4. INICIATIVA:INICIATIVA:
• Es la facultad de presentar un proyecto de ley ante elEs la facultad de presentar un proyecto de ley ante el
Parlamento.Parlamento.
• ¿Quiénes la tienen?¿Quiénes la tienen?
• -El Poder Legislativo: a través de sus legisladores-El Poder Legislativo: a través de sus legisladores
• -El Poder Ejecutivo: a través de sus ministros-El Poder Ejecutivo: a través de sus ministros
• -El Cuerpo Electoral: 25% de inscriptos en el Registro-El Cuerpo Electoral: 25% de inscriptos en el Registro
Cívico NacionalCívico Nacional
• Se pueden presentar proyectos sobre cualquier materia.Se pueden presentar proyectos sobre cualquier materia.
El Poder Ejecutivo es el único que puede presentarEl Poder Ejecutivo es el único que puede presentar
proyectos en materia económico-financiera (iniciativaproyectos en materia económico-financiera (iniciativa
privativa).privativa).
5. DISCUSIÓN:DISCUSIÓN:
• Es el estudio del proyecto por el PoderEs el estudio del proyecto por el Poder
Legislativo (es el único que interviene enLegislativo (es el único que interviene en
esta etapa)esta etapa)
• Se discute primero en una cámaraSe discute primero en una cámara
(cámara de origen) y después en la otra(cámara de origen) y después en la otra
(cámara revisora). La discusión nunca es(cámara revisora). La discusión nunca es
simultánea.simultánea.
6. • En cada cámara se estudia el proyecto primeroEn cada cámara se estudia el proyecto primero
en Comisión (grupo de legisladores queen Comisión (grupo de legisladores que
analizan en primera instancia el proyecto) yanalizan en primera instancia el proyecto) y
luego se pasa al Plenario (la cámara reunida enluego se pasa al Plenario (la cámara reunida en
pleno) donde se vota, primero en general ypleno) donde se vota, primero en general y
luego en particular (artículo por artículo).luego en particular (artículo por artículo).
• Si en la cámara de origen (donde se comenzó aSi en la cámara de origen (donde se comenzó a
discutir el proyecto) se aprueba el proyecto dediscutir el proyecto) se aprueba el proyecto de
ley, pasará a la cámara revisora, la que realizaráley, pasará a la cámara revisora, la que realizará
el mismo procedimiento que la primera cámarael mismo procedimiento que la primera cámara
que realizó el estudio.que realizó el estudio.
7. SANCIÓN:SANCIÓN:
• Es la aprobación del proyecto de ley por elEs la aprobación del proyecto de ley por el
Poder Legislativo. En esta etapa el PoderPoder Legislativo. En esta etapa el Poder
Ejecutivo interviene, o bien promulgandoEjecutivo interviene, o bien promulgando
el proyecto si está de acuerdo con lael proyecto si está de acuerdo con la
sanción legislativa o bien vetándolo si sesanción legislativa o bien vetándolo si se
opone a dicha sanción.opone a dicha sanción.
8. • Una vez que la cámara de origen discuteUna vez que la cámara de origen discute
el proyecto de ley, tiene dos opciones:el proyecto de ley, tiene dos opciones:
RECHAZAR el proyecto, en cuyo caso noRECHAZAR el proyecto, en cuyo caso no
se puede volver a presentar hasta else puede volver a presentar hasta el
siguiente período legislativo o APROBARsiguiente período legislativo o APROBAR
el proyecto, en ese caso pasa a la cámarael proyecto, en ese caso pasa a la cámara
revisora.revisora.
9. • La cámara revisora tiene tres opciones:La cámara revisora tiene tres opciones:
• 1-RECHAZARLO en ese caso ocurre lo mismo que con1-RECHAZARLO en ese caso ocurre lo mismo que con
la cámara de origen, no se puede volver a presentar esela cámara de origen, no se puede volver a presentar ese
proyecto hasta el siguiente período legislativo;proyecto hasta el siguiente período legislativo;
• 2-APROBARLO, en ese caso se produce la SANCIÓN2-APROBARLO, en ese caso se produce la SANCIÓN
LEGISLATIVA y el proyecto se envía al Poder EjecutivoLEGISLATIVA y el proyecto se envía al Poder Ejecutivo
para ser promulgado;para ser promulgado;
• 3-MODIFICAR el proyecto enviado por la cámara de3-MODIFICAR el proyecto enviado por la cámara de
origen, en ese caso, se debe devolver el proyecto a laorigen, en ese caso, se debe devolver el proyecto a la
cámara de origen para que ésta evalúe si está decámara de origen para que ésta evalúe si está de
acuerdo o no con las modificaciones de la cámaraacuerdo o no con las modificaciones de la cámara
revisora.revisora.
10. • La cámara de origen puede:La cámara de origen puede:
• 1-ACEPTAR las modificaciones y en ese caso1-ACEPTAR las modificaciones y en ese caso
se produce la SANCIÓN LEGISLATIVA o puede;se produce la SANCIÓN LEGISLATIVA o puede;
• 2-RECHAZAR las modificaciones, en este último2-RECHAZAR las modificaciones, en este último
caso se convoca a la Asamblea General quecaso se convoca a la Asamblea General que
resolverá por un proyecto u otro por 2/3 de votosresolverá por un proyecto u otro por 2/3 de votos
y se envía al Poder Ejecutivo para suy se envía al Poder Ejecutivo para su
promulgación.promulgación.
11. PROMULGACIÓN/PUBLICACIÓNPROMULGACIÓN/PUBLICACIÓN
O VETO.O VETO.
Cuando el Poder Ejecutivo recibe el proyecto deCuando el Poder Ejecutivo recibe el proyecto de
ley (habiendo sido sancionado por el Poderley (habiendo sido sancionado por el Poder
Legislativo) tiene tres opciones:Legislativo) tiene tres opciones:
1- Puede promulgar: es decir mandar a cumplir1- Puede promulgar: es decir mandar a cumplir
con la ley. Promulgar implica la difusión (dar acon la ley. Promulgar implica la difusión (dar a
conocer el proyecto) a aquellas personas a lasconocer el proyecto) a aquellas personas a las
que va a regir. Para promulgar el proyecto loque va a regir. Para promulgar el proyecto lo
publica en el Diario Oficial.publica en el Diario Oficial.
12. 2- Puede dejar pasar el plazo que tiene2- Puede dejar pasar el plazo que tiene
para pronunciarse (10 días), lo quepara pronunciarse (10 días), lo que
implicará la promulgación tácita delimplicará la promulgación tácita del
proyecto.proyecto.
3- Puede vetar: que es la oposición total (a3- Puede vetar: que es la oposición total (a
todo el proyecto) o parcial (uno o variostodo el proyecto) o parcial (uno o varios
artículos) a la sanción legislativa.artículos) a la sanción legislativa.
13. • Como el veto es suspensivo, debe devolverse elComo el veto es suspensivo, debe devolverse el
proyecto a la Asamblea General (órgano máximo delproyecto a la Asamblea General (órgano máximo del
Poder Legislativo).Poder Legislativo).
• La Asamblea General puede:La Asamblea General puede:
• a-dejar pasar el plazo que tiene para reunirse (30 días)a-dejar pasar el plazo que tiene para reunirse (30 días)
• b-reunirse pero que no le alcancen las mayorías parab-reunirse pero que no le alcancen las mayorías para
levantar el veto (dejar sin efecto el veto del Poderlevantar el veto (dejar sin efecto el veto del Poder
Ejecutivo)Ejecutivo)
c-levantar el veto por 3/5 de miembros presentes dec-levantar el veto por 3/5 de miembros presentes de
cada cámara.cada cámara.
14. • Si la Asamblea General logra levantar el veto, elSi la Asamblea General logra levantar el veto, el
Poder Ejecutivo quedará obligado a promulgarPoder Ejecutivo quedará obligado a promulgar
la ley.la ley.
• Si la Asamblea General no levanta el veto o noSi la Asamblea General no levanta el veto o no
se reúne en el plazo establecido y el veto esse reúne en el plazo establecido y el veto es
parcial, el Poder Ejecutivo promulgará esa parteparcial, el Poder Ejecutivo promulgará esa parte
del proyecto que no fue vetada. Si el veto eradel proyecto que no fue vetada. Si el veto era
total, el proyecto no podrá volver a presentarsetotal, el proyecto no podrá volver a presentarse
hasta la próxima legislatura.hasta la próxima legislatura.
15. ENTRADA EN VIGOR:ENTRADA EN VIGOR:
Una vez que el Poder Ejecutivo promulga, es decirUna vez que el Poder Ejecutivo promulga, es decir
manda a cumplir con la ley, ésta entrará en vigormanda a cumplir con la ley, ésta entrará en vigor
(es decir comenzará a regir) luego de que(es decir comenzará a regir) luego de que
transcurra un plazo entre la publicación y latranscurra un plazo entre la publicación y la
entrada en vigor. Ese plazo se llama vacaciónentrada en vigor. Ese plazo se llama vacación
legal y puede variar. La propia ley puedelegal y puede variar. La propia ley puede
establecer cuando entrará en vigor o si no diceestablecer cuando entrará en vigor o si no dice
nada, usualmente es en 10 días luego de lanada, usualmente es en 10 días luego de la
publicaciónpublicación
16. ANEXO:ANEXO:
• Cámara de origen: puede ser cualquiera de las dosCámara de origen: puede ser cualquiera de las dos
cámaras. Es la que comienza el estudio del proyecto.cámaras. Es la que comienza el estudio del proyecto.
• Cámara revisora: puede ser cualquiera de las dosCámara revisora: puede ser cualquiera de las dos
cámaras. Es aquella a la que se le remite el proyecto..cámaras. Es aquella a la que se le remite el proyecto..
• Período legislativo: va del 1º de marzo al 15 dePeríodo legislativo: va del 1º de marzo al 15 de
diciembre de cada año. Un período de gobierno tiene 5diciembre de cada año. Un período de gobierno tiene 5
períodos legislativos. En el año electoral va del 1º deperíodos legislativos. En el año electoral va del 1º de
marzo al 15 de setiembre.marzo al 15 de setiembre.
• Legislatura: período de gobierno. Una legislatura tiene 5Legislatura: período de gobierno. Una legislatura tiene 5
períodos legislativosperíodos legislativos
17. CÁMARA DE SENADORES YCÁMARA DE SENADORES Y
CÁMARA DE DIPUTADOS:CÁMARA DE DIPUTADOS: