Este documento presenta un resumen de varios temas clave relacionados con el derecho internacional público. En particular, define el concepto de Estado, discute el reconocimiento de Estados y gobiernos, y describe la sucesión y extinción de Estados.
2. “El Estado”
1. Concepto: distintos casos, elementos constitutivos del Estado, ejemplos actuales.
2. Reconocimiento: situación de los Estados antes y después del reconocimiento,
consecuencias, distintas doctrinas, carta de la O.E.A.
3. Sucesión de Estados: doctrinas, efectos.
4. Extinción de Estados: distintos casos.
5. Reconocimiento de gobiernos: distintas teorías (Tobar, Estrada, Betancourt)
6. Uniones en relación de desigualdad: el protectorado, la protección, el cuasi
protectorado.
7. Derechos y deberes fundamentales de los Estados: existencia, soberanía e
independencia, restricciones a los derechos de los estados. La no intervención: evolución
histórica y apreciación actual.
UNIDAD 3
3. 1. ESTADO. CONCEPTO
➔ Comunidad humana perfecta y permanente,
➔ que se gobierna plenamente a sí misma, y no tiene sobre
ella ninguna autoridad terrenal que no sea la de DI.
➔ Está unida por un orden jurídico efectivo y se halla
organizada en un territorio,
➔ de manera tal que puede participar en las relaciones
internacionales.
4. ➔ Civitas perfecta
No es una simple asociación de hombre para fines particulares, sino que el
Estado ejerce señorío sobre ellos.
➔ Permanente
No es un mero aparato estatal, sino el pueblo organizado en Estado.
➔ Pleno autogobierno
Implica autonomía constitucional. Principio de autodeterminación de los pueblos
reconocido en la Cara de la ONU. Regula en forma libre e independiente la forma
de Estado, y de gob, organización interior, política interior y exterior.
5. ➔ Jurídicamente independientes
Capacidad para determinarse a sí mismo en todos los asuntos.
➔ Principio de efectividad (ord. jco.)
El ord. jco. debe ser acatado.
➔ Territorio propio
Base de la soberanía.
➔ Organización (órganos para rel. ext.)
Órganos que regulen las relaciones exteriores.
6. NACIMIENTO
● El DIP determina los extremos que hay que
darse para que surja un Estado como tal.
La realidad “Estado”, que primeramente tiene
entidad social, se transforma así en entidad
jurídica internacional.
● Críticas al concepto.
7. DISTINTOS CASOS
➔ Secesión o Separación de la madre patria
Ej: Argentina de España, EEUU de Inglaterra.
➔ Asociación de varios Estados en uno nuevo
Ej: Imperio Alemán de 1871.
➔ Creación: surge un nuevo Estado en un territorio que antes no poseía. Ej: Israel por la AG de la
ONU es reconocido el 29/11/47
➔ Desmembración: Ej: Yugoslavia, URSS, Imperio Austro-Húngaro
➔ Ocupación de un territorio. Res nullius. Ej: Liberia 1847, esclavos afoamericaos liberados se
instalan en un territorio. Declaración de independencia originaria.
9. 2. RECONOCIMIENTO
ACTO UNILATERAL POR EL CUAL UNO O MÁS ESTADOS DECLARAN, O ADMITEN
TÁCITAMENTE, QUE CONSIDERAN ESTADO (CON LOS DERECHOS Y DEBERES DERIVADOS
DE ESA CONDICIÓN) A UNA UNIDAD POLÍTICA QUE EXISTE DE HECHO Y QUE SE
CONSIDERA A SÍ MISMA COMO UN ESTADO.
● OTROS: acto unilateral por medio del cual se admite el ingreso de un nuevo Estado a
la comunidad Jurídica INTERNACIONAL.
Prerrequisito al establecimiento de la relaciones diplomática entre Estados.
Es concebible que antes, pueda negársele a este Estado derechos como el de inmunidad
ante Trib. extranjeros, pero siempre respetar otros como la inviolabilidad del territorio.
● SUBJETIVIDAD JURÍDICO INTERNACIONAL LIMITADA (antes)- PLENA (después).
● DOCTRINAS: CONSTITUTIVO- DECLARATIVO (mayoría).
10. CARTA DE LA OEA
Artículo 13
La existencia política del Estado es independiente de su reconocimiento por los demás Estados. Aun antes
de ser reconocido, el Estado tiene el derecho de defender su integridad e independencia, proveer a su
conservación y prosperidad y, por consiguiente, de organizarse como mejor lo entendiere, legislar sobre
sus intereses, administrar sus servicios y determinar la jurisdicción y competencia de sus tribunales. El
ejercicio de estos derechos no tiene otros límites que el ejercicio de los derechos de otros Estados
conforme al derecho internacional.
Artículo 14
El reconocimiento implica que el Estado que lo otorga acepta la personalidad del nuevo Estado con todos
los derechos y deberes que, para uno y otro, determina el derecho internacional.
11. SUCESIÓN DE LOS ESTADOS
Situación de hecho que se produce cuando un
Estado es sustituído por otro en un territorio
determinado.
● CASOS: ABSORCIÓN, ANEXIÓN, DESINTEGRACIÓN, REBELIÓN,
CESIÓN DE TERRITORIO, COMPRA, ETC.
● DOCTRINAS- EFECTOS: PLENA - LIMITADA.
● ACTUALIDAD: CASO CONCRETO:
1) Tratados
2) Patrimonio público
3) Deudas públicas
4) Indemnizaciones
INTERROGANTE
Hay sustitución legal
por parte del nuevo
sujeto en relación a
algunos o todos los
de d° y o° del
antiguo?
12. 4. EXTINCIÓN DE LOS ESTADOS
● Se produce cuando pierde cualquiera de sus elementos
esenciales.
Ej: Territorio (cesión, fusión, anexión, división, dos estados que
desaparecen y aparece uno nuevo, desaparición física de un
territorio).
Un Estado no deja de existir a consecuencia de un golpe de
Estado, o de una revolución.
13. 5. RECONOCIMIENTO DE GOBIERNOS
DOCTRINAS
1. TOBAR: A los Gob. de facto hay que sacarlos de la comunidad internacional, ya que el cambio
de Gob. no es conforme a la CN.
Crítica: intromisión en asuntos internos del Estado.
2. EFECTIVIDAD: Importa que el Gob. se efectivo, permanencia (principio de efectividad). No
cómo llegó al poder.
3. ESTRADA: Ve al reconoc. como un acto denigrante.
4. BETANCOURT: Reconocimiento de gobiernos inconstitucionales a partir de su legitimación
mediante elecciones.