TIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptx
Anteproyecto ley mutuas
1. anteproyecto de Ley de Mutuas
Sociedades de Prevención ...
¿Camino de NO RETORNO?
Artículo 32 y Disposición transitoria segunda
Las MATEPSS pueden desarrollar para las empresas a
ellas asociadas las funciones correspondientes a los SPAs,
entendiendo que cumplen con los requisitos reglamentarios,
mientras no se apruebe el Reglamento regulador de los
Servicios de Prevención de Riesgos Laborales
Articulo 22
Permite que la actuación de las MATEPSS como Servicios de
Prevención se desarrolle en las mismas condiciones que las
aplicables a los SPAs, respecto a:
10/02/96
Entrada en vigor de la Ley 31/95 de PRL
31/03/97
Entrada en vigor del Real Decreto 39/97, por el que se
aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención
28/12/05
solicitud de acreditación, presentación del correspondiente
proyecto aprobación de las Autoridades Laboral y Sanitaria
mantenimiento de las condiciones de acreditación, etc
Regula el régimen de funcionamiento de las MATEPSS en el
desarrollo de actividades de PRL
Constituye la normativa específica que regula provisionalmente el
funcionamiento de las MATEPSS en el desarrollo de las funciones
preventivas que tienen encomendadas. 2 tipos:
En la cobertura de las contingencias de accidentes de trabajo
y enfermedades profesionales de la Seguridad Social
(prevención con cargo a cuotas y que no sustituyen las
obligaciones del empresario en materia de PRL). Estas se
desarrollan a través de los Planes de Actividades Preventivas
Funciones de SPAs respecto de sus empresarios asociados
(pueden utilizar RR.HH. y materiales de la Seguridad Social,
imputando contraprestación económica por esta utilización)
Determina criterios de compensación de costes para regular el
funcionamiento de MATEPSS en el desarrollo de actividades de PRL
Se regula el régimen de funcionamiento de las MATEPSS como SPA
Entrada en vigor de la Orden TAS/4053/05
18/07/14
Se determinan las actuaciones a desarrollar por las MATEPSS
para su adecuación al Real Decreto 688/05
Anteproyecto Ley de Mutuas
31/03/15
Definir naturaleza jurídica y funcionamiento de lo que se
denominarán Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social
Regularizar estructura interna de las Mutuas, se fijan las
retribuciones del personal directivo y las funciones del gerente
Fijar plazo para vender el 100% de su participación en las
sociedades mercantiles de prevención constituidas por las Mutuas
Fin de Trayecto
25/04/97
Entrada en vigor de la Orden de 22 de abril de 1997
12/06/05
Entrada en vigor del Real Decreto 688/05
10/09/99
Entrada en vigor de Resolución de 22 de diciembre de 1998
Determina el importe para la compensación del uso compartido de
los recursos para actividades comprendidas en la cobertura de las
contingencias comunes y para actividades propias de las funciones
de SPAs y que se tomará como el mayor de:
85% de la facturación a las empresas asociadas
el valor de multiplicar el coste/hora del ejercicio del personal
que realiza estas funciones por la suma de los tiempos
mínimos de dedicación
Alternativas a las MATEPSS para la continuación o no de la
actividad como SPA:
Continuar como SPA a través de una Sociedad de Prevención,
(persona jurídica distinta de la Mutua) y vinculada a esta.
Desarrollar actividad como SPA en la propia Mutua mediante
organización independiente de las funciones y actividades de
la colaboración en la gestión de la Seguridad Social.
Cesar en la actividad como SPA.
Desarrollo de las actuaciones a llevar a por las MATEPSS para su
adecuación al Real Decreto 688/2005.
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el consejo de ministros aprueba el anteproyecto de la
ley de mutuas
Fin del plazo para vender el 100% de su participación en las sociedades
mercantiles de prevención constituidas por las Mutuas
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