo y vasallaje, y las prestaciones así reales como personales, a excepción de las que procedan de contrato libre en uso del sagrado derecho de propiedad. (...). VII.- Quedan abolidos los privilegios que tengan origen de señorío, como son los de caza, pesca, hornos, molinos, aguas, montes y demás, quedando al libre uso de los pueblos. (...). En adelante nadie podrá llamarse señor de vasallos, ejercer jurisdicción, nombrar jueces, ni usar los privilegios y derechos comprendidos en este decreto. Dado en Cádiz, a 6 de agosto de 1811.” 39. PROCLAMA DE UN LABRADOR. 1814. “Labradores Conciudadanos míos: si al principio de nuestra insurrección dijimos no queremos ser franceses, también dijimos no queremos ser esclavos. Si impelimos a nuestros hermanos a tomar las armas fue para redimir a nuestra cara Patria... Por fin la hemos encontrado, pobre y desnuda y al recibirnos nos ha cubierto con el sagrado manto del ciudadanato. Sí, Labradores, somos ya Ciudadanos; y mal que pese a todo Anti-Constitucional, sea Grande, Conde, Obispo o Fraile. Los señores nos obligaban a moler el trigo en su molino, a cocer el pan en su horno... Ahora todos esos abusos están abolidos; todos somos iguales delante de la ley. Nuestros hijos que no podían ser nada porque no eran nobles, estaban condenados a la oscuridad; ahora por sus virtudes y luces pueden obtener todos lo empleos de la patria... Ciudadanos, los que odian la Constitución son los que quieren mantener el patíbulo señorial... El Congreso abolió el feudalismo, os hizo libres; pero mientras miréis con indiferencia delante de vuestras puertas las horcas que os ha plantificado el Señor, no sois dignos de la sagrada investidura de Ciudadano español.” Cit. IRIS M. ZAVALA, Masones, Comuneros y Carbonarios, 1971. 40. MESONERO ROMANOS RELATA EL GOLPE DE ESTADO. 1814. “Al aparecer en la Gaceta este Real Decreto, la población de Madrid quedó suspensa y vacilante... Faltábala conocer aún la segunda parte del “programa” elaborado por los pérfidos consejeros de Fernando; y esta segunda parte era el movimiento o manifestación “popular” preparada con dos o tres centenares de personas, de la ínfima plebe, reclutadas al efecto en las tabernas y mataderos, para salir a las calles atacando a todas las personas que les cuadrase señalar con los epítetos de “flamasones, herejes y judíos”, al compás de los correspondientes gritos de ¡Viva la Religión! ¡Abajo las Cortes! ¡Viva Fernando VII! ¡Viva la Inquisición!, etc. Con tales disposiciones la turba hostil y desenfrenada corrió a la Plaza Mayor... y arrancando la lápida de la Constitución.... la arrastraron por todo Madrid, y muy especialmente por delante de las cárceles en donde estaban presos los liberales, redoblando allí los insultos, amenazas y tentativas más hostiles...” MESONERO ROMANOS, R. Memorias de un setentón…
  • 16. 41. MANIFIESTO DE LOS PERSAS. 1814. “Era costumbre en los antiguos persas pasar cinco días en anarquía después del fallecimiento de su rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias les obligase a ser más fieles a su sucesor. Para serlo España a V.M. no necesitaba igual ensayo en los seis años de su cautividad... La nobleza siempre aspira a distinciones; el pueblo siempre intenta igualdades; se proponían algunos borrar del todo nuestras leyes, impelidos de un espíritu de imitación de la Revolución francesa... Querían otros excluir el nombre y representación de los tres brazos, reduciéndolos a una sola y general representación popular... La monarquía absoluta es una obra de la razón y de la inteligencia; está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado; fue establecida por derecho de conquista o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron a sus reyes... Ha sido necesario que el poder soberano fuese absoluto, para prescribir a los súbditos todo lo que mira el interés común. Póngase al lado de esta definición la antigua constitución española y medítese la injusticia que se le hace. Es arriesgado que todo dependa de uno solo, y es más infelicidad por razón opuesta, que todo dependa de muchos... Que a este fin se proceda a celebrar Cortes con la solemnidad y en la forma en que se celebraron las antiguas... No pudiendo dejar de cerrar este respetuoso manifiesto con que se estime siempre sin valor esa Constitución de Cádiz y por no aprobada por V.M. Madrid, 12 de abril de 1814.” Cit. FERRER, TEJADA y ACEDO, Historia del tradicionalismo español. 42. TRATADO SECRETO DE VERONA. 1822. “Los infrascritos Plenipotenciarios autorizados especialmente por sus Soberanos para hacer algunas adiciones al tratado de la Santa Alianza... han convenido en los artículos siguientes: Art. 1. Las Altas Partes Contratantes plenamente convencidas de que el gobierno representativo es tan incompatible con el principio monárquico como la máxima de que la Soberanía del Pueblo es opuesta al principio de derecho divino, se obligan del modo más solemne a emplear todos sus medios y unir todos sus esfuerzos para destruir el sistema del gobierno representativo de cualquier Estado de Europa donde exista, y para evitar que se introduzca en los Estados donde no se conoce. Art. 4. Como la situación actual de España y Portugal reúne por desgracia todas las circunstancias a que hace referencia este tratado, las Altas Partes Contratantes, confiando a la Francia el cargo de destruirlas, le aseguran auxiliarle del modo que menos puede comprometerles con sus pueblos, y con el pueblo francés por medio de un subsidio de 20 millones de francos anuales... y por todo el tiempo de la guerra. Art. 5. Para restablecer en la Península el estado de cosas que existía antes de la revolución de Cádiz... las Altas Partes Contratantes se obligan mutuamente... para que se establezca la más perfecta armonía entre las cuatro Potencias Contratantes... Verona, 22 de noviembre de 1822.” 43. ORÍGENES DEL CARLISMO. 1826. “Sólo cuando solía estallar algún chispazo revolucionario (lo cual sucedía muy frecuentemente) era cuando Fernando recobraba su energía, logrando ahogar en sangre aquellos movimientos; pero luego echó de ver que no eran sólo los liberales a quienes debía temer, sino que más cerca de sí tenía otros elementos valiosos de insurrección y rebeldía y contra ellos hubo de convertir toda su atención y desvelo. El bando apostólico, compuesto de los más fanático del partido absolutista, poco satisfecho aún con el despotismo de Fernando, le pretendía dominar con su influencia exclusiva; y por medio de osadas exposiciones de comunidades, prelados y cabildos, le imponía aún mayor rigor e intolerancia, exigíale el restablecimiento de la Inquisición... el cierre de las
  • 17. Universidades, la supresión de las imprentas y, en fin, todo lo que significa una gráfica expresión estampada en cierta exposición de la Universidad de Cervera, que decía textualmente: “lejos de nosotros la peligrosa novedad de discurrir”. Y no contento el partido furibundo con estas absurdas manifestaciones, se lanzó resueltamente a la rebelión, proclamando en solemnes manifiestos la abdicación del Rey y el advenimiento al trono del infante don Carlos, en quien tenían cifradas sus esperanzas.” MESONERO, R. Memorias de un setentón. 44. EL PENSAMIENTO DE SIMÓN BOLIVAR. 1815. “Un continente separado de España por mares inmensos, más poblado y rico que ella y reducido durante tres siglos a una dependencia degradante, tiránica, se entera en el año 1810 de la disolución del gobierno de España después de haber sido ocupado su territorio por los ejércitos franceses. Se pone en guardia para evitar esa misma suerte y escapar de la anarquía y del desorden que la amenazan...Persuadida que España había sido completamente sojuzgada, como se creía entonces en toda América, Venezuela tomó esta iniciativa, que podía haber adoptado mucho antes siguiendo el ejemplo autorizado de las provincias españolas, a las que se declaró igual en derechos y en representación política...El lazo que la unía a España está cortado... Más grande es el odio que nos inspira la Península que el mar que nos separa de ella... El hábito de la obediencia, un comercio de intereses, de luces, de religión... en fin, todo lo que formaba nuestra esperanza nos venía de España... Actualmente sucede todo lo contrario. Todo lo sufrimos de esa desnaturalizada madrastra... Somos un pequeño género humano, poseemos un mundo aparte, cercado por dilatados mares, nuevo en casi todas las artes y ciencias, aunque, en cierto modo, viejo en los usos de la sociedad civil... No somos indios ni europeos, sino una especie media entre los legítimos propietarios del país y los usurpadores españoles; en suma, siendo nosotros americanos por nacimiento y nuestros derechos los de Europa, tenemos que disputar éstos a los del país y mantenernos en él contra la invasión de los invasores.” BOLIVAR, S. Páginas escogidas y Carta de Jamaica. 1815. 45. LA DESAMORTIZACIÓN ECLESIÁSTICA DE MENDIZÁBAL. “Señora: vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad de la nación no es tan solo cumplir una promesa solemne y dar una garantía positiva a la deuda nacional por medio de una amortización exactamente igual al producto de las rentas; es abrir una fuente abundantísima de felicidad pública, vivificar una riqueza muerta, desostruir los canales de la industria y de la circulación, apegar al país por el amor natural y vehemente a todo lo propio, ensanchar la patria, crear nuevos y firmes vínculos que liguen a ella, es, en fin, identificar con el trono excelso de Isabel II, símbolo del orden y de la libertad. No es, Señora, ni una fría especulación mercantil, ni una mera operación de crédito; es un elemento de animación de vida y de ventura para España. Es, si puedo explicarme así, el complemento de su resurrección política... Se funda en la alta idea de crear una copiosa familia de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoye principalmente en el triunfo completo de nuestras actuales instituciones... En el Pardo, a 19 de febrero de 1836.” 46. LA DESAMORTIZACIÓN: EL PROYECTO DE FLOREZ ESTRADA. “... Con el plan de venta, todas las clases de la sociedad quedan altamente perjudicadas; sólo ganan los especuladores, habituados a enriquecerse escandalosamente en pocos días,
  • 18. sin más trabajo que el de especular sobre la ignorancia y miseria de los pueblos, sobre la injusticia y desfachatez de los gobernantes. En cambio, con el sistema enfitéutico todas las familias de la clase proletaria serían dueñas del dominio útil de las tierras que cultivasen y, por consiguiente, interesadas en sostener las reformas y el trono de Isabel, pues en ellas verían cifrado su bienestar. Por el contrario, el sistema de vender las fincas hará la suerte de esta numerosa clase más desgraciada de lo que es aún en la actualidad y, por consiguiente, les hará odiosa toda reforma y el orden existente de cosas. Los arriendos de bienes pertenecientes a conventos... eran generalmente los más equitativos por el hecho mismo del mucho tiempo que había transcurrido desde su otorgamiento; Los nuevos compradores han subido la renta y esta subida hará que los pueblos detesten las nuevas reformas... La enfiteusis es un sistema que, creando a favor de colono una casi propiedad, forma una clase de individuos tan industriosos y tan ricos como si fuesen propietarios. Este solo sistema es el que, inspirando al labrador una completa confianza, le estimula a cultivar la tierra ajena como si fuera propia...” Cit. TUÑÓN DE LARA, M. El movimiento obrero en la Historia de España. 1972. 47. EL COMERCIO MADRILEÑO A MEDIADOS DEL SIGLO XIX. “... Desde 1845 para acá, sufrió el comercio de Santa Cruz la transformación impuesta por los tiempos... En la caja habían entrado ya los primeros billetes del Banco de San Fernando, que sólo se usaban para el pago de letras, pues el público los miraba aún con malos ojos, y con los doblones u ochentines, las pesetas catalanas, los duros españoles, los de veintiuno y cuartillo, las onzas, las pesetas columnarias y las monedas macuquinas, se armaban un belén espantoso. Para que el progreso pusiera su mano en la obra de aquel hombre (su comercio), fue preciso que todo Madrid se transformase, que la desamortización edificara una ciudad nueva sobre los escombros de los conventos... que las reformas arancelarias del 49 y del 68 pusieran patas arriba todo el comercio madrileño; que el gran ingeniero Salamanca idease los primeros ferrocarriles, que Madrid se colocase por arte del vapor a cuarenta horas de París, y por fin, que hubiera muchas guerras, revoluciones y grandes trastornos en la riqueza individual...” PÉREZ GALDÓS, B. Fortunata y Jacinta. 1886. 48. EL MADRID DE 1843. “Al rayar el día empieza lentamente el movimiento de este pueblo numeroso. Se abren sus puertas para dar entrada a infinidad de aldeanos que conducen las producciones de sus lugares... Los tahoneros, montados en sus caballos con enormes serones, reparten el pan por las tiendas; los ligeros valencianos... pregonando sus refrescos; las tiendas se llenan de mozos y criados que concurren a beber; las iglesias, de ancianos piadosos; y los talleres de los artesanos de multitud de obreros que van alegres a sus trabajos respectivos. Suenan las nueve. Las jóvenes elegantes que habían salido a misa, vuelven lentamente a sus casas, por supuesto “acompañadas “casualmente. A las diez los coches de los magnates, de los funcionarios públicos, seguidos a la carrera por la turba de pretendientes corren hacia los ministerios. Los estudios de los abogados quedan abiertos a la multitud de litigantes. La Puerta del Sol empieza a ser el centro del movimiento del público... los músicos esperan avisos de boda, los ciegos pregonan sus hojas volantes y las vendedoras de naranjas hacen conocer sus excelentes pulmones. La una. ¡Hora preciosa!, los pretendientes la esperan con ansia para saber el resultado de sus solicitudes; el especulador para acudir a la Bolsa, la encantadora belleza para recibir la visita de su apasionado; el hombre del pueblo para sentarse a su sencilla mesa.
  • 19. La población permanece en reposo; la siesta en los pocos meses de verano se prolonga más de una hora. Pero a las cinco vuelve la animación. Los paseos empiezan a poblarse de gentes... los toros, las meriendas...en el Prado luce la sociedad elegante, hasta que la noche se acerca. Y mientras unos se retiran, otros pueblan los cafés y los billares. La mayor parte vuelve a sus casas, pero otra parte prolonga la vida, arruinándose en juegos reprobados; sus coches hacen retemblar las pacíficas calles hasta que a las dos de la mañana se oye la voz del vigilante “sereno”...Los cantos de las aves precursoras del día suceden a aquel silencio, y el cuadro anterior vuelve a comenzar...” MESONERO ROMANOS, R. Manual de Madrid. 1843. 49. LA PARTICIPACIÓN DEL EJÉRCITO EN LA POLÍTICA. LOS ESPADONES. “El partido progresista en 1840, sintiéndose débil , buscó un apoyo, identificó su suerte con la de un soldado: error fatal, casi siempre sin remedio. La fuerza vive de la fuerza y en llegando a este punto, no suele haber otro recurso que abrazarse con el ídolo para vivir o morir con él. Espartero era, sin duda, de escasa comprensión política; pero aun así y todo, era una necesidad para el partido que le había decretado ovaciones y encumbrado a la regencia... Mucho se habla en estos últimos tiempos de destruir la preponderancia militar para fortalecer el poder civil; parécenos que mas bien debiera pensarse en robustecer el poder civil para destruir la preponderancia militar: no creemos que el poder civil sea flaco porque el militar sea fuerte; sino, por el contrario, el poder militar es fuerte porque el civil es flaco...” BALMES, J. Escritos políticos, 1847. 50. EL RECLUTAMIENTO DEL EJÉRCITO POR EL SISTEMA DE QUINTAS. “La Constitución ordena que cada uno contribuya al mantenimiento del Estado según sus haberes; y contra este principio constitucional se han dictado las leyes de quintas. Las quintas sacadas por sorteo son una contribución de sangre en que el pobre contribuye con todo su haber, mientras que el rico se libra por un puñado de dinero... los legisladores no creen posible hallar soldados voluntarios, cuando jamás han faltado brazos ni para este arte ni para ningún otro de los penosos y difíciles de la sociedad... ¿Cómo, pues, dudar de que falten peones voluntarios para el arte de la guerra? En la de la Independencia, en la del 23 y en la del 34 al 40, de sobra han estado los voluntarios en ambos campos. Los mismos sustitutos de los que habla la ley, son voluntarios que los hay en todos los pueblos y provincias... Los legisladores, por un espíritu irreflexivo y rutinario, adoptan la antieconómica y anticonstitucional ley que tratamos. Los cortos alcances no les permiten dar el paso de abolir las quintas por sorteo y por sustitución, que es la medida más justa, más fácil, más necesaria y que con más urgencia reclama la ciencia del gobierno interesada en la paz de las familias, y en que no se perturben las profesiones, oficios e industrias útiles, como ahora sucede haciendo variar anualmente a 25.000 jóvenes su carrera, sus inclinaciones, su trabajo y todas sus costumbres, que no pueden recobrar cuando después de ocho años los vuelven a los primitivos hábitos. Sospechan algunos de la oposición que si el ejército se formara de voluntarios, sería una institución tiránica, siempre adicta al gobierno y, por consiguiente, siempre opuesta a pronunciamientos en sentido liberal... Pero mientras que lleguemos a la época de tener poco ejército o de no tener ninguno ¿será justo que sigamos con las odiosas quintas, tan antieconómicas como inconstitucionales?...” BONA y URETA, J. Clave de los economistas en el poder y en la oposición. 51. MANIFIESTO DE ABRANTES. 1833. “No ambiciono el trono; estoy lejos de codiciar bienes caducos; pero la religión, la observancia y cumplimiento de la ley fundamental de sucesión y la singular obligación de defender los derechos imprescriptibles de mis hijos... me esfuerzan a sostener y defender la
  • 20. corona de España del violento despojo que de ella me ha causado una sanción tan ilegal como destructora de la ley que legítimamente y sin alteración debe ser perpetuada. Desde el fatal instante en que murió mi caro hermano (que santa gloria haya), creí se habrían dictado en mi defensa las providencias oportunas para mi reconocimiento; y si hasta aquel momento habría sido traidor el que lo hubiese intentado, ahora será el que no jure mis banderas, a los cuales, especialmente a los generales, gobernadores y demás autoridades civiles y militares, haré los debidos cargos, cuando la misericordia de Dios me lleve al seno de mi amada Patria, a la cabeza de los que me sean fieles. Encargo encarecidamente la unión, la paz y la perfecta caridad. No padezco yo el sentimiento de que los católicos españoles que me aman, maten, injurien, roben ni cometan el más mínimo exceso... Abrantes, 1 de octubre de 1833. Carlos María Isidro de Borbón.” 52. CRÍTICA DEL CARLISMO. 1856. “Reúnense en sus antros como lobos hambrientos: ocultan su carácter de forajidos debajo de la escarapela de carlistas; envuelven la garra, la tea y el trabuco en un trapo donde escriben ¡Viva la Religión y el Rey!; burlan la vigilancia de la policía francesa, que tal vez finge dormir para librarse de esta lepra... y derramándose por los terrenos fronterizos como una manada de fieras, aquí roban, allí incendian, más allá asesinan o cogen a las personas acaudaladas y se las llevan a impenetrables cuevas y allí les exigen fuertes sumas por rescate. Trabajando todo el día, a la inclemencia, o en los malsanos recintos de una fábrica, ganan poco, no tienen bastante para el sostén de una familia, cuanto menos para alimentar sus vicios; al paso que, mientras hacen la guerra, comen carne, beben vino y licores, juegan, abusan de las mujeres, campan en fin por sus respetos con una independencia feudal, que tiene para ellos los más seductores atractivos... Por eso los Pirineos están siempre llenos de estas bandas seudo carlistas, llamadas unas veces trabucaires, otras matinés, otras patuleia, siendo constantemente lo mismo, vagos de por vida, criminales endurecidos que se disfrazan con el carácter político de carlistas, para encontrar apoyo en su partido, tanto en España como en Francia.” MATA, P. El idiota o los trabucaires del Pirineo. 1856. 53. LA CONTROVERTIDA FIGURA DE ESPARTERO. “... Espartero es uno de esos hombres tradicionales que el pueblo acostumbra cargarse a las espaladas y son luego muy difíciles de descabalgar...Los méritos militares de Espartero son tan discutidos como indiscutible es su cortedad política... Conocido como jefe del Ayacuchismo, es un héroe verdaderamente extraordinario, cuyo bautizo histórico data de una derrota, en vez de datar de un triunfo... Espartero es conocido como el hombre que manda bombardear ciudades. Durante sus tres años de dictadura había llegado a perder su autoridad hasta el punto de que su propio embajador en París conspiraba contra él con Cristina y Narváez... Espartero huye luego de ciudad en ciudad, abandonado a cada paso de su retirada por parte de sus tropas. Al embarcarse en Cádiz esta ciudad le deseó feliz viaje pronunciándose también contra él...Fue cayendo de la idolatría al entusiasmo, del entusiasmo a la lealtad, de la lealtad al respeto, del respeto a la indiferencia, de la indiferencia al desprecio, del desprecio a la indignación y de la indignación al mar. ¿Cómo, pues, puede haberse convertido de nuevo en el Salvador de la Patria?” Cit. MARX y ENGELS, Revolución en España, 1973. 54. LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN LA ESPAÑA ISABELINA. “... El partido que en España ha figurado a la cabeza de la revolución es el llamado progresista. Encontramos su cuna en la escuela del siglo XVIII...
  • 21. En España han sido necesarias tres revoluciones: la de 1812, de 1820 y 1834. A la tercera ha triunfado, pero mintiéndose en cierto modo a sí misma, escudándose en el trono, aprovechándose de una guerra de sucesión, e identificando su causa con una dinastía. Sintiéndose débil, identificó su suerte con la de un soldado: error fatal. La fuerza vive de la fuerza, y muere a manos de la fuerza, y no suele haber otro recurso que abrazarse con el ídolo para vivir o morir con él. Espartero era sin duda de escasa comprensión política; pero aun así y todo era una necesidad para el partido. Los progresistas dijeron para sí: nosotros somos el pedestal del coloso; retirémonos y el coloso caerá y se hará pedazos. Pero no advirtieron que esos pedazos los aplastarían a ellos. En el partido moderado distinguimos entre unos cuantos que se apropian de este nombre y un considerable número de ciudadanos, respetables por muchos títulos, que habiéndose adherido sinceramente al trono de Isabel II y deseado reformas no quieren que el trono sirva de bandera a la injusticia ni a pasiones e intereses que nada tienen que ver con la cuestión dinástica, ni con el esplendor de la corona, ni con la felicidad de la nación. El carácter de este partido ha sido el deseo de lograr un fin, pero falta de audacia para emplear los medios. Él se encargó de abrir las puertas de la revolución, y él se encarga de legalizarla...” BALMES, J. Escritos políticos, 1847 55. ALGUNOS ARTÍCULOS DEL ESTATUTO REAL. 1834. “Art. 1. ...Su majestad la Reina Gobernadora, en nombre de su excelsa hija doña Isabel II, ha resuelto convocar las Cortes generales del Reino. Art. 2. Las Cortes se compondrán de dos Estamentos: el de Próceres del Reino y el de Procuradores del Reino. Art. 3. El Estamento de Próceres del Reino se compondrá: 1. De muy reverendos arzobispos y reverendos obispos. 2. De Grandes de España. 3. De Títulos de Castilla. 4. De Secretarios del Despacho. Consejeros de Estado, Embajadores, Generales de mar o de tierra...5. De los propietarios territoriales o dueños de fábricas... que reúnan a su mérito personal y a sus circunstancias relevantes, el poseer una renta anual de sesenta mil reales... Art. 14. Para ser Procurador del reino se requiere... estar en posesión de una renta propia anual de doce mil reales. Art. 24. Al Rey toca exclusivamente convocar, suspender y disolver las Cortes. Art. 31. Las Cortes no podrán deliberar sobre ningún asunto que no se haya sometido expresamente a su examen en virtud de un Decreto Real.” 56. ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1837. “Art. 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes... Art. 5. Todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos según su mérito y capacidad. Art. 6. Todo español está obligado a defender la patria con las armas cuando sea llamado por la ley y a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado. Art. 7. No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa, sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban. Art. 11. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la Religión Católica que profesan los españoles. Art. 12. La potestad de hacer las leyes reside en la Cortes con el Rey. Art. 13. Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores iguales en facultades; El Senado y el Congreso de Diputados. Art. 45. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey. Art. 70. Para el gobierno interior de los pueblos habrá Ayuntamientos, nombrados por los vecinos a quienes la ley concede este derecho.” 57. ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1845.
  • 22. “Doña Isabel II, por la gracia de Dios y de la Constitución de la Monarquía española... hemos venido, en unión y de acuerdo con las Cortes actualmente reunidas … modificando al efecto la Constitución promulgada en 18 de junio de 1837… en decretar y sancionar la siguiente Constitución... Título I. De los españoles […] Artículo 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes Art. 11. La Religión de la Nación española es la católica, apostólica y romana. El Estado se obliga a mantener el culto y sus ministros. Art. 12. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey Art. 14. El número de senadores es ilimitado: su nombramiento pertenece al Rey. Art. 15. Sólo podrán ser nombrados senadores los españoles que, además de tener treinta años cumplidos, pertenezcan a las clases siguientes: ...Ministros, Consejeros, Arzobispos, Obispos, Grandes de España, Capitanes generales del Ejército... Los comprendidos en las categorías anteriores deberán además disfrutar de 30.000 reales de renta... Art. 22. Para ser Diputado se requiere ser español, del estado seglar, haber cumplido veinticinco años, disfrutar la renta procedente de bienes raíces, o pagar por contribuciones directas la cantidad que la ley electoral exija... Art. 43. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey.” 58. CRISIS FINAL DEL REINADO DE ISABEL II: CARTA DE MADOZ A PRIM. “...La situación del país, mala, malísima. El crédito a tierra. La riqueza rústica y urbana, menguando prodigiosamente. Los negocios, perdidos, y no sé quien se salvará de este conflicto. Yo hago prodigios por salvar “La Peninsular”, pero te aseguro, querido Juan, que ni como ni duermo. Nadie paga porque nadie tiene para pagar. Si vendes, nadie compra, ni aun cuando des la cosa por el cincuenta por ciento de su coste. La España ha llegado a una decadencia grande, y yo, como buen español, desearía que hubiese medios hábiles de levantar el prestigio y dignidad de este pueblo, que merece mejor suerte. No habiendo grande abnegación, grande desinterés, grande patriotismo en todos los progresistas y demócratas, podemos decir que hemos contribuido todos al aniquilamiento de España.” MADOZ, P. Carta a D. Juan Prim, 12 de enero de 1867. 59. PACTO DE BRUSELAS. “... después de una breve discusión se acordó por unanimidad lo siguiente: 1º.- que el objeto y bandera de la revolución en España es la caída de los Borbones. 2º.- que siendo para los demócratas un principio esencial el sufragio universal y admitiendo los progresistas el derecho del plebiscito, la base de la inteligencia de los dos partidos fuera que por un plebiscito, o por unas Cortes Constituyentes elegidas por el sufragio universal, se decidiría la forma de gobierno que se había de establecer en España, y hasta que así se decidiese había de ser absoluta la libertad de imprenta y sin ninguna limitación el derecho de reunión, para que la opinión nacional pudiese ilustrase y organizarse convenientemente; sin que el gobierno provisional, que saliera de la revolución, pudiera influir como tal en la resolución de la cuestión fundamental; sin perjuicio de que las personas que lo compusieran pudieran sostener privada y públicamente sus opiniones individuales. 3. Que se reconocía como jefe y director militar del movimiento al general Prim.” 60. PROCLAMA DE LOS SUBLEVADOS EN CÁDIZ: 19 de septiembre de 1868.
  • 23. “Españoles: La ciudad de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, con la armada anclada en el puerto... declara solemnemente que niega su obediencia al gobierno que reside en Madrid, segura de que es leal interprete de todos los ciudadanos que no hayan perdido el sentimiento de la dignidad, y resuelta a no deponer las armas hasta que la Nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se cumpla. Hollada la ley fundamental, corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno, muerto el municipio, pasto de la administración y la hacienda de la inmoralidad, tiranizada la enseñanza, muda la prensa... Queremos una legalidad común, por todos creada; queremos vivir la vida de la honra y la libertad. Queremos que un gobierno provisional, que represente todas las fuerzas vivas del país, asegure el orden, en tanto que el sufragio universal echa los cimientos de nuestra regeneración social y política. Contamos con el concurso de todos los liberales, con el apoyo de las clases acomodadas, que no querrán que el fruto de sus sudores siga enriqueciendo la interminable serie de favoritos; con los amantes del orden, con los ardientes partidarios de las libertades individuales, con el apoyo de los ministros de altar, con el pueblo todo y con aprobación, en fin, de la Europa entera... Españoles: acudid todos a las armas, único medio de economizar la efusión de sangre. Sed, como siempre, valientes y generosos. La única esperanza de nuestros enemigos consiste ya en los excesos a que desean vernos entregados... ¡Viva España con honra! Cádiz, 19 de septiembre de 1868. Duque de la Torre.- Juan Prim.- Domingo Dulce.- Francisco Serrano.- Ramón Nonvilas.- Rafael Primo de Rivera.- Antonio Caballero de Rodas.- Juan Topete.” 61. MANIFIESTO DE LA JUNTA DE MADRID: 29 de septiembre de 1868. “Madrileños: Constituida en nombre del pueblo la junta provincial del Gobierno, su primer deber es dirigiros la palabra. La dinastía de los Borbones ha concluido. El fanatismo y la licencia fueron el signo de su vida privada. La ingratitud y la crueldad han sido el premio otorgado a los que en 1808 defendieron la nación y el trono, y a los que en 1833 salvaron a la hija de Fernando VII. Sufra la ley de la expiación; y el pueblo, que tan generoso fue con el padre y con la hija, recobra hoy su soberanía que no puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona, como proclamaron las inmortales Cortes de 1812... Unas Cortes Constituyentes, elegidas por el sufragio universal, decidirán sobre los destinos de la patria. No empañemos la alegría del triunfo con ningún desorden que llenaría de júbilo a los enemigos de la libertad. Que todos los vecinos se organicen por distritos y vigilen por que nada manche nuestra gloriosa revolución. ¡Viva la Soberanía Nacional! ¡Viva la Marina! ¡Viva el Ejército! ¡Vivan los generales que han conducido a la victoria! ¡Abajo los Borbones! ¡Viva el pueblo soberano!” 62. FRUSTRACIÓN REVOLUCIONARIA: MANIFESTACIÓN EN TORREVIEJA EN CONTRA DE LAS QUINTAS Y MATRÍCULAS DE MAR. “Los infraescritos, padres y madres de familia, jóvenes y vecinos de la villa de Torrevieja, en la provincia de Alicante, a las Cortes Soberanas, con el más profundo respeto y acatamiento, dicen: que el primer grito que lanzaron, al levantarse en 1868 contra el gobierno de González Bravo, fue el de: ¡abajo los Borbones, las quintas y matrículas de mar! Nuestros pechos palpitaron de alegría, al saber después que toda España expresó en aquellos azarosos momentos la misma aspiración, el mismo deseo, prueba concluyente de la odiosidad que a todos inspira la horrible contribución de sangre.
  • 24. Torrevieja sufre dos odiosidades, dos tiranías: la quinta y la matrícula de mar. El ejército nos pide veinte hombres; la marina, cuarenta; de suerte que un pueblo de unos 1.500 vecinos da todos los años 60 y más hombres a la nación. ¡Qué mucho que haya tantas familias abandonadas a la miseria! ¡Qué mucho que la marina mercante se resienta de la falta de brazos jóvenes que la tripulen, y el comercio y la industria se paralicen, y decaiga la vida de este pueblo! No más se oiga en España el número que marque al hombre con el sello del esclavo; no más lamentos del quinto, al lado de los transportes de alegría del libre, ni familias abandonadas por seguir el turno de campaña. Sea marinero o industrial toda su vida el que quiera serlo; sea soldado o marino convocado, aquél que de la milicia de mar y tierra haga una industria o un negocio. Estas son nuestras aspiraciones en estos momentos en que, dejando a un lado las rencillas de partido, nos agrupamos todos para recorrer las calles de la población pacífica y ordenadamente, y, usando de los sagrados derechos que las Cortes nos han otorgado, pedimos la abolición de la quintas y matrículas de mar. Escrito enviado por el pueblo de Torrevieja a las Cortes el 16 de marzo de 1870.” Cit. RAMOS, V. Crónica de la Provincia de Alicante. 1979. 63. ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1869. “La Nación española y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio universal... decretan y sancionan la siguiente Constitución. Art. 17. Tampoco podrá ser privado ningún español: Del derecho de emitir libremente sus ideas... Del derecho a reunirse pacíficamente. Del derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana... Art. 21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. El ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda garantizado... Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la Nación, de la cual emanan todos los poderes. Art. 33. La forma de Gobierno de la Nación española es la Monarquía. Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y promulga las leyes. Art. 93. Se establecerá el juicio por jurados... Art. 108. Las Cortes Constituyentes reformarán el sistema actual del gobierno de las provincias de Ultramar, cuando hayan tomado asiento los diputados de Cuba y Puerto Rico…” 64. AMADEO DE SABOYA, SEGÚN PI Y MARGALL. “Amadeo de Saboya era de corto entendimiento. Desconocía de España la historia, la lengua, las instituciones, las costumbres, los partidos, los hombres; y no podía por sus talentos suplir tan grave falta. Era de no muy firme carácter. No tenía grandes vicios, pero tampoco grandes virtudes. Una cualidad buena manifestó: dijo desde un principio que no se impondría a la nación por la fuerza, y lo cumplió, prefiriendo perder la corona a quebrantar su juramento. No eran dotes estas para regir a un pueblo tan agitado como el nuestro. El día de su elección había tenido Amadeo en pro sólo 191 votos; en contra 120. No le querían ni los republicanos ni los carlistas, que eran los dos grandes partidos de España, ni los antiguos conservadores que estaban por don Alfonso. Recibíanle de mal grado los unionistas, que habían puesto en el duque de Montpensier su esperanza, y algunos progresistas, que deseaban ceñir la diadema de los reyes en las sienes de Espartero. No le acogía con entusiasmo nadie…” PI Y MARAGALL, F. Opúsculos. Amadeo de Saboya. 1873. 65. AMADEO I RENUNCIA A LA CORONA DE ESPAÑA. “Al Congreso:
  • 25. Grande fue la honra que merecí a la nación española eligiéndome para ocupar su trono. Dos años largos ha que ciño de Corona de España y la España vive en constante lucha. Si fuesen extranjeros los enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados, tan valientes como sufridos, sería el primero en combatirlos; pero todos los que con la espada, con la pluma, con la palabra, agravan y perpetúan los males de la Nación son españoles; todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por su bien... Entre tantas y tan opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible atinar cuál es la verdadera, y más imposible todavía hallar el remedio para tamaños males. Lo he buscado ávidamente dentro de la ley y no lo he hallado. Fuera de la ley no ha de buscarlo quien prometió observarla. Nadie achacará a flaqueza de ánimo mi resolución. Estas son, señores diputados, las razones que me mueven a devolver a la Nación, y en su nombre a vosotros, la Corona que me ofreció el voto nacional, haciendo de ella renuncia por mí, por mis hijos y sucesores. Amadeo.- Palacio de Madrid, 11 de febrero de 1873.” 66. REPUBLICANISMO BURGUÉS Y SOCIALISMO PROLETARIO. 1871. “Los trabajadores españoles debemos separarnos de una vez para siempre de todos los antiguos partidos, formados por las clases poseedoras, incluso el Partido Republicano Federal..., influido y dirigido por hombres de clase media, que viven en perfecta inteligencia con lo existente. Nuestra misión es más grande, más revolucionaria. Consiste en la organización del sufragio universal... y la federación de las sociedades obreras... Hagamos el vacío alrededor de todo lo existente y ello solo se derrumbará... Nosotros debemos repetir con insistencia a nuestros amigos que la emancipación del obrero no puede verificarse sino por el obrero mismo; toda revolución dirigida por burgueses a nadie más que a ellos será útil... Por eso nos llamamos socialistas y no republicanos... El partido republicano, burgués ante todo, se halla incapacitado para plantear una organización verdaderamente demócrata que consista en el gobierno del pueblo por el pueblo.” MESA, J. Artículo publicado en La Emancipación, 1871. 67. LA PRIMERA REPÚBLICA VISTA POR UN MARXISTA. 1873. “Mi querido Engels: La proclamación de la República no ha sido para mí un hecho inesperado; hace tiempo que lo había anunciado como resultado natural de la falsa situación de Amadeo frente a los partidos liberales... El cambio se ha hecho de una manera tan tranquila. Pero aún no hemos llegado al final; los cuatro republicanos que han aceptado carteras (Figueras, Pí, Salmerón y Castelar) son gente honesta, pero no están a la altura de la situación; tienen que gobernar con una mayoría parlamentaria que no está de acuerdo con ellos en la mayor parte de las cosas prácticas... De otro lado, la parte popular del republicanismo, que está dirigida por los intransigentes, se agita... El momento, como ve, no puede ser favorable para nosotros. Si los intransigentes se pelean con el gobierno, intentarán hacer una revolución que llamarán social... ¡Qué magnifica ocasión para fundar el partido obrero en España! Salude de mi parte a Marx, Lafargue y su familia.” MESA, J. Correspondencia con Federico Engels.1873 68. ALGUNOS ARTÍCULOS DEL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN DE 1873.
  • 26. “Art. 1. Componen la Nación española los Estados de Andalucía Alta, Andalucía Baja, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva, Castilla la Vieja, Cataluña, Cuba, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra, Puerto Rico, Valencia, Regiones Vascongadas. Los Estados podrán conservar las actuales provincias o modificarlas, según sus necesidades territoriales. Art. 39. La forma de gobierno de la Nación española es la República federal. Art. 92. Los Estados tienen completa autonomía económico- administrativa y toda la autonomía política compatible con la existencia de la Nación. Art. 93. Los Estados tienen la facultad de darse una Constitución política que no podrá en ningún caso contradecir a la presente Constitución. Art. 96. Los Estados regirán su política propia, su industria, su hacienda, sus obras públicas, sus caminos regionales, su beneficencia, su instrucción y todos los asuntos civiles y sociales que no hayan sido por esta Constitución remitidos al Poder federal.” 69. MANIFIESTO DE SANDHURST. “He recibido de España un gran número de felicitaciones con motivo de mi cumpleaños. Cuantos me han escrito muestran igual convicción de que sólo el restablecimiento de la Monarquía Constitucional puede poner término a la incertidumbre que experimenta España. Dícenme que antes de mucho estarán conmigo todos los de buena fe sean cuales fueren sus antecedentes políticos, comprendiendo que no pueden tener exclusiones ni de un monarca nuevo y desapasionado, ni de un régimen que represente la unión y la paz... Por virtud de la espontánea y solemne abdicación de mi augusta madre, tan generosa como infortunada, soy único representante yo del derecho monárquico en España... Por todo esto, sin duda, lo único que inspira ya confianza en España es una Monarquía hereditaria y representativa. En el entretanto, no sólo está hoy por tierra todo lo que en 1868 existía... Si de hecho se halla abolida la Constitución de 1845, hállase de hecho abolida la que en 1869 se formó sobre la base inexistente de la Monarquía... No hay que esperar que decida yo nada de plano y arbitrariamente... Llegado el caso, fácil será que se entiendan un príncipe leal y un pueblo libre... Sea la que quiera mi propia suerte, ni dejaré de ser buen español, ni, como todos mis antepasados, buen católico, ni, como hombre del siglo, verdaderamente liberal. Alfonso de Borbón, Sandhurst, 1 de diciembre de 1874.” 70. CARTA DE MARTÍNEZ CAMPOS A CÁNOVAS JUSTIFICANDO EL PRONUNCIAMIENTO DE SAGUNTO. “Muy señor mío y de todo mi respeto: Cuando reciba usted ésta habré iniciado el movimiento a favor de Alfonso XII. Cargo con la responsabilidad de este acto al cual arrastro a mis amigos; no tengo derecho a la protección del partido... Tengo menos elementos de fuerza para el primer momento que hace mes y medio. La decisión que tomo hoy la debí tomar hace cuarenta y cinco días. No me arrojo por amor propio, ni por despecho; lo hago porque ustedes aseguran que la opinión está hecha. La voz ¡Alfonso XII, la paz, religión y libertad! Levantará tal vez este postrado país, nos llevará a la conclusión de la guerra civil y nos permitirá acabar la separatista. Tengo el firme propósito de no aceptar nada, ni ascenso, ni título, ni remuneración alguna. Si consigo mi objeto, el poner este país en vías de tranquilidad, mi ambición queda satisfecha. No hay de mí a usted antipatía política alguna. La diferencia entre usted y yo estaba en los distintos modos de procedimiento en la cuestión del alzamiento.”
  • 27. 27 de diciembre de 1874 MARTÍNEZ CAMPOS, A. Correspondencia 71. UN AGRIDULCE Y MAGISTRAL PANORAMA DE ESPAÑA, A FINALES DEL SIGLO XIX. Una inconsciencia punto menos que infantil regía el ir y venir apasionado de los españoles en relación con las cuestiones que suscitaba la actualidad inmediata. Nadie miraba a lo lejos. Inconsciencia y optimismo. Pasada la batahola de la Revolución y la República, salvado el momento difícil de la muerte de Alfonso XII y sumido el país en enorme calma chicha, el gran niño que era España se entretenía en discutir a propósito del crimen de la calle Fuencarral, o poco más tarde, del submarino inventado por Isaac Peral. El cuadro de nuestros grandes hombres, para mayor felicidad, estaba cubierto dos veces. De aquí que los españoles se permitiesen el lujo de tener donde elegir: o Cánovas o Sagasta; o Galdós o Pereda; o Lagartijo o Frascuelo... Libres de cuidados, las gentes se consagraban a sus ocios predilectos. Triunfaban, con los toreros y los cantantes de ópera, los oradores, los poetas fáciles y los prosistas amenos. Los artículos de fondo sonaban muy bien y las novelas se multiplicaban. Cuadros de his toria, dramas de Echegaray, ripios punzantes... Juegan papel indiscutible en las piezas cómicas de la época la patrona y la suegra, el cesante y el maestro de escuela... Caricaturas de Mecachis y de Cilla. Buen humor en todas partes. Palmas al Guerra. Wagner está a punto de llegar. Las muchachas de talle de avispa y mangas de jamón cantan habaneras. Chotis de Chueca en los organillos; pronto se convertirá en himno nacional su Marcha de Cádiz... ¡Dichosa edad y años dichosos aquellos! FERNÁNDEZ ALMAGRO, M. Vida y obra de Ángel Ganivet, 1923. 72. ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1876. “Art. 11. La religión Católica, Apostólica, Romana, es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros... No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado. Art. 13. Todo español tiene derecho: De emitir libremente sus ideas y opiniones... sin sujeción a la censura previa. De reunirse pacíficamente. De asociarse para los fines de la vida humana... Art. 20. El Senado se compone: De senadores por derecho propio. De senadores vitalicios nombrados por la Corona. De senadores elegidos por las corporaciones del Estado y mayores contribuyentes... Art. 28. Los Diputados se elegirán por el método que determine la ley. Art. 75. Unos mismos Códigos regirán en toda la Monarquía…” 73. ARGUMENTACIÓN CONSERVADORA EN CONTRA DEL SUFRAGIO UNIVERSAL. “El sufragio universal, que es en sí mismo una malísima institución política, una institución incompatible con todo ordenado régimen político, y más si ese régimen es el monárquico, el sufragio universal, aun cuando sea verdad, es incompatible a la larga con la propiedad individual, con la desigualdad de las fortunas y con todo lo que no sea un socialismo desatentado y anárquico. El sufragio universal no puede ser más que un instrumento de socialismo o una farsa vil... ¿Quién piensa...que las opiniones de las muchedumbres, de los pobres, de los que nada tienen, estarán representadas en las urnas electorales?... El sufragio universal es un instrumento de intimidación en las grandes poblaciones, agitado por la demagogia contra los intereses del orden; y es, en las pequeñas poblaciones agrícolas, un instrumento vil de cartas en blanco en manos de los gobernadores de las provincias... Hay muchos que al pretender establecer el sufragio universal quieren que se derive de él la soberanía; hay muchos que le buscan como pretexto para disputar a la Corona los
  • 28. fundamentos sustanciales de sus derechos; hay muchos que aspiran a que por él se pueda contrarrestar la eficacia del principio monárquico dentro de las ideas conservadoras.” CÁNOVAS, A. Discurso pronunciado en Sevilla el 8 de noviembre de 1888. 74. OLIGARQUÍA Y CACIQUISMO SEGÚN JOAQUÍN COSTA. “Los factores que integran esta forma de gobierno son tres: 1.- Los oligarcas, prohombres o notables de cada bando que forman su “plana mayor”, residentes ordinariamente en el centro. 2.- Los caciques..., diseminados por el territorio. 3.- El gobernador civil, que les sirve de órgano de comunicación y de instrumento. A esto se reduce fundamentalmente todo el artificio bajo cuya pesadumbre gime rendida y postrada la Nación. Oligarcas y caciques constituyen lo que solemos denominar clase directora o gobernante, distribuida o encasillada en “partidos”... Si aquellos bandos o facciones hubiesen formado parte de la Nación, habrían gobernado para ella, no exclusivamente para sí... El señor Labra ha observado sobre el suelo de la Península dos grupos de hombres: uno, que tranquilo y disfrutando de las comodidades de un hogar bien dispuesto y acondicionado, decreta la guerra, y otro que la sostiene a miles de leguas de su familia y en medio de toda clase de privaciones...” COSTA, J. Oligarquía y caciquismo, 1901. 75. OLIGARQUÍA Y CACIQUISMO: “EL PUCHERAZO”. “En España las elecciones no son más que una farsa. Lo mismo si el sufragio es universal que restringido, nunca hay más que un solo y único elector: el ministro de la Gobernación. Éste con sus gobernadores de provincia prepara, ejecuta y consuma las elecciones. Para hacer las listas de electores se ponen en ellas algunos nombres verdaderos perdidos entre una multitud de imaginarios, y sobre todo de difuntos. La representación de estos últimos se da siempre a agentes disfrazados de paisano para ir a votar. El autor de estas líneas ha visto repetidas veces que su padre, fallecido ya algunos años, iba a depositar su voto en la urna bajo la figura de un barrendero, o de un policía. Los individuos que componen las mesas de los colegios electorales presencian muy a menudo semejantes transmigraciones de las almas de sus propios padres. Este sistema de elecciones por medio de la resurrección de los muertos no es, sin embargo, el peor de los medios empleados, y lo que hacen es sencillamente aumentar el número de votos emitidos hasta tener asegurada la elección del candidato. Para que los lectores extranjeros puedan hacerse una pequeña idea de lo que ocurre, citaremos el caso de un candidato ministerial por el distrito de Berga, que obtuvo más de un millón y medio de votos, a pesar de que el distrito sólo contaba con varios miles de habitantes... Al partido liberal se debe, sin lugar a duda, la creación de la Partida de la Porra, que salpicó de sangre las calles de muchas ciudades que se atrevieron a oponer resistencia a la voluntad de los que dirigían las elecciones... Otras veces se colocaba la urna en el piso superior de una casa, cuyo portal quedaba cerrado; los electores entraban por una ventana con ayuda de una escalera que sólo se facilitaba a los amigos... El ministro de la Gobernación es quien hace los diputados ministeriales; más, como un Gobierno no puede vivir sin oposición, él es también quien designa los candidatos de la oposición que han de salir…” ALMIRALL, V., España tal como es. 1889.