SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 52
Universidad Fermín Toro
Facultadde ciencias Jurídicas y Políticas
Escuelade Derecho
LA RESPONSABILIDAD CIVIL
RECORDAMOS SU ORIGEN Y SU CONCEPTO… PRIMERO LA LEY
DEL TALION, luego la víctima de un daño injusto no va a
causarle a su autor un daño idéntico, sino se va a contentar
con exigirle una reparación de tipo económico o patrimonial
al causante del daño, entonces…….surge el concepto de
RESPONSABILIDAD CIVIL, que opera cuando el deudor queda
obligado a reparar un daño producido por su incumplimiento
culposo
Características
Es eminentemente
PATRIMONIAL
Persigue LA REPARACION
DEL DAÑO no la sanción del
causante ( y al culpa?) y
opera por dependientes o
bajo su vigilancia
Es de acción
PRIVADA
Su naturaleza es
COMPENSATORIA
DIFERENCIAS ENTRE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y
PENAL
PENA- PATRIMONIO
DE OFICIO- de
acción PRIVADA
PERSONAL e
intransferible-
IMPERSONAL
SE DETERMINA POR
LA CULPA- EL DAÑO
A REPARARSE NO
VARIA
Los destinatarios
son distintos
El objetivo es
distinto
Clasificación
1.- Según la naturaleza de la conducta incumplida:
CONTRACTUAL y EXTRACONTRACTUAL
…y esta ultima puede ser: LEGAL (derivadas de leyes
generales o especiales -) recordamos las fuentes de
las obligaciones
y DELICTUAL derivada del HECHO ILICITO. 1.185
CCV
2.- Según que la obligación de reparar provenga o
no de culpa del agente
RESPONSABILIDAD CIVIL SUBJETIVA
RESPONSABILIDAD CIVIL OBJETIVA. En Vzla
tenemos el hecho ilícito causado por
dependientes (art. 1191 CC); por cosas (art. 1193
del CCV); por animales (art. 1192); por ruina de
edificios (art. 1194): por accidentes de tránsito,
por daños causados por aeronaves tema 28-29.
Las indemnizaciones por accidentes de trabajo
ETC
En ocasiones asumimos contractualmente el
alcance de la RESPONSABILIDAD CIVIL
* MEDIANTE UNA CLÁUSULA PENAL.
Definición doctrinal: Es aquella determinación
hecha por las partes de la reparación de daños y
perjuicios eventuales, causados por el
incumplimiento de las obligaciones pactadas en
el contrato. Definición legal: El art. 1.258.
* CLAUSULAS DE EXONERACION, ARRAS
DIFERENCIA ENTRE CLAUSULA PENAL Y
ARRAS
Cual consiste en las cosas que se dan en
garantía de la celebración o ejecución de un
contrato? y cual es una tasación anticipada de
los perjuicios por incumplimiento de la
obligación o retardo en el cumplimiento de
esta? Cual tienen carácter garante y cual
sancionatorio?
En ausencia de clausula penal u otra forma de extinguir
la obligacion contractual o extracontractual
Con ocasión de un incumplimiento nacido de
cualquier fuente y visto nuestra imposibilidad
de lograr que el deudor extinga la obligación
ante nuestro cliente, no tenemos mas opción
que acudir al JUEZ POR VIA PRINCIPAL y como
efecto primario y directo del incumplimiento de
las obligaciones …. Accionamos el aparato
jurisdiccional del Estado …. Vamos a juicio!!!
CADA VEZ QUE INTENTEMOS UNA DEMANDA Y
PRETENDAMOS UNA DECLARATORA JUDICIAL
CON LUGAR POR UN JUEZ CIVIL DEBEMOS
LLENAR LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL
ARTICULO 340 DEL CODIGO DE
PROCEDIMIENTO CIVIL VENEZOLANO, PARA
ALEGAR, PROBAR Y CONVENCER AL JUEZ EN
UN TRABAJO HILADO, ES DECIR, CONSECUTIVO
DESDE EL ESCRITO LIBELAR HASTA SU INFORME
SEGÚN EL CUAL UD ESTIMA QUE TUVO RAZON
DEBE INDICAR CLARAMENTE LA
RESPONSABILIDAD CIVIL DEL SUJETO
DEMANDADO
ENTONCES
¿cómo se establece la responsabilidad civil?
1.- Por las partes:
• cláusulas exoneradoras de responsabilidad. En
caso de dolo no opera. 1506 CCV
• Cláusulas limitativas de responsabilidad,
limitan la cuantía de la reparación a una suma
determinada
• Cláusulas penales 1.258 CCV ya comentado
2.- Determinación de la
responsabilidad civil por la Ley
• Las que tengan por objeto el pago de una
suma de dinero, de ello tenemos el art. 1277
CC; y en segundo lugar, cuando se trata de
contratos en los cuales existe un interés
público de por medio; caso del contrato de
trabajo. Menores, normas especificas del
codigo civil ya comentadas, Leyes especiales y
todo cuanto sea declarado de orden publico o
interes social por el estado venezolano.
3.- Determinación de la
responsabilidad civil por el Juez
• el acreedor, debe especificar y demostrar su
existencia y causa, de lo contrario el Juez no
podrá acordar ninguna reparación; a estos
efectos tenemos el art. 340, ord.7, CPC,
referido a los requisitos de forma que debe
contener la demanda, y el cual dispone: “Si se
demandare la indemnización de daños y
perjuicios, la especificación de éstos y sus
causas”.
CUALESSONLOSELEMENTOSDE LA
RESPONSABILIDADCIVILque demostraremos en
juicio??
• UN INCUMPLIMIEnto
• UN DAÑO
• UNA CULPA
• UNA RELACION DE CAUSALIDAD ENTRE EL
INCUMPLIMIENTO CULPOSO DEL SUJETO Y EL
DAÑO
DETERMINAMOS LA OBLIGACION INCUMPLIDA ( SU
NATURALEZA ) , LUEGO LA CLASIFICAMOS
• Evidenciamos EL DAÑO
• Y QUE ES EL DAÑO?
DAÑO…..
EL DAÑO. CONCEPTO
• Es la disminución, pérdida, o el no aumento en
el patrimonio material o moral de una
persona.
• Es el perjuicio causado a un interés
jurídicamente tutelado.
• Es el efecto de dañar. El término proviene del
latín damnum y está vinculado al verbo que se
refiere a causar perjuicio, menoscabo,
molestia o dolor
CLASIFICACION
Antiguamente daño = disminución o
perdida material. Perjuicio= ganancia o
beneficio dejado de obtener. Actualmente no
existe tal distinción
• 1.- Atendiendo a su origen: daños y perjuicios
contractuales y extracontractuales
2.- Según la naturaleza del PATRIMONIO
AFECTADO POR EL daño
• Daño Patrimonial o Material; es aquel daño
que consiste en una pérdida o disminución de
tipo económico o patrimonial que una
persona experimenta en su patrimonio.
• Daño No Patrimonial o Moral; es aquel daño
que consiste en la afección de tipo psíquico,
moral, espiritual o emocional que
experimente una persona;
• Daño a la integridad física
Cual sera la diferencia entre estos tres tipos de
daños???? PATRIMONIAL, NO PATRIMONIAL o
DAÑO MORAL? Y EL DAÑO A LA INTEGRIDAD
FISICA????
LEEMOS EL 1.196 DEL CODIGO CIVIL
VENEZOLANO
El daño moral en venezuela
• El juez es el único que tiene la facultad de
calcularlo. Pertenece a su prudencia
discreción y calificación.
• Toma en cuenta el grado de cultura,
educacion, posición social y económica del
reclamante
• Son moderadas en nuestros paises latinos
• Según doctrina ligeramente aceptada hay dos
tipos de daño moral
Tipos de daño moral según doctrina
• El que afecta el aspecto social del patrimonio
moral
• El que afecta la parte afectiva del patrimonio
moral
Y cuales serian ejemplos de cada uno????
Ejemplos de daño moral
• cuando hay perturbación psíquica en una persona
por la muerte de un familiar como consecuencia de
una nota periodística malintencionada;
• como consecuencia de la pérdida de un órgano o
miembro del cuerpo
• como consecuencia de difamación o injuria.
¿cómo probar la perturbación, la afección psíquica
como resultado de los casos mencionados
anteriormente? Demuestro el hecho ilícito que lo
produjo, la conducta culposa del agente del daño y el
Juez debe establecer la reparación del daño moral, si
se ha solicitado
Continuación de la clasificacion del daño
• Directo o indirecto. Cual sera el que no
haya habido forma ni manera,
razonablemente de evitarlo? y cual
en medida en que existe la posibilidad
de que el mismo no se de, aunque de
hecho se haya dado ?
• Compensatorios o moratorios
• Daño emergente y lucro cesante. En atención
a la disminucion o aumento del patrimonio de
la victima
EJEMPLOS
• 1. Un sujeto, arreglando una instalación eléctrica en
una fábrica, daña una pieza de una maquinaria;
Primer daño, el valor de reparación de la pieza de la
máquina; Segundo daño, la producción de la fabrica
se paraliza por efecto de la pieza dañada con la
consiguiente pérdida económica; Tercer daño, al no
poder producir por algún tiempo, la empresa
incumple con un contrato de suministro con
determinado cliente, lo que también le acarrea
pérdidas económicas. La pregunta es, ¿hasta dónde
hay la obligación de reparar, donde debe cortarse esa
cascada de daños?
OTRO EJEMPLO
• 1. Un músico es atropellado por un conductor
imprudente: Primer daño, los gastos médicos;
Segundo daño, el músico tenía previsto dar un
concierto ese día y ya no podrá cumplir. Tercer daño,
el empresario sufre pérdidas económicas.
clasifique el daño
Material, moral o a la integridad fisica??
Directo o indirecto??? Cual es cual???
Daño emergente o lucro cesante???
Compensatorio o moratorio?
Requisitos concurrentes y de procedencia del
daño
• Debe ser un daño cierto actual. Significa que el
daño efectivamente haya sucedido, o que
inevitablemente sucederá
• Personal a la victima. El daño debe consistir en
una disminución de las ventajas de que gozaba la
víctima antes del accidente (suceso o
incumplimiento) y esas ventajas constituían un
derecho.
• determinado o determinable
entonces…
evidenciando un
* INCUMPLIMIENTO
* un Daño debemos tambien establecer
* LA Culpa y LA relacion
de causalidad ...para obtener como resultado
La RESPONSABILIDAD CIVIL
DECLARADA POR EL JUEZ y
Ganar el juicio!!!!
elementos de la responsabilidad civil
continuacion
la culpa y la relacion de causalidad
Tema 08
recordaMOS LAS FORMAS DE
INCUMPLIMIENTO
- SEGÚN SU NATURALEZA: TOTAL O PARCIAL
- SEGÚN SU DURACION: PERMANENTE O
TEMPORAL dando lugar a LA MORA
- SEGÚN SU CAUSA: INVOLUNTARIO que da
lugar a LA CAUSA EXTRAÑA NO IMPUTABLE y el
INCUMPLIMIENTO VOLUNTARIO O CULPOSO
que da lugar a LA CULPA
LA CULPA
El tercer elemento de la responsabilidad civil
esta constituido por la culpa dispuesto en el
tema 08 de nuestro contenido programático
Para ser responsable es necesario ser culpable
Y QUE ES LA CULPA?????
CONCEPTO SEGÚN FUENTES DOCTRINARIAS
• LEVY es la violación de una confianza legitima
engañada.
• SAVATIER es la inejecución de un deber que
una persona debía conocer y observar
• PLANIOL y DE PAGE: la definen como la
violación a una obligación preexistente. Es un
error en la conducta de un sujeto que tiene
que comportarse de un determinado modo.
TETRALOGODE PLANIOL
1.- Toda persona debe abstenerse de
toda violencia contra personas y cosas
2.- Toda persona debe abstenerse de todo fraude.
3.- Toda persona debe abstenerse de toda actividad
para la cual no tenga habilidad, pericia
o competencia necesaria. Art 1185 CC.
4.- Toda persona debe ejercer la debida vigilancia sobre
personas o cosas que estén bajo su guarda.
Cuales comprenden obligaciones negativas ( de
no hacer) y cuales obligaciones positivas? Cuales
dolosas y cuales culposas?
ELEMENTOS de la culpa
• ELEMENTO DE NATURALEZA OBJETIVA:
incumplimiento de la obligación que es lo
mismo que inejecución total de la obligación.
ART 1271 CC
• ELEMENTO DE NATURALEZA SUBJETIVA: la
culpa: LEVY la define como la violación de una
confianza legítima engañada, PLANIOL: la
define como la violación a una obligación
preexistente.
•
CLASES DE CULPAS
• EN SENTIDO LATO, comprende el incumplimiento
intencional o
EN SENTIDO ESTRICTO es el incumplimiento
propiamente culposo, trátese de culpa in
omittendo (negligencia) como de culpa in
comittendo (imprudencia
Clasificacion continuacion
* O SEGÚN SU GRADO la responsabilidad civil va a
proceder por todo tipo de culpa, tanto la culpa
grave, leve y levísima, si bien esta ultima varia
según se trate de responsabilidad civil
contractual o extracontractual.
* EN ABSTRACTO o EN CONCRETO. Leemos el 1.270
CCV…Cual es el sistema Venezolano?
O clasificado de otra forma doctrinaria
• Según su actividad: de hacer o no hacer…
DONDE HAY NEGLIGENCIA Y DONDE
IMPRUDENCIA???
• Según su contenido dolo o culpa
• Según la gravedad ….?
• Según su origen contractual y ??
En ocasiones el legislador presume la culpa
• Leemos el artículo 1.394 del Código Civil de 1982.
• Recordamos las PRESUNCIONES: LEGALES (iuris
tantum ej: 201 CCV y las iuris et de iure 1.397
CCV, 1.191) y la HOMINIS LA INFIERE LA
AUTORIDAD JUDICIAL EN BASE A LOS HECHOS
ALEGADOS Y PROBADOS POR LAS PARTES.
• A lo largo de nuestro ordenamiento jurídico
encontraremos presunciones absolutas y
relativas, con la finalidad de liberar la carga de la
prueba de un hecho, en una circunstancia y a un
determinado sujeto….
En ocasiones exime de CULPA y por analogía o efecto exime de
RESPONSABILIDAD CIVIL
• 1.- Clasificación.
• Causas que eliminan la culpa.
• Circunstancias que destruyen la relación de
causalidad.
A) CAUSAS QUE ELIMINAN LA CULPA.
• A.1.- La Ausencia De Culpa ( C.E.N.I )
• A.2.- Conducta Objetiva Lícita. Cuando un daño es
causado por el agente en ejercicio de un derecho o
cuando una persona causa un daño mediante el
desarrollo de una conducta prevista y autorizada o
tolerada por el legislador.
A.3.- La legitima defensa
Leemos el primer párrafo del artículo 1188 del
Código Civil.
• Los elementos de la legítima defensa en
materia civil son los mismos fijados por el
ordenamiento penal (C.P. Art. 65)
• 1.- Agresión ilegítima por parte de la victima.
• 2.- Necesidad del medio empleado por el
agente para impedir o repeler la agresión.
• 3.- Falta de provocación suficiente por parte
del agente.
B) CAUSAS O CIRCUNSTANCIAS QUE
ELIMINAN LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD
a)El caso fortuito.
b)La fuerza mayor.
c)El hecho de un tercero.
d)La culpa de la victima.
e)El hecho del príncipe.
f)La culpa del acreedor.
g)La pérdida de la cosa debida.
ENTONCES….
Que será
la relación de causalidad
como cuarto y ultimo elemento de la
RESPONSABILIDAD CIVIL????
generalidades
• Es el vinculo entre el daño y su causante lo
que determina su causa
• Interesa entonces, definir a la “causa”. La
doctrina establece que es el conjunto de
condiciones, positivas o negativas, que unidas
todas y solo en virtud de tal unión, provocan
un determinado resultado.
• Debe existir una relacion de causa-efecto,
entre el incumplimiento culposo en función de
su causa y los daños producidos que operaron
como efecto
Teorias de la RELACION DE CAUSALIDAD
Siendo un “VÍNCULO” entre la Conducta Culposa o
Incumplimiento de la obligación Vs. EL DAÑO
• No siempre la causa o hecho generador del daño es uno solo.
• Es posible que un hecho genere otro, y este a su vez , sea la
causa de otro y así se suceda en una cadena de hechos casi
interminable; de tal modo que hasta donde estará presente la
Responsabilidad civil?
• Entonces, la relación de causalidad no es una simple relación
de hecho, sino que es una relación de derecho.
• El problema para el jurista consiste en averiguar las
condiciones según las cuales el daño puede ser
jurídicamente atribuido al hecho demandado.
De otro modo la teoria sobre el vinculo nexo o relacion de
causalidad
• Teoría de la equivalencia de las condiciones.
Para esta teoría la causa de un hecho dañoso
son todas las condiciones necesarias para
producirlo. (cascada de perjuicios)
• Teoría de la causa próxima.(causalidad
humana) se llama causa solamente a aquélla
que entre las diversas condiciones necesarias
de un resultado, se halla temporalmente más
próxima a éste. Es la física o humana próxima.
relacion de causalidad. Teorias
• Teoría de la condición preponderante. (La causa
eficiente o relevante para otros doctrinarios) La causa,
según esta teoría, resulta ser aquella condición que
rompe el equilibrio entre los factores favorables
influyendo en el resultado. (+ importante o gravosa)
• Teoría de la causa adecuada (de la previsibilidad en
abstracto. Causalidad típica para otros) Es la que
predomina actualmente, a diferencia de la teoría de la
equivalencia de las causas, no todas las condiciones
necesarias de un resultado son equivalentes. Aquella que
según el curso natural y ordinario de las cosas es idónea
para producir el resultado, ésa es la causa.
ejemplos
• Jurisprudencia francesa. El caso se refiere al
propietario de un vehículo que por descuido lo
deja abierto, con las llaves y sin vigilancia.
Posteriormente un ladrón hurta el vehículo y causa
daños a terceros. Desde el punto de vista de la
equivalencia de las condiciones que opina ud?
• Una persona invita a otra a montar en su lancha en
horas de la mañana, alguien la saboteó durante la
noche, sera responsable el dueño de la lancha
quien la manejó y fue la última condición que
favoreció la muerte??? Que teoria critica???
Solucion
Como lo resuelve Ud?
• Del hecho ud, separa una a una las diversas causas
concurrentes remotas, próximas, gravosas o
inmediatas, mediatas, preexsitentes o
concomitantes en fin, las separa, las analiza, luego
la que extrae y le imposibilita el hecho
desencadenante ESA ES LA CAUSA
ADECUADA!!!!!! Y así lo debe demostrar en la
fase probatoria de su juicio civil.
• En Vzla Jurisprudencia es particular en cada caso y
el Juez decide según su fase probatoria.
CONSIDERACIONES FINALES DE LA
RELACION DE CAUSALIDAD
La cuestión jurídica fundamental consiste en
establecer los criterios conforme a los cuáles
queremos imputar determinado resultado a una
persona. Sólo es objetivamente imputable un
resultado causado por una acción humana,
cuando dicha acción ha creado un peligro
jurídicamente desaprobado y causante del
resultado típicamente protegido por la ley.
conclusion
Vemos entonces como el sistema de apreciación de
la culpa varía en cada caso, COMO EN OCASIONES
EL LEGISLADOR PRESUME LA CULPA ( IURIS
TANTUM Y IURIS ET DE IURE); en ocasiones exime
de responsabilidad civil (CENI), y en ocasiones la
deja al Juez, según su conocimiento, aplicación de
equidad y justicia como principios generales del
derecho y demás fuentes propias que aunado a sus
alegatos y pruebas delicadamente hiladas le harán
producir su sentencia con lugar, lo que hará de ud
un excelente profesional del derecho, que así sea!
Reflexion final
Solo en la medida de nuestro estudio,
dedicación, esmero y pasión por este fascinante
mundo del DERECHO CIVIL y como lo podemos
trasladar a una justa indemnización sobre nuestro
cliente disminuído, apocado y lesionado por otro,
alcanzaremos a comprender la nobleza de los fines
del derecho «bien común, justicia social y seguridad
jurídica» que profesionales como usted, harán cada
vez mas honorable y digna esta carrera y una vez
graduado, será su forma de vida en el mundo con el
tetrálogo de Planiol hecho suyo, como forma normal
de conducirnos como hombres y mujeres excelentes!
Gracias!!!!
Yo me he dedicado a
con amor en la enseñanza y
pido de usted, la lectura
la comprensión y
la mas altísima calificación
que merezco en
contraprestación a mi labor!
Nos vemos en el examen parcial

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en VenezuelaLa Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuelayanelis rodriguez
 
Trabajo de deposito derecho civil
Trabajo de deposito derecho civilTrabajo de deposito derecho civil
Trabajo de deposito derecho civilAngel Tineo
 
Medicina legal 2
Medicina legal 2Medicina legal 2
Medicina legal 2hilzap
 
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion   Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion Nellys Mercedes Sanabria
 
Ejecucion de credito fiscal
Ejecucion de credito fiscal Ejecucion de credito fiscal
Ejecucion de credito fiscal Selva Alejandra
 
Diapositiva de derecho procesal penal.
Diapositiva de derecho procesal penal.Diapositiva de derecho procesal penal.
Diapositiva de derecho procesal penal.pedro quiroz
 
Cumplimiento de las Obligaciones
Cumplimiento de las ObligacionesCumplimiento de las Obligaciones
Cumplimiento de las ObligacionesAnais Guillen
 
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...yenny mar g
 
Las quemaduras
Las quemadurasLas quemaduras
Las quemadurashilzap
 
Concurso Real y Ideal de Delitos
Concurso Real y Ideal de DelitosConcurso Real y Ideal de Delitos
Concurso Real y Ideal de DelitosCarmenMejia97
 
Vicios de los actos administrativos
Vicios de los actos administrativosVicios de los actos administrativos
Vicios de los actos administrativosMairet Pabon
 
Imputacion objetiva derecho penal
Imputacion objetiva   derecho penalImputacion objetiva   derecho penal
Imputacion objetiva derecho penalantonio alayo luis
 
Concepción y registro civil
Concepción y registro civilConcepción y registro civil
Concepción y registro civilperezkarlee
 
El hecho ilicito
El hecho ilicitoEl hecho ilicito
El hecho ilicitoMcg fls
 

La actualidad más candente (20)

La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en VenezuelaLa Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
La Jurisdiccion Contencioso Administrativo en Venezuela
 
Trabajo de deposito derecho civil
Trabajo de deposito derecho civilTrabajo de deposito derecho civil
Trabajo de deposito derecho civil
 
Medicina legal 2
Medicina legal 2Medicina legal 2
Medicina legal 2
 
La antijuricidad
La antijuricidad La antijuricidad
La antijuricidad
 
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion   Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
Efectos y extincion de obligaciones y presentacion
 
Ejecucion de credito fiscal
Ejecucion de credito fiscal Ejecucion de credito fiscal
Ejecucion de credito fiscal
 
Diapositiva de derecho procesal penal.
Diapositiva de derecho procesal penal.Diapositiva de derecho procesal penal.
Diapositiva de derecho procesal penal.
 
Cumplimiento de las Obligaciones
Cumplimiento de las ObligacionesCumplimiento de las Obligaciones
Cumplimiento de las Obligaciones
 
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...
Contencioso administrativo concepto, objeto, evolución histórica, principios ...
 
Las quemaduras
Las quemadurasLas quemaduras
Las quemaduras
 
Concurso Real y Ideal de Delitos
Concurso Real y Ideal de DelitosConcurso Real y Ideal de Delitos
Concurso Real y Ideal de Delitos
 
Vicios de los actos administrativos
Vicios de los actos administrativosVicios de los actos administrativos
Vicios de los actos administrativos
 
Dolo
DoloDolo
Dolo
 
Objeto de la prueba en venezuela. 5to
Objeto de la prueba en venezuela. 5toObjeto de la prueba en venezuela. 5to
Objeto de la prueba en venezuela. 5to
 
Imputacion objetiva derecho penal
Imputacion objetiva   derecho penalImputacion objetiva   derecho penal
Imputacion objetiva derecho penal
 
Accion penal
Accion penal Accion penal
Accion penal
 
La Pena. Ensayo
La Pena. EnsayoLa Pena. Ensayo
La Pena. Ensayo
 
Cumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligacionesCumplimiento de las obligaciones
Cumplimiento de las obligaciones
 
Concepción y registro civil
Concepción y registro civilConcepción y registro civil
Concepción y registro civil
 
El hecho ilicito
El hecho ilicitoEl hecho ilicito
El hecho ilicito
 

Similar a Responsabilidad civil: origen, concepto y clasificación

Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilJoseWilliam05
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilJoseWilliam05
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilJoseWilliam05
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilJoseWilliam05
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilJoseWilliam05
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilJoseWilliam05
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilJoseWilliam05
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilJoseWilliam05
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilJoseWilliam05
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilJoseWilliam05
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilJoseWilliam05
 
DERECHO ADMINISTRATIVO ESPECIAL 2.019..pptx
DERECHO ADMINISTRATIVO ESPECIAL 2.019..pptxDERECHO ADMINISTRATIVO ESPECIAL 2.019..pptx
DERECHO ADMINISTRATIVO ESPECIAL 2.019..pptxfranciscocordobarios
 
Cuadro comparativo. tema 7,8,9
Cuadro comparativo. tema 7,8,9Cuadro comparativo. tema 7,8,9
Cuadro comparativo. tema 7,8,9liviayoselin
 
civil obligaciones el daño y la culpa
civil obligaciones el daño y la culpacivil obligaciones el daño y la culpa
civil obligaciones el daño y la culpaReijo Rodriguez
 

Similar a Responsabilidad civil: origen, concepto y clasificación (20)

Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civil
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civil
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civil
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civil
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civil
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civil
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civil
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civil
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civil
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civil
 
Elemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civilElemento de la responsabilidad civil
Elemento de la responsabilidad civil
 
DERECHO ADMINISTRATIVO ESPECIAL 2.019..pptx
DERECHO ADMINISTRATIVO ESPECIAL 2.019..pptxDERECHO ADMINISTRATIVO ESPECIAL 2.019..pptx
DERECHO ADMINISTRATIVO ESPECIAL 2.019..pptx
 
el daño y la culpa
el daño y la culpael daño y la culpa
el daño y la culpa
 
OBLIGACIONES
OBLIGACIONES OBLIGACIONES
OBLIGACIONES
 
Cuadro comparativo. tema 7,8,9
Cuadro comparativo. tema 7,8,9Cuadro comparativo. tema 7,8,9
Cuadro comparativo. tema 7,8,9
 
El dañov
El dañovEl dañov
El dañov
 
civil obligaciones el daño y la culpa
civil obligaciones el daño y la culpacivil obligaciones el daño y la culpa
civil obligaciones el daño y la culpa
 
La indemnizacion de daños
La indemnizacion de dañosLa indemnizacion de daños
La indemnizacion de daños
 
La indemnizacion de daños
La indemnizacion de dañosLa indemnizacion de daños
La indemnizacion de daños
 
Derecho Civil obligaciones
Derecho Civil obligacionesDerecho Civil obligaciones
Derecho Civil obligaciones
 

Último

Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfFlorenciaConstanzaOg
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssYaelAkim
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFmilenamora37
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .pptARACELYMUOZ14
 
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...oscarzea5
 
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfS01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfJULIOCESARPUMAALEJO
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024AngelGabrielBecerra
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfanagc806
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxjbernardomaidana
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxAgrandeLucario
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfssuser20c91d1
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Públicavalderrama202
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 

Último (20)

Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
 
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
 
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfS01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
 
Delitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración PúblicaDelitos contra la Administración Pública
Delitos contra la Administración Pública
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 

Responsabilidad civil: origen, concepto y clasificación

  • 1. Universidad Fermín Toro Facultadde ciencias Jurídicas y Políticas Escuelade Derecho LA RESPONSABILIDAD CIVIL RECORDAMOS SU ORIGEN Y SU CONCEPTO… PRIMERO LA LEY DEL TALION, luego la víctima de un daño injusto no va a causarle a su autor un daño idéntico, sino se va a contentar con exigirle una reparación de tipo económico o patrimonial al causante del daño, entonces…….surge el concepto de RESPONSABILIDAD CIVIL, que opera cuando el deudor queda obligado a reparar un daño producido por su incumplimiento culposo
  • 2. Características Es eminentemente PATRIMONIAL Persigue LA REPARACION DEL DAÑO no la sanción del causante ( y al culpa?) y opera por dependientes o bajo su vigilancia Es de acción PRIVADA Su naturaleza es COMPENSATORIA
  • 3. DIFERENCIAS ENTRE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL PENA- PATRIMONIO DE OFICIO- de acción PRIVADA PERSONAL e intransferible- IMPERSONAL SE DETERMINA POR LA CULPA- EL DAÑO A REPARARSE NO VARIA Los destinatarios son distintos El objetivo es distinto
  • 4. Clasificación 1.- Según la naturaleza de la conducta incumplida: CONTRACTUAL y EXTRACONTRACTUAL …y esta ultima puede ser: LEGAL (derivadas de leyes generales o especiales -) recordamos las fuentes de las obligaciones y DELICTUAL derivada del HECHO ILICITO. 1.185 CCV 2.- Según que la obligación de reparar provenga o no de culpa del agente RESPONSABILIDAD CIVIL SUBJETIVA RESPONSABILIDAD CIVIL OBJETIVA. En Vzla tenemos el hecho ilícito causado por dependientes (art. 1191 CC); por cosas (art. 1193 del CCV); por animales (art. 1192); por ruina de edificios (art. 1194): por accidentes de tránsito, por daños causados por aeronaves tema 28-29. Las indemnizaciones por accidentes de trabajo ETC
  • 5. En ocasiones asumimos contractualmente el alcance de la RESPONSABILIDAD CIVIL * MEDIANTE UNA CLÁUSULA PENAL. Definición doctrinal: Es aquella determinación hecha por las partes de la reparación de daños y perjuicios eventuales, causados por el incumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato. Definición legal: El art. 1.258. * CLAUSULAS DE EXONERACION, ARRAS
  • 6. DIFERENCIA ENTRE CLAUSULA PENAL Y ARRAS Cual consiste en las cosas que se dan en garantía de la celebración o ejecución de un contrato? y cual es una tasación anticipada de los perjuicios por incumplimiento de la obligación o retardo en el cumplimiento de esta? Cual tienen carácter garante y cual sancionatorio?
  • 7. En ausencia de clausula penal u otra forma de extinguir la obligacion contractual o extracontractual Con ocasión de un incumplimiento nacido de cualquier fuente y visto nuestra imposibilidad de lograr que el deudor extinga la obligación ante nuestro cliente, no tenemos mas opción que acudir al JUEZ POR VIA PRINCIPAL y como efecto primario y directo del incumplimiento de las obligaciones …. Accionamos el aparato jurisdiccional del Estado …. Vamos a juicio!!!
  • 8. CADA VEZ QUE INTENTEMOS UNA DEMANDA Y PRETENDAMOS UNA DECLARATORA JUDICIAL CON LUGAR POR UN JUEZ CIVIL DEBEMOS LLENAR LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 340 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL VENEZOLANO, PARA ALEGAR, PROBAR Y CONVENCER AL JUEZ EN UN TRABAJO HILADO, ES DECIR, CONSECUTIVO DESDE EL ESCRITO LIBELAR HASTA SU INFORME SEGÚN EL CUAL UD ESTIMA QUE TUVO RAZON DEBE INDICAR CLARAMENTE LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL SUJETO DEMANDADO
  • 10. ¿cómo se establece la responsabilidad civil? 1.- Por las partes: • cláusulas exoneradoras de responsabilidad. En caso de dolo no opera. 1506 CCV • Cláusulas limitativas de responsabilidad, limitan la cuantía de la reparación a una suma determinada • Cláusulas penales 1.258 CCV ya comentado
  • 11. 2.- Determinación de la responsabilidad civil por la Ley • Las que tengan por objeto el pago de una suma de dinero, de ello tenemos el art. 1277 CC; y en segundo lugar, cuando se trata de contratos en los cuales existe un interés público de por medio; caso del contrato de trabajo. Menores, normas especificas del codigo civil ya comentadas, Leyes especiales y todo cuanto sea declarado de orden publico o interes social por el estado venezolano.
  • 12. 3.- Determinación de la responsabilidad civil por el Juez • el acreedor, debe especificar y demostrar su existencia y causa, de lo contrario el Juez no podrá acordar ninguna reparación; a estos efectos tenemos el art. 340, ord.7, CPC, referido a los requisitos de forma que debe contener la demanda, y el cual dispone: “Si se demandare la indemnización de daños y perjuicios, la especificación de éstos y sus causas”.
  • 13. CUALESSONLOSELEMENTOSDE LA RESPONSABILIDADCIVILque demostraremos en juicio?? • UN INCUMPLIMIEnto • UN DAÑO • UNA CULPA • UNA RELACION DE CAUSALIDAD ENTRE EL INCUMPLIMIENTO CULPOSO DEL SUJETO Y EL DAÑO
  • 14. DETERMINAMOS LA OBLIGACION INCUMPLIDA ( SU NATURALEZA ) , LUEGO LA CLASIFICAMOS • Evidenciamos EL DAÑO • Y QUE ES EL DAÑO?
  • 16. EL DAÑO. CONCEPTO • Es la disminución, pérdida, o el no aumento en el patrimonio material o moral de una persona. • Es el perjuicio causado a un interés jurídicamente tutelado. • Es el efecto de dañar. El término proviene del latín damnum y está vinculado al verbo que se refiere a causar perjuicio, menoscabo, molestia o dolor
  • 17. CLASIFICACION Antiguamente daño = disminución o perdida material. Perjuicio= ganancia o beneficio dejado de obtener. Actualmente no existe tal distinción • 1.- Atendiendo a su origen: daños y perjuicios contractuales y extracontractuales
  • 18. 2.- Según la naturaleza del PATRIMONIO AFECTADO POR EL daño • Daño Patrimonial o Material; es aquel daño que consiste en una pérdida o disminución de tipo económico o patrimonial que una persona experimenta en su patrimonio. • Daño No Patrimonial o Moral; es aquel daño que consiste en la afección de tipo psíquico, moral, espiritual o emocional que experimente una persona;
  • 19. • Daño a la integridad física Cual sera la diferencia entre estos tres tipos de daños???? PATRIMONIAL, NO PATRIMONIAL o DAÑO MORAL? Y EL DAÑO A LA INTEGRIDAD FISICA???? LEEMOS EL 1.196 DEL CODIGO CIVIL VENEZOLANO
  • 20. El daño moral en venezuela • El juez es el único que tiene la facultad de calcularlo. Pertenece a su prudencia discreción y calificación. • Toma en cuenta el grado de cultura, educacion, posición social y económica del reclamante • Son moderadas en nuestros paises latinos • Según doctrina ligeramente aceptada hay dos tipos de daño moral
  • 21. Tipos de daño moral según doctrina • El que afecta el aspecto social del patrimonio moral • El que afecta la parte afectiva del patrimonio moral Y cuales serian ejemplos de cada uno????
  • 22. Ejemplos de daño moral • cuando hay perturbación psíquica en una persona por la muerte de un familiar como consecuencia de una nota periodística malintencionada; • como consecuencia de la pérdida de un órgano o miembro del cuerpo • como consecuencia de difamación o injuria. ¿cómo probar la perturbación, la afección psíquica como resultado de los casos mencionados anteriormente? Demuestro el hecho ilícito que lo produjo, la conducta culposa del agente del daño y el Juez debe establecer la reparación del daño moral, si se ha solicitado
  • 23. Continuación de la clasificacion del daño • Directo o indirecto. Cual sera el que no haya habido forma ni manera, razonablemente de evitarlo? y cual en medida en que existe la posibilidad de que el mismo no se de, aunque de hecho se haya dado ? • Compensatorios o moratorios • Daño emergente y lucro cesante. En atención a la disminucion o aumento del patrimonio de la victima
  • 24. EJEMPLOS • 1. Un sujeto, arreglando una instalación eléctrica en una fábrica, daña una pieza de una maquinaria; Primer daño, el valor de reparación de la pieza de la máquina; Segundo daño, la producción de la fabrica se paraliza por efecto de la pieza dañada con la consiguiente pérdida económica; Tercer daño, al no poder producir por algún tiempo, la empresa incumple con un contrato de suministro con determinado cliente, lo que también le acarrea pérdidas económicas. La pregunta es, ¿hasta dónde hay la obligación de reparar, donde debe cortarse esa cascada de daños?
  • 25. OTRO EJEMPLO • 1. Un músico es atropellado por un conductor imprudente: Primer daño, los gastos médicos; Segundo daño, el músico tenía previsto dar un concierto ese día y ya no podrá cumplir. Tercer daño, el empresario sufre pérdidas económicas. clasifique el daño Material, moral o a la integridad fisica?? Directo o indirecto??? Cual es cual??? Daño emergente o lucro cesante??? Compensatorio o moratorio?
  • 26. Requisitos concurrentes y de procedencia del daño • Debe ser un daño cierto actual. Significa que el daño efectivamente haya sucedido, o que inevitablemente sucederá • Personal a la victima. El daño debe consistir en una disminución de las ventajas de que gozaba la víctima antes del accidente (suceso o incumplimiento) y esas ventajas constituían un derecho. • determinado o determinable
  • 27. entonces… evidenciando un * INCUMPLIMIENTO * un Daño debemos tambien establecer * LA Culpa y LA relacion de causalidad ...para obtener como resultado La RESPONSABILIDAD CIVIL DECLARADA POR EL JUEZ y Ganar el juicio!!!!
  • 28. elementos de la responsabilidad civil continuacion la culpa y la relacion de causalidad Tema 08
  • 29. recordaMOS LAS FORMAS DE INCUMPLIMIENTO - SEGÚN SU NATURALEZA: TOTAL O PARCIAL - SEGÚN SU DURACION: PERMANENTE O TEMPORAL dando lugar a LA MORA - SEGÚN SU CAUSA: INVOLUNTARIO que da lugar a LA CAUSA EXTRAÑA NO IMPUTABLE y el INCUMPLIMIENTO VOLUNTARIO O CULPOSO que da lugar a LA CULPA
  • 30. LA CULPA El tercer elemento de la responsabilidad civil esta constituido por la culpa dispuesto en el tema 08 de nuestro contenido programático Para ser responsable es necesario ser culpable Y QUE ES LA CULPA?????
  • 31. CONCEPTO SEGÚN FUENTES DOCTRINARIAS • LEVY es la violación de una confianza legitima engañada. • SAVATIER es la inejecución de un deber que una persona debía conocer y observar • PLANIOL y DE PAGE: la definen como la violación a una obligación preexistente. Es un error en la conducta de un sujeto que tiene que comportarse de un determinado modo.
  • 32. TETRALOGODE PLANIOL 1.- Toda persona debe abstenerse de toda violencia contra personas y cosas 2.- Toda persona debe abstenerse de todo fraude. 3.- Toda persona debe abstenerse de toda actividad para la cual no tenga habilidad, pericia o competencia necesaria. Art 1185 CC. 4.- Toda persona debe ejercer la debida vigilancia sobre personas o cosas que estén bajo su guarda. Cuales comprenden obligaciones negativas ( de no hacer) y cuales obligaciones positivas? Cuales dolosas y cuales culposas?
  • 33. ELEMENTOS de la culpa • ELEMENTO DE NATURALEZA OBJETIVA: incumplimiento de la obligación que es lo mismo que inejecución total de la obligación. ART 1271 CC • ELEMENTO DE NATURALEZA SUBJETIVA: la culpa: LEVY la define como la violación de una confianza legítima engañada, PLANIOL: la define como la violación a una obligación preexistente. •
  • 34. CLASES DE CULPAS • EN SENTIDO LATO, comprende el incumplimiento intencional o EN SENTIDO ESTRICTO es el incumplimiento propiamente culposo, trátese de culpa in omittendo (negligencia) como de culpa in comittendo (imprudencia
  • 35. Clasificacion continuacion * O SEGÚN SU GRADO la responsabilidad civil va a proceder por todo tipo de culpa, tanto la culpa grave, leve y levísima, si bien esta ultima varia según se trate de responsabilidad civil contractual o extracontractual. * EN ABSTRACTO o EN CONCRETO. Leemos el 1.270 CCV…Cual es el sistema Venezolano?
  • 36. O clasificado de otra forma doctrinaria • Según su actividad: de hacer o no hacer… DONDE HAY NEGLIGENCIA Y DONDE IMPRUDENCIA??? • Según su contenido dolo o culpa • Según la gravedad ….? • Según su origen contractual y ??
  • 37. En ocasiones el legislador presume la culpa • Leemos el artículo 1.394 del Código Civil de 1982. • Recordamos las PRESUNCIONES: LEGALES (iuris tantum ej: 201 CCV y las iuris et de iure 1.397 CCV, 1.191) y la HOMINIS LA INFIERE LA AUTORIDAD JUDICIAL EN BASE A LOS HECHOS ALEGADOS Y PROBADOS POR LAS PARTES. • A lo largo de nuestro ordenamiento jurídico encontraremos presunciones absolutas y relativas, con la finalidad de liberar la carga de la prueba de un hecho, en una circunstancia y a un determinado sujeto….
  • 38. En ocasiones exime de CULPA y por analogía o efecto exime de RESPONSABILIDAD CIVIL • 1.- Clasificación. • Causas que eliminan la culpa. • Circunstancias que destruyen la relación de causalidad. A) CAUSAS QUE ELIMINAN LA CULPA. • A.1.- La Ausencia De Culpa ( C.E.N.I ) • A.2.- Conducta Objetiva Lícita. Cuando un daño es causado por el agente en ejercicio de un derecho o cuando una persona causa un daño mediante el desarrollo de una conducta prevista y autorizada o tolerada por el legislador.
  • 39. A.3.- La legitima defensa Leemos el primer párrafo del artículo 1188 del Código Civil. • Los elementos de la legítima defensa en materia civil son los mismos fijados por el ordenamiento penal (C.P. Art. 65) • 1.- Agresión ilegítima por parte de la victima. • 2.- Necesidad del medio empleado por el agente para impedir o repeler la agresión. • 3.- Falta de provocación suficiente por parte del agente.
  • 40. B) CAUSAS O CIRCUNSTANCIAS QUE ELIMINAN LA RELACIÓN DE CAUSALIDAD a)El caso fortuito. b)La fuerza mayor. c)El hecho de un tercero. d)La culpa de la victima. e)El hecho del príncipe. f)La culpa del acreedor. g)La pérdida de la cosa debida.
  • 41. ENTONCES…. Que será la relación de causalidad como cuarto y ultimo elemento de la RESPONSABILIDAD CIVIL????
  • 42. generalidades • Es el vinculo entre el daño y su causante lo que determina su causa • Interesa entonces, definir a la “causa”. La doctrina establece que es el conjunto de condiciones, positivas o negativas, que unidas todas y solo en virtud de tal unión, provocan un determinado resultado. • Debe existir una relacion de causa-efecto, entre el incumplimiento culposo en función de su causa y los daños producidos que operaron como efecto
  • 43. Teorias de la RELACION DE CAUSALIDAD Siendo un “VÍNCULO” entre la Conducta Culposa o Incumplimiento de la obligación Vs. EL DAÑO • No siempre la causa o hecho generador del daño es uno solo. • Es posible que un hecho genere otro, y este a su vez , sea la causa de otro y así se suceda en una cadena de hechos casi interminable; de tal modo que hasta donde estará presente la Responsabilidad civil? • Entonces, la relación de causalidad no es una simple relación de hecho, sino que es una relación de derecho. • El problema para el jurista consiste en averiguar las condiciones según las cuales el daño puede ser jurídicamente atribuido al hecho demandado.
  • 44.
  • 45. De otro modo la teoria sobre el vinculo nexo o relacion de causalidad • Teoría de la equivalencia de las condiciones. Para esta teoría la causa de un hecho dañoso son todas las condiciones necesarias para producirlo. (cascada de perjuicios) • Teoría de la causa próxima.(causalidad humana) se llama causa solamente a aquélla que entre las diversas condiciones necesarias de un resultado, se halla temporalmente más próxima a éste. Es la física o humana próxima.
  • 46. relacion de causalidad. Teorias • Teoría de la condición preponderante. (La causa eficiente o relevante para otros doctrinarios) La causa, según esta teoría, resulta ser aquella condición que rompe el equilibrio entre los factores favorables influyendo en el resultado. (+ importante o gravosa) • Teoría de la causa adecuada (de la previsibilidad en abstracto. Causalidad típica para otros) Es la que predomina actualmente, a diferencia de la teoría de la equivalencia de las causas, no todas las condiciones necesarias de un resultado son equivalentes. Aquella que según el curso natural y ordinario de las cosas es idónea para producir el resultado, ésa es la causa.
  • 47. ejemplos • Jurisprudencia francesa. El caso se refiere al propietario de un vehículo que por descuido lo deja abierto, con las llaves y sin vigilancia. Posteriormente un ladrón hurta el vehículo y causa daños a terceros. Desde el punto de vista de la equivalencia de las condiciones que opina ud? • Una persona invita a otra a montar en su lancha en horas de la mañana, alguien la saboteó durante la noche, sera responsable el dueño de la lancha quien la manejó y fue la última condición que favoreció la muerte??? Que teoria critica???
  • 48. Solucion Como lo resuelve Ud? • Del hecho ud, separa una a una las diversas causas concurrentes remotas, próximas, gravosas o inmediatas, mediatas, preexsitentes o concomitantes en fin, las separa, las analiza, luego la que extrae y le imposibilita el hecho desencadenante ESA ES LA CAUSA ADECUADA!!!!!! Y así lo debe demostrar en la fase probatoria de su juicio civil. • En Vzla Jurisprudencia es particular en cada caso y el Juez decide según su fase probatoria.
  • 49. CONSIDERACIONES FINALES DE LA RELACION DE CAUSALIDAD La cuestión jurídica fundamental consiste en establecer los criterios conforme a los cuáles queremos imputar determinado resultado a una persona. Sólo es objetivamente imputable un resultado causado por una acción humana, cuando dicha acción ha creado un peligro jurídicamente desaprobado y causante del resultado típicamente protegido por la ley.
  • 50. conclusion Vemos entonces como el sistema de apreciación de la culpa varía en cada caso, COMO EN OCASIONES EL LEGISLADOR PRESUME LA CULPA ( IURIS TANTUM Y IURIS ET DE IURE); en ocasiones exime de responsabilidad civil (CENI), y en ocasiones la deja al Juez, según su conocimiento, aplicación de equidad y justicia como principios generales del derecho y demás fuentes propias que aunado a sus alegatos y pruebas delicadamente hiladas le harán producir su sentencia con lugar, lo que hará de ud un excelente profesional del derecho, que así sea!
  • 51. Reflexion final Solo en la medida de nuestro estudio, dedicación, esmero y pasión por este fascinante mundo del DERECHO CIVIL y como lo podemos trasladar a una justa indemnización sobre nuestro cliente disminuído, apocado y lesionado por otro, alcanzaremos a comprender la nobleza de los fines del derecho «bien común, justicia social y seguridad jurídica» que profesionales como usted, harán cada vez mas honorable y digna esta carrera y una vez graduado, será su forma de vida en el mundo con el tetrálogo de Planiol hecho suyo, como forma normal de conducirnos como hombres y mujeres excelentes!
  • 52. Gracias!!!! Yo me he dedicado a con amor en la enseñanza y pido de usted, la lectura la comprensión y la mas altísima calificación que merezco en contraprestación a mi labor! Nos vemos en el examen parcial