El documento habla sobre medidas para mejorar la logística urbana de mercancías. Propone el uso eficiente de la infraestructura vial, señalización clara para los conductores, recomendar rutas para vehículos de carga, proveer mapas e información en tiempo real. También recomienda zonas de carga y descarga designadas, áreas de reparto cercanas usando vehículos pequeños, y centros de consolidación urbana. Sugiere regular el peso, tamaño, horas y zonas de acceso de vehículos de carga para
Optimización del transporte urbano de mercancías a través de infraestructuras, señalización y regulaciones
1.
2. 1. USO EFICIENTE DE LAS INFRAESTRUCTURAS
Es prioritario el uso eficiente de las infraestructuras
viales, pues normalmente no se pueden aumentar el
espacio de las calles. La infraestructura vial reviste
una enorme importancia para el desarrollo
económico. Las vías terrestres interconectan los
puntos de producción y consumo y el estado de las
mismas determina en un alto porcentaje el nivel de
costos de transporte, los cuales a su vez influyen
sobre los flujos de comercio nacional e internacional
de un país.
3. 2. MEDIDAS PARA EL ACCESO Y CARGA DE VEHÍCULOS
DE MERCANCÍAS EN CIUDADES
Señalización: Debe existir de forma
clara y exacta que permitan a los
conductores la comprensión.
Rutas: Las autoridades urbanas pueden
recomendar u obligar a los conductores
de vehículos de mercancías utilizar
ciertas rutas.
4. 3. INFORMACIÓN Y MAPAS DEL TRANSPORTE URBANO
DE MERCANCÍAS
Mapas: Se pueden mostrar rutas de
camiones, normas de peso, horarios,
carga, aparcamientos.
Información en tiempo real: Se
puede obtener información en tiempo
real.
5. 4. CARGA Y DESCARGA EN LA CALLE
Cada Gad municipal establece zonas
de carga en la calle y en lugares de
movimiento de vehículos de
mercancías que no poseen
instalaciones apropiadas para carga
externas.
6. 5. ÁREAS DE REPARTO DE PROXIMIDAD
Consiste en la instalación de una
plataforma urbana de trasbordo.
Las mercancías se descargan de los
vehículos que llegan y se colocan en
carretillas, carros, vehículos eléctricos
y bicicletas.
Este método puede ser utilizado
también para proporcionar servicios
adicionales.
7. 6. CENTROS DE CONSOLIDACIÓN URBANOS
Es un servicio de logística que se sitúa relativamente cerca del área a la que
sirve desde donde se realizan repartos a dicha área.
8. 7. REGULACIONES DE PESO Y TAMAÑO
En los municipios existen normas para evitar
que los vehículos que sobrepasan cierto peso,
longitud, ancho o número de ejes debido a la
existencia de:
•Calles estrechas.
•Puentes frágiles y de poca altura.
•Curvas cerradas
9. 8. REGULACIONES HORARIAS
Existen dos formas de imponer regulaciones
horarias a los vehículos de mercancías en una
calle o un área urbana:
•Por el acceso
•Por la descarga
10. 9. ENTREGA NOCTURNA
Es el reparto de mercancías durante la noche,
cuando la ciudad esta inactiva. El horario
suele ser de 22:00 a 06:00.
Se debe tomar en cuenta que los niveles de
ruido concretos para las actividades pueden
beneficiar a los residentes e incrementar su
aceptación.
11.
12. ORDENANZA:
Capítulo III: De la circulación y tránsito por las vías urbanas y parqueo de
los vehículos pesados y de carga liviana.
Art. 22.- La carga y descarga de bienes en el Centro Histórico en vehículos
menores a 3.5 toneladas, se verificará dentro de los horarios y según las
disposiciones establecidas por la EMOV-EP.
Art. 23.- En otros sectores de la ciudad, la carga y descarga de bienes, en
todo tipo de vehículos, será regulada y controlada por la EMOV-EP según las
políticas de tránsito y las necesidades específicas y servicios del sector.
Art. 24.- En todos los casos, los comercios a los cuales abastezcan los
vehículos citados en los artículos precedentes, serán solidariamente
responsables por permitir la carga o descarga en horarios no autorizados.
13. Capítulo I
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Art. 52.- La EMOV EP, sancionará a la o el usuario que incumpla las disposiciones de la presente Ordenanza. Las
sanciones serán fijadas en proporción a la remuneración básica unificada mensual, en base al cuadro siguiente:
14. Capítulo II
PROCEDIMIENTO PARA SANCIONAR
En el caso de los comercios que permitan la carga o descarga de bienes fuera del horario
autorizado, la sanción recaerá sobre el representante legal, administrador o
gerente/propietario.
Art. 60.- Las sanciones de esta ordenanza se establecen sin perjuicio de lo dispuesto en las
demás ordenanzas vigentes, así como en las señaladas en la legislación de tránsito, penal o
civil a que hubiere lugar.