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DECRETO 2649PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
ARTICULO 64 Las propiedades, planta y equipo, son los activos tangibles adquiridos, construidos, o en proceso de construcción, con la intención de emplearlos en forma permanente, para la producción o suministro de otros bienes y servicios, para arrendarlos, o para usarlos en la administración del ente económico, que no están destinados para la venta en el curso normal de los negocios y cuya vida útil excede de un año. El valor histórico de las propiedades, planta y equipo, recibidas en cambio, permuta, donación, dación en pago o aporte de los propietarios, se determina por el valor convenido por las partes, debidamente aprobado por las autoridades cuando fuere el caso o, cuando no se hubiere determinado su precio, mediante avalúo.
Se entiende por vida útil el lapso durante el cual se espera que la propiedad, planta o equipo, contribuirá a la generación de ingresos Para su determinación es necesario considerar, entre otros factores, las especificaciones de fabrica, el deterioro por el uso, la acción de factores naturales, la obsolescencia por avances tecnológicos y los cambios en la demanda de los bienes o servicios a cuya producción o suministro contribuyen. La depreciación se debe determinar sistemáticamente mediante métodos de reconocido valor técnico, tales como línea recta, suma de los dígitos de los años, unidades de producción u horas de trabajo. Debe utilizarse aquel método que mejor cumpla la norma básica de asociación.
Al cierre del período, el valor neto de estos activos, re expresado como consecuencia de la inflación, debe ajustarse a su valor de realización o a su valor actual o a su valor presente, el mas apropiado en las circunstancias, registrando las provisiones o valorizaciones que sean del caso. Pueden exceptuarse de esta disposición aquellos activos cuyo valor ajustado sea inferior a veinte (20) salarios mínimos mensuales.
El avalúo debe prepararse de manera neutral y por escrito, de acuerdo con las siguientes reglas: Presentará su monto discriminado por unidades o por grupos homogéneos. 2. Tratará de manera coherente los bienes de una misma clase y características. 3. Tendrá en cuenta los criterios utilizados por el ente económico para registrar adiciones, mejoras y reparaciones. 4. Indicará la vida útil remanente que se espera tenga el activo en condiciones normales de operación. 5. Segregará los bienes muebles reputados como inmuebles, mostrando su valor por separado.
Clase: 1 Activo Grupo: 15 Propiedades, planta y equipo CUENTAS: 1504 Terrenos 1506 Materiales proyectos petroleros  1508  Construcciones en curso 1512 Maquinaria y equipos en montaje 1516 Construcciones y edificaciones 1520 Maquinaria y equipo
1524 Equipo de oficina 1528 Equipo de computación y comunicación 1532 Equipo medico- científico 1536 Equipo de hoteles y restaurantes 1540 Flota y equipo de transporte 1544 Flota y equipo fluvial y/o marítimo 1548 Flota y equipo aéreo 1552 Flota y equipo férreo
1556 Acueductos, plantas y redes 1560 Armamento de vigilancia 1562 Envases y empaques 1564 Plantaciones agrícolas y forestales 1568 Vías de comunicación 1572 Minas y canteras 1576 Pozos artesianos 1580 Yacimientos
1584 Semovientes 1588 Propiedades, planta y equipo en transito 1592 Depreciación acumulada  1596 Depreciación diferida 1597 Amortización acumulada 1598 Agotamiento acumulado 1599 Provisiones
1504 Terrenos Registra el valor de los predios donde están construidas las diferentes edificaciones de propiedad del ente económico, así como los destinados a futuras ampliaciones o construcciones para el uso o servicio del mismo.  Débitos Por el costo histórico Por el valor de las mejoras y otros cargos capitalizables que representen un mayor valor del activo Créditos Por el costo de los terrenos vendidos.
1506 Materiales proyectos petroleros  Registra el valor de los materiales adquiridos para desarrollar actividades de exploración y explotación y que harán parte de proyectos susceptibles de capitalización; tales como tuberías, cabezales de pozos, bombas y otras facilidades para adecuación del campo petrolero.
Débitos Por el valor de adquisición de los materiales de la industria del petróleo, tales como tuberías y equipo de completamiento de pozos Por el valor del costo de transporte, seguros y manejo de los materiales recibidos, incluidos todos los costos hasta la entrega en bodega de la compañía o lugar de trabajo Por el valor de los materiales adquiridos con la finalidad de construir proyectos de facilidades para la extracción, separación y almacenamiento de petróleo tales como bombas, plantas, separadores, motores, calentadores, etc. Créditos Por el valor de las salidas de materiales para proyectos de acuerdo con sus costos unitarios, según el método de valuación que se tenga Por el valor a prorrata de los materiales, para aplicar a cada proyecto a donde se haya enviado el material correspondiente.
1508  Construcciones en curso Registra los costos incurridos por el ente económico en la construcción o ampliación de edificaciones destinadas a oficinas, locales, bodegas, plantas de operación; así como de otras obras en proceso, que serán utilizadas en las labores operativas o administrativas. Una vez terminadas dichas obras, sus saldos se trasladarán a las cuentas correspondientes. El costo incluye los desembolsos por materiales, mano de obra, licencias, honorarios profesionales, costos financieros e interventoría y otros costos efectuados hasta el momento en que el bien quede adecuado para su uso.
Débitos Por los desembolsos efectuados por el ente económico, imputables a la ejecución de la obra; Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de las construcciones recibidas por cesión, donación o aporte Créditos Por la transferencia a la cuenta correspondiente, cuando la obra se encuentre en condiciones de ser utilizada por el ente económico Por el valor de los materiales cargados a esta cuenta que sean devueltos al almacén.
1512 Maquinaria y equipos en montaje Registra los costos incurridos por el ente económico en la adquisición y montaje de maquinaria, hasta el momento en que el activo queda listo para su utilización o explotación, en el sitio y condiciones requeridas. Débitos Por el costo histórico; Por el costo de la instalación, montaje y otros costos directos e indirectos necesarios para que la maquinaria esté en condiciones de ser utilizada Créditos Por el valor registrado en libros al momento de su realización o venta; Por el valor de los elementos dados de baja;
1516 Construcciones y edificaciones Registra el costo de adquisición o construcción de inmuebles de propiedad del ente económico destinados para el desarrollo del objeto social. El valor del terreno debe registrarse por separado en la cuenta 1504 -terrenos-.
Débitos Por el costo histórico de las construcciones y edificaciones; Por el costo de las construcciones y edificaciones construidas por el ente económico o por cuenta de él; Por el valor de las adiciones, reparaciones, mejoras y otros cargos capitalizables; Por el costo de la participación correspondiente en las construcciones y edificaciones adquiridas o construidas en condominio; Créditos Por el costo de las construcciones y edificaciones vendidas, cedidas, demolidas, permutadas o rematadas.
1520 Maquinaria y equipo Registra el costo histórico de la maquinaria y equipo adquirida por el ente económico. El costo también incluye la diferencia en cambio causada hasta que se encuentre en condiciones de utilización, originada por obligaciones en moneda extranjera contraídas para su adquisición. Débitos Por el costo histórico Por el valor de las mejoras y otros cargos capitalizables que representen un mayor valor del activo Créditos Por el costo registrado en libros del bien vendido Por el valor en libros de la maquinaria y equipo retirados o dados de baja por pérdida, cesión, desmantelamiento, sustracción o destrucción.
1524 Equipo de oficina Registra el costo histórico del equipo mobiliario, mecánico y electrónico de propiedad del ente económico, utilizado para el desarrollo de sus operaciones. La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de ingresos (gastos) no operacionales. Débitos Por el costo histórico de los muebles y enseres, así como del equipo electrónico Por el costo histórico de las máquinas y muebles de oficina entregados por el almacén a las respectivas dependencias; Créditos Por el costo en libros del equipo dado de baja por pérdida, robo, caso fortuito o fuerza mayor o por venta.
1528 Equipo de computación y comunicación Registra el costo histórico del equipo de cómputo y comunicación adquiridos por el ente económico para el desarrollo de sus planes o actividades de sistematización y/o comunicación. Débitos Por el costo histórico del equipo de computación y comunicación Por el valor de las mejoras y otros cargos capitalizables  Por el ajuste por diferencia en cambio de los bienes importados mientras éstos no se encuentren en condiciones de utilización; Créditos Por el costo total del bien por venta, retiro o donación del mismo Por devolución de equipos o parte de ellos a los proveedores.
1532 Equipo medico- científico Registra el costo histórico de los equipos y elementos médico-científicos cuya vida útil exceda de un año, adquiridos por el ente económico. Débitos Por el costo histórico del equipo médico-científico; Por el valor del equipo médico-científico importado Por el costo acumulado de las órdenes de trabajo capitalizables por montaje de equipo o para la reparación de los mismos; Créditos Por el costo en libros de los equipos vendidos, cedidos, permutados, rematados o dados de baja por pérdida, sustracción, destrucción u obsolescencia.
1536 Equipo de hoteles y restaurantes Registra los costos en que incurre el ente económico en la adquisición e instalación de los equipos para hoteles y restaurantes para ser utilizados en desarrollo de sus actividades. Débitos Por el costo histórico; Por otros cargos capitalizables originados en obligaciones para su adquisición; Por el valor incurrido en mejoras o adiciones capitalizables; Créditos Por el costo de los equipos vendidos Por el costo de los equipos dados de baja por cesión, pérdida o destrucción.
1540 Flota y equipo de transporte Registra el costo histórico de las unidades de transporte, equipos de movilización y maquinaria de propiedad del ente económico destinados al transporte de pasajeros y de carga para el desarrollo de sus actividades. Débitos Por el costo histórico; Por otros cargos capitalizables originados en obligaciones para la adquisición del equipo; Por el valor de las mejoras o adiciones capitalizables; Créditos Por el costo en libros del equipo vendido Por el costo en libros del equipo dado de baja por cesión, desmantelamiento, pérdida o destrucción.
1544 Flota y equipo fluvial y/o marítimo Registra el costo histórico de los equipos flotantes de propiedad del ente económico para el desarrollo de sus actividades. Débitos Por el costo histórico; Por el valor de las reparaciones o mejoras capitalizables; Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de la flota y equipo recibidos por cesión, donación o aporte. Créditos Por el costo en libros en caso de cesión, venta o retiro del respectivo bien.
1548 Flota y equipo aéreo Registra el costo histórico de los aviones, hidroaviones, planeadores, helicópteros y otros equipos similares, adquiridos por el ente económico para el desarrollo de sus actividades. Débitos Por el costo histórico de los aviones, hidroaviones, helicópteros y otros equipos similares; Por el costo de las reparaciones mayores, adiciones y mejoras capitalizables; Por el costo de nacionalización Créditos Por el costo en libros en caso de ventas, y Por el costo en libros en caso de retiro del equipo por cualquier causa.
1552 Flota y equipo férreo Registra los costos en que incurre el ente económico en la adquisición e instalación de los equipos férreos para ser utilizados en desarrollo de sus actividades. Débitos Por el costo histórico Por otros cargos capitalizables originados en obligaciones para su adquisición Por el valor incurrido en mejoras o adiciones capitalizables; Créditos Por el costo en libros de la flota y equipo vendidos, y Por el costo en libros de la flota y equipo dados de baja por cesión, desmantelamiento, pérdida o destrucción.
1556 Acueductos, plantas y redes Registra el costo incurrido por el ente económico en la adquisición o construcción de acueductos, plantas y redes necesarios en la actividad del objeto social. Débitos Por el costo histórico de los bienes que la integran  Por el valor de las adquisiciones directas que se efectúen Por el valor convenido o el avalúo técnico de los bienes que se reciban en calidad de donación, cesión, aporte u otra causa Créditos Por el costo en libros de los bienes que se dan de baja, por obsolescencia, venta y otros conceptos.
1560 Armamento de vigilancia Registra el costo de adquisición del armamento de vigilancia adquirido por el ente económico para el desarrollo de su objeto social y/o para la protección y salvaguarda de sus bienes. Créditos Por el costo en libros del armamento de vigilancia vendido, y Por el costo en libros del armamento dado de baja por cesión, pérdida o destrucción. Débitos Por el costo de adquisición
1562 Envases y empaques Registra el costo de los envases y empaques retornables utilizados para la distribución del producto objeto de las actividades del negocio. Débitos Por el valor de adquisición de los envases y empaques Créditos Por la venta o retiro de los envases y empaques.
1564 Plantaciones agrícolas y forestales Registra los costos amortizables en que incurre el ente económico en los procesos de preparación de terrenos, siembra y desarrollo que corresponden a los períodos pre productivo y productivo de aquellas plantaciones agrícolas y forestales cuya vida útil es superior a dos años, en el cual se generan varias cosechas.
Para cultivos en desarrollo Débitos Por el costo de adecuación y preparación de los terrenos; Por el costo de las semillas o material vegetal; Por la mano de obra directa utilizada; Por los costos indirectos incurridos en los cultivos; Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de las plantaciones recibidas por cesión, donación o aporte Créditos Por el valor del costo de los cultivos que entran en producción. Para cultivos amortizables Débitos Por el costo de los activos que entran en período productivo Créditos Por el cruce con la subcuenta 159705 -plantaciones agrícolas y forestales-, por la culminación de la respectiva amortización.
1568 Vías de comunicación Registra el costo incurrido por el ente económico en el diseño y construcción, entre otros de vías, caminos, carreteras, puentes, aeródromos, en sus propios predios directamente o por intermedio de terceros.
Débitos Por el costo de los derechos así como las indemnizaciones y reclamos cancelados en su construcción; Por el costo de los estudios, confección de presupuestos, elaboración de planos, materiales, mano de obra y demás gastos causados por las obras adelantadas por el ente económico; Por el costo de adiciones, reparaciones, o mejoras capitalizables; Créditos Por el costo de las vías de comunicación cedidas o vendidas por el ente económico, y Por el costo de las vías dadas de baja por destrucción.
1572 Minas y canteras Registra los costos en que incurre el ente económico en la adquisición de los terrenos, instalaciones y montaje necesarios para la explotación de minas y canteras. Los costos incurridos hasta hacer apta la mina para su explotación serán capitalizables.
Créditos Por el costo de las minas o canteras vendidas, y Por el valor de retiro de la mina o cantera cuando ha terminado su vida útil. Débitos Por el costo histórico de la respectiva mina o cantera; Por el costo de las adiciones o mejoras capitalizables; Por el valor acumulado de los costos incurridos en los desarrollos mineros o de canteras, hasta hacerlos aptos para su explotación;
1576 Pozos artesianos Registra los costos y gastos incurridos por concepto de la adquisición, construcción directa o a través de contratistas o en forma combinada, de las perforaciones realizadas por el ente económico necesarias en la actividad del objeto social. Créditos Por el costo en libros de los activos retirados por ventas o cesión. Débitos Por el costo acumulado en la construcción, y Por el costo de las adiciones, reparaciones o mejoras capitalizables;
1580 Yacimientos Registra el costo de las formaciones subterráneas o reservas probadas de minerales e hidrocarburos existentes en un campo agotable. Débitos Por la capitalización de aforos o reaforos realizados; Por la reclasificación de explotaciones asociadas a explotación directa, cuando expire el contrato de asociación y el campo aún sea explotable. Créditos Por cancelación debidamente autorizada de campos completamente agotados.
1584 Semovientes Registra el costo de los semovientes que posee el ente económico para el mejoramiento de razas, así como los destinados al servicio de las diferentes actividades productoras. Débitos Por el costo histórico de los diferentes semovientes; Por el valor convenido o del avalúo comercial de los semovientes recibidos como donación; Por el valor de los costos y gastos capitalizables Créditos Por el costo en libros del semoviente vendido o donado Por el valor en libros cuando se dé de baja por muerte, robo o pérdida del semoviente.
1588 Propiedades, planta y equipo en transito Registra el costo de adquisición y demás cargos capitalizables en que incurre el ente económico en el proceso de importación de bienes, así como en las compras nacionales, desde el momento en que inicia el trámite de adquisición hasta cuando le sean entregados para su utilización. Créditos Por el valor de liquidación de las importaciones; Por la parte cargada como anticipo en esta cuenta, y Por las notas de traslado entre importaciones o pedidos, o la transferencia a la cuenta correspondiente. Débitos Por el valor de las entregas anticipadas durante el trámite de las importaciones hasta el recibo de los activos; Por los traslados entre importaciones o pedidos.
1592 Depreciación acumulada  Registra el monto de la depreciación calculada por el ente económico sobre la base del costo ajustado por inflación. Se consideran bienes depreciables las propiedades, planta y equipo tangibles con excepción de los terrenos, las construcciones e importaciones en curso y la maquinaria en montaje. La depreciación debe basarse en la vida útil estimada del bien. Para la fijación de ésta es necesario considerar el deterioro por el uso y la acción de factores naturales, así como la obsolescencia por avances tecnológicos o por cambios en la demanda de los bienes producidos o de los servicios prestados. La vida útil podrá fijarse con base en conceptos o tablas de depreciación de reconocido valor técnico.
El valor de las propiedades, planta y equipo que tienen una vida útil limitada, debe distribuirse como una forma de medir la expiración de éste, mediante el registro sistemático de su depreciación, durante su vida útil o el período estimado en que dichos activos generan ingresos. Con tal fin, deberá observarse lo siguiente: a) El costo ajustado por inflación es la base para la depreciación de las propiedades, planta y equipo y cuando sea significativo de este monto se debe restar el valor residual técnicamente determinado; b) La depreciación debe ser determinada por métodos de reconocido valor técnico, tales como el de línea recta, saldos decrecientes, suma de los dígitos de los años. El método seleccionado debe establecer una relación adecuada entre los costos expirados de los bienes y los ingresos correspondientes, y
c) Los cambios en las estimaciones iniciales del período de vida útil, se deben reconocer mediante la modificación de la alícuota por depreciación en forma prospectiva de acuerdo con la nueva estimación. Créditos Por el valor de la depreciación calculada mensualmente con cargo al estado de resultados. Débitos Por el valor de la depreciación ajustada que tengan los bienes dados de baja por venta, cesión, destrucción, demolición, obsolescencia, daño irreparable, por inservibles, pérdida o sustracción.
1596 Depreciación diferida Registra el saldo de las diferencias que resultaron entre las depreciaciones contable y fiscal por determinación de normas legales. Créditos Por el defecto de la depreciación fiscal sobre la contable, subcuenta; Por la liberación o amortización de la depreciación diferida, con cargo al estado de resultados. Débitos Por el exceso de la depreciación fiscal sobre la contable.
1597 Amortización acumulada Registra el monto de la amortización acumulada por el ente económico sobre la base del costo ajustado por inflación, de las propiedades, planta y equipo tangibles, tales como plantaciones agrícolas y forestales, vías de comunicación y semovientes. La amortización debe basarse en la vida útil del bien. Para la fijación de dicha vida útil es necesario considerar el deterioro por el uso y la acción de factores naturales.
El valor de las propiedades, plantas y equipos que tienen una vida útil limitada, debe destinarse como una forma de medir la expiración de éstos, mediante el registro sistemático de su amortización durante su vida útil o el período estimado en que dichos activos generan ingresos. Por lo anterior, se deberá observar lo siguiente: El costo ajustado por inflación es la base para la amortización de la propiedad; La amortización debe ser determinada mediante alícuotas establecidas de acuerdo con estudios técnicos por medio de los cuales se puede establecer una relación adecuada entre las costas expiradas de los bienes y los ingresos correspondientes, y
Los cambios en las estimaciones del período de vida útil, se deben reconocer mediante la modificación de la alícuota por amortización en forma prospectiva de acuerdo con la nueva estimación. Créditos Por el valor de la alícuota mensualmente con cargo a la subcuenta respectiva del costo o gasto por amortización Débitos Por el valor de la amortización acumulada que tengan los bienes dados de baja por venta, cesión, destrucción u otra causa.
1598 Agotamiento acumulado Registra la acumulación de las alícuotas o valores llevados a cuentas de resultado, por la distribución o prorrateo del costo de un recurso natural, calculado con base en las reservas probadas mediante estudio técnico en las unidades producidas, extraídas u otros factores de reconocido valor técnico. Es una cuenta de naturaleza crédito. Débitos Por el total del agotamiento acumulado de un activo que el ente económico decide abandonar porque ha llegado al límite de sus reservas o porque su explotación ya no tiene justificación económica. Créditos Por el valor del agotamiento mensual o periódico establecido técnicamente en razón de la extracción gradual de los productos
1599 Provisiones Registra los valores provisionados por el ente económico, con el objeto de cubrir la desvalorización de los bienes individualmente considerados o por grupos homogéneos. Es una cuenta de valuación del activo de naturaleza crédito. La desvalorización resulta cuando el valor neto de los activos exceda el valor de realización, valor actual o valor presente, el que se haya utilizado.  Débitos Por la reversión de las provisiones excesivas o indebidas, y Por el valor provisionado en caso de retiro por venta, pérdida o baja del bien respectivo. Créditos  Por el valor estimado para constituir o incrementar la provisión
VALOR PATRIMONIAL DE LOS ACTIVOS.  ARTICULO 267. REGLA GENERAL. Para los efectos del impuesto de patrimonio, el valor de los bienes o derechos apreciables en dinero, incluidos los semovientes y vehículos automotores de uso personal, poseídos en el último día del año o período gravable, está constituido por su precio de costo.
ARTICULO 267-1 VALOR PATRIMONIAL DE LOS BIENES ADQUIRIDOS POR LEASING: En los contratos de arrendamiento financiero o leasing con opción de compra, los bienes deben ser declarados por el arrendatario o usuario, siguiendo las reglas previstas en el artículo 127-1 de este Estatuto, siempre que el usuario o arrendatario este sometido al procedimiento previsto en el numeral 2 de tal artículo.
ARTICULO 276. VALOR DE LOS SEMOVIENTES. En el negocio de ganadería el valor de los semovientes es el del costo, el cual no podrá ser inferior al precio comercial en 31 de diciembre del respectivo ejercicio fiscal.  En el caso del ganado bovino, este último valor será determinado anualmente por el Gobierno, por intermedio del Ministerio de Agricultura, teniendo en cuenta los precios de los mercados regionales.  Este valor hará parte del patrimonio base de la renta presuntiva, cualesquiera sea la edad, raza y sexo.
ARTICULO 277 VALOR PATRIMONIAL DE LOS INMUEBLES.  <Artículo modificado por el artículo 20 de la Ley 1111 de 2006. El nuevo texto es el siguiente:> Los contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad deben declarar los inmuebles por el costo fiscal, determinado de acuerdo con lo dispuesto en los Capítulos I y III del Título II del Libro I de este Estatuto y en el artículo 65 de la Ley 75 de 1986.
Los contribuyentes no obligados a llevar libros de contabilidad deben declarar los inmuebles por el mayor valor entre el costo de adquisición, el costo fiscal, el autoavalúo o el avalúo catastral actualizado al final del ejercicio, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 72 y 73 de este Estatuto. Las construcciones o mejoras no incorporadas para efectos del avalúo o el costo fiscal del respectivo in mueble deben ser declaradas por separado. Lo previsto en este artículo se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90-2 de este Estatuto - Artículo modificado por el artículo 20 de la Ley 1111 de 2006, publicada en el Diario Oficial No. 46.494 de 27 de diciembre de 2006.    ,[object Object],  Texto modificado por la Ley 223 de 1995:   ARTÍCULO 277. Los contribuyentes sujetos al régimen de ajustes por inflación deben declarar los inmuebles por el costo fiscal ajustado, de acuerdo con el artículo 353 de este Estatuto.   
Los contribuyentes no sujetos al régimen de ajustes por inflación deben declarar los inmuebles por el avalúo catastral al final del ejercicio o el costo fiscal, el que sea mayor, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 72 y 73 de este Estatuto. Las construcciones o mejoras no incorporadas para efectos del avalúo o el costo fiscal del respectivo inmueble deben ser declaradas por separado.     Lo previsto en este artículo se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90-2 del estatuto tributario.    Texto original del Estatuto Tributario:   ARTÍCULO 277. VALOR PATRIMONIAL DE LOS INMUEBLES. El valor de los inmuebles es el del avalúo catastral vigente en el último día del año o período gravable, o el costo, si este fuere superior, todo de conformidad con lo previsto en el Título I del presente Libro.   
Hasta el año gravable de 1989, el 60% del avalúo catastral de cada predio urbano o rural, que se haga o se hubiere hecho de conformidad con lo establecido en el artículo 5º de la Ley 14 de 1983, se denominará avalúo fiscal y sustituye el avalúo catastral para los efectos del inciso anterior.    A partir del año gravable de 1990, el avalúo fiscal a que se refiere este artículo será igual al 100% del avalúo catastral.  Cuando dentro del avalúo catastral de un inmueble se incluye el de bienes muebles que se reputan inmuebles por su destinación o adhesión, el valor de estos últimos se determina separadamente y se descuenta. Si el avalúo catastral en el último día del año o período gravable no incluye el valor de las construcciones o mejoras, éstos deben declararse separadamente.  En los predios rurales a los cuales no se les hubiese establecido el avalúo catastral de conformidad con el artículo 5º de la Ley 14 de 1983, cuando el avalúo catastral sea superior al costo fiscal, el valor patrimonial se tomará por el setenta y cinco (75%) del avalúo catastral vigente.
ARTICULO 278. COSTO MINIMO DE LOS INMUEBLES ADQUIRIDOS CON PRESTAMOS. Cuando se adquieran bienes raíces con préstamos de entidades sometidas a la vigilancia el Estado, el precio de compra fijado en la escritura no podrá ser inferior a una suma en la cual el préstamo represente el 70% del total.  Los notarios se abstendrán de autorizar las escrituras que no cumplan con este requisito.
ARTICULO 279. VALOR DE LOS BIENES INCORPORALES. <Artículo modificado por el artículo 110 de la Ley 223 de 1995. El nuevo texto es el siguiente:> El valor de los bienes incorporales concernientes a la propiedad industrial y a la literaria, artística y científica, tales como patentes de invención, marcas, good-will, derechos de autor u otros intangibles adquiridos a cualquier título, se estima por su costo de adquisición demostrado, menos las amortizaciones concedidas y la solicitada por el año o período gravable.
Propiedades, planta y equipo Comprende el conjunto de las cuentas que registran los bienes de cualquier naturaleza que posea el ente económico, con la intención de emplearlos en forma permanente para el desarrollo del giro normal de sus negocios o que se poseen por el apoyo que prestan en la producción de bienes y servicios, por definición no destinados para la venta en el curso normal de los negocios y cuya vida útil exceda de un año.
Cargos de los costos de activo fijo El valor de costo de los activos fijos o el valor a depreciar, va a estar compuesto por el costo de adquisición, más todos los gastos necesarios para dejar al bien en condiciones de funcionamiento, tales como, gastos de traslados, fletes, gastos de instalación, pruebas, etc.
Valuación del activo fijo En términos generales los activos se valúan por el método de costo, excepto las inversiones en subordinadas (filiales y subsidiarias) que se valúan por el método de participación patrimonial. El método de costo incluye el valor de compra del bien y todas las erogaciones por concepto de impuestos, gastos legales, diferencia en cambio hasta el momento de puesta en uso, luego las mejoras, adiciones, reparaciones, contribuciones, esto es, todo aquello que sea fruto de una erogación en efectivo.
DEPRECIACION La depreciación es el mecanismo mediante el cual se reconoce el desgaste que sufre un bien por el uso que se haga de el. Cuando un activo es utilizado para generar ingresos, este sufre un desgaste normal durante su vida útil que el final lo lleva a ser inutilizable. El ingreso generado por el activo usado, se le debe incorporar el gasto correspondiente desgaste que ese activo a sufrido para poder generar el ingreso.
La depreciación, como ya se mencionó, reconoce el desgaste de los activos por su esfuerzo en la generación del ingreso. Esto es lo que se llama vida útil de un bien o un activo. La vida útil es diferente en cada activo, depende de la naturaleza del mismo. La legislación Colombiana, ha establecido la vida útil a los diferentes activos clasificándolos de la siguiente manera: Inmuebles (incluidos los oleoductos) 20 años Barcos, trenes, aviones, maquinaria, equipo y bienes muebles 10 años Vehículos automotores y computadores 5 años
Métodos de depreciación Método de la línea recta Método de la suma de los dígitos del año Método de la reducción de saldos Método de las unidades de producción
Método de la línea recta El método de la línea recta es el método mas sencillo y más utilizado por las empresas, y consiste en dividir el valor del activo entre la vida útil del mismo. [Valor del activo/Vida útil] Según el decreto 3019 de 1989, los inmuebles tienen una vida útil de 20 años, los bienes muebles, maquinaria y equipo, trenes aviones y barcos, tienen una vida útil de 10 años, y los vehículos y computadores tienen una vida útil de 5 años. Además de la vida útil, se maneja otro concepto conocido como valor de salvamento o valor residual, y es aquel valor por el que la empresa calcula que se podrá vender el activo una vez finalizada la vida útil del mismo.
Una vez determinada la vida útil y el valor de salvamento de cada activo, se procede a realizar el cálculo de la depreciación. Supongamos un vehículo cuyo valor es de $30.000.000. Se tiene entonces (30.000.000 /5) = 6.000.000. Así como se determina la depreciación anual, también se puede calcular de forma mensual, para lo cual se divide en los 60 meses que tienen los 5 años Ese procedimiento se hace cada periodo hasta depreciar totalmente el activo.
Método de la suma de los dígitos del año Este es un método de depreciación acelerada que busca determinar una mayor alícuota de depreciación en los primeros años de vida útil del activo. La formula que se aplica es: (Vida útil/suma dígitos)*Valor activo Donde se tiene que: Suma de los dígitos es igual a (V(V+1))/2 donde V es la vida útil del activo. Ahora determinemos el factor.
Suponiendo el mismo ejemplo del vehículo tendremos: (5(5+1)/2(5*6)/2 = 15 Luego,5/15 = 0,3333 Es decir que para el primer año, la depreciación será igual al 33.333% del valor del activo. (30.000.000 * 33,3333% = 10.000.000) Para el segundo año: 4/15 = 0,2666 Luego, para el segundo año la depreciación corresponde al 26.666% del valor del activo (30.000.000 * 26,666% = 8.000.000)
Para el tercer año: 3/15 = 0,2 Quiere decir entonces que la depreciación para el tercer año corresponderá al 20 del valor del activo. (30.000.000 * 20% = 6.000.000) Y así sucesivamente. Todo lo que hay que hacer es dividir la vida útil restante entre el factor inicialmente calculado.
Método de la reducción de saldos Este es otro método que permite la depreciación acelerada. Para su implementación, exige necesariamente la utilización de un valor de salvamento, de lo contrario en el primer año se depreciaría el 100% del activo, por lo perdería validez este método. La formula a utilizar es la siguiente: Tasa de depreciación = 1- (Valor de salvamento/Valor activo)1/n Donde n es el la vida útil del activo Como se puede ver, lo primero que se debe hacer, es determinar la tasa de depreciación, para luego aplicar esa tasa al valor no depreciado del activo o saldo sin de preciar
Continuando con el ejemplo del vehículo (suponiendo un valor de salvamento del 10% del valor del vehículo) tendremos: 1- ( 3.000.000/30.000.000)1/5 = 0,36904 Una vez determinada la tasa de depreciación se aplica al valor el activo sin depreciar, que para el primer periodo es de 30.000.000 Entonces 30.000.000 * 0,36904 = 11.071.279,67 Para el segundo periodo, el valor sin depreciar es de (30.000.000-11.071.279,67) = 18.928.720,33, por lo que la depreciación para este segundo periodo será de: 18.928.720,33 * 0,36904 = 6.985.505,22 Así sucesivamente hasta el último año de vida útil
Método de las unidades de producción Este método es muy similar al de la línea recta en cuanto se distribuye la depreciación de forma equitativa en cada uno de los periodos. Para determinar la depreciación por este método, se divide en primer lugar el valor del activo por el número de unidades que puede producir durante toda su vida útil. Luego, en cada periodo se multiplica el número de unidades producidas en el periodo por el costo de depreciación correspondiente a cada unidad.
Ejemplo: Se tiene una máquina valuada en $10.000.000 que puede producir en toda su vida útil 20.000 unidades. Entonces, 10.000.000/20.000 = 500. Quiere decir que a cada unidad que se produzca se le carga un costo por depreciación de $500 Si en el primer periodo, las unidades producidas por la maquina fue de 2.000 unidades, tenemos que la depreciación por el primer periodo es de: 2.000 * 500 = 1.000.000, y así con cada periodo.
Registro contable de la depreciación Método Indirecto Cuando se utiliza el método indirecto, se mantiene el cargo a pérdidas en la cuenta de resultados Depreciación del Activo Fijo, abonando el monto de la depreciación en una cuenta complementaria del activo fijo cuyo nombre es Depreciación Acumulada del Activo Fijo, sin afectar el saldo de la cuenta de activo fijo que representa el costo de este bien.
La utilización de este método, tiene la ventaja de ofrecer una mejor información, respecto de las cuentas del activo fijo, puesto que, por una parte, se mantiene el valor original del bien y, por otra, se refleja el monto de las depreciaciones acumuladas durante su vida útil.
venta de activos fijos Cuando se vende un activo fijo, se pueden presentar dos situaciones: se presenta una pérdida o se presenta una utilidad.  Para determinar si hay pérdida o utilidad en la venta del activo, se ha de determinar cual es su costo o valor en libros. El valor en libros del activo será el valor de adquisición, más adiciones y mejoras y mas ajustes por inflación cando aun existían,  menos la depreciación acumulada.
Ejemplo: Para efectos de simplicidad trabajaremos solo con valor de adquisición menos depreciación acumulada. (Suponemos un vehículo) Tenemos entonces: Valor de adquisición  10.000.000Depreciación acumulada 6.000.000Valor en libros o valor neto 4.000.000 Suponiendo que el valor de la venta es de 7.000.000 tendremos una utilidad en venta de activos  de 3.000.000.
La contabilización sería: Explicación: Se lleva a caja el valor recibido por la venta Se reversa la depreciación acumulada Se acredita el valor del activo puesto que se vende Se lleva como ingreso la utilidad obtenida por la venta del activo
Mejoras  del Activo Fijo Una mejora normalmente modifica la vida útil del activo. Por este motivo al registrar contablemente esta situación se deberá utilizar la cuenta de activo.  Por este motivo la cuota a depreciar deberá recalcularse incorporando el nuevo valor y la nueva vida útil. Es recomendable depreciar y calcular el valor libro neto a la fecha de la mejora y de ese momento hacer el nuevo calculo de la depreciación.
Venta, Permuta  de un Activo Fijo Al momento de eliminar un activo fijo de los libros de contabilidad, es indispensable también cerrar la cuenta complementaria de activo (depreciación acumulada).
Estados financieros Al presentar los estados financieros, los activos son clasificados según sean corrientes o no corrientes. Se considera activo corriente, todo aquel activo que es susceptible de convertirse en efectivo en un plazo igual o inferior a un año. Es corriente todo aquel activo que se puede vender en un tiempo corto. Caso contrario, se denominan activos no corrientes, a los activos que para poderlos convertir en efectivo, se requiere de un plazo mayor a un año.
Vemos que la clasificación del activo depende del tiempo esperado para su realización. Los activos fijos o lo que conocemos también como propiedad, planta y equipo, son siempre activos no corrientes, puesto que están destinados para ser utilizados por la empresa y no para ser vendidos.

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DECRETO 2649 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO

  • 2. ARTICULO 64 Las propiedades, planta y equipo, son los activos tangibles adquiridos, construidos, o en proceso de construcción, con la intención de emplearlos en forma permanente, para la producción o suministro de otros bienes y servicios, para arrendarlos, o para usarlos en la administración del ente económico, que no están destinados para la venta en el curso normal de los negocios y cuya vida útil excede de un año. El valor histórico de las propiedades, planta y equipo, recibidas en cambio, permuta, donación, dación en pago o aporte de los propietarios, se determina por el valor convenido por las partes, debidamente aprobado por las autoridades cuando fuere el caso o, cuando no se hubiere determinado su precio, mediante avalúo.
  • 3. Se entiende por vida útil el lapso durante el cual se espera que la propiedad, planta o equipo, contribuirá a la generación de ingresos Para su determinación es necesario considerar, entre otros factores, las especificaciones de fabrica, el deterioro por el uso, la acción de factores naturales, la obsolescencia por avances tecnológicos y los cambios en la demanda de los bienes o servicios a cuya producción o suministro contribuyen. La depreciación se debe determinar sistemáticamente mediante métodos de reconocido valor técnico, tales como línea recta, suma de los dígitos de los años, unidades de producción u horas de trabajo. Debe utilizarse aquel método que mejor cumpla la norma básica de asociación.
  • 4. Al cierre del período, el valor neto de estos activos, re expresado como consecuencia de la inflación, debe ajustarse a su valor de realización o a su valor actual o a su valor presente, el mas apropiado en las circunstancias, registrando las provisiones o valorizaciones que sean del caso. Pueden exceptuarse de esta disposición aquellos activos cuyo valor ajustado sea inferior a veinte (20) salarios mínimos mensuales.
  • 5. El avalúo debe prepararse de manera neutral y por escrito, de acuerdo con las siguientes reglas: Presentará su monto discriminado por unidades o por grupos homogéneos. 2. Tratará de manera coherente los bienes de una misma clase y características. 3. Tendrá en cuenta los criterios utilizados por el ente económico para registrar adiciones, mejoras y reparaciones. 4. Indicará la vida útil remanente que se espera tenga el activo en condiciones normales de operación. 5. Segregará los bienes muebles reputados como inmuebles, mostrando su valor por separado.
  • 6. Clase: 1 Activo Grupo: 15 Propiedades, planta y equipo CUENTAS: 1504 Terrenos 1506 Materiales proyectos petroleros 1508 Construcciones en curso 1512 Maquinaria y equipos en montaje 1516 Construcciones y edificaciones 1520 Maquinaria y equipo
  • 7. 1524 Equipo de oficina 1528 Equipo de computación y comunicación 1532 Equipo medico- científico 1536 Equipo de hoteles y restaurantes 1540 Flota y equipo de transporte 1544 Flota y equipo fluvial y/o marítimo 1548 Flota y equipo aéreo 1552 Flota y equipo férreo
  • 8. 1556 Acueductos, plantas y redes 1560 Armamento de vigilancia 1562 Envases y empaques 1564 Plantaciones agrícolas y forestales 1568 Vías de comunicación 1572 Minas y canteras 1576 Pozos artesianos 1580 Yacimientos
  • 9. 1584 Semovientes 1588 Propiedades, planta y equipo en transito 1592 Depreciación acumulada 1596 Depreciación diferida 1597 Amortización acumulada 1598 Agotamiento acumulado 1599 Provisiones
  • 10. 1504 Terrenos Registra el valor de los predios donde están construidas las diferentes edificaciones de propiedad del ente económico, así como los destinados a futuras ampliaciones o construcciones para el uso o servicio del mismo. Débitos Por el costo histórico Por el valor de las mejoras y otros cargos capitalizables que representen un mayor valor del activo Créditos Por el costo de los terrenos vendidos.
  • 11. 1506 Materiales proyectos petroleros Registra el valor de los materiales adquiridos para desarrollar actividades de exploración y explotación y que harán parte de proyectos susceptibles de capitalización; tales como tuberías, cabezales de pozos, bombas y otras facilidades para adecuación del campo petrolero.
  • 12. Débitos Por el valor de adquisición de los materiales de la industria del petróleo, tales como tuberías y equipo de completamiento de pozos Por el valor del costo de transporte, seguros y manejo de los materiales recibidos, incluidos todos los costos hasta la entrega en bodega de la compañía o lugar de trabajo Por el valor de los materiales adquiridos con la finalidad de construir proyectos de facilidades para la extracción, separación y almacenamiento de petróleo tales como bombas, plantas, separadores, motores, calentadores, etc. Créditos Por el valor de las salidas de materiales para proyectos de acuerdo con sus costos unitarios, según el método de valuación que se tenga Por el valor a prorrata de los materiales, para aplicar a cada proyecto a donde se haya enviado el material correspondiente.
  • 13. 1508 Construcciones en curso Registra los costos incurridos por el ente económico en la construcción o ampliación de edificaciones destinadas a oficinas, locales, bodegas, plantas de operación; así como de otras obras en proceso, que serán utilizadas en las labores operativas o administrativas. Una vez terminadas dichas obras, sus saldos se trasladarán a las cuentas correspondientes. El costo incluye los desembolsos por materiales, mano de obra, licencias, honorarios profesionales, costos financieros e interventoría y otros costos efectuados hasta el momento en que el bien quede adecuado para su uso.
  • 14. Débitos Por los desembolsos efectuados por el ente económico, imputables a la ejecución de la obra; Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de las construcciones recibidas por cesión, donación o aporte Créditos Por la transferencia a la cuenta correspondiente, cuando la obra se encuentre en condiciones de ser utilizada por el ente económico Por el valor de los materiales cargados a esta cuenta que sean devueltos al almacén.
  • 15. 1512 Maquinaria y equipos en montaje Registra los costos incurridos por el ente económico en la adquisición y montaje de maquinaria, hasta el momento en que el activo queda listo para su utilización o explotación, en el sitio y condiciones requeridas. Débitos Por el costo histórico; Por el costo de la instalación, montaje y otros costos directos e indirectos necesarios para que la maquinaria esté en condiciones de ser utilizada Créditos Por el valor registrado en libros al momento de su realización o venta; Por el valor de los elementos dados de baja;
  • 16. 1516 Construcciones y edificaciones Registra el costo de adquisición o construcción de inmuebles de propiedad del ente económico destinados para el desarrollo del objeto social. El valor del terreno debe registrarse por separado en la cuenta 1504 -terrenos-.
  • 17. Débitos Por el costo histórico de las construcciones y edificaciones; Por el costo de las construcciones y edificaciones construidas por el ente económico o por cuenta de él; Por el valor de las adiciones, reparaciones, mejoras y otros cargos capitalizables; Por el costo de la participación correspondiente en las construcciones y edificaciones adquiridas o construidas en condominio; Créditos Por el costo de las construcciones y edificaciones vendidas, cedidas, demolidas, permutadas o rematadas.
  • 18. 1520 Maquinaria y equipo Registra el costo histórico de la maquinaria y equipo adquirida por el ente económico. El costo también incluye la diferencia en cambio causada hasta que se encuentre en condiciones de utilización, originada por obligaciones en moneda extranjera contraídas para su adquisición. Débitos Por el costo histórico Por el valor de las mejoras y otros cargos capitalizables que representen un mayor valor del activo Créditos Por el costo registrado en libros del bien vendido Por el valor en libros de la maquinaria y equipo retirados o dados de baja por pérdida, cesión, desmantelamiento, sustracción o destrucción.
  • 19. 1524 Equipo de oficina Registra el costo histórico del equipo mobiliario, mecánico y electrónico de propiedad del ente económico, utilizado para el desarrollo de sus operaciones. La diferencia resultante con el precio de enajenación se registrará en la cuenta de ingresos (gastos) no operacionales. Débitos Por el costo histórico de los muebles y enseres, así como del equipo electrónico Por el costo histórico de las máquinas y muebles de oficina entregados por el almacén a las respectivas dependencias; Créditos Por el costo en libros del equipo dado de baja por pérdida, robo, caso fortuito o fuerza mayor o por venta.
  • 20. 1528 Equipo de computación y comunicación Registra el costo histórico del equipo de cómputo y comunicación adquiridos por el ente económico para el desarrollo de sus planes o actividades de sistematización y/o comunicación. Débitos Por el costo histórico del equipo de computación y comunicación Por el valor de las mejoras y otros cargos capitalizables Por el ajuste por diferencia en cambio de los bienes importados mientras éstos no se encuentren en condiciones de utilización; Créditos Por el costo total del bien por venta, retiro o donación del mismo Por devolución de equipos o parte de ellos a los proveedores.
  • 21. 1532 Equipo medico- científico Registra el costo histórico de los equipos y elementos médico-científicos cuya vida útil exceda de un año, adquiridos por el ente económico. Débitos Por el costo histórico del equipo médico-científico; Por el valor del equipo médico-científico importado Por el costo acumulado de las órdenes de trabajo capitalizables por montaje de equipo o para la reparación de los mismos; Créditos Por el costo en libros de los equipos vendidos, cedidos, permutados, rematados o dados de baja por pérdida, sustracción, destrucción u obsolescencia.
  • 22. 1536 Equipo de hoteles y restaurantes Registra los costos en que incurre el ente económico en la adquisición e instalación de los equipos para hoteles y restaurantes para ser utilizados en desarrollo de sus actividades. Débitos Por el costo histórico; Por otros cargos capitalizables originados en obligaciones para su adquisición; Por el valor incurrido en mejoras o adiciones capitalizables; Créditos Por el costo de los equipos vendidos Por el costo de los equipos dados de baja por cesión, pérdida o destrucción.
  • 23. 1540 Flota y equipo de transporte Registra el costo histórico de las unidades de transporte, equipos de movilización y maquinaria de propiedad del ente económico destinados al transporte de pasajeros y de carga para el desarrollo de sus actividades. Débitos Por el costo histórico; Por otros cargos capitalizables originados en obligaciones para la adquisición del equipo; Por el valor de las mejoras o adiciones capitalizables; Créditos Por el costo en libros del equipo vendido Por el costo en libros del equipo dado de baja por cesión, desmantelamiento, pérdida o destrucción.
  • 24. 1544 Flota y equipo fluvial y/o marítimo Registra el costo histórico de los equipos flotantes de propiedad del ente económico para el desarrollo de sus actividades. Débitos Por el costo histórico; Por el valor de las reparaciones o mejoras capitalizables; Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de la flota y equipo recibidos por cesión, donación o aporte. Créditos Por el costo en libros en caso de cesión, venta o retiro del respectivo bien.
  • 25. 1548 Flota y equipo aéreo Registra el costo histórico de los aviones, hidroaviones, planeadores, helicópteros y otros equipos similares, adquiridos por el ente económico para el desarrollo de sus actividades. Débitos Por el costo histórico de los aviones, hidroaviones, helicópteros y otros equipos similares; Por el costo de las reparaciones mayores, adiciones y mejoras capitalizables; Por el costo de nacionalización Créditos Por el costo en libros en caso de ventas, y Por el costo en libros en caso de retiro del equipo por cualquier causa.
  • 26. 1552 Flota y equipo férreo Registra los costos en que incurre el ente económico en la adquisición e instalación de los equipos férreos para ser utilizados en desarrollo de sus actividades. Débitos Por el costo histórico Por otros cargos capitalizables originados en obligaciones para su adquisición Por el valor incurrido en mejoras o adiciones capitalizables; Créditos Por el costo en libros de la flota y equipo vendidos, y Por el costo en libros de la flota y equipo dados de baja por cesión, desmantelamiento, pérdida o destrucción.
  • 27. 1556 Acueductos, plantas y redes Registra el costo incurrido por el ente económico en la adquisición o construcción de acueductos, plantas y redes necesarios en la actividad del objeto social. Débitos Por el costo histórico de los bienes que la integran Por el valor de las adquisiciones directas que se efectúen Por el valor convenido o el avalúo técnico de los bienes que se reciban en calidad de donación, cesión, aporte u otra causa Créditos Por el costo en libros de los bienes que se dan de baja, por obsolescencia, venta y otros conceptos.
  • 28. 1560 Armamento de vigilancia Registra el costo de adquisición del armamento de vigilancia adquirido por el ente económico para el desarrollo de su objeto social y/o para la protección y salvaguarda de sus bienes. Créditos Por el costo en libros del armamento de vigilancia vendido, y Por el costo en libros del armamento dado de baja por cesión, pérdida o destrucción. Débitos Por el costo de adquisición
  • 29. 1562 Envases y empaques Registra el costo de los envases y empaques retornables utilizados para la distribución del producto objeto de las actividades del negocio. Débitos Por el valor de adquisición de los envases y empaques Créditos Por la venta o retiro de los envases y empaques.
  • 30. 1564 Plantaciones agrícolas y forestales Registra los costos amortizables en que incurre el ente económico en los procesos de preparación de terrenos, siembra y desarrollo que corresponden a los períodos pre productivo y productivo de aquellas plantaciones agrícolas y forestales cuya vida útil es superior a dos años, en el cual se generan varias cosechas.
  • 31. Para cultivos en desarrollo Débitos Por el costo de adecuación y preparación de los terrenos; Por el costo de las semillas o material vegetal; Por la mano de obra directa utilizada; Por los costos indirectos incurridos en los cultivos; Por el valor convenido o determinado mediante avalúo técnico de las plantaciones recibidas por cesión, donación o aporte Créditos Por el valor del costo de los cultivos que entran en producción. Para cultivos amortizables Débitos Por el costo de los activos que entran en período productivo Créditos Por el cruce con la subcuenta 159705 -plantaciones agrícolas y forestales-, por la culminación de la respectiva amortización.
  • 32. 1568 Vías de comunicación Registra el costo incurrido por el ente económico en el diseño y construcción, entre otros de vías, caminos, carreteras, puentes, aeródromos, en sus propios predios directamente o por intermedio de terceros.
  • 33. Débitos Por el costo de los derechos así como las indemnizaciones y reclamos cancelados en su construcción; Por el costo de los estudios, confección de presupuestos, elaboración de planos, materiales, mano de obra y demás gastos causados por las obras adelantadas por el ente económico; Por el costo de adiciones, reparaciones, o mejoras capitalizables; Créditos Por el costo de las vías de comunicación cedidas o vendidas por el ente económico, y Por el costo de las vías dadas de baja por destrucción.
  • 34. 1572 Minas y canteras Registra los costos en que incurre el ente económico en la adquisición de los terrenos, instalaciones y montaje necesarios para la explotación de minas y canteras. Los costos incurridos hasta hacer apta la mina para su explotación serán capitalizables.
  • 35. Créditos Por el costo de las minas o canteras vendidas, y Por el valor de retiro de la mina o cantera cuando ha terminado su vida útil. Débitos Por el costo histórico de la respectiva mina o cantera; Por el costo de las adiciones o mejoras capitalizables; Por el valor acumulado de los costos incurridos en los desarrollos mineros o de canteras, hasta hacerlos aptos para su explotación;
  • 36. 1576 Pozos artesianos Registra los costos y gastos incurridos por concepto de la adquisición, construcción directa o a través de contratistas o en forma combinada, de las perforaciones realizadas por el ente económico necesarias en la actividad del objeto social. Créditos Por el costo en libros de los activos retirados por ventas o cesión. Débitos Por el costo acumulado en la construcción, y Por el costo de las adiciones, reparaciones o mejoras capitalizables;
  • 37. 1580 Yacimientos Registra el costo de las formaciones subterráneas o reservas probadas de minerales e hidrocarburos existentes en un campo agotable. Débitos Por la capitalización de aforos o reaforos realizados; Por la reclasificación de explotaciones asociadas a explotación directa, cuando expire el contrato de asociación y el campo aún sea explotable. Créditos Por cancelación debidamente autorizada de campos completamente agotados.
  • 38. 1584 Semovientes Registra el costo de los semovientes que posee el ente económico para el mejoramiento de razas, así como los destinados al servicio de las diferentes actividades productoras. Débitos Por el costo histórico de los diferentes semovientes; Por el valor convenido o del avalúo comercial de los semovientes recibidos como donación; Por el valor de los costos y gastos capitalizables Créditos Por el costo en libros del semoviente vendido o donado Por el valor en libros cuando se dé de baja por muerte, robo o pérdida del semoviente.
  • 39. 1588 Propiedades, planta y equipo en transito Registra el costo de adquisición y demás cargos capitalizables en que incurre el ente económico en el proceso de importación de bienes, así como en las compras nacionales, desde el momento en que inicia el trámite de adquisición hasta cuando le sean entregados para su utilización. Créditos Por el valor de liquidación de las importaciones; Por la parte cargada como anticipo en esta cuenta, y Por las notas de traslado entre importaciones o pedidos, o la transferencia a la cuenta correspondiente. Débitos Por el valor de las entregas anticipadas durante el trámite de las importaciones hasta el recibo de los activos; Por los traslados entre importaciones o pedidos.
  • 40. 1592 Depreciación acumulada Registra el monto de la depreciación calculada por el ente económico sobre la base del costo ajustado por inflación. Se consideran bienes depreciables las propiedades, planta y equipo tangibles con excepción de los terrenos, las construcciones e importaciones en curso y la maquinaria en montaje. La depreciación debe basarse en la vida útil estimada del bien. Para la fijación de ésta es necesario considerar el deterioro por el uso y la acción de factores naturales, así como la obsolescencia por avances tecnológicos o por cambios en la demanda de los bienes producidos o de los servicios prestados. La vida útil podrá fijarse con base en conceptos o tablas de depreciación de reconocido valor técnico.
  • 41. El valor de las propiedades, planta y equipo que tienen una vida útil limitada, debe distribuirse como una forma de medir la expiración de éste, mediante el registro sistemático de su depreciación, durante su vida útil o el período estimado en que dichos activos generan ingresos. Con tal fin, deberá observarse lo siguiente: a) El costo ajustado por inflación es la base para la depreciación de las propiedades, planta y equipo y cuando sea significativo de este monto se debe restar el valor residual técnicamente determinado; b) La depreciación debe ser determinada por métodos de reconocido valor técnico, tales como el de línea recta, saldos decrecientes, suma de los dígitos de los años. El método seleccionado debe establecer una relación adecuada entre los costos expirados de los bienes y los ingresos correspondientes, y
  • 42. c) Los cambios en las estimaciones iniciales del período de vida útil, se deben reconocer mediante la modificación de la alícuota por depreciación en forma prospectiva de acuerdo con la nueva estimación. Créditos Por el valor de la depreciación calculada mensualmente con cargo al estado de resultados. Débitos Por el valor de la depreciación ajustada que tengan los bienes dados de baja por venta, cesión, destrucción, demolición, obsolescencia, daño irreparable, por inservibles, pérdida o sustracción.
  • 43. 1596 Depreciación diferida Registra el saldo de las diferencias que resultaron entre las depreciaciones contable y fiscal por determinación de normas legales. Créditos Por el defecto de la depreciación fiscal sobre la contable, subcuenta; Por la liberación o amortización de la depreciación diferida, con cargo al estado de resultados. Débitos Por el exceso de la depreciación fiscal sobre la contable.
  • 44. 1597 Amortización acumulada Registra el monto de la amortización acumulada por el ente económico sobre la base del costo ajustado por inflación, de las propiedades, planta y equipo tangibles, tales como plantaciones agrícolas y forestales, vías de comunicación y semovientes. La amortización debe basarse en la vida útil del bien. Para la fijación de dicha vida útil es necesario considerar el deterioro por el uso y la acción de factores naturales.
  • 45. El valor de las propiedades, plantas y equipos que tienen una vida útil limitada, debe destinarse como una forma de medir la expiración de éstos, mediante el registro sistemático de su amortización durante su vida útil o el período estimado en que dichos activos generan ingresos. Por lo anterior, se deberá observar lo siguiente: El costo ajustado por inflación es la base para la amortización de la propiedad; La amortización debe ser determinada mediante alícuotas establecidas de acuerdo con estudios técnicos por medio de los cuales se puede establecer una relación adecuada entre las costas expiradas de los bienes y los ingresos correspondientes, y
  • 46. Los cambios en las estimaciones del período de vida útil, se deben reconocer mediante la modificación de la alícuota por amortización en forma prospectiva de acuerdo con la nueva estimación. Créditos Por el valor de la alícuota mensualmente con cargo a la subcuenta respectiva del costo o gasto por amortización Débitos Por el valor de la amortización acumulada que tengan los bienes dados de baja por venta, cesión, destrucción u otra causa.
  • 47. 1598 Agotamiento acumulado Registra la acumulación de las alícuotas o valores llevados a cuentas de resultado, por la distribución o prorrateo del costo de un recurso natural, calculado con base en las reservas probadas mediante estudio técnico en las unidades producidas, extraídas u otros factores de reconocido valor técnico. Es una cuenta de naturaleza crédito. Débitos Por el total del agotamiento acumulado de un activo que el ente económico decide abandonar porque ha llegado al límite de sus reservas o porque su explotación ya no tiene justificación económica. Créditos Por el valor del agotamiento mensual o periódico establecido técnicamente en razón de la extracción gradual de los productos
  • 48. 1599 Provisiones Registra los valores provisionados por el ente económico, con el objeto de cubrir la desvalorización de los bienes individualmente considerados o por grupos homogéneos. Es una cuenta de valuación del activo de naturaleza crédito. La desvalorización resulta cuando el valor neto de los activos exceda el valor de realización, valor actual o valor presente, el que se haya utilizado. Débitos Por la reversión de las provisiones excesivas o indebidas, y Por el valor provisionado en caso de retiro por venta, pérdida o baja del bien respectivo. Créditos Por el valor estimado para constituir o incrementar la provisión
  • 49. VALOR PATRIMONIAL DE LOS ACTIVOS. ARTICULO 267. REGLA GENERAL. Para los efectos del impuesto de patrimonio, el valor de los bienes o derechos apreciables en dinero, incluidos los semovientes y vehículos automotores de uso personal, poseídos en el último día del año o período gravable, está constituido por su precio de costo.
  • 50. ARTICULO 267-1 VALOR PATRIMONIAL DE LOS BIENES ADQUIRIDOS POR LEASING: En los contratos de arrendamiento financiero o leasing con opción de compra, los bienes deben ser declarados por el arrendatario o usuario, siguiendo las reglas previstas en el artículo 127-1 de este Estatuto, siempre que el usuario o arrendatario este sometido al procedimiento previsto en el numeral 2 de tal artículo.
  • 51. ARTICULO 276. VALOR DE LOS SEMOVIENTES. En el negocio de ganadería el valor de los semovientes es el del costo, el cual no podrá ser inferior al precio comercial en 31 de diciembre del respectivo ejercicio fiscal. En el caso del ganado bovino, este último valor será determinado anualmente por el Gobierno, por intermedio del Ministerio de Agricultura, teniendo en cuenta los precios de los mercados regionales. Este valor hará parte del patrimonio base de la renta presuntiva, cualesquiera sea la edad, raza y sexo.
  • 52. ARTICULO 277 VALOR PATRIMONIAL DE LOS INMUEBLES.  <Artículo modificado por el artículo 20 de la Ley 1111 de 2006. El nuevo texto es el siguiente:> Los contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad deben declarar los inmuebles por el costo fiscal, determinado de acuerdo con lo dispuesto en los Capítulos I y III del Título II del Libro I de este Estatuto y en el artículo 65 de la Ley 75 de 1986.
  • 53.
  • 54. Los contribuyentes no sujetos al régimen de ajustes por inflación deben declarar los inmuebles por el avalúo catastral al final del ejercicio o el costo fiscal, el que sea mayor, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 72 y 73 de este Estatuto. Las construcciones o mejoras no incorporadas para efectos del avalúo o el costo fiscal del respectivo inmueble deben ser declaradas por separado.   Lo previsto en este artículo se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90-2 del estatuto tributario.   Texto original del Estatuto Tributario:   ARTÍCULO 277. VALOR PATRIMONIAL DE LOS INMUEBLES. El valor de los inmuebles es el del avalúo catastral vigente en el último día del año o período gravable, o el costo, si este fuere superior, todo de conformidad con lo previsto en el Título I del presente Libro.  
  • 55. Hasta el año gravable de 1989, el 60% del avalúo catastral de cada predio urbano o rural, que se haga o se hubiere hecho de conformidad con lo establecido en el artículo 5º de la Ley 14 de 1983, se denominará avalúo fiscal y sustituye el avalúo catastral para los efectos del inciso anterior.   A partir del año gravable de 1990, el avalúo fiscal a que se refiere este artículo será igual al 100% del avalúo catastral. Cuando dentro del avalúo catastral de un inmueble se incluye el de bienes muebles que se reputan inmuebles por su destinación o adhesión, el valor de estos últimos se determina separadamente y se descuenta. Si el avalúo catastral en el último día del año o período gravable no incluye el valor de las construcciones o mejoras, éstos deben declararse separadamente. En los predios rurales a los cuales no se les hubiese establecido el avalúo catastral de conformidad con el artículo 5º de la Ley 14 de 1983, cuando el avalúo catastral sea superior al costo fiscal, el valor patrimonial se tomará por el setenta y cinco (75%) del avalúo catastral vigente.
  • 56. ARTICULO 278. COSTO MINIMO DE LOS INMUEBLES ADQUIRIDOS CON PRESTAMOS. Cuando se adquieran bienes raíces con préstamos de entidades sometidas a la vigilancia el Estado, el precio de compra fijado en la escritura no podrá ser inferior a una suma en la cual el préstamo represente el 70% del total. Los notarios se abstendrán de autorizar las escrituras que no cumplan con este requisito.
  • 57. ARTICULO 279. VALOR DE LOS BIENES INCORPORALES. <Artículo modificado por el artículo 110 de la Ley 223 de 1995. El nuevo texto es el siguiente:> El valor de los bienes incorporales concernientes a la propiedad industrial y a la literaria, artística y científica, tales como patentes de invención, marcas, good-will, derechos de autor u otros intangibles adquiridos a cualquier título, se estima por su costo de adquisición demostrado, menos las amortizaciones concedidas y la solicitada por el año o período gravable.
  • 58. Propiedades, planta y equipo Comprende el conjunto de las cuentas que registran los bienes de cualquier naturaleza que posea el ente económico, con la intención de emplearlos en forma permanente para el desarrollo del giro normal de sus negocios o que se poseen por el apoyo que prestan en la producción de bienes y servicios, por definición no destinados para la venta en el curso normal de los negocios y cuya vida útil exceda de un año.
  • 59. Cargos de los costos de activo fijo El valor de costo de los activos fijos o el valor a depreciar, va a estar compuesto por el costo de adquisición, más todos los gastos necesarios para dejar al bien en condiciones de funcionamiento, tales como, gastos de traslados, fletes, gastos de instalación, pruebas, etc.
  • 60. Valuación del activo fijo En términos generales los activos se valúan por el método de costo, excepto las inversiones en subordinadas (filiales y subsidiarias) que se valúan por el método de participación patrimonial. El método de costo incluye el valor de compra del bien y todas las erogaciones por concepto de impuestos, gastos legales, diferencia en cambio hasta el momento de puesta en uso, luego las mejoras, adiciones, reparaciones, contribuciones, esto es, todo aquello que sea fruto de una erogación en efectivo.
  • 61. DEPRECIACION La depreciación es el mecanismo mediante el cual se reconoce el desgaste que sufre un bien por el uso que se haga de el. Cuando un activo es utilizado para generar ingresos, este sufre un desgaste normal durante su vida útil que el final lo lleva a ser inutilizable. El ingreso generado por el activo usado, se le debe incorporar el gasto correspondiente desgaste que ese activo a sufrido para poder generar el ingreso.
  • 62. La depreciación, como ya se mencionó, reconoce el desgaste de los activos por su esfuerzo en la generación del ingreso. Esto es lo que se llama vida útil de un bien o un activo. La vida útil es diferente en cada activo, depende de la naturaleza del mismo. La legislación Colombiana, ha establecido la vida útil a los diferentes activos clasificándolos de la siguiente manera: Inmuebles (incluidos los oleoductos) 20 años Barcos, trenes, aviones, maquinaria, equipo y bienes muebles 10 años Vehículos automotores y computadores 5 años
  • 63. Métodos de depreciación Método de la línea recta Método de la suma de los dígitos del año Método de la reducción de saldos Método de las unidades de producción
  • 64. Método de la línea recta El método de la línea recta es el método mas sencillo y más utilizado por las empresas, y consiste en dividir el valor del activo entre la vida útil del mismo. [Valor del activo/Vida útil] Según el decreto 3019 de 1989, los inmuebles tienen una vida útil de 20 años, los bienes muebles, maquinaria y equipo, trenes aviones y barcos, tienen una vida útil de 10 años, y los vehículos y computadores tienen una vida útil de 5 años. Además de la vida útil, se maneja otro concepto conocido como valor de salvamento o valor residual, y es aquel valor por el que la empresa calcula que se podrá vender el activo una vez finalizada la vida útil del mismo.
  • 65. Una vez determinada la vida útil y el valor de salvamento de cada activo, se procede a realizar el cálculo de la depreciación. Supongamos un vehículo cuyo valor es de $30.000.000. Se tiene entonces (30.000.000 /5) = 6.000.000. Así como se determina la depreciación anual, también se puede calcular de forma mensual, para lo cual se divide en los 60 meses que tienen los 5 años Ese procedimiento se hace cada periodo hasta depreciar totalmente el activo.
  • 66. Método de la suma de los dígitos del año Este es un método de depreciación acelerada que busca determinar una mayor alícuota de depreciación en los primeros años de vida útil del activo. La formula que se aplica es: (Vida útil/suma dígitos)*Valor activo Donde se tiene que: Suma de los dígitos es igual a (V(V+1))/2 donde V es la vida útil del activo. Ahora determinemos el factor.
  • 67. Suponiendo el mismo ejemplo del vehículo tendremos: (5(5+1)/2(5*6)/2 = 15 Luego,5/15 = 0,3333 Es decir que para el primer año, la depreciación será igual al 33.333% del valor del activo. (30.000.000 * 33,3333% = 10.000.000) Para el segundo año: 4/15 = 0,2666 Luego, para el segundo año la depreciación corresponde al 26.666% del valor del activo (30.000.000 * 26,666% = 8.000.000)
  • 68. Para el tercer año: 3/15 = 0,2 Quiere decir entonces que la depreciación para el tercer año corresponderá al 20 del valor del activo. (30.000.000 * 20% = 6.000.000) Y así sucesivamente. Todo lo que hay que hacer es dividir la vida útil restante entre el factor inicialmente calculado.
  • 69. Método de la reducción de saldos Este es otro método que permite la depreciación acelerada. Para su implementación, exige necesariamente la utilización de un valor de salvamento, de lo contrario en el primer año se depreciaría el 100% del activo, por lo perdería validez este método. La formula a utilizar es la siguiente: Tasa de depreciación = 1- (Valor de salvamento/Valor activo)1/n Donde n es el la vida útil del activo Como se puede ver, lo primero que se debe hacer, es determinar la tasa de depreciación, para luego aplicar esa tasa al valor no depreciado del activo o saldo sin de preciar
  • 70. Continuando con el ejemplo del vehículo (suponiendo un valor de salvamento del 10% del valor del vehículo) tendremos: 1- ( 3.000.000/30.000.000)1/5 = 0,36904 Una vez determinada la tasa de depreciación se aplica al valor el activo sin depreciar, que para el primer periodo es de 30.000.000 Entonces 30.000.000 * 0,36904 = 11.071.279,67 Para el segundo periodo, el valor sin depreciar es de (30.000.000-11.071.279,67) = 18.928.720,33, por lo que la depreciación para este segundo periodo será de: 18.928.720,33 * 0,36904 = 6.985.505,22 Así sucesivamente hasta el último año de vida útil
  • 71. Método de las unidades de producción Este método es muy similar al de la línea recta en cuanto se distribuye la depreciación de forma equitativa en cada uno de los periodos. Para determinar la depreciación por este método, se divide en primer lugar el valor del activo por el número de unidades que puede producir durante toda su vida útil. Luego, en cada periodo se multiplica el número de unidades producidas en el periodo por el costo de depreciación correspondiente a cada unidad.
  • 72. Ejemplo: Se tiene una máquina valuada en $10.000.000 que puede producir en toda su vida útil 20.000 unidades. Entonces, 10.000.000/20.000 = 500. Quiere decir que a cada unidad que se produzca se le carga un costo por depreciación de $500 Si en el primer periodo, las unidades producidas por la maquina fue de 2.000 unidades, tenemos que la depreciación por el primer periodo es de: 2.000 * 500 = 1.000.000, y así con cada periodo.
  • 73. Registro contable de la depreciación Método Indirecto Cuando se utiliza el método indirecto, se mantiene el cargo a pérdidas en la cuenta de resultados Depreciación del Activo Fijo, abonando el monto de la depreciación en una cuenta complementaria del activo fijo cuyo nombre es Depreciación Acumulada del Activo Fijo, sin afectar el saldo de la cuenta de activo fijo que representa el costo de este bien.
  • 74. La utilización de este método, tiene la ventaja de ofrecer una mejor información, respecto de las cuentas del activo fijo, puesto que, por una parte, se mantiene el valor original del bien y, por otra, se refleja el monto de las depreciaciones acumuladas durante su vida útil.
  • 75. venta de activos fijos Cuando se vende un activo fijo, se pueden presentar dos situaciones: se presenta una pérdida o se presenta una utilidad. Para determinar si hay pérdida o utilidad en la venta del activo, se ha de determinar cual es su costo o valor en libros. El valor en libros del activo será el valor de adquisición, más adiciones y mejoras y mas ajustes por inflación cando aun existían,  menos la depreciación acumulada.
  • 76. Ejemplo: Para efectos de simplicidad trabajaremos solo con valor de adquisición menos depreciación acumulada. (Suponemos un vehículo) Tenemos entonces: Valor de adquisición  10.000.000Depreciación acumulada 6.000.000Valor en libros o valor neto 4.000.000 Suponiendo que el valor de la venta es de 7.000.000 tendremos una utilidad en venta de activos  de 3.000.000.
  • 77. La contabilización sería: Explicación: Se lleva a caja el valor recibido por la venta Se reversa la depreciación acumulada Se acredita el valor del activo puesto que se vende Se lleva como ingreso la utilidad obtenida por la venta del activo
  • 78. Mejoras del Activo Fijo Una mejora normalmente modifica la vida útil del activo. Por este motivo al registrar contablemente esta situación se deberá utilizar la cuenta de activo. Por este motivo la cuota a depreciar deberá recalcularse incorporando el nuevo valor y la nueva vida útil. Es recomendable depreciar y calcular el valor libro neto a la fecha de la mejora y de ese momento hacer el nuevo calculo de la depreciación.
  • 79. Venta, Permuta de un Activo Fijo Al momento de eliminar un activo fijo de los libros de contabilidad, es indispensable también cerrar la cuenta complementaria de activo (depreciación acumulada).
  • 80. Estados financieros Al presentar los estados financieros, los activos son clasificados según sean corrientes o no corrientes. Se considera activo corriente, todo aquel activo que es susceptible de convertirse en efectivo en un plazo igual o inferior a un año. Es corriente todo aquel activo que se puede vender en un tiempo corto. Caso contrario, se denominan activos no corrientes, a los activos que para poderlos convertir en efectivo, se requiere de un plazo mayor a un año.
  • 81. Vemos que la clasificación del activo depende del tiempo esperado para su realización. Los activos fijos o lo que conocemos también como propiedad, planta y equipo, son siempre activos no corrientes, puesto que están destinados para ser utilizados por la empresa y no para ser vendidos.