1. John Rawls y la teoría de la justicia
9Previo a explicitar los argumentos que constituyen la “Teoría de la Justicia” de
Rawls, debemos señalar que con esta obra, salida a luz en 1971, se propone
como objetivo ofrecer, en el contexto de la filosofía moral moderna una
concepción moral alternativa a la derivada del utilitarismo clásico, el
perfeccionismo y la opción intuicionista.
10Este texto para muchos teóricos, discípulos y oponentes de Rawls, ha
significado atribuirle la revitalización de la filosofía moral que en esa época
estaba en peligro de constituirse en algo estéril producto del énfasis en análisis
lógicos y semánticos de conceptos éticos y metaéticos, todo lo cual había
desviado la atención de cuestiones prácticas y materiales (Kukathas y Pettit,
1990; Van Parijs, 1992; Gargarella, 1999; Borón, 2003; Massini, 2005; entre
otros). Lo anterior unido a la agitación social y política de la época, los
cuestionamientos morales de la guerra de Vietnam, el papel decadente que
venía teniendo el positivismo analítico en la década de los setenta, tradición que
había dejado de lado la cuestión de la justicia, vienen a sumarse para que
“Teoría de la Justicia” se inserte en ese proceso de superación del positivismo
analítico y adquiera la dimensión de un clásico. Otros, también le asignan a él
ser el precursor de la mayoría de edad de la filosofía política liberal, en tanto
incorpora en la tradición individualista la idea de que las sociedades tienen
pautas de desigualdad que persisten en el tiempo y a la vez, modos sistemáticos
mediante las cuales se asigna a las personas posiciones dentro de jerarquías de
poder, estatus y dinero (Barry, en Callinicos; 2003). Vallespín (1985) agrega que
la salida a luz de la Teoría de la Justicia es oportuna debido a la crisis de
legitimidad que cruzaba a la teoría democrática clásica en ese momento y la
necesidad que se tenía de renovar las bases del liberalismo para permitir orientar
y enjuiciar las prácticas institucionales.
La justicia como primera virtud de las instituciones sociales
Rawls le otorga prioridad absoluta a la justicia y la entiende como la primera
virtud de las instituciones sociales, por lo mismo en su planteamiento no le
concede un valor mayor a las instituciones por presentarse ordenas, estables o
eficientes, lo fundamental –menciona- será que ellas sean justas y en el caso de
no serlo deberán atenerse a ser reformadas o invalidadas.
La justicia como imparcialidad: el velo de la ignorancia y la posición original
Su preocupación ahora será mostrar el mecanismo por el cual se llegan a elegir
dos principios que darán cuenta de su teoría de la justicia como imparcialidad o
equidad. Ya sabemos que los principios regulan los derechos, deberes, los
beneficios y los tipos de cooperación social aceptados en la estructura básica de
la sociedad, ahora cuales principios serían elegibles y deseables, pero desde un
punto de vista imparcial, realizado por personas racionales y libres es lo que
pretende responder Rawls. La justicia como imparcialidad posee dos
componentes, el primero es la posición inicial u original de los sujetos y la
2. elección que realizarán acerca del problema a tratar y un segundo componente
es el conjunto de principios acerca de los cuales habrá cierto acuerdo.
Los principios
El primer principio exige la igualdad en la repartición de derechos y deberes
básicos y el segundo principio mantiene las desigualdades sociales y
económicas siempre y cuando éstas sólo producen beneficios compensadores
para todos y especialmente para los sujetos menos aventajados de la sociedad,
es decir, este segundo principio implica aceptar que unos pocos obtengan
mayores beneficios con el fin de que se mejore la situación de los sujetos menos
afortunados a diferencia de la lógica común en donde se justifica que unos pocos
sufran privaciones si es que se compensa con que se obtenga un mayor bien
para todos en general.
Ambos principios los formula de la siguiente manera:
- “Cada persona ha de tener un derecho igual al más amplio sistema total de
libertades básicas, compatible con un sistema similar de libertad para todos”
- “Las desigualdades económicas y sociales han de ser estructuradas de manera
que sean para:
a) mayor beneficio de los menos aventajados, de acuerdo con un principio de
ahorro justo, y
b) unido a que los cargos y las funciones sean asequibles a todos, bajo
condiciones de justa igualdad de oportunidades” (Rawls; 1995: 341).
La estrategia maximin como elección conservadora
El principio denominado “libertad equitativa” es el “máximo natural” del primer
principio y el principio llamado de “diferencia” es el “máximo natural” del segundo
principio, por lo que Rawls asumirá que estos dos principios son la solución
óptima elegida por las personas en la posición original. Concibe que la elección
de ellos, son una especie de solución máxima porque siempre los peores
resultados serán superiores al (los) peor(es) resultado(s) de cualquier otra. Los
dos principios son pensados por este autor, como la solución maximin al
problema de la justicia. Lo que distingue a la regla maximin es que se define
como una estrategia alternativa a otras dos opciones disponibles; la maximax y
la maximización de la utilidad esperada. La alternativa maximax refiere a que se
debe ordenar las alternativas por sus mejores resultados posibles, adoptando
aquella cuyo mejor resultado sea mejor que el mejor resultado de las demás, así
se muestra como una estrategia para optimistas. La alternativa de la
maximización se plantea el ordenamiento de las alternativas sobre la base de
estimaciones de ganancia probable.
La justicia materializada en las instituciones
Para superar la forma abstracta de esta concepción de justicia, Rawls apunta en
la segunda parte de su libro, a mostrar las implicancias substantivas que se
derivan de adoptar estos principios (cuyas nociones de libertad, oportunidad,
3. equidad aun vagas y ambiguas) a nivel de las instituciones. En ese despliegue
intenta clarificar la significación y consecuencias prácticas de ambos principios
lo cual ilustra describiendo la estructura básica que los satisface, estructura de
la cual fluyen ciertas instituciones o prácticas básicas, al interior del marco de
una democracia constitucional y liberal. Una constitución política justa, arreglos
económicos justos y obligaciones de las personas de obedecer las leyes de una
sociedad que es imperfectamente justa serán ejemplos de eso.
(polis revista latino americana, 2009)
Liberalismo, constitución y democracia Ronald Dworkin
¿Qué es el liberalismo?, se pregunta el filósofo del Derecho, Ronald Dworkin.
Antes de la Guerra de Vietnam, existía un conjunto de causas que podían
identificarse con el programa o la ideología liberal: igualdad económica,
separación Iglesia-Estado, libertad de expresión, despenalización de ofensas
morales y a favor de un uso más agresivo del poder político central para alcanzar
todos estos objetivos. Sin embargo, algo sucedió después de la Guerra que
desdibujó las diferencias significativas entre los liberales y los conservadores1 .
Dworkin intenta en este ensayo volver a articular el programa coherente y
unificado que, durante el período conocido como el New Deal, defendió el
liberalismo en los Estados Unidos. Dworkin sostiene que el liberalismo es una
moral política auténtica, que defiende una determinada concepción de la
igualdad: la “concepción liberal de la igualdad”. Asimismo, el autor apunta que el
programa liberal se fue diluyendo por confundir las posiciones derivadas con las
constitutivas que debe tener toda moral o ideología política. De esta forma, se
entiende que no hubo un desencanto con la teoría política liberal, sino que las
circunstancias cambiaron y las estrategias para llevar a cabo las posiciones
políticas constitutivas no fueron eficientes. Dworkin también se pregunta si hay
algún principio que atraviese el núcleo de las proposiciones liberales. La teoría
democrática reconoce a la libertad y la igualdad como los dos principios más
importantes, sin embargo, éstos se encuentran en permanente confrontación. De
este modo, hay decisiones que favorecen la igualdad y van en detrimento de la
libertad, como hay decisiones que, como consecuencia de defender la libertad,
reducen la igualdad. Un buen gobierno es el que sabe armonizar estos dos
principios. Los liberales (y ésta es una cuestión fundamental) tienden a favorecer
más la igualdad y menos la libertad que los conservadores. Hay un punto de
mayor sutileza que dibuja las diferencias entre liberales y conservadores: la
posición que debe tener el gobierno frente a sus ciudadanos.
4. Dworkin se pregunta: ¿qué quiere decir que el gobierno trate a sus
ciudadanos como iguales?
Para él la pregunta debe ser respondida de dos maneras distintas o con dos
teorías diferentes. La primera teoría sostiene que las decisiones políticas deben
ser independientes a la cuestión de qué le da mayor valor a una vida, ya que si
eligiera una de las opciones no estaría tratando con igualdad las elecciones de
sus ciudadanos. Desde la perspectiva de la segunda teoría, el gobierno (o el
buen gobierno) consiste en fomentar o en reconocer las buenas formas de vida;
el trato igualitario, en esta teoría, consiste en tratar a cada ciudadano como si
desease llevar a cabo la vida considerada como buena.
Igualdad, democracia y constitución: nosotros, el pueblo, en los estrados
¿Es democrático el judicial review? Esta pregunta no solo se la formula Ronald
Dworkin, sino gran parte del mundo democrático occidental. Hay, por supuesto,
distintas y diversas respuestas a esta interrogante. Hay quienes señalan que
este tipo de control judicial es una falla del sistema constitucional y también hay
quienes creen que debe ser parte de un sistema constitucional, aunque ello no
tenga credenciales democráticas ostensibles. Dworkin señala que todas las
constituciones modernas tienen “disposiciones estructurales” (podría traducirse
en la parte orgánica del texto constitucional) y “disposiciones restrictivas” (que
pueden entenderse como fragmentos de la parte dogmática). Las segundas
suelen establecer límites explícitos al poder que tiene la mayoría según las
disposiciones estructurales. También son las segundas disposiciones en las que
piensan los académicos que critican las partes “no democráticas” de una
constitución. Parten de la idea de que las mismas disposiciones estructurales
sientan las bases para una democracia genuina, sin necesidad de que haya
restricciones a las mismas. De este modo, se infiere que cualquier restricción
que limite a las mayorías democráticas, no es democrática.
(resena Liberalismo, constitución y democracia, s.f.)
5. michael sandel ch. taylor y su crítica comunitarial al liberalismo
Los temas discutidos
Taylor aborda, en efecto, los temas discutidos por liberales y comunitarios,
expresando su punto de vista, generalmente crítico, frente a los argumentos
liberales y, en particular, a los argumentos de Rawls. “Rawls -dice Taylor- se
interroga respecto a lo que es una sociedad justa y trata de describir estos
principios de justicia buscando las bases sobre las cuales los individuos podrían
ponerse de acuerdo para colaborar en una sociedad” (Taylor 1994a: 64). Esos
individuos, conforme al enfoque rawlsiano, poseen determinados planes de vida
que requieren de los medios o bienes primarios adecuados para desarrollarlos.
Considera Rawls que una sociedad justa será aquella que afiance y proteja los
derechos y libertades de los individuos para realizar esos planes, y entregue los
recursos correspondientes a ese mismo fin. La visión de Rawls, concluye Taylor,
“es muy igualitaria”. Siempre, claro, dentro del marco de una concepción de
sociedad cuyo bien común sería defender y proteger la posibilidad de elaborar y
realizar los planes de vida individuales, a la vez que asegurar la distribución
igualitaria de los medios para llevarla a cabo.
Ser humano y moralidad
3 En este sentido, según Alejandra Carrasco, los razonamientos de Taylor
evocan en muchos aspectos l
Taylor busca la respuesta a la pregunta sobre qué es ser un hombre mediante
una metodología hermenéutica 3. Esto quiere decir que, para Taylor, aquello que
el hombre tiene de específico no puede ser captado por las metodologías de las
ciencias naturales. Estas últimas pueden aplicarse al estudio de la dimensión
corporal o animal del hombre, pero no a lo propiamente humano. Porque los
humanos somos seres que nos autointerpretamos. Vale decir, “nuestra
comprensión de nosotros mismos es constitutiva de lo que nosotros somos o,
dicho de otro modo, que al menos algo de lo que nosotros somos depende de lo
que nosotros pensamos que somos”. (Carrasco 2001: 29). Ahora bien, en el
centro de la interpretación tayloriana de lo que es ser un ser humano está la idea
de moralidad, entendida ésta como algo objetivo que se da por intermedio de las
emociones humanas.
Identidad personal y bien
Taylor se propone “explorar el trasfondo que respalda algunas de las intuiciones
morales y espirituales de nuestros coetáneos en lo concerniente a nuestra
naturaleza y situación espiritual”, considerando una gama de asuntos más
amplia de lo que se suele habitualmente describir como “moral” (Taylor 1996: 17-
18). Se trata no sólo de nociones y reacciones frente a temas como la justicia y
el respeto a la vida ajena, el bienestar y la dignidad, sino de nuestro sentido de
lo que subyace en nuestra propia dignidad o de lo que hace que nuestras vidas
sean significativas y satisfactorias. Algunas de estas cuestiones –de carácter
6. espiritual- “conciernen muy estrechamente a lo relativo al yo o están demasiado
cerca de la materia con la que se hacen nuestro ideales para poder clasificarlas
como temas morales en el léxico de la mayoría de la gente. Mas bien atañe a lo
que hace que valga la pena vivir” (Taylor 1996: 18). Lo que ellas tienen en común
con las cuestiones morales es el que en unas y otras se implica lo que Taylor
llama una fuerte valoración, vale decir, la discriminación entre lo correcto y lo
errado, lo mejor y lo peor, lo más alto y lo más bajo, que “no reciben su validez
de nuestros deseos, inclinaciones y opciones, sino que, por el contrario, se
mantienen independientes de ellos y ofrecen los criterios por los que juzgarlos”
Recuperación de la ontología moral
32A este respecto, Carlos Thiebaut, un buen conocedor del pensamiento
tayloriano, sintetiza el análisis fenomenológico que en aquel libro hace Taylor de
nuestra vida moral señalando que dicho análisis nos sugiere que “todo acto, toda
valoración moral, están inmersos en una serie de marcosvalorativos que
constituyen el horizonte sin el cual no podría realizarse ni ese acto ni esa
valoración” . Agrega Thiebaut que, de acuerdo a este planteamiento, esos
marcos irrenunciables “son, de hecho, la matriz de nuestra moral, el horizonte
sobre cuyo fondo y a cuya luz se recortan e iluminan todos nuestros actos de
valoración, de preferencia, de elección. Constituyen, por así decirlo, una especie
de espacio moral en el que nos movemos y sin ellos sería imposible la moral
misma. Esos marcos u horizontes pueden tener, y tienen, formas históricas
diversas –desde la ética del honor o del guerrero hasta la ética universalista que
se apoya sobre las ideas o los marcos de dignidad o autonomía-, en cada una
de las cuales son diversos los comportamientos que se desean y se ensalzan y
son diferentes las razones por las que ello es así” (Ibid). Por esto, sería
profundamente erróneo proponer, como hacen algunas éticas modernas, que
tales marcos sustantivos no existen, aduciendo “que uno de ellos –digamos, por
ejemplo, el del teísmo católico medieval- haya quedado obsoleto o se haya
desvanecido con otras ruinas de la historia. También las morales burguesas que
emergen del desencantamiento del mundo medieval poseen su horizonte
valorativo sustantivo”
Identidad, vinculación y comunidad
Para Taylor, la respuesta a la pregunta sobre quién esuna determinada persona,
equivale a conocer dónde esa persona se encuentra, en el sentido de los
compromisos e identificaciones que proporcionan el marco u horizonte dentro
del cual se intenta determinar lo que para ella es bueno o valioso, lo que debe
hacer, lo que se aprueba o rechaza. Por eso, las llamadas “crisis de identidad”
representan “una aguda desorientación que la gente suele expresar en términos
de no saber quiénes son, pero que también se puede percibir como una
desconcertante incertidumbre respecto al lugar en que se encuentran. Carecen
del marco u horizonte dentro del cual las cosas adquieren una significación
7. estable; dentro del cual es posible percibir, como buenas y significativas, ciertas
posibilidades vitales, y otras, como malas o triviales” El vínculo entre identidad y
orientación dentro del espacio moral es, pues, esencial. Es decir, la orientación
moral fundamental es esencial para ser interlocutor humano, capaz de responder
por sí mismo.
Atomismo y holismo
47Al comienzo de su artículo “El atomismo”, Taylor precisa claramente el
significado del concepto de atomismo: “El término atomismo en sentido amplio
se utiliza para caracterizar las doctrinas contractualistas que surgieron en el siglo
XVII y también doctrinas posteriores que tal vez no han utilizado la noción de
contrato social, pero que heredaron una visión de la sociedad como un agregado
de individuos al servicio de objetivos individuales. Algunas formas de utilitarismo
son herederas de estas doctrinas. El término también se aplica a las doctrinas
contemporáneas que retoman la doctrina del contrato social, o que intentan
defender en algún sentido la prioridad del individuo y sus derechos sobre lo
social, o que presentan una visión puramente instrumental de la sociedad”. En
otro artículo, sostiene que el atomismo filosófico se basa muy profundamente en
la moderna tradición de la ciencia social y está ligado a los fundamentos de la
moderna revolución científica, y en particular a la obra de Hobbes Si bien Taylor
reconoce que probablemente no sea ésta, la de atomismo, una expresión muy
adecuada, porque -como todo término que se utilice en sentido amplio- tiene
distintos significados y porque éste en particular ha sido usado como epíteto
condenatorio por sus “enemigos”, considera que el tema mismo que con este
término queda planteado merece la pena ser considerado y discutido.
Derechos colectivos y multiculturalismo
En la sociedad democrática liberal, la dimensión social del problema de la
identidad se plantea, en efecto, asociado a otros dos problemas, el del
reconocimiento y el del multiculturalismo. La profesora de política de la
Universidad de Princeton, Amy Gutmann, señala, a ese respecto, que “en estos
días resulta difícil encontrar una sociedad democrática o democratizadora que
no sea la sede de una controversia importante sobre si las instituciones públicas
debieran reconocer –y cómo- la identidad de las minorías culturales en
desventaja” (1993: 13). Por su parte, Charles Taylor sostiene que el discurso del
reconocimiento “se ha vuelto familiar para nosotros en dos niveles: primero en la
esfera íntima, donde comprendemos que la formación de la identidad y del yo
tiene lugar en un diálogo sostenido y en pugna con los otros significantes. Y
luego en la esfera pública, donde la política del reconocimiento igualitario ha
llegado a desempeñar un papel cada vez mayor” (Taylor 1993: 59). En la esfera
pública se trata de plantear el problema de si en una sociedad democrática
puede conciliarse el trato igualitario para todos los individuos con el
8. reconocimiento de las diferencias específicas que dentro de esa misma sociedad
se manifiestan.
(polis revista latino americana, 2003)
9. Bibliografía
polis revistalatino americana.(2003). Obtenidode https://polis.revues.org/6775
polis revistalatino americana.(2009). Obtenidode https://polis.revues.org/1868
resena Liberalismo,constitución y democracia.(s.f.).Obtenidode
http://portales.te.gob.mx/salas/sites/default/files/estante/Rese%C3%B1a%20Liberalis
mo%20constituci%C3%B3n%20y%20democracia.pdf