SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 107
ACTUALIZACIÓN EN
MATERIA DE FACTURACIÓN
ENERO, 2014
NORMAS GENERALES DE
EMISIÓN DE FACTURAS Y
OTROS DOCUMENTOS
Gaceta Oficial N° 39.795 de fecha 8 de noviembre de 2011
Personas Jurídicas y entidades económicas
sin personalidad jurídica
ÁMBITO DE APLICACIÓN (ART. 2)
Personas Naturales con ingresos anuales = o
< a 1.500 UT, contribuyentes ordinarios de
IVA
Personas Naturales con ingresos anuales > a
1.500 UT
Personas Naturales con ingresos anuales < a
1.500 UT, no contribuyentes de IVA cuando la
factura sea empleada en el ISLR.
EXCLUSIONES (Art. 3)
Ventas de
Inmuebles
Instituciones
Financieras
Bolsas de Valores
y Agrícolas
Bajo relación de
dependencia
Transporte
Público Nacional
Medico-asistenciales y
odontológicos, HC
Entes Públicos
Servicios
Educativos Entes
Públicos
Servicios Hospedaje,
Alimentación y
Accesorios
Parques, museos,
etc exentos ISLR
Entes creados para
Administrar tributos
Importaciones no definitivas
de bienes muebles
Formato elaborado por Imprenta Autorizada:
Medio de emisión que debe contener desde la imprenta los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 29.
(La Imprenta deberá colocar todos los datos, salvo los relativos al cliente
y la operación)
DEFINICIONES DE LOS MEDIOS DE EMISION:
(Art. 7)
Forma Libre elaborada por imprenta autorizada:
Medio de emisión que debe contener desde la imprenta los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 30.
(En ningún caso la Imprenta deberá colocar la denominación, ni el
número de documento)
Sistema Computarizado o Automatizado:
Herramienta tecnológica informática que permite imprimir la
información fiscal, en formas libres.
N° Control
FACTURA
Manual, Mecánico
Sist. Automatizado
Sistemas Automatizado
Medio
de
Facturación
Medio
de
Llenado
Forma Libre
¿ CÓMO SE PUEDE FACTURAR
?
Datos de la Imprenta
Números de Control
Datos de la Imprenta
Números de Control
REQUISITOS CONCURRENTES PARA LA OBLIGATORIEDAD DEL USO DE
MÁQUINAS FISCALES
MAYOR NÚMERO DE
OPERACIONES CON SUJETOS
QUE “NO” EMPLEAN LA
FACTURA A EFECTOS
TRIBUTARIOS
1.500 U.T.
N° 1
Realice alguna de la
siguientes actividades
N° 2 N° 3
ARTÍCULO 8
REQUISITOS DE LAS FACTURAS Y
DEMÁS DOCUMENTOS
Datos relativos a la IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO Y EMISOR
Título: FACTURA - ( Contribuyente Formal ) - (No Sujeto ) - EXPORTACIÓN
Número de Factura
Número de Control
Fecha de Emisión
Identificación completa del emisor
Identificación del comprador
Datos relativos a la OPERACIÓN
Descripción de la operación
Monto total de la Base Imponible, discriminada según alícuota, indicando porcentaje
aplicable y total del monto exento o exonerado
Monto total del IVA, discriminado según la alícuota indicando el porcentaje aplicable
Monto total de la factura
Datos relativos a la IMPRENTA
Identificación completa y datos de autorización de la Imprenta
Fecha de elaboración de los documentos elaborados
Números de control asignados
REQUISITOS DE LAS FACTURAS
Conformación del Número de Control
 Es un número único y consecutivo para cada contribuyente
emisor que deben asignar las imprentas autorizadas al
elaborar formatos y formas libres
 Secuencial numérico de hasta 8
dígitos, lo cual unido al
identificador, permite generar
10.000 millones de facturas.
 Identificador de dos ( 2 ) dígitos
numérico … se inicia con el
“00” … hasta llegar al “99”
00 99999999
Factura Máquina Fiscal
MATA DE COCO, S.A.
AV. BLANDIN
CHACAO. CARACAS.
RIF: J-00000001-1
21/04/13 12:30AM
FACTURA N°:000000001
TINTA 3X 810 Bs. 39,00
CARNE Bs. 18,00
BI AG (12%) Bs. 39,00
BI AR (8%) Bs. 18,00
IVA G (12%) Bs. 4,68
IVA R (8%) Bs. 1,44
________________________
TOTAL Bs. 63,12
XYZ1234567
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
DOMICILIO FISCAL
NÚMERO DE REGISTRO DEL CONTRIBUYENTE
FECHA Y HORA DE EMISIÓN DEL COMPROBANTE
IMPORTE PARCIAL
NÚMERO CONSECUTIVO DE LA FACTURA
NÚMERO DE REGISTRO DE LA MÁQUINA
LOGOTIPO FISCAL
SENIAT
IMPUESTO A PAGAR
MONTO TOTAL A PAGAR
TOTAL BASE IMPONIBLE
 Nombre completo o razón social del
emisor.
FACTURA EMITIDA EN EL
EXTRANJERO
 Fecha de emisión y monto total de la
operación.
 Descripción, cantidad o monto de la
operación.
 Nombre completo o razón social y
RIF del adquirente o receptor.
Traducción al castellano a
requerimiento del SENIAT
(Art. 18)
Modelo de Nota de Entrega o Guía de Despacho
Contribuyentes Ordinarios, Formales y No
Sujetos
Nota de Débito
Cumplir los requisitos previstos en los artículos 13 o 15,
con exclusión de la identificación del documento.
Factura
x x x x
Nota de Crédito
Factura
x x x x
Cuando la Notas se emitan en “formato manual”
o “forma libre”:
Cumplir con los requisitos previstos en los
artículos 14 o 16. Datos del comprador si se
encuentran en la factura y el número de registro
de la máquina.
Cuando la Notas se emitan a través de
“máquinas fiscales”:
•Fecha
•Nro.Factura
•Monto
•Fecha
•Nro.Factura
•Monto
NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
Punto
A
Punto B Punto C
Formato Manual
Sistema
Descentralizado de
Facturación
Varias Áreas
( Puntos )
de Facturación
Punto A Punto B Punto C
EMISION DE FACTURA Y DOCUMENTOS EN
“SERIE”
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
Forma Libre
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
Varias Áreas
( Puntos )
de Facturación
Posibilidad de
fraccionarlas y
distribuirlas (Art. 27)
No Utilización simultánea de más de un medio de
facturación (Sólo Maquinas Fiscales) Art. 11
Excepciones: No sea capaz de imprimir la identificación y el RIF del
comprador, cuando se requiera.
Se encuentren averiadas o inoperantes.
No sea capaz de emitir notas de débito y notas de crédito.
El usuario realice operaciones por cuenta de terceros
El usuario realice operaciones de exportación
El usuario realice ventas fuera del establecimiento
(ruteros, vendedores a domicilio, representantes de ventas
y otros)
Se deba emitir más de una copia, por solicitud del
comprador.
Máquinas Fiscales
Se permite el empleo
de formatos para la
emisión de la factura
N° de Control
N° de R.I.F. del emisor
Razón Social y N° de RIF de la imprenta
autorizada
N° y Fecha de la P.A. de autorización
Rango de los números de control
asignados
La fecha de elaboración de los
documentos
Disposiciones comunes (Art. 31):
Se prohíbe a las imprentas
identificar el tipo de documento
impreso y el número del
documento
Restricciones:
Disposiciones Comunes
8
cm
Art. 33
No pueden colocarse datos relativos a
la operación en el reverso de la factura.
Sólo pueden reflejarse en el reverso:
- Datos del emisor
- Datos de la Imprenta
- Nro y Fecha de Autorización
- Nros de Control
- Fechas de elaboración
hoja
Formatos de facturas
y documentos.
Formas Libres.
Pueden ser diseñadas según las
necesidades del cliente. (Art. 34)
Flexibilidades:
Disposiciones Comunes
Tendrá valor probatorio las
certificaciones de las copias en caso
de pérdida del original por causa no
imputable al receptor. (Art. 43)
(Aplicable a Facturas Máquinas
Fiscales)
Las facturas y otros documentos
elaborados por imprentas que sean
revocadas, pueden ser empleadas
hasta su agotamiento (Art. 39)
En caso de cambio de identificación o
domicilio, pueden utilizarse sólo por 30
días o hasta agotar la existencia, lo que
ocurra primero. (Art. 38)
Restricciones:
DISPOSICIONES COMUNES
(Art. 40)
Los documentos no utilizados deberán
ser destruidos con autorización de la
Gerencia Regional de Tributos Internos
del domicilio :
No pueden tener
tachaduras ni
enmendaduras, salvo
disposición del SENIAT.
(Art. 40)
Los datos deben ser legibles y
permanecer sin alteraciones hasta
por 6 años desde su emisión. (Art.
41)
Dañados.
Cambio de identificación o
domicilio del emisor.
Disposición del SENIAT.
Los originales anulados deben
conservarse con las copias.
(Aplicable a Facturas Máquinas Fiscales)
La solicitud de formatos y formas libres a
las Imprentas debe ser por escrito
indicando Nros. de Control y Nros. de
Documentos (Iniciales y Finales). (Art. 43)
Formatos de
facturas y
documentos.
Formas Libres.
Dentro de los 15 días
después de detectarse el
daño o x disposición del
SENIAT
Dentro de los 15 días
posteriores al lapso de
treinta (30) días
establecidos en el art. 38
DISPOSICIONES COMUNES
No emisión de copias (Art. 37)
5.000 o más facturas al mes
Imagen digital de cada documento original.
Se registren las operaciones en el libro de venta,
adicionando el número de control de las formas libres
utilizadas.
Se transmitan mensualmente las
operaciones efectuadas.
Conservación en medios
electrónicos o magnéticos que
impidan la alteración de datos y
protegida contra virus
FACTURACION EN
RESTAURANTES
Gaceta Oficial N° 39.795 de fecha 8 de noviembre de 2011
PROCESO DE FACTURACIÓN EN EL SECTOR
RESTAURANTES ANTES DE LA VIGENCIA DE LA
PROVIDENCIA 00071
Consumo
Emisión de la
cuenta
Pago
Emisión de la
factura
No
Consumo Emisión de
la factura
Pago
Emisión de
Nota de
Débito o
Crédito
¿Consumo
correcto?
Sí
Facturación según la vigente Providencia
00071
LA FACTURA ES EL
ÚNICO DOCUMENTO
PERMITIDO PARA
INFORMAR LOS
MONTOS DE LAS
OPERACIONES
EFECTUADAS
SENIAT
Restaurant XXX, C.A.
RIF: J-00000000-0
Domicilio Fiscal
FACTURA
20/05/2012 10:00 am.
Factura Nº: 00012842
Descripción Cantidad Monto
Sopa 2 60,00
Pabellón 2 100,00
Jugos 2 20,00
Agua Mineral 1 10,00
Quesillo 2 30,00
Café 2 16,00
Base Imp. Alíc. General 236,00
Servicio 10% 23,60
IVA 12% 28,32
TOTAL 287,92
La forma de pago NO es un requisito de las
facturas, cualquiera sea el medio de emisión
utilizado
Si el receptor del servicio no requiere la
factura “personalizada”, NO es necesario
exigirle su nombre, apellido, cédula, ni
domicilio
“Artículo 48: Durante la realización de sus
operaciones comerciales, el usuario de la Máquina
Fiscal, debe abstenerse de utilizar y tener dentro del
local, otro tipo de impresora no integrado a la
Máquina Fiscal, para la totalización de las
operaciones de ventas o prestaciones de servicios”.
PROHIBICIÓN DE EMPLEAR OTRA IMPRESORA
NO INTEGRADA A LA MÁQUINA FISCAL
“Artículo 49: Queda expresamente prohibida a los sujetos
prestadores de servicios obligados al uso de máquinas
fiscales, señalados en el artículo 8 de la presente Providencia
Administrativa, la emisión de cualquier otro tipo de
documento distinto a facturas, que sean utilizados para
informar el monto parcial o total de las operaciones
efectuadas, tales como: estados de cuenta, reportes
gerenciales, notas de consumo, estados demostrativos y sus
similares, aún cuando el medio de emisión lo permita”.
PROHIBICIÓN DE EMISIÓN DE DOCUMENTOS
DISTINTOS A LA FACTURA
- Dictamen SNAT/GGSJ/GDA/DDT/2012/0158-0322 DCR-
5-66581 de fecha 07/02/2012 Intendencia Nacional de
Tributos Internos
- Dictamen SNAT/GGSJ/GDA/DDT/2012/1581 DCR-5-
66501 de fecha 02/04/2012 Cámara Nacional de
Restaurantes
INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 48 Y 49
DE LA PROVIDENCIA 00071
“Artículo 8: Son derechos de las personas
3.- La información SUFICIENTE, OPORTUNA, CLARA Y VERAZ sobre los
bienes y servicios, puestos a su disposición … con especificaciones de
precios …”.
“Artículo 44: La proveedora o el proveedor de bienes y la prestadora o el
prestador de servicios están obligados a entregar facturas que documenten
la venta o la prestación del servicio…
Toda factura emitida por las proveedoras o proveedores de bienes o
prestadores de servicios deben acogerse a las leyes especiales que rigen
la materia”.
APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 49 EN EL MARCO DE LA LEY PARA LA
DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y
SERVICIOS
“Artículo 3: Los operadores de los establecimientos de alimentos y
bebidas, deberán exhibir en un lugar visible y de fácil localización,
tanto en su entrada como dentro del establecimiento la lista de
precios de los productos y servicios que se ofrecen con su
respectiva discriminación del Impuesto al Valor Agregado, de igual
manera deberán ser notificadas los referidos precios al Instituto
para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y
Servicios…”.
RESOLUCIÓN CONJUNTA (MINISTERIOS DEL PODER
POPULAR PARA EL COMERCIO, ALIMENTACIÓN,
SALUD, INDUSTRIAS Y TURISMO)
Gaceta Oficial Nº 39.922 del 15 de mayo de 2012
No obstante, si por la naturaleza del servicio prestado o por exigencias del
receptor del servicio se requiere información sobre el detalle del consumo, se
podrán emitir EXCEPCIONALMENTE documentos en los cuales se reflejen los
conceptos de los consumos realizados, siempre que éstos NO señalen montos
totales o parciales de los servicios prestados.
EMISIÓN DE ESTADOS DEMOSTRATIVOS DE CONSUMO POR
PARTE DE LOS PRESTADORES DE LOS SERVICIOS INDICADOS
EN EL ARTÍCULO 8
La factura es el documento idóneo para
informar los conceptos del consumo y los
montos de las operaciones efectuadas
Cuando existan ajustes
que DISMINUYAN los
montos de la factura
NOTAS DE CRÉDITO
SE DEBEN EMITIR
NOTAS DE DÉBITO NUEVA FACTURA
Cuando se anule la
factura
Se debe conservar la
factura original
Si la Máquina Fiscal no es capaz de emitir
notas de crédito o débito, se deben utilizar
formatos elaborados por imprentas
autorizadas, de acuerdo a lo establecido en
el artículo 11, numeral 3, de la Providencia
00071
MODIFICACIÓN TOTAL O PARCIAL DE OPERACIONES REALIZADAS
A TRAVÉS DE MÁQUINAS FISCALES
Cuando existan ajustes
que AUMENTEN los
montos de la factura
USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS PARA MOSTRAR
AL CLIENTE EL MONTO TOTAL O PARCIAL DE LAS
OPERACIONES EFECTUADAS
La emisión de documentos electrónicos, a través de medios
digitales, tales como computadores y tablets, para informar
el monto parcial o total de las operaciones efectuadas, aún
sin que exista la emisión física o en papel, constituye un
incumplimiento de la prohibición establecida en el artículo
49.
Dictamen SNAT/GGSJ/GDA/DDT/2012/1639-1944 DCR-5-66689 de fecha 27/04/2012
SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL ART.
49 DE LA PROVIDENCIA 00071
La emisión de documentos previos a la factura
que indiquen montos totales o parciales,
constituye un ilícito formal sancionado de
conformidad con lo establecido en el Código
Orgánico Tributario
FACTURACION EN
HOTELES
Gaceta Oficial N° 39.795 de fecha 8 de noviembre de 2011
INTERROGANTES PLANTEADAS POR
AVECINTEL AL SENIAT
¿SE PUEDEN REFLEJAR LAS PROPINAS EN
LAS NOTAS DE CONSUMO?
SÍ: las propinas que reciben los mesoneros por parte de los
clientes, podrán estar reflejadas en los documentos que
utilice el hotel para informar al huésped sus consumos, toda
vez que no se trata del precio total o parcial de la operación
efectuada, sino de una cantidad que asigna el cliente para
que sea entregada al mesonero correspondiente.
Dictamen SNAT/GGSJ/GDA/DDT/2012/2303-2744 DCR-5-67288 de fecha 14/06/2012
Si ocurre alguna de las circunstancias
excepcionales establecidas en el artículo 11, se
deben emplear formatos elaborados por
imprentas autorizadas.
¿QUÉ MEDIO DE EMISIÓN SE DEBE UTILIZAR SI LA
MÁQUINA FISCAL SE DAÑA, OCURREN FALLAS
ELÉCTRICAS O ALGÚN OTRO IMPREVISTO?
La máquina fiscal:
• NO sea capaz de imprimir el nombre o razón social y el
RIF del comprador.
• Se encuentre averiada o inoperante.
• NO sea capaz de emitir notas de débito o crédito.
CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES EN LAS
CUALES SE DEBEN UTILIZAR FORMATOS
Se realicen:
• Operaciones por cuenta de terceros.
• Ventas a través de vendedores a domicilio y otros similares.
• Operaciones donde deba emitir más de una copia de la
factura, por exigencias de normas legales o reglamentarias, así
como por solicitud de los órganos y entes públicos.
CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES EN LAS CUALES SE
DEBEN UTILIZAR FORMATOS
ESCENARIOS DE FACTURACIÓN PARA LOS
SUJETOS DEDICADOS A LA
PRESTACIÓN DE ALOJAMIENTO,
HOSPEDAJE Y SERVICIOS CONEXOS
SERVICIOS ADICIONALES AL HOSPEDAJE PRESTADOS BAJO
LA MISMA RAZÓN SOCIAL DEL HOTEL
(CON cargo a la habitación)
(1)
Prestación
del Servicio
(2) Notas de
consumo sin
montos
totales ni
parciales
(3) Emisión de
FACTURA
FACTURACIÓN POR CUENTA DE TERCEROS
Cuando el usuario obligado a utilizar exclusivamente máquinas
fiscales realice operaciones por cuenta de terceros, debe utilizar
formatos elaborados por imprentas autorizadas, los cuales deben
cumplir con los requisitos, establecidos en el artículo 32:
1. Nombre o razón social y número de RIF del tercero.
2. Descripción de la operación, indicando cantidad y monto.
3. Base imponible, discriminada por alícuota.
4. Monto total del IVA, discriminado según la alícuota.
5. Valor total de la operación.
6. Si la operación se expresó en divisas, indicar el equivalente en
moneda nacional.
SERVICIOS CONEXOS A HOSPEDAJE PRESTADOS POR
PERSONAS DISTINTAS AL HOTEL
(CON cargo a la habitación)
(1)
Prestación
del Servicio
(2) Notas de
consumo sin
montos
totales ni
parciales
(3) Emisión de
FACTURA POR
CUENTA DE
TERCEROS
Factura emitida
por cuenta de
terceros
(1)
Prestación
del Servicio
(2) Emisión de
la FACTURA
SERVICIOS ADICIONALES AL HOSPEDAJE
PRESTADOS TANTO POR EL HOTEL COMO POR
OTROS SUJETOS
(SIN cargo a la habitación)
FACTURACION EN
CONCESIONARIOS
Gaceta Oficial N° 39.795 de fecha 8 de noviembre de 2011
EXCLUSIÓN DE LA OBLIGATORIEDAD DEL USO DE
MÁQUINAS FISCALES PARA LOS CONCESIONARIOS
ARTÍCULO 8 Nº 3 Literal “C”
+ + =
Servicios
de
Reparación
y
Mantenimiento
Venta
de
Repuestos
Si el contribuyente realiza otra de las actividades señaladas
en el numeral 3 del artículo 8, SÍ califica como sujeto
obligado a usar máquinas fiscales para emitir las facturas y
otros documentos de todas sus operaciones.
CONCESIONARIOS OBLIGADOS AL USO EXCLUSIVO DE
MÁQUINAS FISCALES
INTERROGANTES PLANTEADAS POR
LOS CONCESIONARIOS DE VEHÍCULOS
AL SENIAT
VENTA DE VEHÍCULOS EN CONSIGNACIÓN CUANDO
EL CONSIGNANTE ES UNA PERSONA NATURAL
CONTRIBUYENTE ORDINARIO
Primer Supuesto: Si el comitente (consignante) tiene como
actividad habitual la venta de vehículos, es decir, esta forma
parte de su giro, objeto u ocupación, SÍ califica como
contribuyente ordinario del IVA.
Por lo cual hay un hecho imponible del IVA y el consignatario
es responsable solidario del impuesto generado en la
operación de venta, según lo establecido en el artículo 10 de
la Ley del IVA.
Proceso de Facturación en el Primer Supuesto
EL CONCESIONARIO
DE VEHÍCULO
DEBE EMITIR DOS
FACTURAS
Factura emitida al
comprador del vehículo,
por cuenta del
consignante (Art. 32 de la
Providencia 00071)
Factura emitida al
consignante por el servicio
de intermediación (Art. 4
del Reglamento General
IVA)
VENTA DE VEHÍCULOS EN CONSIGNACIÓN CUANDO EL
CONSIGNANTE ES UNA PERSONA NATURAL QUE “NO” ES
CONTRIBUYENTE ORDINARIO
Segundo Supuesto: Si la venta de vehículos NO es la
actividad habitual del consignante, y además este tampoco
realiza hechos imponibles del IVA, NO califica como
contribuyente ordinario, por lo tanto es una operación no
sujeta.
No obstante, por tratarse de una operación con
trascendencia tributaria para las partes intervinientes, el
concesionario debe emitir facturas conforme a lo
establecido en la Providencia Administrativa N° 00071.
OBLIGACIÓN DE EMITIR FACTURAS POR
OPERACIONES CON TRASCENDENCIA TRIBUTARIA
EN MATERIA DE IVA E ISLR
Artículo 91 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta: “… sólo se
aceptarán estos comprobantes como prueba de haberse
efectuado el desembolso, cuando aparezca en ellos el número
de Registro de Información Fiscal del emisor y sean emitidos
de acuerdo a la normativa sobre facturación establecida por
la Administración Tributaria”.
Proceso de Facturación en el Segundo Supuesto
Factura emitida al
comprador del vehículo,
por cuenta del
consignante (Art. 32 de la
Providencia 00071)
Factura emitida al
consignante por el servicio
de intermediación (Art. 4
del Reglamento General
IVA)
EL CONCESIONARIO
DE VEHÍCULO
DEBE EMITIR DOS
FACTURAS
ENTREGA BIEN MANDATO
VENTA DE BIEN
COMPRADOR
CONTRIBUYENTE NO CONTRIB.
FACTURA
CTA. DE TERCERO
CONSIGNANTE
FACTURA
CTA. DE TERCERO
CONSIGNANTE
10.000
IVA 0
10.000
INTERMEDIACIÓN
1.000
IVA DF = 120
TOTAL 1.120
AUTO 10.000
IVA 0
DF 10.000
1.000
IVA = 120
GASTO TOTAL1.120
PRECIO 10.000
IVA 0
TOTAL 10.000
CF 0
PRECIO 10.000
IVA 0
TOTAL 10.000
CONSIGNATARIO
CONSIGNANTE
COSTO DEL BIEN
CONSIGNANTE QUE NO ES CONTRIBUYENTE ORDINARIO
VENTA DE VEHÍCULOS EN CONSIGNACIÓN CUANDO EL
CONSIGNANTE ES UNA PERSONA NATURAL CONTRIBUYENTE
ORDINARIO POR OTRAS ACTIVIDADES
Tercer Supuesto: Si la venta de vehículos NO es la actividad
habitual del consignante, pero este realiza hechos
imponibles del IVA, SÍ califica como contribuyente ordinario y
la operación está gravada con el impuesto.
Por lo cual hay un hecho imponible del IVA y el consignatario
es responsable solidario del impuesto generado en la
operación de venta, según lo establecido en el artículo 10 de
la Ley del IVA.
EL CONCESIONARIO
DE VEHÍCULO
DEBE EMITIR DOS
FACTURAS
Proceso de Facturación en el Tercer Supuesto
Factura emitida al
comprador del vehículo,
por cuenta del
consignante (Art. 32 de la
Providencia 00071)
Factura emitida al
consignante por el servicio
de intermediación (Art. 4
del Reglamento General
IVA)
ENTREGA BIEN MANDATO
VENTA DE BIEN
COMPRADOR
CONTRIBUYENTE NO
CONTRIBUYENTE
FACTURA
CTA. DE TERCERO
CONSIGNANTE
FACTURA
CTA. DE TERCERO
CONSIGNANTE
10.000
IVA 1.200
11.200
INTERMEDIACIÓN
1.000
IVA DF = 120
TOTAL 1.120
AUTO 10.000
IVA 1.200
DF 11.200
1.000
IVA CF = 120
1.120
PRECIO 10.000
IVA 1.200
TOTAL 11.200
CF 1.200
PRECIO 10.000
IVA 1.200
TOTAL 11.200
CONSIGNATARIO
CONSIGNANTE
COSTO DEL BIEN
CONSIGNANTE QUE ES CONTRIBUYENTE ORDINARIO
OBLIGACIÓN DE LOS CONSIGNATARIOS
DE EMITIR FACTURAS
Los consignatarios deben emitir facturas por cuenta de
terceros, en todos los casos de venta de vehículos en
consignación, independientemente de la condición del
consignante, de conformidad con el artículo 32 de la
Providencia N° 00071.
Por otra parte, también deben emitir facturas por el servicio
de intermediación, en las cuales reflejen el monto de la
comisión y del IVA causado, según lo establecido en el artículo
10 de la Ley del IVA.
REQUISITOS DE LAS FACTURAS POR CUENTA DE
TERCEROS
Cuando el concesionario utilice medios propios para documentar
ventas de vehículos en consignación, debe emitir facturas por cuenta
del consignante, las cuales deben cumplir, adicional a los requisitos
propios de facturación, con los requisitos establecidos en el artículo
32:
1. Nombre o razón social y número de RIF del tercero.
2. Descripción de la operación, indicando cantidad y monto.
3. Base imponible, discriminada por alícuota.
4. Monto total del IVA, discriminado según la alícuota.
5. Valor total de la operación.
6. Si la operación se expresó en divisas, indicar el equivalente en
moneda nacional.
OBLIGACIÓN DE EMITIR Y ENTREGAR COPIA
CERTIFICADA DE LA FACTURA
El emisor de la factura por cuenta de terceros debe
entregar a los sujetos a favor de quienes se emite, una
copia certificada de la copia de la factura, dentro de
los cinco (5) días hábiles del mes siguiente a aquél en
que se emitió.
Artículo 4 del Reglamento General de la Ley del IVA: “… Estos
intermediarios deberán emitir a los compradores facturas por cuenta de
las personas a nombre de quienes actúan, incluyendo en estas el
impuesto separadamente del precio e indicando que se emiten de
conformidad con el artículo 10 de la Ley. Dicho impuesto deberá ser
percibido por el intermediario y entregado al representado o mandante,
con una copia de la factura emitida al comprador a que se refiere este
párrafo.
Estas operaciones serán registradas en el Libro de Ventas, en cuenta
separada, con el título “Ventas por Cuenta de Terceros”.
Así mismo deberán emitir factura a su representado o mandante por la
prestación del servicio de intermediación, incluyendo en ésta el
impuesto separadamente del precio…”.
REGISTRO DE LAS FACTURAS EMITIDAS POR CUENTA
DE TERCEROS, EN EL LIBRO DE VENTAS
EMISION DE FACTURAS,
BOLETOS AEREOS Y OTROS
DOCUMENTOS POR LA
PRESTACION DEL SERVICIO
AEREO
Gaceta Oficial N° 39.795 de fecha 8 de noviembre de 2011
LINEAS AEREAS
ÁMBITO DE APLICACIÓN (ART. 1)
DEMAS SOCIEDADES MERCANTILES QUE
MEDIEN EN LA VENTA DE BOLETOS
AGENCIAS DE VIAJE Y TURISMO
Formatos elaborados por
Imprentas Autorizadas.
MEDIOS DE EMISIÓN (Art. 2)
Formas libres elaboradas por
imprentas autorizadas.
Máquinas Fiscales.
REQUISITOS DE LAS FACTURAS, NOTAS DE
DEBITO Y CREDITO
1. Datos del pasajero:
a) Nombres y apellido
b) N° Cédula de Identidad
c) N° Pasaporte (sólo Internacional)
d) Domicilio Fiscal (menores)
e) Número de teléfono
2. Identificación del prestador del Servicio
de Transporte
3. N° Boleto
4. Itinerario de vuelo. Fecha de salida y
de llegada; hora de salida y de llegada;
puntos de salida y destino
5. Modo de pago: efectivo, tarjeta de
crédito o débito, cheque o
transferencia bancaria.
REQUISITOS DE LOS BOLETOS
1. Nombres y apellidos del pasajero
2. N° Cédula de Identidad o pasaporte en el caso de ser extranjero
3. Domicilio y número de teléfono.
4. N° de localizador
5. N° de vuelo
6. N° de boleto
7. Numero IATA en caso de vuelos internacionales
8. Fecha de emisión del boleto
9. Lugar de emisión del boleto
10.Fecha de salida y de retorno
11.Itinerario de vuelo. Fecha de salida y de llegada; hora de salida y de llegada;
puntos de salida y destino
ACTIVIDADES OBLIGADAS AL USO DE MÁQUINAS
FISCALES
Venta de alimentos, bebidas,
cigarrillos y demás manufacturas de
tabaco, golosinas, confiterías,
bombonerías y otros similares
Venta de productos de limpieza de
uso doméstico e industrial.
Ventas de partes, piezas, accesorios,
lubricantes, refrigerantes y productos
de limpieza de vehículos
automotores, así como el servicio
Venta de relojes y artículos de
joyería, así como su reparación y
servicio técnico.
Venta de artículos de perfumería,
cosméticos y de tocador.
Servicio de fotocopiado, impresión,
encuadernación y revelado
fotográfico.
Juguetes para niños y adultos,
muñecos que representan personas
o criaturas, modelos a escalas, sus
accesorios, así como la venta o
alquiler de películas y juegos.
Venta de artículos de cuero, textiles,
calzados, prendas de vestir,
accesorios para prendas de vestir,
maletas, bolsos de manos,
accesorios de viaje y artículos
similares, y sus servicios de
reparación.
Venta de flores, plantas, semillas,
abonos, así como los servicios de
floristería.
Servicio de comida y bebidas para su
consumo dentro o fuera de
establecimientos tales como:
restaurantes, bares, cantinas, cafés o
similares.
Venta de productos farmacéuticos,
medicinales, nutricionales,
ortopédicos, lentes y sus accesorios
Venta de equipos de computación,
sus partes, piezas, accesorios y
consumibles, así como la venta de
equipos de impresión y fotocopiado,
sus partes, piezas y accesorios
Servicios de belleza, estética y
acondicionamiento físico, tales como
peluquerías, barberías, gimnasios,
centro de masajes corporales y
servicios conexos.
Servicio de lavado y pulitura de
vehículos automotores.
Servicio de estacionamiento de
vehículos automotores.
Venta de materiales de construcción, artículos de ferretería, herramientas, equipos y materiales de fontanería,
plomería y aire acondicionado, venta de pinturas, barnices y lacas, objetos de vidrio, vidrios y el servicio de instalación,
cuando corresponda.
ARTÍCULO 8: NUEVAS ACTIVIDADES
Se incluyen las siguientes actividades económicas en el
uso obligatorio de máquinas fiscales:
• Literal “d”: Repuestos, partes y piezas de aires
acondicionados.
• Literal “h”: Sustitución de “bolsos de manos” por
“bolsos y carteras”, e inclusión de “artículos
deportivos”.
En el literal “j” se agregó expresamente a las PANADERÍAS,
aunque estas ya estaban incluidas tácitamente en el literal “a”
Se añaden las siguientes actividades económicas en el uso
obligatorio de máquinas fiscales:
• Literal “q”: Alojamiento y hospedaje.
• Literal “r”: Alquiler de cajas de correo o apartados postales.
• Literal “s”: Electrodomésticos o sus accesorios y repuestos.
• Literal “t”: Libros, papelerías y artículos de oficina.
• Literal “u”: Muebles para el hogar y oficina.
ARTÍCULO 8: NUEVAS ACTIVIDADES
Providencia 0592
Normas Relativas a Imprentas y
Máquinas Fiscales para la
elaboración de facturas y otros
documentos
• Imprentas: Sociedad Mercantil o Cooperativa cuya actividad
principal sea la elaboración de facturas y demás documentos.
Procedimiento Autorizatorio
Imprentas (Arts. 3 y 4)
Presentar Solicitud
4
Anexos
ADUANA
División
Fiscalización
30 días para autorizar o negar la
Autorización
4 - Relación de inventario de
maquinaria y equipos,
descripción de los equipos
tecnológicos
1 – Acta Constitutiva 2 – Documento (notariado o
registrado) que acredite
propiedad o arrendamiento del
inmueble
3 – Licencia de actividad
económica, expedida por
la Alcaldía,
2<
5 - Declaración jurada de no
estar incurso en causales de
inhabilitación.
6 - Descripción de equipos
informáticos.
7 - Dirección de correo
electrónico.
-
En caso de no
consignar algún
recaudo se notificará
al solicitante
otorgándole 10 días
hábiles (Art. 154 C.O.T.)
Procedimiento con el uso de
la aplicación informática
SOLICITAN
TE
Ingresa usuario y
clave
Menú
imprentas
Solicitar
autorización
1 - Alguno de los socios, directores, gerentes o administradores ...
• Sea socio director, gerente o
administrador de una imprenta
revocada.
2 - La Imprenta solicitante se encuentre omisa en la presentación de
declaraciones de los tributos a los que se encuentre sujeta.
3 - Se incumpla los requisitos exigidos en la solicitud.
• Sea cónyuge o pariente
del primer grado de
consaguinidad o afinidad
de directivos del SENIAT
• Sea empleado público

• Haya sido condenado
mediante sentencia firme
por delitos contra el
patrimonio público


MOTIVOS DE NEGATIVA DE
AUTORIZACIÓN IMPRENTAS (Art. 5)
2. Se hubieren elaborado documentos
incumpliendo las disposiciones de la
0591
1. Se hubieren presentado documentos o
información falsa
4. No informar sobre la totalidad de los
documentos elaborados a sus clientes
durante 2 periodos o más en el lapso
de un año
3. Se hubieren elaborado 2 o más
originales para un mismo documento y
para el mismo emisor
7. No se hubieren presentado dos 2 o
más declaraciones consecutivas o no de
los tributos, dentro del lapso de
prescripción.
5. Algunos de los socios directores,
gerentes o administradores estén
incurso en algunas de las causales de
inhabilitación
6. No informar modificaciones de la
composición de la sociedad
MOTIVOS DE REVOCATORIA
IMPRENTAS (Art. 6)
• Las facturas y demás documentos deben contener
fielmente los datos del certificado de inscripción RIF.
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
Administración de los Nros. Control
Obligatorio… pre-impreso
Nros. únicos ( por contribuyente ) y consecutivos
 Conformado por NN 99 999 999
 Identificador de dos ( 2 ) dígitos numérico
… se inicia con el “00” … hasta llegar al “99”
 Secuencial numérico hasta 8 dígitos
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
1ra.emisión 1ra.emisión 1ra.emisión 1ra.emisión 2da.emisión
Factura Factura Notas Guías de Factura
( forma libre ) ( manual ) Créditos Despacho ( forma libre )
DEBERES DE LAS
IMPRENTAS
• La Imprenta debe llevar un registro ( automatizado ) de los
trabajos realizados a sus clientes :
• La Imprenta debe remitir al SENIAT
dentro de los diez ( 10 ) días continuos
siguientes a la finalización de cada mes.
i-SENIAT
DEBERES DE LAS
IMPRENTAS
• Proceder a efectuar una nueva autorización, a
partir de la publicación de la 0592.
DEBERES DE LAS
IMPRENTAS
• Deberán continuar cumpliendo con los deberes
establecidos en la Resolución N° 320, con
ocasión a la impresión de documentos que se
produzca con anterioridad al 01/09/2007
Disposiciones Finales
2da. El SENIAT dictará, mediante Providencia
Administrativa la enajenación y utilización de máquinas
expendedoras de bienes y servicios
4ta. Los entes públicos nacionales no estarán obligados a
resguardar en medios electrónicos las facturas y en caso de
que emitan más de cinco mil (5.000) documentos, obviar la
generación física de sus copias
Artículo 2: Ámbito de Aplicación
TODOS LOS SUJETOS, sean personas naturales, jurídicas, o
entidades económicas sin personalidad jurídica, deben
cumplir con las normas de emisión de facturas y otros
documentos, según lo establecido en los numerales 1, 2, 3 y
4 del artículo 2 de la Providencia 00071.
Siendo la única excepción:
Si CONCURREN las
siguientes
circunstancias
Estos sujetos deben emitir sus facturas conforme a lo dispuesto en la
Providencia Administrativa 1.677, publicada en la Gaceta Oficial No.
37.661, del 31 de marzo de 2003.
• Sea una persona natural.
• Cuyos ingresos anuales sean iguales o
inferiores a 1.500 UT.
• Que sea contribuyente formal del IVA.
• Que sus facturas NO sean empleadas
como prueba del desembolso por el
adquiriente del bien o receptor del
servicio.
SUJETOS PASIVOS EXCLUIDOS DE LA APLICACIÓN DE
LA PROVIDENCIA Nº 0071
Artículo 8: Condición Especial
Aquellos sujetos mencionados en el literal “j” (restaurantes,
bares, panaderías, cantinas y similares) están obligados al
uso exclusivo de máquinas fiscales, independientemente
que obtengan o no, ingresos brutos anuales superiores a
1.500 UT (numeral 1).
Los prestadores de servicios de comida y bebidas que NO
estaban obligados al uso de máquina fiscales, por no
cumplir con el requisito de las 1.500 UT de ingresos brutos
anuales, tienen el deber de usar máquinas fiscales a partir
del 01 de febrero de 2012.
Artículo 49: Prohibición de Emitir Estados
Demostrativos de Consumo
Se prohíbe expresamente a los prestadores de los
servicios señalados en el artículo 8, la emisión de
reportes o documentos que reflejen montos parciales o
totales de las operaciones efectuadas, tales como:
estados de cuenta, reportes gerenciales, notas de
consumo, entre otros.
Deberes de los Usuarios
Máquinas Fiscales
Tener en el establecimiento formatos, en caso de
imposibilidad de imprimir datos del comprador o
averías.
Informar al distribuidor o al centro de servicio la
desincorporación de la máquina fiscal.
Contratar la reparación exclusivamente con centros de
servicios autorizados.
Conservar en el local y en buen estado, el Libro de
Control de Reparación y Mantenimiento.
Modificar las alícuotas impositivas, en caso de
reformas legales.
Emitir el Reporte “Z” por cada día de operación.
Tener visible, pantallas que muestren el precio
Panel de control que facilite la obtención del reporte de
memoria fiscal de las impresoras fiscales.
Conservar las memorias reemplazadas por 5 años.
Conservar en buen estado el Dispositivo de Seguridad y
la Etiqueta
Guardar los Rollos de Auditoría por 2 años
Informar la pérdida de las máquinas fiscales
Deberes de los Usuarios
Máquinas Fiscales
Emitir los reportes de memoria fiscal a solicitud del
SENIAT
Especificaciones Máquinas Fiscales
Dispositivo de
Seguridad
Programa de
Control
Memoria
Fiscal
Memoria de
Trabajo
Etiqueta
Fiscal
Pantalla para
obtener los
reportes de
memoria fiscal
Unidad Impresora
de facturas
Dispositivo para
introducir
operaciones
(excepto IF)
Contadores
Independientes
de documentos
Memoria de
auditoria
(opcional)
Puerto de
Comunicación
Rollo de
Auditorí
a
• Sociedades Anónimas domiciliadas en el país fabricantes
Deben actuar por cuenta propia
• Sociedades Anónimas representantes de fabricantes no domiciliados
Deben actuar a través de un único representante en el país
Procedimiento Autorizatorio Para
Enajenar Máquinas Fiscales
Presentar Solicitud
4
Anexos
ADUANA
Gerencia
Fiscalización
30 días para autorizar o negar la
Autorización
4 - Declaración jurada de no
estar incurso en causales de
inhabilitación
1 – Acta Constitutiva
2 – Contrato de representación
otorgado por el fabricante no
domiciliado
3 – Licencia de actividad
económica, expedida por
la Alcaldía
2<
5 – Proporción entre personal
técnico y número de máquinas
6 - Manuales de la Máquina, Libro de
Control de Reparación y
Mantenimiento, así como equipo de
computación
7 - Dirección de correo
electrónico
-
Art. 34
1) Alguno de los socios, directores, gerentes o administradores ...
2) El solicitante estuviere omiso en la presentación de
declaraciones de los tributos.
3) El modelo de máquina fiscal no cumple los requisitos.
• Hayan participado en el pasado a
alguna empresa a la cual se le haya
revocado la autorización
• Sea cónyuge o pariente
dentro el 1er. grado de
consanguinidad o de
afinidad, de directivos del
SENIAT
 • Sea empleado público
 • Tenga sentencia firme por
delitos contra el
patrimonio público

MOTIVOS DE NEGATIVA DE
AUTORIZACIÓN
MÁQUINAS
4) No existiere la adecuada proporción entre el personal técnico y el
número de máquinas fiscales.
(Art. 30)
3. Se enajenen máquinas no
autorizadas.
1. Se hubieren presentado documentos o
información falsa
2. Se enajenen máquinas que no
cumplan los requerimientos técnicos
5. Incumplir los deberes establecidos
en los numerales 1 y 4 del artículo 34 y
en el artículo 36.
4. No informar, durante 3 periodos o
más en el lapso de 1 año
10. No se hubieren presentado dos 2 o
más declaraciones de impuesto,
consecutivas o no en el año
7. No se acaten las advertencias sobre el
mantenimiento de la proporción entre el
personal técnico y las máquinas fiscales.
8. Omita informar modificaciones en la
composición de la sociedad
MOTIVOS DE REVOCATORIA
ENAJENANTES MÁQUINAS FISCALES
6. Se produzcan alteraciones en los
dispositivos de seguridad o en las memorias.
9. Algunos de los socios, directores, gerentes
o administradores... estén incurso en algunas
de las causales de inhabilitación
Deberes Enajenantes de
Máquinas Fiscales
 Otorgar garantía mínima de 1 año.
 Entregar el Manual de Usuario, en castellano.
 Entregar el Libro de Control y Mantenimiento.
 Troquelar dispositivo de seguridad con Sello Fiscal.
 Efectuar directamente, o a través del centro de servicio
técnico, la visita anual.
 Presentar declaración informativa en los 15 días
continuos siguientes a la finalización de cada mes.
 Reparar o reemplazar en caso de vicios ocultos.
 Tener medios necesarios para leer memorias
 Abstenerse de cambiar el RIF del usuario
Deberes Distribuidores de Máquinas Fiscales
 Suscribir contratos con empresas fabricantes o
representantes de fabricantes no domiciliados
 Informar las enajenaciones efectuadas dentro de los 5
días hábiles siguientes a la finalización de cada mes.
 Entregar el Manual de Usuario
 Suministrar el Libro de Control de Reparación y
Mantenimiento por cada equipo.
 Troquelar dispositivo de seguridad con Sello Fiscal.
 No subcontratar la distribución de máquinas fiscales.
 Tener medios necesarios para leer memorias
 Abstenerse de cambiar el RIF del usuario
Deberes Centros de Servicio Técnico
 Suscribir contratos con empresas fabricantes o
representantes de fabricantes no domiciliados
 Informar:
a) La imposible reparación o agotamiento de memorias.
b) Inspecciones efectuadas
c) Alteraciones o modificaciones detectadas
d) Desincorporación de máquinas fiscales
e) Pérdidas.
 Efectuar las inspecciones anuales obligatorias.
 Troquelar dispositivo de seguridad con Sello Fiscal.
 No subcontratar la reparación de máquinas fiscales.
 Llenar el Libro de Control de Mantenimiento y
Reparación.
 Abstenerse de cambiar el RIF del usuario
TIPOS DE MÁQUINAS FISCALES
Impresora Fiscal: equipo que posee los
elementos propios de una Máquina Fiscal, excepto
un dispositivo de entradas de datos.
Punto de Venta Fiscal: equipo basado en tecnología
de computadores personales utilizados para registrar
operaciones de ventas.
Máquina Registradora: equipo que posee todos
sus elementos integrados en una sola unidad.
¿CÓMO IDENTIFICAR UNA
MÁQUINA FISCAL?
ETIQUETA
FISCAL
¿CÓMO IDENTIFICAR UNA
MÁQUINA FISCAL?
SOLUCIONES POS VENEZUELA
RIF J-9999999-9
MODELO: MP2100-TH FI
N° REGISTRO: 1FB0457892
MÁQUINA FISCAL AUTORIZADA POR EL SENIAT
Nombre del modelo
autorizado
Contener la Frase
Razón Social del
Proveedor y RIF
Número de Registro de
la máquina fiscal
ETIQUETA FISCAL
Proveedor Marca Modelo
Caracteres del
Registro
THE FACTORY HKA, C.A.
ACLAS
CR68AF Z Z A
PP1F3 Z Z B
CRD 81F Z Z C
CRD81FJ Z Z D
BIXOLON/SAMSUNG
SRP-270 Z 1 A
SRP-350 Z 1 B
SRP 270-J Z 1 C
UNIWELL NX 5400 Z 2 A
OKI ML 1120 Z 4 A
STAR HSP7000 Z P A
BMC DE VENEZUELA, C.A. BMC
CR280 PLUS N A B
TH 480 N A E
SPARK 614 N A F
PS2000TL N A I
Camel N A H
4080 N A K
CARACTERES DEL NÚMERO DE REGISTRO DE
LA MÁQUINA FISCAL ASIGNADOS
X
Y
n
FABRICANTE
ESTADO
REGIÓN
¿CÓMO IDENTIFICAR UNA
MÁQUINA FISCAL?
DISPOSITIVO DE SEGURIDAD: Material que permite ser troquelado y
restringe el acceso a los componentes internos de la máquina fiscal.
SELLO FISCAL: Impresión troquelada en el dispositivo de seguridad.
Sólo el técnico de servicio autorizado o algún funcionario autorizado,
debidamente identificado, pueden remover el dispositivo de seguridad.
CLASIFICACIÓN PARA LA ASIGNACIÓN
DE SELLOS FISCALES
REGION Nº ESTADO LETRA
CAPITAL 1
DTTO. CAPITAL A
MIRANDA B
VARGAS X
CENTRAL 0
ARAGUA U
CARABOBO V
COJEDES W
LOS LLANOS 2
APURE C
GUÁRICO D
PORTUGUESA G
CENTRO OCCIDENTAL 3
FALCON E
LARA F
YARACUY H
ZULIANA 4 ZULIA I
NOR ORIENTAL 7
ANZOATEGUI N
MONAGAS O
SUCRE P
GUAYANA 8
AMAZONAS Q
BOLIVAR R
DELTAAMACURO S
INSULAR 9 NUEVA ESPARTA T
MARCA SAM4S
N° Serial CRD
N° Serial CRC
DISTRIBUIDORA SUBECA
RIF J-9999999-9
MODELO: 5215F
N° REGISTRO: CRD00549874
MÁQUINA FISCAL AUTORIZADA POR EL SENIAT
¿CÓMO IDENTIFICAR UNA MÁQUINA FISCAL?
MARCA IBM
N° Serial BBQ N° Serial BBP
IBM DE VENEZUELA
RIF J-9999999-9
MODELO: 4610-GR4
N° REGISTRO: BBQ90457892
MÁQUINA FISCAL AUTORIZADA POR EL SENIAT
¿CÓMO IDENTIFICAR UNA MÁQUINA FISCAL?
LECTURA DE MEMORIA FISCAL
En un proceso de Verificación o Fiscalización el
funcionario actuante deberá, a través del
programa de auditoria, leer y extraer la
información contenida en la memoria fiscal, con
el objeto de constatar la veracidad de la
operaciones realizadas y declaradas.
SISTEMA DE AUDITORÍA DE M. F.
SISTEMA DE AUDITORÍA DE M. F.
SISTEMA DE AUDITORÍA DE M. F.
ESTADÍSTICAS
• Total de máquinas fiscales aprobadas
por la Gerencia de Fiscalización al
28-06-2012:
• Total de máquinas fiscales con
capacidad de personalizar las
facturas:
• Total de máquinas fiscales que
emiten nota de crédito:
62
54
(87%)
37
(60%)

Más contenido relacionado

Similar a actualizacion de facturación.pptx

Implementación de impresoras fiscales
Implementación de impresoras fiscalesImplementación de impresoras fiscales
Implementación de impresoras fiscalescciaptecnologia
 
registrodecomprasyventasistp-151018192241-lva1-app6892 (1).pptx
registrodecomprasyventasistp-151018192241-lva1-app6892 (1).pptxregistrodecomprasyventasistp-151018192241-lva1-app6892 (1).pptx
registrodecomprasyventasistp-151018192241-lva1-app6892 (1).pptxHenry F. Carrillo Esteban
 
Registro de compras y ventas istp.santiago antunez de mayolo iiacontabilidad
Registro de compras y ventas istp.santiago antunez de mayolo iiacontabilidadRegistro de compras y ventas istp.santiago antunez de mayolo iiacontabilidad
Registro de compras y ventas istp.santiago antunez de mayolo iiacontabilidadISTP. SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO
 
Legislacion Tributaria por Jorge Agreda
Legislacion Tributaria por Jorge Agreda Legislacion Tributaria por Jorge Agreda
Legislacion Tributaria por Jorge Agreda China Stefa
 
Sistema hechauka especificaciones-tecnicas
Sistema hechauka   especificaciones-tecnicasSistema hechauka   especificaciones-tecnicas
Sistema hechauka especificaciones-tecnicasSesInformatica
 
Comprobantes+de+pago+e+Infracciones+Julio+2014.pdf
Comprobantes+de+pago+e+Infracciones+Julio+2014.pdfComprobantes+de+pago+e+Infracciones+Julio+2014.pdf
Comprobantes+de+pago+e+Infracciones+Julio+2014.pdfJulioJoseMarinoNovoa1
 
Documento fuente JA JG.pdf
Documento fuente  JA JG.pdfDocumento fuente  JA JG.pdf
Documento fuente JA JG.pdfmishucastillo
 
Proyecto de computacion miguel cubas hurtado
Proyecto de computacion miguel cubas hurtadoProyecto de computacion miguel cubas hurtado
Proyecto de computacion miguel cubas hurtadojonathancubas21
 
Comprobantes+de+pago+e+infracciones
Comprobantes+de+pago+e+infraccionesComprobantes+de+pago+e+infracciones
Comprobantes+de+pago+e+infraccionesGrover Oscco Mamani
 
Comprobantes de venta2010
Comprobantes de venta2010Comprobantes de venta2010
Comprobantes de venta2010monitaeche
 
Registro de compras y ventas
Registro de compras y ventasRegistro de compras y ventas
Registro de compras y ventasgustavo choque
 
Ponencia prov. n° 00071 normas emisión facturas
Ponencia prov. n° 00071 normas emisión facturasPonencia prov. n° 00071 normas emisión facturas
Ponencia prov. n° 00071 normas emisión facturascarloscontador
 
Separata procesos contables_2011-2
Separata procesos contables_2011-2Separata procesos contables_2011-2
Separata procesos contables_2011-2Daniel Tineo
 
Documentos mercantiles angela celis alcaino
Documentos mercantiles angela celis alcainoDocumentos mercantiles angela celis alcaino
Documentos mercantiles angela celis alcainoAngelito Celis
 
Comprobantes de pago para superar contingencias
Comprobantes de pago para superar contingenciasComprobantes de pago para superar contingencias
Comprobantes de pago para superar contingenciasLuciana Lucia Moran Perez
 

Similar a actualizacion de facturación.pptx (20)

Unidad factura
Unidad facturaUnidad factura
Unidad factura
 
ruc y reg
ruc y regruc y reg
ruc y reg
 
Implementación de impresoras fiscales
Implementación de impresoras fiscalesImplementación de impresoras fiscales
Implementación de impresoras fiscales
 
registrodecomprasyventasistp-151018192241-lva1-app6892 (1).pptx
registrodecomprasyventasistp-151018192241-lva1-app6892 (1).pptxregistrodecomprasyventasistp-151018192241-lva1-app6892 (1).pptx
registrodecomprasyventasistp-151018192241-lva1-app6892 (1).pptx
 
Registro de compras y ventas istp.santiago antunez de mayolo iiacontabilidad
Registro de compras y ventas istp.santiago antunez de mayolo iiacontabilidadRegistro de compras y ventas istp.santiago antunez de mayolo iiacontabilidad
Registro de compras y ventas istp.santiago antunez de mayolo iiacontabilidad
 
120 2014
120 2014120 2014
120 2014
 
Legislacion Tributaria por Jorge Agreda
Legislacion Tributaria por Jorge Agreda Legislacion Tributaria por Jorge Agreda
Legislacion Tributaria por Jorge Agreda
 
Sistema hechauka especificaciones-tecnicas
Sistema hechauka   especificaciones-tecnicasSistema hechauka   especificaciones-tecnicas
Sistema hechauka especificaciones-tecnicas
 
Comprobantes+de+pago+e+Infracciones+Julio+2014.pdf
Comprobantes+de+pago+e+Infracciones+Julio+2014.pdfComprobantes+de+pago+e+Infracciones+Julio+2014.pdf
Comprobantes+de+pago+e+Infracciones+Julio+2014.pdf
 
Documento fuente JA JG.pdf
Documento fuente  JA JG.pdfDocumento fuente  JA JG.pdf
Documento fuente JA JG.pdf
 
Proyecto de computacion miguel cubas hurtado
Proyecto de computacion miguel cubas hurtadoProyecto de computacion miguel cubas hurtado
Proyecto de computacion miguel cubas hurtado
 
Comprobantes+de+pago+e+infracciones
Comprobantes+de+pago+e+infraccionesComprobantes+de+pago+e+infracciones
Comprobantes+de+pago+e+infracciones
 
Comprobantes de venta2010
Comprobantes de venta2010Comprobantes de venta2010
Comprobantes de venta2010
 
Registro de compras y ventas
Registro de compras y ventasRegistro de compras y ventas
Registro de compras y ventas
 
Ponencia prov. n° 00071 normas emisión facturas
Ponencia prov. n° 00071 normas emisión facturasPonencia prov. n° 00071 normas emisión facturas
Ponencia prov. n° 00071 normas emisión facturas
 
610 PROFESIONALES.pdf
610 PROFESIONALES.pdf610 PROFESIONALES.pdf
610 PROFESIONALES.pdf
 
Separata procesos contables_2011-2
Separata procesos contables_2011-2Separata procesos contables_2011-2
Separata procesos contables_2011-2
 
Comprobantes Fiscales
Comprobantes FiscalesComprobantes Fiscales
Comprobantes Fiscales
 
Documentos mercantiles angela celis alcaino
Documentos mercantiles angela celis alcainoDocumentos mercantiles angela celis alcaino
Documentos mercantiles angela celis alcaino
 
Comprobantes de pago para superar contingencias
Comprobantes de pago para superar contingenciasComprobantes de pago para superar contingencias
Comprobantes de pago para superar contingencias
 

Último

TEMA 6.- MAXIMIZACION DE LA CONDUCTA DEL PRODUCTOR.pptx
TEMA 6.- MAXIMIZACION DE LA CONDUCTA DEL PRODUCTOR.pptxTEMA 6.- MAXIMIZACION DE LA CONDUCTA DEL PRODUCTOR.pptx
TEMA 6.- MAXIMIZACION DE LA CONDUCTA DEL PRODUCTOR.pptxFrancoSGonzales
 
EVALUACIÓN PARCIAL de seminario de .pdf
EVALUACIÓN PARCIAL de seminario de  .pdfEVALUACIÓN PARCIAL de seminario de  .pdf
EVALUACIÓN PARCIAL de seminario de .pdfDIEGOSEBASTIANCAHUAN
 
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsx
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsxINFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsx
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsxCORPORACIONJURIDICA
 
Ejemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociaciónEjemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociaciónlicmarinaglez
 
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-ComunicacionesIMSA
 
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfinformacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfPriscilaBermello
 
instrumentos de mercados financieros para estudiantes
instrumentos de mercados financieros  para estudiantesinstrumentos de mercados financieros  para estudiantes
instrumentos de mercados financieros para estudiantessuperamigo2014
 
Contabilidad universitaria Septima edición de MCGrawsHill
Contabilidad universitaria Septima edición de MCGrawsHillContabilidad universitaria Septima edición de MCGrawsHill
Contabilidad universitaria Septima edición de MCGrawsHilldanilojaviersantiago
 
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docx
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docxPLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docx
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docxwilliamzaveltab
 
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdf
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdfcuadro sinoptico tipos de organizaci.pdf
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdfjesuseleazarcenuh
 
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptx
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptxAUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptx
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptxMatiasGodoy33
 
MARKETING SENSORIAL CONTENIDO, KARLA JANETH
MARKETING SENSORIAL CONTENIDO, KARLA JANETHMARKETING SENSORIAL CONTENIDO, KARLA JANETH
MARKETING SENSORIAL CONTENIDO, KARLA JANETHkarlinda198328
 
Presentación de la empresa polar, estados financieros
Presentación de la empresa polar, estados financierosPresentación de la empresa polar, estados financieros
Presentación de la empresa polar, estados financierosmadaloga01
 
PPT DIAGNOSTICO DAFO Y CAME MEGAPUERTO CHANCAY
PPT DIAGNOSTICO DAFO Y CAME MEGAPUERTO CHANCAYPPT DIAGNOSTICO DAFO Y CAME MEGAPUERTO CHANCAY
PPT DIAGNOSTICO DAFO Y CAME MEGAPUERTO CHANCAYCarlosAlbertoVillafu3
 
gua de docente para el curso de finanzas
gua de docente para el curso de finanzasgua de docente para el curso de finanzas
gua de docente para el curso de finanzassuperamigo2014
 
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdfClima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdfConstructiva
 
TEMA N° 3.2 DISENO DE ESTRATEGIA y ANALISIS FODA
TEMA N° 3.2 DISENO DE ESTRATEGIA y ANALISIS FODATEMA N° 3.2 DISENO DE ESTRATEGIA y ANALISIS FODA
TEMA N° 3.2 DISENO DE ESTRATEGIA y ANALISIS FODACarmeloPrez1
 
1.- PLANIFICACIÓN PRELIMINAR DE AUDITORÍA.pptx
1.- PLANIFICACIÓN PRELIMINAR DE AUDITORÍA.pptx1.- PLANIFICACIÓN PRELIMINAR DE AUDITORÍA.pptx
1.- PLANIFICACIÓN PRELIMINAR DE AUDITORÍA.pptxCarlosQuionez42
 
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptx
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptxEGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptx
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptxDr. Edwin Hernandez
 
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdf
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdfDELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdf
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdfJaquelinRamos6
 

Último (20)

TEMA 6.- MAXIMIZACION DE LA CONDUCTA DEL PRODUCTOR.pptx
TEMA 6.- MAXIMIZACION DE LA CONDUCTA DEL PRODUCTOR.pptxTEMA 6.- MAXIMIZACION DE LA CONDUCTA DEL PRODUCTOR.pptx
TEMA 6.- MAXIMIZACION DE LA CONDUCTA DEL PRODUCTOR.pptx
 
EVALUACIÓN PARCIAL de seminario de .pdf
EVALUACIÓN PARCIAL de seminario de  .pdfEVALUACIÓN PARCIAL de seminario de  .pdf
EVALUACIÓN PARCIAL de seminario de .pdf
 
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsx
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsxINFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsx
INFORMATIVO CIRCULAR FISCAL - RENTA 2023.ppsx
 
Ejemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociaciónEjemplo Caso: El Juego de la negociación
Ejemplo Caso: El Juego de la negociación
 
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
 
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdfinformacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
informacion-finanTFHHETHAETHciera-2022.pdf
 
instrumentos de mercados financieros para estudiantes
instrumentos de mercados financieros  para estudiantesinstrumentos de mercados financieros  para estudiantes
instrumentos de mercados financieros para estudiantes
 
Contabilidad universitaria Septima edición de MCGrawsHill
Contabilidad universitaria Septima edición de MCGrawsHillContabilidad universitaria Septima edición de MCGrawsHill
Contabilidad universitaria Septima edición de MCGrawsHill
 
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docx
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docxPLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docx
PLAN LECTOR JOSÉ MARÍA ARGUEDAS (1).docx
 
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdf
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdfcuadro sinoptico tipos de organizaci.pdf
cuadro sinoptico tipos de organizaci.pdf
 
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptx
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptxAUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptx
AUDITORIAS en enfermeria hospitalaria .pptx
 
MARKETING SENSORIAL CONTENIDO, KARLA JANETH
MARKETING SENSORIAL CONTENIDO, KARLA JANETHMARKETING SENSORIAL CONTENIDO, KARLA JANETH
MARKETING SENSORIAL CONTENIDO, KARLA JANETH
 
Presentación de la empresa polar, estados financieros
Presentación de la empresa polar, estados financierosPresentación de la empresa polar, estados financieros
Presentación de la empresa polar, estados financieros
 
PPT DIAGNOSTICO DAFO Y CAME MEGAPUERTO CHANCAY
PPT DIAGNOSTICO DAFO Y CAME MEGAPUERTO CHANCAYPPT DIAGNOSTICO DAFO Y CAME MEGAPUERTO CHANCAY
PPT DIAGNOSTICO DAFO Y CAME MEGAPUERTO CHANCAY
 
gua de docente para el curso de finanzas
gua de docente para el curso de finanzasgua de docente para el curso de finanzas
gua de docente para el curso de finanzas
 
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdfClima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
Clima-laboral-estrategias-de-medicion-e-book-1.pdf
 
TEMA N° 3.2 DISENO DE ESTRATEGIA y ANALISIS FODA
TEMA N° 3.2 DISENO DE ESTRATEGIA y ANALISIS FODATEMA N° 3.2 DISENO DE ESTRATEGIA y ANALISIS FODA
TEMA N° 3.2 DISENO DE ESTRATEGIA y ANALISIS FODA
 
1.- PLANIFICACIÓN PRELIMINAR DE AUDITORÍA.pptx
1.- PLANIFICACIÓN PRELIMINAR DE AUDITORÍA.pptx1.- PLANIFICACIÓN PRELIMINAR DE AUDITORÍA.pptx
1.- PLANIFICACIÓN PRELIMINAR DE AUDITORÍA.pptx
 
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptx
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptxEGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptx
EGLA CORP - Honduras Abril 27 , 2024.pptx
 
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdf
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdfDELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdf
DELITOS CONTRA LA GESTION PUBLICA PPT.pdf
 

actualizacion de facturación.pptx

  • 1. ACTUALIZACIÓN EN MATERIA DE FACTURACIÓN ENERO, 2014
  • 2. NORMAS GENERALES DE EMISIÓN DE FACTURAS Y OTROS DOCUMENTOS Gaceta Oficial N° 39.795 de fecha 8 de noviembre de 2011
  • 3. Personas Jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica ÁMBITO DE APLICACIÓN (ART. 2) Personas Naturales con ingresos anuales = o < a 1.500 UT, contribuyentes ordinarios de IVA Personas Naturales con ingresos anuales > a 1.500 UT Personas Naturales con ingresos anuales < a 1.500 UT, no contribuyentes de IVA cuando la factura sea empleada en el ISLR.
  • 4. EXCLUSIONES (Art. 3) Ventas de Inmuebles Instituciones Financieras Bolsas de Valores y Agrícolas Bajo relación de dependencia Transporte Público Nacional Medico-asistenciales y odontológicos, HC Entes Públicos Servicios Educativos Entes Públicos Servicios Hospedaje, Alimentación y Accesorios Parques, museos, etc exentos ISLR Entes creados para Administrar tributos Importaciones no definitivas de bienes muebles
  • 5. Formato elaborado por Imprenta Autorizada: Medio de emisión que debe contener desde la imprenta los requisitos mínimos establecidos en el artículo 29. (La Imprenta deberá colocar todos los datos, salvo los relativos al cliente y la operación) DEFINICIONES DE LOS MEDIOS DE EMISION: (Art. 7) Forma Libre elaborada por imprenta autorizada: Medio de emisión que debe contener desde la imprenta los requisitos mínimos establecidos en el artículo 30. (En ningún caso la Imprenta deberá colocar la denominación, ni el número de documento) Sistema Computarizado o Automatizado: Herramienta tecnológica informática que permite imprimir la información fiscal, en formas libres.
  • 6. N° Control FACTURA Manual, Mecánico Sist. Automatizado Sistemas Automatizado Medio de Facturación Medio de Llenado Forma Libre ¿ CÓMO SE PUEDE FACTURAR ? Datos de la Imprenta Números de Control Datos de la Imprenta Números de Control
  • 7. REQUISITOS CONCURRENTES PARA LA OBLIGATORIEDAD DEL USO DE MÁQUINAS FISCALES MAYOR NÚMERO DE OPERACIONES CON SUJETOS QUE “NO” EMPLEAN LA FACTURA A EFECTOS TRIBUTARIOS 1.500 U.T. N° 1 Realice alguna de la siguientes actividades N° 2 N° 3 ARTÍCULO 8
  • 8. REQUISITOS DE LAS FACTURAS Y DEMÁS DOCUMENTOS
  • 9. Datos relativos a la IDENTIFICACIÓN DEL DOCUMENTO Y EMISOR Título: FACTURA - ( Contribuyente Formal ) - (No Sujeto ) - EXPORTACIÓN Número de Factura Número de Control Fecha de Emisión Identificación completa del emisor Identificación del comprador Datos relativos a la OPERACIÓN Descripción de la operación Monto total de la Base Imponible, discriminada según alícuota, indicando porcentaje aplicable y total del monto exento o exonerado Monto total del IVA, discriminado según la alícuota indicando el porcentaje aplicable Monto total de la factura Datos relativos a la IMPRENTA Identificación completa y datos de autorización de la Imprenta Fecha de elaboración de los documentos elaborados Números de control asignados REQUISITOS DE LAS FACTURAS
  • 10. Conformación del Número de Control  Es un número único y consecutivo para cada contribuyente emisor que deben asignar las imprentas autorizadas al elaborar formatos y formas libres  Secuencial numérico de hasta 8 dígitos, lo cual unido al identificador, permite generar 10.000 millones de facturas.  Identificador de dos ( 2 ) dígitos numérico … se inicia con el “00” … hasta llegar al “99” 00 99999999
  • 11.
  • 12. Factura Máquina Fiscal MATA DE COCO, S.A. AV. BLANDIN CHACAO. CARACAS. RIF: J-00000001-1 21/04/13 12:30AM FACTURA N°:000000001 TINTA 3X 810 Bs. 39,00 CARNE Bs. 18,00 BI AG (12%) Bs. 39,00 BI AR (8%) Bs. 18,00 IVA G (12%) Bs. 4,68 IVA R (8%) Bs. 1,44 ________________________ TOTAL Bs. 63,12 XYZ1234567 NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DOMICILIO FISCAL NÚMERO DE REGISTRO DEL CONTRIBUYENTE FECHA Y HORA DE EMISIÓN DEL COMPROBANTE IMPORTE PARCIAL NÚMERO CONSECUTIVO DE LA FACTURA NÚMERO DE REGISTRO DE LA MÁQUINA LOGOTIPO FISCAL SENIAT IMPUESTO A PAGAR MONTO TOTAL A PAGAR TOTAL BASE IMPONIBLE
  • 13.  Nombre completo o razón social del emisor. FACTURA EMITIDA EN EL EXTRANJERO  Fecha de emisión y monto total de la operación.  Descripción, cantidad o monto de la operación.  Nombre completo o razón social y RIF del adquirente o receptor. Traducción al castellano a requerimiento del SENIAT (Art. 18)
  • 14. Modelo de Nota de Entrega o Guía de Despacho Contribuyentes Ordinarios, Formales y No Sujetos
  • 15. Nota de Débito Cumplir los requisitos previstos en los artículos 13 o 15, con exclusión de la identificación del documento. Factura x x x x Nota de Crédito Factura x x x x Cuando la Notas se emitan en “formato manual” o “forma libre”: Cumplir con los requisitos previstos en los artículos 14 o 16. Datos del comprador si se encuentran en la factura y el número de registro de la máquina. Cuando la Notas se emitan a través de “máquinas fiscales”: •Fecha •Nro.Factura •Monto •Fecha •Nro.Factura •Monto NOTAS DE DÉBITO Y CRÉDITO
  • 16. o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o Punto A Punto B Punto C Formato Manual Sistema Descentralizado de Facturación Varias Áreas ( Puntos ) de Facturación Punto A Punto B Punto C EMISION DE FACTURA Y DOCUMENTOS EN “SERIE” o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o Forma Libre o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o Varias Áreas ( Puntos ) de Facturación Posibilidad de fraccionarlas y distribuirlas (Art. 27)
  • 17. No Utilización simultánea de más de un medio de facturación (Sólo Maquinas Fiscales) Art. 11 Excepciones: No sea capaz de imprimir la identificación y el RIF del comprador, cuando se requiera. Se encuentren averiadas o inoperantes. No sea capaz de emitir notas de débito y notas de crédito. El usuario realice operaciones por cuenta de terceros El usuario realice operaciones de exportación El usuario realice ventas fuera del establecimiento (ruteros, vendedores a domicilio, representantes de ventas y otros) Se deba emitir más de una copia, por solicitud del comprador. Máquinas Fiscales Se permite el empleo de formatos para la emisión de la factura
  • 18. N° de Control N° de R.I.F. del emisor Razón Social y N° de RIF de la imprenta autorizada N° y Fecha de la P.A. de autorización Rango de los números de control asignados La fecha de elaboración de los documentos Disposiciones comunes (Art. 31): Se prohíbe a las imprentas identificar el tipo de documento impreso y el número del documento
  • 19. Restricciones: Disposiciones Comunes 8 cm Art. 33 No pueden colocarse datos relativos a la operación en el reverso de la factura. Sólo pueden reflejarse en el reverso: - Datos del emisor - Datos de la Imprenta - Nro y Fecha de Autorización - Nros de Control - Fechas de elaboración hoja Formatos de facturas y documentos. Formas Libres. Pueden ser diseñadas según las necesidades del cliente. (Art. 34)
  • 20. Flexibilidades: Disposiciones Comunes Tendrá valor probatorio las certificaciones de las copias en caso de pérdida del original por causa no imputable al receptor. (Art. 43) (Aplicable a Facturas Máquinas Fiscales) Las facturas y otros documentos elaborados por imprentas que sean revocadas, pueden ser empleadas hasta su agotamiento (Art. 39) En caso de cambio de identificación o domicilio, pueden utilizarse sólo por 30 días o hasta agotar la existencia, lo que ocurra primero. (Art. 38)
  • 21. Restricciones: DISPOSICIONES COMUNES (Art. 40) Los documentos no utilizados deberán ser destruidos con autorización de la Gerencia Regional de Tributos Internos del domicilio : No pueden tener tachaduras ni enmendaduras, salvo disposición del SENIAT. (Art. 40) Los datos deben ser legibles y permanecer sin alteraciones hasta por 6 años desde su emisión. (Art. 41) Dañados. Cambio de identificación o domicilio del emisor. Disposición del SENIAT. Los originales anulados deben conservarse con las copias. (Aplicable a Facturas Máquinas Fiscales) La solicitud de formatos y formas libres a las Imprentas debe ser por escrito indicando Nros. de Control y Nros. de Documentos (Iniciales y Finales). (Art. 43) Formatos de facturas y documentos. Formas Libres. Dentro de los 15 días después de detectarse el daño o x disposición del SENIAT Dentro de los 15 días posteriores al lapso de treinta (30) días establecidos en el art. 38
  • 22. DISPOSICIONES COMUNES No emisión de copias (Art. 37) 5.000 o más facturas al mes Imagen digital de cada documento original. Se registren las operaciones en el libro de venta, adicionando el número de control de las formas libres utilizadas. Se transmitan mensualmente las operaciones efectuadas. Conservación en medios electrónicos o magnéticos que impidan la alteración de datos y protegida contra virus
  • 23. FACTURACION EN RESTAURANTES Gaceta Oficial N° 39.795 de fecha 8 de noviembre de 2011
  • 24. PROCESO DE FACTURACIÓN EN EL SECTOR RESTAURANTES ANTES DE LA VIGENCIA DE LA PROVIDENCIA 00071 Consumo Emisión de la cuenta Pago Emisión de la factura
  • 25. No Consumo Emisión de la factura Pago Emisión de Nota de Débito o Crédito ¿Consumo correcto? Sí Facturación según la vigente Providencia 00071
  • 26. LA FACTURA ES EL ÚNICO DOCUMENTO PERMITIDO PARA INFORMAR LOS MONTOS DE LAS OPERACIONES EFECTUADAS SENIAT Restaurant XXX, C.A. RIF: J-00000000-0 Domicilio Fiscal FACTURA 20/05/2012 10:00 am. Factura Nº: 00012842 Descripción Cantidad Monto Sopa 2 60,00 Pabellón 2 100,00 Jugos 2 20,00 Agua Mineral 1 10,00 Quesillo 2 30,00 Café 2 16,00 Base Imp. Alíc. General 236,00 Servicio 10% 23,60 IVA 12% 28,32 TOTAL 287,92
  • 27. La forma de pago NO es un requisito de las facturas, cualquiera sea el medio de emisión utilizado Si el receptor del servicio no requiere la factura “personalizada”, NO es necesario exigirle su nombre, apellido, cédula, ni domicilio
  • 28. “Artículo 48: Durante la realización de sus operaciones comerciales, el usuario de la Máquina Fiscal, debe abstenerse de utilizar y tener dentro del local, otro tipo de impresora no integrado a la Máquina Fiscal, para la totalización de las operaciones de ventas o prestaciones de servicios”. PROHIBICIÓN DE EMPLEAR OTRA IMPRESORA NO INTEGRADA A LA MÁQUINA FISCAL
  • 29. “Artículo 49: Queda expresamente prohibida a los sujetos prestadores de servicios obligados al uso de máquinas fiscales, señalados en el artículo 8 de la presente Providencia Administrativa, la emisión de cualquier otro tipo de documento distinto a facturas, que sean utilizados para informar el monto parcial o total de las operaciones efectuadas, tales como: estados de cuenta, reportes gerenciales, notas de consumo, estados demostrativos y sus similares, aún cuando el medio de emisión lo permita”. PROHIBICIÓN DE EMISIÓN DE DOCUMENTOS DISTINTOS A LA FACTURA
  • 30. - Dictamen SNAT/GGSJ/GDA/DDT/2012/0158-0322 DCR- 5-66581 de fecha 07/02/2012 Intendencia Nacional de Tributos Internos - Dictamen SNAT/GGSJ/GDA/DDT/2012/1581 DCR-5- 66501 de fecha 02/04/2012 Cámara Nacional de Restaurantes INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 48 Y 49 DE LA PROVIDENCIA 00071
  • 31. “Artículo 8: Son derechos de las personas 3.- La información SUFICIENTE, OPORTUNA, CLARA Y VERAZ sobre los bienes y servicios, puestos a su disposición … con especificaciones de precios …”. “Artículo 44: La proveedora o el proveedor de bienes y la prestadora o el prestador de servicios están obligados a entregar facturas que documenten la venta o la prestación del servicio… Toda factura emitida por las proveedoras o proveedores de bienes o prestadores de servicios deben acogerse a las leyes especiales que rigen la materia”. APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 49 EN EL MARCO DE LA LEY PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS
  • 32. “Artículo 3: Los operadores de los establecimientos de alimentos y bebidas, deberán exhibir en un lugar visible y de fácil localización, tanto en su entrada como dentro del establecimiento la lista de precios de los productos y servicios que se ofrecen con su respectiva discriminación del Impuesto al Valor Agregado, de igual manera deberán ser notificadas los referidos precios al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios…”. RESOLUCIÓN CONJUNTA (MINISTERIOS DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO, ALIMENTACIÓN, SALUD, INDUSTRIAS Y TURISMO) Gaceta Oficial Nº 39.922 del 15 de mayo de 2012
  • 33. No obstante, si por la naturaleza del servicio prestado o por exigencias del receptor del servicio se requiere información sobre el detalle del consumo, se podrán emitir EXCEPCIONALMENTE documentos en los cuales se reflejen los conceptos de los consumos realizados, siempre que éstos NO señalen montos totales o parciales de los servicios prestados. EMISIÓN DE ESTADOS DEMOSTRATIVOS DE CONSUMO POR PARTE DE LOS PRESTADORES DE LOS SERVICIOS INDICADOS EN EL ARTÍCULO 8 La factura es el documento idóneo para informar los conceptos del consumo y los montos de las operaciones efectuadas
  • 34. Cuando existan ajustes que DISMINUYAN los montos de la factura NOTAS DE CRÉDITO SE DEBEN EMITIR NOTAS DE DÉBITO NUEVA FACTURA Cuando se anule la factura Se debe conservar la factura original Si la Máquina Fiscal no es capaz de emitir notas de crédito o débito, se deben utilizar formatos elaborados por imprentas autorizadas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11, numeral 3, de la Providencia 00071 MODIFICACIÓN TOTAL O PARCIAL DE OPERACIONES REALIZADAS A TRAVÉS DE MÁQUINAS FISCALES Cuando existan ajustes que AUMENTEN los montos de la factura
  • 35. USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS PARA MOSTRAR AL CLIENTE EL MONTO TOTAL O PARCIAL DE LAS OPERACIONES EFECTUADAS La emisión de documentos electrónicos, a través de medios digitales, tales como computadores y tablets, para informar el monto parcial o total de las operaciones efectuadas, aún sin que exista la emisión física o en papel, constituye un incumplimiento de la prohibición establecida en el artículo 49. Dictamen SNAT/GGSJ/GDA/DDT/2012/1639-1944 DCR-5-66689 de fecha 27/04/2012
  • 36. SANCIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL ART. 49 DE LA PROVIDENCIA 00071 La emisión de documentos previos a la factura que indiquen montos totales o parciales, constituye un ilícito formal sancionado de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Tributario
  • 37. FACTURACION EN HOTELES Gaceta Oficial N° 39.795 de fecha 8 de noviembre de 2011
  • 39. ¿SE PUEDEN REFLEJAR LAS PROPINAS EN LAS NOTAS DE CONSUMO? SÍ: las propinas que reciben los mesoneros por parte de los clientes, podrán estar reflejadas en los documentos que utilice el hotel para informar al huésped sus consumos, toda vez que no se trata del precio total o parcial de la operación efectuada, sino de una cantidad que asigna el cliente para que sea entregada al mesonero correspondiente. Dictamen SNAT/GGSJ/GDA/DDT/2012/2303-2744 DCR-5-67288 de fecha 14/06/2012
  • 40. Si ocurre alguna de las circunstancias excepcionales establecidas en el artículo 11, se deben emplear formatos elaborados por imprentas autorizadas. ¿QUÉ MEDIO DE EMISIÓN SE DEBE UTILIZAR SI LA MÁQUINA FISCAL SE DAÑA, OCURREN FALLAS ELÉCTRICAS O ALGÚN OTRO IMPREVISTO?
  • 41. La máquina fiscal: • NO sea capaz de imprimir el nombre o razón social y el RIF del comprador. • Se encuentre averiada o inoperante. • NO sea capaz de emitir notas de débito o crédito. CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES EN LAS CUALES SE DEBEN UTILIZAR FORMATOS
  • 42. Se realicen: • Operaciones por cuenta de terceros. • Ventas a través de vendedores a domicilio y otros similares. • Operaciones donde deba emitir más de una copia de la factura, por exigencias de normas legales o reglamentarias, así como por solicitud de los órganos y entes públicos. CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES EN LAS CUALES SE DEBEN UTILIZAR FORMATOS
  • 43. ESCENARIOS DE FACTURACIÓN PARA LOS SUJETOS DEDICADOS A LA PRESTACIÓN DE ALOJAMIENTO, HOSPEDAJE Y SERVICIOS CONEXOS
  • 44. SERVICIOS ADICIONALES AL HOSPEDAJE PRESTADOS BAJO LA MISMA RAZÓN SOCIAL DEL HOTEL (CON cargo a la habitación) (1) Prestación del Servicio (2) Notas de consumo sin montos totales ni parciales (3) Emisión de FACTURA
  • 45. FACTURACIÓN POR CUENTA DE TERCEROS Cuando el usuario obligado a utilizar exclusivamente máquinas fiscales realice operaciones por cuenta de terceros, debe utilizar formatos elaborados por imprentas autorizadas, los cuales deben cumplir con los requisitos, establecidos en el artículo 32: 1. Nombre o razón social y número de RIF del tercero. 2. Descripción de la operación, indicando cantidad y monto. 3. Base imponible, discriminada por alícuota. 4. Monto total del IVA, discriminado según la alícuota. 5. Valor total de la operación. 6. Si la operación se expresó en divisas, indicar el equivalente en moneda nacional.
  • 46. SERVICIOS CONEXOS A HOSPEDAJE PRESTADOS POR PERSONAS DISTINTAS AL HOTEL (CON cargo a la habitación) (1) Prestación del Servicio (2) Notas de consumo sin montos totales ni parciales (3) Emisión de FACTURA POR CUENTA DE TERCEROS Factura emitida por cuenta de terceros
  • 47. (1) Prestación del Servicio (2) Emisión de la FACTURA SERVICIOS ADICIONALES AL HOSPEDAJE PRESTADOS TANTO POR EL HOTEL COMO POR OTROS SUJETOS (SIN cargo a la habitación)
  • 48. FACTURACION EN CONCESIONARIOS Gaceta Oficial N° 39.795 de fecha 8 de noviembre de 2011
  • 49. EXCLUSIÓN DE LA OBLIGATORIEDAD DEL USO DE MÁQUINAS FISCALES PARA LOS CONCESIONARIOS ARTÍCULO 8 Nº 3 Literal “C” + + = Servicios de Reparación y Mantenimiento Venta de Repuestos
  • 50. Si el contribuyente realiza otra de las actividades señaladas en el numeral 3 del artículo 8, SÍ califica como sujeto obligado a usar máquinas fiscales para emitir las facturas y otros documentos de todas sus operaciones. CONCESIONARIOS OBLIGADOS AL USO EXCLUSIVO DE MÁQUINAS FISCALES
  • 51. INTERROGANTES PLANTEADAS POR LOS CONCESIONARIOS DE VEHÍCULOS AL SENIAT
  • 52. VENTA DE VEHÍCULOS EN CONSIGNACIÓN CUANDO EL CONSIGNANTE ES UNA PERSONA NATURAL CONTRIBUYENTE ORDINARIO Primer Supuesto: Si el comitente (consignante) tiene como actividad habitual la venta de vehículos, es decir, esta forma parte de su giro, objeto u ocupación, SÍ califica como contribuyente ordinario del IVA. Por lo cual hay un hecho imponible del IVA y el consignatario es responsable solidario del impuesto generado en la operación de venta, según lo establecido en el artículo 10 de la Ley del IVA.
  • 53. Proceso de Facturación en el Primer Supuesto EL CONCESIONARIO DE VEHÍCULO DEBE EMITIR DOS FACTURAS Factura emitida al comprador del vehículo, por cuenta del consignante (Art. 32 de la Providencia 00071) Factura emitida al consignante por el servicio de intermediación (Art. 4 del Reglamento General IVA)
  • 54. VENTA DE VEHÍCULOS EN CONSIGNACIÓN CUANDO EL CONSIGNANTE ES UNA PERSONA NATURAL QUE “NO” ES CONTRIBUYENTE ORDINARIO Segundo Supuesto: Si la venta de vehículos NO es la actividad habitual del consignante, y además este tampoco realiza hechos imponibles del IVA, NO califica como contribuyente ordinario, por lo tanto es una operación no sujeta. No obstante, por tratarse de una operación con trascendencia tributaria para las partes intervinientes, el concesionario debe emitir facturas conforme a lo establecido en la Providencia Administrativa N° 00071.
  • 55. OBLIGACIÓN DE EMITIR FACTURAS POR OPERACIONES CON TRASCENDENCIA TRIBUTARIA EN MATERIA DE IVA E ISLR Artículo 91 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta: “… sólo se aceptarán estos comprobantes como prueba de haberse efectuado el desembolso, cuando aparezca en ellos el número de Registro de Información Fiscal del emisor y sean emitidos de acuerdo a la normativa sobre facturación establecida por la Administración Tributaria”.
  • 56. Proceso de Facturación en el Segundo Supuesto Factura emitida al comprador del vehículo, por cuenta del consignante (Art. 32 de la Providencia 00071) Factura emitida al consignante por el servicio de intermediación (Art. 4 del Reglamento General IVA) EL CONCESIONARIO DE VEHÍCULO DEBE EMITIR DOS FACTURAS
  • 57. ENTREGA BIEN MANDATO VENTA DE BIEN COMPRADOR CONTRIBUYENTE NO CONTRIB. FACTURA CTA. DE TERCERO CONSIGNANTE FACTURA CTA. DE TERCERO CONSIGNANTE 10.000 IVA 0 10.000 INTERMEDIACIÓN 1.000 IVA DF = 120 TOTAL 1.120 AUTO 10.000 IVA 0 DF 10.000 1.000 IVA = 120 GASTO TOTAL1.120 PRECIO 10.000 IVA 0 TOTAL 10.000 CF 0 PRECIO 10.000 IVA 0 TOTAL 10.000 CONSIGNATARIO CONSIGNANTE COSTO DEL BIEN CONSIGNANTE QUE NO ES CONTRIBUYENTE ORDINARIO
  • 58. VENTA DE VEHÍCULOS EN CONSIGNACIÓN CUANDO EL CONSIGNANTE ES UNA PERSONA NATURAL CONTRIBUYENTE ORDINARIO POR OTRAS ACTIVIDADES Tercer Supuesto: Si la venta de vehículos NO es la actividad habitual del consignante, pero este realiza hechos imponibles del IVA, SÍ califica como contribuyente ordinario y la operación está gravada con el impuesto. Por lo cual hay un hecho imponible del IVA y el consignatario es responsable solidario del impuesto generado en la operación de venta, según lo establecido en el artículo 10 de la Ley del IVA.
  • 59. EL CONCESIONARIO DE VEHÍCULO DEBE EMITIR DOS FACTURAS Proceso de Facturación en el Tercer Supuesto Factura emitida al comprador del vehículo, por cuenta del consignante (Art. 32 de la Providencia 00071) Factura emitida al consignante por el servicio de intermediación (Art. 4 del Reglamento General IVA)
  • 60. ENTREGA BIEN MANDATO VENTA DE BIEN COMPRADOR CONTRIBUYENTE NO CONTRIBUYENTE FACTURA CTA. DE TERCERO CONSIGNANTE FACTURA CTA. DE TERCERO CONSIGNANTE 10.000 IVA 1.200 11.200 INTERMEDIACIÓN 1.000 IVA DF = 120 TOTAL 1.120 AUTO 10.000 IVA 1.200 DF 11.200 1.000 IVA CF = 120 1.120 PRECIO 10.000 IVA 1.200 TOTAL 11.200 CF 1.200 PRECIO 10.000 IVA 1.200 TOTAL 11.200 CONSIGNATARIO CONSIGNANTE COSTO DEL BIEN CONSIGNANTE QUE ES CONTRIBUYENTE ORDINARIO
  • 61. OBLIGACIÓN DE LOS CONSIGNATARIOS DE EMITIR FACTURAS Los consignatarios deben emitir facturas por cuenta de terceros, en todos los casos de venta de vehículos en consignación, independientemente de la condición del consignante, de conformidad con el artículo 32 de la Providencia N° 00071. Por otra parte, también deben emitir facturas por el servicio de intermediación, en las cuales reflejen el monto de la comisión y del IVA causado, según lo establecido en el artículo 10 de la Ley del IVA.
  • 62. REQUISITOS DE LAS FACTURAS POR CUENTA DE TERCEROS Cuando el concesionario utilice medios propios para documentar ventas de vehículos en consignación, debe emitir facturas por cuenta del consignante, las cuales deben cumplir, adicional a los requisitos propios de facturación, con los requisitos establecidos en el artículo 32: 1. Nombre o razón social y número de RIF del tercero. 2. Descripción de la operación, indicando cantidad y monto. 3. Base imponible, discriminada por alícuota. 4. Monto total del IVA, discriminado según la alícuota. 5. Valor total de la operación. 6. Si la operación se expresó en divisas, indicar el equivalente en moneda nacional.
  • 63. OBLIGACIÓN DE EMITIR Y ENTREGAR COPIA CERTIFICADA DE LA FACTURA El emisor de la factura por cuenta de terceros debe entregar a los sujetos a favor de quienes se emite, una copia certificada de la copia de la factura, dentro de los cinco (5) días hábiles del mes siguiente a aquél en que se emitió.
  • 64. Artículo 4 del Reglamento General de la Ley del IVA: “… Estos intermediarios deberán emitir a los compradores facturas por cuenta de las personas a nombre de quienes actúan, incluyendo en estas el impuesto separadamente del precio e indicando que se emiten de conformidad con el artículo 10 de la Ley. Dicho impuesto deberá ser percibido por el intermediario y entregado al representado o mandante, con una copia de la factura emitida al comprador a que se refiere este párrafo. Estas operaciones serán registradas en el Libro de Ventas, en cuenta separada, con el título “Ventas por Cuenta de Terceros”. Así mismo deberán emitir factura a su representado o mandante por la prestación del servicio de intermediación, incluyendo en ésta el impuesto separadamente del precio…”. REGISTRO DE LAS FACTURAS EMITIDAS POR CUENTA DE TERCEROS, EN EL LIBRO DE VENTAS
  • 65. EMISION DE FACTURAS, BOLETOS AEREOS Y OTROS DOCUMENTOS POR LA PRESTACION DEL SERVICIO AEREO Gaceta Oficial N° 39.795 de fecha 8 de noviembre de 2011
  • 66. LINEAS AEREAS ÁMBITO DE APLICACIÓN (ART. 1) DEMAS SOCIEDADES MERCANTILES QUE MEDIEN EN LA VENTA DE BOLETOS AGENCIAS DE VIAJE Y TURISMO
  • 67. Formatos elaborados por Imprentas Autorizadas. MEDIOS DE EMISIÓN (Art. 2) Formas libres elaboradas por imprentas autorizadas. Máquinas Fiscales.
  • 68. REQUISITOS DE LAS FACTURAS, NOTAS DE DEBITO Y CREDITO 1. Datos del pasajero: a) Nombres y apellido b) N° Cédula de Identidad c) N° Pasaporte (sólo Internacional) d) Domicilio Fiscal (menores) e) Número de teléfono 2. Identificación del prestador del Servicio de Transporte 3. N° Boleto 4. Itinerario de vuelo. Fecha de salida y de llegada; hora de salida y de llegada; puntos de salida y destino 5. Modo de pago: efectivo, tarjeta de crédito o débito, cheque o transferencia bancaria.
  • 69. REQUISITOS DE LOS BOLETOS 1. Nombres y apellidos del pasajero 2. N° Cédula de Identidad o pasaporte en el caso de ser extranjero 3. Domicilio y número de teléfono. 4. N° de localizador 5. N° de vuelo 6. N° de boleto 7. Numero IATA en caso de vuelos internacionales 8. Fecha de emisión del boleto 9. Lugar de emisión del boleto 10.Fecha de salida y de retorno 11.Itinerario de vuelo. Fecha de salida y de llegada; hora de salida y de llegada; puntos de salida y destino
  • 70. ACTIVIDADES OBLIGADAS AL USO DE MÁQUINAS FISCALES Venta de alimentos, bebidas, cigarrillos y demás manufacturas de tabaco, golosinas, confiterías, bombonerías y otros similares Venta de productos de limpieza de uso doméstico e industrial. Ventas de partes, piezas, accesorios, lubricantes, refrigerantes y productos de limpieza de vehículos automotores, así como el servicio Venta de relojes y artículos de joyería, así como su reparación y servicio técnico. Venta de artículos de perfumería, cosméticos y de tocador. Servicio de fotocopiado, impresión, encuadernación y revelado fotográfico. Juguetes para niños y adultos, muñecos que representan personas o criaturas, modelos a escalas, sus accesorios, así como la venta o alquiler de películas y juegos. Venta de artículos de cuero, textiles, calzados, prendas de vestir, accesorios para prendas de vestir, maletas, bolsos de manos, accesorios de viaje y artículos similares, y sus servicios de reparación. Venta de flores, plantas, semillas, abonos, así como los servicios de floristería. Servicio de comida y bebidas para su consumo dentro o fuera de establecimientos tales como: restaurantes, bares, cantinas, cafés o similares. Venta de productos farmacéuticos, medicinales, nutricionales, ortopédicos, lentes y sus accesorios Venta de equipos de computación, sus partes, piezas, accesorios y consumibles, así como la venta de equipos de impresión y fotocopiado, sus partes, piezas y accesorios Servicios de belleza, estética y acondicionamiento físico, tales como peluquerías, barberías, gimnasios, centro de masajes corporales y servicios conexos. Servicio de lavado y pulitura de vehículos automotores. Servicio de estacionamiento de vehículos automotores. Venta de materiales de construcción, artículos de ferretería, herramientas, equipos y materiales de fontanería, plomería y aire acondicionado, venta de pinturas, barnices y lacas, objetos de vidrio, vidrios y el servicio de instalación, cuando corresponda.
  • 71. ARTÍCULO 8: NUEVAS ACTIVIDADES Se incluyen las siguientes actividades económicas en el uso obligatorio de máquinas fiscales: • Literal “d”: Repuestos, partes y piezas de aires acondicionados. • Literal “h”: Sustitución de “bolsos de manos” por “bolsos y carteras”, e inclusión de “artículos deportivos”. En el literal “j” se agregó expresamente a las PANADERÍAS, aunque estas ya estaban incluidas tácitamente en el literal “a”
  • 72. Se añaden las siguientes actividades económicas en el uso obligatorio de máquinas fiscales: • Literal “q”: Alojamiento y hospedaje. • Literal “r”: Alquiler de cajas de correo o apartados postales. • Literal “s”: Electrodomésticos o sus accesorios y repuestos. • Literal “t”: Libros, papelerías y artículos de oficina. • Literal “u”: Muebles para el hogar y oficina. ARTÍCULO 8: NUEVAS ACTIVIDADES
  • 73. Providencia 0592 Normas Relativas a Imprentas y Máquinas Fiscales para la elaboración de facturas y otros documentos
  • 74. • Imprentas: Sociedad Mercantil o Cooperativa cuya actividad principal sea la elaboración de facturas y demás documentos. Procedimiento Autorizatorio Imprentas (Arts. 3 y 4) Presentar Solicitud 4 Anexos ADUANA División Fiscalización 30 días para autorizar o negar la Autorización 4 - Relación de inventario de maquinaria y equipos, descripción de los equipos tecnológicos 1 – Acta Constitutiva 2 – Documento (notariado o registrado) que acredite propiedad o arrendamiento del inmueble 3 – Licencia de actividad económica, expedida por la Alcaldía, 2< 5 - Declaración jurada de no estar incurso en causales de inhabilitación. 6 - Descripción de equipos informáticos. 7 - Dirección de correo electrónico. - En caso de no consignar algún recaudo se notificará al solicitante otorgándole 10 días hábiles (Art. 154 C.O.T.)
  • 75. Procedimiento con el uso de la aplicación informática SOLICITAN TE Ingresa usuario y clave Menú imprentas Solicitar autorización
  • 76. 1 - Alguno de los socios, directores, gerentes o administradores ... • Sea socio director, gerente o administrador de una imprenta revocada. 2 - La Imprenta solicitante se encuentre omisa en la presentación de declaraciones de los tributos a los que se encuentre sujeta. 3 - Se incumpla los requisitos exigidos en la solicitud. • Sea cónyuge o pariente del primer grado de consaguinidad o afinidad de directivos del SENIAT • Sea empleado público  • Haya sido condenado mediante sentencia firme por delitos contra el patrimonio público   MOTIVOS DE NEGATIVA DE AUTORIZACIÓN IMPRENTAS (Art. 5)
  • 77. 2. Se hubieren elaborado documentos incumpliendo las disposiciones de la 0591 1. Se hubieren presentado documentos o información falsa 4. No informar sobre la totalidad de los documentos elaborados a sus clientes durante 2 periodos o más en el lapso de un año 3. Se hubieren elaborado 2 o más originales para un mismo documento y para el mismo emisor 7. No se hubieren presentado dos 2 o más declaraciones consecutivas o no de los tributos, dentro del lapso de prescripción. 5. Algunos de los socios directores, gerentes o administradores estén incurso en algunas de las causales de inhabilitación 6. No informar modificaciones de la composición de la sociedad MOTIVOS DE REVOCATORIA IMPRENTAS (Art. 6)
  • 78. • Las facturas y demás documentos deben contener fielmente los datos del certificado de inscripción RIF. o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o Administración de los Nros. Control Obligatorio… pre-impreso Nros. únicos ( por contribuyente ) y consecutivos  Conformado por NN 99 999 999  Identificador de dos ( 2 ) dígitos numérico … se inicia con el “00” … hasta llegar al “99”  Secuencial numérico hasta 8 dígitos o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o o 1ra.emisión 1ra.emisión 1ra.emisión 1ra.emisión 2da.emisión Factura Factura Notas Guías de Factura ( forma libre ) ( manual ) Créditos Despacho ( forma libre ) DEBERES DE LAS IMPRENTAS
  • 79. • La Imprenta debe llevar un registro ( automatizado ) de los trabajos realizados a sus clientes : • La Imprenta debe remitir al SENIAT dentro de los diez ( 10 ) días continuos siguientes a la finalización de cada mes. i-SENIAT DEBERES DE LAS IMPRENTAS
  • 80. • Proceder a efectuar una nueva autorización, a partir de la publicación de la 0592. DEBERES DE LAS IMPRENTAS • Deberán continuar cumpliendo con los deberes establecidos en la Resolución N° 320, con ocasión a la impresión de documentos que se produzca con anterioridad al 01/09/2007
  • 81. Disposiciones Finales 2da. El SENIAT dictará, mediante Providencia Administrativa la enajenación y utilización de máquinas expendedoras de bienes y servicios 4ta. Los entes públicos nacionales no estarán obligados a resguardar en medios electrónicos las facturas y en caso de que emitan más de cinco mil (5.000) documentos, obviar la generación física de sus copias
  • 82. Artículo 2: Ámbito de Aplicación TODOS LOS SUJETOS, sean personas naturales, jurídicas, o entidades económicas sin personalidad jurídica, deben cumplir con las normas de emisión de facturas y otros documentos, según lo establecido en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 2 de la Providencia 00071. Siendo la única excepción:
  • 83. Si CONCURREN las siguientes circunstancias Estos sujetos deben emitir sus facturas conforme a lo dispuesto en la Providencia Administrativa 1.677, publicada en la Gaceta Oficial No. 37.661, del 31 de marzo de 2003. • Sea una persona natural. • Cuyos ingresos anuales sean iguales o inferiores a 1.500 UT. • Que sea contribuyente formal del IVA. • Que sus facturas NO sean empleadas como prueba del desembolso por el adquiriente del bien o receptor del servicio. SUJETOS PASIVOS EXCLUIDOS DE LA APLICACIÓN DE LA PROVIDENCIA Nº 0071
  • 84. Artículo 8: Condición Especial Aquellos sujetos mencionados en el literal “j” (restaurantes, bares, panaderías, cantinas y similares) están obligados al uso exclusivo de máquinas fiscales, independientemente que obtengan o no, ingresos brutos anuales superiores a 1.500 UT (numeral 1). Los prestadores de servicios de comida y bebidas que NO estaban obligados al uso de máquina fiscales, por no cumplir con el requisito de las 1.500 UT de ingresos brutos anuales, tienen el deber de usar máquinas fiscales a partir del 01 de febrero de 2012.
  • 85. Artículo 49: Prohibición de Emitir Estados Demostrativos de Consumo Se prohíbe expresamente a los prestadores de los servicios señalados en el artículo 8, la emisión de reportes o documentos que reflejen montos parciales o totales de las operaciones efectuadas, tales como: estados de cuenta, reportes gerenciales, notas de consumo, entre otros.
  • 86. Deberes de los Usuarios Máquinas Fiscales Tener en el establecimiento formatos, en caso de imposibilidad de imprimir datos del comprador o averías. Informar al distribuidor o al centro de servicio la desincorporación de la máquina fiscal. Contratar la reparación exclusivamente con centros de servicios autorizados. Conservar en el local y en buen estado, el Libro de Control de Reparación y Mantenimiento. Modificar las alícuotas impositivas, en caso de reformas legales.
  • 87. Emitir el Reporte “Z” por cada día de operación. Tener visible, pantallas que muestren el precio Panel de control que facilite la obtención del reporte de memoria fiscal de las impresoras fiscales. Conservar las memorias reemplazadas por 5 años. Conservar en buen estado el Dispositivo de Seguridad y la Etiqueta Guardar los Rollos de Auditoría por 2 años Informar la pérdida de las máquinas fiscales Deberes de los Usuarios Máquinas Fiscales Emitir los reportes de memoria fiscal a solicitud del SENIAT
  • 88. Especificaciones Máquinas Fiscales Dispositivo de Seguridad Programa de Control Memoria Fiscal Memoria de Trabajo Etiqueta Fiscal Pantalla para obtener los reportes de memoria fiscal Unidad Impresora de facturas Dispositivo para introducir operaciones (excepto IF) Contadores Independientes de documentos Memoria de auditoria (opcional) Puerto de Comunicación Rollo de Auditorí a
  • 89. • Sociedades Anónimas domiciliadas en el país fabricantes Deben actuar por cuenta propia • Sociedades Anónimas representantes de fabricantes no domiciliados Deben actuar a través de un único representante en el país Procedimiento Autorizatorio Para Enajenar Máquinas Fiscales Presentar Solicitud 4 Anexos ADUANA Gerencia Fiscalización 30 días para autorizar o negar la Autorización 4 - Declaración jurada de no estar incurso en causales de inhabilitación 1 – Acta Constitutiva 2 – Contrato de representación otorgado por el fabricante no domiciliado 3 – Licencia de actividad económica, expedida por la Alcaldía 2< 5 – Proporción entre personal técnico y número de máquinas 6 - Manuales de la Máquina, Libro de Control de Reparación y Mantenimiento, así como equipo de computación 7 - Dirección de correo electrónico -
  • 90. Art. 34 1) Alguno de los socios, directores, gerentes o administradores ... 2) El solicitante estuviere omiso en la presentación de declaraciones de los tributos. 3) El modelo de máquina fiscal no cumple los requisitos. • Hayan participado en el pasado a alguna empresa a la cual se le haya revocado la autorización • Sea cónyuge o pariente dentro el 1er. grado de consanguinidad o de afinidad, de directivos del SENIAT  • Sea empleado público  • Tenga sentencia firme por delitos contra el patrimonio público  MOTIVOS DE NEGATIVA DE AUTORIZACIÓN MÁQUINAS 4) No existiere la adecuada proporción entre el personal técnico y el número de máquinas fiscales. (Art. 30)
  • 91. 3. Se enajenen máquinas no autorizadas. 1. Se hubieren presentado documentos o información falsa 2. Se enajenen máquinas que no cumplan los requerimientos técnicos 5. Incumplir los deberes establecidos en los numerales 1 y 4 del artículo 34 y en el artículo 36. 4. No informar, durante 3 periodos o más en el lapso de 1 año 10. No se hubieren presentado dos 2 o más declaraciones de impuesto, consecutivas o no en el año 7. No se acaten las advertencias sobre el mantenimiento de la proporción entre el personal técnico y las máquinas fiscales. 8. Omita informar modificaciones en la composición de la sociedad MOTIVOS DE REVOCATORIA ENAJENANTES MÁQUINAS FISCALES 6. Se produzcan alteraciones en los dispositivos de seguridad o en las memorias. 9. Algunos de los socios, directores, gerentes o administradores... estén incurso en algunas de las causales de inhabilitación
  • 92. Deberes Enajenantes de Máquinas Fiscales  Otorgar garantía mínima de 1 año.  Entregar el Manual de Usuario, en castellano.  Entregar el Libro de Control y Mantenimiento.  Troquelar dispositivo de seguridad con Sello Fiscal.  Efectuar directamente, o a través del centro de servicio técnico, la visita anual.  Presentar declaración informativa en los 15 días continuos siguientes a la finalización de cada mes.  Reparar o reemplazar en caso de vicios ocultos.  Tener medios necesarios para leer memorias  Abstenerse de cambiar el RIF del usuario
  • 93. Deberes Distribuidores de Máquinas Fiscales  Suscribir contratos con empresas fabricantes o representantes de fabricantes no domiciliados  Informar las enajenaciones efectuadas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la finalización de cada mes.  Entregar el Manual de Usuario  Suministrar el Libro de Control de Reparación y Mantenimiento por cada equipo.  Troquelar dispositivo de seguridad con Sello Fiscal.  No subcontratar la distribución de máquinas fiscales.  Tener medios necesarios para leer memorias  Abstenerse de cambiar el RIF del usuario
  • 94. Deberes Centros de Servicio Técnico  Suscribir contratos con empresas fabricantes o representantes de fabricantes no domiciliados  Informar: a) La imposible reparación o agotamiento de memorias. b) Inspecciones efectuadas c) Alteraciones o modificaciones detectadas d) Desincorporación de máquinas fiscales e) Pérdidas.  Efectuar las inspecciones anuales obligatorias.  Troquelar dispositivo de seguridad con Sello Fiscal.  No subcontratar la reparación de máquinas fiscales.  Llenar el Libro de Control de Mantenimiento y Reparación.  Abstenerse de cambiar el RIF del usuario
  • 95. TIPOS DE MÁQUINAS FISCALES Impresora Fiscal: equipo que posee los elementos propios de una Máquina Fiscal, excepto un dispositivo de entradas de datos. Punto de Venta Fiscal: equipo basado en tecnología de computadores personales utilizados para registrar operaciones de ventas. Máquina Registradora: equipo que posee todos sus elementos integrados en una sola unidad.
  • 96. ¿CÓMO IDENTIFICAR UNA MÁQUINA FISCAL? ETIQUETA FISCAL
  • 97. ¿CÓMO IDENTIFICAR UNA MÁQUINA FISCAL? SOLUCIONES POS VENEZUELA RIF J-9999999-9 MODELO: MP2100-TH FI N° REGISTRO: 1FB0457892 MÁQUINA FISCAL AUTORIZADA POR EL SENIAT Nombre del modelo autorizado Contener la Frase Razón Social del Proveedor y RIF Número de Registro de la máquina fiscal ETIQUETA FISCAL
  • 98. Proveedor Marca Modelo Caracteres del Registro THE FACTORY HKA, C.A. ACLAS CR68AF Z Z A PP1F3 Z Z B CRD 81F Z Z C CRD81FJ Z Z D BIXOLON/SAMSUNG SRP-270 Z 1 A SRP-350 Z 1 B SRP 270-J Z 1 C UNIWELL NX 5400 Z 2 A OKI ML 1120 Z 4 A STAR HSP7000 Z P A BMC DE VENEZUELA, C.A. BMC CR280 PLUS N A B TH 480 N A E SPARK 614 N A F PS2000TL N A I Camel N A H 4080 N A K CARACTERES DEL NÚMERO DE REGISTRO DE LA MÁQUINA FISCAL ASIGNADOS
  • 99. X Y n FABRICANTE ESTADO REGIÓN ¿CÓMO IDENTIFICAR UNA MÁQUINA FISCAL? DISPOSITIVO DE SEGURIDAD: Material que permite ser troquelado y restringe el acceso a los componentes internos de la máquina fiscal. SELLO FISCAL: Impresión troquelada en el dispositivo de seguridad. Sólo el técnico de servicio autorizado o algún funcionario autorizado, debidamente identificado, pueden remover el dispositivo de seguridad.
  • 100. CLASIFICACIÓN PARA LA ASIGNACIÓN DE SELLOS FISCALES REGION Nº ESTADO LETRA CAPITAL 1 DTTO. CAPITAL A MIRANDA B VARGAS X CENTRAL 0 ARAGUA U CARABOBO V COJEDES W LOS LLANOS 2 APURE C GUÁRICO D PORTUGUESA G CENTRO OCCIDENTAL 3 FALCON E LARA F YARACUY H ZULIANA 4 ZULIA I NOR ORIENTAL 7 ANZOATEGUI N MONAGAS O SUCRE P GUAYANA 8 AMAZONAS Q BOLIVAR R DELTAAMACURO S INSULAR 9 NUEVA ESPARTA T
  • 101. MARCA SAM4S N° Serial CRD N° Serial CRC DISTRIBUIDORA SUBECA RIF J-9999999-9 MODELO: 5215F N° REGISTRO: CRD00549874 MÁQUINA FISCAL AUTORIZADA POR EL SENIAT ¿CÓMO IDENTIFICAR UNA MÁQUINA FISCAL?
  • 102. MARCA IBM N° Serial BBQ N° Serial BBP IBM DE VENEZUELA RIF J-9999999-9 MODELO: 4610-GR4 N° REGISTRO: BBQ90457892 MÁQUINA FISCAL AUTORIZADA POR EL SENIAT ¿CÓMO IDENTIFICAR UNA MÁQUINA FISCAL?
  • 103. LECTURA DE MEMORIA FISCAL En un proceso de Verificación o Fiscalización el funcionario actuante deberá, a través del programa de auditoria, leer y extraer la información contenida en la memoria fiscal, con el objeto de constatar la veracidad de la operaciones realizadas y declaradas.
  • 107. ESTADÍSTICAS • Total de máquinas fiscales aprobadas por la Gerencia de Fiscalización al 28-06-2012: • Total de máquinas fiscales con capacidad de personalizar las facturas: • Total de máquinas fiscales que emiten nota de crédito: 62 54 (87%) 37 (60%)