SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA
El día lunes 14 de marzo de 2016
http://www.slideshare.net/EXARTHURMEX/14032016-mat
fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles que contempla un nuevo régimen societario denominado Sociedad por Acciones Simplificada (su abreviatura será S.A.S.)
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
Sociedad por acciones simplificada
1. SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA
El día lunes 14 de marzo de 2016
http://www.slideshare.net/EXARTHURMEX/14032016-mat
fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que
se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de
Sociedades Mercantiles que contempla un nuevo régimen societario
denominado Sociedad por Acciones Simplificada (su abreviatura será S.A.S.)
que permitirá constituir sociedades unipersonales, tal como ya sucede en otros
países.
Se entiende por sociedad unipersonal aquella que se constituye y puede existir con
un solo socio o accionista; a continuación, algunas otras características de interés
de las SAS’s:
Podrán constituirse por uno o más socios (personas físicas).
Permitirá la constitución de Sociedades en tan solo 24 horas.
Sus ingresos totales anuales no podrán rebasar de 5 millones de pesos.
El sistema electrónico para su constitución estará a cargo de la Secretaría de
Economía.
El trámite será 100% gratuito.
No se requerirá contar con un capital mínimo.
Podrán constituirse como sociedades de capital variable (S.A.S. de C.V.)
En ningún caso se exigirá el requisito de contar con escritura pública por lo que la
utilización de fedatarios públicos es optativa.
Su entrada en vigor lo define el siguiente artículo transitorio: Único. El presente
decreto entrará en vigor a los seis meses contados a partir del día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación. 15 de septiembre de 2016.