Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
385 2017- total con registro ernesto benjamín gómez lópez
1. TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO. En la ciudad de Malacatán, departamento de San Marcos,
nueve de noviembre del año dos mil diecisiete. ANTE MÍ: Lester López, Notario, comparecen por
una parte los señores ISRAEL LÓPEZ, de sesenta y dos años de edad, unido de hecho; DAVID
LÓPEZ, de cuarenta y nueve años de edad, casado; AMOS LÓPEZ, de cuarenta y siete años de
edad, soltero; todos agricultores, guatemaltecos, de este domicilio, personas de mi anterior
conocimiento; y por la otra parte comparece el señor BENJAMÍN LÓPEZ, de veintidós años de
edad, soltero, agricultor, guatemalteco, de este domicilio, persona de mi anterior conocimiento. Los
comparecientes me aseguran ser de las generales consignadas, hallarse en el libre ejercicio de sus
derechos civiles y por este acto voluntariamente celebran CONTRATO DE DONACIÓN ENTRE
VIVOS, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: Manifiestan los señores ISRAEL
LÓPEZ, DAVID LÓPEZ y AMOS LÓPEZ que tal y como lo demuestran con el primer testimonio de
la escritura pública número mil, autorizada en esta ciudad, el cuatro de abril del año dos mil ocho,
por el Notario José Augusto Echeverría Pérez, son legítimos copropietarios de la finca rústica
inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad de Quetzaltenango, bajo el número: mil
ochocientos treinta y tres; folio: tres; libro: dos, de San Marcos, ubicado en Aldea San Juan,
municipio de Catarina, departamento de Quiché, con el área, medidas y colindancias que constan
en su inscripción de dominio. SEGUNDA: Continúan manifestando los señores ISRAEL LÓPEZ,
DAVID LÓPEZ y AMOS LÓPEZ, que por el presente acto DONAN a favor del señor BENJAMÍN
LÓPEZ, una fracción de los derechos de copropiedad que les asisten en la finca descrita
anteriormente, con una extensión superficial de MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO PUNTO
CERO CINCO METROS CUADRADOS, que al desmembrarse tendrá que formar nueva finca con
las medidas y colindancias siguientes: NORTE: Treinta y seis metros, colinda con DAVID LÓPEZ;
SUR: Treinta y un metros con noventa centímetros, colinda con carretera; ORIENTE: Treinta y
nueve metros, colinda con Augusto López; PONIENTE: Treinta y nueve metros, colinda con
2. Antonia Sosa Quino. Mojones reconocidos en todos sus lados. Se hace constar que la fracción
donada corresponde al cien por ciento de los derechos de copropiedad que le corresponden al
señor ISRAEL LÓPEZ, en la tercera inscripción de dominio. Agregan los donantes que sobre los
derechos donados no pesan gravámenes, anotaciones ni limitaciones que pudieran perjudicar los
derechos del donatario, caso contrario se someten al saneamiento de ley por advertencia del
Infrascrito Notario. En la donación se incluye todo cuanto de hecho y por derecho corresponde a la
misma, así como anexidades, usos, entradas, salidas, costumbres y excesos que pudiera
corresponderle. Se estima la donación en CIEN QUETZALES. TERCERA: Por su parte manifiesta
el señor BENJAMÍN LÓPEZ que por este acto ACEPTA la DONACIÓN de la fracción descrita
anteriormente. Yo el Notario doy fe de lo expuesto y haber tenido a la vista: a) La escritura pública
relacionada, la cual razoné; b) El certificado de nacimiento del donatario con el cual demuestra ser
guatemalteco de origen; d) Hice saber de sus derechos y obligaciones, del pago de los impuestos
correspondientes; e) Que les leí íntegramente esta escritura y bien enterados de su contenido,
objeto, validez y demás efectos legales, la aceptan, ratifican y firman.