El documento establece que las cédulas de liquidación emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social deben ser notificadas en el último domicilio que el interesado haya señalado para efectos del Registro Federal de Contribuyentes o, en su defecto, en el domicilio fiscal que le corresponda de acuerdo con la ley. La notificación en el domicilio señalado para efectos del registro patronal sería ilegal, ya que la ley indica que las notificaciones deben realizarse en el domicilio fiscal o en el señalado para