1. TRABAJADORES DE LA
CONSTRUCCIÓN: SE JUBILAN A LOS 55 AÑOS
Con la sanción de la Ley Nº 26.494, vigente desde mayo de 2009, los trabajadores de la
construcción gozan de un régimen diferencial, con el que pueden acceder a la jubilación
teniendo la edad de cincuenta y cinco años.
Es importante saber que al momento de iniciar el trámite, deberá presentarse el cese de
actividades para poder percibir la prestación jubilatoria.
Estas son algunas de las preguntas que GASTÓN TÉMOLI, Ejecutivo de ANSES en
San Luis, respondió al respecto.
QUIENES PUEDEN ACCEDER A ESTE RÉGIMEN DIFERENCIAL?
Aquellos trabajadores que desempeñen tareas en:
• Obras de ingeniería o arquitectura, en excavaciones, construcciones,
reparación, conservación o demolición, de montaje o instalación de partes ya
fabricadas, o de vía y obras.
• Talleres, depósitos o parques destinados a la conservación, reparación,
almacenaje o guarda de los elementos de trabajo utilizados en dichas obras o
lugares.
CUALES SON LOS REQUISITOS QUE DEBEN REUNIRSE?
Servicios
• Veinticinco (25) años de servicios con aportes computables, prestados en
forma autónoma o en relación de dependencia, de los cuales al menos doce (12)
años de los últimos 15 inmediatos anteriores al cese o a la solicitud de
beneficio, deben haber sido prestados en la actividad de la construcción.
2. • También resultarán computables como servicios:
El tiempo en que se haya percibido el subsidio por desempleo para los
Trabajadores de la Industria de la Construcción – Ley Nº 25371.
• Los servicios desempeñados al amparo de los programas de empleo para la
industria de la construcción, establecidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo
y Seguridad Social.
Edad exigible:
• Las trabajadoras mujeres acceden al beneficio a los 55 años, desde el
01/05/2009.
DESDE JULIO, TODOS LOS TRABAJADORES
COBRARÁN LAS ASIGNACIONES FAMILIARES
DIRECTAMENTE POR ANSES
Este mes cerró definitivamente el sistema de liquidación de
asignaciones familiares a través de los empleadores, denominado
Fondo Compensador.
A partir de julio de 2010, todos los trabajadores bajo
relación de dependencia cobrarán sus cargas de familia
directamente a través del Sistema Único de Asignaciones
Familiares (SUAF) de ANSES.
Todas las empresas privadas que aún no se encontraban en
este sistema, pasarán automáticamente al SUAF. De esta forma, con
la liquidación de mes de junio de 2010, cierra definitivamente el
sistema de pago denominado Fondo Compensador.
A partir del 01 de julio, el único sistema de liquidación y pago
de asignaciones familiares para los trabajadores en relación de
dependencia en empresas privadas es el de “pago directo”, conocido
como SUAF. De ahora en adelante, como se viene haciendo desde
3. diciembre de 2005, todas aquellas empresas que se den de alta en la
AFIP como empleadoras, ingresarán directamente a este sistema.
Con el SUAF, el Estado abona directamente las asignaciones
familiares a los trabajadores, a través de bancos, correos, o mediante
la acreditación en una cuenta bancaria, que puede ser la misma
cuenta sueldo. Los empleados perciben, así, sus cargas de familias
sin intermediarios, y ANSES efectúa directamente los controles de
derecho sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y las
efectiviza, en caso de corresponder.
ASIGNACIÓN FAMILIAR POR MATERNIDAD
ANSES recuerda a todas las trabajadoras bajo relación de
dependencia, que con motivo del parto, tienen el derecho a recibir
el pago de un monto igual a la remuneración bruta que le hubiera
correspondido percibir durante el período de licencia legal en el
empleo.
En el caso de poseer más de un empleo, tiene derecho a la
percepción de esta Asignación Familiar en cada uno de ellos.
26 de Julio ANSES PAGA:
A Jubilados y Pensionados cuyos
haberes SUPEREN la suma de PESOS UN MIL
CATORCE ($1014) y cuyos documentos terminen
en 2 y 3.
4. 26 Julio ANSES también ATENDERÁ:
En la OFICINA ITINERANTE: Escuela Santa
Maria Eufracia
Dirección: Bª PUCARÁ. Ruta Provincial Nº 19
de la Ciudad de San Luis.
CANALES ALTERNATIVOS de ATENCIÓN:
• Telefónicamente al número gratuito de ANSES: 130.
• A través de Internet: visitando la página:
WWW.anses.Gob.ar
• Con un SMS al 26737 con la palabra LIBRETA, un
espacio y el Nº de DOCUMENTO del
NIÑO/ADOLESCENTE, un espacio, seguido de la letra F
(si es mujer), o M (si es varón)