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Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a
distinto nivel) Código de control
No.
EHS.PROTO.0715
Seguridad, higiene y Medio Ambiente
No. De Revisión: “0”
Fecha de revisión: Julio 2015
Página 1
PROTOCOLO PARA TRABAJOS EN
ALTURAS.
ELABORÓ AUTORIZÓ Vo.Bo.
Fco. Sebastián
Mendoza Guzmán
Coordinador de EHS
INELEF
Ing. Ivan Gómez Tagle Ávila
Gerente General INELEF
Ing. Sergio O. Frías
Mancillas
Director General
Controlde revisiones
Revisión
No.
Modificaciones al documento
Fecha de
modificación
0 Creación del documento
Julio 2015
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ÍNDICE:
1. OBJETIVO Y ALCANCE DE ESTE PROTOCOLO
1.1. OBJETIVO
1.2. ALCANCE
2. DEFINICIONES
3. DESARROLLO DE LOS PROTOCOLOS DE SEGURIDAD
4. IMÁGENES DE REFERENCIA
5. CONCLUSIONES
Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a
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1. OBJETIVOY ALCANCE DEL PROTOCOLO
1.1. OBJETIVO:
Instaurar un método en forma de un protocolo consistente en medidas preventivas y durante la
ejecución de trabajos en altura. Con la finalidad de evitar accidentes y lesiones a personal de obra,
se busca promover la salud ocupacional y la prevención de riesgos laborales mediante la aplicación
correcta de las instrucciones.
1.2. ALCANCE:
Aplicable a todas las actividades y trabajos realizados en alturas por personal subcontratista o
personal directo de INELEF. Por lo que este protocolo deberá ejecutarse y tomarse en cuenta al
momento de la creación de planes de Seguridad Específicos, Procedimientos Técnicos
Constructivos, Procedimientos Técnicos de Montajes y las diferentes actividades ejecutadas en
alturas. Las instrucciones aquí plasmadas son enunciativas mas no son limitativas a los trabajos
aquí descritos, solo se ha puntualizado a ciertas tareas generales, sin embargo el campo de acción
en el sector de la construcción es basto.
Las condiciones de seguridad y el control de los riesgos en el trabajo, tienen prioridad absoluta sobre
cualquier otra consideración.
En caso de existir controversias ante la instauración de tareas de alto riesgo y sus respectivos
controles de mitigación de riesgos se deberá consultar al Departamento de EHS de INELEF a través
de su encargado Residente EHS en obra.
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2. DEFINICIONES
Equipo de protección personal (EPP):
El conjunto de elementos y dispositivos de uso personal para proteger al trabajador de accidentes y
enfermedades, que pudieran ser causados por agentes o factores generados con motivo de la
realización de sus actividades de trabajo, y que de acuerdo con el riesgo a que están expuestos los
trabajadores, puede ser básico o específico. Cuando en el análisis de riesgos se establezca la
necesidad de utilizar ropa de trabajo con características específicas de protección, esta será
considerada como equipo de protección personal.
Equipo de protección personal específico (EPPE):
Aquellos elementos y dispositivos de uso personal para proteger al trabajador contra riesgos
adicionales a los que está expuesto, con motivo de la ejecución de trabajos peligrosos.
Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo:
Aquellos prestados por personal capacitado, interno, externo o mixto, cuyo propósito principal es
prevenir los accidentes o enfermedades de trabajo, mediante el cumplimiento de la normatividad en
materia de seguridad y salud en el trabajo. Se entiende por internos, los prestados por el patrón o
personal de obra en construcción; externos, los prestados por el personal independiente a la obra de
construcción, y mixtos, los prestados tanto por el personal interno como por personal independiente
al que labora en la obra de construcción.
Nota: El uso del kit contra caídas es de carácter obligatorio para el personal que realiza trabajos en
alturas sobre estructuras prefabricadas, aun dentro de los equipos de elevación (Gennie o
Plataformas elevadoras).
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3.-DESARROLLO DE LOS PROTOCOLOSDE SEGURIDAD
Puntos principales que se deben cumplir:
3.1 Uso de Plataformas Elevadoras
El uso de plataformas de elevación mecánicas, electro-hidráulicas, de tijera o de extensión o
cualquiera similar durante el armado y colocación de algún elemento, estará restringido a utilizar
siempre y cuando no afecten la vialidad de obra, o el desarrollo conforme al plan de obra pre
establecido.
La canastilla o habitáculo de trabajo deberá estar cubierta con malla tipo stopper (Imagen de
referencia 1) color naranja colocada de tal manera que permita el acceso por las escotillas de diseño
de la plataforma los materiales deberán acarrearse al lugar de trabajo sin que esto represente
riesgo de colisión o aplastamiento.
Deberá tenerse en cuenta en todo momento la capacidad máxima de carga de la plataforma de
elevación, esta limitante deberá ser respetada en todo momento a fin de evitar un colapso en la
estructura de los medios de elevación provocando un accidente.
Las consideraciones y requerimientos son:
1.- Verificación del equipo de elevación a utilizar (check list de inspección a la maquinaria) al
comienzo de las labores como tarea primordial de inicio
2.- Solo personal calificado está autorizado para desarrollar trabajos en alturas. (En el mejor de los
casos se solicitará la DC-3 “constancia de habilidades laborales” por la STPS o por algún agente
capacitador externo).
3.- Desde el primer momento que el operario ocupa la canastilla de la plataforma de elevación este
deberá colocar / anclar su cabo de vida al punto de anclaje o conexión de la canastilla. (Monitorear
que la conexión gancho – punto de anclaje es segura y que los dispositivos de seguridad del gancho
están activados).
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4.- Por ninguna razón el operario en la canastilla, deberá montarse sobre el barandal de la misma a
fin de tener mayor alcance de los objetos o punto de trabajo, no está permitido colocar objeto alguno
sobre el borde del barandal de la canastilla, es decir no se debe alterar el diseño de la plataforma a
fin de tratar de mejorar la eficiencia de su función, ya que esto más que darle mayor eficiencia
implica una reducción de las condiciones de seguridad aumentando los factores de riesgo.
3.2 Consideraciones para el Colado de Muros.
Esta actividad está condicionada al uso de elementos de protección colectiva, los cuales facilitaran a
los operarios realizar los trabajos propios del avance en temas de producción adicionando un nivel
de seguridad y minimización del riesgo de caída a distinto nivel por parte del personal dada la
protección colectiva que brinda el uso de cimbra homologada con pasarelas a base de ménsulas y
barandilla debidamente estructurada.
Algunas de las empresas con presencia en el mercado Mexicano que proporcionan a pie de obra
este tipo de implementos son:
PERI, DOKA, ULMA, UNISPAM y Andamios Atlas.
El uso de protecciones colectivas homologadas y debidamente colocadas a pie de obra, prevalecen
por sobre los medios de protección individual, es decir; si se tienen medios eficientes “en este caso
para protección contra caídas” el uso de arneses podría ser no obligatorio., sin embargo a
recomendación de la normatividad vigente se dice que los trabajos en alturas que se desarrollen por
encima de 1.80 m, los trabajadores deberán hacer uso obligado del arnés o kit contra caídas.
La colocación de líneas de vida del tipo vertical u horizontal ya sea en cable de acero sin lubricar o
cuerda sintética de perlón de 11 mm de diámetro tipo estática es de uso obligado, sobre todo
durante el proceso de montaje y desmontaje de las pasarelas o plataformas de trabajo.
Para actividades de colado de columnas en sitio “en el caso de construcción de puentes”, deberán
considerarse sistemas homologados del tipo trepante, esto a fin de minimizar el riesgo de colapso
estructural y a su vez el riesgo de caída de operarios a distinto nivel.
El uso de medio auxiliares como los son escaleras, estas deberán ser de aluminio o bien escaleras
de línea, que impidan fallos estructurales en sus largueros y peldaños. NO ESTA AUTORIZADO el
uso de escaleras echas artesanalmente, improvisadas o hechas de madera.
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3.3 Trabajos al borde de Taludes, Zanjas o Cortes agrestes.
Invariablemente una actividad común en el sector de la construcción., para estos casos; es de
carácter obligatorio mantener la zona confinada, tanto en la parte superior tanto en la parte inferior,
colocar señalización preventiva y restrictiva en todo el perímetro.
Evitar el paso castigado de vehículos de obra o bien de vehículos ajenos a la misma. Esto ayudará a
controlar el riesgo de Vuelco y aplastamiento de operarios o bien el riesgo de desprendimiento o
desconche de materiales del talud, zanja o corte de terreno.
Colocación de líneas de vida.
La colocación y uso de líneas de vida es de carácter obligado, así como la colocación de puntos de
anclajes estáticos o dinámicos en la parte superior del talud o bien a lo largo del mismo.
Cualquier dispositivo de control contra de caídas; deberá ser colocado por personal cualificado en la
materia, dado el grado de responsabilidad que implica el montaje correcto de dichos dispositivos.
El Departamento de producción o cualquier otro, deberá solicitar apoyo o asesoría técnica al Dpto.
de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de INELEF cuando se tengan dudas sobre la instalación de
dispositivos de seguridad para el control e interrupción de caídas de operarios.
3.4 Trabajos sobre TRABES (elementos prefabricados de concreto o acero)
Deberá delimitarse la zona de trabajo con malla tipo stopper y cinta amarilla de precaución.
Deberá colocarse una línea de vida horizontal con cable de acero sin lubricar de 3/8 de pulgada
como mínimo, longitudinalmente a cada trabe. (Esto para permitir el paso del personal por la parte
superior de la trabe cuando exista dicha necesidad para la colocación de diafragmas, neoprenos o
cualquier otra actividad que obligue al personal a transitar por la o las trabes.)
3.5 Líneas de Vida y Pruebas de carga.
El uso de líneas de vida como se ha venido comentando en este protocolo; es de carácter
obligatorio, deberá ser colocada por personal cualificado y en su momento deberá ser sujeta a
cuando menos una prueba de carga.
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Será necesario evaluar la confiabilidad de protecciones colectivas horizontales del tipo temporal
(líneas de vida), colocadas como protección perimetral o como punto de anclaje de manera crucial al
término del proceso de colocación de estos dispositivos.
De igual manera se busca promover la salud ocupacional y la prevención de riesgos laborales
mediante el uso correcto de estas protecciones.
LOS SISTEMAS DE PROTECCION PERSONAL EMPLEADOS PARA INTETERRUPTIR CAIDAS
DE ALTURA ESTAN CONFORMADOS, SEGÚN APLIQUE AL SISTEMA EN USO, AL MENOS
POR:
a) Arnés de cuerpo completo;
b) Línea de vida;
c) Conectores;
d) Dispositivos absorbentes de energía (amortiguadores), y
e) Puntos fijos o dispositivos de anclaje.
EL USO DE SISTEMAS DE PROTECCION COLECTIVO PARA INTERRUMPIR CAIDAS DE
ALTURAS, ES OBLIGATORIO CUANDO REALICEN TRABAJOS EN ALTURA SOBRE:
a) Bordes de trabes, firme, cabezales, bambinetos o estructuras fijas elevadas, al igual que en
aberturas como perforaciones, pozos, cubos y túneles verticales, donde no sea posible la colocación
de barreras fijas o protecciones laterales o perimetrales, o no se empleen sistemas personales de
restricción;
b) Estructuras fijas elevadas donde no sea posible la colocación de redes de seguridad;
c) Escaleras de mano, a más de 3.5 m del nivel de referencia.
Esta lista de trabajos en alturas es enunciativa más no limitativa, por lo que se considerará en cada
evaluación de riesgos y se deberá tener en cuenta para el desarrollo de cualquier actividad que
como la norma lo distingue como cualquier labor que se realice por encima de una altura de 1.80 m
sobre el nivel de piso de referencia o vacíos con más de 1.8 m con una proximidad de al menos
2.00 m de dicho vacío.
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Los sistemas colectivos de líneas de vida para interrumpir caídas de altura, se:
a) Instalan y ensamblan de acuerdo con las instrucciones del fabricante, y únicamente por personal
cualificado en implementación de medidas preventivas de seguridad, los cuales previamente son
capacitados y autorizados para este fin.
b) Se limita la distancia de caída a la mínima posible.
c) Se coloca el punto de anclaje de acuerdo con las indicaciones del fabricante, es decir se perfora la
superficie de concreto y;
d) Se instala poste con placa de acero, se fija al concreto con taquetes expansible de 5/8” x 5”, se
coloca el cable de acero de 3/8” y se fija con 3 perros o nudos de 3/8” por cada línea viva el cual no
se ubica por debajo del plano de trabajo.
Nota: Un punto de anclaje puede ser una columna, trabe, tableta, viga u otro elemento estructural;
un herraje o armado que se fija a cualquiera de estos elementos siempre y cuando se encuentre
ahogado en el concreto. (Recordar que el punto de anclaje según los estándares ANSI y OSHA
deberá tener una resistencia de al menos 5000 libras).
e) Se deberá revisar que existe un espacio libre en el trayecto de una posible caída (trayecto de
caída de al menos 4.80m ) , para evitar que el trabajador se golpeé con obstáculos;
f) En caso de no existir la distancia de recorrido de caída se deberá buscar una protección restrictiva,
protección colectiva contra caídas o un punto de anclaje más alto
g) Se revisa el sistema, en forma previa a su utilización y conforme a las instrucciones del fabricante,
y se verificarán al menos los aspectos siguientes:
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1) Que no exista corrosión u otro tipo de degradación de los materiales en sus partes
metálicas;
2) Que no existan deformaciones, agrietamientos, ruptura u otros daños similares en los
materiales.
3) Que la apertura, cierre y bloqueo de todos los conectores se realice en forma correcta;
4) Que no existan en las cuerdas, bandas y cables, rupturas, deshilados, destrenzados,
descosidos, desgastes, doblados, corrosiones o quemaduras, y
5) Que las etiquetas y marcas estén legibles;
g) Los componentes defectuosos del sistema o equipo cuando su resistencia o funcionamiento se
vean afectados o comprometidos se Identificarán y removerán del servicio con la finalidad de evitar
cualquier descuido y se pudieran utilizar por error.
h) Se instala el sistema de forma tal que la distancia máxima de caída libre, antes de que se active el
absorbente de energía, sea de hasta 1.8 m o 3.5 m, según el tipo de absorbente de energía que
incorpora dicho sistema;
i) Se evita el ensamble de subsistemas o componentes de distintos fabricantes que sean
incompatibles;
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CONSIDERACIONES.
La efectividad de estas líneas de vida y de protección perimetral radica principalmente en 2
aspectos.
1.- La instalación y adecuación al sistema.
2.- El uso correcto de los elementos de protección personal de manera individual.
Ver imagen de cómo calcular el margen final de seguridad ante una caída libre.
Esquema de distribución de fuerzas en cuando se presenta una caída.
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4. IMÁGENES DE REFERENCIA Y APOYO
1.
Este tipode mallaserviráparadelimitaráreas(balizamientos) oparacubrir
equiposque requierende unaproteccióncolectivaadicional superficial
(Canastillas de lasplataformasde elevación),esdecir,NOFUNCIONA
como proteccióncolectiva,solamente comodelimitaciónyapoyocomo
indicaciónvisual asícomoproteccióncontracaída de herramientasu
objetosdiversosdesde alturas.
FH FH
FV
FH
FV
= Angulo creado por la comba en elcable
= Fuerza de impacto debidoa la caída deun
trabajador
= Fuerza de reacciónhorizontal que actúa
en las anclas de los extremos.
45 grados
Por lotanto:
FH FV
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Obsérvese el aseguramiento de las líneas de vida horizontal con 3 perros o mordazas.
Nota: Los perros (nudos de acero) deben ser consistentes con el mismo calibre que el cable de
acero que sujeta.
Obsérvese el uso de plataformas de elevación de personal (Gennie).
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Nota: el personal en la canastilla deberá permanecer anclado y dentro de la misma en todo
momento.
El uso de cinturones pélvicos está prohibido como uso de protección contra caídas, solamente es un
elemento de posicionamiento.
Para dichas tareas solo está permitido el uso de arnés de cuerpo completo.
Solo se deben utilizar dispositivos de auto cierre. (Cabos de vida con gancho sencillo o
doble gancho tipo garfio según la actividad a desarrollar).
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Fig. 1 Fig.2
Fig. 3
Fig.1 Cabo de vida con doble gancho con sistema absorbente de impacto (amortiguador)
Fig. 2 Cabo de vida sencillo con sistema absorbente de impacto (amortiguador)
Fig. 3 Conector.
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Se recomienda que la línea de vida horizontal del tipo temporal o permanente sea
colocada por sobre el nivel de cráneo (esto acortara la distancia de desplazamiento y
caída libre del operario)
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Preparación y Colado de Muros. (Uso de cimbras y pasarelas homologadas – sistema de
protección colectiva anti caídas)
Protección y aseguramiento de escaleras manuales.
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Diseño de protecciones para evitar caídas a distinto nivel.
Zanjas, excavaciones y/o perforaciones de pilas.
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4. CONCLUSIONES
La efectividad de este protocolo se basa en el grado de implicación y responsabilidad con las
que se ejecuten las actividades con riesgo de caída a distinto nivel por parte de los jefes de
obra, residentes de obra y subcontratas. Queda claro que en todo momento se busca evitar
accidentes con posibles consecuencias graves y/o fatales a personal de obra.
Comisión de EHS de INELEF

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Protocolo de seguridad para trabajos en alturas inelef

  • 1. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 1 PROTOCOLO PARA TRABAJOS EN ALTURAS. ELABORÓ AUTORIZÓ Vo.Bo. Fco. Sebastián Mendoza Guzmán Coordinador de EHS INELEF Ing. Ivan Gómez Tagle Ávila Gerente General INELEF Ing. Sergio O. Frías Mancillas Director General Controlde revisiones Revisión No. Modificaciones al documento Fecha de modificación 0 Creación del documento Julio 2015
  • 2. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 2 ÍNDICE: 1. OBJETIVO Y ALCANCE DE ESTE PROTOCOLO 1.1. OBJETIVO 1.2. ALCANCE 2. DEFINICIONES 3. DESARROLLO DE LOS PROTOCOLOS DE SEGURIDAD 4. IMÁGENES DE REFERENCIA 5. CONCLUSIONES
  • 3. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 3 1. OBJETIVOY ALCANCE DEL PROTOCOLO 1.1. OBJETIVO: Instaurar un método en forma de un protocolo consistente en medidas preventivas y durante la ejecución de trabajos en altura. Con la finalidad de evitar accidentes y lesiones a personal de obra, se busca promover la salud ocupacional y la prevención de riesgos laborales mediante la aplicación correcta de las instrucciones. 1.2. ALCANCE: Aplicable a todas las actividades y trabajos realizados en alturas por personal subcontratista o personal directo de INELEF. Por lo que este protocolo deberá ejecutarse y tomarse en cuenta al momento de la creación de planes de Seguridad Específicos, Procedimientos Técnicos Constructivos, Procedimientos Técnicos de Montajes y las diferentes actividades ejecutadas en alturas. Las instrucciones aquí plasmadas son enunciativas mas no son limitativas a los trabajos aquí descritos, solo se ha puntualizado a ciertas tareas generales, sin embargo el campo de acción en el sector de la construcción es basto. Las condiciones de seguridad y el control de los riesgos en el trabajo, tienen prioridad absoluta sobre cualquier otra consideración. En caso de existir controversias ante la instauración de tareas de alto riesgo y sus respectivos controles de mitigación de riesgos se deberá consultar al Departamento de EHS de INELEF a través de su encargado Residente EHS en obra.
  • 4. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 4 2. DEFINICIONES Equipo de protección personal (EPP): El conjunto de elementos y dispositivos de uso personal para proteger al trabajador de accidentes y enfermedades, que pudieran ser causados por agentes o factores generados con motivo de la realización de sus actividades de trabajo, y que de acuerdo con el riesgo a que están expuestos los trabajadores, puede ser básico o específico. Cuando en el análisis de riesgos se establezca la necesidad de utilizar ropa de trabajo con características específicas de protección, esta será considerada como equipo de protección personal. Equipo de protección personal específico (EPPE): Aquellos elementos y dispositivos de uso personal para proteger al trabajador contra riesgos adicionales a los que está expuesto, con motivo de la ejecución de trabajos peligrosos. Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo: Aquellos prestados por personal capacitado, interno, externo o mixto, cuyo propósito principal es prevenir los accidentes o enfermedades de trabajo, mediante el cumplimiento de la normatividad en materia de seguridad y salud en el trabajo. Se entiende por internos, los prestados por el patrón o personal de obra en construcción; externos, los prestados por el personal independiente a la obra de construcción, y mixtos, los prestados tanto por el personal interno como por personal independiente al que labora en la obra de construcción. Nota: El uso del kit contra caídas es de carácter obligatorio para el personal que realiza trabajos en alturas sobre estructuras prefabricadas, aun dentro de los equipos de elevación (Gennie o Plataformas elevadoras).
  • 5. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 5 3.-DESARROLLO DE LOS PROTOCOLOSDE SEGURIDAD Puntos principales que se deben cumplir: 3.1 Uso de Plataformas Elevadoras El uso de plataformas de elevación mecánicas, electro-hidráulicas, de tijera o de extensión o cualquiera similar durante el armado y colocación de algún elemento, estará restringido a utilizar siempre y cuando no afecten la vialidad de obra, o el desarrollo conforme al plan de obra pre establecido. La canastilla o habitáculo de trabajo deberá estar cubierta con malla tipo stopper (Imagen de referencia 1) color naranja colocada de tal manera que permita el acceso por las escotillas de diseño de la plataforma los materiales deberán acarrearse al lugar de trabajo sin que esto represente riesgo de colisión o aplastamiento. Deberá tenerse en cuenta en todo momento la capacidad máxima de carga de la plataforma de elevación, esta limitante deberá ser respetada en todo momento a fin de evitar un colapso en la estructura de los medios de elevación provocando un accidente. Las consideraciones y requerimientos son: 1.- Verificación del equipo de elevación a utilizar (check list de inspección a la maquinaria) al comienzo de las labores como tarea primordial de inicio 2.- Solo personal calificado está autorizado para desarrollar trabajos en alturas. (En el mejor de los casos se solicitará la DC-3 “constancia de habilidades laborales” por la STPS o por algún agente capacitador externo). 3.- Desde el primer momento que el operario ocupa la canastilla de la plataforma de elevación este deberá colocar / anclar su cabo de vida al punto de anclaje o conexión de la canastilla. (Monitorear que la conexión gancho – punto de anclaje es segura y que los dispositivos de seguridad del gancho están activados).
  • 6. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 6 4.- Por ninguna razón el operario en la canastilla, deberá montarse sobre el barandal de la misma a fin de tener mayor alcance de los objetos o punto de trabajo, no está permitido colocar objeto alguno sobre el borde del barandal de la canastilla, es decir no se debe alterar el diseño de la plataforma a fin de tratar de mejorar la eficiencia de su función, ya que esto más que darle mayor eficiencia implica una reducción de las condiciones de seguridad aumentando los factores de riesgo. 3.2 Consideraciones para el Colado de Muros. Esta actividad está condicionada al uso de elementos de protección colectiva, los cuales facilitaran a los operarios realizar los trabajos propios del avance en temas de producción adicionando un nivel de seguridad y minimización del riesgo de caída a distinto nivel por parte del personal dada la protección colectiva que brinda el uso de cimbra homologada con pasarelas a base de ménsulas y barandilla debidamente estructurada. Algunas de las empresas con presencia en el mercado Mexicano que proporcionan a pie de obra este tipo de implementos son: PERI, DOKA, ULMA, UNISPAM y Andamios Atlas. El uso de protecciones colectivas homologadas y debidamente colocadas a pie de obra, prevalecen por sobre los medios de protección individual, es decir; si se tienen medios eficientes “en este caso para protección contra caídas” el uso de arneses podría ser no obligatorio., sin embargo a recomendación de la normatividad vigente se dice que los trabajos en alturas que se desarrollen por encima de 1.80 m, los trabajadores deberán hacer uso obligado del arnés o kit contra caídas. La colocación de líneas de vida del tipo vertical u horizontal ya sea en cable de acero sin lubricar o cuerda sintética de perlón de 11 mm de diámetro tipo estática es de uso obligado, sobre todo durante el proceso de montaje y desmontaje de las pasarelas o plataformas de trabajo. Para actividades de colado de columnas en sitio “en el caso de construcción de puentes”, deberán considerarse sistemas homologados del tipo trepante, esto a fin de minimizar el riesgo de colapso estructural y a su vez el riesgo de caída de operarios a distinto nivel. El uso de medio auxiliares como los son escaleras, estas deberán ser de aluminio o bien escaleras de línea, que impidan fallos estructurales en sus largueros y peldaños. NO ESTA AUTORIZADO el uso de escaleras echas artesanalmente, improvisadas o hechas de madera.
  • 7. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 7 3.3 Trabajos al borde de Taludes, Zanjas o Cortes agrestes. Invariablemente una actividad común en el sector de la construcción., para estos casos; es de carácter obligatorio mantener la zona confinada, tanto en la parte superior tanto en la parte inferior, colocar señalización preventiva y restrictiva en todo el perímetro. Evitar el paso castigado de vehículos de obra o bien de vehículos ajenos a la misma. Esto ayudará a controlar el riesgo de Vuelco y aplastamiento de operarios o bien el riesgo de desprendimiento o desconche de materiales del talud, zanja o corte de terreno. Colocación de líneas de vida. La colocación y uso de líneas de vida es de carácter obligado, así como la colocación de puntos de anclajes estáticos o dinámicos en la parte superior del talud o bien a lo largo del mismo. Cualquier dispositivo de control contra de caídas; deberá ser colocado por personal cualificado en la materia, dado el grado de responsabilidad que implica el montaje correcto de dichos dispositivos. El Departamento de producción o cualquier otro, deberá solicitar apoyo o asesoría técnica al Dpto. de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de INELEF cuando se tengan dudas sobre la instalación de dispositivos de seguridad para el control e interrupción de caídas de operarios. 3.4 Trabajos sobre TRABES (elementos prefabricados de concreto o acero) Deberá delimitarse la zona de trabajo con malla tipo stopper y cinta amarilla de precaución. Deberá colocarse una línea de vida horizontal con cable de acero sin lubricar de 3/8 de pulgada como mínimo, longitudinalmente a cada trabe. (Esto para permitir el paso del personal por la parte superior de la trabe cuando exista dicha necesidad para la colocación de diafragmas, neoprenos o cualquier otra actividad que obligue al personal a transitar por la o las trabes.) 3.5 Líneas de Vida y Pruebas de carga. El uso de líneas de vida como se ha venido comentando en este protocolo; es de carácter obligatorio, deberá ser colocada por personal cualificado y en su momento deberá ser sujeta a cuando menos una prueba de carga.
  • 8. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 8 Será necesario evaluar la confiabilidad de protecciones colectivas horizontales del tipo temporal (líneas de vida), colocadas como protección perimetral o como punto de anclaje de manera crucial al término del proceso de colocación de estos dispositivos. De igual manera se busca promover la salud ocupacional y la prevención de riesgos laborales mediante el uso correcto de estas protecciones. LOS SISTEMAS DE PROTECCION PERSONAL EMPLEADOS PARA INTETERRUPTIR CAIDAS DE ALTURA ESTAN CONFORMADOS, SEGÚN APLIQUE AL SISTEMA EN USO, AL MENOS POR: a) Arnés de cuerpo completo; b) Línea de vida; c) Conectores; d) Dispositivos absorbentes de energía (amortiguadores), y e) Puntos fijos o dispositivos de anclaje. EL USO DE SISTEMAS DE PROTECCION COLECTIVO PARA INTERRUMPIR CAIDAS DE ALTURAS, ES OBLIGATORIO CUANDO REALICEN TRABAJOS EN ALTURA SOBRE: a) Bordes de trabes, firme, cabezales, bambinetos o estructuras fijas elevadas, al igual que en aberturas como perforaciones, pozos, cubos y túneles verticales, donde no sea posible la colocación de barreras fijas o protecciones laterales o perimetrales, o no se empleen sistemas personales de restricción; b) Estructuras fijas elevadas donde no sea posible la colocación de redes de seguridad; c) Escaleras de mano, a más de 3.5 m del nivel de referencia. Esta lista de trabajos en alturas es enunciativa más no limitativa, por lo que se considerará en cada evaluación de riesgos y se deberá tener en cuenta para el desarrollo de cualquier actividad que como la norma lo distingue como cualquier labor que se realice por encima de una altura de 1.80 m sobre el nivel de piso de referencia o vacíos con más de 1.8 m con una proximidad de al menos 2.00 m de dicho vacío.
  • 9. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 9 Los sistemas colectivos de líneas de vida para interrumpir caídas de altura, se: a) Instalan y ensamblan de acuerdo con las instrucciones del fabricante, y únicamente por personal cualificado en implementación de medidas preventivas de seguridad, los cuales previamente son capacitados y autorizados para este fin. b) Se limita la distancia de caída a la mínima posible. c) Se coloca el punto de anclaje de acuerdo con las indicaciones del fabricante, es decir se perfora la superficie de concreto y; d) Se instala poste con placa de acero, se fija al concreto con taquetes expansible de 5/8” x 5”, se coloca el cable de acero de 3/8” y se fija con 3 perros o nudos de 3/8” por cada línea viva el cual no se ubica por debajo del plano de trabajo. Nota: Un punto de anclaje puede ser una columna, trabe, tableta, viga u otro elemento estructural; un herraje o armado que se fija a cualquiera de estos elementos siempre y cuando se encuentre ahogado en el concreto. (Recordar que el punto de anclaje según los estándares ANSI y OSHA deberá tener una resistencia de al menos 5000 libras). e) Se deberá revisar que existe un espacio libre en el trayecto de una posible caída (trayecto de caída de al menos 4.80m ) , para evitar que el trabajador se golpeé con obstáculos; f) En caso de no existir la distancia de recorrido de caída se deberá buscar una protección restrictiva, protección colectiva contra caídas o un punto de anclaje más alto g) Se revisa el sistema, en forma previa a su utilización y conforme a las instrucciones del fabricante, y se verificarán al menos los aspectos siguientes:
  • 10. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 10 1) Que no exista corrosión u otro tipo de degradación de los materiales en sus partes metálicas; 2) Que no existan deformaciones, agrietamientos, ruptura u otros daños similares en los materiales. 3) Que la apertura, cierre y bloqueo de todos los conectores se realice en forma correcta; 4) Que no existan en las cuerdas, bandas y cables, rupturas, deshilados, destrenzados, descosidos, desgastes, doblados, corrosiones o quemaduras, y 5) Que las etiquetas y marcas estén legibles; g) Los componentes defectuosos del sistema o equipo cuando su resistencia o funcionamiento se vean afectados o comprometidos se Identificarán y removerán del servicio con la finalidad de evitar cualquier descuido y se pudieran utilizar por error. h) Se instala el sistema de forma tal que la distancia máxima de caída libre, antes de que se active el absorbente de energía, sea de hasta 1.8 m o 3.5 m, según el tipo de absorbente de energía que incorpora dicho sistema; i) Se evita el ensamble de subsistemas o componentes de distintos fabricantes que sean incompatibles;
  • 11. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 11 CONSIDERACIONES. La efectividad de estas líneas de vida y de protección perimetral radica principalmente en 2 aspectos. 1.- La instalación y adecuación al sistema. 2.- El uso correcto de los elementos de protección personal de manera individual. Ver imagen de cómo calcular el margen final de seguridad ante una caída libre. Esquema de distribución de fuerzas en cuando se presenta una caída.
  • 12. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 12 4. IMÁGENES DE REFERENCIA Y APOYO 1. Este tipode mallaserviráparadelimitaráreas(balizamientos) oparacubrir equiposque requierende unaproteccióncolectivaadicional superficial (Canastillas de lasplataformasde elevación),esdecir,NOFUNCIONA como proteccióncolectiva,solamente comodelimitaciónyapoyocomo indicaciónvisual asícomoproteccióncontracaída de herramientasu objetosdiversosdesde alturas. FH FH FV FH FV = Angulo creado por la comba en elcable = Fuerza de impacto debidoa la caída deun trabajador = Fuerza de reacciónhorizontal que actúa en las anclas de los extremos. 45 grados Por lotanto: FH FV
  • 13. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 13 Obsérvese el aseguramiento de las líneas de vida horizontal con 3 perros o mordazas. Nota: Los perros (nudos de acero) deben ser consistentes con el mismo calibre que el cable de acero que sujeta. Obsérvese el uso de plataformas de elevación de personal (Gennie).
  • 14. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 14 Nota: el personal en la canastilla deberá permanecer anclado y dentro de la misma en todo momento. El uso de cinturones pélvicos está prohibido como uso de protección contra caídas, solamente es un elemento de posicionamiento. Para dichas tareas solo está permitido el uso de arnés de cuerpo completo. Solo se deben utilizar dispositivos de auto cierre. (Cabos de vida con gancho sencillo o doble gancho tipo garfio según la actividad a desarrollar).
  • 15. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 15 Fig. 1 Fig.2 Fig. 3 Fig.1 Cabo de vida con doble gancho con sistema absorbente de impacto (amortiguador) Fig. 2 Cabo de vida sencillo con sistema absorbente de impacto (amortiguador) Fig. 3 Conector.
  • 16. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 16 Se recomienda que la línea de vida horizontal del tipo temporal o permanente sea colocada por sobre el nivel de cráneo (esto acortara la distancia de desplazamiento y caída libre del operario)
  • 17. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 17 Preparación y Colado de Muros. (Uso de cimbras y pasarelas homologadas – sistema de protección colectiva anti caídas) Protección y aseguramiento de escaleras manuales.
  • 18. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 18 Diseño de protecciones para evitar caídas a distinto nivel. Zanjas, excavaciones y/o perforaciones de pilas.
  • 19. Protocolo para Trabajos en Alturas (Riesgo de caída de operarios a distinto nivel) Código de control No. EHS.PROTO.0715 Seguridad, higiene y Medio Ambiente No. De Revisión: “0” Fecha de revisión: Julio 2015 Página 19 4. CONCLUSIONES La efectividad de este protocolo se basa en el grado de implicación y responsabilidad con las que se ejecuten las actividades con riesgo de caída a distinto nivel por parte de los jefes de obra, residentes de obra y subcontratas. Queda claro que en todo momento se busca evitar accidentes con posibles consecuencias graves y/o fatales a personal de obra. Comisión de EHS de INELEF