8. Bits.
Secuencia de
Obras
dígitos Maleabilidad.
digitales.
binarios.
Necesidad de
un Nuevas Obras.
procesador.
9. “La era digital aporta un nuevo espacio de
determinación y de conflicto en los derechos
de autor que reclama un claro
replanteamiento de la legislación sobre
propiedad intelectual”. Barral (2004).
11. • Por otra parte, la necesidad que tiene la
humanidad de acceder al conocimiento, es
razón suficiente para limitar algunos de los
derechos patrimoniales del titular de los
derechos de autor de una obra. Esta forma de
conciliar los derechos exclusivos y el interés
público, considera a las creaciones que, bajo
ciertas condiciones, la colectividad puede
utilizar libremente, con fines de
crítica, información, interés
cultural, educación, etcétera.
12. Bibliografía.
• Coyote, Rivera Maricarmen (2007, 05 de Julio) Los Derechos de Autor en la
Sociedad de la Información. Consultado 15 de mayo de 2.009.
http://www.mati.unam.mx/index.php?option=com_content&task=view&i
d=361&Itemid=1PROPINT_INTERNET.pdf.
• DECRETO LEGISLATIVO 822 - LEY SOBRE EL DERECHO DE AUTOR. Decreto
Legislativo del 23 de abril de 1996 (publicado el 24 de abril de 1996)
http://www.google.com.co/search?hl=es&q=decreto+sobre+derecho+de+
autor&btnG=Buscar&meta=.
• Tomado: (Compromiso del Autor sobre su texto). Actualización:
Pasto, Abril 1 de 2008.
http://www.dtifueyo.cl/docs/copyright/prop_intelectual98uruguay.doc.
• ZABALE, Ezequiel y Beltramone, Guillermo. (2008). Propiedad intelectual.