El documento habla sobre deducciones autorizadas para el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México. Algunas deducciones autorizadas incluyen costos de ventas, gastos necesarios para la operación del negocio, depreciación de activos, y donativos. También explica que la depreciación es el método para asignar sistemáticamente el costo de un activo a lo largo de su vida útil.
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
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1. ACTIVIDAD EVALUACION 3
ALUMNO: HERRERA ARRONA HECTOR
PROFESOR: LUIS VENANCIO VEGA MEJIA
REDUCCION DE COSTOS,GASTOS PARA
DEDUCCION DEL ISR
2.
3. ¿Que se entiende por deduction autorizada?
En primer término, el término deducción significa
simplemente "restar" o "disminuir". Por deducción
autorizada, podemos afirmar que entendemos aquellas
partidas que, cumpliendo requisitos legales (Requisitos de las
Deducciones), pueden ser restadas de los ingresos
acumulables, y con ello, pagar el ISR sobre una base
(Resultado Fiscal) en teoría más justa, ya que, para la
obtención de los ingresos acumulables, se tuvieron que
efectuar desembolsos de dinero.
4. - Las devoluciones, descuentos o bonificaciones.
- El costo de lo vendido.
- Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.
- Las inversiones.
- Los créditos incobrables y las pérdidas por caso fortuito, fuerza
mayor o por enajenación de bienes distintos a los que se
refiere la fracción II de este artículo.
- Las cuotas a cargo de los patrones pagadas al Instituto
Mexicano del Seguro Social, incluidas las previstas en la Ley del
Seguro de Desempleo.
- Los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste
alguno.
5. - El ajuste anual por inflación que resulte deducible en los
términos del artículo 44 de esta Ley.
- Los anticipos y los rendimientos que paguen las
sociedades cooperativas de producción, así como los
anticipos que entreguen las sociedades y asociaciones
civiles a sus miembros
- Las aportaciones efectuadas para la creación o
incremento de reservas para fondos de pensiones o
jubilaciones del personal
6. - Estrictamente indispensable.
- Amparadas con comprobantes fiscales.
- Estar debidamente registradas en contabilidad y que sean restadas
una sola vez.
- Cumplir con las obligaciones establecidas en esta Ley en materia de
retención y
entero de impuestos a cargo de terceros.
- Que cuando los pagos cuya deducción se pretenda realizar se hagan a
contribuyentes que causen el impuesto al valor agregado, dicho
impuesto se traslade en forma expresa y por separado en el
comprobante fiscal correspondiente.
- Que en el caso de intereses por capitales tomados en préstamo, éstos
se hayan invertido en los fines del negocio.
7. - Los pagos por impuesto sobre la renta a cargo del propio
contribuyente o de terceros ni los de contribuciones en la parte
subsidiada o que originalmente correspondan a terceros, conforme a
las disposiciones relativas, excepto tratándose de aportaciones
pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social a cargo de los
patrones, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo.
- Proporcionales a ingresos exentos.
- Obsequios
- Gastos de representación.
- Viáticos y gastos de viaje.
- Las sanciones, las indemnizaciones por daños y perjuicios o las penas
convencionales
8. - Intereses devengados a cargo.
- Las provisiones para la creación o el incremento de reservas
complementarias de activo o de pasivo que se constituyan con cargo a las
adquisiciones o gastos del ejercicio
- Las reservas que se creen para indemnizaciones al personal, para pagos de
antigüedad o cualquier otra de naturaleza análoga
- Las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o por enajenación de bienes,
cuando
el valor de adquisición de los mismos no corresponda al de mercado
- El crédito comercial, aun cuando sea adquirido de terceros.
- Los pagos por concepto de impuesto al valor agregado o del impuesto
especial sobre producción y servicios
9. - Las provisiones para la creación o el incremento de reservas
complementarias de activo o de pasivo que se constituyan con
cargo a las adquisiciones o gastos del ejercicio
- Las reservas que se creen para indemnizaciones al personal,
para pagos de antigüedad o cualquier otra de naturaleza
análoga
- Las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o por enajenación
de bienes, cuando el valor de adquisición de los mismos no
corresponda al de mercado
- El crédito comercial, aun cuando sea adquirido de terceros.
10. - Los pagos por concepto de impuesto al valor agregado o del
impuesto especial sobre producción y servicios
- El 91.5% de los consumos en restaurantes
- Los gastos en comedores que por su naturaleza no estén a
disposición de todos los trabajadores de la empresa
- Las cantidades que tengan el carácter de participación en la
utilidad del contribuyente o estén condicionadas a la
obtención de ésta
- Los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el
trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el
factor de 0.53 al monto de dichos pagos
11. San Ángel Motors SA de C.V. Es una empresa que se dedica a
la compra-venta de automóviles, lo que nosotros conocemos
como una agencia automotriz.
Algunas de sus deducciones autorizadas serian:
Todas aquellas compras (costos) de autos o refacciones que
se le hagan a planta.
Inventarios Obsoletos (refacciones que han perdido su valor)
Renta de Terreno para resguardo de Autos
12. El pago de otros derechos o impuestos (multas)
Donativos
Créditos
Otros Ingresos no Acumulables
13. ¿Qué es la depreciación?
Depreciación es el término que se utiliza más a menudo
para dar a entender que el activo tangible ha disminuido
en potencial de servicio, para los recursos naturales
(como madera, petróleo y carbón constituyen el activo)
se emplea el término agotamiento.
Los activos no se deprecian basándose en una
disminución de su valor justo de mercado sino cargando
sistemáticamente el costo al ingreso.
14. La Compañía San Ángel Motors tiene un vehículo para equipo de
transporte (Toyota Yaris Sedán), el valor de adquisición es de $25.000,00,
adquirido el 01 de febrero de 20xx. Se estima un valor residual de $
5.000,00; y una vida útil de 5 años. A continuación; cálculo, diario de
contabilización y tabla de la depreciación: