Este documento resume la conceptualización y política de atención educativa de personas con impedimentos físicos en Venezuela. Explica que anteriormente la atención era de tipo benéfico o rehabilitador, pero que recientemente se ha enfocado en garantizar el derecho a la educación de estas personas a través de leyes como la Constitución y la Ley Orgánica de Educación. También describe los desafíos comunes que enfrentan estas personas y los principios como la democratización e integración que rigen las políticas educativas actuales para brindar una atención integral.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO PEDAGÓGICO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO
NÚCLEO ACADÉMICO TÁCHIRA.
COORDINACIÓN DE DOCENCIA - UNIDAD DE EVALUACIÓN
Conceptualización y Política de la Atención
Educativa de las Personas con Impedimentos Físicos
Fecha: 14/08/2012
Autores:
Carreño, Leonardo. 22673405
Díaz, Alejandro. 17057229
Pernía, Alberto. 17491629
Vera, Yenny 17646224
Equipo N° 05
Facilitador(a): Prof. María Eufemia Rosales
2. Las personas portadoras de discapacidad
múltiple son las afectadas en dos o más áreas,
caracterizando una asociación entre
diferentes discapacidades, con posibilidades
bastante amplias de combinaciones. Un
ejemplo serían las personas que tienen
discapacidad mental y física.
3. Problemas físicos y médicos.
Movilidad limitada.
Deformidades óseas.
Trastornos sensoriales.
Dificultades para respirar.
4. Antiguamente la atención de las personas con
impedimentos físicos era de tipo benéfico.
Durante la década de los 50 la atención se
orientaban básicamente hacia un modelo
rehabilitatorio y asistencialista.
En 1958 se crea en Venezuela la
Federación de Instituciones Privadas de
Asistencia al Niño (FIPAN).
5. En 1975, el Departamento de Educación
Especial del Ministerio de Educación, para
entonces adscrito a Preescolar, pasa a ser la
Dirección Nacional de Educación Especial.
En 1976 se elabora el Documento de
Conceptualización y Política de la Educación
Especial en Venezuela.
6. En 1980 se promulga la Ley Orgánica de Educación
donde se establece y garantiza a las personas con
impedimentos motores, el derecho a la educación como
cualquier otro ciudadano.
En la década de los 80 la ONU, Las Naciones Unidas y
Organismos Internaciones dejaron varios aportes
asistencialistas.
Para 1981 el Ministerio de Educación crea el Centro de
Parálisis Cerebral en la ciudad de Caracas y en 1983 se
inicia formalmente
7. En 1984 se crea, dentro de la estructura
organizativa de la Dirección de Educación Especial
la Coordinación Nacional del Área de
Impedimentos Físicos.
Se crea en 1984 el Instituto Radiofónico Fe y
Alegría (IRFA)
En 1985 se crea la escuela hogar "Luisa Amalia
Vegas de Vegas" por iniciativa de ASOCIRPLA
(Asociación de Cirugía Plástica)
8. Es un proceso que requiere continuidad y
coherencia en sus acciones, para el logro de los
objetivos propuestos en beneficio del niño, su
familia y con la participación de la comunidad.
Evaluación
Planificación
Reevaluación de objetivos
Metas logradas.
9. Poca o ninguna comunicación.
Atraso en el desarrollo físico y motor.
Comportamientos inapropiados.
Ausencia de destrezas de auto ayuda.
Dificultad generalizando destrezas de una
situación a otra .
Necesidad de apoyo en actividades mayores
de la vida diaria.
10. La política educativa para la
atención integral de las personas con
impedimentos físicos está
garantizada a través de los principios
que pueden ser:
Democratización .
Modernización.
Integración.
11. Las leyes que rigen la Educación Especial:
La Constitución Nacional.
La Ley Orgánica de Educación.
Programa de Impedimentos Físicos, (1986).
y sus Reglamentos.