La teoría política normativa investiga los principios morales aplicados a la política. Se han desarrollado varias corrientes como el utilitarismo, liberalismo deontológico y comunitarismo. Estas teorías debaten cuestiones como la justificación del Estado de bienestar y la redistribución versus las libertades individuales. Los libertarios critican la intervención estatal argumentando que vulnera la libertad negativa y los derechos de propiedad, mientras que los teóricos normativos defienden que existen razones para permitir cierta redistribución de
2. Definición
• La teoría política normativa investiga las repercusiones que
tienen los preceptos morales en la práctica política
• Supone “El descubrimiento o la aplicación de principios
morales a la esfera de las relaciones políticas”- Isaiah Berlin
• De forma más amplia, puede definirse como “lo que debe
ser” en oposición a “lo que es” en la vida política.
4. Críticas a la teoría política normativa
• Algunos niegan que el agente haga elecciones morales
coherentes
• Otros ponen en duda que los presupuestos morales
tengan sentido
• Otros descalifican el pensamiento moral en sí mismo
5. Métodos
Buscan la coherencia interna de los argumentos morales y para sopesarla se
sirven de:
• lógica abstracta (la lógica formal y la filosofía analítica)
• datos científico-sociales e históricos (la antropología social y de la historia
para analizar sí son correctas las premisas empíricas de los argumentos)
• intuición (contrastan las conclusiones de sus argumentos con sus propias
intuiciones morales)
6. Cuestiones clave a partir de los ‘70
• Existencia y propósito del Estado (¿Existe un fundamento moral que
justifique su existencia? ¿Cuándo debemos obedecer y cuándo se justifica
la desobediencia civil?)
• Justicia redistributiva y consecuencias para las libertades individuales
(¿Qué importancia moral relativa tienen la libertad y la igualdad?; ¿Hay
algún fundamento moral que justifique la existencia de políticas públicas
destinadas a materializar una determinada concepción de igualdad
socialmente sustantiva?
7. Preguntas base
• ¿Tiene la moralidad una base objetiva, racionalmente
perceptible?
• Sí la hay, ¿en qué consiste?
• ¿O es acaso una invención humana, fruto de una convención o
tradición comunitaria?
8. Corrientes a partir de la década del ‘70
• Utilitarismo
• Liberalismo Deontológico
• Comunitarismo
9. Utilitarismo
Jeremy Bentham creía que las decisiones políticas moralmente correctas eran aquellas que buscaban
más felicidad para un mayor número de personas. Cada individuo debía definir su “bien” y, en un
proceso de decisión social, los intereses de cada uno (definidos subjetivamente) debían contar de igual
modo en el “cálculo” de la utilidad
Críticas:
• Dificultad para cuantificar los deseos individuales;
• Posibles consecuencias para las minorías y los derechos individuales;
• Podría conducir a una teoría del mercado libre más extremo;
• Stuart Mill fue uno de sus primeros críticos, haciendo hincapié en lo cualitativo: algunas
experiencias intelectuales o estéticas podían ser superiores a otras también deseadas
10. Liberalismo Deontológico
• Resurge en los ‘70 como oposición al utilitarismo y a toda clase de ética
teleológica;
• Sus críticas al utilitarismo se basan en que éste no tiene en cuenta la
pluralidad de los fines humanos; además, la ética deontológica se niega a
admitir que la lucha por alcanzar objetivos sociales generales deba estar
sometida a los derechos inalienables de que disfruta todo individuo.
11. Comunitarismo
• Parte de la crítica al concepto del “yo” individual del liberalismo;
• Los comunitaristas creen que el yo individualizado del liberalismo es solo
dominante allí donde los vínculos comunitarios se han corrompido y los
individuos se encuentran alienados y a la deriva, aunque, incluso en esta
situación, la vida en común o la tradición son puntos de referencia
necesarios para la disidencia individual;
• Proponen un yo situado, enraizado en la comunidad;
• Desde el liberalismo se le cuestiona que no defiende la libertad individual
y que no sirve frente a la tiranía tradicionalista o mayoritaria
12. Corrientes críticas a la teoría normativista
• Positivismo lógico
• Relativismo
• Determinismo
13. Positivismo lógico
• Escuela de filosofía analítica en parte inspirada en los primeros escritos de Wittgestein, especialmente en
el Tractatiis Logico-Philosophicus (1921), donde analiza la lógica del lenguaje, lo que hace posible que
se comunique la verdad
• Concluye que las unidades elementales que le confieren dicho poder son los nombres porque sólo éstos se
refieren directamente al mundo que está fuera del lenguaje. El significado de los nombres no está
mediatizado por otras proposiciones del lenguaje sino que lo constituyen los objetos del exterior; sólo las
proposiciones que se refieren a objetos del exterior pueden ser verdaderas:
• Los teóricos normativistas señalan que la teoría normativa puede hacer uso de los “hechos” o, en
cualquier caso, de los datos y argumentos que proceden de las disciplinas descriptivas de las ciencias
sociales;
• Resulta dudoso que los valores puedan derivarse, en estricta lógica, de los hechos, o que puedan
considerarse como tales
14. Relativismo
• Los principios morales, dado que no pueden derivarse de los hechos, son relativos. No se pueden juzgar los
presupuestos morales de otros;
• Los comunitaristas señalan, en oposición, que las normas y valores pueden tener sentido dentro de una
comunidad y de sus propios juegos de lenguaje, aunque no puedan ser consideradas correctas o incorrectas en
términos absolutos;
• El autor señala que, aunque no haya una comunidad moral mundial, los lenguajes morales se mezclan, se
comprometen unos con otros y se desplazan al sufrir presiones externas; la existencia de una comunidad moral
completamente cerrada en la que todos los miembros compartan los mismos valores no es una idea realista;
• La réplica más contundente de la teoría normativa al relativismo es que hay ciertos preceptos básicos
reconocidos como moralmente correctos, al menos por algunas personas, en prácticamente todos los ámbitos de
la comunidad moral. El que la tortura sea incorrecta no es un «hecho» pero el que así se reconozca representa
un gran progreso allí donde alguien está siendo torturado, a menos que esa persona acceda de forma inequívoca
a tal práctica
15. Determinismo
• Se opone a la teoría normativa pues considera que los individuos no son libres en sus elecciones, y
por lo tanto sus actos no dependen de decisiones personales;
• Esto puede deberse a la coacción externa o a fuerzas externas que condicionan el actuar del
individuo (subconsciente, herencia genética);
• Según el autor, puede que haya fuerzas que nos constriñan pero, a pesar de ellas, ¿tenemos
capacidad de elección en cuestiones importantes? Cuando elegimos en estas cuestiones, ¿nos
influyen las consideraciones respecto a si las acciones en sí son correctas o equivocadas? Por el
contrario, ¿se puede influir, razonando de este modo, en aquellos que definen el ordenamiento que
regula las sanciones e incentivos que afectan a nuestro comportamiento? Sí la respuesta a éstas
preguntas es afirmativa, la teoría normativa tiene una “función”.
16. Teoría normativa aplicada: justicia y libertades
• Los normativistas se han metido de lleno en el debate acerca del “Estado
de Bienestar”;
• Para la socialdemocracia, existen razones que justifican la redistribución
de bienes y la prestación de servicios sociales por parte del Estado;
• Dado que tales acciones suponen una transferencia obligada de recursos de
unos ciudadanos a otros, ¿cómo pueden justificarse en sociedades que
proclaman tanto el respeto a la autonomía de los individuos como a las
libertades?
17. Utilitarismo
• Garantiza más felicidad para un mayor número de personas; por
ejemplo, porque aquellos que tienen pocos bienes obtienen una
mayor utilidad cuando logran al menos algunos o porque este
tipo de economía aumenta el bienestar general mediante el
incremento de la demanda agregada (Plant, 1993, cap. 4).
18. Objeción deontológica
• Subordinan los derechos individuales a un único concepto de
bienestar, dejando éste, al mismo tiempo, en un equilibrio
inestable;
• Entonces, ¿de qué estrategias disponen los liberales
socialdemócratas deontologistas?
19. • Rawls propone pensar en los fundadores de un Estado que comienza a erigirse;
Éste cree que elegirían dos principios:
-un primer principio de igualdad en cuanto a las libertades, que goza de una
prioridad especial;
-un segundo principio por el que sólo sean permitidas aquellas desigualdades en
la distribución de bienes que beneficien a los más desfavorecidos.
Aunque los principios elegidos son inviolables, permiten que exista una
pluralidad de fines en la distribución de todos los bienes, excepto de los
primarios. Además, son teóricamente compatibles con una amplia gama de
sistemas socioeconómicos, desde el capitalismo hasta el socialismo democrático.
20. • Hay una segunda estrategia deontológica que autoriza la intervención en el mercado en virtud de un
principio fundacional que es categórico;
Este es el enfoque de Ronald Dworkin, para quien el principio básico que está en cuestión es la
existencia de una preocupación y respeto iguales por los seres humanos;
Conservadores y liberales propondrán diferentes respuestas; procura explicar la liberal. Cree que
un gobierno de este signo se tomaría todos los fines y preferencias de sus ciudadanos igualmente en
serio pero no podría hacerlo distribuyendo los bienes de una forma centralizada según un criterio
uniforme, por lo que debería permitir el funcionamiento del mercado. Sin embargo, las preferencias
no son lo único diferente, también lo son las capacidades de las personas, el grado de riqueza
heredado y las necesidades concretas. En un mercado libre todas estas diferencias se traducirían en
desigualdades que los liberales no pueden defender. Por lo tanto, el liberal perseguirá una reforma
del mercado y, probablemente, recurrirá a un sistema económico mixto, «ya sea un capitalismo
redistributivo o un socialismo limitado» (Dworkin, 1984, p. 69).
21. • El tercer enfoque es comunitarista;
Michael Walzer, en su Spheres of Justice, señala que los criterios propiamente distributivos varían
no sólo según las culturas y las comunidades sino según diferentes «esferas de justicia», tales
como la seguridad o el bienestar, el dinero y las mercancías, el cargo, el trabajar mucho, el tiempo
libre, la educación, el amor y la gracia divina;
Defiende una «igualdad compleja» destinada a garantizar que los criterios distributivos más
destacados de una determinada esfera no choquen con otras en las que sean apropiados criterios
diferentes.
22. • Todas estas posturas admiten que la redistribución puede ser moralmente legítima;
Es precisamente esta conclusión la que los libertarios consideran un menoscabo de las libertades
fundamentales y, en última instancia, una licencia para ejercer el totalitarismo;
Los libertarios pueden ser de izquierdas o de derechas pero son éstos, partidarios del mercado libre,
los que han tenido más influencia a la hora de cuestionar las ideas socialdemócratas o del bienestar.
23. Objeciones libertarias al Estado
• ¿Por qué consideran los libertarios que la intervención estatal
por ofrecer servicios sociales y redistribuir la riqueza es una
amenaza a los derechos y a las libertades esenciales?
24. Isaiah Berlin
• Libertad negativa: ausencia de condicionantes coactivos sobre la acción
• Libertad positiva: poder de alcanzar los fines deseados o el control sobre
uno mismo;
• Berlin cree que sólo la primera es libertad propiamente dicha. Las políticas
que hacen posible que los individuos logren sus fines pueden ser
justificables, incluso si implican una coacción sobre otros —este sería el
caso de la ayuda a los pobres a través de los impuestos—, pero no debería
considerarse que éstas políticas aumentan la libertad (Berlín, 1984).
25. Libertarios del mercado libre
• Libertad negativa;
• No se puede renunciar a una parte de éstas libertades a cambio de otro bien social;
• Consideran que esto es moralmente injustificable y perjudicial para el bienestar social;
• Hayek cree que la libertad social y el progreso económico sólo pueden fundamentarse en el individuo que
decide por sí mismo. Los individuos deberían tener un acceso igual a las libertades negativas, que
estuviera garantizado por leyes y reglamentos de carácter impersonal que les permitieran perseguir sus
propios fines legalmente;
• La distribución de bienes por parte del Estado tampoco puede justificarse en la necesidad de corregir la
injusticia social. Señalar que una determinada distribución de bienes es injusta implica que ésta
constituye un resultado deliberadamente buscado que hay que corregir. La injusticia sólo puede ser el
resultado de las malas intenciones de determinados individuos y en una sociedad de libre mercado la
distribución es el resultado no intencionado de innumerables transacciones voluntarias
26. Otro discurso libertario
• Robert Nozick no comparte los argumentos anarquistas contra el Estado sino que está a favor de que
exista uno de tamaño minúsculo que se limite a mantener la ley y el orden;
• Rechaza cualquier otro tipo de intervención, alegando que éstas van en detrimento de la autonomía
individual tal y como la concibió Kant pues, en vez de tratar a los individuos como un fin en sí mismos,
se utiliza a algunos de ellos sin su consentimiento para alcanzar un propósito supuestamente elevado,
como es una determinada distribución de bienes;
• Afirma que si los bienes de una persona han llegado a sus manos de forma justa por medio de adquisición
o transferencia, ningún gobierno puede, en justicia, transferir parte de estos bienes a otra persona sin el
consentimiento de la primera. El procurar, en un determinado momento, que haya una distribución de
bienes «diseñada» vulnera los títulos de propiedad heredados históricamente;
• El autor de este artículo señala “los argumentos acerca del derecho a los bienes pueden ser problemáticos
en sí mismos pero creo que los socialdemócratas (y la izquierda) demuestran que existen razones
moralmente consistentes para la redistribución. Autores como Gewirth demuestran algo incuestionable:
que para ser un agente que elige libremente hay que gozar de libertades y de bienestar”
27. Conclusiones
• El autor se pregunta sí la teoría normativa es realmente posible. Ni positivistas, ni relativistas ni
deterministas plantean sus razones de forma concluyente;
• ¿Qué decisiones respecto a los bienes humanos deben dejarse en las manos privadas de los
individuos o en las colectivas de las comunidades políticas, para que unos u otros decidan en
función de sus preferencias? y ¿cuáles deben estar condicionadas o guiadas por principios
fundamentales?
• Tanto los utilitaristas como los deontologistas y los comunitaristas buscan puntos de referencia fijos
y todos dejarían que ciertas cuestiones importantes se decidieran de forma individual, democrática
o comunitaria.
28. Conclusión Final
De las tres tradiciones, el comunitarismo es el único que nos
recuerda que áreas importantes de la toma de decisiones no tienen
un carácter público al que se apliquen fácilmente reglas abstractas
y que, en la misma vida pública, tanto la decisión colectiva y
democrática como la participación determinan en realidad muchas
de las cosas que tenemos derecho a hacer o a las que estamos
obligados