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Sevilla, 8 de mayo 2008                                 BOJA núm. 91                                        Página núm. 17


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN                                         cimiento de normas sobre evacuación en situaciones de
                                                                emergencia, y será de obligado cumplimiento para todos
              ORDEN de 16 de abril de 2008, por la que se       los centros docentes públicos andaluces, a excepción de
         regula el procedimiento para la elaboración, apro-     los universitarios, y los servicios educativos sostenidos
         bación y registro del Plan de Autoprotección de        con fondos públicos. La prevención, integrada en el ám-
         todos los centros docentes públicos de Andalucía,      bito del Centro, se organizará y planificará a través de
         a excepción de los universitarios, los centros de      la «Comisión de Salud y Seguridad Escolar», que pasa
         enseñanza de régimen especial y los servicios          a llamarse Comisión de Salud y Prevención de Riesgos
         educativos, sostenidos con fondos públicos, así        Laborales del Centro.
         como las Delegaciones Provinciales de la Conse-             Por otra parte, los Objetivos 3, 6 y 7, del referido
         jería de Educación, y se establece la composición      I Plan, incluyen una serie de acciones que implican, ne-
         y funciones de los órganos de coordinación y ges-      cesariamente, que el contenido de la Orden de 20 de
         tión de la prevención en dichos centros y servi-       junio de 2007 (BOJA núm. 141, de 18 de julio de 2007),
         cios educativos.                                       se amplíe para dar cabida a la elaboración de materiales
                                                                curriculares y recursos, y al desarrollo de actividades de
     La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención           formación y de investigación educativa dirigidas al pro-
de Riesgos Laborales, y la Ley 54/2003, de 12 de di-            fesorado de los centros docentes públicos, en materia
ciembre, que reforma parcialmente la anterior, justifican       de salud laboral, prevención de riesgos laborales y pro-
la prevención y la asignación de recursos preventivos           moción de la salud en los lugares de trabajo. Para ello
en los centros de trabajo (BOE núm. 298, de 13 de di-           parece conveniente incorporar, en la citada Orden, a la
ciembre), así como el Real Decreto 604/2006, de 19 de           Dirección General competente en materia de recursos
mayo, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997,           humanos, como órgano gestor.
de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de los Servi-               Por su parte, el Real Decreto 393/2007, de 23 de
cios de Prevención y el Real Decreto 1627/1997, de 24           marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Auto-
de octubre, que establece las disposiciones mínimas de          protección de los centros, establecimientos y dependen-
seguridad y salud en las obras de construcción (BOE             cias dedicados a actividades que puedan dar origen a
núm. 127, de 29 de mayo).                                       situaciones de emergencia, determina la obligatoriedad
     La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación           de tener centros y edificios administrativos más seguros,
de Andalucía, en su artículo 24, establece que la Admi-         que cumplan las normas establecidas y que revisen pe-
nistración educativa, en el marco general de la política        riódicamente las instalaciones existentes.
de prevención de riesgos y salud laboral, y de acuerdo               La política en materia de seguridad ha evolucionado
con la legislación que resulte de aplicación, establecerá       de un modo similar a la gestión de la calidad. La seguri-
medidas específicas destinadas a promover el bienestar          dad se concibe más en el contexto del «control total de
y la mejora de la salud laboral del profesorado y a actuar      pérdidas»: una política encaminada a evitar las pérdidas
decididamente en materia de prevención.                         mediante una gestión de la seguridad en la que inter-
     El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el ar-         viene la interacción entre las personas, los procesos,
tículo 62, apartado 1, 4.º, atribuye a nuestra Comunidad        los materiales, los equipos, las instalaciones y el medio
Autónoma, en el marco de la legislación del Estado, las         ambiente. Los fallos detectados a tiempo, durante los
competencias ejecutivas en materia de Prevención de             controles de mantenimiento preventivo, evitan numero-
Riesgos Laborales y Seguridad en el Trabajo.                    sas situaciones de accidentes. De ahí que sea necesario
     Esta competencia se ejerce en virtud del Acuerdo           propiciar la participación y el compromiso de todas las
de 19 de septiembre de 2006, del Consejo de Gobierno,           personas en mejorar la calidad de las medidas de pro-
por el que se aprueba el I Plan Andaluz de Salud Laboral        tección frente a las situaciones peligrosas. A tal efecto,
y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente          esta Orden se inspira en las directrices y estrategias es-
de los centros públicos dependientes de la Consejería de        pañolas, europeas e internacionales.
Educación (2006-2010), como instrumento de coordina-
ción, vertebración y planificación de la actividad preventi-         En su virtud y oídas las Organizaciones Sindicales
va en el sector docente.                                        integrantes de la Mesa Sectorial de Educación, a pro-
     En el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma cabe            puesta de la Dirección General de Gestión de Recursos
citar el Plan General para la Prevención de Riesgos Labo-       Humanos, y en uso de las atribuciones que me confiere
rales en Andalucía, aprobado por el Decreto 313/2003,           el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
de 11 de noviembre, resultado del consenso de los agen-         Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el
tes económicos y sociales y de la Administración, así           Apartado Tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno,
como el Decreto 34/2008, de 5 de febrero, por el que se         de 19 de septiembre de 2006,
aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Preven-
ción de Riesgos Laborales; y por otra parte, el Decreto                                DISPONGO
195/2007, de 26 de junio, por el que se regula las con-
diciones generales para la celebración de espectáculos                 Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
públicos y actividades recreativas de carácter ocasional               1. La presente Orden tiene por objeto:
y extraordinario, así como la Ley 2/2002, de 11 de no-
viembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía.                    a) Regular el procedimiento para la elaboración,
     El citado I Plan Andaluz de Salud Laboral y Preven-        aprobación y registro del Plan de Autoprotección de to-
ción de Riesgos Laborales del personal docente de los           dos los centros docentes públicos de Andalucía, a excep-
centros públicos establece el principio de integración          ción de los universitarios, los centros de enseñanza de
de la prevención en todas las decisiones, actividades           régimen especial y los servicios educativos, sostenidos
y niveles jerárquicos, así como la Promoción de la Sa-          con fondos públicos, y las Delegaciones Provinciales
lud en los lugares de trabajo, por ello contempla en el         de Educación, de conformidad con lo establecido en el
Objetivo 2, Acción 5 que, la Consejería de Educación            Acuerdo de 19 de septiembre de 2006, del Consejo de
regulará y actualizará la normativa relativa a la elabora-      Gobierno, por el que se aprueba el I Plan Andaluz de Sa-
ción del Plan de Autoprotección del Centro y el estable-        lud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del perso-
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nal docente de los centros públicos dependientes de la                - Realizar el mantenimiento preventivo de las insta-
Consejería de Educación.                                         laciones, la detección y eliminación de los riesgos, defi-
     b) Establecer la composición y las funciones de los         niendo una organización que implante y actualice el Plan
órganos de gestión de la prevención, así como de la co-          de Autoprotección.
ordinación de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral              - Posibilitar la coordinación entre los medios de
y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente           emergencias externos y el centro, para optimizar las me-
en los centros públicos, a excepción de los universita-          didas de prevención, protección e intervención, garanti-
rios, y en los servicios educativos.                             zando la conexión con los procedimientos y planificación
     c) Fomentar el desarrollo de aprendizajes basados           de ámbito superior, planes de autoprotección locales,
en competencias para la vida y la supervivencia, propias         supramunicipales, autonómicos y nacionales.
de la cultura de la prevención de riesgos: valores, actitu-
des, prácticas, conocimientos y comportamientos, para                 Artículo 3. Contenidos del Plan de Autoprotección.
actuar de manera eficaz ante una situación de emergen-                1. El contenido del Plan de Autoprotección inclui-
cia y para desarrollar hábitos de vida saludables.               rá los apartados del índice comprendido en el Manual
                                                                 para la elaboración del Plan de Autoprotección del Cen-
     2. Lo dispuesto en la presente Orden será de aplica-        tro, que se facilitará a todos los centros docentes pú-
ción a todos los centros docentes de Andalucía sosteni-          blicos, a excepción de los universitarios, y los servicios
dos con fondos públicos, a excepción de los universita-          educativos y que recoge lo dispuesto en el Real Decreto
rios, así como a todos los servicios educativos y las Dele-      393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la
gaciones Provinciales de la Consejería con competencias          Norma Básica de Autoprotección de los centros, esta-
en materia de Educación.                                         blecimientos y dependencias dedicados a actividades
                                                                 que puedan dar origen a situaciones de emergencia
     Artículo 2. Definición y objetivos del Plan de Autopro-     (BOE núm. 72, de 24 de marzo de 2007). Dicho índice
tección del Centro.                                              se aplicará tanto para los edificios de la Administración
     1. El Plan de Autoprotección del Centro es el siste-        educativa como para las instalaciones o dependencias
ma de acciones y medidas, adoptadas por los titulares            donde se desarrollen actividades educativas, sin perjui-
o responsables de las actividades educativas, públicas           cio del desarrollo normativo posterior que de este real
o privadas, con sus propios medios y recursos, dentro            decreto, en su caso, pudiese hacer la Comunidad Autó-
de su ámbito de competencias, encaminadas a prevenir             noma de Andalucía.
y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a            2. El Plan de Autoprotección es un documento vivo,
dar respuestas adecuadas a las posibles situaciones de           entendiendo por ello que está en constante actualización
emergencia y a garantizar la integración de estas actua-         para reflejar los cambios en el concepto al que se refiere,
ciones en el sistema público de protección civil. Por tan-       y en ese sentido incluirá el programa de mantenimiento
to, debe ser entendido como el conjunto de actuaciones           de instalaciones, el plan de actuación ante emergencias,
y medidas organizativas que el centro diseña, y pone en          el programa de implantación, el programa de formación
práctica, para planificar las actuaciones de seguridad ten-      y capacitación para el personal con participación activa
dentes a neutralizar o minimizar accidentes y sus posibles       en el Plan de Autoprotección, así como el programa de
consecuencias, hasta la llegada de las ayudas externas. A        formación e información a todo el personal del centro, o
tales efectos, sirve para prevenir riesgos, organizando las      del servicio educativo, el programa de ejercicios y simu-
actuaciones más adecuadas con los medios humanos y               lacros, el programa de revisión y actualización de toda la
materiales propios disponibles en el centro, garantizando        documentación que forma parte del Plan. En este senti-
la intervención inmediata y la coordinación de todo el per-      do, todo lo anteriormente dicho se describe en el Manual
sonal: profesorado, alumnado y personal no docente, así          para la elaboración del Plan de Autoprotección, el cual
como la colaboración con los Servicios Locales de Protec-        facilitará la redacción y concreción del Plan de Autopro-
ción Civil y otros servicios de emergencia.                      tección de los centros, y estará disponible en el portal
     2. Los objetivos que se persiguen con el Plan de Au-        web de la Consejería competente en materia de Educa-
toprotección son los siguientes:                                 ción, y a través de la aplicación informática Séneca.
     - Proteger a las personas y los usuarios del centro,             Artículo 4. Elaboración y aprobación del Plan de Au-
así como los bienes, estableciendo una estructura y              toprotección.
unos procedimientos que aseguren las respuestas más                   1. Corresponde al equipo directivo de cada centro o
adecuadas ante las posibles emergencias.                         servicio educativo coordinar la elaboración del Plan de
     - Facilitar, a la estructura organizativa del centro, los   Autoprotección, con la participación del coordinador o
instrumentos y recursos en relación con la seguridad y           coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Labo-
control de las posibles situaciones de emergencia.               ral y Prevención de Riesgos Laborales, cuyas funciones
     - Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa       quedan descritas en el artículo 7 de esta Orden, quien
sobre la importancia de establecer protocolos de actua-          deberá cumplimentar, con el visto bueno de la dirección,
ción y hábitos de entrenamiento para solventar situacio-         la documentación requerida del Plan, así como un Infor-
nes de emergencia de diversa índole.                             me del mantenimiento preventivo de las instalaciones,
     - Conocer el centro y su entorno (edificio e instalacio-    donde quede reflejado las medidas de seguridad y las
nes), los focos de peligro reales, los medios disponibles        inspecciones realizadas. Los datos del informe se graba-
y las normas de actuación en el caso de que ocurra un            rán en la aplicación informática Séneca y se remitirá a
siniestro, estudiar las vías de evacuación y las formas de       la Delegación Provincial competente en materia de Edu-
confinamiento, y adoptar las medidas preventivas nece-           cación, que dará traslado al órgano que corresponda, e
sarias.                                                          incluirá la fecha de la última revisión, la empresa o em-
     - Garantizar la fiabilidad de todos los medios de pro-      presas acreditadas que revisaron las instalaciones y, en
tección y disponer de un equipo de personas informadas,          su caso, las observaciones, las mejoras propuestas y el
organizadas, formadas y adiestradas que garanticen ra-           informe favorable (o desfavorable) emitido por la misma.
pidez y eficacia en las acciones a emprender ante las                 2. En el caso de centros docentes públicos, el Con-
emergencias.                                                     sejo Escolar es el órgano competente para la aprobación
Sevilla, 8 de mayo 2008                                 BOJA núm. 91                                       Página núm. 19


definitiva del Plan de Autoprotección y deberá aprobarlo             4. Todos los centros docentes, a excepción de los
por mayoría absoluta.                                           universitarios, y los servicios educativos sostenidos con
    3. En los servicios educativos, el Plan de Autopro-         fondos públicos, deberán depositar una copia del cita-
tección lo aprobará el equipo directivo, redactando el co-      do Plan de Autoprotección a la entrada del edificio, en
rrespondiente Acta de aprobación.                               lugar visible y accesible, debidamente protegida, asimis-
    4. En las Delegaciones Provinciales con competencia         mo, deberán notificarlo enviando una copia del Plan de
en materia de Educación, el Delegado o Delegada apro-           Autoprotección al Servicio competente en materia de
bará el Plan de Autoprotección y establecerá los cauces         Protección Civil y Emergencias, del Ayuntamiento corres-
adecuados para la elaboración, implantación y desarrollo        pondiente, así como las modificaciones que cada año
del mismo.                                                      se produzcan en el mismo, de conformidad con lo dis-
                                                                puesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 13 de
     Artículo 5. Aplicación del Plan de Autoprotección.         octubre de 1999, por el que se determina la entrada en
     1. La responsabilidad y las obligaciones, en materia       vigor del Plan Territorial de Emergencia de Andalucía, y
de autoprotección de los centros, establecimientos, es-         en cumplimiento del Decreto 195/2007, de 26 de junio,
pacio, dependencia o instalación, donde se desarrollen          por el que se establecen las condiciones generales para
las actividades docentes o los servicios educativos, son        la celebración de espectáculos públicos y actividades re-
de la persona que ostenta la dirección del centro, o bien       creativas de carácter ocasional y extraordinario que se
la dirección o la coordinación del servicio educativo.          celebren en Andalucía, sin perjuicio del desarrollo nor-
     2. Todos los centros docentes públicos y los servi-        mativo y de su registro posterior que pudiera hacerse en
cios educativos sostenidos con fondos públicos deberán          la Comunidad Autónoma de Andalucía.
proceder a la revisión periódica del Plan de Autoprotec-             5. La dirección de cada centro o servicio educativo
ción, cada año, tras la realización del obligatorio ejercicio   establecerá el procedimiento para informar sobre el Plan
de simulacro, para adaptarlo a los posibles cambios que         de Autoprotección y que éste sea conocido por todos los
puedan producirse, especialmente cada vez que haya al-          sectores de la Comunidad educativa o por las personas
guna reforma o modificación en las condiciones del edifi-       que integran el servicio educativo.
cio (o edificios) y de los medios de protección disponibles,
y para incorporar las mejoras que resulten de la expe-               Artículo 7. La coordinación de centro del I Plan Anda-
riencia acumulada. Dicho ejercicio de simulacro deberá          luz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales
contemplar lo dispuesto en el artículo 11 de esta Orden.        del personal docente de los centros públicos.
Las modificaciones del citado Plan de Autoprotección de-             1. En los servicios educativos y en los centros docen-
berán ser aprobadas por el Consejo Escolar, por mayoría         tes públicos, la persona titular de la dirección designará
absoluta de sus miembros, e incluidas en el Plan de Cen-        a un profesor o profesora, preferentemente, con destino
tro y grabadas en la aplicación informática Séneca.             definitivo, como coordinador o coordinadora de centro del
     3. Se determinará el organigrama de responsabili-          I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos
dades y funciones que deberá llevar a cabo el conjunto          Laborales del personal docente. En caso de no ser posible
de personas usuarias del Centro, los protocolos de ac-          esta designación, al no ser aceptado por ningún profesor
tuación y el calendario para su aplicación e implantación       o profesora, el cargo recaerá sobre un miembro del equi-
real. Las modificaciones que se hagan al mismo se in-           po directivo. En este sentido, la dirección del centro garan-
corporarán a la Memoria final de curso.                         tizará que se asuma esta coordinación y se hará para un
     4. El Plan de Autoprotección del Centro debe tener         curso escolar, sin perjuicio de que al término de dicho pe-
previsto, en su aplicación, la celebración de espectáculos      ríodo se prorrogue para cursos sucesivos mediante decla-
públicos y actividades recreativas de carácter ocasional        ración expresa por parte del coordinador o coordinadora.
y extraordinario, sean educativas o de otra índole, y debe      Asimismo, se designará una persona suplente.
cumplir las condiciones de seguridad legal y reglamenta-             2. Cuando se trate de centros docentes públicos, o de
ria e incluir la concesión de la autorización otorgada por      nueva creación, y servicios educativos, con inestabilidad
el órgano competente para la celebración de dichas acti-        en la ocupación de sus plantillas, la designación del coordi-
vidades, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto          nador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud
195/2007, de 26 de junio.                                       Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal
                                                                docente, podrá ejercerla cualquier profesor o profesora,
     Artículo 6. Registro, notificación e información.          durante un curso escolar, sin perjuicio de que al término
     1. El Plan de Autoprotección se incluirá, en el caso       de dicho período se prorrogue para cursos sucesivos. La
de los centros docentes, en el Plan de Centro y en el           dirección del centro garantizará que se asuma esta coordi-
Proyecto Educativo, y, en el caso de los servicios educa-       nación. Asimismo, se designará una persona suplente.
tivos, en el Plan de Actuación.                                      3. A partir del curso 2008-2009, los coordinadores
     2. La persona titular de la dirección del centro será      y coordinadoras de centro del I Plan Andaluz de Salud
responsable de la veracidad de los datos grabados del           Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal
Plan de Autoprotección y de su registro en la aplicación        docente deberán ser designados, nombrados y registra-
informática Séneca. Dichos datos deberán ser revisados          dos en la aplicación informática Séneca, antes del 30 de
durante el primer trimestre de cada curso escolar y reno-       septiembre de cada curso escolar.
vados sólo si se hubiese producido alguna modificación               4. El coordinador o coordinadora de centro desig-
significativa aprobada por el Consejo Escolar. Las modi-        nado deberá mantener la necesaria colaboración con
ficaciones que se hagan al mismo se incorporarán a la           los recursos preventivos establecidos por la Consejería
Memoria final de curso.                                         competente en materia de Educación y, en este sentido,
     3. En cumplimiento de la Orden de 11 de febrero            serán los encargados de las medidas de emergencia y
de 2008, por la que se crea el Comité de Seguridad y            autoprotección, según lo dispuesto en los artículos 20
se aprueba el Documento de Política de Seguridad de             y 33 1c. de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y
la Información de la Consejería (BOJA núm. 43, de 3 de          tendrá las siguientes funciones:
marzo de 2008), se aplicará la normativa de seguridad
así como la organización y gestión de la seguridad de los           a) Elaborar y coordinar la implantación, actualiza-
datos e inventarios registrados.                                ción, difusión y seguimiento del Plan de Autoprotección.
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     b) Anotar, en la aplicación informática Séneca, las            c) Reconocimiento en los procedimientos de selec-
fechas de las revisiones de las diferentes instalaciones        ción de directores y directoras: 0,15 puntos por año.
del centro. Comprobar y actualizar los datos relativos a            d) Reconocimiento en los procedimientos de promo-
las mismas para el control y mantenimiento preventivo.          ción entre Cuerpos docentes: 0,15 puntos por año.
Velar por el cumplimiento de la normativa vigente.
     c) Coordinar la planificación de las líneas de actua-           2. Los coordinadores y coordinadoras de centros
ción para hacer frente a las situaciones de emergencia y        del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de
cuantas medidas se desarrollen en el centro en materia          Riesgos Laborales de los centros docentes públicos y
de seguridad.                                                   de los servicios educativos sostenidos con fondos públi-
     d) Facilitar, a la Administración educativa, la infor-     cos, recibirán de la dirección la certificación de la con-
mación relativa a los accidentes e incidentes que afecten       dición de coordinador o coordinadora. Los modelos de
al profesorado, al alumnado y al personal de administra-        certificación estarán disponibles en la aplicación infor-
ción y servicio.                                                mática Séneca.
     e) Comunicar, a la Administración educativa, la pre-            3. Al profesorado de educación infantil y primaria
sencia en el centro de factores, agentes o situaciones          que ejerza la función coordinadora en los centros públi-
que puedan suponer riesgo relevante para la seguridad y         cos se le asignará, para el desempeño de la misma, el
la salud en el trabajo.                                         horario destinado a atender el cuidado y vigilancia de los
     f) Colaborar con el personal técnico en la evaluación      recreos, así como el horario no lectivo de obligada per-
de los riesgos laborales del centro, haciendo el segui-         manencia en el centro, sin perjuicio de las actividades
miento de la aplicación de las medidas preventivas pla-         propias de la tutoría y de su asistencia a las reuniones
nificadas.                                                      que correspondan de los órganos de gobierno, participa-
     g) Colaborar con los delegados y delegadas de pre-         ción y coordinación docente del centro.
vención y con el Comité de Seguridad y Salud de la De-               4. Asimismo, al profesorado del resto de niveles
legación Provincial de Educación, en aquellos aspectos          educativos que ejerza dicha función se le asignará, en su
relativos al propio centro.                                     horario no lectivo semanal de obligada permanencia en
     h) Facilitar la intermediación entre el equipo directi-    el centro, tres horas de dedicación a esta actividad, sin
vo y el Claustro de Profesorado para hacer efectivas las        perjuicio de las actividades propias de la tutoría y de su
medidas preventivas prescritas.                                 asistencia a las reuniones que correspondan de los ór-
     i) Difundir las funciones y actuaciones que los equi-      ganos de gobierno, participación y coordinación docente
pos de emergencia y cada miembro de la comunidad                del centro.
educativa deben conocer en caso de emergencia. Pro-
gramar los simulacros de emergencia del centro, coordi-              Artículo 9. La Comisión de Salud y Prevención de
nando las actuaciones de las ayudas externas.                   Riesgos Laborales.
     d) Participar en la difusión de los valores, las acti-          1. En el caso de los centros docentes, en el seno
tudes y las prácticas de la cultura de la prevención de         del Consejo Escolar se constituirá, como el resto de las
riesgos.                                                        comisiones, la Comisión de Salud y Prevención de Ries-
     j) Coordinar las actividades relativas a la seguridad,     gos Laborales, para dar impulso al desarrollo del I Plan
la promoción de la salud en el lugar de trabajo y la im-        Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Labo-
plantación de las medidas correspondientes y cuantas            rales del personal docente de los centros públicos, y es-
actuaciones se desarrollen en el centro en estas materias       tará compuesta, al menos, por los siguientes miembros:
transversales. En este sentido, solicitará la formación ne-     el presidente o presidenta, un secretario o secretaria, un
cesaria a su Centro de Profesorado correspondiente.             representante del profesorado, un represente de los pa-
     k) Hacer un seguimiento de las actuaciones realiza-        dres y madres, un representante del PAS y un represen-
das y su incidencia en la mejora de las condiciones de          tante del alumnado (exceptuando los Centros de Infantil
seguridad y salud del profesorado, mediante la cumpli-          y Primaria), miembros del Consejo Escolar. La presiden-
mentación de los cuestionarios proporcionados por la            cia la ostentará quien ostente la dirección del centro. El
Consejería de Educación. Dichos cuestionarios estarán           coordinador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz
disponibles en la aplicación informática Séneca, durante        de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales par-
el mes de junio de cada curso escolar.                          ticipará en la citada Comisión, con voz pero sin voto.
     l) Cuantas otras funciones se deriven de la aplica-             2. En los centros específicos de educación espe-
ción del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de        cial y en aquellos que tengan unidades de educación
Riesgos Laborales del personal docente de los centros           especial formará parte de la citada Comisión el repre-
públicos dependientes de la Consejería de Educación             sentante del personal de atención educativa comple-
(2006-2010).                                                    mentaria y un profesor o profesora de necesidades
                                                                educativas especiales.
      Artículo 8. Reconocimiento de la coordinación y cer-           3. El objetivo principal de la Comisión de Salud y
tificación.                                                     Prevención de Riesgos Laborales es integrar la Promo-
      1. La Consejería competente en materia de Educación       ción de la Salud en el Lugar de Trabajo, en el ámbito de
reconocerá la participación del coordinador o coordinado-       la gestión del centro, organizarla, planificarla, y promo-
ra de centro del I Plan de Salud Laboral y Prevención de        ver hábitos de vida saludables, de acuerdo con las Órde-
Riesgos Laborales, o del servicio educativo, como mérito        nes, instrucciones y decisiones que se adopten desde la
específico en las convocatorias y concursos dirigidos al per-   Consejería competente en materia de Educación.
sonal docente, a los efectos legalmente establecidos o que           4. La Comisión de Salud y Prevención de Riesgos
se pudieran establecer, en los siguientes términos:             Laborales es un órgano colegiado, por tanto se regirá
                                                                por las disposiciones que a tal efecto se contienen en la
    a) Reconocimiento como horas de formación a efec-           Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
tos de la promoción retributiva de los funcionarios y fun-      de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-
cionarias docentes: 30 horas por año.                           ministrativo Común, así como por la Ley 9/2007, de 22
    b) Reconocimiento a efectos de procedimientos de            de octubre, de la Administración de la Junta de Andalu-
provisión de vacantes: 0,50 puntos por año.                     cía, y tendrá las siguientes funciones:
Sevilla, 8 de mayo 2008                                 BOJA núm. 91                                      Página núm. 21


     a) Promover las acciones que fuesen necesarias             nes Provinciales de Formación, como órganos de aseso-
para facilitar el desarrollo e implantación del I Plan Anda-    ramiento del Sistema Andaluz de Formación Permanente
luz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales          del Profesorado incluirán, tanto en el Plan de Actuación
del personal docente de los centros públicos.                   de los Centros del Profesorado como en los correspon-
     b) Supervisar la implantación y desarrollo del Plan        dientes Planes Provinciales de Formación, actividades
de Autoprotección.                                              formativas relacionadas con la prevención de riesgos
     c) Hacer un diagnóstico de las necesidades formati-        laborales y la salud laboral, que podrán ser en sus dis-
vas en materia de autoprotección, primeros auxilios, pro-       tintas modalidades, presenciales, semipresenciales y a
moción de la salud en el lugar de trabajo y prevención de       distancia. La Dirección General competente en materia
riesgos laborales, así como proponer el plan de forma-          de innovación educativa y formación del profesorado in-
ción que se considere necesario para atender al desarro-        corporará, de manera progresiva, nuevas acciones for-
llo de dichas necesidades. En tal sentido, se solicitará        mativas en la formación continua.
al Centro de Profesorado que corresponda la formación                3. La Dirección General competente en materia de re-
necesaria.                                                      cursos humanos impulsará la mejora de la formación ini-
     d) Determinar los riesgos previsibles que puedan           cial de los directores y directoras de los centros docentes
afectar al Centro, en función de sus condiciones espe-          públicos, así como del profesorado novel, incluyendo, entre
cíficas de emplazamiento, entorno, estructuras, insta-          los contenidos de la formación de los funcionarios docen-
laciones, capacidad, actividades y uso, utilizando la in-       tes en fase de prácticas, un módulo básico de educación
formación facilitada por la Consejería de Gobernación y         en prevención de riesgos laborales y salud laboral.
el Servicio de Protección Civil, atendiendo a los criterios          4. Los directores y directoras de los centros docen-
establecidos por el Plan Territorial de Emergencia de An-       tes públicos y de los servicios educativos, así como los
dalucía.                                                        coordinadores y coordinadoras de centro del I Plan Anda-
     e) Catalogar los recursos humanos y medios de pro-         luz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales,
tección, en cada caso de emergencia y la adecuación de          que ya tuvieran adquirida la formación en autoprotección
los mismos a los riesgos previstos en el apartado anterior.     o en prevención de riesgos laborales, estarán exentos de
     f) Proponer al Consejo Escolar las medidas que con-        formular las solicitudes de participación en actividades
sidere oportunas para mejorar la seguridad y la salud en        formativas relacionadas con esas materias, en cuyo caso
el Centro, garantizando el cumplimiento de las normas           deberán cumplimentar el Anexo III de esta Orden, relati-
de autoprotección, canalizando las iniciativas de todos         vo a la Memoria explicativa de la actividad de formación
los sectores de la comunidad educativa y promoviendo            realizada, y remitirlo al Servicio de Gestión de Recursos
la reflexión, la cooperación, el trabajo en equipo, el diá-     Humanos de la correspondiente Delegación Provincial, al
logo y el consenso de los sectores de la misma para su          objeto de establecer las líneas prioritarias que deberán
puesta en práctica.                                             seguir los procesos de formación que, desde las Delega-
     g) Cuantas acciones se deriven del desarrollo e im-        ciones Provinciales de Educación, se pongan en marcha
plantación del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Preven-        para los coordinadores.
ción de Riesgos Laborales del personal docente de los                5. Los Centros del Profesorado incluirán en sus Pla-
centros públicos, y le sean encomendadas por la Admi-           nes de Actuación acciones formativas en autoprotección,
nistración educativa.                                           primeros auxilios, prevención de riesgos laborales y sa-
                                                                lud laboral, en cumplimiento de la normativa expresada
     5. Todos los servicios educativos dependientes de la       en los apartados 1 y 2 de este artículo, y llevarán a cabo
Consejería competente en materia de Educación crearán           las siguientes acciones:
también esta Comisión que estará formada por el equi-
po directivo al completo y un representante del personal             a) Proporcionar asesoramiento para la formación ini-
de administración y servicios. La presidencia y la secre-       cial de los directores y directoras de los centros docen-
taría serán funciones desempeñadas por funcionarios o           tes públicos dependientes de la Consejería de Educación
funcionarias con destino definitivo en dicho servicio edu-      que lo soliciten, así como a los directores y directoras
cativo.                                                         de los servicios educativos, y, especialmente, se facili-
                                                                tará la formación del profesorado que participa en los
     Artículo 10. Formación.                                    equipos de primera intervención, los responsables de los
     1. De conformidad con lo dispuesto en los artícu-          primeros auxilios, y del profesorado que participe en la
los 19 y 20 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de            Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales
Prevención de Riesgos Laborales, así como lo dispues-           del Centro.
to en el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por                  b) Promover la creación y desarrollo de grupos de
el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección             trabajo y proyectos de innovación educativa, así como el
de los centros, establecimientos y dependencias dedica-         intercambio de experiencias y buenas prácticas, en torno
dos a actividades que puedan dar origen a situaciones           a las distintas temáticas incluidas en el I Plan Andaluz
de emergencia; y, por otra parte, de conformidad con lo         de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del
dispuesto en el artículo 24 de la Ley 17/2007, de 10 de         personal docente de los centros públicos.
diciembre, de Educación de Andalucía, la Administración              c) Promover la teleformación y la utilización de las
educativa establecerá medidas específicas destinadas            TIC para la generación de conocimiento respecto a los
a promover el bienestar y la mejora de la salud laboral         Planes de Autoprotección, y la prevención de riesgos la-
del profesorado y a actuar decididamente en materia de          borales, a través de la plataforma virtual y los canales de
prevención.                                                     difusión que se consideren oportunos.
     2. De conformidad con lo dispuesto en el Objetivo 3,            d) Difundir las experiencias de los coordinadores y
Acción 6, del Acuerdo de 19 de septiembre de 2006, del          coordinadoras de centro del I Plan Andaluz de Salud La-
Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan            boral y Prevención de Riesgos Laborales del personal do-
Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos La-            cente en encuentros provinciales e interprovinciales.
borales del personal docente de los centros públicos de-             e) Facilitar la formación de los Delegados y Delega-
pendientes de la Consejería de Educación, la Comisión           das de prevención que integran los Comités de Seguri-
Andaluza de Formación del Profesorado y las Comisio-            dad y Salud del personal docente, y de los representan-
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tes de la Administración educativa, de acuerdo con los         de esta Orden, y se anotará en la aplicación informática
programas de formación que se establezcan en aplica-           Séneca. Asimismo, se incluirá en la Memoria final del
ción de la normativa vigente.                                  Centro.
    6. La Consejería competente en materia de Educa-
ción creará un espacio web específico, como centro de               Artículo 12. Seguimiento y control de los accidentes
recursos, asesoramiento y lugar de encuentro e inter-          e incidentes en el Centro.
cambio de experiencias.                                             En el caso de que ocurriese algún accidente que
                                                               afecte al alumnado, o al personal del centro, se procede-
     Artículo 11. Realización de simulacros de evacuación      rá a comunicarlo a la Delegación Provincial con compe-
de emergencia.                                                 tencias en materia de Educación, vía fax, en el plazo de
     1. Al menos una vez, en cada curso escolar, de-           24 horas, si la valoración médica realizada por un facul-
berá realizarse un simulacro de evacuación, o de con-          tativo es considerada como grave y, en un plazo máximo
finamiento. Se hará, por regla general, sin contar con         de cinco días, cuando no fuese grave. A tal efecto se cum-
ayuda externa de los Servicios de Protección Civil o de        plimentará, por parte de la dirección del centro, los corres-
Extinción de Incendios, sin perjuicio de que el personal       pondientes modelos que figuran en el Anexo II. Asimismo,
dependiente de los citados servicios pueda asistir como        deberá incluirlo en la aplicación informática Séneca, y
observador durante la realización de los simulacros. La        notificarlo a la Autoridad Laboral, a través del envío de
participación en los simulacros es obligatoria para todo       dicho Anexo a la Delegación Provincial competente en
el personal que esté presente en el Centro, o en el servi-     materia de Empleo, conforme a los modelos que se ad-
cio educativo, en el momento de su realización.                junta como Anexo II. b, y c, de esta Orden.
     2. Los simulacros de evacuación, o de confinamien-
to, no deben hacerse simulando situaciones reales de                Artículo 13. La Coordinación provincial en materia
emergencia que impliquen el uso de elementos peligro-          de seguridad y salud laboral del profesorado.
sos, tales como botes de humo, bengalas, fuego u otros,             1. En cada Delegación Provincial de la Consejería
salvo que el ejercicio sea una iniciativa de los Servicios     competente en materia de Educación existirá un equipo
Locales de Protección Civil o Extinción de Incendios, o        especializado para la coordinación provincial, actualmen-
bien haya sido diseñado y preparado por aquellos, se rea-      te denominado Gabinete Provincial de Seguridad y Salud
lice bajo su total supervisión y control, y el centro cuente   Laboral Docentes, de conformidad con lo establecido
con la previa autorización de la Delegación Provincial de      en el Objetivo 4, acción 8, del Acuerdo del Consejo de
Educación. En este sentido, el centro deberá cumplimen-        Gobierno, de 19 de septiembre de 2006, por el que se
tar la correspondiente solicitud, según el Anexo I.b, y re-    aprueba el I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención
mitirla a la referida Delegación Provincial.                   de Riesgos Laborales del personal docente.
     3. Con antelación suficiente a la realización de un si-        2. Los Gabinetes Provinciales de Seguridad y Salud
mulacro de evacuación, o de confinamiento, la dirección        Laboral Docentes estarán constituidos, como mínimo,
del centro debe comunicarlo a los Servicios Locales de         por dos coordinadores o coordinadoras provinciales, uno
Protección Civil, Extinción de Incendios y Policía Local, a    de ellos del área de Seguridad en el Trabajo y el otro del
fin de evitar alarmas innecesarias entre la ciudadanía.        área de Ergonomía y Psicosociología Aplicada, como se
     4. En la semana previa a la realización de un simu-       corresponde con las especialidades de los técnicos supe-
lacro de evacuación, o de confinamiento, la dirección del      riores en prevención de riesgos laborales. El número de
centro informará a la comunidad educativa acerca               asesores técnicos docentes designados para la coordi-
del mismo, a fin de evitar alarmas innecesarias, sin indi-     nación provincial y las áreas lo determinará la Dirección
car el día ni la hora previstos. Con posterioridad a la rea-   General competente en materia de gestión de recursos
lización del simulacro, el profesorado y todo el personal      humanos, en función de las necesidades detectadas. Las
del centro, deberá volver a la normalidad de sus clases y      Delegaciones Provinciales notificarán a la Dirección Ge-
tareas. Los centros docentes y los servicios educativos,       neral competente en materia de gestión de recursos hu-
elaborarán un informe donde se recojan las incidencias         manos la composición del correspondiente Gabinete Pro-
del mismo. La dirección del centro deberá comunicar a          vincial de Seguridad y Salud Laboral Docentes, así como
los Servicios de Protección Civil y Extinción de Incendios     cualquier modificación que se produzca en el mismo.
las incidencias graves observadas durante el mismo que              3. Las funciones propias de los coordinadores o
puedan afectar al normal desempeño de sus funciones en         coordinadoras provinciales de Seguridad y Salud Labo-
caso de emergencia, asimismo, y en ese caso, se remitirá       ral Docentes serán las contempladas en la acción 8 del
a la Delegación Provincial de la Consejería Educación.         citado I Plan Andaluz, y aquellas otras que la Consejería
     5. Todos los centros docentes y servicios educativos      competente en materia de Educación les encomiende.
revisarán periódicamente los medios disponibles para                4. Se reconocerá la formación en prevención de
intervenir en caso de emergencia (extintores, alarmas,         riesgos laborales y salud laboral de los coordinadores y
BIEs, lámparas de emergencia, sistemas automáticos de          coordinadoras provinciales para la consolidación del con-
detección, aviso y extinción de incendios, etc.). Dichas       cepto retributivo de los sexenios, y a todos los efectos.
revisiones se efectuarán por empresas homologadas y                 5. La Consejería competente en materia de Educa-
acreditadas según la normativa vigente.                        ción reconocerá el tiempo de servicio en el desempeño
     6. Cuando se detecten deficiencias o carencias gra-       de las funciones de coordinación provincial a los aseso-
ves en las infraestructuras, instalaciones o equipamien-       res técnicos docentes de los Gabinetes, de la siguiente
tos escolares que comporten riesgos significativos para        forma:
la seguridad del centro, o dificulten o impidan la correc-
ta evacuación del mismo, la dirección del centro lo co-            a) Reconocimiento como horas de formación a afec-
municará a la Delegación Provincial de la Consejería en        tos de la promoción retributiva de los funcionarios y fun-
materia de Educación y ésta derivará dicho informe a           cionarias docentes: 30 horas por año.
los organismos o entidades a quienes les corresponda la            b) Reconocimiento a afectos de procedimiento de
subsanación.                                                   provisión de vacantes: 0,50 puntos por año.
     7. El informe del simulacro de evacuación o de confi-         c) Reconocimiento en los procedimientos de selec-
namiento, se cumplimentará, según el modelo del Anexo I        ción de directores y directoras: 0,15 puntos por año.
Sevilla, 8 de mayo 2008                                 BOJA núm. 91                                      Página núm. 23


    d) Reconocimiento en los procedimientos de promo-           formación del profesorado, designado de entre los pro-
ción entre cuerpos docentes: 0,15 puntos por año.               puestos por su titular.
                                                                    e) Dos funcionarios o funcionarias de la Dirección
     Artículo 14. Elaboración de materiales curriculares,       General competente en materia de recursos humanos,
recursos didácticos, y desarrollo de actividades de for-        con formación en materia de seguridad y salud laboral
mación e investigación educativa.                               docentes, designados. Uno de ellos ejercerá las funcio-
     1. La Orden de 20 de junio de 2007, por la que se          nes correspondientes a la secretaría de la Comisión.
establecen las bases reguladoras de las ayudas para la
elaboración de materiales curriculares y para el desarro-           4. El plazo de presentación de las solicitudes se ajus-
llo de actividades de formación y de investigación educa-       tará a lo previsto en la convocatoria de la Orden de 20
tiva dirigidas al profesorado de los centros docentes sos-      de junio de 2007, ya citada, y en las correspondientes
tenidos con fondos públicos, a excepción de los univer-         convocatorias que se establezcan a este respecto.
sitarios (BOJA núm. 141, de 18 de julio de 2007), será
de aplicación a las diferentes temáticas de salud laboral,           Disposición Adicional Primera. Plazos para la consti-
prevención de riesgos laborales y promoción de la salud         tución de la Comisión de Salud y Prevención de Riesgos
en el lugar de trabajo.                                         Laborales, y la elaboración o actualización del Plan de
     2. Entre las líneas prioritarias establecidas, en el       Autoprotección.
Anexo I.a de la citada Orden, en los proyectos de investi-           1. Todos los centros docentes públicos y los servi-
gación educativa que se realicen en los centros docentes        cios educativos deberán constituir la Comisión de Salud y
públicos, a excepción de los universitarios, y en los servi-    Prevención de Riesgos Laborales en el curso 2007-2008,
cios educativos dependientes de la Consejería compe-            dejando constancia de su composición en la aplicación
tente en materia de Educación, se ampliarán e incluirán         informática Séneca, antes del 30 de junio de 2008. Es-
también la promoción de la salud en el lugar de trabajo         tos datos se renovarán en el citado programa, cada año,
y la prevención, en general, y de forma particular, las         si hubiese modificación, antes del 15 de noviembre.
temáticas ya establecidas en las acciones 15, 25, 28, 29             2. Los centros docentes públicos y los servicios edu-
y 34 del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de        cativos que no tuvieran redactado el Plan de Autopro-
Riesgos Laborales del personal docente de los centros           tección a la entrada en vigor de esta Orden, y requieran
públicos, y relacionadas con:                                   formación para ello, deberán solicitar dicha formación a
                                                                su Centro de Profesorado correspondiente y tendrán de
      a) La prevención de las patologías de la voz del pro-     plazo para su elaboración hasta el 15 de diciembre
fesorado.                                                       de 2009.
      b) La prevención de los trastornos musculoesqueléti-           3. Todos los centros docentes públicos y los servi-
cos del profesorado.                                            cios educativos que hubieran redactado el Plan de Auto-
      c) La prevención de los riesgos psicosociales en el       protección con anterioridad a la entrada en vigor de esta
profesorado.                                                    Orden adecuarán su organización, gestión y contenido a
      d) Las diferencias en las formas de enfermar de muje-     lo dispuesto en la misma, antes del 15 de diciembre de
res y hombres docentes, con el objetivo de reducir las des-     2008.
igualdades de género en relación con la salud laboral e iden-        4. Los centros docentes públicos y los servicios edu-
tificar sus determinantes desde la perspectiva de género.       cativos creados con posterioridad a la entrada en vigor
                                                                de la presente Orden dispondrán de un curso académico
      El órgano gestor para la valoración de los proyec-        para la elaboración del Plan de Autoprotección, la crea-
tos de investigación educativa, relacionados con anterio-       ción de la Comisión de Salud y Prevención de Riesgos
ridad será la Dirección General competente en materia           Laborales, y la anotación de todos los datos requeridos
de innovación educativa y formación del profesorado, en         en la aplicación informática Séneca.
colaboración con la Dirección General competente en ma-
teria de gestión de recursos humanos y en función de                  Disposición Adicional Segunda. Difusión de la pre-
las acciones y los programas específicos contemplados en        sente Orden y asesoramiento.
los Objetivos 6 y 7 del Acuerdo del Consejo de Gobierno,              1. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería
de 19 de septiembre de 2006, por el que se aprueba el           competente en materia de Educación darán traslado de
I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos         esta Orden a todos los centros docentes públicos de su
Laborales del personal docente de los centros públicos          ámbito de gestión a los que resulte de aplicación, así
dependientes de la Consejería de Educación.                     como a los servicios educativos y atenderán las deman-
      3. En relación con el Anexo III de la Orden de 20 de      das de asesoramiento y asistencia técnica que éstos so-
junio de 2007 citada, la Comisión Evaluadora en materia         liciten.
de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del                2. Las direcciones de los centros arbitrarán las me-
Profesorado, estará presidida por la persona titular de         didas necesarias para que el contenido de esta Orden
la Dirección General competente en materia de recursos          sea conocido por todos los sectores de la comunidad
humanos, o persona en quien delegue, siendo el resto            educativa, y entregarán una copia a los miembros del
de sus miembros los siguientes:                                 Consejo Escolar y al Claustro de Profesores.
                                                                      3. Los servicios educativos dependientes de la Con-
    a) Persona que ostente la Jefatura del Servicio de          sejería competente en materia de Educación arbitrarán
coordinación competente en materia de salud laboral y           las medidas necesarias para que el contenido de la pre-
prevención de riesgos laborales.                                sente Orden sea conocido por todas las personas que
    b) La persona que ostente la Jefatura del Departa-          prestan servicios en los mismos.
mento de Seguridad y Salud Laboral Docentes.
    c) Un funcionario o funcionaria de la Dirección Ge-             Disposición Adicional Tercera. Centros educativos
neral competente en materia de ordenación educativa,            concertados.
designado de entre los propuestos por su titular.                   La presente Orden resulta de aplicación a los cen-
    d) Un funcionario o funcionaria de la Dirección Ge-         tros educativos privados concertados, adecuándose a
neral competente en materia de innovación educativa y           sus características específicas de organización y funcio-
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namiento y a la estructura de cargos directivos y de coor-     to de sus competencias, velarán por el cumplimiento de
dinación docente de que dispongan.                             la presente Orden.
     Disposición Adicional Cuarta. Delegaciones Provin-             Disposición Transitoria Única. Coordinadores y coor-
ciales de la Consejería competente en materia de Edu-          dinadoras provinciales del I Plan Andaluz de Salud Labo-
cación.                                                        ral y Prevención de Riesgos Laborales.
     1. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería              1. Quienes se hallen ejerciendo las funciones de
competente en materia de Educación, y las dependencias         coordinación provincial, en los Gabinetes Provinciales
administrativas de ésta, deberán actualizar también su         de Seguridad y Salud Laboral Docentes, a la entrada en
Plan de Autoprotección, conforme a la normativa vigente        vigor de esta Orden, continuarán en sus puestos hasta
y lo contemplado en esta Orden, de conformidad con lo          la finalización del curso académico 2007-2008. Para el
dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 31/1995, de       curso 2008-2009, las Delegaciones Provinciales de la
8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así        Consejería competente en materia de Educación proce-
como lo dispuesto en el Real Decreto 393/2007, de 23           derán a designar a los coordinadores o coordinadoras
de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de             provinciales de Seguridad y Salud Laboral Docentes, en
Autoprotección de los centros, dependencias y estable-         régimen de comisión de servicio y por el sistema de libre
cimientos dedicados a actividades que puedan dar ori-          designación.
gen a situaciones de emergencia.                                    2. La Consejería competente en materia de Educa-
     2. El Plan de Autoprotección quedará incluido en          ción reconocerá el tiempo de servicio en el desempeño
el Plan de Prevención de Riesgos Laborales que debe-           de las funciones de coordinación provincial a los actua-
rá elaborar cada Delegación Provincial de la Consejería        les asesores técnicos docentes de los citados Gabinetes,
competente en materia de Educación, de conformidad             de la siguiente forma:
con lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviem-
bre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como lo               a) Reconocimiento como horas de formación a afec-
dispuesto en el artículo 24 de la Ley 17/2007, de 10 de        tos de la promoción retributiva de los funcionarios y fun-
diciembre, de Educación de Andalucía. La coordinación          cionarias docentes: 30 horas por año.
de los planes y programas de actuación preventiva se               b) Reconocimiento a afectos de procedimiento de
establecerán de acuerdo con las directrices e instruccio-      provisión de vacantes: 0,50 puntos por año.
nes dictadas por la Dirección General de Seguridad y Sa-           c) Reconocimiento en los procedimientos de selec-
lud Laboral de la Consejería de Empleo (artículo 4.3 del       ción de directores y directoras: 0,15 puntos por año.
Decreto 117/2000, de 11 de abril, así como el artículo             d) Reconocimiento en los procedimientos de promo-
8 del Decreto 203/2004, de 11 de mayo), sin perjuicio          ción entre cuerpos docentes: 0,15 puntos por año.
del desarrollo normativo posterior que de estos decretos,
en su caso, pudiese hacer la Comunidad Autónoma de                 Disposición Derogatoria Única. Derogación normativa.
Andalucía.                                                         Queda derogada expresamente la Orden de 4 de
     3. Anualmente, cada Delegación Provincial con com-        noviembre de 1985, por la que se dan instrucciones
petencias en materia de Educación, al igual que cada           para la elaboración por los Centros docentes no uni-
centro y servicio educativo, deberá realizar obligatoria-      versitarios de un Plan de Autoprotección y se estable-
mente, al menos, un simulacro de evacuación de emer-           cen las normas para la realización de un ejercicio de
gencia, y emitirá el correspondiente informe.                  evacuación de emergencia. Asimismo, quedan dero-
     4. En caso de producirse modificaciones o reformas        gadas todas las normas de igual o inferior rango en
en el edificio o edificios, éstas se incorporarán al Plan de   lo que se opongan o contradigan a lo previsto en la
Autoprotección, para que esté siempre actualizado y vivo.      presente Orden.
     5. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería
competente en materia de Educación depositarán una                  Disposición Final Primera. Facultad para la aplica-
copia del citado Plan de Autoprotección a la entrada del       ción de esta Orden.
edificio, en lugar visible y accesible, debidamente prote-          Se faculta a la persona titular de la Dirección Gene-
gida, y enviarán una copia al Servicio de Protección Civil     ral competente en materia de recursos humanos para
del Ayuntamiento correspondiente, y otra al Servicio de        dictar, en el ámbito de sus competencias, las resolucio-
Protección Civil de la Delegación del Gobierno de la Jun-      nes y actos que resulten necesarios para el desarrollo y
ta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el         ejecución de la presente Orden.
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 13 de octubre de
1999, por el que se determina la entrada en vigor del              Disposición Final Segunda. Entrada en vigor.
Plan Territorial de Emergencia de Andalucía.                       La presente Orden entrará en vigor el día siguiente
     6. El Comité de Seguridad y Salud del personal do-        al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
cente será informado sobre el Plan de Autoprotección de        Andalucía.
la Delegación Provincial con competencias en materia de
Educación, y se facilitará a sus miembros la documenta-               Sevilla, 16 de abril de 2008
ción del mismo, en caso de consulta.
     7. Los Delegados y Delegadas Provinciales de la Con-                                      SEBASTIÁN CANO FERNÁNDEZ
sejería competente en materia de Educación, en el ámbi-                                      Consejero de Educación en Funciones
Sevilla, 8 de mayo 2008   BOJA núm. 91   Página núm. 25
Página núm. 26   BOJA núm. 91   Sevilla, 8 de mayo 2008
Sevilla, 8 de mayo 2008   BOJA núm. 91   Página núm. 27
Página núm. 28   BOJA núm. 91   Sevilla, 8 de mayo 2008
Sevilla, 8 de mayo 2008   BOJA núm. 91   Página núm. 29
Página núm. 30   BOJA núm. 91   Sevilla, 8 de mayo 2008
Sevilla, 8 de mayo 2008   BOJA núm. 91   Página núm. 31
Página núm. 32                                          BOJA núm. 91                             Sevilla, 8 de mayo 2008


                                            2. Autoridades y personal
                                 2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS                                    UNIVERSIDADES
Y TRANSPORTES
                                                                            RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2008, de la
           RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2008, de la Vice-               Universidad de Sevilla, por la que se nombra, en
       consejería por la que se adjudica el puesto de libre            virtud de concurso, a don Manuel María García
       designación convocado por Resolución que se cita.               Ayuso, Catedrático de Universidad.
     De conformidad con lo previsto en el artículo 25.1              Vista la propuesta formulada por la Comisión nom-
de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación             brada para juzgar el concurso convocado por Resolución
de la Función Publica de la Junta de Andalucía, y en los        de esta Universidad de 30 de enero de 2008 (BOE de
artículos 60 a 66 deI Reglamento General de Ingreso,            22 de febrero de 2008), de conformidad con lo previsto
promoción interna, provisión de puestos de trabajo y            en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica
promoción profesional de los funcionarios de la Adminis-        4/2007 de 12 de abril, de Universidades, y del Real De-
tración General de la Junta de Andalucía aprobado por           creto 1313/2007, por el que se regula el régimen de los
Decreto 2/2002, de 9 de enero, teniendo en cuenta que           concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios,
se ha seguido el procedimiento establecido y que la can-        que determinan la vigencia de los artículos 65 de la Ley
didata elegida cumple los requisitos y especificaciones         Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
exigidos en la convocatoria, por esta Viceconsejería, en        (BOE 24 de diciembre) y 17.3 del RD 774/2002 de 26
virtud de la competencia delegada por la Orden de 1 de          de julio, por el que se regula el sistema de habilitación
julio de 1994 (BOJA núm. 104, de 9 de julio), se adjudi-        nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Do-
ca el puesto de trabajo especificado en el Anexo de la          centes Universitarios y el régimen de los concursos de
presente Resolución, convocado por Resolución de 22             acceso respectivos,
de febrero de 2008 (BOJA núm. 51 de 13 de marzo de                   Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferi-
2008), para el que se nombra a la funcionaria que figura        das por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
en el citado Anexo.                                             diciembre, de Universidades (BOE 24 de diciembre) ha
     La toma de posesión se efectuará en los plazos pre-        resuelto nombrar a don Manuel María García Ayuso, Ca-
vistos en el artículo 65, en relación con el artículo 51, del   tedrático de Universidad, del Área de Conocimiento de
Reglamento General de Ingreso citado, remitiéndose la           «Economía Financiera y Contabilidad», adscrita al Depar-
documentación correspondiente al Registro General de            tamento de Contabilidad y Economía Financiera.
Personal para su inscripción.                                        Contra la presente resolución, que agota la vía admi-
                                                                nistrativa, podrá interponerse potestativamente recurso
     Contra la presente resolución, que pone fin a la vía       de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un
administrativa, cabe interponer potestativamente recur-         mes, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 4/99
so de reposición ante este mismo órgano en el plazo de          de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre,
un mes, o directamente recurso contencioso-adminis-             de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
trativo en el plazo de dos meses contados a partir del          del Procedimiento Administrativo Común, o recurso Con-
día siguiente al de su notificación ante el Juzgado de lo       tencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, con-
Contencioso-Administrativo con competencia territorial,         tados a partir del día siguiente al de la notificación, ante
o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Con-           el Juzgado de la Contencioso-Administrativo de Sevilla,
tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justi-         según disponen los artículos 116 de la Ley 4/99 antes
cia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos           citada y 46.1 y 8.3 de la Ley 29/98, de 13 de julio (BOE
legales previstos, todo ello según se prevé en los artícu-      de 14 de julio) de la Jurisdicción Contencioso-Adminis-
los 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre             trativa.
y en los artículos 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, regu-
ladora de la Juridicción Contencioso-Administrativa, de            Sevilla, 18 de abril de 2008.- El Rector, Joaquín
13 de julio.                                                    Luque Rodríguez.
     Sevilla, 7 de abril de 2008.- El Viceconsejero, P.V.
(art. 3.2 Decreto 202/2004, de 11.5), la Secretaria                        RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2008, de
General Técnica, Inmaculada Jiménez Bastida.                           la Universidad de Sevilla, por la que se nombra,
                                                                       en virtud de concurso, a don José Antonio Ollero
                         ANEXO                                         Pina, Profesor Titular de Universidad.
Número de Orden: 1.                                                 Vista la propuesta formulada por la Comisión nom-
C.P.T.: 9484810.                                                brada para juzgar el concurso convocado por Resolución
Puesto de Trabajo: Gb. Gestión y Política de Suelo.             de esta Universidad de 30 de enero de 2008 (BOE de
Centro Directivo y Localidad: D.G. Urbanismo. Sevilla.          22 de febrero de 2008), de conformidad con lo previsto
Primer Apellido: De Gracia.                                     en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica
Segundo Apellido: Fernández.                                    4/2007 de 12 de abril, de Universidades, y del Real Decre-
Nombre: Cristina.                                               to 1313/2007, por el que se regula el régimen de los con-
DNl: 28898997.                                                  cursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, que

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Orden 16 de abril de 2008

  • 1. Sevilla, 8 de mayo 2008 BOJA núm. 91 Página núm. 17 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN cimiento de normas sobre evacuación en situaciones de emergencia, y será de obligado cumplimiento para todos ORDEN de 16 de abril de 2008, por la que se los centros docentes públicos andaluces, a excepción de regula el procedimiento para la elaboración, apro- los universitarios, y los servicios educativos sostenidos bación y registro del Plan de Autoprotección de con fondos públicos. La prevención, integrada en el ám- todos los centros docentes públicos de Andalucía, bito del Centro, se organizará y planificará a través de a excepción de los universitarios, los centros de la «Comisión de Salud y Seguridad Escolar», que pasa enseñanza de régimen especial y los servicios a llamarse Comisión de Salud y Prevención de Riesgos educativos, sostenidos con fondos públicos, así Laborales del Centro. como las Delegaciones Provinciales de la Conse- Por otra parte, los Objetivos 3, 6 y 7, del referido jería de Educación, y se establece la composición I Plan, incluyen una serie de acciones que implican, ne- y funciones de los órganos de coordinación y ges- cesariamente, que el contenido de la Orden de 20 de tión de la prevención en dichos centros y servi- junio de 2007 (BOJA núm. 141, de 18 de julio de 2007), cios educativos. se amplíe para dar cabida a la elaboración de materiales curriculares y recursos, y al desarrollo de actividades de La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención formación y de investigación educativa dirigidas al pro- de Riesgos Laborales, y la Ley 54/2003, de 12 de di- fesorado de los centros docentes públicos, en materia ciembre, que reforma parcialmente la anterior, justifican de salud laboral, prevención de riesgos laborales y pro- la prevención y la asignación de recursos preventivos moción de la salud en los lugares de trabajo. Para ello en los centros de trabajo (BOE núm. 298, de 13 de di- parece conveniente incorporar, en la citada Orden, a la ciembre), así como el Real Decreto 604/2006, de 19 de Dirección General competente en materia de recursos mayo, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, humanos, como órgano gestor. de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de los Servi- Por su parte, el Real Decreto 393/2007, de 23 de cios de Prevención y el Real Decreto 1627/1997, de 24 marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Auto- de octubre, que establece las disposiciones mínimas de protección de los centros, establecimientos y dependen- seguridad y salud en las obras de construcción (BOE cias dedicados a actividades que puedan dar origen a núm. 127, de 29 de mayo). situaciones de emergencia, determina la obligatoriedad La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de tener centros y edificios administrativos más seguros, de Andalucía, en su artículo 24, establece que la Admi- que cumplan las normas establecidas y que revisen pe- nistración educativa, en el marco general de la política riódicamente las instalaciones existentes. de prevención de riesgos y salud laboral, y de acuerdo La política en materia de seguridad ha evolucionado con la legislación que resulte de aplicación, establecerá de un modo similar a la gestión de la calidad. La seguri- medidas específicas destinadas a promover el bienestar dad se concibe más en el contexto del «control total de y la mejora de la salud laboral del profesorado y a actuar pérdidas»: una política encaminada a evitar las pérdidas decididamente en materia de prevención. mediante una gestión de la seguridad en la que inter- El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en el ar- viene la interacción entre las personas, los procesos, tículo 62, apartado 1, 4.º, atribuye a nuestra Comunidad los materiales, los equipos, las instalaciones y el medio Autónoma, en el marco de la legislación del Estado, las ambiente. Los fallos detectados a tiempo, durante los competencias ejecutivas en materia de Prevención de controles de mantenimiento preventivo, evitan numero- Riesgos Laborales y Seguridad en el Trabajo. sas situaciones de accidentes. De ahí que sea necesario Esta competencia se ejerce en virtud del Acuerdo propiciar la participación y el compromiso de todas las de 19 de septiembre de 2006, del Consejo de Gobierno, personas en mejorar la calidad de las medidas de pro- por el que se aprueba el I Plan Andaluz de Salud Laboral tección frente a las situaciones peligrosas. A tal efecto, y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente esta Orden se inspira en las directrices y estrategias es- de los centros públicos dependientes de la Consejería de pañolas, europeas e internacionales. Educación (2006-2010), como instrumento de coordina- ción, vertebración y planificación de la actividad preventi- En su virtud y oídas las Organizaciones Sindicales va en el sector docente. integrantes de la Mesa Sectorial de Educación, a pro- En el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma cabe puesta de la Dirección General de Gestión de Recursos citar el Plan General para la Prevención de Riesgos Labo- Humanos, y en uso de las atribuciones que me confiere rales en Andalucía, aprobado por el Decreto 313/2003, el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del de 11 de noviembre, resultado del consenso de los agen- Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el tes económicos y sociales y de la Administración, así Apartado Tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno, como el Decreto 34/2008, de 5 de febrero, por el que se de 19 de septiembre de 2006, aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Preven- ción de Riesgos Laborales; y por otra parte, el Decreto DISPONGO 195/2007, de 26 de junio, por el que se regula las con- diciones generales para la celebración de espectáculos Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. públicos y actividades recreativas de carácter ocasional 1. La presente Orden tiene por objeto: y extraordinario, así como la Ley 2/2002, de 11 de no- viembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía. a) Regular el procedimiento para la elaboración, El citado I Plan Andaluz de Salud Laboral y Preven- aprobación y registro del Plan de Autoprotección de to- ción de Riesgos Laborales del personal docente de los dos los centros docentes públicos de Andalucía, a excep- centros públicos establece el principio de integración ción de los universitarios, los centros de enseñanza de de la prevención en todas las decisiones, actividades régimen especial y los servicios educativos, sostenidos y niveles jerárquicos, así como la Promoción de la Sa- con fondos públicos, y las Delegaciones Provinciales lud en los lugares de trabajo, por ello contempla en el de Educación, de conformidad con lo establecido en el Objetivo 2, Acción 5 que, la Consejería de Educación Acuerdo de 19 de septiembre de 2006, del Consejo de regulará y actualizará la normativa relativa a la elabora- Gobierno, por el que se aprueba el I Plan Andaluz de Sa- ción del Plan de Autoprotección del Centro y el estable- lud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del perso-
  • 2. Página núm. 18 BOJA núm. 91 Sevilla, 8 de mayo 2008 nal docente de los centros públicos dependientes de la - Realizar el mantenimiento preventivo de las insta- Consejería de Educación. laciones, la detección y eliminación de los riesgos, defi- b) Establecer la composición y las funciones de los niendo una organización que implante y actualice el Plan órganos de gestión de la prevención, así como de la co- de Autoprotección. ordinación de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral - Posibilitar la coordinación entre los medios de y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente emergencias externos y el centro, para optimizar las me- en los centros públicos, a excepción de los universita- didas de prevención, protección e intervención, garanti- rios, y en los servicios educativos. zando la conexión con los procedimientos y planificación c) Fomentar el desarrollo de aprendizajes basados de ámbito superior, planes de autoprotección locales, en competencias para la vida y la supervivencia, propias supramunicipales, autonómicos y nacionales. de la cultura de la prevención de riesgos: valores, actitu- des, prácticas, conocimientos y comportamientos, para Artículo 3. Contenidos del Plan de Autoprotección. actuar de manera eficaz ante una situación de emergen- 1. El contenido del Plan de Autoprotección inclui- cia y para desarrollar hábitos de vida saludables. rá los apartados del índice comprendido en el Manual para la elaboración del Plan de Autoprotección del Cen- 2. Lo dispuesto en la presente Orden será de aplica- tro, que se facilitará a todos los centros docentes pú- ción a todos los centros docentes de Andalucía sosteni- blicos, a excepción de los universitarios, y los servicios dos con fondos públicos, a excepción de los universita- educativos y que recoge lo dispuesto en el Real Decreto rios, así como a todos los servicios educativos y las Dele- 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la gaciones Provinciales de la Consejería con competencias Norma Básica de Autoprotección de los centros, esta- en materia de Educación. blecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia Artículo 2. Definición y objetivos del Plan de Autopro- (BOE núm. 72, de 24 de marzo de 2007). Dicho índice tección del Centro. se aplicará tanto para los edificios de la Administración 1. El Plan de Autoprotección del Centro es el siste- educativa como para las instalaciones o dependencias ma de acciones y medidas, adoptadas por los titulares donde se desarrollen actividades educativas, sin perjui- o responsables de las actividades educativas, públicas cio del desarrollo normativo posterior que de este real o privadas, con sus propios medios y recursos, dentro decreto, en su caso, pudiese hacer la Comunidad Autó- de su ámbito de competencias, encaminadas a prevenir noma de Andalucía. y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a 2. El Plan de Autoprotección es un documento vivo, dar respuestas adecuadas a las posibles situaciones de entendiendo por ello que está en constante actualización emergencia y a garantizar la integración de estas actua- para reflejar los cambios en el concepto al que se refiere, ciones en el sistema público de protección civil. Por tan- y en ese sentido incluirá el programa de mantenimiento to, debe ser entendido como el conjunto de actuaciones de instalaciones, el plan de actuación ante emergencias, y medidas organizativas que el centro diseña, y pone en el programa de implantación, el programa de formación práctica, para planificar las actuaciones de seguridad ten- y capacitación para el personal con participación activa dentes a neutralizar o minimizar accidentes y sus posibles en el Plan de Autoprotección, así como el programa de consecuencias, hasta la llegada de las ayudas externas. A formación e información a todo el personal del centro, o tales efectos, sirve para prevenir riesgos, organizando las del servicio educativo, el programa de ejercicios y simu- actuaciones más adecuadas con los medios humanos y lacros, el programa de revisión y actualización de toda la materiales propios disponibles en el centro, garantizando documentación que forma parte del Plan. En este senti- la intervención inmediata y la coordinación de todo el per- do, todo lo anteriormente dicho se describe en el Manual sonal: profesorado, alumnado y personal no docente, así para la elaboración del Plan de Autoprotección, el cual como la colaboración con los Servicios Locales de Protec- facilitará la redacción y concreción del Plan de Autopro- ción Civil y otros servicios de emergencia. tección de los centros, y estará disponible en el portal 2. Los objetivos que se persiguen con el Plan de Au- web de la Consejería competente en materia de Educa- toprotección son los siguientes: ción, y a través de la aplicación informática Séneca. - Proteger a las personas y los usuarios del centro, Artículo 4. Elaboración y aprobación del Plan de Au- así como los bienes, estableciendo una estructura y toprotección. unos procedimientos que aseguren las respuestas más 1. Corresponde al equipo directivo de cada centro o adecuadas ante las posibles emergencias. servicio educativo coordinar la elaboración del Plan de - Facilitar, a la estructura organizativa del centro, los Autoprotección, con la participación del coordinador o instrumentos y recursos en relación con la seguridad y coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Labo- control de las posibles situaciones de emergencia. ral y Prevención de Riesgos Laborales, cuyas funciones - Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa quedan descritas en el artículo 7 de esta Orden, quien sobre la importancia de establecer protocolos de actua- deberá cumplimentar, con el visto bueno de la dirección, ción y hábitos de entrenamiento para solventar situacio- la documentación requerida del Plan, así como un Infor- nes de emergencia de diversa índole. me del mantenimiento preventivo de las instalaciones, - Conocer el centro y su entorno (edificio e instalacio- donde quede reflejado las medidas de seguridad y las nes), los focos de peligro reales, los medios disponibles inspecciones realizadas. Los datos del informe se graba- y las normas de actuación en el caso de que ocurra un rán en la aplicación informática Séneca y se remitirá a siniestro, estudiar las vías de evacuación y las formas de la Delegación Provincial competente en materia de Edu- confinamiento, y adoptar las medidas preventivas nece- cación, que dará traslado al órgano que corresponda, e sarias. incluirá la fecha de la última revisión, la empresa o em- - Garantizar la fiabilidad de todos los medios de pro- presas acreditadas que revisaron las instalaciones y, en tección y disponer de un equipo de personas informadas, su caso, las observaciones, las mejoras propuestas y el organizadas, formadas y adiestradas que garanticen ra- informe favorable (o desfavorable) emitido por la misma. pidez y eficacia en las acciones a emprender ante las 2. En el caso de centros docentes públicos, el Con- emergencias. sejo Escolar es el órgano competente para la aprobación
  • 3. Sevilla, 8 de mayo 2008 BOJA núm. 91 Página núm. 19 definitiva del Plan de Autoprotección y deberá aprobarlo 4. Todos los centros docentes, a excepción de los por mayoría absoluta. universitarios, y los servicios educativos sostenidos con 3. En los servicios educativos, el Plan de Autopro- fondos públicos, deberán depositar una copia del cita- tección lo aprobará el equipo directivo, redactando el co- do Plan de Autoprotección a la entrada del edificio, en rrespondiente Acta de aprobación. lugar visible y accesible, debidamente protegida, asimis- 4. En las Delegaciones Provinciales con competencia mo, deberán notificarlo enviando una copia del Plan de en materia de Educación, el Delegado o Delegada apro- Autoprotección al Servicio competente en materia de bará el Plan de Autoprotección y establecerá los cauces Protección Civil y Emergencias, del Ayuntamiento corres- adecuados para la elaboración, implantación y desarrollo pondiente, así como las modificaciones que cada año del mismo. se produzcan en el mismo, de conformidad con lo dis- puesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 13 de Artículo 5. Aplicación del Plan de Autoprotección. octubre de 1999, por el que se determina la entrada en 1. La responsabilidad y las obligaciones, en materia vigor del Plan Territorial de Emergencia de Andalucía, y de autoprotección de los centros, establecimientos, es- en cumplimiento del Decreto 195/2007, de 26 de junio, pacio, dependencia o instalación, donde se desarrollen por el que se establecen las condiciones generales para las actividades docentes o los servicios educativos, son la celebración de espectáculos públicos y actividades re- de la persona que ostenta la dirección del centro, o bien creativas de carácter ocasional y extraordinario que se la dirección o la coordinación del servicio educativo. celebren en Andalucía, sin perjuicio del desarrollo nor- 2. Todos los centros docentes públicos y los servi- mativo y de su registro posterior que pudiera hacerse en cios educativos sostenidos con fondos públicos deberán la Comunidad Autónoma de Andalucía. proceder a la revisión periódica del Plan de Autoprotec- 5. La dirección de cada centro o servicio educativo ción, cada año, tras la realización del obligatorio ejercicio establecerá el procedimiento para informar sobre el Plan de simulacro, para adaptarlo a los posibles cambios que de Autoprotección y que éste sea conocido por todos los puedan producirse, especialmente cada vez que haya al- sectores de la Comunidad educativa o por las personas guna reforma o modificación en las condiciones del edifi- que integran el servicio educativo. cio (o edificios) y de los medios de protección disponibles, y para incorporar las mejoras que resulten de la expe- Artículo 7. La coordinación de centro del I Plan Anda- riencia acumulada. Dicho ejercicio de simulacro deberá luz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales contemplar lo dispuesto en el artículo 11 de esta Orden. del personal docente de los centros públicos. Las modificaciones del citado Plan de Autoprotección de- 1. En los servicios educativos y en los centros docen- berán ser aprobadas por el Consejo Escolar, por mayoría tes públicos, la persona titular de la dirección designará absoluta de sus miembros, e incluidas en el Plan de Cen- a un profesor o profesora, preferentemente, con destino tro y grabadas en la aplicación informática Séneca. definitivo, como coordinador o coordinadora de centro del 3. Se determinará el organigrama de responsabili- I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos dades y funciones que deberá llevar a cabo el conjunto Laborales del personal docente. En caso de no ser posible de personas usuarias del Centro, los protocolos de ac- esta designación, al no ser aceptado por ningún profesor tuación y el calendario para su aplicación e implantación o profesora, el cargo recaerá sobre un miembro del equi- real. Las modificaciones que se hagan al mismo se in- po directivo. En este sentido, la dirección del centro garan- corporarán a la Memoria final de curso. tizará que se asuma esta coordinación y se hará para un 4. El Plan de Autoprotección del Centro debe tener curso escolar, sin perjuicio de que al término de dicho pe- previsto, en su aplicación, la celebración de espectáculos ríodo se prorrogue para cursos sucesivos mediante decla- públicos y actividades recreativas de carácter ocasional ración expresa por parte del coordinador o coordinadora. y extraordinario, sean educativas o de otra índole, y debe Asimismo, se designará una persona suplente. cumplir las condiciones de seguridad legal y reglamenta- 2. Cuando se trate de centros docentes públicos, o de ria e incluir la concesión de la autorización otorgada por nueva creación, y servicios educativos, con inestabilidad el órgano competente para la celebración de dichas acti- en la ocupación de sus plantillas, la designación del coordi- vidades, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto nador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud 195/2007, de 26 de junio. Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente, podrá ejercerla cualquier profesor o profesora, Artículo 6. Registro, notificación e información. durante un curso escolar, sin perjuicio de que al término 1. El Plan de Autoprotección se incluirá, en el caso de dicho período se prorrogue para cursos sucesivos. La de los centros docentes, en el Plan de Centro y en el dirección del centro garantizará que se asuma esta coordi- Proyecto Educativo, y, en el caso de los servicios educa- nación. Asimismo, se designará una persona suplente. tivos, en el Plan de Actuación. 3. A partir del curso 2008-2009, los coordinadores 2. La persona titular de la dirección del centro será y coordinadoras de centro del I Plan Andaluz de Salud responsable de la veracidad de los datos grabados del Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal Plan de Autoprotección y de su registro en la aplicación docente deberán ser designados, nombrados y registra- informática Séneca. Dichos datos deberán ser revisados dos en la aplicación informática Séneca, antes del 30 de durante el primer trimestre de cada curso escolar y reno- septiembre de cada curso escolar. vados sólo si se hubiese producido alguna modificación 4. El coordinador o coordinadora de centro desig- significativa aprobada por el Consejo Escolar. Las modi- nado deberá mantener la necesaria colaboración con ficaciones que se hagan al mismo se incorporarán a la los recursos preventivos establecidos por la Consejería Memoria final de curso. competente en materia de Educación y, en este sentido, 3. En cumplimiento de la Orden de 11 de febrero serán los encargados de las medidas de emergencia y de 2008, por la que se crea el Comité de Seguridad y autoprotección, según lo dispuesto en los artículos 20 se aprueba el Documento de Política de Seguridad de y 33 1c. de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la Información de la Consejería (BOJA núm. 43, de 3 de tendrá las siguientes funciones: marzo de 2008), se aplicará la normativa de seguridad así como la organización y gestión de la seguridad de los a) Elaborar y coordinar la implantación, actualiza- datos e inventarios registrados. ción, difusión y seguimiento del Plan de Autoprotección.
  • 4. Página núm. 20 BOJA núm. 91 Sevilla, 8 de mayo 2008 b) Anotar, en la aplicación informática Séneca, las c) Reconocimiento en los procedimientos de selec- fechas de las revisiones de las diferentes instalaciones ción de directores y directoras: 0,15 puntos por año. del centro. Comprobar y actualizar los datos relativos a d) Reconocimiento en los procedimientos de promo- las mismas para el control y mantenimiento preventivo. ción entre Cuerpos docentes: 0,15 puntos por año. Velar por el cumplimiento de la normativa vigente. c) Coordinar la planificación de las líneas de actua- 2. Los coordinadores y coordinadoras de centros ción para hacer frente a las situaciones de emergencia y del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de cuantas medidas se desarrollen en el centro en materia Riesgos Laborales de los centros docentes públicos y de seguridad. de los servicios educativos sostenidos con fondos públi- d) Facilitar, a la Administración educativa, la infor- cos, recibirán de la dirección la certificación de la con- mación relativa a los accidentes e incidentes que afecten dición de coordinador o coordinadora. Los modelos de al profesorado, al alumnado y al personal de administra- certificación estarán disponibles en la aplicación infor- ción y servicio. mática Séneca. e) Comunicar, a la Administración educativa, la pre- 3. Al profesorado de educación infantil y primaria sencia en el centro de factores, agentes o situaciones que ejerza la función coordinadora en los centros públi- que puedan suponer riesgo relevante para la seguridad y cos se le asignará, para el desempeño de la misma, el la salud en el trabajo. horario destinado a atender el cuidado y vigilancia de los f) Colaborar con el personal técnico en la evaluación recreos, así como el horario no lectivo de obligada per- de los riesgos laborales del centro, haciendo el segui- manencia en el centro, sin perjuicio de las actividades miento de la aplicación de las medidas preventivas pla- propias de la tutoría y de su asistencia a las reuniones nificadas. que correspondan de los órganos de gobierno, participa- g) Colaborar con los delegados y delegadas de pre- ción y coordinación docente del centro. vención y con el Comité de Seguridad y Salud de la De- 4. Asimismo, al profesorado del resto de niveles legación Provincial de Educación, en aquellos aspectos educativos que ejerza dicha función se le asignará, en su relativos al propio centro. horario no lectivo semanal de obligada permanencia en h) Facilitar la intermediación entre el equipo directi- el centro, tres horas de dedicación a esta actividad, sin vo y el Claustro de Profesorado para hacer efectivas las perjuicio de las actividades propias de la tutoría y de su medidas preventivas prescritas. asistencia a las reuniones que correspondan de los ór- i) Difundir las funciones y actuaciones que los equi- ganos de gobierno, participación y coordinación docente pos de emergencia y cada miembro de la comunidad del centro. educativa deben conocer en caso de emergencia. Pro- gramar los simulacros de emergencia del centro, coordi- Artículo 9. La Comisión de Salud y Prevención de nando las actuaciones de las ayudas externas. Riesgos Laborales. d) Participar en la difusión de los valores, las acti- 1. En el caso de los centros docentes, en el seno tudes y las prácticas de la cultura de la prevención de del Consejo Escolar se constituirá, como el resto de las riesgos. comisiones, la Comisión de Salud y Prevención de Ries- j) Coordinar las actividades relativas a la seguridad, gos Laborales, para dar impulso al desarrollo del I Plan la promoción de la salud en el lugar de trabajo y la im- Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Labo- plantación de las medidas correspondientes y cuantas rales del personal docente de los centros públicos, y es- actuaciones se desarrollen en el centro en estas materias tará compuesta, al menos, por los siguientes miembros: transversales. En este sentido, solicitará la formación ne- el presidente o presidenta, un secretario o secretaria, un cesaria a su Centro de Profesorado correspondiente. representante del profesorado, un represente de los pa- k) Hacer un seguimiento de las actuaciones realiza- dres y madres, un representante del PAS y un represen- das y su incidencia en la mejora de las condiciones de tante del alumnado (exceptuando los Centros de Infantil seguridad y salud del profesorado, mediante la cumpli- y Primaria), miembros del Consejo Escolar. La presiden- mentación de los cuestionarios proporcionados por la cia la ostentará quien ostente la dirección del centro. El Consejería de Educación. Dichos cuestionarios estarán coordinador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz disponibles en la aplicación informática Séneca, durante de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales par- el mes de junio de cada curso escolar. ticipará en la citada Comisión, con voz pero sin voto. l) Cuantas otras funciones se deriven de la aplica- 2. En los centros específicos de educación espe- ción del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de cial y en aquellos que tengan unidades de educación Riesgos Laborales del personal docente de los centros especial formará parte de la citada Comisión el repre- públicos dependientes de la Consejería de Educación sentante del personal de atención educativa comple- (2006-2010). mentaria y un profesor o profesora de necesidades educativas especiales. Artículo 8. Reconocimiento de la coordinación y cer- 3. El objetivo principal de la Comisión de Salud y tificación. Prevención de Riesgos Laborales es integrar la Promo- 1. La Consejería competente en materia de Educación ción de la Salud en el Lugar de Trabajo, en el ámbito de reconocerá la participación del coordinador o coordinado- la gestión del centro, organizarla, planificarla, y promo- ra de centro del I Plan de Salud Laboral y Prevención de ver hábitos de vida saludables, de acuerdo con las Órde- Riesgos Laborales, o del servicio educativo, como mérito nes, instrucciones y decisiones que se adopten desde la específico en las convocatorias y concursos dirigidos al per- Consejería competente en materia de Educación. sonal docente, a los efectos legalmente establecidos o que 4. La Comisión de Salud y Prevención de Riesgos se pudieran establecer, en los siguientes términos: Laborales es un órgano colegiado, por tanto se regirá por las disposiciones que a tal efecto se contienen en la a) Reconocimiento como horas de formación a efec- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico tos de la promoción retributiva de los funcionarios y fun- de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad- cionarias docentes: 30 horas por año. ministrativo Común, así como por la Ley 9/2007, de 22 b) Reconocimiento a efectos de procedimientos de de octubre, de la Administración de la Junta de Andalu- provisión de vacantes: 0,50 puntos por año. cía, y tendrá las siguientes funciones:
  • 5. Sevilla, 8 de mayo 2008 BOJA núm. 91 Página núm. 21 a) Promover las acciones que fuesen necesarias nes Provinciales de Formación, como órganos de aseso- para facilitar el desarrollo e implantación del I Plan Anda- ramiento del Sistema Andaluz de Formación Permanente luz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del Profesorado incluirán, tanto en el Plan de Actuación del personal docente de los centros públicos. de los Centros del Profesorado como en los correspon- b) Supervisar la implantación y desarrollo del Plan dientes Planes Provinciales de Formación, actividades de Autoprotección. formativas relacionadas con la prevención de riesgos c) Hacer un diagnóstico de las necesidades formati- laborales y la salud laboral, que podrán ser en sus dis- vas en materia de autoprotección, primeros auxilios, pro- tintas modalidades, presenciales, semipresenciales y a moción de la salud en el lugar de trabajo y prevención de distancia. La Dirección General competente en materia riesgos laborales, así como proponer el plan de forma- de innovación educativa y formación del profesorado in- ción que se considere necesario para atender al desarro- corporará, de manera progresiva, nuevas acciones for- llo de dichas necesidades. En tal sentido, se solicitará mativas en la formación continua. al Centro de Profesorado que corresponda la formación 3. La Dirección General competente en materia de re- necesaria. cursos humanos impulsará la mejora de la formación ini- d) Determinar los riesgos previsibles que puedan cial de los directores y directoras de los centros docentes afectar al Centro, en función de sus condiciones espe- públicos, así como del profesorado novel, incluyendo, entre cíficas de emplazamiento, entorno, estructuras, insta- los contenidos de la formación de los funcionarios docen- laciones, capacidad, actividades y uso, utilizando la in- tes en fase de prácticas, un módulo básico de educación formación facilitada por la Consejería de Gobernación y en prevención de riesgos laborales y salud laboral. el Servicio de Protección Civil, atendiendo a los criterios 4. Los directores y directoras de los centros docen- establecidos por el Plan Territorial de Emergencia de An- tes públicos y de los servicios educativos, así como los dalucía. coordinadores y coordinadoras de centro del I Plan Anda- e) Catalogar los recursos humanos y medios de pro- luz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, tección, en cada caso de emergencia y la adecuación de que ya tuvieran adquirida la formación en autoprotección los mismos a los riesgos previstos en el apartado anterior. o en prevención de riesgos laborales, estarán exentos de f) Proponer al Consejo Escolar las medidas que con- formular las solicitudes de participación en actividades sidere oportunas para mejorar la seguridad y la salud en formativas relacionadas con esas materias, en cuyo caso el Centro, garantizando el cumplimiento de las normas deberán cumplimentar el Anexo III de esta Orden, relati- de autoprotección, canalizando las iniciativas de todos vo a la Memoria explicativa de la actividad de formación los sectores de la comunidad educativa y promoviendo realizada, y remitirlo al Servicio de Gestión de Recursos la reflexión, la cooperación, el trabajo en equipo, el diá- Humanos de la correspondiente Delegación Provincial, al logo y el consenso de los sectores de la misma para su objeto de establecer las líneas prioritarias que deberán puesta en práctica. seguir los procesos de formación que, desde las Delega- g) Cuantas acciones se deriven del desarrollo e im- ciones Provinciales de Educación, se pongan en marcha plantación del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Preven- para los coordinadores. ción de Riesgos Laborales del personal docente de los 5. Los Centros del Profesorado incluirán en sus Pla- centros públicos, y le sean encomendadas por la Admi- nes de Actuación acciones formativas en autoprotección, nistración educativa. primeros auxilios, prevención de riesgos laborales y sa- lud laboral, en cumplimiento de la normativa expresada 5. Todos los servicios educativos dependientes de la en los apartados 1 y 2 de este artículo, y llevarán a cabo Consejería competente en materia de Educación crearán las siguientes acciones: también esta Comisión que estará formada por el equi- po directivo al completo y un representante del personal a) Proporcionar asesoramiento para la formación ini- de administración y servicios. La presidencia y la secre- cial de los directores y directoras de los centros docen- taría serán funciones desempeñadas por funcionarios o tes públicos dependientes de la Consejería de Educación funcionarias con destino definitivo en dicho servicio edu- que lo soliciten, así como a los directores y directoras cativo. de los servicios educativos, y, especialmente, se facili- tará la formación del profesorado que participa en los Artículo 10. Formación. equipos de primera intervención, los responsables de los 1. De conformidad con lo dispuesto en los artícu- primeros auxilios, y del profesorado que participe en la los 19 y 20 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales Prevención de Riesgos Laborales, así como lo dispues- del Centro. to en el Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por b) Promover la creación y desarrollo de grupos de el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección trabajo y proyectos de innovación educativa, así como el de los centros, establecimientos y dependencias dedica- intercambio de experiencias y buenas prácticas, en torno dos a actividades que puedan dar origen a situaciones a las distintas temáticas incluidas en el I Plan Andaluz de emergencia; y, por otra parte, de conformidad con lo de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del dispuesto en el artículo 24 de la Ley 17/2007, de 10 de personal docente de los centros públicos. diciembre, de Educación de Andalucía, la Administración c) Promover la teleformación y la utilización de las educativa establecerá medidas específicas destinadas TIC para la generación de conocimiento respecto a los a promover el bienestar y la mejora de la salud laboral Planes de Autoprotección, y la prevención de riesgos la- del profesorado y a actuar decididamente en materia de borales, a través de la plataforma virtual y los canales de prevención. difusión que se consideren oportunos. 2. De conformidad con lo dispuesto en el Objetivo 3, d) Difundir las experiencias de los coordinadores y Acción 6, del Acuerdo de 19 de septiembre de 2006, del coordinadoras de centro del I Plan Andaluz de Salud La- Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan boral y Prevención de Riesgos Laborales del personal do- Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos La- cente en encuentros provinciales e interprovinciales. borales del personal docente de los centros públicos de- e) Facilitar la formación de los Delegados y Delega- pendientes de la Consejería de Educación, la Comisión das de prevención que integran los Comités de Seguri- Andaluza de Formación del Profesorado y las Comisio- dad y Salud del personal docente, y de los representan-
  • 6. Página núm. 22 BOJA núm. 91 Sevilla, 8 de mayo 2008 tes de la Administración educativa, de acuerdo con los de esta Orden, y se anotará en la aplicación informática programas de formación que se establezcan en aplica- Séneca. Asimismo, se incluirá en la Memoria final del ción de la normativa vigente. Centro. 6. La Consejería competente en materia de Educa- ción creará un espacio web específico, como centro de Artículo 12. Seguimiento y control de los accidentes recursos, asesoramiento y lugar de encuentro e inter- e incidentes en el Centro. cambio de experiencias. En el caso de que ocurriese algún accidente que afecte al alumnado, o al personal del centro, se procede- Artículo 11. Realización de simulacros de evacuación rá a comunicarlo a la Delegación Provincial con compe- de emergencia. tencias en materia de Educación, vía fax, en el plazo de 1. Al menos una vez, en cada curso escolar, de- 24 horas, si la valoración médica realizada por un facul- berá realizarse un simulacro de evacuación, o de con- tativo es considerada como grave y, en un plazo máximo finamiento. Se hará, por regla general, sin contar con de cinco días, cuando no fuese grave. A tal efecto se cum- ayuda externa de los Servicios de Protección Civil o de plimentará, por parte de la dirección del centro, los corres- Extinción de Incendios, sin perjuicio de que el personal pondientes modelos que figuran en el Anexo II. Asimismo, dependiente de los citados servicios pueda asistir como deberá incluirlo en la aplicación informática Séneca, y observador durante la realización de los simulacros. La notificarlo a la Autoridad Laboral, a través del envío de participación en los simulacros es obligatoria para todo dicho Anexo a la Delegación Provincial competente en el personal que esté presente en el Centro, o en el servi- materia de Empleo, conforme a los modelos que se ad- cio educativo, en el momento de su realización. junta como Anexo II. b, y c, de esta Orden. 2. Los simulacros de evacuación, o de confinamien- to, no deben hacerse simulando situaciones reales de Artículo 13. La Coordinación provincial en materia emergencia que impliquen el uso de elementos peligro- de seguridad y salud laboral del profesorado. sos, tales como botes de humo, bengalas, fuego u otros, 1. En cada Delegación Provincial de la Consejería salvo que el ejercicio sea una iniciativa de los Servicios competente en materia de Educación existirá un equipo Locales de Protección Civil o Extinción de Incendios, o especializado para la coordinación provincial, actualmen- bien haya sido diseñado y preparado por aquellos, se rea- te denominado Gabinete Provincial de Seguridad y Salud lice bajo su total supervisión y control, y el centro cuente Laboral Docentes, de conformidad con lo establecido con la previa autorización de la Delegación Provincial de en el Objetivo 4, acción 8, del Acuerdo del Consejo de Educación. En este sentido, el centro deberá cumplimen- Gobierno, de 19 de septiembre de 2006, por el que se tar la correspondiente solicitud, según el Anexo I.b, y re- aprueba el I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención mitirla a la referida Delegación Provincial. de Riesgos Laborales del personal docente. 3. Con antelación suficiente a la realización de un si- 2. Los Gabinetes Provinciales de Seguridad y Salud mulacro de evacuación, o de confinamiento, la dirección Laboral Docentes estarán constituidos, como mínimo, del centro debe comunicarlo a los Servicios Locales de por dos coordinadores o coordinadoras provinciales, uno Protección Civil, Extinción de Incendios y Policía Local, a de ellos del área de Seguridad en el Trabajo y el otro del fin de evitar alarmas innecesarias entre la ciudadanía. área de Ergonomía y Psicosociología Aplicada, como se 4. En la semana previa a la realización de un simu- corresponde con las especialidades de los técnicos supe- lacro de evacuación, o de confinamiento, la dirección del riores en prevención de riesgos laborales. El número de centro informará a la comunidad educativa acerca asesores técnicos docentes designados para la coordi- del mismo, a fin de evitar alarmas innecesarias, sin indi- nación provincial y las áreas lo determinará la Dirección car el día ni la hora previstos. Con posterioridad a la rea- General competente en materia de gestión de recursos lización del simulacro, el profesorado y todo el personal humanos, en función de las necesidades detectadas. Las del centro, deberá volver a la normalidad de sus clases y Delegaciones Provinciales notificarán a la Dirección Ge- tareas. Los centros docentes y los servicios educativos, neral competente en materia de gestión de recursos hu- elaborarán un informe donde se recojan las incidencias manos la composición del correspondiente Gabinete Pro- del mismo. La dirección del centro deberá comunicar a vincial de Seguridad y Salud Laboral Docentes, así como los Servicios de Protección Civil y Extinción de Incendios cualquier modificación que se produzca en el mismo. las incidencias graves observadas durante el mismo que 3. Las funciones propias de los coordinadores o puedan afectar al normal desempeño de sus funciones en coordinadoras provinciales de Seguridad y Salud Labo- caso de emergencia, asimismo, y en ese caso, se remitirá ral Docentes serán las contempladas en la acción 8 del a la Delegación Provincial de la Consejería Educación. citado I Plan Andaluz, y aquellas otras que la Consejería 5. Todos los centros docentes y servicios educativos competente en materia de Educación les encomiende. revisarán periódicamente los medios disponibles para 4. Se reconocerá la formación en prevención de intervenir en caso de emergencia (extintores, alarmas, riesgos laborales y salud laboral de los coordinadores y BIEs, lámparas de emergencia, sistemas automáticos de coordinadoras provinciales para la consolidación del con- detección, aviso y extinción de incendios, etc.). Dichas cepto retributivo de los sexenios, y a todos los efectos. revisiones se efectuarán por empresas homologadas y 5. La Consejería competente en materia de Educa- acreditadas según la normativa vigente. ción reconocerá el tiempo de servicio en el desempeño 6. Cuando se detecten deficiencias o carencias gra- de las funciones de coordinación provincial a los aseso- ves en las infraestructuras, instalaciones o equipamien- res técnicos docentes de los Gabinetes, de la siguiente tos escolares que comporten riesgos significativos para forma: la seguridad del centro, o dificulten o impidan la correc- ta evacuación del mismo, la dirección del centro lo co- a) Reconocimiento como horas de formación a afec- municará a la Delegación Provincial de la Consejería en tos de la promoción retributiva de los funcionarios y fun- materia de Educación y ésta derivará dicho informe a cionarias docentes: 30 horas por año. los organismos o entidades a quienes les corresponda la b) Reconocimiento a afectos de procedimiento de subsanación. provisión de vacantes: 0,50 puntos por año. 7. El informe del simulacro de evacuación o de confi- c) Reconocimiento en los procedimientos de selec- namiento, se cumplimentará, según el modelo del Anexo I ción de directores y directoras: 0,15 puntos por año.
  • 7. Sevilla, 8 de mayo 2008 BOJA núm. 91 Página núm. 23 d) Reconocimiento en los procedimientos de promo- formación del profesorado, designado de entre los pro- ción entre cuerpos docentes: 0,15 puntos por año. puestos por su titular. e) Dos funcionarios o funcionarias de la Dirección Artículo 14. Elaboración de materiales curriculares, General competente en materia de recursos humanos, recursos didácticos, y desarrollo de actividades de for- con formación en materia de seguridad y salud laboral mación e investigación educativa. docentes, designados. Uno de ellos ejercerá las funcio- 1. La Orden de 20 de junio de 2007, por la que se nes correspondientes a la secretaría de la Comisión. establecen las bases reguladoras de las ayudas para la elaboración de materiales curriculares y para el desarro- 4. El plazo de presentación de las solicitudes se ajus- llo de actividades de formación y de investigación educa- tará a lo previsto en la convocatoria de la Orden de 20 tiva dirigidas al profesorado de los centros docentes sos- de junio de 2007, ya citada, y en las correspondientes tenidos con fondos públicos, a excepción de los univer- convocatorias que se establezcan a este respecto. sitarios (BOJA núm. 141, de 18 de julio de 2007), será de aplicación a las diferentes temáticas de salud laboral, Disposición Adicional Primera. Plazos para la consti- prevención de riesgos laborales y promoción de la salud tución de la Comisión de Salud y Prevención de Riesgos en el lugar de trabajo. Laborales, y la elaboración o actualización del Plan de 2. Entre las líneas prioritarias establecidas, en el Autoprotección. Anexo I.a de la citada Orden, en los proyectos de investi- 1. Todos los centros docentes públicos y los servi- gación educativa que se realicen en los centros docentes cios educativos deberán constituir la Comisión de Salud y públicos, a excepción de los universitarios, y en los servi- Prevención de Riesgos Laborales en el curso 2007-2008, cios educativos dependientes de la Consejería compe- dejando constancia de su composición en la aplicación tente en materia de Educación, se ampliarán e incluirán informática Séneca, antes del 30 de junio de 2008. Es- también la promoción de la salud en el lugar de trabajo tos datos se renovarán en el citado programa, cada año, y la prevención, en general, y de forma particular, las si hubiese modificación, antes del 15 de noviembre. temáticas ya establecidas en las acciones 15, 25, 28, 29 2. Los centros docentes públicos y los servicios edu- y 34 del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de cativos que no tuvieran redactado el Plan de Autopro- Riesgos Laborales del personal docente de los centros tección a la entrada en vigor de esta Orden, y requieran públicos, y relacionadas con: formación para ello, deberán solicitar dicha formación a su Centro de Profesorado correspondiente y tendrán de a) La prevención de las patologías de la voz del pro- plazo para su elaboración hasta el 15 de diciembre fesorado. de 2009. b) La prevención de los trastornos musculoesqueléti- 3. Todos los centros docentes públicos y los servi- cos del profesorado. cios educativos que hubieran redactado el Plan de Auto- c) La prevención de los riesgos psicosociales en el protección con anterioridad a la entrada en vigor de esta profesorado. Orden adecuarán su organización, gestión y contenido a d) Las diferencias en las formas de enfermar de muje- lo dispuesto en la misma, antes del 15 de diciembre de res y hombres docentes, con el objetivo de reducir las des- 2008. igualdades de género en relación con la salud laboral e iden- 4. Los centros docentes públicos y los servicios edu- tificar sus determinantes desde la perspectiva de género. cativos creados con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden dispondrán de un curso académico El órgano gestor para la valoración de los proyec- para la elaboración del Plan de Autoprotección, la crea- tos de investigación educativa, relacionados con anterio- ción de la Comisión de Salud y Prevención de Riesgos ridad será la Dirección General competente en materia Laborales, y la anotación de todos los datos requeridos de innovación educativa y formación del profesorado, en en la aplicación informática Séneca. colaboración con la Dirección General competente en ma- teria de gestión de recursos humanos y en función de Disposición Adicional Segunda. Difusión de la pre- las acciones y los programas específicos contemplados en sente Orden y asesoramiento. los Objetivos 6 y 7 del Acuerdo del Consejo de Gobierno, 1. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de 19 de septiembre de 2006, por el que se aprueba el competente en materia de Educación darán traslado de I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos esta Orden a todos los centros docentes públicos de su Laborales del personal docente de los centros públicos ámbito de gestión a los que resulte de aplicación, así dependientes de la Consejería de Educación. como a los servicios educativos y atenderán las deman- 3. En relación con el Anexo III de la Orden de 20 de das de asesoramiento y asistencia técnica que éstos so- junio de 2007 citada, la Comisión Evaluadora en materia liciten. de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del 2. Las direcciones de los centros arbitrarán las me- Profesorado, estará presidida por la persona titular de didas necesarias para que el contenido de esta Orden la Dirección General competente en materia de recursos sea conocido por todos los sectores de la comunidad humanos, o persona en quien delegue, siendo el resto educativa, y entregarán una copia a los miembros del de sus miembros los siguientes: Consejo Escolar y al Claustro de Profesores. 3. Los servicios educativos dependientes de la Con- a) Persona que ostente la Jefatura del Servicio de sejería competente en materia de Educación arbitrarán coordinación competente en materia de salud laboral y las medidas necesarias para que el contenido de la pre- prevención de riesgos laborales. sente Orden sea conocido por todas las personas que b) La persona que ostente la Jefatura del Departa- prestan servicios en los mismos. mento de Seguridad y Salud Laboral Docentes. c) Un funcionario o funcionaria de la Dirección Ge- Disposición Adicional Tercera. Centros educativos neral competente en materia de ordenación educativa, concertados. designado de entre los propuestos por su titular. La presente Orden resulta de aplicación a los cen- d) Un funcionario o funcionaria de la Dirección Ge- tros educativos privados concertados, adecuándose a neral competente en materia de innovación educativa y sus características específicas de organización y funcio-
  • 8. Página núm. 24 BOJA núm. 91 Sevilla, 8 de mayo 2008 namiento y a la estructura de cargos directivos y de coor- to de sus competencias, velarán por el cumplimiento de dinación docente de que dispongan. la presente Orden. Disposición Adicional Cuarta. Delegaciones Provin- Disposición Transitoria Única. Coordinadores y coor- ciales de la Consejería competente en materia de Edu- dinadoras provinciales del I Plan Andaluz de Salud Labo- cación. ral y Prevención de Riesgos Laborales. 1. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería 1. Quienes se hallen ejerciendo las funciones de competente en materia de Educación, y las dependencias coordinación provincial, en los Gabinetes Provinciales administrativas de ésta, deberán actualizar también su de Seguridad y Salud Laboral Docentes, a la entrada en Plan de Autoprotección, conforme a la normativa vigente vigor de esta Orden, continuarán en sus puestos hasta y lo contemplado en esta Orden, de conformidad con lo la finalización del curso académico 2007-2008. Para el dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 31/1995, de curso 2008-2009, las Delegaciones Provinciales de la 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así Consejería competente en materia de Educación proce- como lo dispuesto en el Real Decreto 393/2007, de 23 derán a designar a los coordinadores o coordinadoras de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de provinciales de Seguridad y Salud Laboral Docentes, en Autoprotección de los centros, dependencias y estable- régimen de comisión de servicio y por el sistema de libre cimientos dedicados a actividades que puedan dar ori- designación. gen a situaciones de emergencia. 2. La Consejería competente en materia de Educa- 2. El Plan de Autoprotección quedará incluido en ción reconocerá el tiempo de servicio en el desempeño el Plan de Prevención de Riesgos Laborales que debe- de las funciones de coordinación provincial a los actua- rá elaborar cada Delegación Provincial de la Consejería les asesores técnicos docentes de los citados Gabinetes, competente en materia de Educación, de conformidad de la siguiente forma: con lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviem- bre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como lo a) Reconocimiento como horas de formación a afec- dispuesto en el artículo 24 de la Ley 17/2007, de 10 de tos de la promoción retributiva de los funcionarios y fun- diciembre, de Educación de Andalucía. La coordinación cionarias docentes: 30 horas por año. de los planes y programas de actuación preventiva se b) Reconocimiento a afectos de procedimiento de establecerán de acuerdo con las directrices e instruccio- provisión de vacantes: 0,50 puntos por año. nes dictadas por la Dirección General de Seguridad y Sa- c) Reconocimiento en los procedimientos de selec- lud Laboral de la Consejería de Empleo (artículo 4.3 del ción de directores y directoras: 0,15 puntos por año. Decreto 117/2000, de 11 de abril, así como el artículo d) Reconocimiento en los procedimientos de promo- 8 del Decreto 203/2004, de 11 de mayo), sin perjuicio ción entre cuerpos docentes: 0,15 puntos por año. del desarrollo normativo posterior que de estos decretos, en su caso, pudiese hacer la Comunidad Autónoma de Disposición Derogatoria Única. Derogación normativa. Andalucía. Queda derogada expresamente la Orden de 4 de 3. Anualmente, cada Delegación Provincial con com- noviembre de 1985, por la que se dan instrucciones petencias en materia de Educación, al igual que cada para la elaboración por los Centros docentes no uni- centro y servicio educativo, deberá realizar obligatoria- versitarios de un Plan de Autoprotección y se estable- mente, al menos, un simulacro de evacuación de emer- cen las normas para la realización de un ejercicio de gencia, y emitirá el correspondiente informe. evacuación de emergencia. Asimismo, quedan dero- 4. En caso de producirse modificaciones o reformas gadas todas las normas de igual o inferior rango en en el edificio o edificios, éstas se incorporarán al Plan de lo que se opongan o contradigan a lo previsto en la Autoprotección, para que esté siempre actualizado y vivo. presente Orden. 5. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería competente en materia de Educación depositarán una Disposición Final Primera. Facultad para la aplica- copia del citado Plan de Autoprotección a la entrada del ción de esta Orden. edificio, en lugar visible y accesible, debidamente prote- Se faculta a la persona titular de la Dirección Gene- gida, y enviarán una copia al Servicio de Protección Civil ral competente en materia de recursos humanos para del Ayuntamiento correspondiente, y otra al Servicio de dictar, en el ámbito de sus competencias, las resolucio- Protección Civil de la Delegación del Gobierno de la Jun- nes y actos que resulten necesarios para el desarrollo y ta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el ejecución de la presente Orden. Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 13 de octubre de 1999, por el que se determina la entrada en vigor del Disposición Final Segunda. Entrada en vigor. Plan Territorial de Emergencia de Andalucía. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente 6. El Comité de Seguridad y Salud del personal do- al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de cente será informado sobre el Plan de Autoprotección de Andalucía. la Delegación Provincial con competencias en materia de Educación, y se facilitará a sus miembros la documenta- Sevilla, 16 de abril de 2008 ción del mismo, en caso de consulta. 7. Los Delegados y Delegadas Provinciales de la Con- SEBASTIÁN CANO FERNÁNDEZ sejería competente en materia de Educación, en el ámbi- Consejero de Educación en Funciones
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  • 15. Sevilla, 8 de mayo 2008 BOJA núm. 91 Página núm. 31
  • 16. Página núm. 32 BOJA núm. 91 Sevilla, 8 de mayo 2008 2. Autoridades y personal 2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS UNIVERSIDADES Y TRANSPORTES RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2008, de la RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2008, de la Vice- Universidad de Sevilla, por la que se nombra, en consejería por la que se adjudica el puesto de libre virtud de concurso, a don Manuel María García designación convocado por Resolución que se cita. Ayuso, Catedrático de Universidad. De conformidad con lo previsto en el artículo 25.1 Vista la propuesta formulada por la Comisión nom- de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación brada para juzgar el concurso convocado por Resolución de la Función Publica de la Junta de Andalucía, y en los de esta Universidad de 30 de enero de 2008 (BOE de artículos 60 a 66 deI Reglamento General de Ingreso, 22 de febrero de 2008), de conformidad con lo previsto promoción interna, provisión de puestos de trabajo y en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica promoción profesional de los funcionarios de la Adminis- 4/2007 de 12 de abril, de Universidades, y del Real De- tración General de la Junta de Andalucía aprobado por creto 1313/2007, por el que se regula el régimen de los Decreto 2/2002, de 9 de enero, teniendo en cuenta que concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, se ha seguido el procedimiento establecido y que la can- que determinan la vigencia de los artículos 65 de la Ley didata elegida cumple los requisitos y especificaciones Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades exigidos en la convocatoria, por esta Viceconsejería, en (BOE 24 de diciembre) y 17.3 del RD 774/2002 de 26 virtud de la competencia delegada por la Orden de 1 de de julio, por el que se regula el sistema de habilitación julio de 1994 (BOJA núm. 104, de 9 de julio), se adjudi- nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Do- ca el puesto de trabajo especificado en el Anexo de la centes Universitarios y el régimen de los concursos de presente Resolución, convocado por Resolución de 22 acceso respectivos, de febrero de 2008 (BOJA núm. 51 de 13 de marzo de Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferi- 2008), para el que se nombra a la funcionaria que figura das por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de en el citado Anexo. diciembre, de Universidades (BOE 24 de diciembre) ha La toma de posesión se efectuará en los plazos pre- resuelto nombrar a don Manuel María García Ayuso, Ca- vistos en el artículo 65, en relación con el artículo 51, del tedrático de Universidad, del Área de Conocimiento de Reglamento General de Ingreso citado, remitiéndose la «Economía Financiera y Contabilidad», adscrita al Depar- documentación correspondiente al Registro General de tamento de Contabilidad y Economía Financiera. Personal para su inscripción. Contra la presente resolución, que agota la vía admi- nistrativa, podrá interponerse potestativamente recurso Contra la presente resolución, que pone fin a la vía de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un administrativa, cabe interponer potestativamente recur- mes, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 4/99 so de reposición ante este mismo órgano en el plazo de de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, un mes, o directamente recurso contencioso-adminis- de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y trativo en el plazo de dos meses contados a partir del del Procedimiento Administrativo Común, o recurso Con- día siguiente al de su notificación ante el Juzgado de lo tencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, con- Contencioso-Administrativo con competencia territorial, tados a partir del día siguiente al de la notificación, ante o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Con- el Juzgado de la Contencioso-Administrativo de Sevilla, tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justi- según disponen los artículos 116 de la Ley 4/99 antes cia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos citada y 46.1 y 8.3 de la Ley 29/98, de 13 de julio (BOE legales previstos, todo ello según se prevé en los artícu- de 14 de julio) de la Jurisdicción Contencioso-Adminis- los 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre trativa. y en los artículos 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, regu- ladora de la Juridicción Contencioso-Administrativa, de Sevilla, 18 de abril de 2008.- El Rector, Joaquín 13 de julio. Luque Rodríguez. Sevilla, 7 de abril de 2008.- El Viceconsejero, P.V. (art. 3.2 Decreto 202/2004, de 11.5), la Secretaria RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2008, de General Técnica, Inmaculada Jiménez Bastida. la Universidad de Sevilla, por la que se nombra, en virtud de concurso, a don José Antonio Ollero ANEXO Pina, Profesor Titular de Universidad. Número de Orden: 1. Vista la propuesta formulada por la Comisión nom- C.P.T.: 9484810. brada para juzgar el concurso convocado por Resolución Puesto de Trabajo: Gb. Gestión y Política de Suelo. de esta Universidad de 30 de enero de 2008 (BOE de Centro Directivo y Localidad: D.G. Urbanismo. Sevilla. 22 de febrero de 2008), de conformidad con lo previsto Primer Apellido: De Gracia. en la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica Segundo Apellido: Fernández. 4/2007 de 12 de abril, de Universidades, y del Real Decre- Nombre: Cristina. to 1313/2007, por el que se regula el régimen de los con- DNl: 28898997. cursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, que