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Concepto
Responsabilidad
Civil
Responsabilidad
Factores de
Atribucion
Culpa
Responsabilidad
Civil en Bolivia
Subjetivos
Objetivos
Concepto
El vocablo “RESPONSABILIDAD” deriva del latin responsus equivale a “garantizar”.
El responsable tiene que indemnizar a la victima.
Consiste en una sancion a pedido de la victima, que tiende al resarcimiento del perjuicio, indemnizando con
una suma de dinero.
CODIGO CIVIL BOLIVIANO
Arts. 450 al 954, con relación a la Responsabilidad Contractual, advertimos que esta regulada de acuerdo a
la clase de contrato de que se trate, dentro del mismo código, parte segunda, titulo 1: de los contratos en
general.
Responsabilidad
civil
01
Responsabilidad civil significa la sujeción de una
persona que vulnera un deber de conducta impuesto
en interés de otro sujeto, a la obligación de reparar el
daño.
Fundamentos
El quid que significa daño, la culpa la razón del deber de indemnizar, el derecho moderno
es la hipótesis de la responsabilidad “sin culpa”
El echo humano Comprende de la acción y omisión en el actuar, la antijuricidad es
contrario al deber jurídico oh a una obligación preexistente, imputabilidad es la
capacidad delictiva civil, de la cual dependerá, relación de casualidad debe haber
relación entre el hecho licito y el daño.
Descripción de antecedentes
Presupuestos
Responsabilidad Contraactual
Deviene del incumplimiento
obligacional de un contrato,
conducta que el deudor asume.
Responsabilidad No Contraactual
no deviene del contrato, sino de la
Obligación de cumplir un deber
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Factores de Atribucion
Factores Subjetivos
Reprochabilidad de la conducta del sujeto
Factores Objetivos
No tienen en consideración esa reprochabilidad
La culpa
Este Presupone la imputabilidad
Negligencia: Conducta Omisiva
Imprudencia: Acción de la cual había que abstenerse
Impericia: Incapacidad técnica.
Inobservancia: De los reglamentos, no observa las
diligencias prescritas por las normas escritas.
Responsabilidad civil en Bolivia
Quienes son sujetos de
Responsabilidad civil
Los servidores públicos, exservidores públicos, personas
naturales o jurídicas privadas cuando, producto de un
contrato o de otras causas ocasionan un daño o se
benefician indebidamente de recursos del Estado
Art. 31 inc. Ley 1178
Quien determina la
Responsabilidad Civil
El Juez Administrativo Coactivo Fiscal, cuando el informe
de auditoría se constituye en un documento con fuerza
coactiva fiscal. - El Juez en Materia Civil cuando no es
posible cuantificar el daño.
Art. 47 Ley 1179 Ds. 2331B-A
Que es el dictamen de la RC.
Es una opinión técnica jurídica emitida por el Contralor
General del Estado. Tiene el valor de prueba preconstituida
y contiene una relación de los hechos, actos u omisiones
que supuestamente causaron daño económico al Estado,
fundamentación legal, cuantificación del posible daño e
identificación del presunto o presuntos responsables
Art. 43 Ley N° 1178
Para que sirve el dictamen de RC
Es un instrumento que sirve esencialmente para que la
entidad: • Requiera al responsable, si fuera el caso, el pago
inmediato del presunto daño. • Inicie en el plazo de 20 días
de recibido el dictamen, la acción legal que corresponda
contra el o los responsables
El resarcimiento del daño libera o
excluye al servidor de
responsabilidad?
No, el resarcimiento del daño económico antes o después
de la ejecutoria del pliego de cargo o sentencia, no libera ni
excluye al servidor público o exservidor público de la
responsabilidad administrativa, ejecutiva o penal, si
existiera.
En que plazo Prescribe la RC
Prescribe en 10 años computables a partir del día del hecho
que da lugar a la acción o desde la última actuación en el
proceso judicial.
En que plazo Prescribe la RC
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  • 3. 0 1 0 2 0 3 0 4 0 5 0 6 Evolución y antecedentes Fundamentos y Presupuestos Contractual y no Contractual Negligencia Imprudencia Impericia inobservancia Índice de contenidos Concepto Responsabilidad Civil Responsabilidad Factores de Atribucion Culpa Responsabilidad Civil en Bolivia Subjetivos Objetivos
  • 4. Concepto El vocablo “RESPONSABILIDAD” deriva del latin responsus equivale a “garantizar”. El responsable tiene que indemnizar a la victima. Consiste en una sancion a pedido de la victima, que tiende al resarcimiento del perjuicio, indemnizando con una suma de dinero. CODIGO CIVIL BOLIVIANO Arts. 450 al 954, con relación a la Responsabilidad Contractual, advertimos que esta regulada de acuerdo a la clase de contrato de que se trate, dentro del mismo código, parte segunda, titulo 1: de los contratos en general.
  • 5. Responsabilidad civil 01 Responsabilidad civil significa la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto en interés de otro sujeto, a la obligación de reparar el daño.
  • 6. Fundamentos El quid que significa daño, la culpa la razón del deber de indemnizar, el derecho moderno es la hipótesis de la responsabilidad “sin culpa” El echo humano Comprende de la acción y omisión en el actuar, la antijuricidad es contrario al deber jurídico oh a una obligación preexistente, imputabilidad es la capacidad delictiva civil, de la cual dependerá, relación de casualidad debe haber relación entre el hecho licito y el daño. Descripción de antecedentes Presupuestos
  • 7. Responsabilidad Contraactual Deviene del incumplimiento obligacional de un contrato, conducta que el deudor asume.
  • 8. Responsabilidad No Contraactual no deviene del contrato, sino de la Obligación de cumplir un deber legal
  • 9. Factores de Atribucion Factores Subjetivos Reprochabilidad de la conducta del sujeto Factores Objetivos No tienen en consideración esa reprochabilidad
  • 10. La culpa Este Presupone la imputabilidad Negligencia: Conducta Omisiva Imprudencia: Acción de la cual había que abstenerse Impericia: Incapacidad técnica. Inobservancia: De los reglamentos, no observa las diligencias prescritas por las normas escritas.
  • 12. Quienes son sujetos de Responsabilidad civil Los servidores públicos, exservidores públicos, personas naturales o jurídicas privadas cuando, producto de un contrato o de otras causas ocasionan un daño o se benefician indebidamente de recursos del Estado Art. 31 inc. Ley 1178 Quien determina la Responsabilidad Civil El Juez Administrativo Coactivo Fiscal, cuando el informe de auditoría se constituye en un documento con fuerza coactiva fiscal. - El Juez en Materia Civil cuando no es posible cuantificar el daño. Art. 47 Ley 1179 Ds. 2331B-A
  • 13. Que es el dictamen de la RC. Es una opinión técnica jurídica emitida por el Contralor General del Estado. Tiene el valor de prueba preconstituida y contiene una relación de los hechos, actos u omisiones que supuestamente causaron daño económico al Estado, fundamentación legal, cuantificación del posible daño e identificación del presunto o presuntos responsables Art. 43 Ley N° 1178
  • 14. Para que sirve el dictamen de RC Es un instrumento que sirve esencialmente para que la entidad: • Requiera al responsable, si fuera el caso, el pago inmediato del presunto daño. • Inicie en el plazo de 20 días de recibido el dictamen, la acción legal que corresponda contra el o los responsables
  • 15. El resarcimiento del daño libera o excluye al servidor de responsabilidad? No, el resarcimiento del daño económico antes o después de la ejecutoria del pliego de cargo o sentencia, no libera ni excluye al servidor público o exservidor público de la responsabilidad administrativa, ejecutiva o penal, si existiera.
  • 16. En que plazo Prescribe la RC Prescribe en 10 años computables a partir del día del hecho que da lugar a la acción o desde la última actuación en el proceso judicial. En que plazo Prescribe la RC Prescribe en 10 años computables a partir del día del hecho que da lugar a la acción o desde la última actuación en el proceso judicial.