La nueva moratoria previsional permite comprar más años de aportes que la anterior, pero tiene cuotas más caras que aumentan periódicamente. Además, está sujeta a un examen socioeconómico. En muchos casos, la vieja moratoria es más conveniente, especialmente si la persona tiene aportes posteriores a 1993. Antes de optar por una u otra, es importante analizar cada situación particular.
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Qué moratoria conviene
1. QUÉ HAY QUE SABER ANTES DE
JUBILARSE POR LA NUEVA
MORATORIA
Dra. Cintia Coturel
estudiocoturel@gmail.com
2. El año pasado entró en vigencia la Ley 26.970, conocida como nueva
Moratoria Previsional, que permitió a miles de personas acceder a la
jubilación. La gran publicidad que se ha dado a esta moratoria destaca las
ventajas de la nueva ley. Pero poco se habla de algunos aspectos que, en
ciertos casos, pueden resultar desfavorables.
En primer lugar, la vieja moratoria de la ley 24.476 aún se encuentra
vigente. Por lo tanto, lo primero que hay que analizar en cada caso en
particular es cuál de las dos moratorias conviene más.
-La nueva moratoria tiene la ventaja de que permite comprar una mayor
cantidad de años de aportes, por lo que le conviene a aquellos que no
podían encuadrarse en la ley 24.476 por razones de edad. Pero si la persona
tiene aportes en relación de dependencia posteriores a 1993, es muy
probable que le convenga la vieja moratoria.
- Las cuotas de la nueva moratoria son más caras que las de la vieja
moratoria. Además, van aumentando en forma proporcional a los
aumentos que se otorgan a las jubilaciones y pensiones, en Marzo y
Septiembre. En cambio, las cuotas de la vieja moratoria quedan fijas en un
monto determinado, por lo que a largo plazo, en un plan de cinco años,
terminan licuándose.
- Para acceder a la nueva moratoria hay que pasar un filtro: el examen
socioeconómico. Por ello, hay que analizar si el solicitante tiene tarjetas de
crédito, bienes a su nombre, ingresos mensuales registrados, etc.
- El trámite de la nueva moratoria genera menos retroactivo. En un
principio, desde ANSeS dijeron que estas jubilaciones iban a salir en forma
rápida, de un mes al otro. Pero fue tal la cantidad de solicitantes, que el
trámite completo hoy demora unos seis meses aproximadamente-
dependiendo de la UDAI de ANSeS en la que se tramite-. Pero el titular
3. termina cobrando un retroactivo de dos meses, ya que no se cuenta desde
que sacó el turno en la página web de ANSeS, sino desde la fecha de
vencimiento de la primera cuota del plan de moratoria.
- En muchos expedientes de nueva moratoria, para que salgan más rápido,
se permite que el titular “reserve” los aportes en relación de dependencia.
De esta manera, se ve perjudicado porque termina cobrando la jubilación
mínima. En cambio, si se incluyeran los aportes en relación de
dependencia, el haber sería más alto y la cuota de la moratoria, menor.
Por ello, conviene analizar cada caso particular antes de optar por una u
otra ley.
4. Acerca de la autora
La Dra. Cintia Coturel es abogada graduada con honores en la UBA
(2006). Realizó diversos estudios de especialización en Derecho
Previsional, entre ellos cursó la Maestría en Derecho del Trabajo y
Relaciones Internacionales y obtuvo la Diplomatura en Instituciones
Profundizadas del Derecho Colectivo y Seguridad Social en la UNTREF:
En el año 2007 fundó el Estudio Jurídico Coturel & Asociados, el cual
ofrece asesoramiento y defensa a jubilados, pensionados y trabajadores que
desean comenzar sus trámites jubilatorios.
Si desea más información, puede comunicarse por correo electrónico:
estudiocoturel@gmail.com o por teléfono al Estudio Jurídico Coturel &
Asociados: 4288-3612.