Ponencia congreso centroamericano de antropologia, costa rica 2017
1. Ponencia
Conflicto territorial limítrofe: Caso de la Comarca de Kuna Yala, región de
Nurdargana-Playa Colorada, Comunidades Kunas de Gardi
Bernal D. Castillo1
Universidad de Panamá
Introducción
Desde la creación del Estado panameño en 1903, que dividió al pueblo guna en
dos grandes regiones en Panamá y Colombia, la problemática de los limites aún
persiste, donde la invasión de colonos colonenses (Santa Isabel), santeños y de
colombianos perjudica la integridad territorial de Gunayala. Hoy está
problemática se da con mayor fuerza por la venta de las tierras ancestrales de
Nurdargana por parte de los gobiernos panameños a empresarios nacionales y
extranjeros, donde las autoridades gunas, vieron la necesidad de demandar al
Estado panameño para recuperar estas tierras que no fueron incluidos en 1930,
1938, 1953 y 1957, aunque los grandes dirigentes como Ologindibipilele,
Iguaibiliginia, Inabaginia, Inaediginye, Iguawidul, Kandurbipi y otros, en sus
cartas hacen las reclamaciones a los gobiernos panameños donde manifestaban
que los limites en el oeste llegaba hasta Nurdargana2.
En ese sentido, la demanda del Congreso General Kuna al Estado panameño
ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), se da por
violaciones a sus derechos territoriales ancestrales consagrados en la
Convención Americana y otros instrumentos de derechos humanos en
detrimento de las comunidades Kunas, como Victimas en la Petición que se
presentó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la
Organización de Estados Americanos, por la violación de sus derechos
humanos. Por consiguiente, el Congreso General Kuna que es la máxima
autoridad del pueblo guna en la Comarca de Kuna Yala, reclama:
Se ordene al Estado Panameño a que detenga las titulaciones de las
tierras colectivas de las comunidades.
Detenga toda concesión o permiso de construcción dentro del área del
conflicto.
Se les permita a las comunidades Gunas hacer uso de sus tierras
tradicionales
Problemática de los límites
La Comarca de Gunayala tiene una extensión de 3,206 kilómetros cuadrados de
tierra continental y se extiende por 375 kilómetros a lo largo.
La Comarca de Gunayala fue reconocida como Reserva en 1930 y como
Comarca en 1938 y sus límites por la ley 16 de 1953, la cual fue ratificada en el
1
Antropólogo e historiador Guna. Docente de la Universidad de Panamá. Investigador del Congreso
General de la Cultura Guna y miembro del Centro de Desarrollo Ambiental y Humano (CENDAH).
2
Ver, Bernal Castillo y Atilio Martínez, Historia sobre las áreas limítrofes de Nurdargana y aledañas como
tierra de conflicto con el estado panameño. Informe Final, Panamá: Congreso General Guna, 2016.
2. año de 1957. Sin embargo, los límites marinos no fueron identificados, siendo
comunidades insulares. En sus estudios, al elaborar el plan general de desarrollo
comarcal, el Proyecto de Estudio para el Manejo de Áreas Silvestres de Kuna
Yala (PEMASKY) recomienda la inclusión del territorio marino, con una extensión
de 2,294 km2.
Los problemas limítrofes de la Comarca se centran en el sector oeste en los
límites con la provincia de Colón y por el límite este que colinda con Colombia.
La problemática radica por la constante invasión de colonos a la zona boscosa
limítrofe. La zona limítrofe central no presenta problemas porque ésta limita con
las Comarcas Gunas de Madungandi, Wargandi, la Comarca Embera-Wounaan
y el Parque Nacional Darién.
Antecedentes históricos de la región de Nurdargana
1751- Panamá pasa a ser dependencia de Santa Fe de Bogotá, en
Colombia. Las tierras dentro del área de estudio quedan bajo la misma
jurisdicción que el resto del territorio panameño, es decir, a las órdenes
de la Corona Española.
1784. Se funda el poblado de negros Palenque, para frenar el avance de
los gunas por Portobelo.
1804. Matan al Cacique de Mandinga por negros de Palenque, aquí se da
a conocer la presencia de los gunas en su comercio y uso de sus
plantaciones, el 8 de agosto de 1804.
1819-21-Participación de los gunas en la lucha de la independencia con
Simón Bolívar donde proclama la independencia de la Gran Colombia, por
eso, en los cantos de los saglagan del sector tres se canta y se habla de
la participación en esta gesta de independencia.
1846 Comienza la relación histórica de los moradores de Santa Isabel con
los gunas, donde ya se conocía el nombre del río santa Isabel en guna
como Inguatí. Hay allí una peña que se llama la Concepción, por junto a
la cual pasa una vertiente que solo lleva agua cuando llueve. Este es el
límite de Santa Isabel, según la ley de 1858 0 1878.
1868. Cuando Panamá estaba unido a Colombia, el Istmo de Panamá se
convirtió en un Estado Soberano de Panamá, en su Constitución se hace
mención que la denominación de Comarcas en Panamá.
1871-El gobierno colombiano crea la Comarca de Tulenega que incluye
las tierras ubicadas dentro del área de estudio.
1903 con la separación de Panamá de Colombia. La independencia deja
sin efecto la Ley que dio paso a la creación a la existencia de la Comarca
Tulenega. A raíz de esta situación, la comarca o el territorio kuna pasan
a formar parte de la Provincia de Colón.
1906. El presidente Manuel Amador Guerrero, sanciona la LEY 46 del 27
de diciembre de 1906. POR LA CUAL SE CREA EL DISTRITO DE
SANTA ISABEL EN LA PROVINCIA DE COLON. Se inicia el
establecimiento de los límites entre la provincia de Colón y la región de
Gunayala, donde se inicia el conflicto territorial.
1908-Se dicta la Ley N° 59 del 31 de diciembre de 1908, refrendada por
el Decreto N°95 del 12 de agosto de 1909. Con esta Ley se reglamenta
la catequización y civilización de los kunas en los territorios que
actualmente ocupan la Comarca Kuna Yala.
3. 1910-Se comenzó a registrar la incursión de los primeros colonos no
indígenas a las tierras dentro del área de estudio. La situación se agudiza
en 1914, a raíz de la terminación de la construcción del canal cuando
trabajadores nacionales y extranjeros fueron despedidos y muchos de
ellos se trasladan a las tierras de la actual Comarca Kuna Yala para
dedicarse a la tala de árboles, caza de tortugas y labores agrícolas.
1912-Se dicta la Ley 56 del 28 de diciembre de 1912 sobre la "Civilización
de Indígenas". Dicha ley amplia la reglamentación sobre la conducta y
vestimenta permitida a la población de origen kuna.
1912, cuando se estableció una compañía extranjera en el territorio de los
kunas, comenzaron a entrar los moradores de Santa Isabel con el fin de
cazar las tortugas de manera ilegal, en el monte extraían raicilla, caucho
de níspero, tagua, y se robaban los cocos y las plantaciones de los kunas.
1915- Se da la creación de la Intendencia de San Blas en 1915, el
Gobierno Nacional reglamenta la fijación de los límites geopolíticos. De
acuerdo al establecimiento de los límites, las tierras dentro del área de
estudio quedan bajo jurisdicción de la Provincia de Colón, en donde se
señala claramente los límites hasta el lugar conocido Nurdagana (Playa
Colorada) es territorio ancestral de los gunas.
En 1918. Desde ese año se refleja la inquietud de Colman y Carlos
Robinson por los límites entre Santa Isabel en la provincia de Colón y
Gunayala, esto se ha notado en varias cartas que se enviaban entre las
autoridades panameñas indicando los limites. Los límites administrativos
asignados por el gobierno panameño a través de los decretos y leyes eran
cuestionados por los kunas que ubican los lugares como QUEBRADA
CONCEPCIÓN O LA PIEDRA NEGRA como los límites del territorio
ancestral de los gunas.
1925. El día 4 de marzo de 1925, se firma en El Porvenir un Acta de Paz
en la cual participan el representante del Gobierno de Panamá, un
ministro plenipotenciario enviado por el Gobierno de los Estados Unidos
de América, y los Sailas o líderes locales.
1927. Se inicia las reuniones por la creación de la Reserva entre los
dirigentes gunas encabezado por Colman y Nele y sueño que se logra
en 1930.
1930, a lo largo de esta década hubo muchas negociaciones y busca de
apoyo para la creación de la Ley de la Reserva. Los señores, Nele
Kantule, Carlos Robinson e Inapaginia, cada uno por su cuenta buscaron
sus aliados y estrategias, pero todos coinciden con una sola idea de crear
la Reserva y los límites de la región.
1931, después de la creación de la Comarca, que fue de forma
apresurada ya que no se consultó con los dueños de fincas de las tierras
que no fueron incluidas en los límites de la Reserva. Ante esta situación,
los kunas se dieron cuenta la errónea demarcación de las tierras
destinadas a la reserva de 1930.
1933, por gestión de las autoridades gunas, en especial los dueños de las
fincas de los terrenos Nurtargana, Ursutogue, Nagtucala y Playón Grande
o Playa Colorada hicieron un inventario sobre sus plantaciones de coco
4. que se quedaron fuera de la reserva. Ellos tenían la expectativa de que
se rectificarían los límites de la comarca, más no fue así.
1938, Ley 2 del 16 de septiembre de 1938, que se creó la Comarca de
San Blas y de la Comarca de Barú. Sin embargo, para efectos prácticos
solo se cambió el nombre de la Circunscripción de San Blas por el de
Comarca de San Blas y no se reconoció a las autoridades tradicionales
indígenas, sino al representante del Órgano Ejecutivo, o sea, al
intendente.
Entre los años 1941 hasta 1945 se inicia un nuevo periodo de la historia
guna, es la unificación de los tres sectores en un solo Congreso Guna.
Nele Kantule convoca a los dirigentes y busca reunirse con Yabiliginia. A
raíz de eso se dio la reorganización del Congreso General Kuna en
febrero de 1945 con los Sagladummad, Yabiliginya, Olotebiliginya y
Estanislao López. De esta manera se comienza una nueva etapa para
los límites de la Comarca.
En 1953, los dirigentes gunas siguieron soñando en organizar la Comarca
de San Blas mediante la ley de la república. Esta vez se organiza la
Comarca de San Blas a través de la Ley N°16 de 19 de febrero de 1953.
De acuerdo a esta ley, el área de estudio permanece bajo jurisdicción de
la Provincia de Colón.
En 1966, el límite que fue conquistado por los mismos kunas fue violado
y usurpado por un estadounidense John Mann en donde reclama tierras
dentro de la Comarca en los linderos de Madroño y en Cañita, y las
autoridades gunas rechazan tal solicitud al gobierno panameño.
1970, los campesinos del interior comenzaron a colonizar el área litoral
del Caribe. Por esta misma época, empezaron a llegar colonos al área en
conflicto. Desde ese año hasta la fecha (2016) no existen comunidades
permanentes, pero sí existen pobladores tanto de comunidades kunas,
como de las comunidades de Santa Isabel que hacen uso de las tierras
circunscritas al área en conflicto.
En 1995. Como un esfuerzo por legitimizar los derechos kunas sobre las
tierras dentro del área de estudio, y establecer disposiciones que
fortalezcan la cultura kuna, se promulga por parte de delegados de todas
las comunidades kunas de la Comarca Kuna Yala en 1995, la Ley
Fundamental de la Comarca Kuna Yala. En su artículo 4 explica los límites
de la Comarca Kuna Yala.
En 1995. Después de 30 años. El gobierno panameño empieza a
demarcar física y oficialmente los límites de la comarca de San Blas y el
distrito de Santa Isabel en la provincia de Colón, realizada del 3 al 8 de
abril de 1995. Según el documento que vamos a presentar es un informe
de gira realizada por las autoridades del gobierno.
Zona de impacto
La llegada de los colonos por los límites oeste de la Comarca, surge cuando el
gobierno emprendió la Conquista de la Costa Atlántica, en los años setenta, una
campaña destinada a hacer accesible la costa caribeña, aún no colonizada, a los
5. pobladores sin tierra del interior del país, que fueron expulsados de sus tierras
por el desarrollo de la industria ganadera, cuando los ranchos productores de
carne para el mercado internacional se expandieron hacia las tierras que ellos
cultivaban, es entonces que inicia con mayor ímpetu la desforestación del interior
del país.
Es por ello que se inicia la construcción de la carretera El Llano- Carti
atravesando la cordillera de la Comarca, por ende, el área protegida, hasta llegar
a la costa de Carti, en la costa del Caribe. En un principio, los gunas aceptaban
la carretera, por los altos costos de viajar en avionetas para llegar a la región y
por el largo viaje en barco y lancha que salían de la provincia de Colón. También
veían la posibilidad de vender sus productos entre Gunayala y la provincia de
Panamá. Pero, simultáneamente, la construcción de la carretera y la invasión de
colonos por el lindero sur de la Comarca, inquietaron a los gunas, en defensa de
la riqueza de sus bosques; que los colonos por su parte poco a poco lo
devastaban.
Por esta situación, la dirigencia del pueblo guna propone crear un punto de
control y de investigación en la cordillera, en el lugar llamado Udirbi, por donde
el nuevo camino entraría a la Comarca. Actualmente, en los linderos de la
Comarca se encuentra el control de Nusagandi con las mismas características
de Udirbi, punto estratégico, donde se inició la demarcación física de la Comarca.
La demarcación física de los límites de la Comarca fue realizada por el mismo
pueblo, al igual que la planificación de varios proyectos. La demarcación de los
límites de la Comarca en el sector occidental se comenzó a implementar en 1983
por los técnicos de la desaparecida Asociación de Empleados Kunas o Ecológica
Kuna, ejecutado a través del proyecto – PEMASKY, Programa de Ecología y
Manejo de Áreas Silvestres de Kuna Yala. Además, los técnicos de PEMASKY,
presentaron al Congreso General Kuna (CGK), la problemática de los límites, en
que se descubrió que una parte de la Comarca había quedado fuera de su
jurisdicción, que hasta el momento no se ha recuperado. Las tierras que
quedaron fuera de la jurisdicción de la Comarca, es en la parte oeste limitando
con el Distrito de Santa Isabel, Provincia de Colón.
Tierra que son conocidas como Nurdargana (Playa Colorada), y el Congreso
General Guna desde el 2000, inicio el proceso de la demanda al estado
panameño ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la
Organización de Estados Americanos para recuperar estas tierras ancestrales,
que desde el siglo XIX, estaban habitadas por nuestros abuelos como tierras de
cultivo. Estas tierras han sido cultivados por pobladores de Gardi Sugdub, Gardi
Dubbir y Miria Ubigandub, registrado en un informe de 19333, y hoy sus
descendientes de las comunidades de Suggun reclaman estas tierras.
Actualmente estas tierras ancestrales han sido cedidas por el gobierno
panameño a empresas extranjeras para el desarrollo del ecoturismo y otros
vendidos a pobladores de Santa Isabel.
3
Archivo Rubén Pérez Kantule, Las personas que tienen sus cocoles en los lugares denominados
Nurtargana, Ursutoget, Nagtacala y Playon Grande, 1933.
6. Esta parte del territorio mantiene actividades agrícolas de “nainu”, de policultivos
familiares, comunales, sociedades y de grupos organizados de agricultores.
Originariamente estos productores no son del sector Suggun, son de otros
sectores de la Comarca, que con el pasar del tiempo dejaron las parcelas,
cuando fueron habitándose las islas coralinas del sector. Esto demuestra la
presencia de antaño de la población guna en ésta área, y con mucha más razón,
se evidencia, porque los nombres de los ríos y montañas llevan nombres gunas.
Para mitigar el conflicto de los límites, PEMASKY en el Plan General de Manejo
y Desarrollo de la Comarca, recomienda hacer uso de ésta área como una zona
de amortiguamiento, y que a la vez sirva de amortiguamiento al Parque Nacional
Chagres. Que esta zona fuese aprovechada y administrada por los propios
gunas y su protección fuese conjuntamente con los guardabosques del PN
Chagres y los propios gunas. En varios trabajos, PEMASKY recomienda que
dicha zona de amortiguamiento deba delimitarse desde los nacimientos de los
ríos hasta los manglares de la Bahía Bastimentos y considerarlos como un
corredor biológico entre el PN Chagres y los manglares de la Bahía, bajo una
administración de manejo conjunto.
Esta recomendación fue avalada y aprobada en el Congreso General Guna,
realizada el 3 de noviembre de 1987, Resolución No. 3, en la comunidad de
Assudub. Donde la protección o conservación del área protegida incluye la parte
marina costera como también la terrestre4, es decir categorizar el área como
Comarca de la Biosfera para tener mayor apoyo no sólo nacional sino
internacional. Sin embargo, sin consulta, en el año de 1994 el gobierno el 2 de
agosto de 1994, declara bajo resolución de la Junta Directiva No. 022-94, el Área
Silvestre Protegida de Kuna Yala, al Corregimiento de Narganá, el cual le da más
garantías legales al territorio guna para proteger sus recursos naturales contra
los colonos que entran a los límites desforestando y para cazar. Sin embargo, no
se toma en cuenta la parte marina, contradiciendo lo avalado por el Congreso
General Kuna, el establecimiento de la Comarca de la Biosfera. Esto causó
acciones en contra de la declaración, de dirigentes supuestamente conocedores
de la temática, que hoy esta misma gente aboga por la protección y conservación
del área. Tal es así, que hoy en la Ley Fundamental de la Comarca Kuna Yala,
hay un Capítulo sobre Recursos Naturales, con artículos que permiten la
creación de áreas protegidas dentro de la Comarca.
Existen muchos antecedentes sobre esta situación en conflicto5, escritos,
investigaciones históricas, estudios recientes, entre otras acciones realizadas
tanto por el propio pueblo guna y en los últimos años por el Programa Nacional
de Administración de Tierras (PRONAT), hoy ANATI, Asuntos Indígenas del
Ministerio de Gobierno y Justicia (MGJ).
En resumen, los problemas que enfrentan los límites de la Comarca son:
4
Geodisio Castillo, comunicación personal, octubre, 2016.
5
Castillo, G. et al 2005. Zona de amortiguamiento, corredor biológico y proyectos integrados de
conservación y desarrollo sostenible: alternativas al conflicto de uso de la tierra por los límites de la
Comarca Kuna Yala y el Distrito de Santa Isabel, Panamá. Informe preliminar sujeta a revisión, para la
Junta Ejecutiva del Congreso General Kuna, Comarca Kuna Yala. Panamá
7. Presencia de colonos para explotar la tierra de forma indiscriminada.
Presencia de empresa que se ocultan bajo proyectos de reforestación.
Presencia de empresas que desarrollan el ecoturismo utilizando los
recursos naturales de los bosques, las bellezas escénicas en los límites.
Presencia de comunidades aledañas cerca de los límites, que al no tener
tierra de cultivo y de caza entran sin autorización. Como también para
buscar oro por los nacimientos de los ríos, y desmontan para cultivos
temporales.
Baja participación de las comunidades en la protección de los límites por
falta de recursos.
No hay participación activa del Ministerio de Ambiente en la protección de
los límites.
Incursión de guerrilla y paramilitar colombiano y presencia de la Policía
Nacional en Puerto Obaldía con la frontera con Colombia.
Estos problemas ocurren debido a que el gobierno o la institución responsable
del ambiente y los recursos naturales - Ministerio del Ambiente, no llega al área
para aplicar las leyes. Esta situación, ha hecho que el mismo CGK aplique sus
leyes comarcales contra toda persona o empresa que se vea incursionando
dentro de los bosques naturales de la Comarca Guna sin la previa autorización.
La vigilancia o los patrullajes no son constantes, son temporales o cuando se
sospecha que hay presencia de colonos dentro de los límites o en las cuencas
altas de los ríos. Estos controles temporales que realiza el CGK, es bien
conocido por los colonos, porque luego pasado un tiempo los colonos
nuevamente vuelven a incursionar el bosque, porque saben que tendrá que
pasar buena temporada para que se vuelva a patrullar los límites.
También es necesario, que las mismas autoridades gunas dejen a un lado, la
terquedad de los dirigentes, al no buscar mecanismo adecuado para trabajar en
conjunto con el Ministerio de Ambiente, hace que las cosas no anden, y no
consiguen apoyo, que las hay en proyectos con las entidades ambientales de los
gobiernos nacionales.
Alternativas o posibles soluciones
El CGK está aplicando su ley fundamental para la defensa de sus límites. Como
nos dice en su capítulo XVI el Estatuto Comarcal, en el de Régimen de Tierra,
su utilización, conservación y protección de límites de la comarca “el territorio de
la Comarca Kuna Yala es propiedad colectiva del pueblo kuna y no puede ser
enajenado ni arrendado bajo ningún título” (Congreso General Kuna; 2001:90).
En su artículo 212, nos indica:
“Las tierras de la Comarca Kuna no podrán ser utilizadas para proyectos de
explotación o exploración o estudio, a largo o corto plazo, sin el consentimiento
expreso y escrito del Congreso General Kuna.
Parágrafo:
El artículo anterior se refiere también a declaración de parques, áreas protegidas
y/o similares nacionales e internacionales”.
8. De esta forma, el uso del territorio en los linderos de la Comarca está
reglamentado, y sólo el Congreso Guna y organizaciones, comunidades o
particulares gunas pueden desarrollar proyectos dentro de los límites, en aras
del beneficio de la región, y con la autorización del Congreso General Guna.
La incursión de colonos por el límite oeste y sur de la Comarca, había sido
minimizado, por el establecimiento y la presencia de un Centro Biológico en
Nusagandi, en plena montaña de la Comarca, con proyectos o actividades
educativas, investigativas y ecoturísticas, con planes de patrullaje. Sin embargo,
hoy el Congreso General Guna casi lo tiene abandonado o no tiene un plan de
planificación para rescatar el Centro de Nusagandi6. En la actualidad estas
acciones son pobres o tímidas, porque ya no se realiza el patrullaje programado
y falta la promoción del área para atraer visitantes.
Consideramos que, la existencia de proyectos sostenibles o autogestionarios en
los límites de la Comarca, pueden minimizar la incursión de los colonos, por una
parte, como se ha demostrado en el pasado; por la otra será necesario la
capacidad de los recursos humanos que tenga el CGK y la concienciación tanto
de los mismos comuneros gunas y colonos que viven en comunidades aledañas
a los límites o visitantes a la Comarca Guna.
Se han logrado las siguientes proyecciones:
Desde 1983 se inició la delimitación física de la Comarca en su parte sur,
120 kilómetros con hitos.
Plan de manejo y desarrollo de la comarca, en su primera fase.
Declaración de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Recursos
Naturales Renovables (INRENARE), hoy Ministerio del Ambiente sobre el
área silvestre protegida del Corregimiento de Narganá, el 2 de agosto de
1994.
Protección de límites a través de patrullajes por guardabosques,
inicialmente por PEMASKY y luego en conjunto con comunidades de
Gardi y luego con la Policía Nacional7.
Búsqueda de unión o coordinación entre ONG’s kunas.
También ha habido otros logros por otras ONG’s, pero que no hay informes al
respecto que deben ser considerados, como la continuación de la demarcación
física que realizó el grupo Napguana. Otros logros son las acciones en los
últimos años realizados por la AEK/PEMASKY, en:
Inventario forestal realizado en 1995, al Corregimiento de Narganá
Cinco planes de manejo forestal comunitarios elaborados, en el
Corregimiento de Narganá.
Continuación de la demarcación física de los límites sur de la Comarca
entre Wargandup y Niadub.
6
Hoy el centro de Nusagandi, está utilizado como centro de recaudación de impuestos de entrada de turismo
para la región y centro de control de los permisos de los comuneros gunas que salen de Gunayala.
7
En los últimos años también se ha elaborado planes de patrullajes, pero por alguna razón, como falta de
apoyo, no se cumplen las actividades como se programan
9. Protección del Patrimonio Forestal.
Oportunidades, no bien aprovechados, de parte de proyectos
gubernamentales bajo iniciativas de inversiones ambientales, para el
incremento de la producción alimentaria.
Asimismo, estudios por investigadores, que han planteado que es necesario
investigaciones actuales de la situación del mar en la región, como el estudio
sobre el Estado actual de los arrecifes coralinos a nivel comarcal (Guzmán et al,
2002).
La ONG´s Centro de Desarrollo Ambiental y Humano (CENDAH): Plan Ambiental
Marino-Costero 2004-2009, de las seis comunidades, aglutinados en la Fuerza
Unida de Seis Pueblos (FUSPU).
Recientemente, por la gravedad que ocurre en las poblaciones de gunayala en
la falta de alimentos, las drogas, turismo sin control, invasión de colonos en los
límites, entre otros, el Congreso General Guna, vio la necesidad de elaborar un
Plan de Desarrollo Comarcal, surgidas de las mismas comunidades como los
desafíos de mantener su autonomía en la región con visión al mañana, es el Plan
Estratégico de Desarrollo Integral de Gunayala 2015-2025 (PEGY 2025), de los
Congresos Generales Gunas. Un proceso de largo trabajo, un logro adaptivo
situacional que plantea pautas o lineamientos estratégicos para un proceso de
desarrollo endógeno - ambiental, cultural, económico y humano. Si este plan no
lo tomamos en serio o, mejor dicho, no nos empoderamos, nuestro futuro se verá
obscuro8.
Concluimos que es necesario que el Congreso General Guna debe buscar
aliados para que sus tierras ancestrales pueden ser delimitadas y reconocidas
según ley 53, y realizar un ordenamiento territorial terrestre y marítimo de sus
tierras ancestrales para lograr una plena autonomía.
Por consiguiente, el pueblo kuna de la Comarca de Gunayala tiene la base de
su autonomía en el equilibrio que tiene con la Madre Tierra, que es su territorio.
Lucha por un territorio legalizado para convivir y decidir su destino sin
Interferencia del gobierno. Por eso, los gunas deben volver a buscar sus raíces
culturales e históricas, sin estos principios propios estarían seriamente
amenazados por el impacto del mundo global, un mundo en donde cada vez se
están perdiendo los valores éticos y culturales, y los pueblos indígenas pueden
contribuir a fortalecer las bases de la identidad nacional de sus respectivos
países.
8
Geodisio Castillo, comunicación personal, 2016.
10. Bibliografía
Castillo, Bernal (2005). La autonomía indígena en Kuna Yala frente al impacto
de la globalización: un análisis de los retos del autogobierno indígena. Tesis de
Maestría, Universidad de Costa Rica.
Castillo, Geodisio, comunicación personal, octubre, 2016.
Castillo, Bernal y Martínez, Atilio (2016). Historia sobre las áreas limítrofes de
Nurdargana y aledañas como tierra de conflicto con el estado panameño. Informe
Final, Panamá: Congreso General Guna.