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Rol del Instituto de Salud Pública
en el Sistema de Acreditación




                 Dra. Verónica Ramírez Muñoz
                 Depto. Laboratorio Biomédico Nacional y
                 de Referencia

                 9 junio de 2012
Instituto de Salud Pública (ISP)


 “…servirá de Laboratorio Nacional y de
 Referencia en los campos de la
 microbiología, inmunología,
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 imagenología, radioterapia, bancos de
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                      clínicos,
 contaminación ambiental y salud
 ocupacional y desempeñará las
 funciones que la asigna la presente ley.”
                             DFL Nº 1, 2005
Estructura orgánica del ISP




                    Res Ex 355, 2011 Estructura Orgánica ISP
Sistema de acreditación de
      prestadores institucionales
• Marco Legal del Sistema de
  Acreditación
  • D.F.L. 1/2005 MINSAL
    – Libro I:
    • Capítulo I: Art. 4° N° 11 y 12
    • Capítulo VII: Ley Org. Superint. De Salud: Art.
      121
  • Ley N° 19.966, sobre el Régimen General
     de Garantías en Salud
Sistema de acreditación de
       prestadores institucionales
• Normas Principales:
  – Definición de Acreditación
  “Proceso periódico de evaluación respecto del
  cumplimiento de los estándares mínimos, de
  acuerdo al tipo de establecimiento y a la
  complejidad de las prestaciones”



  (Art. 4°, N° 12, DFL N°1, 2005, MINSAL)
Sistema de acreditación de
       prestadores institucionales
• Normas Principales:
  – Definición de Estándares
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• Estándares Generales vigentes:
-   Prestadores Institucionales de Atención Cerrada
-   Prestadores Institucionales de Atención Abierta
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-   Radioterapia
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Sistema de acreditación de
       prestadores institucionales
• Él estado ha estructurado la función de
  evaluación de estándares en base a:

  - Delegación de la fiscalización primaria en
    entidades acreditadoras autónomas y
    resolutivas, imparciales y técnicamente
    idóneas.

                Otorga objetividad
Sistema de acreditación de
      prestadores institucionales
• Además el Estado se reserva:

  – Gestión del Sistema

  – Fiscalización
    • de las Entidades Acreditadoras
    • de los Prestadores acreditados
    (para el mantenimiento de estándares)
Sistema de acreditación de
      prestadores institucionales
• Marco Reglamentario
  • Reglamento del Sistema de Acreditación -
    D.S. N° 15/2007 del MINSAL

  • Estándares Generales de Acreditación –
    Decretos Exentos MINSAL

  • Circulares Regulatorias o Interpretativas de
    Intendencia de Prestadores
Reglamento del sistema de
              acreditación




DFL N°1
Art. 4°, N° 12
2005, MINSAL
Reglamento del sistema de
      acreditación
Reglamento del sistema de
      acreditación
Atribuciones del ISP en un marco legal


 Instituto de Salud Pública: fiscalización en el ámbito de
 su competencia.

 Respecto de los Prestadores Institucionales:
 mantenimiento de los estándares.

 Respecto de las Entidades Acreditadoras: en sus
 procedimientos de acreditación.

           Ord. N° A15/3665 del
           Ministro de Salud, de 18/11/2010
Ord. N° A15/3665 del
           Ministro de Salud, de 18/11/2010


  Establece las atribuciones que corresponde legalmente en
materia de laboratorio clínicos y de salud pública, a las SEREMI
            de salud y al Instituto de Salud Pública.

• SEREMI:
    •“le corresponde otorgar autorización sanitaria y fiscaliza
    funcionamiento de los laboratorios clínicos y privados dentro
    de su territorio de competencia”.

•ISP:
    •“ le compete ser el laboratorio central, nacional y de
    referencia, normalizador y supervisor …..”
    •“Adicionalmente, le corresponde fiscalizar el cumplimiento
    de las normas de calidad y acreditación exigibles…”
Acuerdo Intendencia de Prestadores-
Instituto de Salud Pública.


  Celebración de Convenio de Coordinación y
                      Colaboración, a fin de:
          Distribuir competencias de fiscalización
                 Evitar duplicación e ineficiencias
  Complementación en uso de recursos humanos y
                                        tecnológicos
     Formalizar canales oficiales de comunicación
                                        entre IP-ISP.

                                      (Diciembre 2010)
Acuerdo Intendencia de Prestadores-
Instituto de Salud Pública.

                Materias de Coordinación


                Entidades acreditadoras

• Fiscalización  de   entidades   acreditadoras            que
  ejecuten procedimientos de acreditación de
   – Laboratorios Clínicos
   – Prestadores Institucionales de atención abierta y/o Cerrada
     que poseen servicios de Apoyo de laboratorios Clínicos


• Autorización de entidades acreditadoras             para   la
  acreditación de Laboratorios clínicos.
Acuerdo Intendencia de Prestadores-
Instituto de Salud Pública.

                Materias de Coordinación


               Prestadores Institucionales


• Fiscalización de los prestadores Institucionales de
  Laboratorios Clínicos acreditados, respecto del estándar :
   – Laboratorios Clínicos.
   – Prestadores Institucionales de atención abierta y/o Cerrada que
     poseen servicios de Apoyo de laboratorios Clínicos.
Acuerdo Intendencia de Prestadores-
Instituto de Salud Pública.

                     Materias de Colaboración


•   Interpretación oficial de las normas del Sistema y de los
    estándares de acreditación:
    - FACULTAD EXCLUSIVA DE LA INTENDENCIA DE PRESTADORES
    - Comité Asesor para Interpretación de Normas del Sistema de
      Acreditación:
         • Intendencia de Prestadores
         • Departamento de Calidad MINSAL
         • Instituto de Salud Pública
    -   Procedimiento:
         - Por Consultas de Entidades Acreditadoras, prestadores, personas:
            Pronunciamientos/Oficios/Resoluciones
         - De Oficio: Circulares IP
Acuerdo Intendencia de Prestadores-
Instituto de Salud Pública.

          Comité de Seguimiento del Convenio Marco de
          Coordinación y Colaboración



 - Integrantes designados por ambas partes IP-ISP (tres representantes
 de cada uno).

 - Sesiones periódicas cada dos meses y extraordinarias cada vez que
 se requiera.

 - Función principal: asegurar la implementación de las actividades del
 convenio.
Actividades de coordinación y colaboración


   Comité de Evaluación
   de Solicitudes de
   Autorización                    •Departamento
   Entidades
   Acreditadoras.                  Biomédico
                                   Nacional y de
   Comités de apoyo a              Referencia
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   Fiscalización.
                                   •Unidad de
   Comité Asesor para la           Fiscalización
   interpretación de las
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Estructura orgánica del ISP




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Estructura orgánica del ISP




                    Res Ex 355, 2011 Estructura Orgánica ISP
Departamento Laboratorio Biomédico
Nacional y de Referencia- ISP




 Servir de Laboratorio Nacional y de
 Referencia, Normalizador y Supervisor de
 los laboratorios de salud pública.



                              DFL Nº 1, 2005
Departamento Laboratorio Biomédico
Nacional y de Referencia

• Desarrollar actividades de CAPACITACIÓN
                             CAPACITACIÓN,
  NORMALIZACIÓN Y SUPERVISIÓN en áreas
  de su competencia.

• Prestar servicios de asistencia y ASESORÍA a
  entidades públicas y privadas y a otros
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  APLICADA relacionada con sus funciones.
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   calidad y acreditación de los laboratorios
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Le corresponde el rol de:
• Fiscalizar los procesos de acreditación, cuando se trate
   de Prestadores que soliciten acreditación por
   Estándares para Laboratorios Clínicos.

•   Fiscalizar el mantenimiento de los estándares por parte
    de los Laboratorios Clínicos acreditados.

•   Fiscalizar Entidades Acreditadoras autorizadas solo para
    evaluar prestadores de Laboratorio Clínico.

•   Participar de la autorización de Entidades Acreditadoras
    que evalúan Laboratorios Clínicos
Referencias documentos MINSAL

Reglamentos:
  Decreto Supremo N°15/2007, Sistema de Acreditación (julio 2007)


Decretos de Estándares:
  Decreto Exento N°18/2009: Aprueba los Estándares Generales que indica
  del Sistema de Acreditación para Prestadores Institucionales de Salud
  Decreto Exento N°37/2010: Decreto que aprueba el ''Manual del Estándar
  General de Acreditación para Laboratorios Clínicos'' y la ''Pauta de Cotejo''
  del referido Manual


Otros Decretos:
  Decreto Exento N° 118/2011 Determina la Clasificación de Laboratorios y
  Servicios de Imagenología para efectos del arancel de acreditación que le
  corresponde.
Referencias documentos IP e ISP

Circulares Orgánicas:
   Obligatorias                       www.supersalud.gob/normativa/
Circulares Interpretativas:
   Obligatorias
Oficios Circulares:
   Fines varios: informativos, instrucciones, recomendaciones
Compendio de circulares interpretativas
   (versión N° 1, febrero 2012)



Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/2005
  Crea ISP (entre otros)
Resolución Exenta N° 355/2011
  Determina la Estructura Orgánica ISP
                            www.ispch.cl/normativa/normativa-vigente
GRACIAS POR SU
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Rol del isp

  • 1. Rol del Instituto de Salud Pública en el Sistema de Acreditación Dra. Verónica Ramírez Muñoz Depto. Laboratorio Biomédico Nacional y de Referencia 9 junio de 2012
  • 2. Instituto de Salud Pública (ISP) “…servirá de Laboratorio Nacional y de Referencia en los campos de la microbiología, inmunología, bromatología, farmacología, imagenología, radioterapia, bancos de sangre, laboratorios clínicos clínicos, contaminación ambiental y salud ocupacional y desempeñará las funciones que la asigna la presente ley.” DFL Nº 1, 2005
  • 3. Estructura orgánica del ISP Res Ex 355, 2011 Estructura Orgánica ISP
  • 4. Sistema de acreditación de prestadores institucionales • Marco Legal del Sistema de Acreditación • D.F.L. 1/2005 MINSAL – Libro I: • Capítulo I: Art. 4° N° 11 y 12 • Capítulo VII: Ley Org. Superint. De Salud: Art. 121 • Ley N° 19.966, sobre el Régimen General de Garantías en Salud
  • 5. Sistema de acreditación de prestadores institucionales • Normas Principales: – Definición de Acreditación “Proceso periódico de evaluación respecto del cumplimiento de los estándares mínimos, de acuerdo al tipo de establecimiento y a la complejidad de las prestaciones” (Art. 4°, N° 12, DFL N°1, 2005, MINSAL)
  • 6. Sistema de acreditación de prestadores institucionales • Normas Principales: – Definición de Estándares “Es función del Ministerio de Salud establecer los estándares mínimos con el objetivo de garantizar que las prestaciones alcancen la calidad requerida para la seguridad de los usuarios” (Art. 4°, N° 11, DFL N°1, 2005, MINSAL)
  • 7. Sistema de acreditación de prestadores institucionales • Estándares Generales vigentes: - Prestadores Institucionales de Atención Cerrada - Prestadores Institucionales de Atención Abierta - Laboratorios Clínicos - Imagenología - Centros de Diálisis - Esterilización - Atención Psiquiátrica Cerrada - Radioterapia - Quimioterapia ambulatoria
  • 8. Sistema de acreditación de prestadores institucionales • Él estado ha estructurado la función de evaluación de estándares en base a: - Delegación de la fiscalización primaria en entidades acreditadoras autónomas y resolutivas, imparciales y técnicamente idóneas. Otorga objetividad
  • 9. Sistema de acreditación de prestadores institucionales • Además el Estado se reserva: – Gestión del Sistema – Fiscalización • de las Entidades Acreditadoras • de los Prestadores acreditados (para el mantenimiento de estándares)
  • 10. Sistema de acreditación de prestadores institucionales • Marco Reglamentario • Reglamento del Sistema de Acreditación - D.S. N° 15/2007 del MINSAL • Estándares Generales de Acreditación – Decretos Exentos MINSAL • Circulares Regulatorias o Interpretativas de Intendencia de Prestadores
  • 11. Reglamento del sistema de acreditación DFL N°1 Art. 4°, N° 12 2005, MINSAL
  • 12. Reglamento del sistema de acreditación
  • 13. Reglamento del sistema de acreditación
  • 14. Atribuciones del ISP en un marco legal Instituto de Salud Pública: fiscalización en el ámbito de su competencia. Respecto de los Prestadores Institucionales: mantenimiento de los estándares. Respecto de las Entidades Acreditadoras: en sus procedimientos de acreditación. Ord. N° A15/3665 del Ministro de Salud, de 18/11/2010
  • 15. Ord. N° A15/3665 del Ministro de Salud, de 18/11/2010 Establece las atribuciones que corresponde legalmente en materia de laboratorio clínicos y de salud pública, a las SEREMI de salud y al Instituto de Salud Pública. • SEREMI: •“le corresponde otorgar autorización sanitaria y fiscaliza funcionamiento de los laboratorios clínicos y privados dentro de su territorio de competencia”. •ISP: •“ le compete ser el laboratorio central, nacional y de referencia, normalizador y supervisor …..” •“Adicionalmente, le corresponde fiscalizar el cumplimiento de las normas de calidad y acreditación exigibles…”
  • 16. Acuerdo Intendencia de Prestadores- Instituto de Salud Pública. Celebración de Convenio de Coordinación y Colaboración, a fin de: Distribuir competencias de fiscalización Evitar duplicación e ineficiencias Complementación en uso de recursos humanos y tecnológicos Formalizar canales oficiales de comunicación entre IP-ISP. (Diciembre 2010)
  • 17. Acuerdo Intendencia de Prestadores- Instituto de Salud Pública. Materias de Coordinación Entidades acreditadoras • Fiscalización de entidades acreditadoras que ejecuten procedimientos de acreditación de – Laboratorios Clínicos – Prestadores Institucionales de atención abierta y/o Cerrada que poseen servicios de Apoyo de laboratorios Clínicos • Autorización de entidades acreditadoras para la acreditación de Laboratorios clínicos.
  • 18. Acuerdo Intendencia de Prestadores- Instituto de Salud Pública. Materias de Coordinación Prestadores Institucionales • Fiscalización de los prestadores Institucionales de Laboratorios Clínicos acreditados, respecto del estándar : – Laboratorios Clínicos. – Prestadores Institucionales de atención abierta y/o Cerrada que poseen servicios de Apoyo de laboratorios Clínicos.
  • 19. Acuerdo Intendencia de Prestadores- Instituto de Salud Pública. Materias de Colaboración • Interpretación oficial de las normas del Sistema y de los estándares de acreditación: - FACULTAD EXCLUSIVA DE LA INTENDENCIA DE PRESTADORES - Comité Asesor para Interpretación de Normas del Sistema de Acreditación: • Intendencia de Prestadores • Departamento de Calidad MINSAL • Instituto de Salud Pública - Procedimiento: - Por Consultas de Entidades Acreditadoras, prestadores, personas: Pronunciamientos/Oficios/Resoluciones - De Oficio: Circulares IP
  • 20. Acuerdo Intendencia de Prestadores- Instituto de Salud Pública. Comité de Seguimiento del Convenio Marco de Coordinación y Colaboración - Integrantes designados por ambas partes IP-ISP (tres representantes de cada uno). - Sesiones periódicas cada dos meses y extraordinarias cada vez que se requiera. - Función principal: asegurar la implementación de las actividades del convenio.
  • 21. Actividades de coordinación y colaboración Comité de Evaluación de Solicitudes de Autorización •Departamento Entidades Acreditadoras. Biomédico Nacional y de Comités de apoyo a Referencia la implementación de ISP Fiscalización. •Unidad de Comité Asesor para la Fiscalización interpretación de las normas de Acreditación.
  • 22. Estructura orgánica del ISP Res Ex 355, 2011 Estructura Orgánica ISP
  • 23. Estructura orgánica del ISP Res Ex 355, 2011 Estructura Orgánica ISP
  • 24. Departamento Laboratorio Biomédico Nacional y de Referencia- ISP Servir de Laboratorio Nacional y de Referencia, Normalizador y Supervisor de los laboratorios de salud pública. DFL Nº 1, 2005
  • 25. Departamento Laboratorio Biomédico Nacional y de Referencia • Desarrollar actividades de CAPACITACIÓN CAPACITACIÓN, NORMALIZACIÓN Y SUPERVISIÓN en áreas de su competencia. • Prestar servicios de asistencia y ASESORÍA a entidades públicas y privadas y a otros organismos. • Promover y efectuar INVESTIGACIÓN APLICADA relacionada con sus funciones. DFL Nº 1, 2005 FISCALIZAR el cumplimiento de normas de calidad y acreditación de los laboratorios clínicos.
  • 26. Unidad de fiscalización- ISP Le corresponde el rol de: • Fiscalizar los procesos de acreditación, cuando se trate de Prestadores que soliciten acreditación por Estándares para Laboratorios Clínicos. • Fiscalizar el mantenimiento de los estándares por parte de los Laboratorios Clínicos acreditados. • Fiscalizar Entidades Acreditadoras autorizadas solo para evaluar prestadores de Laboratorio Clínico. • Participar de la autorización de Entidades Acreditadoras que evalúan Laboratorios Clínicos
  • 27. Referencias documentos MINSAL Reglamentos: Decreto Supremo N°15/2007, Sistema de Acreditación (julio 2007) Decretos de Estándares: Decreto Exento N°18/2009: Aprueba los Estándares Generales que indica del Sistema de Acreditación para Prestadores Institucionales de Salud Decreto Exento N°37/2010: Decreto que aprueba el ''Manual del Estándar General de Acreditación para Laboratorios Clínicos'' y la ''Pauta de Cotejo'' del referido Manual Otros Decretos: Decreto Exento N° 118/2011 Determina la Clasificación de Laboratorios y Servicios de Imagenología para efectos del arancel de acreditación que le corresponde.
  • 28. Referencias documentos IP e ISP Circulares Orgánicas: Obligatorias www.supersalud.gob/normativa/ Circulares Interpretativas: Obligatorias Oficios Circulares: Fines varios: informativos, instrucciones, recomendaciones Compendio de circulares interpretativas (versión N° 1, febrero 2012) Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/2005 Crea ISP (entre otros) Resolución Exenta N° 355/2011 Determina la Estructura Orgánica ISP www.ispch.cl/normativa/normativa-vigente