La Ley de Ilícitos Cambiarios castiga la compra, venta y transferencia de divisas diferentes al bolívar que no se realicen a través de organismos autorizados como Cadivi. Las sanciones incluyen multas equivalentes al doble del monto de la operación ilegal y penas de prisión de 2 a 7 años dependiendo de la gravedad del delito. Quedan prohibidas las operaciones en efectivo, cheques u otros instrumentos en moneda extranjera que superen los 10.000 dólares anuales sin declaración.
Preguntas y respuestas sobre la ley de ilicitos cambiarios
1. PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE LA LEY DE ILÍCITOS CAMBIARIOS
¿Cuál es el objetivo de la Ley de Ilícitos Cambiarios?
Castigar a aquellas personas o empresas que comercialicen con divisas
diferentes al bolívar. La idea es que todas las solicitudes se realicen a través
del organismo gubernamental definido para tal fin, es decir, la Comisión de
Administración de Divisas (Cadivi).
¿Qué sanciones recibirán quienes incumplan la normativa?
Todo dependerá del delito que se cometa. Por solicitud del Ejecutivo, las
multas equivaldrán al doble del monto de la operación ilegal, con lo cual se
uniforma el castigo y se reduce la discrecionalidad de los jueces. Entretanto,
las penas de prisión se sitúan entre 2 y 7 años, aunque todo dependerá de la
gravedad del delito.
¿Cómo saber cuándo estoy cometiendo un ilícito?
El delito más común que podría cometerse, de acuerdo con la ley, es la
compra, venta, enajenación, transferencia, recepción, exportación o
importación de divisas por un monto superior a 10.000 dólares o su equivalente
en otras divisas. Las penas dependerán del monto de la operación. Si no
sobrepasa los 20.000 dólares sólo se aplicará la multa, pero si la cantidad
excede los 20.001 dólares el castigo incluirá prisión de 2 a 6 años, además de
la sanción administrativa.
¿Cómo harán ahora las personas que viajan con dinero? ¿Deben
declararse esos dólares?
La obligación es declarar más de 10.000 dólares. Sin embargo, la presidenta
de Cadivi, Mary Espinoza, señala que lo ideal es que los viajeros declaren
cualquier cantidad de dinero que lleven al exterior o traigan al país, aunque no
exista obligación de hacerlo.
¿Si hago varias operaciones por más de 10.000 dólares en un año me
pueden castigar?
Según la normativa, las sanciones se impondrán si se descubren "una o varias
operaciones ocurridas en un mismo año calendario":. Esto quiere decir que el
castigo será igual para una persona que haga 10 transacciones por 1.000
dólares cada una, que para otra que efectúe una sola operación que supere los
10.000 dólares.
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2. ¿A quién acudo si quiero declarar mis dólares?
Depende de la situación. Las personas naturales pueden acudir ante la
autoridad administrativa competente, función que por los momentos le
corresponde a Cadivi o, en su defecto, los operadores cambiarios autorizados
por este órgano (bancos y casas de cambio). Las empresas exportadoras
deberán declarar al Banco Central de Venezuela (BCV). Es necesario aclarar
que la declaración de las divisas solamente deberá hacerse si la cantidad de
dólares que será exportada o importada supera los 10.000 dólares.
¿Qué pasará con las personas que tienen cuentas bancarias fuera del
país y desean hacer transacciones en el extranjero?
Para las leyes nacionales aplica el principio de la territorialidad, es decir, sólo
son vigentes en Venezuela. Esto significa que si una persona tiene una cuenta
en el extranjero, sin importar si es un banco que también existe en Venezuela,
puede hacer uso de ella como le parezca y no será penalizado por ello.
No hay posibilidades legales para limitar que los venezolanos abran cuentas
bancarias fuera del país, y aunque esto se pudiera detectar, no será
sancionado porque no es ilegal.
¿Las operaciones ilegales efectuadas antes de la vigencia de esta ley
serán castigadas también?
No. En Venezuela las leyes no tienen carácter retroactivo, por lo que todas las
operaciones que se realizaron antes de la promulgación de la Ley de Ilícitos
Cambiarios no deben ser penadas con este texto.
¿Si Cadivi me autorizó dólares para un fin y los utilizo en otra cosa, estoy
incumpliendo la ley?
Sí. En la normativa esto se entiende como una malversación de fondos, por lo
tanto aquellas personas o empresas que hayan destinado las divisas
lícitamente para fines distintos a los que motivaron su solicitud serán
sancionadas con prisión de 3 a 7 años y multa del doble del equivalente en
bolívares".
Si después de un viaje me sobran algunos dólares que me entregó Cadivi y los
guardo ¿estoy cometiendo un ilícito cambiario?
Cuando la ley habla de cambio de destino se refiere más bien a cuando los
importadores solicitan dólares a Cadivi para traer un ítem determinado y llega
al país otro diferente. Por ello, a quienes le sobren dólares luego de un viaje
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3. podrán conservarlos sin que ello signifique una violación a la ley, siempre y
cuando no lo vendan a otro que no sea el BCV, a través de los operadores
cambiarios autorizados.
¿Me pueden castigar si le vendo dólares u otra moneda extranjera a mis
familiares y amigos?
Sí. En estos casos la sanción es una multa que equivale al doble del monto de
la operación, porque hasta las pequeñas operaciones quedan prohibidas a
partir de hoy. No hace falta superar el límite de los 10.000 dólares vendidos
para ser penalizado, de acuerdo al instrumento legal.
Si tengo dólares en mi casa ¿pueden castigarme por eso?
No. La tenencia no será castigada, sólo las operaciones de compra y venta, así
como la exportación o importación de las divisas. El simple hecho de guardar
unos dólares no representa un delito cambiario y ninguna autoridad podrá
revisarlo.
¿Cómo hago si me voy del país y quiero cambiar mis ahorros a dólares
para llevármelos?
De acuerdo a las autoridades de Cadivi, el único mecanismo posible para hacer
esto es cambiar los bolívares por acciones que puedan ser cobradas en el
exterior en dólares, es decir, títulos valores.
¿Puedo ofrecer bienes o servicios con precios determinados en dólares?
No. A partir de la vigencia de la ley se prohíbe la compra o la venta de bienes y
servicios en divisas, lo que será sancionado con multa del doble al equivalente
en bolívares del monto de la oferta. La ley dejó fuera la prohibición de fijar
precios en dólares para alquileres, pero la Ley de Protección al Consumidor lo
impide. Además, tampoco podrá notariarse la venta de un bien o servicio en
divisa extranjera, aunque el pago se haga en bolívares.
Si trabajo en una empresa extranjera y mi salario es en dólares ¿qué debo
hacer?
Si el monto supera los 10.000 dólares anuales debe ser declarado ante Cadivi
o un operador cambiario, es decir, un banco autorizado o casa de cambio. Si
los dólares recibidos por el empleado se giran a una cuenta en el exterior
entonces el ilícito cambiario no existe.
¿Sólo se castigarán las operaciones en efectivo?
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4. No. En la ley se entiende por divisas "aquella expresión monetaria en moneda
metálica, billetes de bancos, cheques bancarios". Esto quiere decir que si se
hacen operaciones con cheques en dólares, euros o cualquier otra divisa
extranjera las autoridades pueden sancionar a esa persona o empresa,
siempre y cuando los montos superen los 10.001 dólares anuales.
¿Cuáles son los organismos encargados del cumplimiento de la Ley de
Ilícitos Cambiarios?
La máxima autoridad en la materia será la Comisión de Administración de
Divisas (Cadivi), la cual se encargará de esta materia hasta tanto el Ejecutivo
cree un nuevo organismo para estos casos. Mientras tanto, Cadivi será
auxiliada por el Banco Central de Venezuela, el Servicio Nacional Integrado de
Administración Aduanera y Tributaria, la Superintendencia de Bancos y Otras
Instituciones Financieras (Sudeban), la Superintendencia de Seguros
(Sudeseg) y la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX).
¿Quién se encargará de multar a quienes cometan las irregularidades?
Hasta que el Ejecutivo defina la creación del nuevo organismo, Cadivi será el
ente encargado de las sanciones administrativas. Entretanto, las personas
sobre quienes puedan recaer penas de prisión pasarán por los canales
regulares de la Fiscalía General de la República y los juzgados.
Si estoy en un aeropuerto y alguna autoridad pretende constatar si traigo
dólares conmigo ¿puede hacerlo?
Depende de qué autoridad lo haga y de lo que pretenda revisar. El caso del
aeropuerto es muy particular, pues está considerado como una aduana, por lo
que cabría la posibilidad de que alguien pretendiera exportar o importar
cantidades superiores a las permitidas por la normativa cambiaria.
Sin embargo, los funcionarios del Servicio Nacional Integrado de
Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) son los únicos que podrían
revisar los bienes de una persona, pero no así su cuerpo.
La revisión se podrá hacer solamente al pasar de la última taquilla de aduana,
es decir, la puerta donde se entrega la planilla de declaración aduanera, justo
antes de salir del aeropuerto.
¿Hará falta algún trámite adicional antes de viajar?
Los funcionarios de Cadivi estarán destacados desde hoy en el aeropuerto, con
motivo de la vigencia de la ley, con el objetivo de repartir las planillas de
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5. declaración de dólares y supervisar la marcha de este operativo que será de
carácter permanente.
¿Un efectivo de la Guardia Nacional podrá revisarme para saber cuántos
dólares me llevo o traigo al país?
La Guardia Nacional no funge como auxiliar de justicia en la Ley de Ilícitos
Cambiarios por lo que no deberían poder abordar en los aeropuertos a las
personas de las cuales se sospeche que porten más de las divisas permitidas.
De todas maneras, abogados consultados señalan que el Ejecutivo Nacional
debería aclarar estas situaciones a través de reglamentos de la normativa. No
obstante, un guardia nacional podría acercarse a una persona en un
aeropuerto con la excusa de que sospecha que porta drogas y, de allí,
descubrir que lleva dólares de más.
¿Qué va a pasar con el envío de cheques por correo para pagar servicios
en el extranjero?
Los cheques bancarios en moneda extranjera también se consideran divisas,
razón por la cual la exportación o importación de los mismos por montos que
superen los 10.001 dólares serán penados. Da igual si el cheque es enviado
por correo o si la persona lo porta consigo, de cualquier manera representa una
exportación o importación, según sea el caso.
¿Si el cheque girado a ser exportado es de una cuenta radicada en el
extranjero también se está cometiendo un ilícito?
De acuerdo a la ley, se considera divisa a la "expresión monetaria en moneda
metálica, billetes de bancos y cheques bancarios distintos al bolívar". En este
caso no se discrimina si el cheque girado es de una cuenta venezolana o
extranjera, y como un cheque en dólares es considerado una divisa, la
exportación o importación del mismo será sancionada si el monto supera lo
dictado por la ley. No obstante, los juristas consultados señalan que esto
genera un vacío legal porque si el envío se hace por correo o por courier no se
podrá detectar el ilícito, pues la Constitución indica que la correspondencia es
inviolable.
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6. declaración de dólares y supervisar la marcha de este operativo que será de
carácter permanente.
¿Un efectivo de la Guardia Nacional podrá revisarme para saber cuántos
dólares me llevo o traigo al país?
La Guardia Nacional no funge como auxiliar de justicia en la Ley de Ilícitos
Cambiarios por lo que no deberían poder abordar en los aeropuertos a las
personas de las cuales se sospeche que porten más de las divisas permitidas.
De todas maneras, abogados consultados señalan que el Ejecutivo Nacional
debería aclarar estas situaciones a través de reglamentos de la normativa. No
obstante, un guardia nacional podría acercarse a una persona en un
aeropuerto con la excusa de que sospecha que porta drogas y, de allí,
descubrir que lleva dólares de más.
¿Qué va a pasar con el envío de cheques por correo para pagar servicios
en el extranjero?
Los cheques bancarios en moneda extranjera también se consideran divisas,
razón por la cual la exportación o importación de los mismos por montos que
superen los 10.001 dólares serán penados. Da igual si el cheque es enviado
por correo o si la persona lo porta consigo, de cualquier manera representa una
exportación o importación, según sea el caso.
¿Si el cheque girado a ser exportado es de una cuenta radicada en el
extranjero también se está cometiendo un ilícito?
De acuerdo a la ley, se considera divisa a la "expresión monetaria en moneda
metálica, billetes de bancos y cheques bancarios distintos al bolívar". En este
caso no se discrimina si el cheque girado es de una cuenta venezolana o
extranjera, y como un cheque en dólares es considerado una divisa, la
exportación o importación del mismo será sancionada si el monto supera lo
dictado por la ley. No obstante, los juristas consultados señalan que esto
genera un vacío legal porque si el envío se hace por correo o por courier no se
podrá detectar el ilícito, pues la Constitución indica que la correspondencia es
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